CONCLUSIONES. Las conclusiones del presente trabajo sintetizan todo lo hasta aquí. expuesto, de modo tal que resulten destacados los aspectos más

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Transcripción:

227 CONCLUSIONES Las conclusiones del presente trabajo sintetizan todo lo hasta aquí expuesto, de modo tal que resulten destacados los aspectos más importantes del desarrollo anterior. Por lo tanto, tienen por objeto permitir una apreciación global de los resultados del trabajo, así como del alcance de los objetivos generales y específicos trazados inicialmente. Por consiguiente, y fundamentado en la apreciación anterior, se concluye sobre la fase de formulación del presupuesto en el Instituto de la Vivienda de Maracaibo, que durante las etapas inherentes a la misma existe un alto cumplimiento de los lineamientos relacionados con la fundamentación jurídica y teórica vinculados con la formulación del anteproyecto de presupuesto de recursos y egresos, así como con los aspectos comunes para la formulación de los anteproyectos o proyectos de presupuesto correspondientes a los entes descentralizados, como lo es el IVIMA. En este punto, sólo se observó debilidad en los aspectos específicos de los presupuestos de egresos, pues se comprobaron discrepancias sobre si la formulación del presupuesto de gastos se guiaba por normas internas dictadas por sus máximas autoridades. Tomando como base las argumentaciones expuestas, salvo la observación presentada, se evidencia que la fase de formulación del presupuesto del instituto cumple con los parámetros exigidos tanto desde el punto de vista legal como teórico, por lo que corresponde evaluar dicha fase como positiva.

228 Por otra parte, con relación a la fase de ejecución del presupuesto en la institución, se comprobó el cumplimiento en las etapas relativas a la ejecución del presupuesto de ingresos y otros recursos, así como en la de gastos y aplicaciones financieras. Del mismo modo, se constató que en el IVIMA se hace un uso adecuado de las etapas en los estados financieros correspondientes a los entes descentralizados. En el mismo contexto, el ente municipal cumple con el proceso general para tramitar sus modificaciones presupuestarias, igual que con los requerimientos mínimos exigidos por la ONAPRE; no obstante, existe dificultad para la obtención de respuestas satisfactorias a estas solicitudes de parte de los órganos competentes, lo cual genera inconvenientes a nivel presupuestario pues produce desbalances e insuficiencias en partidas. Esto puede deberse a una excesiva burocracia o factores extrínsecos (diatribas político partidistas). Ahora bien, para concluir el análisis de la fase de control y evaluación presupuestaria del IVIMA, se puede afirmar que la institución cumple con el control referido al sistema de control externo por parte de la Contraloría General de la República así como de los demás órganos; cumpliendo a su vez con el sistema de de control interno mediante asignar tal responsabilidad a la unidad de presupuesto y a los responsables de las categorías programáticas. Puede afirmarse con base en lo anterior, que tanto la Contraloría General de la República así como los demás órganos de control externo verifican el

229 cumplimiento de las disposiciones legales en el IVIMA, además de la aplicación del régimen presupuestario vigente y la medida en que se cumplen los objetivos previstos en el presupuesto. Por otro lado, acerca del sistema de control interno, se observaron debilidades referidas a la realización de acciones de evaluación en los diferentes niveles y aplicación del marco jurídico establecido por la ONAPRE; así como en permitir participar a particulares y organizaciones sociales en la evaluación presupuestaria. Por consiguiente, salvo las debilidades indicadas, esta fase presupuestaria en el IVIMA puede evaluarse como positiva con observaciones y recomendaciones, las cuales deben ser atendidas de forma oportuna para optimizar la gestión presupuestaria de la institución mediante un mejor control y evaluación. Por último, sobre la fase de liquidación y cierre del presupuesto del Instituto de la Vivienda de Maracaibo, se puede concluir que la institución cumple con los requisitos establecidos en esta etapa, desde el cumplimiento del marco jurídico exigido, pasando por la formulación de objetivos que cumplan los parámetros instituidos teórica y legalmente para su liquidación, hasta el cumplimiento de la oportunidad, operaciones al cierre del ejercicio, así como la consignación ante la ONAPRE de los estados e informes requeridos para el cierre del presupuesto del mencionado ente municipal. Haciendo sólo acotación sobre la presencia de debilidades al realizar cierres presupuestarios por subperíodos. Por lo tanto, dicha fase se puede evaluar como positiva, precisándose

230 optimizar los cierres por subperíodos, a los fines de la evaluación, pues estos son necesarios para determinar las desviaciones absolutas y relativas requeridas para la evaluación presupuestaria dentro de la institución. Por último, basándose en todo lo anteriormente expuesto, puede concluirse que el proceso presupuestario del Instituto de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA) puede ser evaluado de forma positiva, pues salvo ciertas observaciones susceptibles de corrección, todas las fases cumplen con los requerimientos establecidos tanto de índole jurídico como teórico, cumpliéndose así con los objetivos propuestos por la institución.

231 RECOMENDACIONES Las recomendaciones en este trabajo se presentan como producto de las debilidades encontradas al estudiar el proceso presupuestario del Instituto de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA), intentando proporcionar sugerencias significativas, las cuales son formuladas de forma tal que revistan carácter operativo o factible de ser implementadas por la entidad. Se sugiere el diseño o creación de normas y procedimientos internos para aplicarse en la formulación del presupuesto de gastos y aplicaciones del IVIMA. Dichos lineamientos serán elaborados por la Consultoría Jurídica de forma conjunta con la Unidad de Desarrollo Organizacional, siendo aprobados por la Directiva del ente y aplicados en la en la Oficina de Presupuesto bajo la supervisión del Jefe de Oficina respectivo. Considerando que generalmente no se recibe respuesta satisfactoria por parte los órganos competentes a las solicitudes de modificaciones presupuestarias, se recomienda la creación de una comisión ad hoc que se encargue exclusivamente del trámite de modificaciones presupuestarias. Esta comisión será diseñada por el Departamento de Recursos Humanos, siendo conformada por el Consultor Jurídico así como por los Jefes de las Oficinas de Presupuesto y de Contraloría Interna. Cuando se requiera la acción de dicha comisión, la misma tendrá prioridad en la institución, para lo cual se le asignarán recursos financieros para su traslado inmediato hacia los centros de atención necesarios.

