ACREDITACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DIPLOMÁTICOS DESIGNADOS POR LOS PAÍSES, ORGANISMOS E INSTITUCIONES EUROPEOS ANTE EL GOBIERNO DE

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Transcripción:

PROCEDIMIENTO ACREDITACIÓN DE LOS REPRESENTANTES DIPLOMÁTICOS DESIGNADOS POR LOS PAÍSES, ORGANISMOS E INSTITUCIONES EUROPEOS ANTE EL GOBIERNO DE MÉXICO ()

Página: 1 de 10 1. Propósito del procedimiento. Contar con un instrumento de apoyo administrativo que permita conocer en forma ordenada y sistemática las actividades necesarias para la acreditación de los representantes diplomáticos designados por los países de Europa ante el Gobierno de México. 2. Alcance. El presente procedimiento aplica a la Dirección General para Europa (DGE) y a las unidades administrativas responsables. Este procedimiento considera las acciones encaminadas hacia el establecimiento, desarrollo y fortalecimiento de las relaciones de México con los países de la región europea. 3. Marco jurídico. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. Ley General de Bienes Nacionales. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos. Ley Sobre la Celebración de Tratados. Ley de Comercio Exterior. Ley de Inversión Extranjera. Ley del Servicio Exterior Mexicano. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Reglamento Interior de la Secretaría de Relaciones Exteriores. Reglamento de la Ley del Servicio Exterior Mexicano. Todos los Tratados, Acuerdos, Convenios y Convenciones concertados por el Gobierno de México con otros Gobiernos y Organismos Internacionales, en los términos establecidos por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal. 4. Responsabilidades. El Director General para Europa es el responsable de la elaboración, actualización y correcta aplicación de este procedimiento.

Página: 2 de 10 5. Definiciones. Acreditación: Es el acto por el cual un Estado (acreditante) comunica su voluntad de considerar a una determinada persona como agente diplomático a su servicio para actuar en dicha calidad sea ante otro Estado u organización internacional. Canciller: 1. Secretario de Estado encargado de los asuntos externos o de las relaciones exteriores de una nación; 2. Secretario de una embajada. Cancillería: En México la Cancillería es sinónimo de Secretaría de Relaciones Exteriores. Oficina donde el jefe de la misión y su personal desarrollan sus tareas. En general, se la confunde con la embajada pero técnicamente es inapropiado ya que embajada es el lugar donde el embajador vive y no donde trabaja aunque, en algunos casos, ello ocurra en un mismo edificio. Actualmente se suele utilizar el término "residencia del embajador" para diferenciarla de la cancillería. Comunicación: Son aquellas comunicaciones oficiales que transmiten hacia el interior información de temas específicos, pudiendo ser hacia la SRE para su atención (Secretaría Particular, Subsecretarías, Direcciones Generales, Embajadas y Consulados Generales en la región), o en su caso ser el conducto para reenviar o retransmitir información a cualquier oficina dependiente del Ejecutivo Federal o enlace con los demás poderes de la Unión y niveles de gobierno, con la finalidad de que se priorice la información y se tomen decisiones respecto a los siguientes tipos de comunicaciones: Correo electrónico, fax, memorándum, oficio memoranda para información y acuerdo superior, tarjetas informativas para la superioridad y líneas de instrucción. Del mismo modo en las comunicaciones oficiales con Embajadas y organismos internacionales el medio de comunicación oficial es la nota diplomática en sus diferentes modalidades, misma que puede ser enviada por fax dada la urgencia del caso a informar o instruir entre las partes involucradas. Embajada: Técnicamente se refiere a la residencia de un embajador, aunque suele utilizarse este término incorrectamente para designar al lugar en donde desarrollan sus tareas el embajador y los demás funcionarios de una misión. En este caso, el correcto es "Cancillería". Para diferenciarlo de éste, actualmente se suele utilizar el término "residencia del embajador". Embajador: Jefe de una misión diplomática o embajada. Funcionario diplomático de primera clase, con misión permanente cerca de otro gobierno, representante del Estado que le envía y, además, de la persona de su Jefe de Estado. Informe diplomático: Una de las principales funciones de la misión diplomática es la de enterarse por todos los medios lícitos de las condiciones y de la evolución de los acontecimientos en el Estado receptor e informar sobre ello al gobierno del Estado acreditante. Los documentos en los que se transmite esta información se conocen como informes diplomáticos que, según los diferentes gobiernos, pueden llamarse despachos, cartas u oficios - como en el caso de México. Materiales de apoyo: Son todos aquellos instrumentos que tienen como finalidad dar el apoyo para diferentes eventos de alto nivel, que permitan la precisión de la interlocución de los temas acordados, mismo que son: Carpeta informativa sobre el país, temas de conversación, programa de actividades, agenda de trabajo, elementos para discurso, punteos, comunicados de prensa y declaración conjunta, oficio memoranda para información y acuerdo superior, tarjetas informativas para la superioridad, perfiles y líneas de instrucción entre otros de carácter especifico que se requieran.

