SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN FIDEICOMISO DE RIESGO COMPARTIDO



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MECÁNICA DE OPERACIÓN PARA EL PROYECTO DE FORTALECIMIENTO PARA ORGANIZACIONES AGROEMPRESARIALES (FORO)-2008. (APLICA PARA TODAS LAS LÍNEAS ESTRATÉGICAS) 1.- Los productores organizados deberán presentar una solicitud de apoyo para la Línea Estratégica correspondiente, en el formato solicitud que al efecto será proporcionado por EL FIRCO, en su Página de Internet (www.firco.gob.mx) o en la ventanilla de la Gerencia Estatal del EL FIRCO, con los siguientes requisitos documentales: DOCUMENTOS Y CONSTANCIAS QUE EL SOLICITANTE DEL APOYO DEBE ENTREGAR EN LA GERENCIA ESTATAL DEL FIRCO, PARA LA RECEPCIÓN OFICIAL DE SU SOLICITUD. No. DOCUMENTO O CONSTANCIA ORIGINAL (CON FINES DE COTEJO) COPIA SIMPLE 1 ACTA CONSTITUTIVA. MODIFICACIONES AL ACTA 2 CONSTITUTIVA (EN SU CASO). 3 4 5 6 PODER NOTARIAL DEL (LOS) APODERADO(S) LEGAL (ES). CEDULA DE IDENTIFICACIÓN FISCAL Y RFC DE LA ORGANIZACIÓN. COMPROBANTE DE DOMICILIO FISCAL DE LA ORGANIZACIÓN. IDENTIFICACIÓN OFICIAL DEL (LOS) REPRESENTANTE(S) LEGAL(ES) (CREDENCIAL DE ELECTOR). COPIA CERTIFICADA POR NOTARIO 1

No. DOCUMENTO O CONSTANCIA 7 8 9 10 CONTRATO DE FIDEICOMISO (FINCA) Y NÚMERO DE CUENTA Y CERTIFICACIÓN DEL BANCO, O EN SU CASO DE OTRA FUENTE ALTERNA DE PAGO, SEGÚN SEA EL CASO. CONSTANCIA DE DEPÓSITO DE LA APORTACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN AL FINCA, O A OTRO MEDIO DE APROVISIONAMIENTO DE RECURSOS COMO FUENTE ALTERNA DE PAGO. CARTA DE AUTORIZACIÓN DE CRÉDITO (RESOLUCIÓN DE CRÉDITO APROBADO). IDENTIFICACIÓN DE LAS PERSONAS INTEGRANTES DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO Y/O LOS QUE FIRMAN COMO FIDEICOMITENTES, PARA EL CASO DE QUE SE TENGA CONSTITUIDO UN FINCA. ORIGINAL (CON FINES DE COTEJO) COPIA SIMPLE COPIA CERTIFICADA POR ACREDITANTE POR ACREDITANTE POR ACREDITANTE La documentación a que se refieren los incisos 7, 8 y 9 del cuadro precedente no requieren certificación por Notario Público, siendo suficiente la certificación o validación que llegue a otorgar la institución financiera acreditante que podrá ser expedida por parte del funcionario a cargo de la operación crediticia o fiduciaria, según corresponda. En el caso del inciso 9, podrá darse la situación de que haya sujetos de crédito que hayan firmado en ejercicios fiscales anteriores, contratos de crédito con una vigencia de dos o tres años. Este tipo de contratos se identifican como en cuenta corriente, multiciclos o revolventes, encontrándose vigentes a la fecha. En este 2

caso, además de contar con una copia del contrato de crédito, validada por parte del acreditante, la Gerencia Estatal recibirá, en sustitución de la carta de autorización de crédito, una carta de recalificación de la línea de crédito que expida la institución acreditante, con la cual se autoriza la continuidad en la disposición de recursos con cargo al contrato de crédito señalado. 2.- La Gerencia Estatal de EL FIRCO analizará la documentación que debe de acompañarse a la solicitud y formulará la validación correspondiente, remitiendo al titular de la Dirección Ejecutiva de apoyo a los Agronegocios de EL FIRCO para su presentación a la Comisión de Regulación y Seguimiento (CRYS) del Convenio de Colaboración, copia simple o fotocopia de los siguientes documentos: a) Carátula de la Solicitud de apoyo firmada por el solicitante. b) Anexo I del formato de solicitud, firmado por el solicitante del apoyo y/o Representante Legal. c) Validación firmada por el Gerente Estatal de EL FIRCO. d) Ficha descriptiva e) Carta de autorización de la Línea de Crédito por la Institución Financiera Acreditante (Podrá enviarse carta trámite o carta de preautorización de línea de crédito por la institución financiera acreditante, previendo su formalidad en un lapso no mayor a 90 días calendario para su ejercicio). Las solicitudes dictaminadas por las Gerencias Estatales, que se remitan en firme para el análisis y autorización de la CRYS, deberán de foliarse de acuerdo al anexo No. 1, que forma parte de este Documento. 3.- LA CRyS, por conducto de la Dirección General de EL FIRCO o de su Dirección Ejecutiva de Apoyo a los Agronegocios, informará por escrito a la Gerencia Estatal correspondiente, la resolución que haya adoptado respecto de las solicitudes que se presenten en cada una de sus sesiones, previa notificación de acuerdos de parte del Secretario de Actas y Acuerdos de LA CRyS, o de su Presidente. 3

