Jornadas de Derecho Marítimo sobre Protección del Ambiente Marino

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LAS COBERTURAS DE SEGUROS Y LOS DAÑOS AL AMBIENTE MARINO CLASIFICACION DE LAS FUENTES DE POLUCION MARINA SEGÚN RAMO SEGUROS Riesgo Terrestre Terminales Portuarias Riesgo Marítimo - Transporte por buque Riesgo Energía/Marítimo Plataformas fijas Plataformas MOU El mayor impacto ambiental sobreviene de accidentes de buques COBERTURAS DE SEGUROS QUE DISPONEN LOS BUQUES CASCO Y MAQUINAS PANDI Responsabilidades

LAS COBERTURAS DE SEGUROS Y LOS DAÑOS AL AMBIENTE MARINO COBERTURA DE CASCO Y MAQUINAS Daños materiales al bien objeto del seguro Gastos emergentes de salvamento Contribución a la Avería Gruesa 3/4 de la S. Aseg. en Responsabilidad por colisión

COBERTURA PANDI Protection and Indemnity CLUB DE PANDI: ORIGEN: TIPOS DE PANDI: Asociación mutual sin fines de lucro de Armadores de buques, que contribuyen económicamente a un fondo común, para atender reclamaciones que reciban en el ejercicio de su actividad naviera 1855 como complemento del seguro de CyM en responsabilidad de colisión. A Prima Fija Compañías clásicas de seguros patrimoniales Clubs Mutuales Asociación de propietarios y/o armadores de buques Mix - Cobertura a prima ofrecidas por los Managers de los Clubs de Pandi LIMITES MUTUALES: USD 1.000 Millones Polución USD 2.000 Millones Pasajeros Mas de USD 5.000 Millones de limite general

COBERTURA PANDI Protection and Indemnity Miembro: Socio del Club que recibe cobertura y asesoramiento Asociación: Entidad conocida como Club de Pandi Mutual Managers: Administradores del Club PARTES QUE COMPONEN EL CLUB Board s Directors: Junta de representantes integrado por Miembros destacados. Grupo Internacional: Conjunto de 13 Clubs regulados por el IGA Corresponsales: Asesores técnicos utilizados por los Clubs en distintos puertos del mundo

LAS COBERTURAS DE SEGUROS Y LOS DAÑOS AL AMBIENTE MARINO COBERTURA PANDI Responsabilidades y gastos frente a: Tripulantes / Pax / Terceros abordo incl. gastos Polizones Salvamento Vidas Colisión 1/4 y en exceso del seguro de CyM Daño a Objetos fijos y flotantes Remolques Carga Contribuciones no recuperables de la Avería Gruesa Polución Remoción restos náufragos Remuneración especial Salvamentistas Multas Omnibus Rule

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO POLUCION Situación: Escape/derrame o amenaza de escape de sustancias contaminantes desde un buque entrado al Club Respuesta frente a: Responsabilidades, pérdidas, daños, costos y gastos incluyendo limpieza, reclamos por pérdidas económicas y remediación según lo siguiente: A. Aplicación de leyes domesticas de cada país. Puede existir multiplicidad de leyes en aguas compartidas incluso entidades municipales, provinciales o nacionales B. Aplicación de las Convenciones internacionales ratificadas por cada país En Argentina: CLC 92 y el Fund 92. Concepto de cobertura Pública C. Sue and Labour D. Prevención frente a amenaza de derrame E. Directivas gubernamentales F. Acuerdos voluntarios STOPIA y TOPIA G. Explosión de Pozo (Blowout of well) para MOU Prima fija

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO POLUCION PROVISIONES Otros bienes afectados del Miembro son considerados como de Terceros Todo lo salvado será utilizado para mitigar gastos Las instalaciones terrestres deberán contar con sus propios seguros de polución Cubre en exceso de los gastos amparados por la cobertura de Casco y Maquinas

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO RESTOS NAUFRAGOS Situación: Restos náufragos de un buque entrado al Club junto con su carga, equipos o propiedad abordo Respuesta frente a: Responsabilidades, costos y gastos relacionados con: La extracción, remoción, destrucción, iluminación o demarcación de los restos y de cualquier intento en tal sentido incluyendo la presencia o el desplazamiento involuntario de los restos náufragos frente a intentos fallidos de extraer, remover, destruir, marcar los mismos. Limpieza de lecho marino en operaciones MOU - Prima fija

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO RESTOS NAUFRAGOS PROVISIONES Debe existir obligatoriedad de remoción por parte de las autoridades. Debe existir el rechazo del abandono a favor del seguro de Casco y Maquinas. El buque debe convertirse en resto naufrago durante el periodo de cobertura. Todo lo salvado contribuye a mitigar gastos. No se responde si el Miembro transfiere los restos antes de su remoción. No se responderá por responsabilidades y gastos contractuales. No se responderá en caso de infraseguro por Casco y Maquinas.

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO REMUNERACION ESPECIAL A LOS SALVAMENTISTAS Responsabilidad del Miembro de reembolsar al salvamentista por los gastos razonablemente incurridos (incluyendo premios) respecto a operaciones destinadas a prevenir o reducir daño al medio ambiente según: 1. El principio No Cure No pay contenido en el Art 1a del LOF 1980, 2. Art 14 de la International Convention on Salvage 1989, Art 2 del LOF 1990, 3. Idem LOF 1995, 4. Remuneración SCOPIC (Special Compensation to Salvors) según LOF 2000 respecto a operaciones destinadas a prevenir o reducir daño al medio ambiente

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO REMUNERACION ESPECIAL A LOS SALVAMENTISTAS PROVISIONES Se recupera de la Asociación el saldo restante de lo salvado que tenga valor tras la aplicación de dichos acuerdos. No se responderá en caso de infraseguro por Casco y Maquinas

OCASIONES EN LAS QUE INTERVIENE EL PANDI FRENTE A DAÑO AL AMBIENTE MARINO MULTAS Aplicadas sobre el buque del Miembro o tripulante del cual sea responsable el Miembro por cualquier juzgado, autoridad o tribunal por: 1. Multas aduaneras por diferencias de carga 2. Incumplimiento de leyes migratorias 3. Escapes o descargas accidentales de hidrocarburos u otras sustancias 4. Contrabando o infracción del capitán y tripulación No habrá recupero en caso de infracción o violación de o no cumplimiento con las provisiones relacionadas con la construcción, adaptación y equipamiento del buque según establecido en la International Convention for the Prevention of Oil Pollution from Ships MARPOL 1973 /78 o legislación de cada Estado que aplique la Convención

Quantities of oil spilt 7 tonnes and over

Seaborne oil trade and number of tanker spills 7 tonnes and over, 1970 to 2014 (Crude and Oil Product *) * Product vessels of 60,000 DWT and above. Barges excluded.

Causes of Large Oil Spills period 1970 to 2015

NUESTRO FIN BUQUES SEGUROS - MARES LIMPIOS