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SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN BÁSICA Y NORMAL UNIDAD DE PLANEACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL ESCOLAR DEPARTAMENTO DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROGRAMAS ACCIONES DE PLANEACIÓN PARA LA PROGRAMACIÓN DETALLADA 2017 2018 LINEAMIENTOS PARA NUEVA CREACIÓN E INCREMENTOS DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN MÚLTIPLE (CAM). CENTROS DE ATENCIÓN MÚLTIPLE (CAM) Servicio escolarizado permanente en el que se atienden alumnos con necesidades educativas especiales que requieren adecuaciones altamente significativas para acceder a la currícula normal y que por diversas circunstancias no han podido integrarse educativamente. Los alumnos que ahí se atienden van desde los 45 días de nacidos hasta los 22 años, a los cuales se les brinda capacitación para el trabajo. El servicio de un CAM, promueve la integración educativa de sus alumnos al ámbito regular, brindándoles seguimiento en este proceso. Así mismo, ofrece apoyo alterno a algunos niños y jóvenes que asisten a la educación regular y que necesitan de un tipo de apoyo específico. NUEVA CREACIÓN Para presentar el Estudio de Factibilidad de Nueva Creación, deberán tomarse en cuenta lo siguiente: CRITERIOS: Considerar localidades que no cuenten con servicios de Integración Educativa o que sean áreas de alta demanda. Contar con la suficiente población demandante para el nuevo servicio. Tomar en cuenta de manera especial, localidades cuya zona de influencia pueda beneficiar a usuarios de regiones urbano marginadas o rurales. Analizar la ubicación estratégica para el establecimiento de un nuevo servicio con respecto a la existencia previa de un servicio del mismo tipo. Lineamientos Educación Especial. Página 1 5

Es importante consolidar y/o expandir servicios cercanos como el que se solicita, antes de considerar una nueva creación. Contar con terreno cuya superficie mínima sea de 500 m 2 para el tipo básico (80 alumnos) y de 4,000 m 2, para el tipo laboral (capacitación para el trabajo) (240 alumnos). La ubicación del terreno propuesto, debe atender las especificaciones que se marcan en la NORMA MEXICANA NMX-R-003-SCFI-2004 para escuelas. SELECCIÓN DEL TERRENO PARA CONSTRUCCIÓN: La ubicación del terreno deberá ser de fácil acceso para la comunidad educativa, con servicios públicos básicos (agua, energía eléctrica y drenaje) y deberá estar fuera de zonas de riesgo (barrancos, terrenos planos susceptibles de inundación, rellenos sanitarios, líneas de alta tensión, vías de comunicación de alta velocidad, etc.) o espacios que pongan en riesgo la integridad física, psicológica y social de los educandos. Si existe edificio escolar transferido al Gobierno del Estado de México, éste debe contar con la infraestructura y/o instalaciones adecuadas necesarias que permitan cubrir en su totalidad los requerimientos de los alumnos que demandan el servicio. En caso de que la propuesta sea para el turno vespertino, es necesario que las instalaciones del plantel cuenten con energía eléctrica. Cumplir con todos los Criterios y Requisitos establecidos para la creación de un Centro de Atención Múltiple (CAM). La información que se incluya en los Estudios de Factibilidad respecto a los servicios educativos, deberá contemplar la de los Subsistemas Federal, Federalizado y Estatal. Se excluyen los servicios particulares. LA OMISIÓN DE ALGUNO DE LOS CRITERIOS Y REQUISITOS, ASÍ COMO INCURRIR EN FALSEDAD DE INFORMACIÓN, INVALIDA EL ESTUDIO DE FACTIBILIDAD. REQUISITOS: Presentar el Estudio de Factibilidad debidamente requisitado en el formato correspondiente. Anexar al Estudio de Factibilidad en el formato requerido, el Censo de Población Demandante del servicio solicitado. Si solo se cuenta con el terreno, anexar el documento oficial que avala la posesión legal del mismo (contrato de compra venta, cesión de derechos o Acta de Cabildo) a nombre de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México. En su caso, presentar el documento de compromiso de construcción (a concluirse antes del inicio del ciclo escolar correspondiente) o apoyo al desarrollo del servicio que se solicita, expedido por la autoridad Municipal y/o Estatal. Si existe edificio escolar, anexar copia del documento oficial a través del cual la autoridad Estatal o Municipal hace entrega de las instalaciones y equipamiento al Gobierno del Estado de México. Lineamientos Educación Especial. Página 2 5