232 Establecer en el instituto un plan de organización, que incluya un conjunto de medidas y procedimientos, dentro de los cuales se incluirán elementos de control previo y posterior, así como de auditoría interna que permitan garantizar los fines previstos, realizar las operaciones con eficiencia, conforme a las normas legales en vigencia, resguardar el patrimonio público, registrar y producir la información necesaria que coadyuve al logro de las metas y objetivos presupuestados. Este plan será elaborado y aplicado por la Oficina de Contraloría Interna, bajo la supervisión directa del Jefe esta unidad operativa y con la revisión y aprobación tanto del Consultor Jurídico como del Jefe de Oficina y del Director del IVIMA. Implementar acciones de evaluación en los diferentes niveles y aplicación del marco jurídico establecido por la ONAPRE. Estas acciones serán diseñadas por la Consultoría Jurídica del organismo para ser aplicadas en la Oficinas de Presupuesto y Consultoría Jurídica. Esta evaluación será ejecutada por los Jefes de ambas oficinas conjuntamente con la Oficina de Recursos Humanos. Ejecutar acciones o lineamientos tendentes otorgar una participación amplia los particulares y las organizaciones de la sociedad en la evaluación de la ejecución presupuestaria de acuerdo con el nivel político correspondiente, esto con el fin de asegurar a la sociedad en general la certeza de que se dispone de mecanismos que aseguran el uso racional, estratégico y transparente de los recursos asignados al IVIMA. Estas acciones serán elaboradas por la Consultoría Jurídica, toda vez que las

233 mismas buscan hacer valer un derecho de participación ciudadana consagrado en el marco legal vigente. Así mismo, estos lineamientos serán implementados por la Oficina de Contraloría Interna y supervisados por el Jefe de dicho departamento. La institución debe realizar acciones que permitan hacer cierres presupuestarios por subperíodos a los fines de la evaluación, las cuales son necesarias para determinar las desviaciones absolutas y relativas requeridas para la evaluación presupuestaria. Dichas acciones serán diseñadas y supervisadas por los Jefes de las Oficinas de Presupuesto y Contraloría Interna, siendo aplicadas directamente en dichas oficinas.

234 REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS LIBROS Bavaresco, Aura. (2006). Proceso Metodológico en la Investigación. Editorial Ediluz. Maracaibo. Bellod, José Francisco (2008). Caracterización del Sistema Presupuestario. Murcia, España. Chávez, Nilda. (2006). Introducción a la Investigación. Maracaibo: Editorial Universo. Contasti, Emy; Arrieche, Víctor; Calderaro,Antonio; Dilena, Fredis; Monroy, David; Núñez, Ramón (2004). El Sistema Presupuestario del Sector Público Nacional. Centro Profesional de Capacitación ABC. Caracas. Del Río, Cristóbal. (2009). El Presupuesto. Cengage Learning Editores. México DF. Escobar, Heriberto (2007). Hacienda Pública: Un enfoque económico. Sello Editorial. Medellín. Garay, Juan. (2009). Código de Comercio comentado. Editorial UCAB. Caracas. Hernandez, R; Fernandez, C; y Baptista, P. (2006) Metodología de la Investigación. Editorial McGraw Hill Interamericana. México. Hope, Jeremy y Fraser, Robin. (2004). Más Allá Del Sistema Presupuestario Beyond Budgeting. Ediciones Deusto, S.A. Barcelona, España. Martner, Gonzalo (2007). Planificación y Presupuesto por Programas. Siglo XXI Editores. México DF.

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236 Morales, D. (2008). Análisis de la Asignación y Ejecución Presupuestaria del Instituto Nacional de Investigaciones Agrícolas (I.N.I.A) del Estado Monagas. Trabajo Especial de Grado para optar al título de Licenciado en Contaduría Pública de la Universidad de Oriente. LEYES Código Orgánico Tributario, sancionado por la Asamblea Nacional en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Quinta de la Constitución de la República, y publicado en Gaceta Oficial No. 37.305 del 17 de octubre de 2001. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria N 5.453 de la República Bolivariana de Venezuela. Caracas, viernes 24 de marzo de 2000 Decreto Ley No. 150 de fecha 11 de junio de 1974, sobre la "Reforma parcial de la Ley Orgánica de la Hacienda Pública Nacional" Decreto Ley No. 677 mediante el cual se dictó la Reforma Parcial de las Normas sobre Fundaciones, Asociaciones y Sociedades Civiles del Estado y el Control de los Aportes Públicos a las Instituciones Privadas Similares, publicado en la Gaceta Oficial No. 3.574, extraordinario, del 21 de junio de 1985 Decreto No. 1.179 de fecha 17 de enero de 2001, mediante el cual se dicta el "Reglamento de la Ley Orgánica de Régimen Presupuestario", publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No. 37.122 de fecha 18 de enero de 2001 Decreto No. 1.528 del 6 de noviembre de 2001, con Fuerza de Ley Orgánica de Planificación, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana

