Calificación Técnica e Informe Sanitario Favorable: Claves para el emprendimiento y éxito empresarial.

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N 12 Octubre de 2009 Calificación Técnica e Informe Sanitario Favorable: Claves para el emprendimiento y éxito empresarial. Por: Jorge Araya A., Jefe de Proyectos Cristian Bustos S., Director Uno de los aspectos que debemos conocer al momento de iniciar un emprendimiento de nuevos proyectos es que estos requieren de evaluaciones y una posterior autorización por parte de la autoridad para su funcionamiento. En particular las instalaciones industriales, talleres y bodegas deben identificar y establecer mecanismos de control para sus riesgos a la salud y seguridad de sus trabajadores y sus posibles impactos ambientales en el entorno donde estarán ubicados. Por lo tanto será fundamental, una vez que se haya decidido avanzar con el emprendimiento o nuevo proyecto, contar con un programa ambiental, de salud y seguridad 1 1

que incluya como prioridad la obtención y mantenimiento de las autorizaciones ambientales y sanitarias requeridas para desarrollar las actividades que forman parte de la actividad del nuevo proyecto. Es clave que durante el estudio pre-factibilidad y en base a los riesgos ambientales, de salud y seguridad ya identificados del nuevo proyecto, se pueda determinar su admisión o no al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA) administrado por CONAMA, ya sea a través de un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, para obtener de una vez la Resolución de Calificación Ambiental Favorable (RCA). Si el proyecto industrial no requiere ingresar al SEIA existen otras dos pronunciamientos de la Secretaria Regional Ministerial de Salud (SEREMI de salud) respectiva, que deben ser solicitados: El Certificado de Calificación Industrial 1 y la el Informe Sanitario Favorable. Es muy importante tener presente que ambos pronunciamientos de la autoridad son requeridos cuando se desea instalar un nuevo proyecto, establecimiento industrial, taller o bodega, así como en el caso de ampliación o incorporación de modificaciones significativas a procesos que ya obtuvieron sus respectivas autorizaciones ambientales y sectoriales. Este último caso puede deberse a cambios tecnológicos, mejoras en las eficiencias en las líneas de producción, cambios en las materias primas, entre otros. El Certificado de Calificación Industrial, es requerida por la Dirección de Obras Municipales al momento de solicitar el permiso de edificación de una nueva instalación o su modificación, permitiendo a esa Dirección y al titular del nuevo proyecto conocer en forma previa a su construcción, si la actividad se puede desarrollar en el lugar de emplazamiento proyectado y cumplir con lo establecido en el Plan Regulador Comunal o Regional, y la Ley y Ordenanza de Urbanismo y Construcción. Por otra parte, el Informe Sanitario Favorable, corresponde a la autorización sanitaria para el funcionamiento de la instalación industrial, taller o bodega, una vez que esta ya se encuentra en operación y permite asegurar que ésta cumple con la normativa ambiental y de salud y seguridad, así como con las restricciones impuestas por el Plan Regulador Comunal y/o Regional. Dicho pronunciamiento deber ser requerido por el titular del proyecto en forma previa a la obtención de la respectiva patente municipal, sea definitiva o provisoria. La solicitud para obtener el Certificado de Calificación Técnica, debe ser presentada ante la SEREMI de Salud, para que dicho organismo 2 2

sectorial determine sobre la base de los antecedentes presentados, si la actividad a desarrollar es: Inofensiva, Contaminante, Molesta o Peligrosa, y con ello su compatibilidad con el Plan Regulador Comunal o Regional. Las actividades son calificadas caso a caso, en consideración a los riesgos que su funcionamiento pueda causar al medio ambiente sus trabajadores, vecindario y comunidad, pudiendo ser calificadas como sigue: Inofensivas. Aquellas que no producen daños ni molestias a la comunidad, personas o entorno, controlando y neutralizando los efectos del proceso productivo o de acopio, siempre dentro del propio predio e instalaciones resultando éste inocuo. Molestas. Aquellas cuyo proceso de tratamiento de insumos, fabricación o almacenamiento de materias primas o productos finales, puedan ocasionalmente causar daños a la salud o la propiedad, y que normalmente queden circunscritos al predio de la propia instalación, o bien, aquellos que puedan atraer insectos o roedores, producir ruidos o vibraciones, u otras consecuencias, causando con ello molestias que se prolonguen en cualquier período del día o de la noche. Insalubres o Contaminantes. Aquellas que por destinación o por las operaciones o procesos que practica o por los elementos que se acopian, dan lugar a consecuencias tales como vertimientos, desprendimientos, emanaciones, trepidaciones, ruidos, que pueden llegar a alterar el equilibrio del medio ambiente por el uso desmedido de la naturaleza o por la incorporación a la biosfera de sustancias extrañas, que perjudican directa o indirectamente la salud humana y ocasionen daños a los recursos agrícolas, forestales, pecuarios, piscícolas u otros. Las actividades que sean calificadas de insalubres o contaminantes no pueden desarrollarse en el territorio nacional. Peligrosas. Aquellas que por su alto riesgo potencial permanente y por la índole eminentemente peligrosa, explosiva o nociva de sus procesos, materias primas, productos intermedios o finales o el acopio de los mismos, pueden en caso de emergencia llegar a causar daño de carácter catastrófico para la salud o la propiedad, en un radio que excede los límites del propio predio y deben por lo tanto ser emplazadas en zonas especiales de territorio nacional definidas para ello en los Planes Reguladores. La Calificación Industrial es particularmente relevante al momento de definir el lugar de emplazamiento de una determinada actividad, de manera de dar cumplimiento con lo establecido en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y así asegurarse que será factible desarrollar la 3 3

