INCENTIVOS TRIBUTARIOS

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Transcripción:

INCENTIVOS TRIBUTARIOS Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión (COPCI) Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) Más información : www.sri.gob.ec/web/guest/matriz

IMPUESTOALENTAA través del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversión (COPCI) y la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno (LORTI) el Estado ecuatoriano garantiza estabilidad tributaria para las inversiones en el país. A continuación, una guía de los incentivos tributarios para estimular el desarrollo de nuevos proyectos. Incentivo Aplicación Disposición ARReducción de 3 puntos porcentuales del IR (22%), no aplicable a personas constituidas/ubicadas en paraísos fiscales o regímenes de menor imposición (25%). Exoneración del pago de Impuesto a la Renta por los primeros 10 años de operaciones (12 años para inversiones en cantones fronterizos) (2)s. Exoneración del pago del Impuesto a la Renta por los primeros cinco años de operaciones, para inversiones nuevas en sectores y zonas priorizados. Rebaja adicional de cinco puntos porcentuales en la tarifa de impuesto a la renta para administradores y operadoras de. Exoneración del anticipo al Impuesto a la Renta: Pago del anticipo después de 5 años de operación efectiva. Reforma calculo del anticipo del IR: Para calcular el anticipo se excluyen montos relacionados a gastos incrementales por: generación de nuevo empleo o mejora de la masa salarial, - la adquisición de nuevos activos destinados a la mejora de la productividad e innovación tecnológica, y - inversiones y gastos efectivamente realizados, relacionados con los beneficios tributarios para el pago del impuesto a la renta que reconoce el COPCI para las nuevas inversiones (3). Deducción de 100% adicional para el cálculo del Impuesto a la Renta para la depreciación y amortización que correspondan a: la adquisición de maquinarias, equipos y tecnologías destinadas a la implementación de mecanismos de producción más limpia, - mecanismos de generación de energía de fuente renovable (solar, eólica o similares),- la reducción del impacto ambiental de la actividad productiva, y - la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. * Industrias Básicas Sectores priorizados (SE sólo por decreto) (IB no se benefician por exoneración por 10 años) COPCI Art 24(1)(a); LORTI Art.37 COPCI Art. 24(2) y LORTI Art. 9.2 COPCI Art. 24(2) y LORTI Art. 9.1 LORTI Art. 37( ) COPCI Art. 24(1)(h); LORTI 41(2)(b) COPCI Art. 24(1)(i); LORTI 41(2)(m) COPCI Art. 24(1)(c); COPCI Art. 235; LORTI Art. 10(7) Deducción para el cálculo para del impuesto a la Renta de la compensación adicional para el pago del salario digno. 100% deducción adicional de costo de contratar a nuevos trabajadores por cinco años para nuevas inversiones en zonas deprimidas. -Zonas depriminas COPCI Art. 24(1)(f); LORTI Art. 10(9) COPCI Art. 24(3); LORTI Art. 10(9) * = Inversión productiva, IB, SE

investment@sectoresestrategicos.gob.ec

Categoría Incentivo Aplicación Disposición Reducción de 10 puntos porcentuales de la tarifa del impuesto a la Renta sobre monto reinvertido en activos productivos. COPCI Art. 24(1)(a); LORTI Art. 37 Impuesto a la Renta Amortización acelerada (de línea recta, entre 5 y 10 años, de costos incurridos por (1) los concesionarios mineros para tener acceso a las reservas de minerales y (2) construcción o mejoramiento de infraestructura del Estado. Mnería Reg. de Contabilidad Minera, Art. 20 Exoneración del pago de IVA para bienes y servicios exportados. LORTI Art. 55(8) (bienes) y 56(14) (servicios) IVA Exoneración del pago de IVA para bienes importados, a operadores o administradores de siempre que: los bienes importados sean destinados exclusivamente a la zona autorizada, o incorporados en alguno de los procesos de transformación productiva allí desarrollados. LORTI Art. 55(9)(e) Crédito tributario por el IVA pagado en la compra de materias primas, insumos y servicios provenientes del territorio nacional, que se incorporen al proceso productivo. LORTI Art. 57 Aranceles Exoneración del pago de aranceles de las mercancías extranjeras que ingresen a, para el cumplimiento de los procesos autorizados. COPCI Art. 46

otroscategoría Incentivo Aplicación Disposición Beneficios para la apertura del capital social de las empresas a favor de sus trabajadores: las empresas cuyo capital accionario, en un monto no menor al 5%, se transfiera a título oneroso a favor de al menos el 20% de sus trabajadores, podrá diferir el pago de su impuesto a la renta y su anticipo, hasta por cinco ejercicios fiscales, con el correspondiente pago de intereses, calculados en base a la tasa activa corporativa. Facilidades para pago en tributos al comercio exterior. Inversiones productivas Inversiones productivas COPCI Art. 24(1)(d); LORTI Art. 39.1 COPCI Art. 24(1)(e) Se puede estabilizar el cálculo de precio base contractual para la aplicación del impuesto a los ingresos extraordinarios. Ajuste soberano: Se considera todo el período del contrato periodo base/ base de cálculo/fiscalización/auditoria/control. Se puede estabilizar cálculo de incentivos. Derecho a igual tratamiento, mecanismo y condición de garantía y/o pago en la compra de energía, que el aplicado para las transacciones internacionales de electricidad, acorde con las normativas de la Comunidad Andina. Minería Minería Generación de energía eléctrica Reglamento a la Ley de Minería, rts. 86.1 Reglamento a la Ley de Minería, Arts. 86.2-86.7 COPCI Art. 98 Posibilidad de incluir en CI compromisos contractuales que sean necesarios para el desarrollo de la nueva inversión (incluyendo tarifas eléctricas), según lo acordado en el Contrato de Inversión. COPCI Art. 25

Categoría Incentivo Aplicación Disposición Impuesto a la salida de divisas Exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas : para amortización de capital + interés de operaciones de financiamiento externo para inversiones COPCI. (Zona Especial de Desarrollo económico): financiamiento externo + importación de bienes y servicios de operado ras y administradoras. y COPCI Art. 24(1)(g) (inversiones productivas); Ley Reformatoria para la Equidad Tributaria Art. 159 (inversiones productivas y ) Estabilidad sobre los incentivos tributarios, en el tiempo de vigencia de los contratos de inversión. COPCI Art. 24-25; Reg. COPCI Art. 32 stabilidacopci Art. 26( )EdEstabilidad normativa tributaria con plazo máximo del contrato de inversión: Minería metálica a mediana y gran escala: - Estabiliza IR, ISD, IVA y otros impuestos nacionales directos. - Sin inversión mínima. - Automática. Inversiones en industrias básicas y otros sectores e que contribuyan al cambio de la matriz productiva: - Estabiliza IR, ISD y otros impuestos nacionales directos. - Inversión mínima mayor que $100 millones. - Prima de 3 puntos porcentuales adicionales de IR, excepto Industrias Básicas. (con requisitos)