237 de Venezuela, No. 5.554, extraordinario, de fecha 13 de noviembre de 2001 Ley del Marco Plurianual del Presupuesto, vigente para el período 2005-2007 Ley Contra la Corrupción, sancionada por la Asamblea Nacional y publicada en Gaceta Of\c\a\ N 5.637 Extraordinario, del 7 de abril de 2003. Ley del Banco Central de Venezuela, sancionada por la Asamblea Nacional en acatamiento, a lo establecido en el aparte 8 de la Disposición Transitoria Cuarta, en concordancia con los artículos 144 a 149 de la Constitución, cuya única reforma parcial ha sido publicada en le Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 5.606, extraordinario, del 18 de octubre de 2002 Ley del Estatuto de la Función Pública, sancionada por la Asamblea Nacional en acatamiento a lo establecido en los artículos 144 a 149 de la Constitución y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No. 37.522 del 6 de septiembre de 2002 Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público, dictada por la Comisión Legislativa Nacional y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No. 37.029 de fecha 5 de septiembre de 2000 Ley Orgánica de la Administración Pública, sancionada por la Asamblea Nacional en cumplimiento de lo establecido en el aparte 5 de la Disposición Transitoria Cuarta de la Constitución de la República, en concordancia con los artículos 141 a 143 del mismo texto constitucional, y publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No. 37.305 del 17 de octubre de 2001

238 Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, sancionada por la Asamblea Nacional en cumplimiento de lo establecido en la Disposición Transitoria Novena de la Constitución de la República, y publicada en Gaceta Oficial No. 37.347 del 17 de diciembre de 20018S Ley Orgánica del Poder Público Municipal. Gaceta Oficial 6015 Extraordinario del 28 de diciembre del 201º Ley que crea el Fondo de Inversión para la Estabilización Macroeconómica, cuya última reforma parcial está publicada en Gaceta Oficial No. 37.604 del 7 de enero de 2003 Marco Plurianual del Presupuesto, vigente para el período de transición de los años 2003-2004 Providencia conjunta de la Superintendencia Nacional de Control Interno y Contabilidad Pública y de la Oficina Nacional de Presupuesto No. 453 del 30 de diciembre de 2002, sobre "Instrucciones para el proceso de cierre del ejercicio económico financiero", publicada en la Gaceta Oficial No. 37.605 del 8 de enero de 2003 Reglamento No. 1 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema Presupuestario, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana; de Venezuela, No. 37.348 de-fecha 18 de diciembre de 2001 Reglamento No. 3 de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público sobre el Sistema de Tesorería, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, No. 37.419 de fecha 9 de abril de 2002

239 Resolución de la Oficina Nacional de Presupuesto No. 253 del 15 de julio de 2002, dictada a los efectos de la aplicación del artículo 144 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, relacionados con los gastos de inversión según Gaceta Oficial No.37.486 del 17 de julio de 2002, la cual modifica la Resolución publicada en la Gaceta Oficial No. 35.368 del 27 de diciembre de 1993 Resolución de la Oficina Nacional de Presupuesto No. 387 del 28 de octubre de 2002, por la cual se dicta Providencia a los efectos de la aplicación del artículo 11 de la Ley Orgánica de Emolumentos para los Altos Funcionarios y Funcionarías de los Estados y Municipios, según Gaceta Oficial No. 37.559 del 30 de octubre de 2002.

ANEXOS

ANEXO A. INSTRUMENTO DE VALIDACIÓN

I.- IDENTIFICACIÓN DEL EXPERTO: Nombre: Titulo de Pregrado: Titulo de Postgrado: Titulo de Doctorado: II.- IDENTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 1. TÍTULO EVALUACIÓN DEL PROCESO PRESUPUESTARIO DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MARACAIBO (IVIMA) 2. INFORMACIÓN ADICIONAL 2.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN La presente investigación es de tipo evaluativa, descriptiva, de campo. 2.2. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN campo. El diseño se considera no experimental, transversal y descriptiva de 2.3. POBLACIÓN En el caso específico de este estudio, la población censal será finita, pues el número de unidades que la integran es manejable para los

investigadores por no ser tan elevado. Por consiguiente, la población censal quedará conformada por los trabajadores del Instituto de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA) relacionados con la actividad presupuestaria (10 sujetos), quienes serían los beneficiarios directos del análisis del proceso presupuestario de dicha institución.. Cuadro 2 Distribución de la Población CARGOS NÚMERO Jefe de Oficina de Presupuesto 1 Analista de Presupuesto Grado I 1 Analista de Presupuesto Grado II 1 Contabilista Grado I 4 Jefe de Contraloría Interna 1 Auditor Interno Grado II 1 Contador Grado II 1 TOTAL 10 Fuente: Instituto de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA, 2012) 2.4. TÉCNICA DE OBSERVACIÓN La técnica de observación utilizada fue la observación mediante encuesta. 2.4.1 INSTRUMENTO (S) El cuestionario estará conformado por 102 preguntas que tendrán como opción de respuestas las siguientes alternativas: Siempre/Casi siempre/a veces/casi nunca/nunca.

JUICIO DEL EXPERTO 1. Los ítems son pertinentes con los objetivos? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 2. Los ítems son pertinentes con la variable? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 3. Los ítems son pertinentes con las dimensiones? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 4. Los ítems son pertinentes con los indicadores? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 5. Considera que la redacción es la adecuada? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 6. Considera válido este instrumento? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: NOMBRE Y FIRMA DEL EXPERTO FECHA DE VALIDACIÓN: EXPEDIENTE Nº 31.03.11