actividad deseada y conseguir los permisos municipales y sectoriales requeridos para su posterior funcionamiento. Entonces, para solicitar el Certificado de Calificación Técnica se debe primero retirar y completar el formulario pertinente en la oficina de atención de usuarios de la SEREMI de Salud Regional, proceder a completarlo y luego presentarlo a ese mismo Servicio cancelando el arancel respectivo, junto a los siguientes antecedentes que deberán ser preparados con anterioridad: Certificado de zonificación otorgado por la Municipalidad correspondiente, del lugar donde se pretende instalar el nuevo proyecto o modificación. Descripción del establecimiento, las actividades y procesos Certificado de dotación de Servicios de Agua Potable y Alcantarillado otorgado por la Empresa Sanitaria. Resolución de Calificación Ambiental, si corresponde. Plano de Planta de las instalaciones, indicando distribución de maquinarias y equipos. Memoria técnica de las características de la construcción o ampliación. Memoria técnica de los procesos productivos y sus respectivos flujogramas. Anteproyecto de medidas de control de la contaminación del aire, agua y suelo. Anteproyecto de medidas de control de riesgos y molestias a la comunidad (ruido, emisiones atmosféricas, olores, vectores, incendios, explosión, etc.). Anteproyecto de medidas de control de riesgos de accidentes y enfermedades profesionales. Caracterización cualitativa y cuantitativa de las sustancias peligrosas a manejar. Plan de emergencias por sustancias químicas que incluya Hojas de Datos de Seguridad e instrucción a los trabajadores. Croquis de ubicación de los extintores de incendio. Planos de Planta y Corte de los sistemas de control de emisiones a la atmósfera, si corresponde. Otros antecedentes relevantes que sirvan de evidencia sobre las medidas de prevención de la contaminación y control de riesgos. Una vez presentados estos antecedentes, la Autoridad Sanitaria deberá pronunciarse y asignar una calificación a la actividad. Si el Certificado Calificación Técnica resulta incompatible con lo establecido en el Plan Regulador, es posible apelar a ella, demostrando haber realizado 4 4

modificaciones tecnológicas que disminuyan los riesgos que determinaron aquella calificación técnica. Por otro lado, el Informe Sanitario es la autorización sanitaria y ambiental fundamental requerida para el funcionamiento de una instalación industrial, taller o bodega, y debe ser gestionada una vez que la instalación cuenta con su certificado de calificación técnica, permiso de edificación y cuando ya se encuentra en operaciones. Cabe destacar que el Informe Sanitario es fundamental al momento de solicitar la patente definitiva de la actividad ante el municipio, toda vez que se requiera una nueva instalación, ampliación, cambio de giro o traslados de instalaciones, a excepción de aquellos giros que requieren de una autorización Sanitaria Expresa, la cual debe ser obtenida antes de su construcción y operación. Desde la perspectiva de la gestión del riesgo, contar con un informe sanitario favorable significa que una actividad industrial, taller o bodega tiene identificados y maneja de acuerdo a la legislación vigente los riesgos que origina o potencialmente puede originar sobre el medio ambiente, así como sobre la salud y seguridad de sus trabajadores. En Better Consultores, vemos como cada día muchas empresas realizan importantes esfuerzos por hacer crecer su negocio, junto con mantener condiciones de trabajo saludables y seguras para sus trabajadores, y manejar sus impactos ambientales en búsqueda de mantener relaciones cada vez más armoniosas con el medio ambiente. No obstante lo anterior, vemos con cierta frecuencia que algunas empresas no cuentan con un Informe Sanitario Favorable, mientras que otras cuentan con Informes Sanitarios que no son representativos de la naturaleza y tamaño de sus actividades actuales, los cuales deben ser actualizados. Pese a lo anterior, es importante insistir que el hecho de no tener un informe sanitario favorable no implica necesariamente que una instalación represente un riesgo para el medio ambiente o la salud y seguridad de sus trabajadores, pero del punto de vista legal queda implícito que la empresa no dispone de la evidencia necesaria para demostrar un manejo apropiado de los riesgos que origina o potencialmente puede originar, sobre la seguridad y salud de los trabajadores y el medio ambiente, de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente, por cuanto, estará en incumplimiento en estas materias. 5 5

