Reforma Tributaria: Suplemento R.O.744 del Ley Orgánica para el equilibrio de las finanzas públicas.

Documentos relacionados
Reglamento para la aplicación de la ley orgánica para el equilibro de las Finanzas Públicas

Análisis de Cambios sobre Formularios de Impuesto a la Renta 2011

Boletín Informativo No. 03 Enero Decreto 1283: Expídese el Reglamento General para la Aplicación de la Ley Orgánica de Tierras

Tratamiento tributario en la distribución de dividendos

Art. 1.- Ámbito de aplicación.- La Resolución regula los porcentajes de retención de IVA.

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA)

Que el artículo 300 de la Constitución de la República señala que el régimen tributario se regirá por los

FORMULARIO INSTRUCTIVO DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS

Resolución del Servicio de Rentas Internas No. NAC-DGERCGC , de 26 de mayo 2016.

Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por las Afectaciones del Terremoto

PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE INCENTIVOS A LA PRODUCCIÓN Y PREVENCIÓN DEL FRAUDE FISCAL

Ley de Impuesto a Operaciones Financieras

LEY ORGÁNICA PARA EL EQUILIBRIO DE LAS FINANZAS PÚBLICAS

Tema: Porcentajes de Retención del

El PDT Nº 692 estará a disposición de los contribuyentes en SUNAT Virtual a partir del 5 de enero de 2015.

Boletín Diario Suplemento del No. 744, Viernes 29 de Abril de 2016

FORMULARIO DEL ISR-ATN-AST DET Live

Audit & Tax Ecuador ATE Auditores, Consultores y Asesores Tributarios EL IMPUESTO SOBRE TIERRAS RURALES BOLETÍN INFORMATIVO

DECLARACION ANUAL 2016

DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACIÓN DE BALANCES FORMULARIO ÚNICO SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

DEVOLUCIONES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO SECTOR: EXPORTADORES. Servicios Tributarios

Remuneración mensual aportada al IESS por cada empleador que perciba más de USD 1,000 mensuales.

RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV

1. Para efectos de realizar la declaración y pago del IR y el ITF, se aprobaron los siguientes formularios virtuales:

IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS (ISD)

Boletín Jurídico Enero 2016

THE POWER OF BEING UNDERSTOOD AUDIT TAX CONSULTING

Centro de Estudios Fiscales IMPUESTO A LAS GRANDES TRANSACCIONES FINANCIERAS

Procedimiento emisión de comprobantes de venta tarifa 14 por ciento del iva Resolución del SRI 213 Registro Oficial Suplemento 765 de 31-may-2016

Presentación del Anexo de Dividendos correspondiente al periodo fiscal 2014.

ELEMENTO TIPO CUENTA DESCRIPCION

Temas tributarios y de NIIF que debemos tomar en cuenta para proyectar el año 2011

DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACIÓN DE BALANCES FORMULARIO ÚNICO SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD

DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD

29/5/ declaraciones internet/consultas/reportedeclaracionaction.jspa?num=

El artículo referido en el párrafo anterior establece los sujetos pasivos del IVA que deben actuar en calidad de agentes de retención;

Saldo a favor de Exportador

RESOLUCIÓN No. NAC-DGER Dr. Carlos León Acosta DIRECTOR GENERAL (E) DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS. Considerando:

PORCENTAJES DE RETENCION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

INSTRUCTIVO DE LLENADO FORMULARIO 118 DECLARACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN DESTINADA AL FINANCIAMIENTO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL DEL CÁNCER

FORMULARIO 101 INSTRUCTIVO DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACIÓN DE BALANCES FORMULARIO ÚNICO SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

REFORMAS A LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO 8. PÉRDIDAS Y AMORTIZACIONES

DEVOLUCIONES Y COMPENSACIONES MARCO NORMATIVO

Porcentajes de Retención del IVA

29/4/ declaraciones internet/consultas/reportedeclaracionaction.jspa?num=

RÉGIMEN DE RETENCIONES DEL IGV

RESUMEN DE RETENCIONES - AGENTE DE RETENCION

ANEXO N. 2: "Estructura de la información del Registro de Compras Electrónico"

Boletín Informativo No. 16 Junio 2017

C U A R T O S U P L E M E N T O SUMARIO: Año I Nº 152. Quito, viernes 27 de diciembre de Valor: US$ IVA

JULIO SRI 6 DIGITO DE LA PLACA HASTA EL 31 DE JULIO 9 DIGITO DEL RUC

Cuál la forma de cálculo de la base imponible para la contribución sobre las utilidades?