CUESTIONARIO ÍTEMS OPCIONES DE RESPUESTA EN EL IVIMA: S CS AV CN N 1.Se utiliza la base legal y reglamentaria que norma el proceso de formulación presupuestaria 2.Se aplica la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público para la formulación de recursos y egresos 3.Se aplica el Reglamento N 1 de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público para la formulación de recursos y egresos 4.Las políticas presupuestarias previas están establecidas de forma clara y concreta 5.Las políticas presupuestarias previas se aplican antes de dar inicio al proceso de formulación del presupuesto 6.Se guían por las políticas presupuestarias previas para la elaboración de los anteproyectos y proyectos de presupuesto 7.Al elaborar el anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos, se estiman los ingresos y recursos procedentes de fuentes financieras 8.En el anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos se estiman las proyecciones de gastos 9.En el anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos se calcula el aporte por concepto de transferencias corrientes o de capital que se solicitará ante el Ejecutivo Nacional paras el año presupuestado 10.La elaboración del anteproyecto de recursos definitivo se inicia con la recepción por la máxima autoridad del órgano, de la política presupuestaria específica aprobada por el ejecutivo nacional 11. La elaboración del anteproyecto de recursos definitivo expresa la cuota máxima de recursos de que dispondrá la institución 12. La elaboración del anteproyecto de recursos definitivo refleja la forma lógica como se debe producir el proceso descendente de la desagregación de la política presupuestaria 13.El anteproyecto preliminar de egresos estima todos los gastos de personal requeridos para la producción de los bienes y servicios institucionales 14.El anteproyecto preliminar de egresos estima todos los gastos de materiales requeridos para la producción de los bienes y servicios institucionales Leyenda: Siempre (S), Casi siempre (CS), A veces (AV), Casi nunca (CS), Nunca (N)

ÍTEMS OPCIONES DE RESPUESTA EN EL IVIMA: S CS AV CN N 15.El anteproyecto preliminar de egresos estima todos los gastos de servicios requeridos para la producción de los bienes y servicios institucionales 16.La elaboración del anteproyecto de egresos definitivo se inicia con la recepción de la política presupuestaria específica aprobada por el ejecutivo nacional 17.La elaboración del anteproyecto de egresos definitivo expresa la cuota máxima de egresos. 18.La elaboración del anteproyecto de egresos definitivo refleja la forma lógica como se debe producir el proceso descendente de la desagregación de la política presupuestaria 19.El proceso de formulación del presupuesto de recursos se formula basado en la normas jurídicas que rige la formulación del proyecto de presupuesto para los recursos 20.El proceso de formulación del presupuesto de recursos se formula basado en la normas jurídicas que rige la formulación del proyecto de presupuesto para los egresos 21.El presupuesto de recursos se ampara en la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público 22.El proceso de la formulación del presupuesto de gastos se guía por normas y procedimientos internos que al respecto dicten sus máximas autoridades 23.La formulación del presupuesto de gastos sigue la técnica del presupuesto por programas 24.Se publica una síntesis del presupuesto aprobado, de acuerdo a establecido por la ONAPRE 25.Los estados financieros presupuestados muestran periódicamente las operaciones financieras estimadas relativas a ingresos 26.Los Estados financieros presupuestados muestran periódicamente las operaciones financiera estimadas relativas a gastos 27.Los Estados financieros presupuestados muestran la situación financiera a una fecha futura 28.Los presupuestos aprobados contienen el resumen de la política presupuestaria 29.Los presupuestos aprobados contienen la relación de las principales metas 30.Los presupuestos aprobados contienen la los indicadores de gestión fundamentales 31.Se cumple la fase de ejecución del presupuesto ingresos y otros recursos correspondiente a la Causación Leyenda: Siempre (S), Casi siempre (CS), A veces (AV), Casi nunca (CS), Nunca (N)

ÍTEMS OPCIONES DE RESPUESTA EN EL IVIMA: S CS AV CN N 32.Se cumple la fase de ejecución del presupuesto ingresos y otros recursos correspondiente a la Liquidación 33. Se cumple la fase de ejecución del presupuesto ingresos y otros recursos correspondiente a la Recaudación 34.En la ejecución del presupuesto de gastos y aplicaciones financieras se estiman los gastos por Compromiso (personal, materiales y equipos) 35.En la ejecución del presupuesto de gastos y aplicaciones financieras se estima el gasto causado 36.En la ejecución del presupuesto de gastos y aplicaciones financieras se estiman los gastos por pagos 37.Para el caso del estado de resultados en la etapa de causado, se consideran los ingresos y gastos corrientes 38.Para la preparación de los flujos de caja, se considera la etapa de los ingresos recaudados 39.Para la preparación de los flujos de caja, se considera la etapa de los gastos pagados 40.Cualquier modificación solicitada para el presupuesto que requiera aprobación de la Asamblea Nacional o del Presidente de la República, se tramita previamente ante la Oficina Nacional de Presupuesto 41.Cualquier modificación solicitada para transferir recursos que requiera aprobación de la Asamblea Nacional o del Presidente de la República, se tramita previamente ante la Oficina Nacional de Presupuesto 42.Para estos casos se siguen los trámites establecidos por la ONAPRE 43.Se solicitan modificaciones presupuestarias 44.La solicitud de modificaciones presupuestarias son respondidas de forma satisfactoria por los órganos competentes 45.Las tramitaciones de modificación de presupuesto se acompañan con los documentos requeridos por la ONAPRE 46.La Contraloría General de la República y demás órganos de control externo verifican el cumplimiento de las disposiciones legales 47.La Contraloría General de la República y demás órganos de control externo verifican el cumplimiento del régimen presupuestario vigente 48.La Contraloría General de la República y demás órganos de control externo verifican la medida en que se cumplen los objetivos previstos en el presupuesto 49.Se cuenta con un sistema de control interno que asegure el acatamiento de las normas legales Leyenda: Siempre (S), Casi siempre (CS), A veces (AV), Casi nunca (CS), Nunca (N)

