Alquiler de vehículos.



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Transcripción:

n Campaña de Actuación Julio Alquiler de Vehículos. Línea de actuación: Alquiler de vehículos. Quien desee conducir un turismo nuevo durante unos días, cambiar de vehículo de vez en cuando o darse el capricho de llevar un modelo de alta gama sin que le resulte demasiado caro, lo tiene fácil. Las empresas que se dedican al alquiler de coches ponen a disposición de sus clientes una amplia y variada flota de vehículos para que cada usuario elija el que más se ajuste a sus necesidades. Sin embargo, también es preciso prestar atención y conocer las condiciones que imponen las empresas, el mejor modo de ahorrarse gastos y disgustos innecesarios. Es por esto, que desde el Consorcio Extremeño de Información al Consumidor, consideramos de vital importancia disponer de una información clara y completa y así conocer nuestros derechos en este ámbito y poder ejercerlos con facilidad. Objetivos Informar de las actuaciones que desarrollará a corto, medio y largo plazo el Consorcio Extremeño de Información al Consumidor durante el año 2014. Difundir información actualizada sobre las condiciones del alquiler de vehículos.

Destinatarios La línea de actuación principal definida para este mes se destinará a la población juvenil y adulta de nuestra Comunidad Autónoma, que son quienes contratan este tipo de servicios. La otra línea referida al concurso, se destinará a la población de entre 14 y 30 años de edad de nuestra Comunidad Autónoma. Consejos a tener en cuenta 1. USUARIOS Y VEHÍCULOS: Los clientes de las empresas de alquiler son, mayoritariamente, turistas. En torno al 55% de los usuarios del sector son personas que están de vacaciones en una localidad que no es la suya, y desean conducir un coche propio para recorrer distintos puntos turísticos durante sus días libres. El vehículo alquilado proporciona una libertad de movimientos y horarios que no dan los servicios públicos y se adapta, además, a las necesidades de cualquier cliente. El límite mínimo de edad se sitúa entre 20 y 23 años, y el máximo puede variar entre 65 y 75 años. También es habitual que se exija que el arrendatario sea titular de una tarjeta de crédito. Las empresas de este sector no aceptan dinero en efectivo en el momento de realizar la contratación, y es preciso presentar una tarjeta, ya que así se dispone de una garantía en caso de que haya algún problema con el vehículo alquilado. Las empresas de alquiler tienen coches adaptados para personas con necesidades especiales pues cada vez son más las empresas que ofrecen vehículos adaptados a los discapacitados. El precio es el mismo que el de cualquier coche sin adaptar. 2. ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS SIN CONDUCTOR: La mayoría de los establecimientos ofrece vehículos casi nuevos que no suelen tener una antigüedad superior a los seis meses y un recorrido inferior a los 20.000 kilómetros. Los precios varían de una compañía a otra y pueden existir promociones especiales en determinadas fechas, localidades, o por lugares de entrega o recogida.

Los contratos de arrendamiento de vehículos sin conductor deberán celebrarse en los locales u oficinas de la empresa arrendadora, si bien su formalización y la entrega efectiva de los vehículos a los usuarios podrán llevarse a cabo en un lugar diferente, siempre que quede garantizada la contratación previa. Los precios de la actividad de arrendamiento de vehículos sin conductor no estarán sujetos a tarifa administrativa, si bien las empresas arrendadoras de vehículos de turismo deberán tener expuestos al público dichos precios con arreglo a las normas que a tal efecto establezca el Ministro de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente y el contrato de arrendamiento, deberá referirse únicamente a la puesta a disposición del vehículo sin conductor, no pudiendo ir acompañado de otro concertado con la misma empresa relativo al personal conductor o acompañante. 3. ARRENDAMIENTO DE VEHÍCULOS CON CONDUCTOR: Fuera de los supuestos de colaboración entre transportistas legalmente previstos, únicamente podrán arrendarse con conductor los vehículos de turismo. Dicho arrendamiento tendrá a todos los efectos administrativos la consideración de transporte discrecional de viajeros. Para la realización de la actividad de arrendamiento con conductor será precisa la obtención para cada vehículo que se pretenda dedicar a la misma, de la correspondiente autorización administrativa que habilite al efecto. Será necesario que la persona física o jurídica solicitante cumpla los siguientes requisitos: No superación de los límites de antigüedad de los vehículos que, en su caso, determine el Ministro de Fomento, en función de las circunstancias concurrentes en el mercado. Suscripción del seguro obligatorio de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, conforme a lo establecido en el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Disposición de garajes o lugares de aparcamiento cuando así lo exija el Ministerio de Fomento o la comunidad autónoma competente por delegación del Estado para el otorgamiento de las correspondientes autorizaciones, debiendo ésta respetar las reglas que, en su caso, el referido Ministerio establezca.

