Experiencias de acreditación regional ARCU-SUR

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Transcripción:

Experiencias de acreditación regional ARCU-SUR Álvaro Maglia (Uruguay), integrante de la Comisión Ad Hoc de Uruguay para el Sistema de Acreditación de Carreras Universitarias del Sector Educativo del MERCOSUR, ARCUSUR.

Solo para carreras de grado y como veremos, aún de baja cobertura. Está previsto en el Plan de Acción 2011-2015 acciones de fortalecimiento de la calidad de los posgrados y de la formación de posgrado. No está prevista por el Plan de Acción, ni hay experiencia en la evaluación y acreditación de Instituciones de Educación Superior en el nivel regional.

Plan de acción del SEM 2011-2015 prevé como objetivo específico : Promover políticas de calidad en la educación a nivel de posgrados y contar en 2015 con un: Sistema integral de fomento de la calidad de los posgrados en la región del MEROSUR.

1991- Tratado de Asunción 1994- Tratado de Ouro Preto 1991- SECTOR EDUCACIONAL DEL MERCOSUR. (MERCOSUR EDUCATIVO)

1991- Plan Trienal 1994- Ratificación del Plan Trienal 1991 1998-2º Plan Trienal Plan de acción 2001-2005 Plan de acción 2006-2010 Plan de acción 2011-2015

Ser un espacio regional donde se brinda y garantiza una educación con equidad y calidad, caracterizado por el conocimiento recíproco, la interculturalidad, el respeto a la diversidad, la cooperación solidaria, con valores compartidos que contribuyan al mejoramiento y democratización de los sistemas educativos de la región y a generar condiciones favorables para la paz, mediante el desarrollo social, económico y humano sustentable.

Conformar un espacio educativo común, a través de la concertación de políticas que articulen la educación con el proceso de integración del MERCOSUR, estimulando la movilidad, el intercambio y la formación de una identidad y ciudadanía regional, con el objeto de lograr una educación de calidad para todos, con atención especial a los sectores más vulnerables en un proceso de desarrollo con justicia social y respeto a la diversidad cultural de los pueblos de la región.

El presente Plan será desarrollado de acuerdo con una serie de principios y en la aplicación de sus líneas estratégicas, reconociendo como principios orientadores: 1. Confianza 2. Respeto y consenso 3. Solidaridad 4. Cooperación 5. Impacto 6. Difusión y visibilidad 7. Gradualidad 8. Diálogo e interacción

1. Confianza: Base fundamental de la relación. Actitud que constituye un elemento esencial para fortalecer el vínculo entre los países. Desarrollar un marco de certeza y favorecer el desarrollo de las actividades y programas conjuntos.

2. Respeto y consenso: Las acciones del SEM se basan en acuerdos internacionales que establecen la búsqueda del entendimiento y la mutua conveniencia, lo que implica actitudes de respeto y compromiso. De respeto a los procesos y políticas educativas nacionales, y de compromiso en la búsqueda de acuerdos y aplicación de los mismos.

3. Solidaridad: La aplicación del presente Plan podrá ser realizada en base a la iniciativa de cada país y al apoyo solidario con aquellos países que, en ciertas condiciones particulares, no puedan cumplir total o parcialmente con algún proyecto o alguna actividad que sea de su interés. Este principio permitirá dar continuidad a las acciones en el marco de situaciones adversas por las cuales los países puedan atravesar.

4. Cooperación: Las acciones del SEM serán acordadas teniendo en cuenta las diferencias y asimetrías. El intercambio, la asistencia técnica y la cooperación entre los sistemas educativos serán favorecidos.

5. Impacto: Las acciones deberán ser coherentes con el lineamiento estratégico, y con impacto en la sociedad. Las mismas deberán ser vinculadas con las políticas educativas nacionales. El Plan deberá prever acciones que tengan consecuencias concretas en los sistemas educativos de los países, considerando a los centros educativos como los principales destinatarios de sus acciones.

7. Gradualidad: La realización del Plan deberá seguir una dinámica que contemple la autonomía de los países y los ritmos de cada sistema educativo.. Cada país debe tener plena libertad de integrarse a los diferentes ámbitos, comisiones y acciones que se emprendan.

