MARCADO CÓMO SE COMPRUEBA? (Directiva 89/106/CEE) PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN. Versión 21 Agosto, 2012 MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO



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SECRETARÍA GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA DIRECCIÓN GENERAL DE INDUSTRIA Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Subdirección General de Calidad Seguridad Industrial PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN (Directiva 89/06/CEE) MARCADO CÓMO SE COMPRUEBA? Versión 2 Agosto, 202 Paseo de la Castellana, 60-2807 MADRID CORREO ELECTRÓNICO: lalonso@minetur.es Tel. 9.349.44.0 Fax: 9.349.43.00

Página PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN (Directiva 89/06/CEE) MARCADO CÓMO SE COMPRUEBA? ÍNDICE. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES...2 2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN...3 3. GENERALIDADES...4 4. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL MARCADO CE...5 4.. Productos por sistemas de +...5 4.2. Productos por sistemas de 2+...6 4.3. Productos por el sistema de evaluación 3...7 4.4. Productos por sistema de evaluación 4...7 4.5. Otros documentos...7 4.5. Certificado de garantía del fabricante...7 4.5.2 Garantías adicionales al...8 5. PRODUCTOS VÍA GUÍA DITE...8 6. VIGILANCIA DE MERCADO, DENUNCIAS E INCUMPLIMIENTOS...9 7. CONSIDERACIONES FINALES...9 ANEXO PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN CON MARCADO CE (Agosto 202)...0 a) PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN VÍA NORMAS ARMONIZADAS...0 b) PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN VÍA GUÍA DITE...56 ANEXO 2 SISTEMAS DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD...59 ANEXO 3 MARCADO (ETIQUETADO) CE...60 ANEXO 4 DECLARACIÓN CE DE CONFORMIDAD...63 ANEXO 5 EJEMPLOS DE CERTIFICADOS CE DE CONFORMIDAD (SISTEMAS + Y )...65 ANEXO 6 EJEMPLOS DE CERTIFICADOS DEL CONTROL DE PRODUCCIÓN EN FÁBRICA (SISTEMAS 2+)...67 ANEXO 7 EJEMPLO DE INFORME DE ENSAYOS INICIALES DE TIPO (SISTEMA 3)...68

Página 2. INTRODUCCIÓN Y ANTECEDENTES En este documento se analiza la puesta en práctica de la Directiva 89/06/CEE sobre productos de construcción la del para un buen número de productos, que a va siendo una realidad en el ámbito europeo en nuestro país en la medida en que a existen disponibles unas 420 normas armonizadas ver Anexo - (se prevén 600) que afectan a a una gran parte de los diferentes sectores de fabricantes de productos de construcción; también se aclara el tratamiento en relación con el de los productos contemplados en las Guías de DITE. Además de las obligaciones tareas de los fabricantes para cumplir con el marcado CE, la Le 2/992 de Industria, en su artículo 3.2.a), también establece las responsabilidades de las demás actividades agentes para cumplir con la reglamentación, los cuales a van conociendo entendiendo esta nueva regulación europea, transpuesta a nuestro derecho interno, proceso que conviene animar extender lo más posible. Un aspecto mu importante necesario para el cumplimiento extensión del marcado CE está en las labores de vigilancia de mercado o control de productos industriales, es decir, quién cómo? comprueba que los diferentes productos a afectados efectivamente se ponen en el mercado llegan se incorporan a las obras con su cumpliendo las tareas que ello supone. Para la inspección control administrativo de productos o vigilancia de mercado, la Le 2/992 de Industria, en su artículo 4, establece que la competencia ejecutiva del mismo recae en las autoridades de industria de las Comunidades Autónomas en su territorio, con la posibilidad, también, de que el Ministerio de Industria, Energía Turismo pueda desarrollar acciones de colaboración coordinación. No obstante, ha acciones complementarias o paralelas que los diferentes agentes implicados en la construcción (fabricantes, prescriptores, constructores, usuarios, autoridades autonómicas de calidad, etc.), pueden realizar para audar colaborar en que este sea una realidad lo más extendida rápida posible. Este documento surge, pues, para darles, tanto a las diferentes Administraciones del Estado como a los distintos agentes del proceso constructivo, las pautas sobre la documentación aspectos que pueden reclamar a los productos a sus fabricantes para el correcto cumplimiento del, desde el momento en que este sea de obligado cumplimiento, así como para animar a dichos agentes a que reclamen comprueben el dentro de sus actividades responsabilidades.

Página 3 El nuevo REGLAMENTO europeo: El Reglamento (UE) Nº 305/20 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO, de 9 de marzo de 20 por el que se establecen condiciones armonizadas para la comercialización de productos de construcción se deroga la Directiva 89/06/CEE del Consejo (DOUE 4-4-20), anulará sustituirá a la Directiva a partir de de julio de 203. Esto significa que a partir de esa fecha, no antes, habrá un nuevo marco regulador europeo de los temas abordados hasta ese momento por la Directiva. El Reglamento no va a suponer una revolución, más bien se trata de una evolución, así se puede decir que en términos generales tendremos una gran continuidad con la Directiva. Habrá ciertos cambios terminológicos, documentales ciertos procedimientos que podrán favorecer a las PYMES en las tareas para el. En la página web del Ministerio a están disponibles algunos informes en los que se comentan las novedades más significativas de documentación del Reglamento: Informe comparativo del RPC la DPC GUÍA para la preparación de la documentación a elaborar por el fabricante para el El enlace a estos documentos es el siguiente: http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/directiva.aspx?directiva=89/06/cee#listadoscompilados El Ministerio a está preparando una disposición en la que se establezcan los desarrollos pertinentes a nivel nacional para la aplicación del Reglamento europeo. 2. OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN Este documento tiene por objeto ofrecer toda la información pertinente sobre la documentación e información que han de aportar los fabricantes de productos de construcción para demostrar el correcto cumplimiento del en la medida en que estén obligados a ello. En el Anexo se inclue el listado completo, a la fecha de emisión de este documento, de los productos afectados por el vía, con las fechas oficiales de su, el sistema de aplicable. En la medida en que vaan apareciendo nuevos productos de construcción obligados al, se revisará actualizará este documento. Se sobreentiende que los productos que no aparezcan en estos listados ni pueden ni deben ostentar el.

