PROCEDIMIENTOS ESPECIALES

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Transcripción:

PROCEDIMIENTOS ESPECIALES ACCIONES FISCALES En apego a la misión que tiene encomendada la Contraloría General de la República, conforme la cual le corresponde adelantar y decidir tanto las averiguaciones administrativas, iniciadas en atención de lo dispuesto en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República (Gaceta Oficial N 5.017 Extraordinario del 13-12-1995), como el procedimiento administrativo para la determinación de responsabilidades, tendente a declarar la responsabilidad administrativa, formular reparos o imponer la sanción de multa según corresponda, cuando surjan elementos de convicción o prueba que pudieran dar lugar a ellos, en atención de lo previsto en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal (LOCGRSNCF), Gaceta Oficial N 37.347 del 17-12-2001, durante el año 2006, de las 120 averiguaciones administrativas de años anteriores, 27 fueron decididas, 27 están en etapa de sustanciación y 66 en etapa de decisión. De las averiguaciones administrativas decididas, 5 fueron por sobreseimiento, de éstas, una fue remitida por la Unidad de Auditoría Interna del Instituto Agrario Nacional (IAN), de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de la LOCGRSNCF sobre la obligación de los órganos de control fiscal de remitir a este máximo Órgano de Control los expedientes de aquellos casos donde existan elementos de convicción o prueba que pudieran dar lugar a la formulación de reparos, a la declaratoria de responsabilidad administrativa o a la imposición de multas a funcionarios de alto nivel que se encuentren en ejercicio de sus cargos, la cual había sido asumida durante el ejercicio fiscal 2006; 2 fueron decididas por absolución, las cuales fueron remitidas por las unidades de auditoría interna del Instituto Nacional de Nutrición (INN) y del Instituto de Crédito Agrícola y Pecuario (ICAP); en las 20 averiguaciones restantes, entre las que se encontraba una remitida por el órgano de control interno del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE), se declaró la responsabilidad administrativa a 56 funcionarios, lo que generó la imposición de sanciones pecuniarias por un total de Bs. 74,40 millones. Asimismo, en cuanto al estatus procesal de las mismas, corresponde señalar que 45 quedaron firmes en sede administrativa, 4 se encuentran en etapa recursiva y 7 se encuentran en etapa de notificación. De las 38 declaratorias de responsabilidad correspondientes a años anteriores, 37 quedaron firmes en sede administrativa y una está en etapa de notificación. Igualmente, durante el año 2006 fue decidido un procedimiento administrativo para la determinación de responsabilidades, declarando la responsabilidad administrativa a 17 funcionarios, lo cual generó la imposición de sanciones pecuniarias por un total de Bs. 30,27 millones, así como la formulación de 12 146

Acciones Fiscales reparos por un total de Bs. 378,46 millones. En cuanto al estatus procesal, corresponde señalar que todas quedaron firmes en sede administrativa. Por otra parte, se formularon 15 reparos tributarios derivados de las fiscalizaciones practicadas a los contribuyentes, en razón de los impuestos dejados de liquidar, conforme con lo previsto en el Código Orgánico Tributario (Gaceta Oficial N 37.305 del 17-10-2001), en concordancia con el artículo 84 de la LOCGRSNCF; de éstos, 7 reparos se formularon en materia de tributos aduaneros (Bs. 488,86 millones), 4 por concepto del Impuesto sobre Sucesiones, Donaciones y demás Ramos Conexos (Bs. 28,51 millones), y 4 por Impuesto sobre la Renta (Bs. 80,11 millones). Asimismo, se realizó ajuste a un reparo por Bs. 2,77 millones, en virtud de la sentencia N 00263 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa el 9 de febrero de 2006. Igualmente, se dictó una resolución culminatoria del sumario, en razón de que la cantidad de Bs. 5,64 millones determinada por este Organismo Contralor por el impuesto por sucesión dejado de liquidar a nombre de José Eugenio García fue cancelado. Fueron sancionados accesoriamente a la declaratoria de responsabilidad administrativa por el ciudadano Contralor, de conformidad con lo previsto en el artículo 105 de la LOCGRSNCF, un total de 138 funcionarios con las siguientes medidas disciplinarias: 77 inhabilitaciones para el ejercicio de funciones públicas, 55 suspensiones del ejercicio del cargo sin goce de sueldo y 6 destituciones del cargo. Asimismo, en cuanto al estatus procesal de las mismas, corresponde señalar que 87 quedaron firmes en sede administrativa, 25 se encuentran en etapa recursiva y 26 se encuentran en etapa de notificación de la sanción. De las 59 sanciones accesorias a la declaratoria de responsabilidad administrativa impuestas en años anteriores, 54 se encuentran firmes en sede administrativa, 3 están en etapa recursiva y 2 en etapa de notificación de la sanción. Se impusieron 16 multas por un total de Bs. 125,16 millones por ordenar pagos de prestaciones sociales u otros conceptos con motivo del cese en el ejercicio de funciones públicas por renuncia, destitución o porque se le conceda el beneficio de jubilación a funcionarios sin antes haber exigido copia del comprobante donde conste la presentación de la declaración jurada de patrimonio (artículo 26 en concordancia con el 33 numeral 7 de la Ley Contra la Corrupción); no presentar la declaración (artículo 23 en concordancia con el 33 numeral 1 de la Ley Contra la Corrupción); entrabamiento en la práctica de alguna diligencia que deba efectuarse con motivo de la auditoría patrimonial (artículo 27 en concordancia con el 33 numeral 8 de la Ley Contra la Corrupción); entre otras razones. Por otra parte, se remitieron 11 expedientes administrativos al Ministerio Público, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 numeral 1 de la Ley Contra la Corrupción y en concordancia con el 147