8. Diálogo e interacción: Las acciones derivadas del Plan deberán promover el diálogo y la interacción del SEM con otros actores tanto en el ámbito del MERCOSUR, UNASUR y otros bloques regionales, así como con los gobiernos nacionales, locales y la sociedad civil. También es necesario profundizar las relaciones con otros organismos internacionales para compatibilizar puntos de vista y favorecer la convergencia de objetivos y perspectivas.

Objetivos Estratégicos

Promover la educación de calidad para todos como factor de inclusión social, de desarrollo humano y productivo;

Estructura Orgánica del Sector Educativo del MERCOSUR

RME CCR CG SIC CAFEM CA PL Grupo de Trabajo CRC-EB CRC-ET CRC-FD CRC-ES CTR Protocolo RANA Grupo gestor de proyecto Grupo Ad Hoc

Las Agencias Nacionales de Acreditación, órganos ejecutivos del Sistema ARCU-SUR, quedarán organizadas como una Red, que se dará sus propias reglas de funcionamiento y adoptará decisiones por consenso. (Memorándum de Entendimiento) Tiene dependencia directa de la comisión Regional Coordinadora de la Educación Superior, quien adopta en conjunto con los Órganos competentes, las decisiones políticas.

Argentina CONEAU Brasil CONAES Bolivia - CNACU Chile CNA Colombia - CNA Paraguay ANEAES Uruguay Comisión Ad Hoc Venezuela - CEAPIES

1998 Memorándum de Entendimiento sobre la Implementación de un Mecanismo Experimental de Acreditación de Carreras para el Reconocimiento de Títulos de Grado Universitario en los Países del MERCOSUR, Bolivia y Chile.

Primera experiencia de acreditación regional, y que comprende solo a carreras de grado, que tengan egresados (graduados). Adhesión al Mecanismo es voluntaria. Comprende únicamente a instituciones reconocidas por el país de origen y habilitadas para otorgar el respectivo título de acuerdo a su normativa legal interna.

Estructura institucional de gobierno y gestión. Tres niveles Reunión de Ministros de Educación jerárquico. Red de Agencias Nacionales de Acreditación. (Posee el papel de articulador y monitor del proceso como tiene a su cargo la formación de los Pares y el registro de los competentes). Agencias Nacionales de Acreditación.

ANA s son las que conducen el proceso de acreditación en su respectivo país y debe tratarse de: Una persona de derecho público, reconocida de conformidad con las disposiciones legales y constitucionales vigentes en el país de origen. Tener carácter pluripersonal en su conformación. Garantizar en su integración la idoneidad de sus miembros y la autonomía de las decisiones. Ser comunicada por el Estado Parte al que representa ante la Reunión de Ministros de Educación

Tres Tipos de Carreras: Agronomía, Ingenierías, Medicina. Áreas del conocimiento, prácticas profesionales, Infraestructuras y campos de práctica diferentes, que permitían como experimental del Mecanismo aprendizajes y experiencias diversas y necesarias. Carreras presentes y semejantes en todos los países. Intereses puntuales de los países que estaban trabajando sobre acreditación nacional en estas carreras.

Periodo de actuación del MEXA va entre 1999 con la definición de elementos que sirvieran como base a todo el proceso, hasta 2006/07 con los últimos dictámenes. La evaluación exhaustiva del proceso en sus diferentes componentes se realiza entre 2006 y 2008. Aplica directamente al diseño del ARCU-SUR.

Tres Comisiones de composición regional trabajan en la definición de los estándares de calidad. Sobre la base de cuatro dimensiones, se establecen componentes de evaluación, criterios e indicadores. Se conforman manuales de apoyo a las diferentes etapas del proceso.

Se realizan actividades de formación de pares evaluadores externos. (Talleres nacionales y regionales) Se procede por convocatorias regionales que ejecutan las Agencias Nacionales. Para MEXA en particular debieron crearse y aceptarse estructuras alternativas a las agencias.

Se debe presentar por parte de la institución a la que la carrera pertenece un informe institucional y auto evaluativo, preparado conforme a normas y contenidos establecidos y conocidos. Las agencias nombran a los Comités de Pares Evaluadores (en general tres integrantes, dos de ellos de nacionalidad distinta a la del país en que se dicta la carrera a evaluar).

Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Chile. 62 carreras acreditadas. Programa MARCA. 19 de Agronomía, 29 de Ingeniería y 14 de Medicina.

Validación de los títulos de grado universitarios en el ámbito de los Estados Miembros del MERCOSUR con carácter únicamente académico no confiriendo, per se, derecho al ejercicio profesional.