Página 4 3. GENERALIDADES Las dos tareas fundamentales que los fabricantes deben realizar, en el marco de la Directiva, para el son: - Ensaos iniciales de tipo de los productos EIT-. - Tener implantado un sistema de control de producción de la fábrica CPF-. Como veremos a continuación, según el sistema de que se le asigna a cada producto, dichas tareas serán evaluadas por organismos notificados /o realizadas por el propio fabricante, lo cual dará lugar a que la documentación acreditativa del sea diferente o tenga sus particularidades. Los organismos notificados serán: - Organismos de certificación (de producto, incluendo el control de producción en fábrica los ensaos iniciales de tipo). - Organismos de inspección (que certifican el control de producción en fábrica del fabricante) - Laboratorios de ensao (que realizarán los ensaos iniciales de tipo de los productos o los cálculos que, en su caso, los sustituan). Estos organismos son notificados por los Estados Miembros a la Comisión Europea, lo que les habilita para realizar las tareas subsiguientes. Los fabricantes pueden acudir a cualquiera de los organismos notificados en la Unión Europea, es decir, no es necesario que estén ubicados en su Estado. Para conocer los organismos notificados españoles para los diferentes productos se puede consultar la página web del Ministerio de Industria, Energía Turismo: http://www.minetur.gob.es Industria PYME Legislación Legislación sobre Seguridad Industrial Directivas Productos de Construcción (89/06/CEE) Organismos Notificados Y tanto para España como para los demás Estados Miembros se puede consultar la página web de la Comisión Europea ( NANDO ): http://ec.europa.eu/enterprise/newapproach/nando/index.cfm

Página 5 En el Anexo 2 se inclue una descripción de los sistemas de acuñados por la Directiva, con la descripción de las tareas que competen al fabricante o al organismo notificado para cada sistema. 4. DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL MARCADO CE Para los diferentes productos de construcción, en el ANEXO ZA de la correspondiente se recoge la documentación el contenido de los documentos que deben avalar el, incluendo ejemplos. A continuación se desarrollan los detalles aspectos más descriptivos de estos documentos a nivel general; no obstante, algunos pocos productos pueden presentar peculiaridades en el etiquetado CE o la declaración CE de, por lo que para una comprobación más exhaustiva puede ser aconsejable consultar el ANEXO ZA de la norma armonizada. En general, siguiendo el espíritu de la Directiva sus documentos de desarrollo, el fabricante tiene la responsabilidad ineludible de que su cliente reciba el propiamente dicho (Anexo 3); el resto de la documentación (declaración CE, certificados, informes de ensao, etc.), en principio, el fabricante no está obligado a entregarla con el producto, pero es razonable que la entregue en la medida en que el cliente la precise o ante posibles dudas de cumplimiento, aunque no es razonable, basándonos en el principio del nuevo enfoque de confianza en los operadores, una exigencia excesiva de documentación burocracia innecesaria a los fabricantes en los intercambios comerciales, menos por motivos diferentes a la seguridad. Dado que existen, como hemos visto en el capítulo anterior como figura en el Anexo 2, cinco sistemas de que implican tareas diferentes, también los documentos para comprobación del son específicos así aparecen diferenciados en los apartados siguientes. En los apartados siguientes se indica la documentación acreditativa del más habitual, aplicable a las relaciones de los fabricantes o suministradores de productos con sus clientes o receptores de los mismos. Otro caso es el de las acciones de vigilancia de mercado de los productos realizadas por las autoridades competentes (ver capítulo 6), en cuo caso el fabricante está obligado a facilitar toda la información detalles que se le puedan requerir con respecto al cumplimiento de las tareas asociadas al, lo cual también es aplicable a los organismos que haan participado en dichas tareas. 4.. Productos por sistemas de + Este sistema supone una certificación completa del producto por un organismo de certificación notificado, es decir, que es el organismo el que vigila certifica las tareas del fabricante emite un certificado CE de.

Página 6 La documentación que se puede solicitar al fabricante para demostrar el correcto sería: MARCADO CE (ETIQUETADO CE): ver ejemplo detalles en el Anexo 3. CERTIFICADO DE CONFORMIDAD CE: emitido por el organismo de certificación notificado. Ver ejemplo detalles en el Anexo 5. Según establece la Directiva, la DECLARACIÓN CE DE CONFORMIDAD, que es el documento que emite responsabiliza al fabricante del cumplimiento del (ver ejemplo detalles en el Anexo 4), en este sistema no es obligatoria su entrega por parte del fabricante (ver apartado 4.5.). Estos son los documentos fundamentales aunque, adicionalmente, también se le podrán pedir al fabricante los ensaos iniciales de tipo realizados por el organismo certificador o, inclusive, la constancia del control de producción en fábrica, pero esto solamente debería hacerse en caso de mu fundadas sospechas de incumplimiento. En las filosofías del nuevo enfoque el enfoque global de las Directivas Europeas se establece el principio de confianza en los operadores, que pueden aplicarse a los fabricantes. 4.2. Productos por sistemas de 2+ En estos sistemas los ensaos iniciales de tipo del producto los realiza el fabricante bajo su responsabilidad en un laboratorio de ensao adecuado, que puede ser el propio o uno subcontratado, sin necesidad de que esté notificado o acreditado por ENAC, el organismo de certificación o inspección notificado sí que audita el sistema de control de producción en fábrica (auditoría inicial periódicas, por lo general una al año). La documentación que se le puede pedir al fabricante para los productos bajo este sistema sería: MARCADO CE (ETIQUETADO CE): ver ejemplo detalles en el Anexo 3. En segundo lugar, aunque no es obligatoria su presentación con el producto, se le podría solicitar: DECLARACIÓN CE DE CONFORMIDAD: es el documento que emite responsabiliza al fabricante del cumplimiento del. Ver ejemplo detalles en el Anexo 4 (ver apartado 4.5.). CERTIFICADO DEL CONTROL DE PRODUCCIÓN EN FÁBRICA: emitido por el organismo certificador. Ver ejemplo detalles en el Anexo 6. Estos serían los documentos fundamentales; no obstante, también se le podría pedir al fabricante el informe o protocolo de ensao de los ensaos iniciales de tipo realizados por el mismo sobre el producto, en caso de sospechas fundadas, la constatación del control de producción en fábrica.

