ANTIOQUIA ANEXO 6 ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACION.

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Transcripción:

ANEO 6 ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA DETERMINAR LA CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD DE LA CONTRATACION. De conformidad con lo dispuesto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993. (Numeral 12 modificado por el artículo 87 de la ley 1474 de 2011), el artículo 2 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la ley 1474 de 2011) y el articulo 3.5.2 del decreto 0734 de 2012, en concordancia con el capitulo V, por el cual se reglamenta la modalidad de selección de Mínima Cuantía. 1. JUSTIFICACION: Que en cumplimiento de los principios de transparencia y responsabilidad que rigen la contratación pública, y en especial por la ley 1150 de 2007, Y decreto 0734 de 2012. De acuerdo con el artículo 67 de la Constitución Política, la educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social, que debe procurar el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la tecnología, y a los demás bienes y valores de la cultura, y en concordancia con los artículos 45, y 52 de la Carta Constitucional, la formación integral debe comprender, además, la práctica del deporte, la creación y el aprovechamiento del tiempo libre para el mejoramiento cultural, científico y tecnológico y para la protección del medio ambiente, garantizando la participación activa de los jóvenes. La ley 375 de 1997(ley de la Juventud) establece las políticas que deben orientar la formación integral del joven en todas sus dimensiones, marco normativo para la definición del Plan Nacional de Bienestar de los Alumnos en el Servicio Nacional del Aprendizaje SENA. El artículo 2 de la ley 119 de 1994 establece que el servicio nacional de Aprendizaje SENA tiene la misión de ofrecer y ejecutar la formación profesional integral para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país, formación que hace parte del servicio público educativo. Por lo tanto, la Formación Profesional Integral debe contar con una estructura normativa y un plan general de bienestar que

propicien la promoción y ejecución de acciones tendientes a la creación de ambientes educativos que faciliten el desarrollo del potencial individual y colectivo de los alumnos. Que el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA en cabeza de la Dirección General adopta el Plan Nacional de Bienestar de los Alumnos, según lo previsto en el Decreto 249 de 2004, articulo 4, numeral 10, a fin de que los subdirectores de los centros de formación profesional dirijan la implementación anual del programa de Bienestar de los alumnos, dando cumplimiento a lo ordenado en el artículo 27, numeral 19 de la misma disposición, en concordancia con el plan Nacional Integral de Bienestar a los Alumnos según Resolución No 000655 del 22 de abril de 2005, en su artículo 9. Que en vista de lo anterior el centro desde el área de bienestar al alumnado realiza una serie de convivencias con los grupos de formación, en los cuales se interactúa con los aprendices mediante actividad lúdica, deportivas y de desarrollo personal, además salidas pedagógicas en el transcurso de la vigencia, por otro lado se acordó en complejo realizar el apoyo de transporte de una ruta para los aprendices con menos recursos económicos, por todo lo anterior se requiere adelantar una contratación para el suministro de transporte. 1. Descripción del objeto a contratar: Objeto: Suministro de transporte para los aprendices del centro, que se desplazan desde y hacia el Centro de formación en convivencias, salidas pedagógicas, actividades académicas, deportivas, culturales, recreativas y para aquellos aprendices con situación económica vulnerable del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda. Especificaciones esenciales: A continuación se relacionan los ítems del servicio. origen destino observaciones SENA Itaguí servicio urbano medellin ida y regreso SENA Itaguí comfama la estrella ida y regreso SENA Itaguí comfama Girardot ida y regreso SENA Itaguí comfama rionegro ida y regreso SENA Itaguí parque los tamarindos ida y regreso SENA Itaguí Barbosa ida y regreso SENA Itaguí parque arvi ida y regreso

