I Objetivo del módulo: Estructurar el COPASO O VIGÍA de Salud Ocupacional de las empresas y reconocer su importancia en la Salud Ocupacional CONTENIDO MÓDULO 2. COPASO Y/O VIGÍAS DE SALUD OCUPACIONAL, FACTORES CLAVE DE ÉXITO PARA LA PREVENCIÓN DE RIESGOS PROFESIONALES. Módulo 2 COPASO O VIGÍA DE SALUD OCUPACIONAL A. IMPORTANCIA DEL COPASO O EL VIGÍA EN LA GESTIÓN EN SALUD OCUPACIONAL. Es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud ocupacional dentro de la empresa. Tiene la característica de estar conformado por igual número de representantes por parte de la administración e igual número de representantes por parte de los trabajadores, de allí su denominación de paritario. En función al número de trabajadores de la empresa. OBJETIVOS Objetivo general. Crear conciencia a los miembros del Comité y Vigías sobre la importancia de su labor dentro de las empresas. Objetivos específicos. 1) Orientar a los integrantes del Comité sobre el marco legal, estipulado en los Decretos 614/84, 1295/94 y en la Resolución 2013/86. 2) Dar las herramientas necesarias y suficientes para el desempeño de su labor en la empresa. 3) Indicar los parámetros para el funcionamiento interno y externo del Comité. 4) Orientar un plan estratégico para el aprovechamiento de los recursos existentes. MARCO LEGAL: querido usuario para revisar lo referente a la normatividad colombiana vigente en Salud Ocupacional en materia de COPASO Y VIGÍA, lo invitamos a revisar el anexo 1 de este módulo en donde encontrará dicha información. B. CÓMO ESTRUCTURAR EL COPASO O VIGÍA DE SALUD OCUPACIONAL EN SU EMPRESA? La estructura del COPASO O VIGÍA OCUPACIONAL DEPENDE DEL NÚMERO DE TRABAJADORES DE SU EMPRESA
Es importante anotar que las empresas de menos de 10 trabaja dores deben tener un VIGÍA OCUPACIONAL, quien cumplirá las mismas funciones del Comité Paritario (Dec. 1295). La elección de los integrantes del COPASO O VIGÍA se hace por un período de dos años (Art. 63 Dec. 1295). REQUISITOS PARA REGISTRO DEL COPASO. Es importante recordar que el COPASO O VIGÍA OCUPACIONAL UNA VEZ ELEGIDO, DEBE REGISTRARSE ANTE EL MINISTERIO DE PROTECCIÓN SOCIAL en un plazo no máximo a ocho días hábiles, para lo cual se debe llevar: Carta de presentación de los respectivos documentos para registro del COPASO O VIGÍA OCUPACIONAL de su empresa el cual debe ir firmado por el representante legal. Formato de Inscripción ante el Ministerio de protección Social diligenciado. Acta de Constitución del COPASO o VIGÍA OCUPACIONAL. Luego de la elección y registro del COPASO O VIGÍA OCUPACIONAL DE SU EMPRESA, se debe organizar internamente el comité para distribuir funciones para lo cual: 1.Se nombra el presidente y el secretario así: El presidente lo designará el empleador, escogiéndolo de los representantes que el nombra. El comité en pleno elegirá al secretario, de los que conforman el Comité Paritario de Salud Ocupacional. 2.Se definen funciones: EL PRESIDENTE: Dirigir la reunión. Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión. Tratarse ante la empresa las recomendaciones aprobadas por el comité.
Convocar a las reuniones. Coordinar todo lo necesario para el funcionamiento del comité. EL SECRETARIO: Verificar la asistencia a las reuniones. Tomar nota de los temas tratados y elaborar el acta. Llevar el archivo de las actividades realizadas y suministrar toda la información requerida. 3.Se define reuniones y periodicidad de las mismas: Serán citados por el presidente del comité, los miembros principales y en ausencia de los suplentes. El comité se reunirá en forma ordinaria, mínimo, una vez al mes, en un sitio determinado de la empresa y durante el horario de trabajo. En forma extraordinaria cuando ocurra un accidente de trabajo y con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o se determinó el riesgo. OBLIGACIONES DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES FRENTE AL COPASO O VIGÍA OCUPACIONAL. DE LOS EMPLEADORES: Propiciar la elección de los representantes de los trabajadores, garantizando la libertad y oportunidad de las votaciones. Designar sus representantes al comité. Designar al presidente del comité. Propiciar los medios necesarios para el normal desempeño de las funciones del comité. Estudiar las recomendaciones emanadas del comité y determinar la adopción de las medidas más convenientes e informarle las decisiones tomadas al respecto. DE LOS TRABAJADORES: Elegir libremente a sus representantes al comité paritario de salud ocupacional. Informar al comité las situaciones de riesgo que se presenten y manifestar sus sugerencias para el mejoramiento de las condiciones de salud ocupacional de la empresa. Cumplir con las normas de salud ocupacional, reglamentos e instrucciones de servicio ordenados por el empleador. C. COMPROMISOS DEL COPASO O DEL VIGÍA OCUPACIONAL. Proponer medidas de salud en el trabajo. Proponer y participar en capacitación. Colaborar con funcionarios gubernamentales de S.O. Vigilar y promover el Programa de Salud Ocupacional. Investigar y analizar accidentes. Coordinar relación empleador trabajadores en S.O. Elegir secretario. Mantener archivo de actas. Participar en actividades de promoción, divulgación e información sobre medicina, higiene y seguridad entre patrones y trabajadores.
Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los Programas de Salud Ocupacional en los lugares de trabajo de la empresa e informar a las autoridades de S.O. cuando haya deficiencias en su desarrollo. Colaborar con el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y proponer medidas correctivas. FUNCIÓN DEL COPASO O VIGÍA EN CASO DE ACCIDENTE O RIESGO INMINENTE: En caso de accidente grave el comité se reunirá con carácter extraordinario y con la presencia del responsable del área donde ocurrió el accidente o se determinó el riesgo, dentro de los cinco días siguientes a la ocurrencia del hecho y realizará la respectiva investigación a fin de establecer las causas que dieron origen a este y definir las acciones preventivas y correctivas necesarias para evitar la ocurrencia de un nuevo accidente. COMO LOGRAR LA EFICACIA Y EFICIENCIA EN EL FUNCIONAMIENTO DEL COPASO O VIGÍA? 1.Realice reuniones productivas es decir: a. No dilate la toma de decisiones. b. Cumpla con el día y hora fijados para la reunión. c. Haga que participen todos los miembros. d. Tenga claros en una tabla de puntos por tratar. e. Base la reunión en el desarrollo de los puntos establecidos desde la preparación. h. Levante un acta con los acuerdos adoptados y envíela posteriormente a cada miembro. i. Respete las opiniones de todos. j. No monopolice la palabra. ANEXOS 1.LEGISLACION EN SALUD OCUPACIONAL. 2.FORMATOS PARA REGISTRO DEL COPASO. BIBLIOGRAFÍA Positiva Compañía de Seguros S.A. POSITIVA SUMA SERVICIOS DE PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN, Positiva Compañía de Seguros S.A. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS LEGISLACIÓN Código Sustantivo del Trabajo. Ley 100 de 1993: Reformada con la ley 797 del 29 de enero de 2003, Colombia. Ministerio de la Protección Social, 2003. Ley 9 de 1979. Ley 776 de 2002. Decreto Legislativo 1295 de 1994. Decreto 2800 de 2003. Decreto 3615 de 2005.
Decreto 614 de 1984. Decreto 2400 de 2004. Decreto 1703 de 2002. Resolución 2013 de 1986. Resolución 2400 de 1979. Decisión CAN 584. Convenio 161 sobre los servicios de salud en el trabajo, 1985. Compendio de normas legales sobre Salud Ocupacional, Artículos de seguridad- ARSEG, 2008. ARENAS MONSALVE, Gerardo. Los riesgos de trabajo y la salud ocupacional en Colombia. 2ª ed. Bogotá, Legis, 1991. AYALA CÁCERES, Carlos Luis. Legislación en Salud Ocupacional y Riesgos Profesionales, Bogotá, Ediciones salud laboral, 2004. BALLÉN, Rafael. Tratado General de derecho del trabajo, 1994. Ediciones Forum Pacis, pagina 268 a 274. OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO. La prevención de los accidentes. México D.F., Alfaomega, 1991. MARTÍNEZ RAVE, Gilberto. Responsabilidad Civil Extracontractual. Editorial Temis. Bogotá 1998. TRUJILLO MEJÍA, Raúl Felipe. Temas de seguridad industrial para especialistas. Bogotá, Indupress editores, 1998. http://www.fondoriesgosprofesionales.gov.co/pag_basicas/normatividad.htm REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS PROGRAMA DE SALUD OCUPACIONAL COPASO - VIGÍA DENTON, D. Keith. Seguridad Industrial, Administración y métodos, México, DF, McGraw Hill, 1996. ICONTEC, Guía Técnica GTC 45. Colombia, 1997. ROBBINS, G.P. Manual técnico de seguridad. Editorial representaciones y servicios de ingeniería. México. TRUJILLO MEJÍA, Raúl Felipe. Temas de seguridad industrial para especialistas. Bogotá, Indupress editores, 1998. Seguridad ocupacional, Trujillo Mejía, Raúl Felipe, Ecoe Ediciones, 2004. Seguridad Industrial: prevención de accidentes de trabajo, Rodríguez Correa, Cástulo, Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo, 2008. Salud ocupacional, Álvarez Heredia, Francisco, Ecoe ediciones, 2007. Decreto 614 de 1984. Decreto Legislativo 1295 de 1994. Decreto 1607 de 2002. Resolución 1016 de 1989. Resolución 2013 de 1986. http://www.fondoriesgosprofesionales.gov.co/pag_basicas/normatividad.htm