ÍTEMS OPCIONES DE RESPUESTA EN EL IVIMA: S CS AV CN N 50.Se cuenta con un sistema de control interno que salvaguarde los recursos y bienes que integran el patrimonio público de la institución 51.Se cuenta con un sistema de control interno que garantice razonablemente la rendición de cuentas 52.Se cumple con las normas que garanticen el uso racional de los recursos públicos 53.Se realizan acciones de evaluación en los diferentes niveles 54.Se aplica la fundamentación jurídica para la ejecución del presupuesto 55.La evaluación le corresponde a la unidad de presupuesto 56.La evaluación le corresponde a los responsables de cada categoría programática 57.Las organizaciones de la sociedad participan en la evaluación de la ejecución presupuestaria 58.La ejecución del presupuesto tiene como objetivo promover el aumento de la calidad de la gestión pública 59.La ejecución del presupuesto tiene como objetivo conocer la marcha de los principales productos que contribuyen al logro de los equilibrios establecidos en el Plan de Desarrollo Económico 60.La ejecución del presupuesto tiene como objetivo promover una adecuada comparación de los productos programados y los ejecutados 61.La evaluación del proceso presupuestario es aplicada de acuerdo con la etapa a evaluar 62. La evaluación del proceso presupuestario es aplicada de acuerdo con los elementos de la programación 63. La evaluación del proceso presupuestario es aplicada de acuerdo con el nivel de análisis 64.La evaluación constituye un proceso continuo 65.Se evalúa la eficacia de las acciones realizadas y de los recursos aplicados 66.Se evalúa el logro del resultado esperado 67.Se cierran las cuentas presupuestarias de recursos y egresos al 31 de diciembre de cada año 68.Se recopila al liquidar el presupuesto, la relación entre sus gastos y su producción de bienes 69.Se envían todos los recaudos de la liquidación presupuestaria a la ONAPRE 70.Al liquidar el presupuesto, se dispone de la información necesaria para la rendición de cuentas institucionales Leyenda: Siempre (S), Casi siempre (CS), A veces (AV), Casi nunca (CS), Nunca (N)

ÍTEMS OPCIONES DE RESPUESTA EN EL IVIMA: S CS AV CN N 71.Al liquidar su presupuesto, se realiza el cierre de las cuentas de recursos y egresos 72.Al liquidar su presupuesto, se determina la ejecución física de metas y volúmenes de trabajo realizados en el ejercicio para la evaluación de la ejecución presupuestaria 73.Se cumple con el cierre de cuentas al término del ejercicio 74.Se realizan cierres presupuestarios por subperíodos a los fines del control y evaluación 75.Lla ejecución financiera que queda en proceso, relativa a los compromisos no causados y a los gastos no pagados, se realiza al final del ejercicio y en el año siguiente 76.Al cierre del ejercicio se remite a la unidad administradora central la información sobre gastos comprometidos y no causados 77.Al cierre del ejercicio, se reintegran los remanentes de los fondos recibidos no causados 78.Al cierre del ejercicio, se reintegran los remanentes de los fondos que tenga en su poder correspondientes a los gastos causados y no pagados 79.Se facilitan a la Oficina Nacional de Contabilidad Pública, las informaciones que se requieran para la liquidación y cierre de las cuentas 80.Se remite a la Oficina Nacional de Presupuesto la información de la ejecución de metas y volúmenes de trabajo ejecutados 81.Se remiten a la Oficina Nacional de Presupuesto los análisis sobre los gastos causados y las metas alcanzadas a nivel de categorías programáticas, justificando las diferencias observadas, en relación a lo presupuestado Leyenda: Siempre (S), Casi siempre (CS), A veces (AV), Casi nunca (CS), Nunca (N)

GLOSARIO Fundamentación jurídica del anteproyecto de recursos: Es la base legal y reglamentaria que norma el proceso de formulación presupuestaria: Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y su Reglamento Nº1, aplicables específicamente a la formulación de recursos y egresos (Contasti y Otros, 2007, p. 224). Determinación de las políticas presupuestarias previas: Conjunto de orientaciones que debe establecerse en forma clara y concreta, antes de dar inicio al proceso de formulación del presupuesto, con el propósito de guiar el proceso de elaboración de los anteproyectos y proyectos de presupuesto, y a la vez, coadyuvar al logro de los objetivos previstos en los planes (Contasti y Otros, 2007, p. 227). Elaboración del anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos: Fase previa del anteproyecto del presupuesto de recursos, donde estiman los ingresos, así como los recursos procedentes de fuentes financieras, tales como el uso de excedentes de caja y banco, conjuntamente con las proyecciones de gastos, según la cobertura de los bienes o servicios que estima producir el ente, y por diferencia, se calcula el aporte por concepto de transferencias corrientes o de capital que se solicitará ante el Ejecutivo Nacional paras el año presupuestado (Contasti y Otros, 2007, p. 246). Elaboración del anteproyecto de recursos definitivo: Es la etapa que se inicia con la recepción por la máxima autoridad del órgano, de la política presupuestaria específica aprobada por el ejecutivo nacional, las normas, formulación e instructivos por emplear y la cuota máxima de recursos de que dispondrá dicho órgano de la República, especificándose además la fuente de financiamiento correspondiente, el monto de los aportes para cada uno de los entes descentralizados adscritos que requieran del mismo. Intenta reflejar de manera general la forma lógica en la cual se debe producir el proceso descendente de la desagregación de la política presupuestaria y el ascendente de elaboración definitiva de los anteproyectos de presupuesto (Contasti y Otros, 2007, p. 252). Formulación del anteproyecto preliminar de egresos: Fase previa del anteproyecto del presupuesto de gastos, para estimar el tipo, cantidad y calidad de los recursos humanos, materiales y servicios por utilizar en la