Página 7 4.3. Productos por el sistema de evaluación 3 En este sistema el fabricante debe tener un sistema de control de producción en fábrica implantado bajo su responsabilidad, que no es vigilado por tercera parte, el organismo notificado, en este caso un laboratorio, le realiza los ensaos iniciales de tipo del producto. La documentación que se puede solicitar al fabricante relativa al sería: MARCADO CE (ETIQUETADO CE): ver ejemplo detalles en el Anexo 3. En segundo lugar, aunque no es obligatoria su presentación con el producto, se le podría solicitar: DECLARACIÓN CE DE CONFORMIDAD: es el documento que emite responsabiliza al fabricante del cumplimiento del. Ver ejemplo detalles en el Anexo 4 (ver apartado 4.5.). Estos serían los documentos principales, únicamente de forma opcional, se le podría pedir el informe o protocolo de los ensaos iniciales de tipo realizado por el laboratorio notificado (ver ejemplo detalles en el Anexo 7) la constatación del control de producción en fábrica, pero sólo en caso de dudas razonables de incumplimientos. 4.4. Productos por sistema de evaluación 4 En este sistema no ha intervención de organismo notificado de ningún tipo las dos tareas, de ensaos iniciales de tipo del producto control de producción en fábrica, las realiza el fabricante bajo su responsabilidad. La documentación a aportar sería: MARCADO CE (ETIQUETADO CE): ver ejemplo detalles en el Anexo 3. En segundo lugar, aunque no es obligatoria su presentación con el producto, se le podría solicitar: DECLARACIÓN CE DE CONFORMIDAD: es el documento que emite responsabiliza al fabricante del cumplimiento del. Ver ejemplo detalles en el Anexo 4 (ver apartado 4.5.). Esta sería la documentación imprescindible, en caso de necesidad o duda, se le podría pedir al fabricante los informes de los ensaos iniciales de tipo, menos frecuente, salvo dudas, sería pedirle la constatación del control de producción en fábrica. 4.5. Otros documentos 4.5. Certificado de garantía del fabricante Con carácter general, el artículo 7.2., Control de la documentación de los suministros, de la Parte I del Código Técnico de la Edificación, en su punto b), indica que los

Página 8 suministradores de productos entregarán al constructor el certificado de garantía del fabricante, firmado por persona física. Pues bien, en el caso de los productos que deban llevar el, este documento puede ser, se debe aceptar, la Declaración CE de emitida por el fabricante, a la que nos referimos en los apartados anteriores. 4.5.2 Garantías adicionales al Los fabricantes de productos que aporten garantías voluntarias adicionales al marcado CE, como pueden ser: distintivos de calidad, marcas, sellos, certificaciones de calidad, etc. del producto, voluntarias, certificaciones medioambientales del ciclo de vida, evaluaciones técnicas de idoneidad para productos, equipos o sistemas innovadores (tipo DIT, DAU, TCR, etc.), deberán aportar los certificados, ensaos o documentos correspondientes emitidos por los organismos que otorguen tales garantías o certificaciones. Evidentemente no se podrá exigir la presentación de esta documentación a los fabricantes que no aporten o declaren estas garantías adicionales, por su carácter totalmente voluntario, salvo que en el pedido o contrato de suministro el receptor del producto las exija, lo cual entra a en el aspecto comercial no en el reglamentario. 5. PRODUCTOS VÍA GUÍA DITE Lo primero es indicar que la existencia de una Guía DITE sobre un determinado producto no obliga a sus fabricantes a obtener el, salvo que la Administración del Estado Miembro lo establezca en su Reglamentación específica. Los productos que quieran obtener el cumpliendo una Guía de DITE ( productos no tradicionales ), tienen la peculiaridad de que lo primero que el fabricante tiene que hacer es ir a un organismo autorizado ( de cualquier Estado miembro, quien le hará una evaluación inicial del producto en base a la correspondiente Guía de DITE del producto. Si es favorable el organismo autorizado le emitirá un DITE, que consiste en un documento donde se recogen las evaluaciones ensaos realizados. Sólo después de este trámite inicial el fabricante entra en el proceso normal de evaluación que le corresponda, igual que los productos que van por la vía de (con los mismos documentos que se indican en los capítulos 4., 4.2, 4.3 4.4), sólo después de cumplir con las tareas del sistema de evaluación que le corresponda podrá empezar a hacer el. ( En España los organismos autorizados para la concesión del DITE son el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja (IETcc), el Institut de Tecnologia de la Construccio de Cataluna (ITeC) Tecnalia Research & Innovation.

Página 9 A estos fabricantes también se le podría pedir la presentación del DITE de su producto. La Directiva sus documentos de desarrollo no establecen el idioma en que deben redactarse los DITE, que en principio sería el del Estado del organismo que lo emite, también en idioma inglés. No obstante, regulaciones generales sobre temas de consumo establecen la obligación de ofrecer la información del producto en español, por lo que también puede ser razonable el pedir la traducción a nuestro idioma. 6. VIGILANCIA DE MERCADO, DENUNCIAS E INCUMPLIMIENTOS Dado que la vigilancia de mercado (control administrativo), según el artículo 4 de la Le de Industria es competencia de las autoridades autonómicas en materia de industria, los incumplimientos que se detecten en el mercado de productos de construcción o en las obras por ausencia de a obligatorio, defectos documentales u otras irregularidades, deben ser comunicadas a las autoridades autonómicas de Industria del territorio donde esté ubicado el fabricante del producto o la obra en cuestión. 7. CONSIDERACIONES FINALES Ha que tener mu claro que el no es una marca de calidad ni implica, por tanto, que el producto ofrece unas garantías o prestaciones de calidad extras; el es el cumplimiento de unos requisitos mínimos relacionados con la seguridad un requisito imprescindible legal para que se pueda comercializar un producto. Las marcas de calidad seguirán existiendo, es ahí donde se pueden buscar esos extras de calidad, al ofrecer dichas marcas un valor añadido sobre el. No obstante, el hecho de tener una marca de calidad no exime ni sustitue a la obligación de tener el. También conviene saber que el no lo da la Administración ni los organismos notificados; el lo pone, bajo su responsabilidad, el propio fabricante cuando ha realizado las tareas que implican el sistema de evaluación asignado al producto, aunque uno de los requisitos sea el tener el certificado o el informe de ensao del organismo notificado elegido (para los sistemas +,, 2+ 3). No van a existir disponibles listados de fabricantes con por productos, a que a partir de la del (fecha final del coexistencia) para un producto concreto a todos los fabricantes de ese producto están obligados a tener exhibir el.

Página 0 ANEXO PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN CON MARCADO CE (Agosto 202) a) PRODUCTOS DE CONSTRUCCIÓN VÍA NORMAS ARMONIZADAS Este listado se corresponde con el publicado en la última Resolución de la Dirección General de Industria de la Pequeña Mediana Empresa de fecha 6 de julio de 202 (BOE 2-7-202) UNE-EN :999 Estufas para combustibles líquidos, con quemadores de vaporización conductos de evacuación de humos..2008..2009 3 UNE-EN :999/A:2008 UNE-EN 40-4: 2006.0.2006.0.2007 Columnas báculos de alumbrado. Parte 4: Requisitos para columnas báculos de alumbrado de hormigón armado hormigón pretensado. UNE-EN 40-4: 2006/AC:2009..2007..2007 UNE-EN 40-5:2003 Columnas báculos de alumbrado. Parte 5: Requisitos para las columnas báculos de alumbrado de acero UNE-EN 40-6:2003 Columnas báculos de alumbrado. Parte 6: Requisitos para las columnas báculos de alumbrado de aluminio.2.2003.2.2005.2.2003.2.2005 UNE-EN 40-7:2003 Columnas báculos de alumbrado. Parte 7: Requisitos para columnas báculos de alumbrado de materiales compuestos poliméricos reforzados con fibra..0.2003.0.2004 EN 54-2:997, adoptada como UNE 23007-2:998 Sistemas de detección de alarma de incendios. Parte 2: Equipos de control e indicación EN 54-2:997/A:2006, adoptada como UNE 23007-2:998/ M:2008..2008.8.2009 EN 54-2:997/AC:999, adoptada como UNE 23007-2:998/ERRATUM:2004

