Directrices para completar el cuestionario de la OIT sobre la seguridad social relativo al artículo 19

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Anexo I Directrices para completar el cuestionario de la OIT sobre la seguridad social relativo al artículo 19 El cuestionario se divide en tres partes. La Parte I aborda la determinación de criterios básicos que deben cumplir los sistemas de seguridad social, a saber, el fortalecimiento del marco jurídico, la financiación y el ámbito de protección ofrecida. La Parte II intenta enmarcar las disposiciones pertinentes de los instrumentos seleccionados en el enfoque integral a que se refiere la Declaración sobre la Justicia Social. Pretende conseguir respuestas generales que permitan definir el lazo existente entre la seguridad social y los demás objetivos estratégicos de la OIT (los principios y derechos fundamentales en el trabajo, la política de empleo y el diálogo social) en la legislación y práctica nacionales. La Parte III contiene las preguntas habituales acerca del impacto de los instrumentos de la OIT no ratificados, las medidas relacionadas con las normas y las prescripciones del artículo 23 de la Constitución de la OIT relativas a la comunicación de las informaciones y memorias a las organizaciones de los trabajadores y de los empleadores. En vista de que se solicita a los gobiernos que consulten a las organizaciones de los trabajadores al preparar su respuesta al cuestionario, este proceso ofrece a los sindicatos la oportunidad de entablar un diálogo con el gobierno sobre la posibilidad de que su país ratifique el Convenio núm. 102 sobre las normas mínimas en materia de seguridad social y/o el Convenio núm. 168 sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo, en caso de que no lo hubiera hecho aún. Muchas de las preguntas tienen por objeto recabar datos nacionales específicos. Sin embargo, algunas de ellas implican evaluaciones o juicios de valor, como por ejemplo la pregunta sobre si un determinado nivel de protección puede considerarse o no como suficiente. En esos casos, la evaluación de los sindicatos puede ser diferente de la del gobierno. Podría resultarles útil examinar las siguientes directrices al responder a algunas preguntas específicas. Parte I. Fortalecer el marco jurídico, las finanzas y el ámbito de protección de la seguridad social A. 2.4. Son numerosos los casos en que las personas carecen de acceso a las prestaciones de la seguridad social y no cuentan con la capacidad individual para hacer valer sus derechos legales. Sírvanse describir ejemplos de casos en que los sindicatos han jugado un papel importante para conseguir que los mecanismos de reclamación y recurso funcionen eficazmente o de casos en que los sindicatos hayan formulado propuestas de política con el fin de potenciar la eficacia del sistema.

2 A. 3. Ante la realidad de la crisis económica, sería especialmente importante resaltar la necesidad de proteger mejor las contribuciones de seguridad social pendientes de pago. En los expedientes de bancarrota se debe conceder la máxima prioridad a las demandas salariales, las contribuciones en concepto de seguridad social y las demandas de pensiones. Las contribuciones en concepto de seguridad social pendientes de pago deberán recaudarse antes de que se liquide cualquier otra obligación de deuda no salarial. B. 4 1. a 4.3. Estas preguntas exigen una valoración acerca de si las prestaciones de la seguridad social son suficientes, se ajustan a la evolución de la inflación o al promedio del nivel de vida, y si protegen a las personas de bajos ingresos. En muchos países, amplios segmentos de la población más pobre (personas de medios modestos) no tienen acceso a la seguridad social o tienen un acceso insuficiente. En este respecto, es preciso resaltar la insuficiencia de la cobertura, en particular de los trabajadores que realizan actividades en el sector informal. La determinación de si el nivel de protección que ofrece la seguridad social es suficiente o insuficiente a menudo implica un juicio de valor, por lo que la postura de los sindicatos en este ámbito puede diferir de la evaluación del gobierno. B. 5.2. Esta pregunta se refiere a la responsabilidad de garantizar una buena administración y supervisión de las instituciones y los servicios de seguridad social. Sírvanse indicar si en su país se garantiza la participación de los trabajadores y sus organizaciones en los sistemas de seguridad social. Si no se prevé una auténtica participación, dicha circunstancia debe resaltarse como un déficit de gobernanza. B. 6. La crisis mundial fue causada por la creciente financialización de nuestras economías. Esta situación plantea importantes interrogantes sobre la viabilidad y previsibilidad sobre todo de los regímenes de pensiones financiados mediante capitalización. Una de las lecciones aprendidas de esta crisis es que el sistema de reparto es claramente preferible, al no verse éste tan directamente afectado por la elevada volatilidad de los mercados de capital. Con todo, dado que los regímenes financiados mediante capitalización seguramente seguirán existiendo, se deberá asentar el principio básico de que todos los regímenes de pensiones deben ofrecer un nivel de prestaciones garantizado que sea suficiente, estable y previsible. Será preciso subrayar la importancia y el valor de la seguridad social como factor de estabilización automática durante la crisis, así como la necesidad de una rápida ampliación de la seguridad social en aquellos países en los que actualmente la población no tiene acceso a la seguridad social cuando pierde su empleo y fuente de ingresos. Por último, algunos gobiernos podrían informar de su intención de sufragar los gastos de la crisis mediante recortes en la seguridad social (reducción de las prestaciones, alargamiento de la edad