Contabilidad Financiera I TRABAJO DE INVESTIGACION TEMA: COMPROBANTES DE VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS AUTOR: LEONARDO GIRÓN

PREGUNTAS FRECUENTES

FORMULARIO 102 INSTRUCTIVO DECLARACION DEL IMPUESTO A LA RENTA PERSONAS NATURALES Y SUCESIONES INDIVISAS OBLIGADAS A LLEVAR CONTABILIDAD

VENCIMIENTOS TRIBUTARIOS 2012

Regímenes Especiales del Impuesto General a las Ventas

Acreditamiento del IVA

INFORMACION E INDICADORES TRIBUTARIOS UNIDAD DE VALOR TRIBUTARIO - UVT INDICADORES TRIBUTARIOS

PROGRAMA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERÍODO FISCAL 2014

PROGRAMA IMPUESTO SOBRE LA RENTA PERÍODO FISCAL 2014

Contadores Públicos. Consultores Asociados

ALMEIDA GUZMÁN & ASOCIADOS ESTUDIO JURÍDICO BOLETÍN INFORMATIVO

Retenciones en la Fuente de Impuesto a la Renta y de IVA.

SERVICIO DE RENTAS INTERNAS DEPARTAMENTO ASISTENCIA AL CIUDADANO INSTRUCTIVO DECLARACIÓN Y PAGO DE LA CONTRIBUCIÓN SOLIDARIA SOBRE LAS REMUNERACIONES

BANCARIZACION TRANSACCIONES POR MONTOS MAYORES A BOLIVIANOS

Asociada. A.- Dividendos y retiros de utilidades.

Las personas físicas y las morales están obligadas al pago del impuesto sobre la renta en los siguientes casos:

Considerando: Que es imprescindible establecer las normas que faciliten al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; y,

DEVOLUCIÓN DE IVA A EXPORTADORES DE BIENES MEJORAS AL PROCESO OCTUBRE 2015

RETENCIÓN EN LA FUENTE A TITULO DE IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD CREE. APORTES PARAFISCALES

NORMAS EXONERACION DEL PAGO DEL SALDO DEL IMPUESTO A LA RENTA 2015 Resolución del SRI 366 Registro Oficial Suplemento 829 de 30-ago-2016

REFORMAS A LA LEY DE RÉGIMEN TRIBUTARIO INTERNO 13. REFORMAS RELATIVAS AL IVA

RETENCIÓN DEL IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO

No. NAC-DGERCGC

DECRETO 779 DE (Marzo 28)

Boletín Informativo Junio de 2012 LEGISLACIÓN

Ley para la Reforma de las Finanzas Públicas publicada en el R.O. No. 181 de 30 de Abril de Ley

REFORMA TRIBUTARIA LEY 1739 DEL 23 DICIEMBRE DE 2014

LEY SOLIDARIA Y CORRESPONSABIlIDAD CIUDADANA POR LAS AFECTACIONES DEL TERREMOTO. Dr. Armando Serrano Carrión, Mgs. SERRANO & ASOCIADOS, ASOSE S.A.

Beneficios Tributarios de la Ley N

FORMULARIO 101 INSTRUCTIVO DECLARACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA Y PRESENTACIÓN DE BALANCES FORMULARIO ÚNICO SOCIEDADES Y ESTABLECIMIENTOS PERMANENTES

Conferencia Anual de Global Human Resources 2014 Reformas Fiscales & Personas Físicas

Principales impuestos aplicables a la actividad empresarial

diciembre 30 de 2009 del presente, que fue de 3,33%.

Inclusión Financiera en el Ecuador y las Oportunidades del Dinero Electrónico JORGE MONCAYO DIRECTOR NACIONAL DE INCLUSIÓN FINANCIERA

LEY 1819 DE REFORMA TRIBUTARIA ASPECTOS RELACIONADOS CON RENTAS DE TRABAJO Y PENSIONES

Providencia Administrativa Mediante la cual se Designan a los Contribuyentes Especiales como Agentes de Retención del Impuesto al Valor Agregado

IMPUESTO A LA RENTA - Teórico

CURSO VIRTUALES 2015

Junio 2016 Novedades impositivas del al 15 06

Modifican T.U.O. de la Ley del Impuesto a la Renta. Modifican T.U.O. del Código Tributario. Modifican el T.U.O. de la Ley General de Minería.

