INTRODUCION - Un solo artículo: objetivo de la Ley garantía de los derechos de los acreedores y no la viabilidad de la empresa. - Vis atractiva del concurso y del juez del concurso. - Representación de los trabajadores. - No afecta a los contratos laborales. Legislación laboral y ERE extraconsursal TRAMITACION ERE CONCUSAL COMPETENCIA Juez del concurso una vez declarado el mismo. Con anterioridad a la modificación de 1/4/09 cuando se insta la solicitud. Mientras la competencia es de la autoridad laboral. Al declararse el concurso pasa al juzgado y por tanto a la administración concursal que sustituye al deudor. El ERE se plantes después de emitido el informe por los administradores concursales que es cuando tienen conocimiento de la contabilidad, situación de la empresa y se concreta la masa activa y pasiva Excepcionalmente se plantea con anterioridad 1
LEGITIMACION PARA LA SOLICITUD -Administración concursal. Por eso se realiza una vez emitido el informe -Representantes de los trabajadores: Nunca individualmente. Si la totalidad de la plantilla de forma unitaria. -Concursado: Aunque esté suspendido de sus facultades. -No están legitimados ni los acreedores ni el FOGASA aunque éste puede intervenir -Se acumulan las pretensiones OBJETO DEL EXPEDIENTE -Extinción, suspensión (reducción de jornada) o modificación sustancial de las condiciones del contrato de trabajo( artc. 41 ET) -Carácter colectivo: artc. 64.10 de la Ley Conc. -Umbrales para extinción, modificación y suspensión 2
MOMENTO DE LA PRESENTACION -Emisión informe de la administración concursal. -Excepcionalmente antes del informe y desde la reforma de 1/4/09 cuando se comprometa la viabilidad futura de la empresa, que quede comprometido el empleo o grave perjuicio para los trabajadores siempre que se acredite. -Cierre de la totalidad o parte de los oficios, o establecimientos - Justificación aceptada evitar el incremento de los créditos contra la masa. REQUISITOS DE LA SOLICITUD -Exposición y justificación de las causas con los documentos que lo acrediten -Justificación de la legitimación - Solicitud antes de la emisión del informe -Documentación. Tampoco es suficiente la remisión a la aportada y que consta en los autos. Informe administradores, auditoria. - Plan de viabilidad futura de la empresa y del empleo. -Inadmisión. No se prevé. Debe afectar a la legitimación, momento y requisitos -Cabe subsanación 3
ADMISION Y PERIODO DE CNSULTAS - Auto. Pieza separada. Recurso de reposición. -Apertura período consultas, una vez notificadas -Notificación al FOGASA. Nulo -Interlocutores. FINALIZACION DEL PERIODO DE CONSULTAS -Acta final con acuerdo o sin él -Informe autoridad laboral no vinculante -Resolución del Juez: Auto recurrible en suplicación con inclusión de hechos probados 4
SANCION DEL ACUERDO ADOPTADO -Plazo de 5 días -Vinculación al acuerdo salvo dolo, fraude, coacción o abuso de derecho -Objeto de la negociación: A) Constatación de las causas B) Indemnización. C) Vinculación del Juez a lo acordado. El juez declara la extinción, suspensión o modificación. D) Inexistencia de retroactividad: Si se puede diferir su eficacia. E) Límites a la negociación: No se puede negociar sobre antigüedad, salario, categoría. - Resolución en caso de desacuerdo EFICACIA DE LAS DECISIONES ADOPTADAS. EFECTOS DEL AUTO -Extinción: Finalización relación laboral Prestación por desempleo Percibo indemnización (crédito contra la masa). Se entiende vencido y por lo tanto obligación de pago en la fecha del auto que acuerda la extinción. FOGASA -Suspensión: Interrupción relación laboral Prestación por desempleo -Modificación sustancial Indemnización: No reclamación hasta un año de la extinción 5
INDEMNIZACION. CREDITO CONTRA LA MASA -Salarios últimos 30 días anteriores al consurso: Contra la masa -Salarios de trámite: Carácter indemnizatorio (anteriores y posteriores) -Salarios del concurso: Contra la masa -Salarios anteriores: Concursales -FOGASA -Recargo sobre las prestaciones por falta de medidas de seguridad: Contra la masa ABONO DE LOS CREDITOS CONTRA LA MASA -Criterio del vencimiento. Al dictar el Auto - No precisa comunicación específica de cada uno de los créditos - Salarios últimos 30 días: están devengados al dictarse el Auto de declaración 6
RECLAMACION ABONO CRÉDITO CONTRA LA MASA -Incidente concursal - Qué Créditos?: Contra la masa -Competencia: Juez del concurso -Objeto: Reclamación de la calificación y el pago - Plazo: No existe. Desde el momento del vencimiento hasta el Auto de conclusión. - Legitimación: Activa: El acreedor Pasiva: Administración consursal -Postulación: Abogado y procurador: Administración consursal y trabajadores RECURSOS. REVISION DEL AUTO -Recurso de Suplicación sin efectos suspensivos -Legitimación: Interlocutores de la negociación Concursada Representantes de los trabajadores en cuestiones colectivas FOGASA 7
SITUACIONES PARTICULARES Incidente concursal laboral Plazos: 20 días, 1 año SUPUESTO PRACTICO Extinción del contrato: Fecha 10 de junio 2010 (dos contratos) Extinciones anteriores: 29 enero 2009 (dos contratos) 11 marzo 2009 27 junio 2009 (dos contratos) 10 julio de 2009 21 enero 2010 (tres contratos) 8
EMPRESA SECTOR MUEBLE Empresa de 30 trabajadores que no tiene pérdidas acumuladas. Tiene impagados y descenso en las ventas. ERE de extinción, reducción o suspensión? Causa? Trámites Documentación Acta final Indemnización y pago de la misma EMPRESA EN DIFICULTADES Empresa que está estudiando instar el concurso Despido colectivo de trabajadores ERE antes del concurso ERE concursal En la práctica 9