Página: 3 de 10 Memorándum: Tradicionalmente era un tipo de nota diplomática, de carácter solemne. En la evolución posterior, el memorándum ha ido perdiendo su carácter especial, para igualarse a los pro memoria. Aún se sigue utilizando para cuestiones más solemnes o importantes o para temas desarrollados con una mayor extensión o detalle. Notas diplomáticas: Comunicaciones escritas que intercambian las embajadas con la Secretaría o Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor, en estos escritos se tratan todas las cuestiones relacionadas con la gestión oficial de la misión diplomática. Puede formularse de dos maneras: como nota formal o como nota verbal. En la primera, que es la menos frecuente, se tratan cuestiones de mayor importancia o seriedad, está escrita en primera persona y la dirige el jefe de misión a la Secretaria de Relaciones Exteriores o viceversa. La segunda es el tipo de nota que se usa con mayor frecuencia; en ella se abordan cuestiones de trámite común y de menor importancia y se redacta en tercera persona, siendo dirigida por la misión a la Cancillería, o viceversa. Organismo u organización internacional: Entidad con personalidad jurídica propia, creada por varios Estados en virtud de un tratado multilateral (tratado constitutivo) con el objetivo de realizar conjuntamente fines específicos para los que fue creada. Secretaria de Relaciones Exteriores: En México la titular de la cartera, ministerio, Cancillería o Secretaría encargada de las relaciones exteriores. Servicio Exterior: Es el conjunto de funcionarios, agregados, empleados y técnicos que han sido nombrados por un gobierno para que presten sus servicios en las misiones diplomáticas y consulares que tienen en el extranjero y en las delegaciones ante organismos internacionales. Tratado: Nombre genérico por el que se denomina cualquier Acuerdo entre dos o más Estados (u otros sujetos de Derecho Internacional), sometido al Derecho Internacional y que crea una obligación jurídica para los mismos. En materia de tratados internacionales se halla regulado por la Convención de Viena del 23 de mayo de 1969. Etapas normales de un tratado: negociación, adopción del texto, autenticación del texto, firma, ratificación y publicación. DIPGAE: Dirección de Información, Planeación, Gestión y Asuntos Especiales.

Página: 4 de 10 6. Método de trabajo. 6.1. Políticas y lineamientos. 1.-Se deberá examinar permanentemente el proceso político interno, externo, bilateral y multilateral de los países, y organizaciones de la región europea para el diseño, ejecución y evaluación de acciones de política exterior que permitan ampliar los intereses de México en la región. 2.-Conforme a las temáticas particulares serán consideradas para la comunicación, recepción y envíos de estudios y/o documentos las Direcciones de Área. 3.-La comunicación interna de la Dirección General para Europa, estará sujeta a un procedimiento de toma de decisiones dinámico, conforme al organigrama establecido y competencias determinadas. 4.-Las solicitudes de información requeridas a la Dirección General para Europa, se apegarán a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y su reglamento.