S e r v i c i o d e R e n t a s I n t e r n a s

ANALISIS, CONSULTAS Y RESPUESTAS

APORTACIONES VOLUNTARIAS Y COMPLEMENTARIAS DE RETIRO 2016

FLASH LEGAL #00481 REGLAMENTO LEY DE SOLIDARIDAD

RÉGIMEN IMPOSITIVO SIMPLIFICADO ECUATORIANO

Del 1 de febrero al 30 de abril de 2010 INDICE

RISE. Qué es el RISE? Es un nuevo régimen de incorporación voluntaria.

Transcripción:

Reforma Tributaria: Suplemento R.O.744 del 29-04-2016. Ley Orgánica para el equilibrio de las finanzas públicas.

Devolución del IVA LRTI Art.72 Se añade después del art.: SRI devolverá hasta 2 ptos. % del IVA en dinero electrónico (solo a consumidores finales identificados y que tengan una cuenta de dinero electrónico): a) Transacciones pagadas con dinero electrónico soportadas con Comprobantes de Venta a favor del titular de la cuenta de dinero electrónico, 2 ptos. b) Transacciones con tarjeta de debito o prepago emitidas por las IFIS en comprobantes de venta emitidos al titular de las tarjetas, 1 pto. c) Transacciones con tarjeta de crédito emitidas por las IFIS en comprobantes de venta emitidos al titular de la tarjeta, 1 pto. d) Los pagos realizados por cargos recurrentes se devuelven siempre que sean realizados con dinero electrónico. 2

Ingresos exentos de IR LRTI Art.12 (Nuevo) a) Exento ingresos de personas mayores a 65 años por una fracción básica gravada con tarifa 0 de IR. b) Personas con discapacidad debidamente calificadas por el organismo competente, 2 fracciones básicas gravada con tarifa 0 de IR. c) El sustituto podrá beneficiarse con hasta con las 2 fracciones básicas, pero en la proporción que determine el reglamento, siempre que la persona con discapacidad no ejerza su derecho. d) Estas exenciones no podrán aplicarse simultáneamente, se escogerá la más beneficiosa para el contribuyente. 3

Ingresos exentos de IR LRTI Art.9.2 (Nuevo) a) La exoneración de impuesto a la renta prevista en este artículo se hará extensiva a las contratistas extranjeras o consorcios de empresas extranjeras, que suscriban con entidades y empresas públicas o de economía mixta, contratos de ingeniería, procura y construcción para inversiones en los sectores económicos determinados como industrias básicas, siempre que el monto del contrato sea superior al 5% del PIB corriente del Ecuador del año inmediatamente anterior a su suscripción. 4

Gastos deducibles de IR LRTI Art.10 Num.21(Nuevo) a) Los contribuyentes cuya actividad económica principal sea la operación de oficinas centralizadas de gestión de llamadas podrán deducir el 50% adicional de los gastos que efectúen por concepto de impuesto a los consumos especiales generado en los servicios de telefonía fija y móvil avanzada que contraten para el ejercicio de su actividad. 5

Calculo del Anticipo de IR LRTI Art.41 Num.2 Lit. a) (Nuevo) a) Las personas naturales y sucesiones indivisas no obligadas a llevar contabilidad, LAS SOCIEDADES CONSIDERADAS MICROEMPRESAS Y las empresas que tengan suscritos o suscriban contratos de exploración y explotación de hidrocarburos en cualquier modalidad contractual: b) Una suma equivalente al 50% del impuesto a la renta determinado en el ejercicio anterior, menos las retenciones en la fuente del impuesto a la renta que les hayan sido practicadas en el mismo. 6

Calculo del Anticipo de IR LRTI Art.41 Num.2 Lit. b) (Nuevo) a) Se añade al final del articulo: b) Las personas naturales obligadas a llevar contabilidad calcularán el anticipo únicamente respecto de los rubros que deban ser considerados en la contabilidad de sus actividades empresariales. 7

Devolución de IVA por Discapacidad LRTI Art.74 (Nuevo) a) Las personas con discapacidad tienen derecho a que el impuesto al valor agregado que paguen en la adquisición de bienes y servicios de primera necesidad de uso o consumo personal, les sea reintegrado a través de la emisión de cheque, transferencia bancaria u otro medio de pago, sin intereses, en un tiempo no mayor a noventa (90) días de presentada su solicitud de conformidad con el reglamento respectivo. b) La base imponible máxima de consumo mensual a la que se aplicará el valor a devolver podrá ser de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador, vigentes al 1 de enero del año en que se efectuó la adquisición, de conformidad con los límites y condiciones establecidos en el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. 8