3 de jubilación, etc.). Se debe rechazar esta posibilidad. La crisis no debe financiarse mediante una reducción de las prestaciones de seguridad social sino a través de un sólido impuesto que grave de forma progresiva todos los tipos de renta y riqueza acumulada. C. 8. Sírvanse informar de cualquier nueva iniciativa destinada a ampliar el ámbito de cobertura de la seguridad social. Los ejemplos de iniciativas gubernamentales encaminadas a ampliar la cobertura de la seguridad social respaldarían nuestra petición de extender la cobertura en todo el mundo y nos permitiría recalcar el hecho de que la ampliación de la seguridad social ya es una realidad política en muchos países. Cabe señalar, sin embargo, que en ocasiones los gobiernos son más optimistas en cuanto a la ampliación efectiva de lo que se constata en la realidad, ya que hay informes que indican que en algunos países la cobertura de la seguridad social se está reduciendo (además de aumento del trabajo informal y precario). C.9 Sírvanse asimismo informar sobre las iniciativas y campañas sindicales, así como otras medidas para ampliar el ámbito de protección de la seguridad social. Parte II. Integrar la seguridad social en una estrategia de trabajo decente completa D. 10.1. Sírvanse proporcionar ejemplos de convenios colectivos exitosos que hayan permitido mejorar la protección social de los trabajadores. Sírvanse explicar de qué manera se relacionan con los regímenes de protección social garantizados por el Estado o se sustentan en ellos. E. Seguridad social y política de empleo El punto E se refiere esencialmente al Convenio núm. 168 sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo. Este Convenio contiene disposiciones en materia de seguridad social de un nivel superior al previsto en el Convenio núm. 102. Aborda en particular cuestiones como las prestaciones de desempleo, el problema del desempleo parcial y la necesidad de ayudar a los trabajadores a reincorporarse al mercado de trabajo. Describan las experiencias positivas que tengan de su sistema de prestaciones de desempleo en las que se aborden esas cuestiones. El Convenio constituye una referencia en lo que atañe a las disposiciones relativas al desempleo progresivo (es especial el desempleo a tiempo parcial), de especial relevancia durante la crisis. Concebir la seguridad social como un medio para aumentar la empleabilidad podría contribuir a evitar la dependencia. Este concepto se ha utilizado erróneamente en muchos países, que han reducido los derechos y obligado a la gente a aceptar empleos mal pagados o un sueldo más bajo. Deben censurarse las políticas represivas destinadas a activar a la gente, que socavan la filosofía y los principios de la seguridad social.

