TALLER DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO

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Transcripción:

TALLER DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO 2017

CAPITULO 1 INTRODUCCIÓN: LAVADO DE DINERO, FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO, ENFOQUE BASADO EN RIESGOS.

QUE ES LAVADO DE DINERO? El lavado de dinero, en general, es el proceso de esconder o disfrazar la existencia, fuente ilegal, movimiento, destino o uso ilegal de bienes o fondos producto de actividades ilegales para hacerlos aparentar legítimos. En general involucra la ubicación de fondos en el sistema financiero, la estructuración de transacciones para disfrazar el origen, propiedad y ubicación de los fondos, y la integración de los fondos en la sociedad en la forma de bienes que tengan la apariencia de legitimidad. El ocultamiento o enmascaramiento de la verdadera naturaleza, fuente, ubicación, disposición, movimiento, derechos con respecto a, o de la titularidad de la propiedad sabiendo que es derivada de un delito.

QUE ES LAVADO DE DINERO?

PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO De donde proviene Rastro del dinero

COMO SE LAVA EL DINERO? El proceso de lavado de dinero se integra por 3 pasos a saber COLOCACION ESTRATIFICACION INTEGRACION Las personas buscan colocar el dinero producto de alguna actividad ilícita en un negocio licito o en el sistema financiero formal La estratificación se basa en la pulverización de recursos y es la base para perder la forma de rastrear el origen de los recursos, normalmente asociada a operaciones entre cuentas La integración es volver a tener el dinero pero esta vez proveniente de un negocio licito y por lo tanto libre de sospechas

QUE ES EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO? Es cualquier forma de acción económica, ayuda o mediación que proporcione apoyo financiero a las actividades de elementos o grupos terroristas. Los delitos de financiamiento del terrorismo deben extenderse a toda persona que, deliberadamente, suministra o recolecta fondos por cualquier medio, directa o indirectamente, con la intención ilícita de que éstos sean utilizados, o sabiendo que éstos van a ser utilizados, en su totalidad o en parte: (a) para realizar un acto(s) terrorista(s); (b) por una organización terrorista; o (c) por un terrorista individual. Terrorismo: Es una forma de violencia utilizada por ciertas organizaciones extremistas para infundir terror en la población, generalmente con fines políticos, ideológicos o religiosos

QUE ES EL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO?

FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO HACIA DONDE VA Rastro del dinero

QUE ES ENFOQUE BASADO EN RIESGO? Riesgo, a la probabilidad de que las Instituciones Financieras puedan ser utilizadas por sus Clientes para realizar actos u Operaciones a través de los cuales se pudiesen actualizar los supuestos previstos en los artículos 139 Quáter ó 400 Bis del Código Penal Federal Administración de riesgos: la cultura, procesos y estructuras que están dirigidas hacia la administración efectiva de oportunidades potenciales y efectos adversos. El enfoque basado en riesgo (EBR) es una forma eficaz de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo- Al implementar un EBR, las instituciones financieras y las APNFD deben tener establecidos procesos para identificar, evaluar, monitorear, administrar y mitigar los riesgos de lavado de activos y financiamiento del terrorismo. El principio general de un EBR es que, cuando existan riesgos mayores, exigir se ejecuten medidas intensificadas para administrar y mitigar esos riesgos; y que, por su parte, cuando los riesgos sean menores, puede permitirse la aplicación de medidas simplificadas

ENFOQUE BASADO EN RIESGOS

EJERCICIO Riesgo Inherente Mitigadores Riesgo Residual Actividades de Control

CAPÍTULO II BIS ENFOQUE BASADO EN RIESGO

ENFOQUE BASADO EN RIESGOS Que conforme a la Recomendación 1 del GAFI, las instituciones financieras deben identificar, evaluar y tomar acciones para mitigar los riesgos en materia de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo a través de mecanismos de conocimiento de los clientes y usuarios que sean acordes al riesgo que estos representan, lo cual implica que las instituciones lleven a cabo la aplicación de un Enfoque Basado en Riesgo, por lo que se adiciona un Capítulo en el cual se establece el uso de una metodología para que las instituciones de crédito puedan evaluar los riesgos en la materia y aplicar los mitigantes a los mismos conforme un Enfoque Basado en Riesgo, a fin de evitar ser utilizados para la realización de operaciones con recursos de procedencia ilícita y financiamiento al terrorismo;

ENFOQUE BASADO EN RIESGO 22ª-1 (Cooperativas).- una metodología, diseñada e implementada, para llevar a cabo una evaluación de Riesgos. deberán tomar en cuenta: Los factores de Riesgo que para tal efecto hayan identificado, La evaluación nacional de riesgos y sus actualizaciones, que la Secretaría les dé a conocer por conducto de la Comisión.

