Qué es la OMI? OMI establecer normas para la seguridad de la vida humana y de la navegación, protección

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Transcripción:

Qué es la OMI? Como organismo especializado de las Naciones Unidas, la OMI es la autoridad mundial encargada de establecer normas para la seguridad de la vida humana y de la navegación, la protección y el comportamiento ambiental que ha de observarse en el transporte marítimo. Su función principal es establecer un marco normativo para el sector naviero que sea justo y eficaz, y que se adopte y aplique en el plano internacional y nacional.

Sede en Londres (UK). 170 Estados Miembros. 3 Estados Miembros Asociados. Más de 140 organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales de carácter consultivo. Secretario General: Sr. Kitack Lim (Rep. Corea)

Misión de la OMI La misión de la Organización Marítima Internacional en su calidad de organismo especializado de las Naciones Unidas, es fomentar, a través de la cooperación, un transporte marítimo seguro, protegido, ecológicamente racional, eficaz y sostenible.

Seguridad Marítima Protección del Medio Marino Facilitación Jurídico Cooperación Técnica

Logros de la OMI Adopción de unos 50 convenios y protocolos, así como de más de 1000 códigos y recomendaciones sobre seguridad y protección marítima, prevención de la contaminación y otras cuestiones conexas

La Prefectura Naval Argentina, en su rol de Autoridad Marítima de la Nación, es Autoridad de Aplicación de diversos instrumentos internacionales en materia de protección ambiental, entre los que se citan: Ley Nº 21.947 - Convenio de Londres sobre Vertimientos de Desechos y Otras materias - LC 72. Ley Nº 22.079 Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar - SOLAS 74. Ley Nº 23.456 Convenio Internacional relativo a la Intervención en Alta Mar en Casos de Accidentes que Causen Contaminación INTERVENTION 69. Ley Nº 24.089 Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación del Mar, 1973 y su Protocolo de 1978 - MARPOL. Ley Nº 24.292 Convenio Internacional sobre Cooperación, Preparación y Lucha Contra la Contaminación por Hidrocarburos, 1990 OPRC 90. Ley Nº 27.011 Convenio Internacional para el Control y la Gestión del Agua de Lastre y los Sedimentos de los Buques BWM 2004.

Convenio Internacional para Prevenir la Contaminación por los Buques, 1973, modificado por los Protocolos de 1978 y 1997, en su forma enmendada

El MARPOL es uno de los instrumentos internacionales más importantes sobre la contaminación del mar Los seis anexos del Convenio contienen reglas detalladas relativas a las diversas fuentes de contaminación ocasionada por los buques

MARPOL 73 Protocolos de 1978 y 1997 Protocolo I - Disposiciones para formular los informes sobre sucesos relacionados con sustancias perjudiciales Protocolo II - Arbitraje Anexos I, II, III, IV, V y VI

Anexo I: Reglas para prevenir la contaminación por hidrocarburos Anexo II: Reglas para prevenir la contaminación por sustancias nocivas líquidas transportadas a granel Anexo III: Reglas para prevenir la contaminación por sustancias perjudiciales transportadas por mar en bultos Anexo IV: Reglas para prevenir la contaminación por las aguas sucias de los buques Anexo V: Reglas para prevenir la contaminación por las basuras de los buques Anexo VI: Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques

DIRECTRICES SOBRE LA APLICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO Y EL PLAN DE ACCIÓN DE ALTO NIVEL DE LA ORGANIZACIÓN Sexenio 2016 2021 - Res. A.1097(29) La misión de la Organización Marítima Internacional (OMI), en su calidad de organismo especializado de las Naciones Unidas, es fomentar, a través de la cooperación, un transporte marítimo seguro, protegido, ecológicamente racional, eficaz y sostenible. Esta misión se cumplirá mediante la adopción delas normas más estrictas posibles de protección y seguridad marítimas, la eficiencia de la navegación y prevención y control de la contaminación ocasionada por los buques, así como mediante la consideración de los asuntos jurídicos conexos y la implantación efectiva de los instrumentos de la OMI para que se apliquen de manera universal y uniforme.