LEY N LEY N 30222

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Transcripción:

LEY N 29783 LEY N 30222 D.S. N 005-2012-TR D.S. N 006-2014-TR ROL CONSEJO NACIONAL SST CONSEJO REGIONAL SST Y COMITÉS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Ing. OTTO VARGAS BARRANTES

OBJETIVO DE LA LEY DE SST «Promover una cultura de prevención de riesgos laborales en el país» Rol Fiscalizador y de Control Deber de Prevención EMPLEADOR TRABAJADORES Y SINDICATOS Velar por la promoción, difusión y cumplimiento de la normativa

SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SISTEMA NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO CONSEJO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO

INTEGRANTES CONSEJO NACIONAL SST Un representante del MTPE (Preside). Un representante del M. Salud. Un representantes Centro Nacional Salud Ocupacional y Protección del Medio Ambiente para la Salud (Censopas). Un representante de ESSALUD. Cuatro representantes Centrales Sindicales: CGTP, CTP, CUT, CATP. Cuatro representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Privadas ( CONFIEP).

FUNCIONES CNSST. Formular y aprobar Política Nacional SST. Articular responsabilidad y funciones en materia SST de los agentes sociales intervinientes para la ejecución de la Política Nacional. Plantear modificaciones o propuestas de normativa en SST, así como de aplicación o ratificación de instrumentos internacionales. Implementar cultura de prevención de riesgos laborales. Articular y coordinar acciones de cooperación técnica con los sectores en SST. Fortalecer Sistema Nacional Registro y Notificaciones de Información de accidentes y enfermedades ocupacionales. Garantizar el desarrollo de servicios de salud en el trabajo. Fomentar la ampliación y universalización de SCTR. Acciones de difusión e información en SST. Velar por el cumplimiento de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, articulando actuaciones de fiscalización y control. Fiscalizar el cumplimiento de la Política Nacional SST.

INTEGRANTES CONSEJO REGIONAL SST Un representante Dirección Regional Trabajo y PE (Preside). Un representante de la Dirección Regional de Salud. Un representante Red Asistencial de ESSALUD de la Región. Cuatro representantes Centrales Sindicales: CGTP, CTP, CUT, CATP. Representantes de los empleadores de la región: uno es propuesto por la CONFIEP, uno propuesto por las Cámaras de Comercio de cada jurisdicción, uno propuesto por la Cámara Nacional de Comercio, Producción, Turismo y Servicios Perucámaras y uno propuesto por la Confederación Nacional de Organizaciones de las MYPE.

FUNCIONES CRSST. Formular y aprobar programas regionales SST y efectuar seguimiento de su aplicación. Articular funciones y responsabilidades agentes integran. Garantizar en la región una cultura de prevención. Garantizar en la región y en los lugares de trabajo la adopción de políticas de SST y la constitución de comités mixtos de SST. Coordinar acciones de capacitación regional, formación de recursos humanos e investigación científica en SST. Implementar el Sistema Regional de Registro de Notificaciones de Accidentes y Enfermedades Profesionales en la región. Promover el desarrollo de servicios de salud en el trabajo en la región. Fomentar la ampliación y universalización de SCTR. Coordinar desarrollo acciones de difusión regional e información en SST. Velar por cumplimiento normativa sobre prevención riesgos laborales, articulando actuaciones de fiscalización y control de parte de instituciones regionales.

OBJETO DE LA POLÍTICA NACIONAL DE SST La Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo del Perú tiene por objeto prevenir los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales y reducir los daños que se pudieran ocasionar a la salud de las trabajadoras y trabajadores, que sean consecuencia del trabajo, guarden relación con la actividad laboral o sobrevengan durante el trabajo que éstos realizan El objeto de la PNSST está acorde a lo señalado por el artículo 4 de la Decisión N 584 y de la Ley de SST

Esquema de elaboración de la Política Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo PERFIL O DIAGNÓSTICO DE LA SITUACIÓN DE LA SST POLITICA NACIONAL DE SST Objeto Principios Lineamientos o ejes de la Política SITUACION NACIONAL DE LA SST PROGRAMA O ESTRATEGIA NACIONAL DE SST EXAMEN DE LA REVISION POLÍTICA NACIONAL DE SST Al menos una (1) vez al año Impacto y logros Planificación estratégica (determinación de indicadores, metas y prioridades) Planificación operativa (formulación, implementación y evaluación de actividades)

EJES DE ACCIÓN 1. MARCO NORMATIVO: Promover un marco normativo armónico, coherente e integral sobre seguridad y salud en el trabajo, adaptado a las necesidades de protección de todas las trabajadoras y trabajadores. 2. INFORMACIÓN: Fomentar una red integrada de información sobre seguridad y salud en el trabajo que promueva la elaboración, implementación y evaluación de las acciones de promoción y prevención. 3. CUMPLIMIENTO : Promover el cumplimiento de la normativa sobre seguridad y salud en el trabajo, mediante el fortalecimiento de la fiscalización y la promoción de mecanismos de autoevaluación de los sistemas de gestión.