22ª-2.- La metodología I. Identificación a los indicadores de. Clientes, Socios, Usuarios, países y áreas geográficas, productos, servicios, transacciones y canales de envío la evaluación nacional de riesgos y sus actualizaciones II. Utilizar un método para la medición de los Riesgos III. Establecer los Mitigantes

ENFOQUE BASADO EN RIESGO 22ª-3.- Cuando, se detecte la existencia de mayores o nuevos Riesgos para las propias Entidades, estas deberán modificar las políticas y medidas que correspondan para mitigarlos, así como su metodología de evaluación de Riesgos. Deberán ser revisados y actualizados por las Entidades cada doce meses, constar por escrito Asimismo, las entidades deberán clasificar a sus clientes por su Grado de Riesgo y establecer, como mínimo: (i) Dos clasificaciones respecto a sus Clientes personas físicas: Grado de Riesgo Alto y Bajo y, (ii) Tres clasificaciones respecto de sus clientes personas morales y Fideicomisos: Grados de Riesgo alto, medio y bajo. Las Entidades podrán establecer Grados de Riesgos intermedios adicionales a las clasificaciones antes señaladas.

EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LD/FT EN MÉXICO

EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LD/FT EN MÉXICO

EVALUACIÓN NACIONAL DE RIESGO DE LD/FT EN MÉXICO

IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN EL RIESGO DE LD/FT

MITIGACIÓN DEL RIESGO DE LD/FT Rec. GAFI Decidir sobre la forma más adecuada y efectiva para mitigar los riegos de LD/FT que han identificado. Los países que buscan eximir a determinadas instituciones de algunos de sus obligaciones ALD/CFT deberá evaluar el riesgo LD/FT asociado con las mismas y ser capaz de demostrar que el riesgo es bajo.

TRATAMIENTO Decidir sobre las medidas que se requieren poner en práctica para mitigar los riesgos de LA/FT identificados y sobre el grado de riesgo residual que la entidad está dispuesto a aceptar Procesos Riesgo inherente Entrenamiento T.I. Auditoria, Supervisión Riesgo Residual

CAPITULO 2 RÉGIMEN DE PREVENCIÓN DENTRO DE LA ORGANIZACIÓN

CONOCE A TU CLIENTE/SOCIO/USUARIO INFORMACIÓN QUE PROPORCIONA EL CLIENTE MONTO, TIPO, FRECUENCIA, NATURALEZA, NÚMERO ORIGEN, DESTINO, OTRA INFORMACIÓN QUE TENGA LA ENTIDAD PERFIL TRANSACCIONAL

CLASIFICACIÓN DE CLIENTES EN FUNCIÓN DE RIESGO DEBIDA DILIGENCIA SIMPLIFICADA

DEBIDA DILIGENCIA DEBIDA DILIGENCIA SIMPLIFICADA DEBIDA DILIGENCIA MEJORADA

DEBIDA DILIGENCIA REFORZADA Los sujetos obligados deberán establecer mecanismos de seguimiento y de agrupación de operaciones más estrictos respecto de aquellos clientes o usuarios que realicen operaciones durante un mes calendario, en efectivo, por un monto acumulado igual o superior a un millón de pesos* o bien, a cien mil dólares de los Estados Unidos de América. Además, cada sujeto obligado deberá llevar un registro de sus clientes y usuarios a que se refiere la presente Disposición, el cual contendrá lo siguiente: I. Los datos, según lo establecido en las disposiciones de carácter general aplicables en materia de PLD/FT, así como la ocupación o profesión, actividad, objeto social, giro del negocio o finalidad del Fideicomiso; II. Fecha y monto de cada una de las operaciones contempladas que haya realizado. III. Sucursal del sujeto obligado en la que se haya llevado a cabo cada operación.