4 Los instrumentos de seguridad social como la reconversión profesional, la ayuda para la reincorporación en el mercado de trabajo o los programas de trabajo público deberán reforzar, y no poner en peligro, la función primordial de la seguridad social, que es la de proteger a las personas contra posibles riesgos y garantizarles un ingreso seguro. En particular, en los períodos de desempleo o subempleo masivos, es muy probable que la mayor presión en los desempleados resulte en un empeoramiento de los indicadores sociales y no en un aumento del trabajo decente. Convendría proporcionar ejemplos positivos que ilustren los vínculos concretos que existen entre la seguridad social y la empleabilidad. Los vínculos más evidentes son el acceso a la salud y la educación, las inversiones públicas anticícilicas, la formación, la asistencia especial a los grupos desfavorecidos, entre otros. F. Seguridad social y diálogo social F. 12.1. Sírvanse destacar el papel que desempeñan los sindicatos al representar los intereses de los trabajadores en los regímenes de seguridad social. Si los sindicatos están excluidos del proceso se debe manifestar desaprobación. En ese caso, conviene mencionar también las iniciativas de política sindical destinadas a conseguir una adecuada representación. F. 12.2. Sírvanse aclarar si existe un verdadero proceso de consulta tripartita en su país y cuáles han sido los resultados de dicho proceso. Si se contara con experiencias positivas al respecto se contribuiría a justificar una mayor participación de los interlocutores sociales. Si no existen consultas tripartitas, indique si hay alguna incitativa para establecer tal mecanismo. Parte III. Impacto de los instrumentos de la OIT Además de responder a esas preguntas, esta parte del cuestionario les ofrece la oportunidad de ponerse en contacto con su gobierno para determinar las razones por las que no se han ratificado aún el Convenio núm. 102 y/o el Convenio núm. 168, si ese fuera el caso. Como los ejemplos de Brasil, Bulgaria, Rumania y Uruguay lo han demostrado recientemente, existe un renovado interés del los gobiernos por ratificar el Convenio núm. 102. El Estudio General ofrece, por lo tanto, una oportunidad de iniciar o reiniciar un diálogo con su gobierno sobre la ratificación. Sírvase indicar lo que, a su juicio, impide que su gobierno ratifique los Convenios, en particular el Convenio núm. 102, que es la norma mínima fundamental en materia de seguridad social. Sírvanse indicar las medidas necesarias para poder reunir los requisitos para la ratificación y la asistencia que podría brindar la OIT. 15. Posible labor normativa Esta cuestión es de crucial importancia para el programa futuro de elaboración de normas. No sugerimos una revisión del Convenio núm. 102 que es una norma importante y completa, cuya ratificación y aplicación deben ser objeto de una intensa promoción.

5 No obstante, actualmente miles de millones de personas están excluidas de todas las modalidades de la seguridad social. Por consiguiente, se debe apoyar la posibilidad de un instrumento en forma de una Recomendación que promueva la creación de un umbral mínimo básico de seguridad social para todos como primera etapa prioritaria hacia un sistema de seguridad social completa, en especial en los países en los que amplios sectores de la población están excluidos. Hay una necesidad urgente de ofrecer, como mínimo, servicios básicos de seguridad social a los niños, ancianos y trabajadores desprotegidos, que no están cubiertos. Ese mínimo básico de seguridad social puede asegurar un derecho básico a todos y ser el peldaño que permita alcanzar la seguridad social completa para todos según lo previsto en el Convenio núm. 102. Se debe rechazar cualquier propuesta que limite la protección social exclusivamente al alivio de la pobreza. Se debe promover una rápida extensión horizontal del sistema, debidamente financiado, sobre todo en los países con una importante economía informal. Una nueva Recomendación orientaría a los gobiernos hacia una rápida extensión horizontal de la seguridad social mediante la creación de un umbral básico de seguridad social y, al mismo tiempo, una extensión vertical, potenciando la prestación de los servicios de seguridad social como se prevé en el Convenio núm. 102. 16. Sírvanse indicar si su sindicato se ha beneficiado de asistencia técnica de la OIT en materia de seguridad social. 17. Sírvanse indicar si los sindicatos tienen una necesidad acuciante de ayuda y en qué esferas la ayuda es más urgente. En principio, la OIT cuenta con los conocimientos y la experiencia práctica necesaria para ofrecer asistencia sobre cuestiones como la sostenibilidad financiera, la concepción de políticas, la gobernanza y el funcionamiento de los sistemas de seguridad social.