EJES DE ACCIÓN 4. FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES: Fortalecer las capacidades de los actores del sistema de seguridad y salud en el trabajo para el desarrollo de acciones eficaces de promoción y prevención. 5. PROTECCIÓN SOCIAL: Promover la universalización del aseguramiento frente a los riesgos laborales. 6. FOMENTO DEL DIÁLOGO SOCIAL: Fomentar el diálogo y la participación efectiva de los actores sociales en el sistema de seguridad y salud en el trabajo.

ENFOQUE: GESTIÓN DEL POTENCIAL HUMANO FOMENTO DEL COMPORTAMIENTO SEGURO EN EL TRABAJO

LOS PARADIGMAS INFLUYEN EN NUESTRA FORMA DE PENSAR Y DE ACTUAR

MODELOS MENTALES Cada persona tiene su propio modelo de la seguridad y sus respuestas coinciden con su forma de ver la realidad...

CUÁL DEBERÍA SER LA META EN LAS EMPRESAS / INSTITUCIONES? En particular, ofrecer un trabajo productivo, seguro y decente para todos los trabajadores y trabajadoras.

Y qué es un trabajo seguro? Es el que permite que todos los trabajadores dispongan de unas condiciones de trabajo (aspectos sociales, físicos y ambientales de trabajo) en las que se practica una cultura de seguridad adaptada a la organización, basada en la previsión, prevención y promoción de la seguridad y la salud, que permiten de manera eficaz y eficiente erradicar los peligros, controlar (aislar) los riesgos, eliminar los accidentes y las enfermedades profesionales.

Y qué es el trabajo decente? Es el trabajo productivo en el cual los derechos (de los empleadores y de los trabajadores) son respetados, con seguridad y protección y con la posibilidad de participación en las decisiones que afectan a los trabajadores. Somavia, J. 2000. Trabajo decente en la economía informatizada. Sexta reunión regional europea.

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO : OBJETIVO: Promover la salud y seguridad en el trabajo, asesorar y vigilar el cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y la normativa nacional, favoreciendo el bienestar laboral y apoyando el desarrollo del empleador. El EMPLEADOR: debe asegurar, el establecimiento y el funcionamiento efectivo de un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, el reconocimiento de los representantes de los trabajadores y facilitar su participación.

COMITÉ SST Se realizará las reuniones del Comité (en forma ordinaria) por lo menos una (1) vez por mes. En forma extraordinaria, el Comité de SST se reúne a convocatoria de su Presidente / a solicitud de sus miembros, en caso de ocurrir un accidente o enfermedad grave o cuando las circunstancias lo exijan.

COMITÉ SST Para que el Comité pueda sesionar es requisito mínimo la asistencia de la 1/2 más uno de sus integrantes. Al final del período de cada Comité de SST se redacta un Informe Resumen de las labores realizadas, el que sirve de referencia a los miembros del nuevo Comité de SST. Todos los integrantes del Comité de SST recibirán una identificación que acredite su condición de tal, el cual deberá ser colocado en su fotocheck, chaleco, casco u otros dispositivo. Todos los miembros del comité deben ser capacitados en temas relacionados a las funciones que van a desempeñar antes de asumir el cargo y durante el ejercicio del mismo.

Estructura y Organización del Comité de SST Número de trabajadores para la formación del Comité de SST Ley N 29783, Art. 29

Estructura y Organización del Comité de SST Requisitos para integrar el Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Art. 47

Estructura y Organización del Comité de SST Descripción de integrantes que conforman el Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Arts. 56 y 57

Estructura y Organización del Comité de SST Descripción de integrantes que conforman el Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Arts. 56 y 58 El Comité esta conformado por:

Estructura y Organización del Comité de SST Descripción de integrantes que conforman el Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Arts. 56 y 59

Estructura y Organización del Comité de SST Plazo de duración del Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Art. 62

Estructura y Organización del Comité de SST Reuniones de Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Art. 67

EL Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Arts. 48 y 49

Elecciones del Comité de SST Convocatoria, constitución e instalación del Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Arts. 50 y 51

Elecciones del Comité de SST Vacancia de los miembros del Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Art. 63

Sesiones Comité de SST Quórum Mínimo D.S. N 005-2012-TR, Art. 69 El quórum mínimo para sesionar del Comité de SST es la mitad más uno de sus integrantes. Caso contrario, dentro de los ocho días subsiguientes, el Presidente cita a nueva reunión, la cual se lleva a cabo con el número de asistentes que hubiere, levantándose en cada caso el acta respectiva.

Funciones del Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Art. 42 El Comité o el supervisor de SST desarrollan sus funciones con sujeción en la Ley y el Reglamento, no están facultados a realizar actividades con fines distintos a la prevención y protección de la seguridad y salud.

Funciones del Comité de SST D.S. N 005-2012-TR, Art. 42

GRACIAS POR SU ATENCIÓN ASUMIR EL COMPROMISO DE CONSOLIDAR: CONDUCTAS SEGURAS COMO POLÍTICA DE LA EMPRESA. SEGURIDAD ASOCIADA A CALIDAD DE VIDA. PREVENCIÓN Y PROACTIVIDAD EN SEGURIDAD.