4.- La Gerencia Estatal notificará al solicitante, también por escrito, el resultado adoptado en LA CRyS respecto de su solicitud de apoyo; y en caso de ser positivo, el solicitante procederá de la siguiente manera: a) Entregar a la Gerencia Estatal de EL FIRCO copia del contrato de crédito correspondiente, validado por la institución bancaria o intermediario financiero acreditante. b) Suscribir el Convenio de Concertación y Anexo Técnico correspondiente con la Gerencia Estatal de EL FIRCO, que para tal efecto autorizará LA CRyS. c) Entregar a la Gerencia Estatal de EL FIRCO la Relación de Beneficiarios Finales, debidamente validada por la institución bancaria o intermediario financiero acreditante y suscrita por el Representante Legal, de cada disposición de crédito, con su respectiva copia simple del pagaré correspondiente. i. En el caso de que LA ORGANIZACIÓN haya acreditado personas morales, también será necesario que en la Relación de Beneficiarios Finales incorpore a cada una de las personas físicas que aparecen dentro de la persona moral. ii. En este caso, las Gerencias Estatales recibirá listados preliminares de la Relación de Beneficiarios, conforme la institución acreditante vaya realizando las ministraciones de crédito; y una vez que éstas hayan sido concluidas, procederá la presentación de la Relación de Beneficiarios Finales. d) Entregar a la Gerencia Estatal de EL FIRCO el original del comprobante fiscal, por el importe del apoyo, el cual deberá cumplir con los requisitos fiscales vigentes. Este deberá contener una leyenda específica y será para efectos de control. i. Se recabarán tantos comprobantes fiscales 1 como número de ministraciones de apoyos realice la Gerencia Estatal, en función de las disposiciones de crédito que realicen las organizaciones de productores beneficiarias de los apoyos, sin que la suma de 1 Por cada constancia fiduciaria emitida por BANSEFI, la Organización entregará al FIRCO un comprobante fiscal, para fines de control, por el mismo monto de apoyo otorgado que aparece y se avala en la constancia. 4

ministraciones de los apoyos rebase los importes pactados en el Convenio de Concertación y autorizados por LA CRyS ii. La Gerencia Estatal deberá de establecer los mecanismos de coordinación más convenientes con la institución acreditante, para contar con copia validada por esta última, de los pagarés o comprobantes de ministración del crédito que realice el intermediario financiero a favor de los beneficiarios de los apoyos. iii. Por ningún motivo, la Gerencia Estatal podrá solicitar a las organizaciones de productores beneficiarias de los apoyos, documentación adicional a la anteriormente señalada, a menos que LA CRyS así lo determine. e) LA ORGANIZACIÓN deberá suscribir el Convenio de Adhesión correspondiente con BANSEFI para realizar la administración del apoyo. LA ORGANIZACIÓN solicitará a la Gerencia Estatal de EL FIRCO, la cual para coadyuvar con el proceso de emisión de certificados y constancias con BANSEFI, procederá a solicitar a la Dirección Ejecutiva de Apoyo a los Agronegocios de EL FIRCO instruya al BANSEFI que realice el depósito o transferencia del recurso asignado al apoyo del patrimonio establecido dentro del Convenio de Colaboración suscrito entre ambas instituciones el 31 de marzo de 2008, al Fideicomiso Maestro según Línea Estratégica al cual de adhiere LA ORGANIZACIÓN para formalizar la asignación del recurso, autorizado por LA CRyS, con el cual se aperturará en una subcuenta de dicho Fideicomiso y en apego al Convenio de Concertación y Anexo Técnico, debiendo observar los mecanismos de comprobación de los apoyos que se hayan establecido en el Anexo Técnico del Convenio de Concertación. 5.- En el Convenio de Concertación que LA ORGANIZACIÓN beneficiaria de los apoyos suscriba con la Gerencia Estatal de EL FIRCO, ésta se comprometerá a partir de la fecha de liquidación de la línea de crédito de avío u otro y/o refaccionario que dio origen al otorgamiento de la garantía líquida, materia del mencionado instrumento jurídico, que por cuenta y orden del productor, a enviar los recursos de apoyo a un FONDO DE INVERSIÓN 5