4. PRECIOS Y CONDICIONES DE ALQUILER DE COCHES: Los precios de los coches de alquiler varían sensiblemente según el país que va a visitar, del tipo de vehículo que contrate y de la empresa donde lo alquile. En general, al buscar un coche de alquiler en las webs de empresas de alquiler, aunque ha de facilitar el número de la tarjeta de crédito, realmente el pago no se efectúa hasta que no recoge el coche, pudiendo tener algún cargo adicional posterior en la tarjeta si ha de abonar la franquicia por algún incidente o alguna multa. 5. RECOGIDA Y ENTREGA DEL COCHE DE ALQUILER: Antes de recibir el vehículo es importante señalar hasta el más mínimo rasguño del exterior y en lo referente al interior comprobar el estado del depósito, del combustible, kilometraje, etc. Todo ello debe figurar por escrito junto con el lugar de entrega del automóvil. De esta manera queda prohibido variar cualquier característica técnica del coche, así como efectuar modificaciones de su aspecto tanto externo como interno, al igual que ordenar reparaciones en el vehículo sin la autorización expresa del arrendador. 6. RESPONSABILIDAD CIVIL Y SEGUROS: El deber de suscripción del seguro obligatorio: El incumplimiento de la obligación de asegurarse determinará: 7. CONSEJOS Y RECOMENDACIONES: Comparar antes de contratar. Verificar las tarifas. Tener cuidado con el contrato. Prestar atención si piden un adelanto. Ser más cauto si se contrata por Internet. Asegurarse del límite de kilómetros. Dejar bien atado con qué seguro se cuenta. 8. PRÁCTICAS ABUSIVAS: Precio final de la reserva on line. Pagos por la prestación de servicios tras la devolución del vehículo. Condiciones de pago.

9. ALQUILAR COCHES POR MINUTOS: No se paga entrada, ni letras, ni seguro, ni tampoco gasolina o aparcamiento, pero se dispone de coche. España se aficiona al "carsharing", un nuevo concepto de alquiler de vehículos para usar un automóvil desde 3,75 euros por hora y 0,24 euros por kilómetro recorrido. Es una nueva fórmula de disfrutar de un coche para desplazamientos cortos, como acercarse al supermercado, hacer un viaje de fin de semana o realizar una mudanza. El "carsharing" o alquiler de automóviles por minutos extiende su oferta. 10. COMPARTIR APARCAMIENTO: El espacio de aparcamiento libre desapareció de las ciudades españolas en 2005. A partir de entonces, surgieron iniciativas para compartir garaje y alquilarlos por horas. Quienes tienen una plaza que no utilizan durante determinados momentos del día o de la noche la ponen a disposición de la bolsa de automovilistas interesados en compartir parking. Las iniciativas son privadas, como Parksharing, o públicas, como las bolsas de personas interesadas. 11. COMPARTIR COCHE: BlaBlaCar es una red social que conecta personas particulares que permite compartir los gastos de un viaje en coche. No se trata de una retribución económica, sino de la compartición de los gastos asociados a ese trayecto en común. 12. MULTAS EN EL EXTRANJERO: Si nos trasladamos fuera de nuestro país y vamos a alquilar un vehículo es necesario conocer las normas de circulación del país de destino y llevar la documentación necesaria para poder alquilar el vehículo. Sanciones emitidas por un Ente Privado (por ejemplo autopistas). Gastos por la gestión de la multa cargados por una empresa de alquiler que coches (que se suman al importe de la multa). 13. NORMATIVA VIGENTE:

Es por esto que consideramos de vital importancia estar informados a este respecto. Para ello, podrá consultar este tema y otros que podrán ser de su interés, de manera más ampliada en nuestra web o contactando con nuestras oficinas. www.masa.com