2008 Memorándum de Entendimiento sobre la creación e implementación de un sistema de acreditación de carreras universitarias para el reconocimiento regional de la calidad académica de las respectivas titulaciones en el MERCOSUR y Estados Asociados

1. Acreditación es el resultado del proceso de evaluación mediante el cual se certifica la calidad académica de las carreras de grado. 2. Sistema ARCU-SUR, se gestionará en el ámbito del Sector Educativo del MERCOSUR, respetará las legislaciones de cada país y la autonomía de las instituciones universitarias. El sistema considerará aquellas carreras de grado que cuenten con reconocimiento oficial y que tengan egresados.

3. El Sistema ARCU-SUR alcanzará a las titulaciones determinadas por la Reunión de Ministros, en consulta con la Red de Agencias Nacionales de Acreditación y las instancias pertinentes del SEM, considerando particularmente aquellas que requieran grado como condición para el ejercicio profesional. 4. El Sistema ARCU-SUR dará garantía pública en la región del nivel académico y científico de los cursos, que se definirá según criterios y perfiles tanto o más exigentes que los aplicados por los países en sus instancias nacionales análogas. 5. Este Sistema incorporará gradualmente carreras universitarias en conformidad con los objetivos del sistema de acreditación regional.

6. La acreditación en este Sistema se realizará de acuerdo al perfil del egresado y los criterios regionales de calidad, que serán elaborados por Comisiones Consultivas por titulación, con la coordinación de la Red de Agencias Nacionales de Acreditación y aprobación por la CRC-ES. 7. Las Comisiones Consultivas por titulación serán propuestas por la Red de Agencias Nacionales de Acreditación y designadas por la, CRC-ES. La Red de Agencias Nacionales de Acreditación será responsable de su convocatoria y funcionamiento. 8. El proceso de acreditación será continuo, con convocatorias periódicas, coordinadas por la Red de Agencias Nacionales de Acreditación, la que establecerá las condiciones para la participación.

9. La participación en las convocatorias será voluntaria y podrán solicitarla únicamente instituciones oficialmente reconocidas en el país de origen y habilitadas para otorgar los respectivos títulos, de acuerdo a la normativa legal de cada país. 10. El proceso de acreditación comprende la consideración del perfil del egresado y de los criterios regionales de calidad en una autoevaluación, una evaluación externa por comités de pares y una resolución de acreditación, de responsabilidad de la Agencia Nacional de Acreditación. 11. La acreditación tendrá vigencia por el plazo de seis años y será reconocida por los Estados Parte del Mercosur y los Asociados que adhieran a este Memorándum.

1. A los fines del presente Memorándum se denominan Agencias Nacionales de Acreditación a las entidades específicas responsables de los procesos de evaluación y acreditación de la educación superior, designadas por el Estado Parte o Asociado ante la Reunión de Ministros. 2. Las Agencias Nacionales de Acreditación deben reunir los atributos ya vistos en MEXA a lo que se le agrega el contar con procedimientos adecuados a las buenas prácticas internacionales RANA 3. Las Agencias Nacionales de Acreditación, órganos ejecutivos del Sistema ARCU- SUR, quedarán organizadas como una Red, que se dará sus propias reglas de funcionamiento y adoptará decisiones por consenso.

1. La solicitud de acreditación para una carrera será presentada por la institución universitaria a la que pertenece ante la ANA,, de acuerdo a los principios generales establecidos en este documento. 2. La evaluación para la acreditación comprenderá a la carrera integralmente (sus procesos y resultados), contemplando al menos las siguientes dimensiones: contexto institucional, proyecto académico, recursos humanos e infraestructura. 3. La acreditación requerirá un proceso de autoevaluación, de recopilación de información, construcción comunitaria de juicios y conclusiones acerca de la satisfacción del perfil del egresado y de los criterios de calidad, todo lo cual será presentado en un informe de autoevaluación, que servirá de base a la evaluación externa y seguirá procedimientos establecidos por la RANA.

4. En el proceso de acreditación deberá requerirse el dictamen de un Comité de Pares, 5. Los Comités serán designados por la correspondiente ANA. El comité de pares debe cumplir los mismos criterios vistos en MEXA. Existirá un banco único de expertos, administrado por la RANA. 6. Cada Agencia Nacional de Acreditación otorgará o denegará la acreditación en base a los documentos del perfil del egresado y los criterios regionales de calidad, el informe de autoevaluación, el dictamen del Comité de Paras y el procedimiento de la propia Agencia, pudiendo considerar los antecedentes de otros procesos de acreditación de la carrera evaluada. Sobre la base de esos elementos, considerados en profundidad, la Agencia deberá emitir un dictamen, fundamentando explícitamente sus decisiones.

