ASPECTOS TRIBUTARIOS Y LABORALES A CONSIDERAR PARA TRABAJADORES EXPATRIADOS www.serviciosasesorias.com F049 Edición: 31/03/14 Tel.: 902 529 888 1 Página 1
ÍNDICE 1. Aspectos fiscales 2. Aspectos laborales Página 2
ASPECTOS FISCALES La residencia fiscal del trabajador desplazado: Importancia de la residencia fiscal: marco tributario aplicable a la retribución del trabajador y al sistema de retenciones para la empresa. Criterios legales (art. 9 LIRPF): permanencia física y centro de intereses Cautelas con territorios calificados de paraísos fiscales Conflictos de residencia fiscal entre Estados. Página 3
ASPECTOS FISCALES Obligaciones fiscales en España por parte del trabajador: Comunicación censal del nuevo domicilio de residencia en el extranjero (mod. 030) Comunicación específica de trabajadores por cuenta ajena: modelo 247 Presentación del IRNR en los casos en que corresponda. Supuesto habitual: renta imputada por vivienda. Verificar la obligación de presentar IP (obligación real) Conveniencia de cambiar la naturaleza de las cuentas bancarias en entidades financieras españolas: para que sean cuentas bancarias de no residentes. Página 4
Obligaciones consulares 1 : Cada país dispone de una normativa interna en relación a las obligaciones legales que deben cumplir los no nacionales para poder residir y trabajar dentro de sus fronteras. Además de esto habrá que tener en cuenta las relaciones bilaterales y multilaterales de España con los países de destino de los trabajadores. De esta forma existirán distintos tratamientos según el país de destino de los trabajadores españoles: A.Países pertenecientes a la UE y EEE (integrantes de la UE además de Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza*) B.Otros países Página 5
Obligaciones consulares 2 : La situación habitual nos obliga a acceder al país de distintas formas según la duración y objeto de nuestros desplazamientos. Así podremos tramitar: Visados de turista Visado de negocio Visado de trabajo Visado de montaje Permiso de trabajo y residencia temporal Permiso de trabajo y residencia permanente La legislación es diferente en cada país de destino siendo importante consultar en la embajada en España antes de iniciar cualquier desplazamiento. Página 6
Tramites a nivel de Seguridad social: Siempre que un trabajador en situación de Alta en nuestro país se desplace al extranjero deberemos comunicar dicho desplazamiento tanto a la TGSS como a la mutua. Para realizar esto deberemos consultar la existencia de convenio bilateral entre nuestro país y el de destino y presentar los formularios específicos para cada desplazamiento. Estos desplazamientos se tienen que comunicar mediante el modelo TA300 http://www.segsocial.es/prdi00/groups/public/documents/binario/51664.pdf Página 7
Tramites a nivel de Seguridad social 2: Convenio de seguridad social existentes Países de la UE y EEE Página 8
Tramites a nivel de Seguridad social 3: Convenios bilaterales Página 9
Tramites a nivel de Seguridad social 4: Convenio iberoamericano de SS Página 10
Modificaciones en la relación laboral. De este desplazamiento y de su duración y finalidad pueden surgir distintas modificaciones en la relación laboral existe entre el trabajador y la empresa Española. Así cualquier desplazamiento que suponga una novación de las condiciones laborales requerirá la redacción de un acuerdo de expatriación. El contenido mínimo de este acuerdo será: Objeto del desplazamiento Duración del desplazamiento Retribución Prestación de servicios (Alojamiento, Manutención, Horario, Jornada, Medios materiales, etc.) Cobertura retorno país de origen periódica, vacaciones (o llegada familiares) o enfermedad. Representación Empresa durante todo el desplazamiento Voluntariedad Seguros de viaje Derechos de retorno Página 11