origen destino observaciones Estación niquia, ruta paralela, En el horario de parada en la estación bello, las 5:00am, estación tricentenario, estación salida de la terminal del norte, SENA central, estación niquia, avenida oriental, parque para llegar a las sanantonio, alpujarra, iglesia Cristo 6:00am al rey, parque de las chimeneas, complejo sur complejo sur- Itaguí. solo llevada Debe tener disposición de 1 bus con capacidad de 40 personas Tener el vehículo en perfectas condiciones de mantenimiento con toda la documentación en regla además del debido aseo e higiene. se programaran las convivencias recorrido desde el Sena a los diferentes Comfama. De los anteriores recorridos el SENA podrá solicitar otros acordes al objeto contractual como salidas pedagógicas, salidas deportivas, culturales y formativas. El parque automotor suministrado debe ser modelos de 2007 El oferente deberá suministrar la copia del acto administrativo sobre la capacidad transportadora y el listado de los vehículos expedido por el ministerio de transporté donde se constate una capacidad trasportadora que cubra el 100% de los vehículos y modelos 2007 o superior, requeridos con el fin de dar cumplimiento al objeto del contrato. El proponente deberá manifestar mediante certificación expedida por el representante legal que se encuentra al día en el cumplimiento de las siguientes obligaciones: Licencia de Transito de los vehículos: El proponente deberá certificar que los vehículos con los que cuentan para el servicio tienen esta licencia, requisito que será constatado con el certificado emitido por el Ministerio de Transporte. Licencias de conducción de los conductores: El proponente deberá certificar que los conductores de los vehículos con los que cuentan para el servicio tienen licencia de conducción, de conformidad con las normas vigentes para tales efectos, y paz y salvo de los impuestos del vehículo exigidos por ley 2. Obligaciones generales: El contratista se comprometerá a cumplir con las siguientes obligaciones: a) Ejecutar el objeto contractual en condiciones de eficiencia, oportunidad y calidad de conformidad a los parámetros establecidos en el SENA.

b) Avisar al SENA dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes al conocimiento del hecho o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del contrato o que puedan poner en peligro los intereses legítimos del SENA. c) Ejecutar el objeto del Contrato en los plazos establecidos, bajo las condiciones económicas, técnicas y financieras estipuladas en las cláusulas correspondientes y de acuerdo con su propuesta y la solicitud de cotización los cuales hacen parte vinculante del Contrato. d) Proveer el servicio o productos de óptima calidad. e) Reemplazar los productos y/o bienes que resulten defectuosos o de mala calidad dentro del término señalado por el SENA por productos con las características técnicas requeridas por el SENA, de no efectuarse se procederá por parte del SENA a declarar el siniestro de incumplimiento y/o a solicitar el pago de las multas señaladas en el contrato. f) Avisar al SENA, dentro del día hábil siguiente a conocida su existencia, la causal de incompatibilidad o inhabilidad sobreviniente. g) El CONTRATISTA es el único responsable por la vinculación de su personal y la celebración de subcontratos todo lo cual debe realizar en su propio nombre y por su propia cuenta y riesgo sin que el SENA adquiera responsabilidad ni solidaridad alguna por dichos actos. h) Permanecer a paz y salvo en el pago de aportes al sistema de seguridad social integral, parafiscales y contratación de aprendices, durante todo el tiempo de ejecución del contrato y acreditar ese paz y salvo actualizado cada vez que se lo requiera el SENA, por cuanto es un requisito previo para los pagos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. i) Las demás contempladas en el artículo 5 de la Ley 80 de 1993 y las que se deriven directamente del objeto contractual. 3. Fundamentos jurídicos que soportan la modalidad de selección De conformidad con lo dispuesto en los numerales 7 y 12 del artículo 25 de la ley 80 de 1993. (Numeral 12 modificado por el artículo 87 de la ley 1474 de 2011), el artículo 2 de la ley 1150 de 2007, modificado por el artículo 94 de la ley 1474 de 2011) y el articulo 3.5.2 del decreto 0734 de 2012, en concordancia con el capitulo V, por el cual se reglamenta la modalidad de selección de Mínima Cuantía. 4. Análisis técnico y económico que soporta el valor estimado del contrato, indicando variables consideradas para calcular el presupuesto de la contratación. Que para determinar los costos se conformo un grupo funcionarios y contratistas desde la subdirección el cual realizo el estudio de mercado presentando de una pre - cotización que respaldan el valor económico de la presente contratación, además del comportamiento de la ejecución de la vigencia 2011. Que los recursos económicos dispuestos provienen del Presupuesto General de Rentas y Gastos de la Entidad