7. La resolución que deniegue la acreditación a una carrera no será recurrible en el nivel regional. 8. La resolución que otorgue la acreditación podrá ser impugnada, por manifiesto incumplimiento de los procedimientos o en la consideración del perfil del egresado o de los criterios de calidad establecidos, por quien tenga interés legítimo, correspondiendo a los Ministros de Educación de los Estados Partes del Mercosur y de los Estados Asociados participantes resolver la cuestión sobre la base de dictamen emitido por una Comisión de Expertos convocada al efecto. 9. La acreditación será registrada por la RANA y publicada por la CRC-ES. La información y publicidad de las resoluciones deberán referirse solamente a las carreras acreditadas.

10. Cuando se otorgue la acreditación, ésta producirá efectos desde el año académico en el que se de a publicación la resolución, teniendo la carrera y el título el carácter de acreditado. 11. La información acerca de las carreras acreditadas estará a cargo de un registro regional del Sistema ARCU-SUR, que deje constancia efectiva de su vigencia, alcances y graduados beneficiarios. 12. Las convocatorias para la acreditación de las Carreras en el Sistema por parte de las ANAS deberán ser realizadas en forma periódica, no excediendo el plazo máximo de seis años para cada titulación. acreditadas.

13. En el Sistema, se entenderá que la acreditación concedida anteriormente a la carrera, continúa vigente hasta una nueva resolución, siempre que la institución haya acudido a la convocatoria correspondiente. 14. La Red de Agencias Nacionales de Acreditación será la instancia responsable de la implementación, seguimiento y evaluación del Sistema, elevando informes periódicos a la CRC-ES con iniciativa de propuesta para los ajustes al mismo. 15. El SEM arbitrará los recursos necesarios para el funcionamiento del Sistema, en aspectos como financiamiento de los procesos de acreditación regional, el relacionamiento con otros programas afines, regionales e interregionales.

Al igual que en el MEXA se elaboran manuales diversos, con la finalidad de: Capacitación, procedimientos, sistematización de la información, anotaciones de la visita, dictámenes.

1. Los Estados Parte del MERCOSUR y Asociados, reconoen mutuamente la calidad académica de los títulos o diplomas de grado, cuyas carreras hayan sido acreditadas conforme a este Sistema. 2. El reconocimiento de la calidad académica de los títulos o diplomas de grado universitario que se otorgue en virtud de lo aquí establecido, no confiere de por sí, derecho al ejercicio de la profesión en los demás países. 3. La acreditación en el Sistema ARCU-SUR será impulsada por los Estados Partes y Asociados, como criterio común para facilitar el reconocimiento mutuo de títulos o diplomas de grado universitario para el ejercicio profesional en convenios, tratados o acuerdos.

4. La acreditación de las carreras otorgada por el Sistema ARCU-SUR será tomada en cuenta por los Estados Parte y Asociados, a través de sus organismos competentes, como criterio común para articular con programas regionales. Ej. Programa de movilidad MARCA 5. Las acreditaciones otorgadas por el MEXA, reconfirman su plena validez, a los efectos del Sistema ARCU-SUR.

2010 Se fijan las bases del mecanismo de evaluación. (Autoevaluación y Evaluación externa) Talleres nacionales y un taller regional. Documentos por país con formato estándar y documento regional de síntesis. (RANA) Evaluación externa

350 carreras (7 titulaciones) seleccionadas por 8 países Argentina 60 Brasil -108 Bolivia 77 Chile 25 Colombia 8 (convocadas en Medicina y Odontología) Paraguay 28 Uruguay -16 Venezuela - 34

Países que participan de ARCU-SUR

- ACUERDO POLITICO - DEFINICION DE INDICADORES - LA FORMACION DE PARES EVALUADORES - CONVOCATORIA - LA CONSTITUCION DEL COMITÉ - EL RECONOCIMIENTO DE LA CALIDAD - EL SEGUIMIENTO DEL PROCESO

La ejecución de las Convocatoria. La designación del Comité de Pares Evaluadores DICTAMEN