PROTOCOLO DE VIGILANCIA INTENTO DE SUICIDIO

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Transcripción:

PROTOCOLO DE VIGILANCIA INTENTO DE SUICIDIO Dirección Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública Subdirección prevención vigilancia y control Grupo enfermedades no transmisibles Septiembre de 2015

Justificación para la vigilancia La Ley 1616 de 2013 del Congreso de la República que en su artículo 35 ordena implementar al Ministerio de Salud y Protección entre otros el sistema de vigilancia de la conducta suicida; el Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 estableció como unos de sus componentes el dirigido a la promoción de la convivencia social y salud mental. Uno de los objetivos de este componente es fortalecer la gestión institucional y comunitaria para garantizar la atención integral de los problemas y trastornos mentales y los eventos asociados, incluyendo consumo de sustancias psicoactivas, epilepsia, violencia escolar entre pares, suicidio y otros eventos emergentes, en población general y poblaciones e individuos en riesgos específicos. Como meta del componente está: A 2021 disminuir la tasa de mortalidad por suicidio y lesiones autoinflingidas a 4,7 por 100.000 habitantes.

Propósito del evento Detectar los casos confirmados de intento de suicidio que son captados en una institución de salud, para establecer su distribución, tendencia y factores determinantes. A partir de esta evidencia generar información que permita el desarrollo de políticas y estrategias de prevención y control en la población.

Objetivos específicos Análisis sociodemográfico de los casos Georreferenciación de los casos en el país. Determinar la frecuencia y distribución del intento de suicidio. Caracterizar los métodos y medios utilizados en los intentos de suicidio. Detectar oportunamente los cambios en los patrones de ocurrencia del evento. Identificar el nivel de riesgo de reincidencia entre los casos de intento de suicidio. Canalizar a los pacientes hacia acciones colectivas en salud encaminadas a reducir o controlar el riesgo de intento de suicidio.

Definición de caso Caso confirmado: conducta potencialmente lesiva autoinfligida y sin resultado fatal, para la que existe evidencia, implícita o explícita, de intencionalidad de provocarse la muerte. Dicha conducta puede provocar o no lesiones, independientemente de la letalidad del método.

Responsabilidades por niveles Entidades administradoras de planes de beneficios de salud Socializar e implementar en la red de prestadores de servicios de servicios de salud el presente protocolo, garantizando la notificación y atención oportuna de los casos. Garantizar la realización de acciones individuales tendientes a tendientes a confirmar con las unidades informadoras los casos de casos de intento de suicidio y asegurar las intervenciones individuales y familiares del caso. Analizar y utilizar la información derivada del proceso de vigilancia para orientar la toma de decisiones en beneficio de su de su población afiliada. Suministrar la información de su población afiliada a la autoridad autoridad sanitaria de su jurisdicción, dentro de los lineamientos y lineamientos y fines propios del sistema de vigilancia en salud salud pública. Participar en las estrategias de vigilancia especiales planteadas por planteadas por la autoridad sanitaria territorial de acuerdo con las con las prioridades en salud pública.

Responsabilidades por niveles Unidades Primarias Generadora de Datos (UPGD) Diligenciar la ficha única de notificación individual de individual de datos básicos y complementarios (anexo (anexo a este protocolo) con periodicidad semanal.

Responsabilidades por niveles Unidad notificadora municipal La Unidad Notificadora Municipal de salud coordinará coordinará las acciones con las diferentes Unidades Unidades Primarias Generadoras de Datos (UPGD) para para que éstas identifiquen y notifiquen los de intento intento de suicidio. Notificar los casos de intento de suicidio semanalmente a la unidad notificadora departamental.

Responsabilidades por niveles Unidad notificadora departamental Notificar semanalmente al SIVIGILA del Instituto Nacional de Nacional de Salud los casos de intento de suicidio de su su departamento. Realizar análisis periódico del comportamiento del evento evento en los municipios de su departamento. Retroalimentar periódicamente a las Unidades Notificadores Notificadores Municipales según los hallazgos encontrados encontrados en el proceso de validación, depuración y y análisis del evento. Divulgar en espacios locales como los COVE u otros, los los hallazgos y resultados de los análisis realizados del evento.

Responsabilidades por niveles Ministerio de la Protección Social e Instituto Nacional de Salud Realizar asistencia técnica cuando ésta se requiera

Fuentes de los datos La principal fuente de información para la vigilancia del evento, serán los servicios de urgencias a través de las fichas de notificación de datos básicos y complementarios, dado que es a estos servicios donde ingresan los casos probables de intento de suicidio que cumplen con la definición de caso. 1.1. Periodicidad de los reportes Notificación Notificación semanal Ajustes por períodos epidemiológicos Responsabilidad Los casos confirmados de intento de suicidio deben notificarse semanalmente. Los ajustes a la información de casos de intento de suicidio se deben realizar a más tardar en el período epidemiológico inmediatamente posterior a la notificación del caso, de conformidad con los mecanismos definidos por el sistema.

Recolección de datos 1.1. Periodicidad y permanencia de la recolección. De manera que el sistema de vigilancia pueda responder a la magnitud prevista del evento, y ese en capacidad de identificar los cambios en el comportamiento de los intentos de suicidio en el país, la recolección de los datos funcionará de manera permanente, y se realizara de manera semanal. 1.2. Cobertura La vigilancia será nacional, y se realizará específicamente en los servicios de urgencias de todo el país, teniendo en cuenta que es a estos servicios donde se atenderá a los casos que cumplen con la definición del evento.

Flujo de información

Recolección de datos Matriz registro de casos intento de suicidio

Ficha de notificación cara B

Factores de riesgo para reincidencia en intento de suicidio Riesgo Alto Para el presente protocolo se consideraran pacientes en riesgo alto de reincidencia los que cumplan con alguno de los criterios mencionados. 1.Alta letalidad o método violento (p.ej lanzarse de una altura, arma de fuego, ahorcamiento, cortes profundos, sobredosis de insulina) 2. Elevada intención suicida : El intento fue cometido en situación de aislamiento El intento fue cometido de tal forma que la intervención de tercero será improbable El paciente tomó precauciones contra la intervención de otras personas Preparó detalladamente el intento Dejó nota o carta suicida Mantuvo su intención en secreto Existió premeditación Tomó alcohol para facilitar la ejecución del intento 3. Múltiples intentos 4.Empleo simultáneo de más de un método 5.Pacto suicida 6. Motivación altruista 7. Sexo masculino 8. Ideación suicida post intento, reafirmación de intención suicida, decepción ante la sobrevida, rechazo de ayuda o del tratamiento 7. Entre 16 y 25 años o mayor de 45 años 8. Insuficiencia o ausencia de sistemas de apoyo o contención 9. Contexto de violencia 10. Pérdida reciente de figura clave 11.Enfermedad crónica, dolorosa o discapacitante

GRACIAS Dirección de Vigilancia y Análisis del Riesgo en Salud Pública Subdirección de Prevención Vigilancia y Control en Salud Pública Grupo ECNT Ana María Blandón Rodríguez ablandon@ins.gov.co Camilo Alejandro Alfonso calfonso@ins.gov.co PBX: (57-1) 220 77 00 Bogotá, COLOMBIA www.ins.gov.co Línea gratuita nacional: 01 8000 113 400