PERSONA POLÍTICAMENTE EXPUESTA (PEP) Un PEP es aquel individuo que desempeña o ha desempeñado funciones públicas destacadas en un país extranjero o en territorio nacional, entre otros: jefes de estado o de gobierno, líderes políticos, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía. Se asimilan: el cónyuge, concubina, concubinario y personas con parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado, así como las personas morales con las que mantenga vínculos patrimoniales. Seguirán considerándose como PEP un año después de haber dejado su encargo. Si la persona que pretenda ser cliente o usuario es PEP de alto Riesgo, deberá obtener aprobación de un funcionario a efecto de iniciar o continuar la relación. Los PEPs extranjeros se considerarán de Alto Riesgo, y los sujetos obligados deberán recabar la información para conocer la razón de celebrar un contrato o realizar una operación en territorio nacional.

PROPIETARIOS REALES Personas físicas y Personas Morales, Fideicomisos

OTROS SUJETOS Proveedor de Recursos, a aquella persona que, sin ser el titular de un contrato celebrado con una institución Financiera, aporta recursos de manera regular para el cumplimiento de las obligaciones derivadas de dicho contrato sin obtener los beneficios económicos derivados de este. Beneficiario, a la persona designada por el titular de un contrato celebrado con la Unión, para que, en caso de fallecimiento de dicho titular, tal persona ejerza ante la unión de crédito los derechos derivados del contrato respectivo, de acuerdo con lo dispuesto al efecto por la Ley; Fideicomiso, se entenderá como tal tanto a los Fideicomisos celebrados o constituidos conforme a la legislación nacional dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, así como cualquier instrumento jurídico o entidad análoga a este, celebrado o constituido conforme a las leyes extranjeras y fuera del territorio nacional;

ACTIVIDADES VULNERABLES

OTRAS ACTIVIDADES

REPORTES DE OPERACIONES TIPO DE REPORTE Operaciones Relevantes Operaciones Inusuales Operaciones Internas Preocupantes 24 horas Operaciones en efectivo con dólares de los EUA Sobre la lista de personas bloqueadas Reportes de transferencias internacionales de fondos ASPECTOS GENERALES El plazo para la presentación de los reportes dependerá de lo establecido en las disposiciones de carácter general en materia de PLD/FT aplicables a cada sector.

CAPACITACIÓN Y DIFUSIÓN Los sujetos obligados desarrollarán programas de capacitación y difusión que contemplen al menos: Impartición de cursos, al menos una vez al año, dirigido a miembros del Comité, oficial de cumplimiento, directivos, así como funcionarios que laboren en áreas de atención al público o de administración de recursos, y que contemplen lo relativo al contenido de su documento de políticas en materia de PLD/FT. La difusión de las Disposiciones en materia de PLD/FT y de sus modificaciones, así como la información sobre técnicas, métodos, tendencias para prevenir, detectar y reportar operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de LD/FT. Los sujetos obligados deberán presentar a la Comisión, dentro de los primeros quince días hábiles de enero de cada año, el programa anual de cursos de capacitación para ese año, los cursos impartidos en el año inmediato anterior, así como la demás información que se prevea. Además deberán expedir constancias que acrediten la participación en los cursos de capacitación y aplicar examen para evaluar los conocimientos adquiridos

RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN

PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL Los sujetos obligados deberán adoptar procedimientos de selección para procurar que su personal cuente con : Calidad técnica y experiencia necesarias. Honorabilidad para llevar a cabo las actividades que le corresponden. Asimismo, deberán incluir la obligación de obtener: Declaración firmada en la que asentará: Información relativa de cualquier otra entidad financiera o sociedad en la que haya laborado previamente. El hecho de no haber sido sentenciado por delitos patrimoniales o inhabilitado para ejercer el comercio a consecuencia del incumplimiento de la legislación o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, o en el sistema financiero mexicano. Cómo tienes integrado tu expediente de empleado?