Informe de Gestión 2006 Gestión Fiscalizadora / Procedimientos Especiales artículo 285 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, debido a que se produjo un perjuicio al patrimonio público o pudiere estar comprometida la responsabilidad civil y/o penal de personas sujetas a la ley precitada. Finalmente, se evacuaron un total de 6 consultas en ocasión de la aplicación de la LOCGRSNCF, en materia de procedimientos administrativos para la determinación de responsabilidades a diferentes órganos de control fiscal. 148

Declaraciones Juradas de Patrimonio DECLARACIONES JURADAS DE PATRIMONIO De acuerdo con lo previsto en la LOCGRSNCF, así como en Ley Contra la Corrupción (LCC), Gaceta Oficial N 5.637 Extraordinario del 07-04-2003, corresponde a la Contraloría General de la República el registro y control de las declaraciones juradas de patrimonio. Durante el año 2006, este Organismo Contralor recibió un total de 80.535 declaraciones juradas de patrimonio por parte de funcionarios o empleados públicos que prestan o prestaron servicio en organismos pertenecientes a la Administración Pública. La recepción de este universo de declaraciones se realizó cumpliendo con lo previsto en los artículos 23 de la LCC, y 78 de la LOCGRSNCF, así como lo dispuesto en las resoluciones de actualización N 01-00-000104 y 01-00-234 de fechas 06-04- 2005 y 20-09-2005 respectivamente, dictadas por el ciudadano Contralor (gacetas oficiales N 38.163 del 11-04-2005 y 38.277 del 21-09-2005). En el estudio de esas declaraciones se adoptó un criterio de selección aleatorio que permitió considerar a funcionarios con cargos de alto nivel (aquellos que puedan comprometer en mayor grado al órgano o ente público), así como los que tuvieran injerencia directa en la administración, manejo y/o custodia de fondos públicos. Dicho estudio generó el envío de 965 oficios requiriendo información que originalmente no fue suministrada en la declaración. Seguidamente se detalla esta información por ámbito de la Administración: CUADRO Nº 16 DECLARACIONES JURADAS DE PATRIMONIO Año 2006 ÁMBITO DECLARACIONES RECIBIDAS REQUERIMIENTOS DE INFORMACIÓN Poderes Públicos Nacionales 33.881 320 Administración Nacional Descentralizada 16.893 188 Administración Estadal Y Municipal 29.761 457 Total 80.535 965 La Contraloría General de la República de conformidad con el artículo 29 de la LCC, inició durante el año 2006 el procedimiento de verificación a 12 declaraciones juradas de patrimonio, que junto con 31 iniciadas en años anteriores, constituye un total de 43 expedientes de declaraciones abiertos, de los cuales 14 fueron decididos durante el año en cuestión. 149

