Sistema Nacional de Inversión Pública Guatemala, noviembre 2014
Inversión Pública Son los recursos financieros y técnicos que el Estado dedica a crear, incrementar, modernizar, reponer, reconstruir para mejorar la capacidad del país en la producción bienes y servicios, con el propósito de lograr el bienestar de la sociedad, atenuar o eliminar las carencias sociales.
La Inversión Pública en el Plan de Desarrollo Rentabilidad social de los Proyectos de Inversión Pública Plan de Desarrollo Objetivos y Metas Programas y Proyectos Producción eficiente y eficaz de bienes y servicios Satisfacer la demanda social Impacto Económico Social y Político Mejorar los niveles de calidad de vida de la población
Que es el SNIP? Sistema Nacional de Inversión Publica-SNIP- Es el conjunto de normas, instrucciones y herramientas que tienen por objetivo, ordenar el proceso de Inversión Pública, para optimizar el uso de los recursos en el financiamiento de proyectos de inversión más rentables desde el punto de vista socioeconómico y ambiental.
Componentes del SNIP Destinado a crear las capacidades Criterios y de manera de producir cuadros lineamientos técnicos preparados en formulación generales que y evaluación de proyectos y a la vez, contienen las reglas poder generar una cultura de del proceso de proyectos en el sector público y en la formulación, Metodologías de Sistema informático Formulación y Eval. que registra y procesa de Proyectos información estandarizada del proceso Normas de e Inversión Pública sociedad Instructivos en en todas su SNIP evaluación, las etapas del Ciclo de Vida de los Proyectos Herramientas de análisis Banco de conjunto. que permiten Proyectos comparar los beneficios y costos presentación y generados por un análisis proyecto, técnico de las determinar si es rentable o no. inversiones en el sector público Capacitación
Normas e instrucciones Es el conjunto de procedimientos que anualmente se trasladan a todo el Sector Público con el objetivo de regular y ordenar el proceso de la inversión pública. Estas consideran: Normas generales Normas especificas
Presentación de Proyectos La Dirección Técnica del Presupuesto (DTP) del Ministerio de Finanzas Públicas asignará recursos del presupuesto únicamente a los proyectos que tengan la opinión favorable de SEGEPLAN. Los proyectos de inversión para el próximo ejercicio fiscal, deberán presentarse a la SEGEPLAN a más tardar el 16 de abril del 2014. Las entidades públicas de inversión no podrán presentar al SNIP solicitudes de financiamiento para actividades que correspondan expresamente a gasto corriente y/o de funcionamiento. Cuando un proyecto nuevo sea cotizado o licitado y adjudicado por un monto diferente al aprobado en la programación del SNIP, la entidad pública de inversión debe reprogramar la obra, en base al nuevo costo adjudicado, que se reflejará en el módulo de seguimiento del SINIP.
Presentación de Proyectos La presentación oficial de proyectos provenientes del sistema de Consejos de Desarrollo se presentarán en las oficinas departamentales de la SEGEPLAN. Cumpliendo con los requisitos y documentación siguiente: El Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP) reconoce dos tipos de proyectos de inversión: los que forman capital fijo y los que no forman capital fijo. Oficio firmado por la máxima autoridad de la entidad pública de inversión El documento que contenga el estudio del proyecto y demás requisitos específicos de información que se requieren para la fase correspondiente Formulario impreso de la solicitud de financiamiento del SINIP, que verifica que el proyecto se encuentra registrado en el sistema Documento conteniendo el Aval del ente rector sectorial Presentar la resolución ambiental emitida por el MARN
Presentación de Proyectos En el caso de resoluciones ambientales en donde los proyectos, obras o actividades a ejecutar, tengan intervención dentro de áreas protegidas legalmente establecidas por la legislación vigente, deberán cumplir con lo establecido en la Ley de Áreas Protegidas y su reglamento, presentando la resolución respectiva Resolución de aprobación emitida por el Consejo Nacional de Desechos Sólidos (CONADES) en el caso de proyectos relacionados con la gestión de residuos sólidos y registrarla en el SINIP en formato PDF Presentar el certificado de la calidad del agua de acuerdo a lo que establece el Acuerdo Gubernativo 148-2009, en el caso de los proyectos de abastecimiento de agua para el consumo humano y registrarla en el SINIP. En los diseños del proyecto se debe cumplir con lo establecido en la Ley de Atención a las Personas con Discapacidad.