Página UNE-EN 54-3:200 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 3: Dispositivos de alarma de incendios. Dispositivos acústicos UNE-EN 54-3/A:2002.4.2003 30.6.2005 UNE-EN 54-3:200/A2:2007.3.2006.6.2009 EN 54-4:997, adoptada como UNE 23007-4:998 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 4: Equipos de suministro de alimentación EN 54-4/AC:999, adoptada como UNE 23007-4:998/ ERRATUM:999.6.2005.6.2005 EN 54-4/A:2003, adoptada como UNE 23007-4:998/ M:2003.0.2003.8.2009 EN 54-4:997/A2:2007, adoptada como UNE 23007-4:998/2M:2007.6.2007.8.2009 UNE-EN 54-5:200 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 5: Detectores de calor. Detectores puntuales UNE-EN 54-5/A:2002.4.2003 30.6.2005 UNE-EN 54-7:200 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 7: Detectores de humo. Detectores puntuales que funcionan según el principio de luz difusa, luz transmitida o por ionización UNE-EN 54-7/A:2002 UNE-EN 54-7:200/A2:2007 UNE-EN 54-0: 2002.4.2003.5.2007 30.6.2005.8.2009 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 0: Detectores de llama. Detectores puntuales..9.2006.9.2008 UNE-EN 54-0: 2002/A:2007 UNE-EN 54-: 200 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte : Pulsadores manuales de alarma..9.2006.9.2008 UNE-EN 54-: 200/A:2007 UNE-EN 54-2:2003 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 2: Detectores de humo. Detectores de línea que utilizan un haz óptico de luz.0.2003 3.2.2005

Página 2 UNE-EN 54-6:200 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 6: Control de la alarma por voz equipos indicadores..2009.4.20 UNE-EN 54-7:2007.0.2006.2.2008 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 7: Aisladores de cortocircuito. UNE-EN 54-7:2007/AC:200..2009..2009 UNE-EN 54-8:2007 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 8: Dispositivos de entrada/salida..0.2006.2.2008 UNE-EN 54-20:2007.4.2007.7.2009 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 20: Detectores de aspiración de humos. UNE-EN 54-20:2007/AC:2009.8.2009.8.2009 UNE-EN 54-2:2007 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 2: Equipos de transmisión de alarmas avisos de fallo..3.2007.6.2009 UNE-EN 54-23:20 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 23 : Dispositivos de alarma de incendios. Dispositivos de alarma visual (VAD). UNE-EN 54-24:200 Sistemas de detección alarma de incendios. Parte 24: Componentes de los sistemas de alarma por voz. Altavoces.2.200.3.203..2009.4.20 UNE-EN 54-25:2009..2009.4.20 Sistemas de detección alarma de incendios Parte 25: Componentes que utilizan enlaces radioeléctricos UNE-EN 54-25:2009/AC:202 UNE-EN 79:2009.7.202.7.202 Herrajes para la edificación. Dispositivos de emergencia accionados por una manilla o un pulsador para recorridos de evacuación. Requisitos métodos de ensao. UNE-EN 97-:20 Cemento. Parte : Composición, especificaciones criterios de de los cementos comunes..2009..200.7.202.7.203 +

Página 3 UNE-EN 295-0:2005 Tuberías de gres, accesorios juntas para saneamiento. Parte 0: Requisitos obligatorios..2006..2007 4 UNE-EN 33:998 Llaves de obturador esférico de macho cónico, accionadas manualmente, para instalaciones de gas en edificios..9.20.9.202 /3 UNE-EN 33:999 ERRATUM UNE-EN 33:998/A:20 UNE-EN 43-:20 Cementos de albañilería. Parte : Composición, especificaciones criterios de.2.202.2.203 + UNE-EN 46-:2009 Tubos radiantes suspendidos con monoquemador que utilizan combustibles gaseosos para uso no doméstico. Parte : Seguridad.2.2009.2.200 2+/4 UNE-EN 438-7:2005 Laminados decorativos de alta presión (HPL). Láminas basadas en resinas termoestables (normalmente denominadas laminados). Parte 7: Laminados compactos paneles de compuesto HPL para acabados de paredes techos externos e internos...2005..2006 /3/4 UNE-EN 442-:996 Radiadores convectores. Parte : Especificaciones requisitos técnicos. UNE-EN 442-:996/A:2004.2.2004.2.2005 3 (2) UNE-EN 450-:2006 + A:2008 Cenizas volantes para hormigón. Parte : Definiciones, especificaciones criterios de UNE-EN 459-:20 Cales para la construcción. Parte : Definiciones, especificaciones criterios de..2009.2.200 +.6.20.6.202 2+ UNE-EN 490:202 Tejas piezas de hormigón para tejados revestimiento de muros.. Especificaciones de producto..8.202.8.202 3/4 UNE 27 00:2999 (3)

Página 4 UNE-EN 492:2005..2006..2007 Plaquetas de fibrocemento piezas complementarias. Especificaciones de producto métodos de ensao 3/4 UNE-EN 492:2005/A2:2007.7.2007.7.2008 UNE-EN 494:2005 + A3:2007 Placas onduladas o nervadas de fibrocemento sus piezas complementarias. Especificación de producto métodos de ensao UNE-EN 56:2006 Accesorios prefabricados para cubiertas. Instalaciones para acceso a tejados. Pasarelas, pasos escaleras. UNE-EN 57:2006 Accesorios prefabricados para cubiertas. Ganchos de seguridad UNE-EN 520:2005 + A:200 Placas de eso laminado. Definiciones, especificaciones métodos de ensao. UNE-EN 523:2005 Vainas de fleje de acero para tendones de pretensado. Terminología, especificaciones, control de la calidad UNE-EN 534:2007 + A:200 Placas onduladas bituminosas. Especificaciones de productos métodos de ensao. UNE-EN 544:20 Placas bituminosas con armadura mineral /o sintética. Especificación del producto métodos de ensao..2008..2009 3/4..2006..2007 3.2.2006.2.2007 3.6.200.2.200 3/4.6.2004.6.2005 4..20..20 /3/4.4.202.4.202 3/4 UNE-EN 572-9:2006 Vidrio para la construcción. Productos básicos de vidrio. Vidrio de silicato sodocálcico. Parte 9: Evaluación de la /Norma de producto. UNE-EN 588-2:2002 Tuberías de fibrocemento para drenaje saneamiento. Parte 2: Pasos de hombre cámaras de inspección.9.2005.9.2006 /3/4.0.2002.0.2003 4 UNE-EN 598:2008 + A:2009 Tuberías, accesorios piezas especiales de fundición dúctil sus uniones para aplicaciones de saneamiento. Requisitos métodos de ensao.4.200.4.20 4