AGROEMPRESARIAL para capitalizar a LA ORGANIZACIÓN a efecto de desarrollar la consolidación de recursos propios como capital de riesgo, deuda subordinada, deuda convertible y/o cuasicapital, entre otros instrumentos financieros que se pondrán a su disposición, para continuar operando mayores créditos orientados al sector rural, y generar condiciones para el desarrollo de agronegocios, el cual será manejado íntegramente por cada una de las organizaciones, quienes fijarán las reglas de su manejo y buscar el mejor esquema de inversión, así mismo el recurso deberá quedar a favor de cada productor beneficiado listado en la Relación de Beneficiarios Finales Validada por la Institución Acreditante y suscrita por el Representante Legal de la Organización ; permitiendo a la Gerencia Estatal de EL FIRCO su verificación documental en cualquier momento. 6.- La asignación del monto del apoyo será bajo el siguiente cuadro (Cuadro 1): LINEA ESTRATEGICA MONTO DE APOYO Compras Consolidadas de Fertilizantes Será hasta el 10% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS (Aplica para todo tipo de créditos, excepto refaccionarios). En zonas de alta y muy alta marginalidad, el APOYO podrá ser hasta el 20% de la línea de crédito contratada. Impulso y Fortalecimiento de Sistemas Producto Será hasta el 10% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS. (aplica para todo tipo de créditos). En zonas de alta y muy alta marginalidad, el APOYO podrá ser de hasta el 20% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS. Fondos Estatales y/o Municipales Será hasta el 10% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS o hasta al menos la aportación que haga el Gobierno del Estado al patrimonio del Fideicomiso. (aplica para todo tipo de créditos, excepto refaccionarios) Impulso y Fortalecimiento de Agronegocios Por única vez, será hasta el 15% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS (aplica únicamente para créditos refaccionarios). En zonas de alta y muy alta marginalidad, el APOYO podrá ser de hasta el 30% de la línea de crédito contratada( aplica únicamente para créditos refaccionarios). Por única vez, será hasta el 10% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS (aplica para todo tipo de créditos, excepto créditos refaccionarios). En zonas de alta y muy alta marginalidad, el APOYO podrá ser por única vez de hasta el 20% de la línea de crédito contratada( (aplica para todo tipo de créditos, excepto créditos refaccionarios). Incorporar Sistemas y Equipos de Energía Renovable Por única vez, será hasta el 15% de la línea de crédito contratada por los BENEFICIARIOS (aplica únicamente para créditos refaccionarios). En zonas de alta y muy alta marginalidad, el APOYO podrá ser de hasta el 30% de la línea de crédito contratada. 6

Las zonas de alta y muy alta marginalidad se considerarán de acuerdo a la clasificación de municipios y localidades realizada por el Consejo Nacional de Población (CONAPO). Los apoyos podrán ser complementarios entre sí, sin que sean para el mismo concepto de inversión y a su vez podrán otorgarse de manera independiente. Para el caso de apoyos para compras consolidadas de fertilizantes, las Gerencias Estatales de EL FIRCO verificarán los listados de los BENEFICIARIOS de otros programas de apoyo otorgados por la SAGARPA para constatar que dichos BENEFICIARIOS no están duplicando los apoyos. Los apoyos de años subsecuentes se otorgarán sólo si se requieren para incrementar sus líneas de crédito y dependiendo de la suficiencia presupuestal para los siguientes ejercicios fiscales, conforme a lo siguiente (Cuadro 2): COMPONENTE MONTOS DE APOYO (% de la Línea de Crédito) COMPRAS CONSOLIDADAS DE FERTILIZANTES DE AVÍO (Simple, Prendario, otro) AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 HASTA 10%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 20% HASTA 5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 10% HASTA 2.5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 5% IMPUSO Y FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PRODUCTO PARA TODO TIPO DE CRÉDITO AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 HASTA 10%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 20% HASTA 5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 10% HASTA 2.5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 5% FONDOS ESTATALES Y/O MUNICIPALES DE AVÍO (Simple, Prendario, otro) AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 HASTA 10%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 20% HASTA 5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 10% HASTA 2.5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 5% INCORPORAR SISTEMAS Y EQUIPOS DE ENERGÍA RENOVABLE REFACCIONARIO SE OTORGA POR ÚNICA VEZ HASTA 15% DE LA LÍNEA DE CRÉDITO REFACCIONARIO; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 30% 7