dentro de la vigencia 2012, asignados específicamente para el servicio a desarrollar y que es viable, conveniente y oportuno adelantar el proceso de selección y Contrato respectivo para satisfacer la necesidad aquí determinada. 5. Justificación de los factores de selección que permitan identificar la oferta más favorable para la Entidad La entidad seleccionará mediante comunicación de aceptación de la oferta al proponente con el precio más bajo siempre y cuando cumpla con las condiciones señaladas en esta invitación. La comunicación contendrá los datos de contacto de la Entidad y del supervisor e interventor designado así como un anexo con las condiciones de modo, tiempo y lugar para la ejecución del contrato. La selección se efectuará con base en el siguiente procedimiento: a) El SENA establecerá el orden de escogencia de ofertas teniendo como base el precio más bajo, siempre que se encuentre en condiciones de mercado, no supere el presupuesto oficial y no tenga un precio artificialmente bajo. b) Establecido este orden, se verificará el cumplimiento de los requisitos mínimos habilitantes para el oferente que tenga el precio más bajo. c) En caso que este no cumpla con los requisitos habilitantes exigidos, se podrá contratar con el oferente que haya presentado el segundo menor precio previa verificación de sus calidades habilitantes. d) En caso de que el segundo tampoco cumpla con los requisitos habilitantes, se verificarán las de quien presentó el tercer tercer menor precio y así sucesivamente hasta obtener un oferente habilitado. e) Si sólo se presenta una oferta, esta se aceptará siempre que satisfaga los requerimientos contenidos en la invitación pública. f) En caso de empate la entidad adjudicará a quien haya entregado primero la oferta entre los empatados, según el orden de entrega de las mismas. 6. Estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que puedan afectar el equilibrio económico del contrato. ASIGNACIÓN DEL RIESGO No DESCRIPCIÓN(TIPIFICACIÓN) OBSERVACIONES SENA CONTRATISTA Incluirán aquellos eventos relacionados con variaciones 1 RIESGO JURÍDICO normativas de obligatorio cumplimiento para una o ambas partes, que incidan en el

costo directo o indirecto hasta el punto de afectar el equilibrio económico del Contrato. Vinculación de personal y la 2 PERSONAL Y EQUIPO celebración de subcontratos para la ejecución del objeto contratado. No discriminación del IVA, si pertenece al régimen común. En 3 RIESGO ECONÓMICO caso de no indicarlo, este nuevo valor no podrá ser reconocido por el SENA y el PROPONENTE deberá asumir el costo del impuesto, Aumento de precios del mercado 4 RIESGO DE MERCADO para materiales. Fluctuación en demanda y oferta de los productos. Hechos o circunstancias que puedan incidir en la no oportuna o debida ejecución del Contrato o que puedan poner en peligro los 4 RIESGO ALTERACION DE CONDICIONES DELCONTRATO intereses legítimo del SENA y que no se pongan en conocimiento del SENA. Bienes, productos o elementos que resulten defectuosos o de mala calidad o elementos defectuosos o de especificaciones diferentes o inferiores a los requeridos. Cambios de acuerdo con sus necesidades la fecha, sitio (dentro 6 CAMBIO EN LUGAR DE ENTREGA de la ciudad) y horario que haya establecido para la entrega y el proveedor se obliga de conformidad con dichos cambios. Previamente. y con mínimo dos (2)

días de anticipación a la fecha prevista para la entrega, el SENA notificará por escrito o telefónicamente los cambios mencionados. Aumento en costos de mano de calificada fuera de equilibrio de precios del mercado. RIESGOS TECNICOS Ocurrencia de accidentes de trabajo por fallas en los sistemas de seguridad industrial y seguridad social. Retraso en la programación del servicio imputable al contratante. Posibles daños que se ocasionen a las instalaciones proporcionadas para el objeto del contrato 7. Análisis que sustentan la exigencia de los mecanismos de cobertura que garantizan las obligaciones tanto del proceso de selección como del contrato. Teniendo en cuenta el valor de la contratación se incluirá en el contrato la cláusula de multa, la cláusula penal pecuniaria, además EL CONTRATISTA deberá constituir a favor de EL SENA ante una entidad bancaria o compañía de seguros legalmente autorizada para funcionar en Colombia, garantía única que avale el cumplimiento de las obligaciones surgidas del contrato en los siguientes porcentajes y términos: 1.Poliza de cumplimiento de las obligaciones equivalente al 20% del valor total del contrato, por el término de duración del mismo y cuatro (4) meses más. 2-Póliza de Responsabilidad civil extracontractual: Para garantizar la responsabilidad civil frente a terceros, derivada de la ejecución del contrato, en cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor total del contrato, que cubra los siguientes amparos:, gastos médicos inmediatos, responsabilidad patronal y de contratistas vigente durante el plazo del contrato.