Anexar croquis del inmueble existente o de su proyecto de construcción. Entregar a la Subdirección de Educación Especial en los formatos correspondientes, el concentrado de las solicitudes de Nueva Creación para su valoración y toma de decisiones. INCREMENTOS Es el aumento del número de docentes y paradocentes en un CAM, para atender la demanda excedente, ya sea por consolidación y/o ampliación del servicio. Para solicitar incrementos de plazas docentes en los CAM, atender lo siguiente: Analizar el comportamiento de la matrícula del CAM, para determinar las necesidades reales de nuevos grupos, de personal docente y paradocente que atenderá la demanda excedente del servicio. Verificar que los servicios existentes de CAM, en la zona de influencia, se fortalezcan a su máxima capacidad. Contar con los espacios disponibles para el incremento requerido. Presentar en los formatos correspondientes, la relación de solicitudes de incrementos, debidamente requisitados y avalados por el director del CAM. Anexar en el formato correspondiente, el Censo de Población Demandante del servicio, especificando la necesidad educativa especial del alumno. Entregar a la Subdirección de Educación Especial en los formatos correspondientes, el concentrado de las solicitudes de Incrementos para su valoración y toma de decisiones. UNIDAD DE SERVICIOS DE APOYO A LA EDUCACIÓN REGULAR (USAER) Este servicio, representa la instancia técnico operativa integrada a las escuelas regulares de la educación básica encargada de apoyar la atención de los alumnos con necesidades educativas especiales, con o sin discapacidad y /o aptitudes sobresalientes, mediante la orientación al personal docente y las familias. Lineamientos Educación Especial. Página 3 5

NUEVA CREACIÓN Para presentar la solicitud de Nueva Creación de un USAER, considerar lo siguiente: CRITERIOS: El servicio debe ofrece especialmente en aquellas escuelas donde se encuentre el mayor número de alumnos con necesidades educativas especiales con o sin discapacidad. Es por ello, que las escuelas que soliciten el servicio deben contar con el dato preciso del número de alumnos que requieren del servicio (Formato de estadística 911) y que asisten a las escuelas de educación regular; esto permitirá en el futuro distribuir los servicios de apoyo de tal manera que se atienda a la población que más lo necesita. Es importante señalar que este servicio no constituye una oferta de atención directa para los alumnos con necesidades educativas especiales, sino una instancia de apoyo a los docentes de educación regular que atienden a dichos alumnos y a sus familias, para que de manera conjunta establezcan estrategias de trabajo que satisfagan las necesidades de Integración Educativa. Considerar localidades que no cuenten con el servicio de USAER y que en la zona de influencia existan varias escuelas del mismo nivel educativo con la demanda suficiente para establecer el servicio. Contar con la población suficiente que demanda el servicio solicitado. Tomar en cuenta de manera especial, localidades cuya zona de influencia pueda beneficiar a usuarios de regiones urbano marginadas o rurales. Analizar la ubicación estratégica para el establecimiento de un nuevo servicio con respecto a la existencia previa de un servicio del mismo tipo. Es importante consolidar y/o expandir los servicios existentes, antes de considerar la creación de uno nuevo. Verificar que las escuelas solicitantes de este servicio, cuenten con las instalaciones necesarias para la atención de la población demandante (aula de apoyo con condiciones higiénicas y pedagógicas, accesos adecuados, etc.). Presentar a la Subdirección de Educación Especial, las solicitudes de Nueva Creación e Incrementos de USAER para su valoración y toma de decisiones. REQUISITOS: Proporcionar en los formatos correspondientes, la información requerida de las 5 escuelas que solicitan el servicio, avalados por la Autoridad Educativa correspondiente. Anexar la CARTA COMPROMISO de los directivos de las escuelas que conforman la USAER, así como el oficio donde el Supervisor Escolar de servicios regulares y el Supervisor de Educación Especial, se comprometen a apoyar el desarrollo del servicio solicitado. Lineamientos Educación Especial. Página 4 5

CARTA COMPROMISO del director de la Escuela sede, donde se compromete a facilitar las instalaciones necesarias para el establecimiento de la USAER. Censo de Población Demandante del servicio, especificando la necesidad educativa especial y/o problema que presenta el menor de edad, avalado con el nombre y firma de la autoridad educativa correspondiente. NOTA: Para identificar la necesidad educativa, los padres del alumno deberán acudir a un CAM, USAER u otro servicio especializado donde se valore al niño o joven para su atención. LA OMISIÓN DE ALGUNO DE LOS CRITERIOS O REQUISITOS, ASI COMO INCURRIR EN FALSEDAD DE LA INFORMACIÓN, INVALIDA LA SOLICITUD DE LA NUEVA CREACIÓN. INCREMENTOS Verificar que los servicios existentes de USAER cercanos a la localidad donde se ubica el USAER, se fortalezcan a su máxima capacidad. Presentar en los formatos correspondientes, las solicitudes de Incremento de personal docente, anexando los Censos de Población Demandante del servicio. Lineamientos Educación Especial. Página 5 5