IMPULSO Y FORTALECIMIENTO DE LOS AGRONEGOCIOS DE AVÍO (Simple, Prendario, otro) REFACCIONARIO SE OTORGA POR ÚNICA VEZ SE OTORGA POR ÚNICA VEZ HASTA 10% DE LA LÍNEA DE CRÉDITO REFACCIONARIO; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 20% HASTA 15% DE LA LÍNEA DE CRÉDITO REFACCIONARIO; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 30% PROYECTOS DE INVERSIÓN CON REMESAS DE MIGRANTES DE AVÍO (Simple, Prendario, otro) REFACCIONARIO AÑO 1 AÑO 2 AÑO 3 SE OTORGA POR ÚNICA VEZ HASTA 10%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 20% HASTA 5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 10% HASTA 2.5%; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 5% HASTA 20% DE LA LÍNEA DE CRÉDITO REFACCIONARIO; PARA ALTA Y MUY ALTA MARGINALIDAD HASTA 30% Montos de apoyo máximo por beneficiario (Cuadro 3): TIPO MONTO DE CRÉDITO A EJERCER MONTO DE GARANTÍA LÍQUIDA A APOYAR Avío (Simple, Prendario, otro) Hasta $600,000.00 Hasta $60,000.00 Refaccionario Hasta $600,000.00 Hasta $120,000.00 Montos de apoyo máximo por Organización (Cuadro 4): LÍNEA ESTRATÉGICA PORCENTAJE MONTO DE APOYO Compras Consolidadas de Fertilizantes, Sistemas Producto y Fondos Estatales y/o Municipales Hasta 3.0% de los recursos de apoyo del FORO Hasta $14,250,000.00 8

Agronegocios, Sistemas de Energía Renovable, Proyectos de Inversión con Remesas de Migrantes Hasta 0.45% de los recursos de apoyo del FORO Hasta $2,137,500.00 7.- LA ORGANIZACIÓN podrá recibir como complemento aportaciones financieras para la constitución de garantías líquidas y/o aprovisionamiento de recursos como fuente alterna de pago, de parte de los gobiernos estatales, municipales, así como de otros agentes privados. 8.- LA ORGANIZACIÓN aceptará que tiene conocimiento que en caso de que por causas atribuibles a ella se tuviera una afectación mayor al 40% del recurso en garantías líquidas de la subcuenta aperturada por adhesión en el Fideicomiso Maestro con BANSEFI, será excluida de futuros apoyos de EL FIRCO. 9.- LA ORGANIZACIÓN se comprometerá a entregar a cada una de las personas que aparecen en la Relación de Beneficiarios Finales Validada por la Institución Acreditante y suscrita por el Representante Legal de la Organización en un plazo no mayor de 60 días naturales, contados a partir de la fecha en que EL FIRCO les entregue la ultima ministración de apoyos, una constancia de aportación 2 que integre a cada productor beneficiado, como documento de validación de la aportación que realizará al FONDO DE INVERSIÓN AGROEMPRESARIAL, para constituir dicho Fondo en el Fondo de Capitalización e Inversión del Sector Rural (FOCIR). En el caso de que LA ORGANIZACIÓN haya acreditado personas morales, también será necesario que la organización integre a cada productor beneficiado con su debida constancia de aportación bajo el mismo fin mencionado, como documento de aportación de apoyo individual recibido de cada una de las personas físicas que aparecen dentro de la persona moral al FONDO DE INVERSIÓN AGROEMPRESARIAL. En caso de incumplimiento a lo anterior, LA ORGANIZACIÓN quedará excluida de participar en los diversos proyectos de EL FIRCO y estará obligada a la devolución de los apoyos que la hayan sido entregados, previo requerimiento fundado y motivado que se le formule por escrito. 2 La Constancia de Aportación será válida siempre y cuando el productor esté al corriente y haya liquidado totalmente el crédito, no siendo así si cuenta con adeudos, o si ha sido afectado el recurso de apoyo conforme a lo que se describe en el numeral 8 de este documento. 9