producción de los bienes y servicios institucionales, los cuales estarán en función de los volúmenes de trabajo requeridos por las actividades y obras que se prevén realizar por administración directa, así como de la tecnología que se utilice y de las normas de tipo legal y administrativo vigentes para el ejercicio presupuestario (Contasti y Otros, 2007, p. 250). Elaboración del anteproyecto de egresos definitivo: Es la etapa que se inicia con la recepción por la máxima autoridad del órgano, de la política presupuestaria específica aprobada por el ejecutivo nacional, las normas, formulación e instructivos por emplear y la cuota máxima de egresos para dicho órgano de la República. Refleja de manera general la forma lógica en la cual se debe producir el proceso descendente de la desagregación de la política presupuestaria y el ascendente de elaboración definitiva de los anteproyectos de presupuesto (Contasti y Otros, 2007, p. 252). Presupuesto de recursos: El proceso de formulación del presupuesto de recursos se formula basado en la normas jurídicas que rige la formulación del proyecto de presupuesto, tanto de los recursos como de egresos, lo cual se halla en la LOAFSP (Contasti y Otros, 2007, p. 257). Aspectos específicos de los presupuesto de egresos: El proceso de la formulación del presupuesto de gastos y aplicaciones de estos entes debe seguir, además de las disposiciones legales y las reglamentaciones vigentes en cuanto al contenido de sus presupuestos, según lo previsto en el artículo 66 de la LOAFSP, así como otras informaciones que sus máximas autoridades estimen convenientes de conformidad con las normas y procedimientos internos que al respecto dicten. Igualmente, también deberán estimar sus respectivos presupuestos o programas de producción, de ventas o comercialización, inversiones, gastos generales y de administración, etc., siguiendo la técnica del presupuesto por programas. Adicionalmente, se establece la obligación de la ONAPRE de publicar una síntesis del presupuesto aprobado(contasti y Otros, 2007, p. 259). Estados financieros presupuestados: Documentos que muestran periódicamente las operaciones financiera estimadas, relativas a ingresos y gastos, el resultado de las mismas al final de un período o subperíodo presupuestario, la situación financiera a una fecha futura, así como sus variaciones (Contasti y Otros, 2007, p. 260).

Síntesis de los presupuestos aprobados: Los presupuestos aprobados deberán contener, como mínimo, la siguiente información: Resumen de la política presupuestaria, relación de las principales metas, relación de los recursos reales (en especial los humanos), créditos presupuestarios a nivel de partida, cuenta ahorro inversión financiamiento, indicadores de gestión o desempeño fundamentales, estructura y contenido del Proyecto de Ley de Presupuesto (Contasti y Otros, 2007, p. 265). Etapa de la ejecución del presupuesto de ingresos y otros recursos: Etapas de la ejecución del presupuesto, programadas y registradas, correspondientes a la Causación, la Liquidación y la Recaudación (Contasti y Otros, 2007, p. 316). Etapas de la ejecución del presupuesto de gastos y aplicaciones Financieras: Etapas de la ejecución del presupuesto conformadas por el Compromiso (gastos de personal, materiales y equipos), el Gasto Causado y el Pago (Contasti y Otros, 2007, p. 320). Uso de las etapas en los estados financieros de los entes descentralizados: Para el caso del estado de resultados, se consideran los ingresos, así como los costos y gastos de tipo corriente, en la etapa de causado. Por el contrario, para la preparación de los flujos de caja, las etapas por considerar son las de los ingresos recaudados y los gastos pagados; todo lo cual facilitará la programación del balance general estimado y demás estados financieros (Contasti y Otros, 2007, p. 327). Proceso general para la tramitación de las modificaciones presupuestarias: Conforme a lo previsto en el artículo 88 del Reglamento N 1 de la LOAFSP cualquier modificación solicitada por los órganos de la República, para su propio presupuesto o para transferir recursos a los entes descentralizados, que requieran aprobación de la Asamblea Nacional o del Presidente de la República en Consejo de Ministros, deberán tramitarse previamente por ante la Oficina Nacional de Presupuesto. En lo referente a las instrucciones, es de señalar que tanto en el instructivo de la Oficina Nacional de Presupuesto como en las del SIGECOF se establecen los conceptos, las normas complementarias a la LOAFSP y al Reglamento, así como los procedimientos, formularios e instructivos por utilizar en los trámites correspondientes (Contasti y Otros, 2007, p. 371).

Requerimientos mínimos exigidos para la tramitación de modificación de presupuesto: Conjunto de documentos e informaciones que deben acompañar las solicitudes de modificaciones presupuestarias para los órganos de la república y entes descentralizados, la mayoría de ellos exigidos por la Oficina Nacional de Presupuesto (Contasti y Otros, 2007, p. 371). El sistema de control externo: Es aquel que determina el cumplimiento de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, por lo que le corresponde verificar mediante sus actuaciones el cumplimiento del régimen presupuestario vigente. Igualmente, le corresponde verificar el grado de observancia de las políticas presupuestarias establecidas por el presidente de la república y los órganos rectores del sistema de planificación y de presupuesto. En este contexto, este sistema establece la medida en que se cumplen las metas y objetivos previstos en el presupuesto. Por último, evalúa la eficacia, eficiencia, economía y calidad en el logro de estos objetivos. Esta constituido por la Contraloría General de la República y demás órganos de control externo (Contasti y Otros, 2007, p. 387). El sistema de control interno: El sistema de control interno se encuentra regulado tanto en la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y Sistema Nacional de Control Fiscal, como en la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público. En esta última se dispone, en su artículo 131, que tiene por objeto asegurar el acatamiento de las normas legales; salvaguardar los recursos y bienes que integran el patrimonio público de la institución; asegurar la obtención de información administrativa, financiera y operativa, útil, confiable y oportuna, para la toma de decisiones, promover la eficiencia de las operaciones y lograr el cumplimiento de los planes y presupuestos, en concordancia con las políticas prescritas y con los objetivos y metas propuesto. Asimismo, garantizar razonablemente la rendición de cuentas (Contasti y Otros, 2007, p. 389). Fundamentación jurídica de la ejecución del presupuesto: Son las principios y normas, constitucionales y legales, que establecen como objetivo fundamental garantizar el uso racional de los recursos públicos. Estos principios están dirigidos a la obligación de practicar acciones de evaluación en los diferentes niveles de la administración pública. Entre estas normas se encuentran la Constitución Nacional y la LOAFSP (Contasti y Otros, 2007, p. 443).