Informe de Gestión 2006 Gestión Fiscalizadora / Procedimientos Especiales ÁMBITO Poderes Públicos Nacionales Administración Nacional Descentralizada Administración Estadal y Municipal CUADRO Nº 17 VERIFICACIONES PATRIMONIALES AÑO 2006 De los 14 procesos de verificación patrimonial decididos en uno no se pudo verificar la declaración jurada de patrimonio, ya que el sujeto obligado a presentarla no lo hizo durante el período objeto de estudio (01-01-2001 al 31-07-2003), por lo que en su defecto sólo se analizó la razonabilidad patrimonial; 8 no se admitieron por no ajustarse a los extremos legales, remitiéndose los expedientes al Ministerio Público por existir indicios de responsabilidad civil y/o penal; uno no se admitió por no ajustarse a los extremos legales y aun cuando no existen indicios de responsabilidad civil y/o penal, se remitió el expediente al Ministerio Público por ser ese organismo quien solicitara dicha verificación; 3 se admitieron y se remitieron los expedientes al Ministerio Público por ser ese organismo el solicitante de la verificación patrimonial; y una se admitió, en virtud de lo cual se ordenó el cierre y archivo del expediente. AUDITORÍAS DE CUMPLIMIENTO A los fines de verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y sublegales en materia de declaraciones juradas de patrimonio por parte de los funcionarios responsables del área de Recursos Humanos, durante el año 2006 este Organismo Contralor realizó 26 auditorías de cumplimiento en los siguientes órganos o entes de la Administración Pública. Administración Nacional Descentralizada (9): Instituto Nacional de Estadísticas (INE) Fundación para el Desarrollo de la Comunidad y Fomento Municipal (FUNDACOMUN) PDVSA Petróleo, S.A. AÑOS ANTERIORES PDVSA Petróleo, S.A., Centro Refinador Paraguaná PDVSA Petróleo, S.A., Refinería El Palito INICIADAS PDVSA Petróleo, S.A., Refinería Puerto La Cruz PRESENTE AÑO DECIDIDAS 14 8 5 1 1 16 3 9 Total 31 12 14 _ 150

Declaraciones Juradas de Patrimonio Auditorías de Cumplimiento PDV Marina, S.A. C.A. Venezolana de Industrias Militares (CAVIM) Instituto Autónomo Fondo Nacional de Promoción y Capacitación para la Participación Turística (INATUR) Administración Estadal y Municipal (17): Corporación de Vialidad e Infraestructura (CONIVEA) Instituto de Salud Pública Instituto Autónomo Minas Bolívar del estado Bolívar Instituto de Vivienda (INVIOBRAS) Contraloría del estado Lara Consejo Legislativo del estado Táchira Contraloría del estado Táchira Instituto de Vialidad y Transporte del estado Miranda (INVITRAMI) Instituto Autónomo de Infraestructura del estado Miranda (INFRAMIR) Gobernación del estado Bolívar Instituto de Vialidad y Transporte del estado Monagas (INVIALMO) Instituto de la Vivienda del estado Monagas (IVIM) Aguas de Monagas Alcaldía del municipio autónomo Sucre del estado Bolívar Alcaldía del municipio autónomo Candelaria del estado Trujillo Alcaldía del municipio autónomo San José de Guaribe del estado Guárico Alcaldía del municipio autónomo Libertador del estado Táchira FALLAS Y DEFICIENCIAS No se incorpora la copia del comprobante de la presentación de la declaración jurada de patrimonio en el expediente administrativo de cada funcionario. No remiten las relaciones mensuales de los nombramientos o designaciones de los funcionarios o empleados públicos. Se pagan las prestaciones sociales con motivo del cese en el ejercicio de funciones públicas sin antes haber exigido copia del comprobante donde conste la presentación de la declaración jurada de patrimonio por parte del ex funcionario. 151

Informe de Gestión 2006 Gestión Fiscalizadora / Procedimientos Especiales RECOMENDACIONES Incorporar en el expediente de cada funcionario copia del comprobante de presentación de la declaración jurada de patrimonio. Remitir dentro de los primeros 10 días de cada mes a la Contraloría General de la República una relación de los movimientos de ingreso o egreso del personal producidos en el mes inmediatamente anterior, o en su defecto la participación de que no se registro movimiento alguno durante el período en cuestión. Retener cualquier tipo de pago a los ciudadanos que cesen en el ejercicio de la función pública, hasta tanto consignen copia del comprobante de la presentación de la declaración jurada de patrimonio correspondiente al cese de sus funciones, medida prevista en el artículo 40 de la LCC. CONSULTAS Para el año 2006, en materia de declaración jurada de patrimonio, se atendieron 70 consultas de forma escrita y 100 vía e-mail. 152