Presentación de Proyectos Cumplir con los aspectos culturales, étnicos y lingüísticos, establecidos en la Constitución Política de la República, Ley de Idiomas Nacionales, Acuerdos de Paz, Convenio 169 de la OIT, Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer, Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas, Convención para la eliminación de todas las formas de Discriminación Racial, Racismo y Xenofobia, entre otros. La SEGEPLAN ha formulado la Guía de Análisis de Riesgo en proyectos de Inversión Publica el que debe ser aplicado e incluir en el mismo el resultado (amenazas y vulnerabilidades ) en el documento de proyecto. Cuando el proyecto se trate de la construcción o ampliación de infraestructura, deberá considerar los rubros mobiliario y equipo como parte de la propuesta técnica e incluirlo dentro del costo total de la etapa a financiar.
Presentación de proyectos Los proyectos en lo referente a Normas Técnicas de Construcción deberán cumplir con lo establecido en el Acuerdo Gubernativo 49-2012, el Acuerdo número 03-2010, Normas (NRD-1), el Acuerdo número 04-2011,(NRD-2) y el Acuerdo número 05-2011; Normas (NRD-3),Acuerdo 3-2013 emitidos por la CONRED. Terrenos y derechos de paso La SEGEPLAN verificara, de acuerdo al marco normativo, que las obras de infraestructura que las entidades públicas de inversión construyan y que incrementen el capital fijo, deben ejecutarse en inmuebles cuya propiedad o posesión es del Estado, incluyendo municipios y entidades descentralizadas y autónomas. Bajo ningún caso se podrá ejecutar obras de infraestructura en inmuebles de personas individuales o jurídicas de carácter privado. Artículo 30 Bis. Ley Orgánica del Presupuesto. Para el caso de los derechos de paso, se presentará la documentación que evidencie la cesión de derechos y autorizaciones legales, según corresponda al tipo de proyecto.
1 Unidad ejecutora Vinculación 3 Evaluación técnica 2 Ingreso SNIP
1 Unidad ejecutora Formula el proyecto Calidad y cumplir las Normas SNIP Normas del SNIP: Ordenar y hacer eficiente el proceso de inversión pública, SEGEPLAN ha establecido las normas generales y específicas que deben observar las entidades públicas de inversión que requieran recursos del presupuesto para el ejercicio fiscal inmediato siguiente
2 Ingreso al SNIP Documento del proyecto Registro de la información Normas SNIP: Las autoridades superiores de las entidades públicas de inversión serán los responsables de la información que se registre en el Sistema Nacional de Inversión Pública.
2 Ingreso al SNIP Variables necesarias para la vinculación: Información financiera (finalidad, función y división) Información geográfica Metas físicas Monto Recepción del documento Evaluación del proyecto
3 Evaluación técnica Registrado y recepción oficial Normas generales SNIP: Las entidades públicas de inversión deben registrar y presentar oficialmente al SNIP la documentación que ampara cada uno de sus proyectos conforme estas normas, para que SEGEPLAN realice la evaluación técnico-económica y social, y emita el dictamen correspondiente.
3 Evaluación técnica Registrado y recepción oficial Normas generales SNIP: 1.10 Para la evaluación técnica, económica y social de los proyectos, se requiere un documento que, dependiendo del tamaño, complejidad y costo, debe estar formulado a nivel de perfil, prefactibilidad, factibilidad, y en cada caso, presentar los diseños finales. Estos estudios deberán realizarse de acuerdo con las normas y el Manual de Formulación y Evaluación de Proyectos del SNIP. La información registrada por las instituciones en el SINIP es una síntesis del proyecto y no reemplaza al documento a ser presentado a la SEGEPLAN.