Competencia: En el ámbito global la evaluación del presupuesto corresponde realizarla a la ONAPRE y en cada órgano u ente, a la unidad de presupuesto y a los responsables de cada categoría programática. Adicionalmente, los particulares y las organizaciones de la sociedad tienen derecho a participar en la evaluación de la ejecución presupuestaria de acuerdo con el nivel político correspondiente, y de conformidad con lo que establezca la Ley. A tal efecto, la Oficina Nacional de Presupuesto, someterá periódicamente el diseño de los indicadores de gestión previstos constitucional y legalmente (Contasti y Otros, 2007, p. 444). Objetivos de la ejecución del presupuesto: Es evidente que el objetivo primordial de todo sistema de evaluación de la ejecución presupuestaria es promover el aumento de los niveles de eficacia, eficiencia y calidad de la gestión pública. Adicionalmente, un sistema de evaluación presupuestaria debe permitir: A los niveles decisorios: conocer la marcha de los principales productos que contribuyen al logro de los equilibrios establecidos en el Plan de Desarrollo Económico. A los niveles gerenciales: una adecuada comparación de los productos programados y los ejecutados, a los fines de conocer la eficacia, eficiencia y calidad del desempeño del organismo. A la sociedad en general: tener certeza de que se dispone de mecanismos que aseguran el uso racional, estratégico y transparente de los recursos asignados a las instituciones públicas. Tipos de evaluación: La evaluación se puede realizar sobre todos los elementos del sistema presupuestario y es aplicada a cada una de sus fases, razón por la cual podrían considerarse los siguientes tipos: Por lo objetos a evaluar, por la etapa o proceso del presupuesto, por los elementos de la programación presupuestaria, por la periodicidad de la evaluación, por el nivel de análisis (Contasti y Otros, 2007, p. 445). Oportunidad de la evaluación: La evaluación no sólo se realiza en determinados períodos o subperíodos, sino que constituye un proceso continuo, ya que en toda acción que implique combinación de recursos para el logro de resultados, se debe evaluar la procedencia, oportunidad, coherencia, conveniencia, eficacia, eficiencia, de las acciones realizadas y los recursos aplicados, así como el logro del resultado esperado (Contasti y Otros, 2007, p. 447). Fundamentación jurídica de la liquidación del presupuesto: La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y el Reglamento

N 1 de la misma, establecen la obligatoriedad de cerrar las cuentas presupuestarias de recursos y egresos al 31 de diciembre de cada año, tanto de la República como de sus entes descentralizados sin fines empresariales. A tales efectos, se reunirá información de las dependencias responsables de la liquidación y captación de ingresos, así como la referida a los gastos, cuya información, conjuntamente con la relacionada con la producción de bienes y servicios y los correspondientes análisis de las relaciones entre los mismos, que debe elaborar la Oficina Nacional de Presupuesto, se centralizará en la Oficina Nacional de Contabilidad a los fines de la elaboración de la Cuenta General de Hacienda, que a su vez el Ejecutivo Nacional debe remitir a la Asamblea Nacional (Contasti y Otros, 2007, p. 479). Objetivos de la liquidación del presupuesto: Son sus objetivos: Disponer de la información necesaria para la rendición de cuentas institucionales, ante las instancias que aprobaron el presupuesto y los Órganos de control competentes. Determinar y presentar los montos de los ingresos liquidados y recaudados, y de los gastos comprometidos, causados y pagados durante el ejercicio presupuestario. Determinar y relacionar los gastos comprometidos pendientes de causación al cierre del ejercicio. Determinar y relaciona los gastos causados y no pagados al cierre del ejercicio. Precisar el resultado financiero del presupuesto y la variación de caja. Realizar el cierre de las cuentas de recursos y egresos, tanto reales, como presupuestario. Determinar la ejecución física de metas y volúmenes de trabajo efectivamente realizados en el ejercicio, a los fines de la evaluación de la ejecución presupuestaria (Contasti y Otros, 2007, p. 480). Oportunidad del cierre: La Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público y su Reglamento N 1 obligan a elaborar el cierre de cuentas al término del ejercicio, pero obviamente y, a los fines del control y evaluación, podrán elaborarse cierres por subperíodos, con el objeto de determinar los resultados económico financiero, la situación financiera y demás estados financieros para dichos subperíodos, establecer comparaciones con los mismos estados programados para iguales subperíodos y así, determinar las desviaciones absolutas y relativas requeridas para la evaluación presupuestaria. No obstante, la aplicación de los procedimientos legales sobre la ejecución financiera que queda en proceso, relativa a los compromisos no causados y a los gastos no pagados, sólo deben realizarse al final del ejercicio y en el año siguiente (Contasti y Otros, 2007, p. 480).