LISTA DE PERSONAS BLOQUEADAS

CAPITULO 3 REVISIÓN DE LA SITUACIÓN NACIONAL EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE LAVADO DE DINERO Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO

Concepto Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita -Lavado de dinero- Terrorismo Financiamiento al terrorismo Terrorismo Internacional Artículos del Código Penal Federal Ver Artículos 400 Bis y 400 Bis 1 Ver Artículos 139, 139 Bis y 139 Ter Ver Artículos 139 Quater y 139 Quinqui Ver Artículos 148 Bis, 148 Ter y 148 Quater

OBLIGACIONES MÍNIMAS EN MATERIA DE PLD/FT Los sujetos obligados, de conformidad con las Disposiciones de carácter general aplicables, tienen las siguientes obligaciones en materia de PLD/FT: Políticas de identificación, Integración, conservación y actualización de expedientes Políticas de conocimiento del cliente o usuario Reportes de operaciones Estructuras internas: Oficial de Cumplimiento Comité de Comunicación y Control. Programa anual de Capacitación y difusión Sistemas automatizados Manual PLD/FT Informe de auditoría Lista de personas bloqueadas

SANCIONES GRAVES EN MATERIA DE PLD/FT Los sujetos obligados, de conformidad con las Disposiciones de carácter general aplicables, tendrán las siguientes sanciones graves por infracciones a las obligaciones en materia de PLD/FT: Falta de presentación a la Comisión del documento de políticas de identificación y conocimiento del usuario No presentar a la SHCP, por conducto de la CNBV, los reportes sobre los actos, operaciones y servicios que realicen con sus clientes y usuarios relativos a PLD/FT. No usar un sistema automatizado que coadyuve al cumplimiento de las medidas y procedimientos que se establezcan en las disposiciones de carácter general en materia de PLD/FT. No establecer aquellas estructuras internas que deban funcionar como áreas de cumplimiento en la materia, al interior de cada sujeto obligado.

CRITERIOS PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES

CAPITULO 4 SEÑALES DE ALERTA EN MATERIA DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO

SEÑALES DE ALERTA RELACIONADAS CON EL COMPORTAMIENTO DEL CLIENTE (CONOZCA SU CLIENTE) Las siguientes señales de alerta son de interés general y deben ser observadas por todos los sujetos obligados ya que tienen relación con la forma de actuar y las operaciones que puede realizar o intentar realizar un cliente. Cliente que se rehúsa o evita entregar información, actual o histórica, relacionada con su actividad, acreencias o capacidad financiera, al momento de realizar una operación o transacción. Cliente que al efectuar una operación elude o definitivamente se rehúsa a entregar información respecto del propósito o del origen y/o destino de los fondos. Cambios de propiedad de instrumentos financieros sin que exista coherencia entre el tipo de negocio y el historial de él o los nuevos propietarios y/o estos últimos eludan la entrega de sus antecedentes financieros. Cliente que realiza transacciones de elevado monto y no declara un empleo remunerado o actividad acorde que justifique los montos involucrados. Cliente que realiza un alto número de depósitos, en el mismo día, en distintas cajas y/o sucursales de una misma entidad financiera.

SEÑALES DE ALERTA RELACIONADAS CON TRANSACCIONES EN EFECTIVO EN CUENTAS A LA VISTA (INCLUYENDO CUENTAS CORRIENTES), DE AHORRO U OTRAS Y EN TRANSFERENCIAS ELECTRÓNICAS Y GIROS DE DINERO. Atendiendo las características de los delitos que dan origen a los fondos objeto del blanqueo, el manejo y movimiento de efectivo y de distintos tipos de monedas cobra especial preponderancia. Los mecanismos utilizados para incorporar dinero en efectivo proveniente de actividades ilícitas al mercado formal implican variadas operaciones, generalmente estructuradas, e incluyen combinaciones de las señales de alerta que se señalan a continuación. Depósitos sustanciales e inusuales en efectivo realizados por un cliente (persona natural o jurídica) que por su actividad regularmente no debería trabajar con efectivo sino que, mayoritariamente, con cheques u otros instrumentos financieros. Depósito de montos pequeños de dinero en efectivo en muchas cuentas, los que sumados se transforman en sumas considerables (Pitufeo). Depósitos y retiros de efectivo desde la cuenta de una empresa que normalmente no realiza pagos en efectivo.