Página: 5 de 10 6.2 Descripción de actividades. Paso Responsable Actividad 1. Dirección General Europa para Recibe nota diplomática de la Embajada del país u organismo en cuestión solicitando el beneplácito para su Embajador designado o bien memorándum de la Dirección General de Protocolo, solicitando la opinión de la Dirección General para Europa. Documento de Trabajo (Clave) - Nota diplomática o - Memorándum. Nota: En el caso de designación de Embajadores de países del área ante el Gobierno de México, el apoyo consiste: 1) Recomendar el otorgamiento del beneplácito. 2) Elaboración de los materiales de 2. Acuerda con el Director de Información, Planeación, Gestión y Asuntos Especiales sobre la elaboración de una comunicación a las Misiones competentes con el objeto de recabar su opinión respecto al candidato propuesto, sobre el contenido y plazo de entrega de los materiales de apoyo requeridos en la ceremonia de acreditación del Embajador designado, y turna con instrucciones a la Dirección de Área temática correspondiente. - Instrucción. -Copia.-Director General Adjunto para Europa para su conocimiento. 3. Dirección de Área temática correspondiente Recibe instrucciones del Director General para Europa y sugiere los rubros que deberán incluirse en los materiales de apoyo respectivos. - Instrucción. Nota.-Las Direcciones de Área temática son: Dirección para Países Mediterráneos y Sureste de Europa. Dirección para la Unión Europea y Países de Europa del Norte. Dirección para el Consejo de Europa y Países de Europa Central y del Este. 4. Solicita a la Subdirección de Área temática competente la elaboración de la comunicación a las Representaciones de México respectivas para recabar su opinión respecto al candidato propuesto y acuerda el contenido, así como el plazo de entrega de los materiales de apoyo requeridos en las ceremonias de presentación de copias y originales de las cartas credenciales del Embajador designado, y turna a la Subdirección de Área temática correspondiente. - Instrucción.

Página: 6 de 10 Paso Responsable Actividad 5. Subdirección de Área temática correspondiente Recibe instrucciones y acuerda con el Departamento competente la elaboración de una comunicación dirigida a la Representación Diplomática de México respectiva, solicitando su opinión respecto a la candidatura propuesta, así como el contenido y plazo de entrega de los materiales de apoyo requeridos en la ceremonia de presentación de copias y originales de las cartas credenciales del Embajador designado, y turna al Departamento correspondiente. Documento de Trabajo (Clave) - Instrucción. Nota: Las Subdirecciones de Área temática son: Subdirección para Países Mediterráneos y Sureste de Europa. Subdirección para la Unión Europea y Países de Europa del Norte. 6. Departamento correspondiente Recibe instrucciones y elabora los materiales de apoyo, y prepara la comunicación dirigida a la Representación Diplomática de México competente, solicitando su opinión respecto a la candidatura propuesta. - Instrucción. - Comunicación. Nota: Los Departamentos son: Departamento para Países Mediterráneos. Departamento para Países del Sureste de Europa. Departamento para Países de Europa del Norte. Departamento para la Unión Europea, Benelux y Bálticos. Departamento para el Consejo de Europa y Países de Europa del Este. Departamento para Países de Europa Central. Departamento para Países Germánicos de Europa. 7. Recibe la opinión de la Embamex consultada, elabora los materiales de apoyo y el proyecto de memorándum para información y acuerdo superior con la opinión de la Dirección General para Europa, así como el proyecto de nota diplomática notificando el beneplácito del Gobierno de México al candidato propuesto, y turna a la Subdirección de Área correspondiente.

Página: 7 de 10 Paso Responsable Actividad 8. Subdirección de Área temática correspondiente Recibe, revisa y rubrica el contenido de los materiales de apoyo, el memorándum para información y acuerdo superior con la opinión de la Dirección General para Europa y la nota diplomática notificando el beneplácito del Gobierno de México al candidato propuesto dirigida a la Representación Diplomática involucrada, y turna a la Dirección de Área temática correspondiente para su consideración. Documento de Trabajo (Clave) - Memorándum. - Nota diplomática. Nota: En caso de requerir modificaciones los materiales de apoyo, el Departamento correspondiente deberá realizarlas. 9. Dirección de Área temática correspondiente Recibe, revisa y rubrica los materiales de apoyo elaborados, el memorándum para información y acuerdo superior con la opinión de la Dirección General para Europa, y la nota diplomática mediante la cual se notifica el beneplácito del Gobierno de México al candidato propuesto y turna a la Dirección General Ajunta para Europa los materiales de apoyo y las comunicaciones para su aprobación. Nota: En caso de requerir modificaciones los proyectos sobre opciones de política exterior, las solicita a la Subdirección de Área temática correspondiente. - Memorándum. - Nota diplomática. 10. Dirección General Adjunta para Europa Recibe y analiza los materiales de apoyo elaborados, el memorándum para información y acuerdo superior, y la nota diplomática mediante la cual se notifica el beneplácito del Gobierno de México al candidato propuesto, los aprueba, firma y turna a la Dirección de Información, Planeación, Gestión y Asuntos Especiales - Memorándum. - Nota diplomática. 11. Dirección de Información, Planeación, Gestión y Asuntos Especiales Recibe y revisa el contenido de los materiales elaborados y los somete a la consideración de la Dirección General para Europa. - Memorándum. - Nota diplomática.