Operaciones al cierre del ejercicio y su año siguiente: Estas son realizadas por los órganos de la República (elaboración relación de gastos comprometidos y no causados, reintegrar al tesoro nacional los remanentes de los fondos de avance, remitir a la Oficina Nacional de Contabilidad Pública la información sobre los gatos causados y no pagados, reintegrar todos los fondos en anticipo que tenga en su poder, y relacionar los gastos causados y no pagados). También los entes descentralizados sin fines empresariales de la República realizan este tipo de operaciones al cierre del ejercicio y año siguiente (remitir a la unidad administradora central la información sobre gastos comprometidos y no causados, reintegrar los remanentes de los fondos recibidos no causados, informar sobre los gastos causados y no pagados, así como reintegrar todos los fondos que tenga en su poder correspondientes a los gastos causados y no pagados) (Contasti y Otros, 2007, p. 482). Estados e informes requeridos: Los órganos de la República y sus entes descentralizados, facilitarán a la Oficina Nacional de Contabilidad Pública, las informaciones que se requieran para la liquidación, el cierre de las cuentas y la formación de la Cuenta General de Hacienda. Además, remitirán a la Oficina Nacional de Presupuesto la información de la ejecución de metas y volúmenes de trabajo ejecutados, conjuntamente con los análisis relativos a las vinculaciones entre los gastos causados y las metas alcanzadas a nivel de categorías programáticas, justificando debidamente las diferencias observadas, en relación a lo presupuestado, todo de acuerdo con las instrucciones correspondientes dictadas por dichas oficinas (Contasti y Otros, 2007, p. 484).

ANEXO B. VERSIÓN FINAL DEL INSTRUMENTO

I.- IDENTIFICACIÓN DEL EXPERTO: Nombre: Titulo de Pregrado: Titulo de Postgrado: Titulo de Doctorado: II.- IDENTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN 2. TÍTULO EVALUACIÓN DEL PROCESO PRESUPUESTARIO DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MARACAIBO (IVIMA) 2. INFORMACIÓN ADICIONAL 2.1. TIPO DE INVESTIGACIÓN La presente investigación es de tipo evaluativa, descriptiva, de campo. 2.2. DISEÑO DE INVESTIGACIÓN campo. El diseño se considera no experimental, transversal y descriptiva de 2.3. POBLACIÓN En el caso específico de este estudio, la población censal será finita, pues el número de unidades que la integran es manejable para los

investigadores por no ser tan elevado. Por consiguiente, la población censal quedará conformada por los trabajadores del Instituto de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA) relacionados con la actividad presupuestaria (10 sujetos), quienes serían los beneficiarios directos del análisis del proceso presupuestario de dicha institución.. Cuadro 2 Distribución de la Población CARGOS NÚMERO Jefe de Oficina de Presupuesto 1 Analista de Presupuesto Grado I 1 Analista de Presupuesto Grado II 1 Contabilista Grado I 4 Jefe de Contraloría Interna 1 Auditor Interno Grado II 1 Contador Grado II 1 TOTAL 10 Fuente: Instituto de la Vivienda de Maracaibo (IVIMA, 2012) 2.4. TÉCNICA DE OBSERVACIÓN La técnica de observación utilizada fue la observación mediante encuesta. 2.4.1 INSTRUMENTO (S) El cuestionario estará conformado por 102 preguntas que tendrán como opción de respuestas las siguientes alternativas: Siempre/Casi siempre/a veces/casi nunca/nunca.

JUICIO DEL EXPERTO 7. Los ítems son pertinentes con los objetivos? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 8. Los ítems son pertinentes con la variable? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 9. Los ítems son pertinentes con las dimensiones? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 10. Los ítems son pertinentes con los indicadores? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 11. Considera que la redacción es la adecuada? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: 12. Considera válido este instrumento? Suficiente Medianamente suficiente Insuficiente Observaciones: NOMBRE Y FIRMA DEL EXPERTO FECHA DE VALIDACIÓN: EXPEDIENTE Nº 31.03.11 ESTA PLANILLA DEBE ENTREGARSE A LA COORDINACION UNA VEZ REVISADO EL INSTRUMENTO POR EL EXPERTO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD DR. RAFAEL BELLOSO CHACÍN FACULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS ESCUELA DE CONTADURÍA PÚBLICA CUESTIONARIO EVALUACIÓN DEL PROCESO PRESUPUESTARIO DEL INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE MARACAIBO (IVIMA) MARACAIBO, MAYO DE 2012

CUESTIONARIO ÍTEMS OPCIONES DE RESPUESTA EN EL IVIMA: S CS AV CN N 1.Se utiliza la base legal y reglamentaria que norma el proceso de formulación presupuestaria 2.Se aplica la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público para la formulación de recursos 3.Se aplica la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público para la formulación de egresos 4.Se aplica el Reglamento N 1 de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público para la formulación de recursos 5.Se aplica el Reglamento N 1 de Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público para la formulación de egresos 6.Las políticas presupuestarias previas están establecidas de forma clara 7.Las políticas presupuestarias previas se aplican antes de dar inicio al proceso de formulación del presupuesto 8.Se guía por las políticas presupuestarias previas para la elaboración de los anteproyectos de presupuesto 9.Se guía por las políticas presupuestarias previas para la elaboración de los proyectos de presupuesto 10.Al elaborar el anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos, se estiman los ingresos y recursos procedentes de fuentes financieras 11.En el anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos se estiman las proyecciones de gastos 12.En el anteproyecto preliminar del presupuesto de recursos se calcula el aporte por concepto de transferencias de capital que se solicitará ante el Ejecutivo Nacional paras el año presupuestado 13.La elaboración del anteproyecto de recursos definitivo se inicia con la recepción por la máxima autoridad del órgano, de la política presupuestaria específica aprobada por el ejecutivo nacional 14. La elaboración del anteproyecto de recursos definitivo expresa la cuota máxima de recursos de que dispondrá la institución 15. La elaboración del anteproyecto de recursos definitivo refleja la forma lógica como se debe producir el proceso descendente de la desagregación de la política presupuestaria 16.El anteproyecto preliminar de egresos estima todos los gastos de personal requeridos para la producción de los bienes y servicios institucionales Leyenda: Siempre (S), Casi siempre (CS), A veces (AV), Casi nunca (CS), Nunca (N)