10.- EL FIRCO a través de sus Gerencias Estatales o de los prestadores de servicios profesionales que para tal efecto contrate, verificará documentalmente, en las instalaciones de la organización beneficiaria de los apoyos crediticios una muestra equivalente al 10% del contenido de dicha Relación. No será necesario que la Gerencia Estatal conserve fotocopia de los documentos que hayan sido objeto de verificación documental en las instalaciones del beneficiario de los apoyos; en su caso, levantará un informe o acta de supervisión y/o verificación documental, describiendo las acciones desarrolladas, hallazgos, recomendaciones y/o acuerdos adoptados con la organización beneficiaria de los apoyos. 11.- Para el caso del componente de Fondos Estatales, EL FIRCO podrá celebrar con el Gobierno del Estado un Convenio de Coordinación para establecer los recursos en Garantía Líquida a apoyar de manera conjunta a favor de la población objetivo, mismos que no excederán del apoyo máximo descritos en el Cuadro 4 del numeral 6 de este Documento. 10

ANEO No. 1 Para la asignación de folio a las solicitudes Con objeto de tener un control y seguimiento de las solicitudes que los interesados presenten para ser apoyados con el Proyecto de Fondos, se establecerá un control de números de folio, el cual constará de 26 campos, conforme a lo siguiente: 1 El primer corresponderán al identificador de cada Fondo, para lo cual se aplicará la siguiente nomenclatura: LÍNEA ESTRATÉGICA Compras Consolidadas de Fertilizantes Impulso y Fortalecimiento de los Sistema Producto Fondos Estatales y/o Municipales Impulso y Fortalecimiento de los Agronegocios Sistemas de Energía Renovable Proyectos de Inversión con Remesas de Migrantes CLAVE F S E A R M 2 El segundo campo será ocupado por un guión; 3 El tercero y cuarto campos corresponderán al identificador de la GERENCIA de que se trate, para lo cual se aplicará el siguiente catálogo: Estado Clave Estado Clave Aguascalientes AG Michoacán MI Baja California BN Morelos MO Baja California Sur BS Nayarit NY Campeche CM Nuevo León NL Chiapas CS Oaxaca O Chihuahua CH Puebla PE Coahuila CA Querétaro QE Colima CO Quintana Roo QI Comarca Lagunera (Coahuila) CC San Luis Potosí SL Comarca Lagunera (Durango) CD Sinaloa SI Durango DG Sonora SO 11

ANEO No. 1 Para la asignación de folio a las solicitudes Estado Clave Estado Clave Guanajuato GT Tabasco TB Guerrero GR Tamaulipas TM Hidalgo HG Tlaxcala T Jalisco JA Veracruz VZ México (Edo. y D. F.) M Yucatán YC Zacatecas 4 El quinto campo será ocupado por un guión; 5 Del sexto al décimo primer campo, se utilizarán para identificar la fecha de recepción de la solicitud en la GERENCIA, aplicando el formato ddmmaa; 6 El décimo segundo campo será ocupado por un guión; 7 Del décimo tercero al décimo quinto campo, contendrán el número consecutivo que para cada Fondo la GERENCIA asigne a la solicitud, de acuerdo al orden cronológico de recepción, este número sólo podrá ser asignado por la GERENCIA. 8 El décimo sexto campo será ocupado por un guión. 9 Los campos del décimo séptimo al vigésimo segundo, se asignarán como sigue: Para el caso de las solicitudes que se envíen para su autorización a la CRyS Nacional, estos campos serán anotados por las Oficinas Centrales del FIRCO, correspondiendo a la fecha en que la solicitud sea recibida en esta instancia, utilizando el formato ddmmaa. 10 El campo vigésimo tercero, será ocupado por un guión. 11 Del vigésimo cuarto al vigésimo sexto campo, se referirán al número consecutivo que las Oficinas Centrales del FIRCO asignarán por Línea Estratégica, a cada una de las solicitudes que se presenten para su autorización, y se asignará conforme al orden cronológico en que las instancias de autorización lo soliciten. EJEMPLOS.- F-AG-010408-001-150408-001, este folio corresponde a una solicitud de la Línea Estratégica para la Compra Consolidada de Fertilizantes, de la GERENCIA en Aguascalientes, recibido en la GERENCIA el 1 de abril de 2008, con el número progresivo 001 y recibida por las OFICINAS CENTRALES el 15 de abril de 2008, con el número progresivo 001, este último asignado por Oficinas Centrales, según Línea Estratégica. ZA 12

S-CS-050408-001-110408-001, este folio corresponde a una solicitud de la Línea Estratégica de Impulso y Fortalecimiento de los Sistemas Producto, de la GERENCIA en Chiapas, recibido en la GERENCIA el 5 de abril de 2008, con el número progresivo 001 y recibida por las OFICINAS CENTRALES el 11 de abril de 2008, con el número progresivo 001, este último asignado por Oficinas Centrales, según Línea Estratégica. 13