Página 5 UNE-EN 62:200 Generadores de aire caliente por convección forzada, que funcionan con combustibles gaseosos, para la calefacción de locales de uso no doméstico, de consumo calorífico inferior o igual a 300 kw, sin ventilador para auda de la alimentación de aire comburente /o la evacuación de los productos de combustión..8.20.8.20 2+/4 UNE-EN 67-:200.2.2002.4.2004 Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas equipados con mangueras. Parte : Bocas de incendio equipadas con mangueras semirrigidas UNE-EN 67-:200/AC:2009 UNE-EN 67-2:200..2007.2.2002..2007.4.2004 Instalaciones fijas de lucha contra incendios. Sistemas equipados con mangueras. Parte 2: Bocas de incendio equipadas con mangueras planas UNE-EN 67-2:200/A:2005.3.2007.3.2008 UNE-EN 68-:996..2003..2009 Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua en drenaje. Parte : Caucho vulcanizado 4 UNE-EN 68-:996/A:999..2003..2004 UNE-EN 68-:996/ A2:2002..2003..2004 UNE-EN 68-:996/A3:2006..2008..2009 UNE-EN 68-2:200..2003..2004 Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua en drenaje. Parte 2: Elastómeros termoplásticos 4 UNE-EN 68-2:200/A:2002..2003..2004 UNE-EN 68-2:200/A2:2006..200..200 UNE-EN 68-3:200..2003..2004 Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua en drenaje.. Parte 3: Materiales celulares de caucho vulcanizado 4 UNE-EN 68-3:200/A:2002..2003..2004 UNE-EN 68-3:200/A2:2006.7.202.7.202

Página 6 UNE-EN 68-4:200..2003..2004 Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales para juntas de estanquidad de tuberías empleadas en canalizaciones de agua en drenaje. Parte 4: Elementos de estanquidad de poliuretano moldeado 4 UNE-EN 68-4:200/A:2002..2003..2004 UNE-EN 68-4:200/A2:2006.7.202.7.202 UNE-EN 682:2002.0.2002.2.2003 Juntas elastoméricas. Requisitos de los materiales de juntas empleadas en tubos accesorios para transporte de gases fluidos hidrocarbonatos 4 UNE-EN 682:2002/A:2006.7.202.7.202 UNE-EN 77-:20 Especificaciones de piezas para fábrica de albañilería. Parte : Piezas de arcilla cocida UNE-EN 77-2:20 Especificaciones de piezas para fábrica de albañilería. Parte 2: Piezas silicocalcáreas..2.202.2.203 2+/4.2.202.2.203 2+/4 UNE-EN 77-3: 20 Especificaciones de piezas para fábrica de albañilería. Parte 3: Bloques de hormigón (áridos densos ligeros).2.202.2.203 2+/4 UNE 27 77-3:2008 (3) UNE-EN 77-4: 20 Especificaciones de piezas para fábrica de albañilería. Parte 4: Bloques de hormigón celular curado en autoclave UNE-EN 77-5: 20 Especificaciones de piezas para fábrica de albañilería. Parte 5: Piezas de piedra artificial UNE-EN 77-6: 202 Especificación de piezas para fábrica de albañilería. Parte 6: Piezas de piedra natural..2.202.2.203 2+/4.2.202.2.203 2+/4.2.202.2.203 2+/3/4 UNE-EN 777-:2009 Tubos radiantes suspendidos con multiquemador que utilizan combustibles gaseosos para uso no doméstico. Parte : Sistema D, seguridad..2009..200 2+/4

Página 7 UNE-EN 777-2:2009 Tubos radiantes suspendidos con multiquemador que utilizan combustibles gaseosos para uso no doméstico. Parte 2: Sistema E, seguridad..2009..200 2+/4 UNE-EN 777-3:2009 Tubos radiantes suspendidos con multiquemadores que utilizan combustibles gaseosos para uso no doméstico. Parte 3: Sistema F, seguridad...2009..200 2+/4 UNE-EN 777-4:2009 Tubos radiantes suspendidos con multiquemadores que utilizan combustibles gaseosos para uso no doméstico. Parte 4: Sistema H, seguridad...2009..200 2+/4 UNE-EN 778:200 Generadores de aire caliente por convección forzada, que utilizan los combustibles gaseosos, para la calefacción de locales de uso doméstico, de consumo calorífico nominal inferior o igual a 70 kw, sin ventilador para auda de la entrada de aire comburente /o evacuación de los productos de combustión.8.200.8.20 2+/4 UNE-EN 845-:2005 + A:2008 Especificación de componentes auxiliares para fábricas de albañilería. Parte : Llaves, amarres, colgadores, ménsulas ángulos. UNE-EN 845-2:2005 Especificaciones de componentes auxiliares para fábricas de albañilería. Parte 2: Dinteles..2009..200 3.2.2004.4.2006 3 UNE-EN 845-3:2006 + A:2008 Especificaciones de componentes auxiliares para fábricas de albañilería. Parte 3: Armaduras de tendel prefabricadas de malla de acero..2009..200 3 UNE-EN 858-:2002 Sistemas separadores para líquidos ligeros (por ejemplo aceite petróleo). Parte : Principios de diseño de producto, características ensao, marcado control de calidad..9.2005.9.2006 3/4 UNE-EN 858-/A:2005

Página 8 UNE-EN 877:2000..2008.9.2009 Tubos accesorios de fundición, sus uniones piezas especiales destinados a la evacuación de aguas de los edificios Requisitos, métodos de ensao aseguramiento de la calidad 4 UNE-EN 877:2000/A:2007..2008.9.2009 UNE-EN 877:2000/A:2007/AC:2008..2009..2009 UNE-EN 934-2:200 Aditivos para hormigones, morteros pastas. Parte 2: Aditivos para hormigones. -Definiciones, requisitos,, marcado etiquetado.3.200.3.20 2+ UNE-EN 934-3:200 Aditivos para hormigones, morteros pastas. Parte 3: Aditivos para morteros para albañilería. Definiciones, requisitos,, marcado etiquetado..5.200.5.20 2+ UNE-EN 934-4:200 Aditivos para hormigones, morteros pastas. Parte 4: Aditivos para lechadas para tendones de pretensado. Definiciones, especificaciones,, marcado etiquetado.3.200.3.20 2+ UNE-EN 934-5:2009 Aditivos para hormigones, morteros pastas. Parte 5: Aditivos para hormigón proectado. Definiciones, especificaciones criterios de..2009..200 2+ UNE-EN 969:2009 Tubos, racores accesorios de fundición dúctil sus uniones para conducciones de gas. Requisitos métodos de ensao. UNE-EN 997:202 Inodoros conjuntos de inodoros con sifón incorporado. UNE-EN 998-:200 Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte : Morteros para revoco enlucido UNE-EN 998-2:202 Especificaciones de los morteros para albañilería. Parte 2: Morteros para albañilería..200..20 3.2.202.6.203 4.6.20.6.202 4.6.20.6.202 2+/4