Emisión del instructivo general para fortalecer el proceso de planificación, presupuestación, seguimiento y evaluación de la gestión pública por resultados Emitido por el Presidente Constitucional de la República de Guatemala, el cual es de observancia obligatoria para las instituciones del Sector Público. Establece que: Se debe Continuar con el proceso de implementación de Gestión por Resultados en función de las prioridades de Gobierno en el marco de las Políticas Públicas, los Pactos y los Resultados Estratégicos de Gobierno establecidos, con énfasis en : Pacto por el Hambre Cero Pacto por la Seguridad, la Justicia y la Paz Pacto para el Desarrollo Económico
Inversión Publica y Gestión por Resultados La creación de valor publico tiene sustento en la ejecución de programas y proyectos y por tanto, de la Gestión por Resultados, que son los medios a través de los cuales el Estado produce bienes y servicios que permiten alcanzar el logro de resultados para el cumplimiento de los objetivos de las políticas de Gobierno y las políticas públicas. El SNIP define los procesos y los instrumentos idóneos para el análisis y la selección de las inversiones que más convienen al país, asegurando que los proyectos sean pertinentes (que respondan adecuadamente a un problema y estén articulados al plan de gobierno) y eficientes (que posean rentabilidad socioeconómica).
SNIP y Gestión Pública por Resultados INFORMACIÓN GESTIÓN PÚBLICA DECISIONES INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA INFRAESTRUCTURA RECURSOS HUMANOS INVERSIÓN EN CAPITAL HUMANO RESULTADOS E IMPACTOS MOB. Y EQUIPO PRODUCTOS OTROS GASTOS PROCESO INSUMOS
Por qué registrar los proyectos en el Marco Legal Normativo SNIP OBLIGATORIEDAD DE REGISTRAR LAS INICIATIVAS DE INVERSIÓN (PROYECTOS) AL SNIP. Ley Orgánica del presupuesto Decreto 101-97 Artículos 35. Evaluación de la gestión Presupuestaria, 47. Informes de la Gestión Presupuestaria. Artículo 19 Normas para la Formulación del proyecto de Presupuesto Ejercicio Fiscal 2013 y Multianual 2013-2015 Circular conjunta de fecha 5 de noviembre de 2008 firmada por MINFIN- CGC SEGEPLAN. Normas del SNIP para el Ejercicio Fiscal 2014
Marco Legal Normativo ARTICULO 10. Decreto 11-2002, Funciones de los CODEDES; Conocer los montos máximos de preinversión e inversión pública para el departamento, proponer sus recomendaciones o cambios con base en las disponibilidades financieras, las necesidades y problemas económicos, sociales y culturales priorizados por los Consejos Municipales de Desarrollo y las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo vigentes, conforme al Sistema Nacional de Inversión Pública. ARTICULO 61. ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 461-2002 y sus reformas, Reglamento de la Ley de Consejos de Desarrollo; Requisitos para presentación de proyectos al SNIP antes del 15 de abril de cada año para su inclusión en el proyecto de presupuesto, previa evaluación.
Marco Legal Normativo Normas de Ejecución Presupuestaria Ejercicio Fiscal 2013 Decreto 30-2012. Artículo No. 7 Prohibición para adquirir compromisos sin la existencia previa de créditos presupuestarios. Artículo No. 8 Constancia de disponibilidad presupuestaria. Artículo No. 51 Ejecución presupuestaria bajo la modalidad múltiple de gestión financiera. Artículo No.52 Inversión: En el caso de los CODEDES, la reprogramación de obras deberá contar por escrito con el aval de los COCODES y COMUDES
Artículo No. 53 Desembolsos a favor de los Consejos Departamentales de Desarrollo. Artículo No. 54 Actualización de la ejecución física. Artículo No. 55 Construcciones del Estado. Articulo No. 57 Información del Sistema Nacional de Inversión Pública e informes de calidad del gasto y rendición de cuentas. Artículo No. 59 Obligaciones de las Entidades Públicas con relación a los fideicomisos constituidos con recursos del Estado
Gracias por su atención