Algunas otras razones por las cuales es conveniente contar con un Informe Sanitario Favorable y actualizado, son las siguientes: Evitar costos por multas, problemas con la autoridad, conflictos con la ciudadanía, cierres y otros. Facilitar la obtención de permisos ambientales para nuevos proyectos. Disponer de un atenuante en caso de accidente. Por otro lado, las municipalidades no pueden otorgar patentes definitivas para la instalación, ampliación o traslado de industrias, sin contar con un Informe Sanitario Favorable previo emitido por la Autoridad Sanitaria. Otro aspecto importante de considerar, es la facultad que el Artículo 84 del mismo Código Sanitario, asigna a la Autoridad Sanitaria para disponer el traslado de aquellas industrias o depósitos de materiales que, a su juicio, representen un peligro para la salud, seguridad y bienestar de la población. Por estas razones, contar con un Informe Sanitario Favorable, es un elemento que agrega Valor y Sustentabilidad al nuevo proyecto o modificación de cualquier actividad industrial o comercial. Para obtener un informe sanitario, la actividad industrial o comercial debe preparar y presentar ante la SEREMI de Salud Regional que le corresponda, los antecedentes sobre la naturaleza de la actividad y toda la evidencia para demostrar que ha identificado y maneja de acuerdo a la legislación vigente los riesgos que la actividad pueda representar para la salud y seguridad de los trabajadores, así cómo para el medio ambiente. El procedimiento se inicia con el retiro de la Solicitud para Obtener el Informe Sanitario, en la SEREMI de Salud, llenarlo y presentarlo nuevamente a este Servicio, debiendo cumplir con los siguientes requisitos: Declaración simple de capital propio inicial. Pago del arancel. Clasificación de zona, informada por la Municipalidad de la comuna donde se encuentra el establecimiento (Dirección de Obras Municipales). Inspección del establecimiento, para verificación del cumplimiento de los requisitos. Declaración de conocimiento de exigencias generales y específicas para el rubro respectivo. Informe de cambio de uso de suelos (Servicio Agrícola Ganadero), si corresponde. 6 6

Junto a la Solicitud de Obtención de Informe Sanitario se debe presentar la evidencia que acredite el cumplimiento de los requisitos y exigencias que dicen relación con los requerimientos sanitarios y ambientales básicos de los lugares de trabajo, lo que deberá contener los antecedentes relativos a: 1. Descripción del establecimiento, las actividades y procesos. 2. Condiciones Sanitarias (Agua, Alcantarillado, Alimentación y Manejo de Residuos Industriales Sólidos y Líquidos, entre otros aspectos). 3. Condiciones de las Instalaciones Eléctricas, Gas y otros combustibles. 4. Manejo de equipos de Vapor, Agua Caliente y Radiaciones Ionizantes. 5. Calificación de Operadores de equipos especiales (calderas, autoclaves y equipos que emiten radiaciones). 6. Organización de Prevención de Riesgos (Cotización Seguro Accidentes Laborales, Reglamento Interno, Comité Paritario, Departamento de Prevención de Riesgos, Programa de Capacitación). 7. Control de Agentes físicos, químicos y biológicos en los lugares de trabajo. 8. Control de Emisiones de Contaminantes Atmosféricos, Ruido y Olores molestos. En atención a todos los antecedentes anteriormente expuestos, le invitamos a incorporar, en sus nuevos proyectos y/o modificaciones de sus instalaciones, y a revisar si su actual actividad en su instalación industrial, taller o bodega cuentan con su respectivo Certificado de Calificación Industrial e Informe Sanitario Favorable, los cuales sin duda serán un aporte de Valor y sustentabilidad para su actividad. 7 7