8. Los aspectos derivados del proceso que soporten los requerimientos técnicos descritos en el estudio de condiciones. Dentro de la ejecución del objeto antes descrito, el contratista que resulte favorecido en el proceso de contratación de mínima cuantía, deberá contar con el tiempo, insumos, y servicio de acuerdo al objeto contractual; además deberá certificar su capacidad e Idoneidad mediante los documentos jurídicos que serán requeridos por el Centro, 9. Plazo de ejecución Cuatro meses a partir de la legalización del contrato, y la debida firma del acta de inicio. 10. Lugar de Ejecución o sitio de entrega de los bienes De acurdo a cronograma suministrado por el centro. 11. Presupuesto Estimado El presupuesto para la presente contratación es de; veinte millones de pesos $20.000.000 incluido el IVA, NO INCLUYE EL 4 x 1000. Recursos: Con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 5912 del 05 de junio de 2012. 12. Forma de Pago El SENA cancelará al CONTRATISTA los productos objeto del presente contrato, mediante pagos parciales dentro de los veinte (20) días siguientes al recibo a satisfacción del SENA, evidenciado a través de certificación de la interventoría y/o supervisor // Para la realización de cualquier pago el contratista deberá acreditar previamente encontrarse al día en el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y Parafiscales, además el CONTRATISTA debe anexar la correspondiente factura. // Si las facturas no han sido bien elaboradas o no se acompañan de los documentos que la respalden, los términos anteriores solo empezarán a contarse desde la fecha en que quede corregida la cuenta o factura o desde aquella en que se haya aportado el último de los documentos. // Todas las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del PROVEEDOR, quien no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza. 12. Supervisión

Una vez legalizado el contrato el Sena, designará un Interventor para el mismo, quien tendrá la facultad de inspeccionar en cualquier tiempo, el desarrollo del contrato, incluyendo las especificaciones técnicas, así como la calidad del servicio, de los productos ofrecidos e igualmente velar por el estricto cumplimiento de su objeto. El interventor ejercerá funciones de supervisión, vigilancia técnica, administrativa y financiera del contrato. El presente estudio fue elaborado por el comité de compras y licitaciones del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda, quienes suscribirán un acta dejando constancia del análisis de las propuestas que se presenten dentro del proceso a iniciar. En constancia de lo anterior se firma en Itaguí a los 5 de junio de 2012 Maria Nela Galeano Subdirectora del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda.

ANEO 3 CONTROL SOCIAL En cumplimiento de lo ordenado en la ley 850 de 2003 y de acuerdo a la directriz No 004 del 2009 de la dirección General, el Subdirectora del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda de la Regional Antioquia se permite iniciar el siguiente proceso e invita a las Veedurías Ciudadanas, con el objeto de que ejerzan el Control Social, al siguiente proceso de contratación: Tipo de Contratación: CONTRATACION DE MINIMA Objeto Suministro de transporte para los aprendices del centro, que se desplazan desde y hacia el Centro de formación en convivencias, salidas pedagógicas, actividades académicas, deportivas, culturales, recreativas y para aquellos aprendices con situación económica vulnerable del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda. Presupuesto Estimado: El presupuesto para la presente contratación es de; veinte millones de pesos $20.000.000 incluido el IVA, NO INCLUYE EL 4 x 1000. Recursos: Con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 5912 del 5 de junio de 2012. Los documentos soporte podrán ser consultados en Calle 63 58b-03 PB: 5149290,3702070 Itaguí, Antioquia Itaguí 5 de junio de 2012