Página 9 UNE-EN 020:200 Generadores de aire caliente por convección forzada, que funcionan con combustibles gaseosos, para la calefacción de locales de uso no doméstico, de consumo calorífico inferior o igual a 300 kw, que incorporan un ventilador para auda de la alimentación de aire comburente /o la evacuación de los productos de combustión..8.200.8.20 2+/4 UNE-EN 036-2:2009 Vidrio para la edificación Espejos de vidrio recubierto de plata para uso interno. Parte 2: Evaluación de la ; norma de producto UNE-EN 05-2:2008 Vidrio para la edificación Bloques de vidrio paveses de vidrio. Parte 2: Evaluación de la..2009..200 /3/4..2009..200 /3/4 UNE-EN 057:2007 + A:200 Cobre aleaciones de cobre. Tubos redondos de cobre, sin soldadura, para agua gas en aplicaciones sanitarias de calefacción..2.200.2.200 /3/4 UNE-EN 090-:20 + A:202 Ejecución de estructuras de acero aluminio. Parte : Requisitos para la de los componentes estructurales UNE-EN 096-4:2005 Vidrio para la edificación. Vidrio de capa. Parte 4: Evaluación de la /Norma de producto.9.202.7.204 2+.9.2005.9.2006 /3/4 UNE-EN 23-:2000 Tubos accesorios de acero galvanizado en caliente soldados longitudinalmente con manguito acoplable para canalización de aguas residuales. Parte : Requisitos, ensaos, control de calidad.6.2005.6.2006 4 UNE-EN 23-:2000/A:2005 UNE-EN 24-:2000 Tubos accesorios de acero inoxidable soldados longitudinalmente, con manguito acoplable para canalización de aguas residuales. Parte : Requisitos, ensaos, control de calidad..6.2005.6.2006 4 UNE-EN 24-:2000/A:2005

Página 20 UNE-EN 25:2009 Herrajes para la edificación. Dispositivos antipánico para salidas de emergencia accionadas por una barra horizontal. Requisitos métodos de ensao...2009..200 UNE-EN 54:2003.0.2003.0.2004 Herrajes para la edificación. Dispositivos de cierre controlado de puertas. Requisitos métodos de ensao UNE-EN 54:2003/AC:2006 UNE-EN 55:2003..200.0.2003..200.0.2004 Herrajes para la edificación. Dispositivos de retención electromagnética para puertas batientes. Requisitos métodos de ensao UNE-EN 55:2003/AC:2006 UNE-EN 58:2003..200.0.2003..200.0.2004 Herrajes para la edificación. Dispositivos de coordinación de puertas. Requisitos métodos de ensao UNE-EN 58:2003/AC:2006.6.2006.6.2006 UNE-EN 68:2006+A3:202 Productos prefabricados de hormigón. Placas alveolares UNE-EN 279-5:2006+A2:200 Vidrio para la edificación. Unidades de vidrio aislante. Parte 5: Evaluación de la UNE-EN 304:2006 Tejas de arcilla cocida para colocación discontinua. Definiciones especificaciones de producto.7.202.7.203 2+.2.20.2.202 /3/4.2.2006.2.2007 3/4 UNE-EN 37-5:2008+A2:202 Sistemas de contención para carreteras. Parte 5: Requisitos de producto para sistemas de contención de vehículos...203..203 UNE-EN 39:200 Generadores de aire caliente por convección forzada, que funcionan con combustibles gaseosos, para la calefacción de locales de uso doméstico, que incorporan quemadores con ventilador de consumo calorífico inferior o igual a 70 kw. UNE-EN 337-3:2005 Apoos estructurales. Parte 3: Apoos elastoméricos.0.200.0.20 2+/4..2006..2007 /3

Página 2 UNE-EN 337-4:2005.2.2005.2.2006 Apoos estructurales. Parte 4: Apoos de rodillo. /3 UNE-EN 337-4:2005/AC:2007..2008..2008 UNE-EN 337-5:2006 Apoos estructurales. Parte 5: Apoos «pot» UNE-EN 337-6:2005 Apoos estructurales. Parte 6: Apoos oscilantes UNE-EN 337-7:2004 Apoos estructurales. Parte 7: Apoos de PTFE cilíndricos esféricos. UNE-EN 337-8:2009 Apoos estructurales. Parte 8: Apoos guía apoos de bloqueo..2006..2007 /3.2.2005.2.2006 /3.2.2004.6.2005 /3..2009..200 /3 UNE-EN 338:2004 Adoquines de hormigón. Especificaciones métodos de ensao..3.2004.3.2005 4 UNE-EN 338:2004/AC:2006 UNE 27 338:2007 (3)..2007..2007 UNE-EN 339:2004 Baldosas de hormigón. Especificaciones métodos de ensao.3.2004.3.2005 4 UNE-EN 339:2004/AC:2006 UNE 27 339:2007 (3)..2007..2007 UNE-EN 340:2004 Bordillos prefabricados de hormigón. Especificaciones métodos de ensao..2.2004.2.2005 4 UNE-EN 340:2004/ERRATUM:2007 UNE 27 340:2006 (3)..2007..2007 UNE-EN 34:2002 Baldosas de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos métodos de ensao UNE-EN 342:2003 Adoquines de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos métodos de ensao.0.2002.0.2003 4.0.2002.0.2003 4

Página 22 UNE-EN 343:2003 Bordillos de piedra natural para uso como pavimento exterior. Requisitos métodos de ensao UNE-EN 344:2002 Adoquines de arcilla cocida. Especificaciones métodos de ensao.0.2002.0.2003 4..2003..2004 4 UNE-EN 423:202 Materiales para señalización vial horizontal. Materiales de postmezclado. Microesferas de vidrio, granulados antideslizantes mezclas de ambos..202..202 UNE-EN 433:2003.8.2003.8.2004 Canales de desagüe para zonas de circulación utilizadas por peatones vehículos. Clasificación, requisitos de diseño de ensao, marcado 3 UNE-EN 433:2003/A:2005 UNE-EN 457-:202..2006..2006 Chimeneas. Conductos de humo de arcilla o cerámicos. Parte : Requisitos métodos de ensao para su utilización en condiciones secas..202..203 2+ UNE-EN 457-2:202 Chimeneas. Conductos de humo de arcilla o cerámicos. Parte 2: Requisitos métodos de ensao para su utilización en condiciones húmedas UNE-EN 463-:200 Materiales para señalización vial horizontal. Captafaros retrorreflectantes. Parte : Características iniciales UNE-EN 469:2005 Piedra natural. Placas para revestimientos murales. Requisitos...202..203 2+..200..20.7.2005.7.2006 3/4 UNE-EN 504-2:2005 Productos sistemas para la protección reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad. Parte 2: Sistemas para protección de superficie.9.2005..2009 /2+/3/4 UNE-EN 504-3:2006 Productos sistemas para la protección reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad. Parte 3: Reparación estructural no estructural.0.2006..2009 /2+/3/4