Página: 8 de 10 Paso Responsable Actividad 12. Dirección General Europa para Recibe, autoriza, firma y turna para su envío los materiales de DOCUMENTOS DE APOYO: Documento de Trabajo (Clave) - Memorándum. - Nota diplomática. Original: C. Presidente de la República, por conducto de la Secretario de Relaciones Exteriores. 1a Copia: Secretario de Relaciones Exteriores para la presentación de las copias de las Cartas Credenciales. 2a Copia: Subsecretario de Relaciones Exteriores. 3a Copia: Dirección General para Europa, para su archivo. 4a Copia: Dirección de Área correspondiente. MEMORÁNDUM PARA INFORMACIÓN Y ACUERDO SUPERIOR: Original: 1a Copia: 2a Copia: Secretario o Subsecretario Relaciones Exteriores. Dirección General para Europa, para su archivo. Dirección de Área correspondiente. NOTA DIPLOMÁTICA: Original: Representación Diplomática. 1a Copia: Secretario o Subsecretario de Relaciones Exteriores. 2ª Copia: Dirección General del Protocolo. 3a Copia: Dirección General para Europa, para su archivo. 4a copia Dirección de Área correspondiente. Fin de procedimiento.

Página: 9 de 10 6.3 Diagrama de flujo (continúa). INICIO Recibir nota diplomática de la Embajada u organismo en cuestión solicitando el beneplácito para su 1 Embajador designado. -Nota diplomática o Memorandum. Acordar con el Director de IPGAE sobre la elaboración de una comunicación a las Misiones competentes con el objeto de recabar su opinión 2 respecto propuesto. al candidato -Instrucción. Recibir instrucciones del DGE y sugerir los rubros que deberán incluirse en los materiales de apoyo respectivos. 3 -Instrucción. Solicitar a la Subdirección de Área temática competente la elaboración de la comunicación a las Representaciones de México 4 respectivas. -Instrucción. Recibir instrucciones y acordar con el Departamento competente la elaboración de una comunicación dirigida a la Representación Diplomática 5 de México respectiva. -Instrucción. Recibir instrucciones y elaborar los materiales de apoyo, y preparar la comunicación dirigida a la Representación Diplomática 6 de México competente. -Instrucción. 7 -Comunicación.

Página: 10 de 10 6.3 Diagrama de flujo. Recibir la opinión de la Embamex consultada, elaborar los materiales de apoyo y el proyecto de memorándum para información y acuerdo superior. 7 Recibir, revisar y rubricar el contenido de los materiales de apoyo, el memorándum para información y acuerdo superior con la opinión de la 8 DGE. -Memorándum. -Nota diplomática. Recibir, revisar y rubricar los materiales de apoyo elaborados, el memorándum para información y acuerdo superior con la opinión de la 9 DGE. -Memorándum. -Nota diplomática. Recibir y analizar los materiales de apoyo elaborados, el memorándum y la nota diplomática mediante la cual se notifica. 10 -Memorándum. -Nota diplomática. Recibir y revisar el contenido de los materiales elaborados y los somete a la consideración de la DGE. 11 -Memorándum. -Nota diplomática. Recibir, autorizar, firmar y turnar para su envío los materiales de 12 -Memorándum. -Nota diplomática. FIN