ANEO 6 A AUTORIZACIÓN DE LOS CONTRATOS DE SUMINISTRO, Y/O MANTENIMIENTO Y/O REPOSICION Y/O MANTENIMIENTO DEL PARQUE AUTOMOTOR EL SUBDIRECTOR (E ) DEL CENTRO DE FORMACIÓN EN DISEÑO, CONFECCIÓN Y MODA DEL SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA ANTIOQUIA CERTIFICA: Que para garantizar el normal funcionamiento de los ambientes de formación el Centro requiere de: Suministro de transporte para los aprendices del centro, que se desplazan desde y hacia el Centro de formación en convivencias, salidas pedagógicas, actividades académicas, deportivas, culturales, recreativas y para aquellos aprendices con situación económica vulnerable del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda. OBJETO UNIDAD DE MEDIDA NUMERO DE BIENES VALOR UNITARIO VALOR TOTAL PLAZO MAIMO Suministro de transporte para los aprendices del centro, que se desplazan desde y hacia el Centro ($20.000.000). ($20.000.000). de formación en convivencias, Incluido el IVA y Sin Incluido el IVA salidas pedagógicas, actividades Incluir el 4x1000. académicas, deportivas, culturales, UN 1 y Sin Incluir el recreativas y para aquellos 4x1000. aprendices con situación económica vulnerable del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda. Recursos: Con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No 5912 del 5 de junio de 2012 Cuatro meses y/o hasta agotar partida presupuestal contados a partir de la legalización del contrato, y la debida firma del acta de inicio. MARIA NELA GALEANO Subdirectora del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda CERTIFICA Con base en lo anterior, el Director Regional autoriza la contratación de acuerdo con la Directriz jurídica No 08 de 2012, manual de contracción acorde al Numeral 17 artículo 15 del decreto 249 de 2004, resolución 2039 de 2004, articulo 7 paragrafo1 y resolución 159 de 2008. No obstante para suscribir el correspondiente contrato de suministro el Subdirector del Centro debe contar con los estudios previos adscritos de acuerdo al decreto 0734 de 2012. La presente certificación se expide conforme a lo dispuesto en la resolución No 00159 de enero 2008 por la cual se efectúan unas delegaciones especiales. Autorización No. Por constancia se firma en Medellín, a los; JOHN JAIRO GOMÉZ RODAS DIRECTOR DE LA REGIONAL ANTIOQUIA

ANEO 1 CERTIFICACION DEL SUBDIRECTORA DEL CENTRO SOBRE INEISTENCIA DE PERSONAL DE PLANTA PARA LA ACTIVIDAD QUE SE PRETENDE CONTRATAR EL SUSCRITO SUBDIRECTOR ENCARGADO DEL CENTRO DE FORMACIÓN EN DISEÑO, CONFECCIÓN Y MODA CERTIFICA Que revisada la planta de personal del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda y una vez verificada la existencia de elementos en el almacén general del complejo sur, se comprobó que no se cuenta con el Suministro de transporte para los aprendices del centro, que se desplazan desde y hacia el Centro de formación en convivencias, salidas pedagógicas, actividades académicas, deportivas, culturales, recreativas y para aquellos aprendices con situación económica vulnerable del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda. En constancia de lo anterior se firma en Itaguí, a los 5 de junio de 2012 Maria Nela Galeano Subdirectora del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda

JUSTIFICACION Que en vista de lo anterior el centro desde el área de bienestar al alumnado realiza una serie de convivencias con los grupos de formación, en los cuales se interactúa con los aprendices mediante actividad lúdica, deportivas y de desarrollo personal, además salidas pedagógicas en el transcurso de la vigencia, por otro lado se acordó en complejo realizar el apoyo de transporte de una ruta para los aprendices con menos recursos económicos, por todo lo anterior se requiere adelantar una contratación para el suministro de transporte. OBJETO Suministro de transporte para los aprendices del centro, que se desplazan desde y hacia el Centro de formación en convivencias, salidas pedagógicas, actividades académicas, deportivas, culturales, recreativas y para aquellos aprendices con situación económica vulnerable del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda. Maria Nela Galeano Subdirectora del Centro de Formación en Diseño, Confección y Moda