Página 23 UNE-EN 504-4:2005 Productos sistemas para la protección reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad. Parte 4: Adhesión estructural.9.2005..2009 /2+/3/4 UNE-EN 504-5:2004 Productos sistemas para la protección reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad. Parte 5: Productos sistemas de inección del hormigón.0.2005..2009 2+/4 UNE-EN 504-6:2007 Productos sistemas para la protección reparación de estructuras de hormigón. Definiciones, requisitos, control de calidad. Parte 6: Anclajes de armaduras de acero..6.2007..2009 /2+/3/4 UNE-EN 504-7:2007 Productos sistemas para protección reparación de estructuras de hormigón - Definiciones, requisitos, control de calidad. Parte 7: Protección contra la corrosión de armaduras..6.2007..2009 2+/4 UNE-EN 520: 20 Componentes prefabricados de hormigón armado de áridos ligeros con estructura abierta con armadura estructural no estructural..202..203 2+/4 UNE-EN 748--2:2005 Vidrio para la edificación. Productos básicos especiales. Parte -2: Vidrio borosilicatado. Evaluación de la /Norma de producto..9.2005.9.2006 /3/4 UNE-EN 748-2-2:2005 Vidrio para la edificación. Productos básicos especiales. Parte 2-2: Vitrocerámicas. Evaluación de la /Norma de producto..9.2005.9.2006 /3/4 UNE-EN 806:2008 Chimeneas. Bloques para conductos de humos de arcilla o cerámicos para chimeneas de pared simple. Requisitos métodos de ensao..5.2007.5.2008 2+

Página 24 UNE-EN 825-:2005.9.2005.9.2006 Separadores de grasas. Parte : Principios de diseño, características funcionales, ensaos, marcado control de calidad. 3/4 UNE-EN 825-:2005/AC:2006..2007..2007 UNE-EN 856-:200 Chimeneas. Requisitos para chimeneas metálicas. Parte : Chimeneas modulares UNE-EN 856-2:200 Chimeneas. Requisitos para chimeneas metálicas. Parte 2: Conductos interiores conductos de unión metálicos UNE-EN 857:20 Chimeneas. Componentes. Conductos interiores de hormigón UNE-EN 858:20 + A:20 Chimeneas. Componentes. Bloques para conductos de humo de hormigón..3.200.3.20 2+/4.3.200.3.20 2+..20..202 2+.4.202.4.203 2+ UNE-EN 863-2:2005 Vidrio para la edificación. Vidrio de silicato sodocálcico termoendurecido. Parte 2: Evaluación de la /Norma de producto..9.2005.9.2006 /3/4 UNE-EN 873:2006 Accesorios prefabricados para cubiertas. Lucernarios individuales en materiales plásticos. Especificación de producto métodos de ensao..0.2006.0.2009 /3/4 UNE-EN 96:2008 Tubos piezas complementarias de hormigón en masa, hormigón armado hormigón con fibra de acero.8.2003..2009 4 UNE 2796:2004 + UNE 2796:2004/M:200 (3) UNE-EN 97:2008 Pozos de registro cámaras de inspección de hormigón en masa, hormigón armado hormigón con fibras de acero.8.2003..2009 4 UNE 27 97:2005 (3) UNE-EN 935:2002.0.2002.2.2003 Herrajes para la edificación. Bisagras de un solo eje. Requisitos métodos de ensao UNE-EN 935:2002/AC:2004..2007..2007

Página 25 UNE-EN 0025-:2006 Productos laminados en caliente, de acero no aleado, para construcciones metálicas de uso general. Parte : Condiciones técnicas de suministro..9.2005.9.2006 2+ UNE-EN 0088-4:200 Aceros inoxidables. Parte 4: Condiciones técnicas de suministro para chapas bandas de aceros resistentes a la corrosión para usos en construcción..2.200.2.20 2+ UNE-EN 0088-5:200 Aceros inoxidables. Parte 5: Condiciones técnicas de suministro para barras, alambrón, alambre, perfiles productos brillantes de aceros resistentes a la corrosión para usos en construcción...200..20 2+ UNE-EN 020-:2007 Perfiles huecos para construcción acabados en caliente, de acero no aleado de grano fino. Parte : Condiciones técnicas de suministro..2.2007.2.2008 2+ UNE-EN 029-:2007 Perfiles huecos para construcción soldados, conformados en frío de acero no aleado de grano fino. Parte : Condiciones técnicas de suministro.2.2007.2.2008 2+ UNE-EN 0224:2003 Tubos racores de acero para el transporte de líquidos acuosos, incluido el agua destinada al consumo humano. Condiciones técnicas de suministro.4.2006.4.2007 4 UNE-EN 0224:2003/A:2006 UNE-EN 0255:2005 + A:2008 Tubos de acero no aleado aptos para soldeo roscado. Condiciones técnicas de suministro..200..20 3/4 UNE-EN 03:2006 Juntas para la conexión de tubos de acero racores para el transporte de líquidos acuosos incluido agua para el consumo humano.3.2006.3.2007 4 UNE-EN 032:2003 Tubos racores de acero inoxidable para el transporte de líquidos acuosos incluendo agua para el consumo humano. Condiciones técnicas de suministro.4.2006.4.2007 4 UNE-EN 032:2003/A:2006

Página 26 UNE-EN 0340:2008..200..20 Aceros moldeados para usos estructurales 2+ UNE-EN 0340:2008/AC:2008..200..200 UNE-EN 0343:200 Aceros para temple revenido para su uso en la construcción. Condiciones técnicas de suministro. UNE-EN 2004:2008 Adhesivos para baldosas cerámicas. Requisitos, evaluación de la, clasificación designación..200..20 2+.6.2008.6.200 3 UNE-EN 2050-:200 Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción ensao. Parte : Plantas elevadoras de aguas residuales que contienen materias fecales..200..2002 3 UNE-EN 2050-2:200 Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción ensao. Parte 2: Plantas elevadoras de aguas residuales que no contienen materias fecales.0.200.0.2002 3 UNE-EN 2050-3:200 Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción ensao. Parte 3: Plantas elevadoras de aguas residuales que contienen materias fecales para aplicaciones limitadas.0.200.0.2002 3 UNE-EN 2050-4:200 Plantas elevadoras de aguas residuales para edificios e instalaciones. Principios de construcción ensao. Parte 4: Válvulas de retención para aguas residuales que no contienen materias fecales para aguas residuales que contienen materias fecales UNE-EN 2057:2005 Productos de piedra natural. Plaquetas Requisitos UNE-EN 2058:2005 Productos de piedra natural. Baldosas para pavimentos escaleras. Requisitos..0.200.0.2002 3.9.2005.9.2006 3/4.9.2005.9.2006 3/4