Devolución de IVA por Discapacidad LRTI Art.74 (Nuevo) continuación a) El IVA pagado en adquisiciones locales, para su uso personal y exclusivo de cualquiera de los bienes establecidos en los numerales del 1 al 8 del artículo 74 de la Ley Orgánica de Discapacidades, no tendrán límite en cuanto al monto de su reintegro. b) El beneficio establecido en este artículo, que no podrá extenderse a más de un beneficiario, también le será aplicable a los sustitutos. 9

Devolución de IVA 3ra. Edad LRTI Art. innumerado después del Art. 74 (modificación) a) La base imponible máxima de consumo mensual a la que se aplicará el valor a devolver podrá ser de hasta dos salarios básicos unificados del trabajador, vigentes al 1 de enero del año en que se efectuó la adquisición, de conformidad con los límites y condiciones establecidos en el reglamento. (Antes era hasta 5 SBU) b) En los procesos de control en que se identifique que se devolvieron valores indebidamente, se dispondrá su reintegro y en los casos en los que ésta devolución indebida se haya generado por consumos de bienes y servicios distintos a los de primera necesidad o que dichos bienes y servicios no fueren para su uso y consumo personal, se cobrará una multa del 100%) adicional sobre dichos valores, mismos que podrán ser compensados con las devoluciones futuras. 10

I.C.E (nuevos gravámenes) LRTI Art. 82 se grava con ICE: a) Servicio de televisión pagada: 15% b) Servicios de telefonía fija y planes que comercialicen únicamente voz, o en conjunto voz, datos y sms del servicio móvil avanzado prestado a sociedades. c) Articulo innumerado Impuestos ambientales: ahora pagan los destinados para el uso y traslado de personas con discapacidad. 11

Dinero Electrónico LRTI Art. 103 se agrega: a) Bancarizacion con dinero electrónico. I.S.D. Se añade al Art.158 L. Ref. Equidad Tributaria: De igual manera, se constituyen agentes de retención las personas naturales y las sociedades que contraten, promuevan o administren un espectáculo público respecto de los pagos que efectúen con motivo de contratos de espectáculos públicos con la participación de personas no residentes. 12

I.S.D (nuevos cambios) LRETE Art. 159: a) Exentos de sacar divisas en efectivo al viajar baja a 3 SBU (antes era una fracción básica de IR) Ej: ahora $1,098 antes $10,870. b) Se exonera del ISD por $5,000 anuales en compras o retiros de dinero desde el exterior por tarjetas de debito o crédito. Este monto se ajustará cada 3 años. c) Es decir que para el 2016 desde mayo a diciembre, desde el 2017 y posteriores años cuenta desde enero a diciembre de cada año. d) Estudiantes en el exterior podrán portar o transferir los valores relacionados a dichos costos sin pagar ISD, mediante solicitud. e) Adicionalmente podrán portar hasta un 50% de la fracción básica tarifa 0% de IR, así como las personas con enfermedades catastróficas. 13

I.S.D (nuevos cambios) LRETE Art. 161: nuevo literal b) a) Los sujetos pasivos que no utilicen el sistema financiero deberán declarar y pagar el impuesto en la forma, plazos y condiciones que se establezca mediante resolución del Servicio de Rentas Internas. b) Los sujetos pasivos que abandonen el país portando efectivo y no hayan efectuado la declaración y pago del impuesto a la salida de divisas dentro de los plazos dispuestos, deberán pagar adicional al impuesto, una multa de hasta 50% de la base imponible no declarada, respetando el principio de proporcionalidad, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento. c) Letra d) En los casos de contratos de espectáculos públicos con la participación de extranjeros no residentes, el ISD será retenido por las personas naturales o sociedades que contraten, promuevan o administren dicho espectáculo, al momento en que se efectúen 14 pagos en forma total o se realice el registro contable.

ANTICIPO IR 2017 a 2019 Disposición transitoria 1ra: a) Se descontaran de los ingresos, costos y gastos los realizados con dinero electrónico, en base a condiciones y limites que el SRI establezca. RISE: a) Si pagan puntuablemente las cuotas con dinero electrónico, recibirán una devolución del 5% en dinero electrónico del valor de la cuota. b) Podrá ser ampliado a 5% adicional por transacciones de su actividad con dinero electrónico. 15

Business & Accounting Services S.A. Contactenos: Av. Las Monjas 129 y V.E. Estrada Condominio las Monjas Piso 2 ofi. 5 y 6 Teléfonos: (04) 2380110-2380180 - 2380190 e-mail: nestor.calderon@bas.ec nca@auditingtax.com www.bas.ec Guayaquil - Ecuador 16