SEÑALES DE ALERTA RELACIONADAS CON OTROS SERVICIOS FINANCIEROS Destacamos dentro de este grupo de señales, aquellas que guardan relación con inversiones, créditos y otras transacciones financieras. Adquisición, venta o liquidación de instrumentos financieros, sin la utilización de cuentas corrientes bancarias. Liquidación total o parcial de las inversiones, con traslado de los flujos a lugares o cuentas de terceras personas que generan sospechas. Compra y venta de valores sin un propósito claro que no guarda relación, ni con el tipo de inversiones, ni como medida de diversificación del riesgo de estas. Transacciones que no se comportan de acuerdo a las prácticas del mercado. Transacciones con instrumentos financieros poco utilizados, que se repiten en cortos intervalos de tiempo y que involucran efectivo, especialmente si las contrapartes se encuentran en áreas geográficas vulnerables.

SEÑALES DE ALERTA RELACIONADAS CON EL COMPORTAMIENTO DE LOS EMPLEADOS Empleados con un estilo de vida que no corresponde con el monto de su salario. Empleados renuentes a disfrutar vacaciones. Empleados renuentes a aceptar cambios de su actividad o promociones que impliquen no continuar ejecutando las mismas actividades. Empleados que con frecuencia permanecen en la oficina más allá de la hora de cierre o concurren a ella por fuera del horario habitual. Empleados que frecuente e injustificadamente se ausentan del lugar de trabajo. Empleados que a menudo se descuadran en caja con explicación insuficiente o inadecuada. Empleados que impiden que otros compañeros de trabajo atiendan a determinados clientes.

TIPOLOGÍAS DEL FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO PRINCIPALES ACTIVIDADES Y PROFESIONES 1. Organizaciones sin fines de lucro 2. Agencias de turismo 3. Sociedades de importación y exportación 4. Negociantes de obras de arte y antigüedades 5. Joyerías 6. Casinos y casas de juego 7. Casas de cambio 8. Servicios profesionales 9. Sucursales offshore 10. Actividades comerciales con movimientos de efectivo (supermercados) 11. Trueque

TARJETAS DE PREPAGO, TELEFONIA MOVIL, MONEDAS VIRTUALES, FINTECH Acceso inmediato a moneda de cualquier localidad Cajeros automáticos 24/7 Alta confidencialidad Alta liquidez

ORGANIZACIONES SIN FINES DE LUCRO Confianza del público en organismos caritativos Fuerza financiera y política en el tejido social nacional e internacional Acceso a fuentes considerables de recursos Manejo de gran cantidad de efectivo Alcance internacional Algunas cerca de zonas de actividades de organizaciones criminales/terroristas Ausencia de reglamentación rígida Creación relativamente fácil

SEÑALES DE ALERTA Incremento repentino en frecuencia y montos de operaciones financieras Operaciones en efectivo realizadas por montos elevados sin explicación Falta de contribuciones de donantes ubicados en el país de origen del OSFL Administradores extranjeros Existencia de numerosas OSFL con relaciones inexplicables Relaciones con áreas geográficas de riesgo Ingresos incompatibles con sus fines declarados; poco personal, sin oficina Actividades dentro de países de alto riesgo, o transacciones con estos países Giros y transferencias sospechosas Cuentas bancarias inactivas y movimientos inesperados Ciclo repetitivo: cuentas de escaso movimiento que incrementan y decaen

CAPITULO 5 RECOMENDACIONES AL PROGRAMA DE PREVENCIÓN DE OPERACIONES CON RECURSOS DE PROCEDENCIA ILÍCITA Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO

RECORDANDO PROGRAMA ANTILAVADO DE DINERO

PROBLEMAS COMUNES Ceguera intencional Personal no capacitado para desarrollar su trabajo de manera adecuada Insuficiencia de personal Prioridad al tema comercial por encima del cumplimiento Sistemas informáticos no calibrados Capacitación deficiente del personal

COSAS QUE DEBES CUIDAR CONOCES A TU CLIENTE? Es un pato? Es una empresa fachada? Es un fideicomiso, forma parte de el? Es una actividad vulnerable? Que obligaciones tiene? Cual es su perfil transaccional? Cual es el promedio declarado por mis otros clientes que tienen una actividad similar?

COSAS QUE DEBES CUIDAR CONOCES A TU CLIENTE? Quien es el beneficiario? Quien es el propietario real? Quien ejerce el control de la sociedad, grupo empresarial, o consorcio. Quien es el Proveedor de recursos? Como los identifico?

Gracias Mtra Mireya Lozano mireya.lozano@aecgr.net siguenos: Twitter @mirelozano Linkedin: Mireya lozano