Página 27 UNE-EN 2094-:2004 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte : Requisitos métodos de ensao para los dispositivos automáticos eléctricos de control retardo..2.2004.5.2006 UNE-EN 2094-2:2004 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 2: Requisitos métodos de ensao para los dispositivos automáticos no eléctricos de control de retardo..2.2004.5.2006 UNE-EN 2094-3:2003 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 3: Requisitos métodos de ensao para los dispositivos manuales de disparo de paro..2004.9.2005 UNE-EN 2094-4:2005 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 4: Requisitos métodos de ensao para los conjuntos de válvulas de los contenedores de alta presión sus actuadores..5.2005.8.2007 UNE-EN 2094-5:2007 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 5: Requisitos métodos de ensao para válvulas direccionales de alta baja presión sus actuadores para sistemas de CO2.2.2007.5.2009 UNE-EN 2094-6:2007 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 6: Requisitos métodos de ensao para los dispositivos no eléctricos de aborto para sistemas de CO2.2.2007.5.2009 UNE-EN 2094-7:200.0.200.4.2004 Sistemas fijos de extinción de incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 7: Requisitos métodos de ensao para difusores para sistemas de CO2 UNE-EN 2094-7:200/A:2005..2005..2006

Página 28 UNE-EN 2094-8:2007 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 8: Requisitos métodos de ensao para conectores..2.2007.5.2009 UNE-EN 2094-9:2003 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 9: Requisitos métodos de ensao para detectores especiales de incendios..2004.9.2005 UNE-EN 2094-0:2004 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 0: Requisitos métodos de ensao para presostatos manómetros.2.2004.5.2006 UNE-EN 2094-:2003 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte : Requisitos métodos de ensao para dispositivos mecánicos de pesaje..2004.9.2005 UNE-EN 2094-2:2004 Sistemas fijos de extinción de incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte 2: Requisitos métodos de ensao para dispositivos neumáticos de alarma..2004.9.2005 UNE-EN 2094-3:200..2002.4.2004 Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de extinción mediante agentes gaseosos. Parte3: Requisitos métodos de ensao para válvulas de retención válvulas antirretorno UNE-EN 2094-3/AC:2002 UNE-EN 20-:2007..200.6.2006..200.9.2008 Sistemas para el control de humos de calor. Parte : Especificaciones para cortinas de humo. Requisitos métodos de ensao. UNE-EN 20-:2007/A:2007 UNE-EN 20-2:2004.2.2006.9.2008 Sistemas para el control de humos de calor. Parte 2: Especificaciones para aireadores de extracción natural de extracción de humos calor.4.2004.9.2006

Página 29 UNE-EN 20-3:2002.4.2004.4.2005 Sistemas de control de humos calor. Parte 3: Especificaciones para aireadores extractores de humos calor mecánicos UNE-EN 20-3:2002/AC:2006..2006..2006 UNE-EN 20-6:2006 Sistemas para control de humos de calor. Parte 6: Sistemas de presión diferencial. Equipos UNE-EN 20-7:20 Sistemas para el control de humo de calor. Parte 7: Secciones de conductos de humos UNE-EN 20-8:20 Sistemas para el control de humo de calor. Parte 8: Compuertas de control de humos UNE-EN 20-0:2007 Sistemas de control de humos calor. Parte 0: Suministro de energía.4.2006.4.2007.2.202.2.203.2.202.2.203.0.2006.5.202 UNE-EN 250-2:2005 Vidrio para la edificación. Vidrio de silicato sodocálcico de seguridad templado térmicamente. Parte 2: Evaluación de la /Norma de producto..9.2005.9.2006 /3/4 UNE-EN 250-2:2005 ERRATUM:20 UNE-EN 2209:2004.2.2004.6.2006 Herrajes para edificación. Cerraduras pestillos. Cerraduras, pestillos cerraderos mecánicos. Requisitos métodos de ensao. UNE-EN 2209: 2004/AC:2008 UNE-EN 2259-:2002.6.2006.4.2002.6.2006.9.2005 Protección contra incendios. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores agua pulverizada. Parte : Rociadores automáticos UNE-EN 2259-:2002/A2:2005 UNE-EN 2259-:2002/A3: 2007.3.2005..2006.3.2006..2007

Página 30 UNE-EN 2259-2:2000 Protección contra incendios. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores agua pulverizada. Parte 2: Conjuntos de válvula de alarma de tubería mojada cámaras de retardo UNE-EN 2259-2:2000/A:200 UNE-EN 2259-2:2000/A2: 2007 UNE-EN 2259-2:2000/AC:2002..2002.9.2006.6.2005.8.2007.8.2007.6.2005 UNE-EN 2259-3:200 Protección contra incendios. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores agua pulverizada. Parte 3: Conjuntos de válvula de alarma para sistemas de tubería seca UNE-EN 2259-3:200/A:200..2002.8.2007 UNE-EN 2259-3:200/A2:2007.9.2006.8.2007 UNE-EN 2259-4:2000 Protección contra incendios. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores agua pulverizada. Parte 4: Alarmas hidromecánicas..2002.4.2004 UNE-EN 2259-4:2000/A:200 UNE-EN 2259-5:2003 Protección contra incendios. Sistemas fijos de lucha contra incendios. Componentes para sistemas de rociadores agua pulverizada. Parte 5: Detectores de flujo de agua UNE-EN 227:2007 Revestimientos superficiales. Requisitos UNE-EN 2273:2009 Lechadas bituminosas Especificaciones.7.2003.9.2005..2008..20 2+..2009..20 2+ UNE-EN 2285-2: 2005 Tanques de acero fabricados en taller. Parte 2: Tanques horizontales cilíndricos, de pared simple o de pared doble, para el almacenamiento por encima del suelo de líquidos inflamables no inflamables contaminantes del agua..2006..2008 /3/4 UNE-EN 2285-2: 2005 ERRATUM:2006 UNE-EN 2326-:2005 Productos de pizarra piedra natural para tejados revestimientos discontinuos. Parte : Especificación de producto..5.2005.5.2008 3/4