VIVIENDA DE APOYO A LA REINSERCIÓN



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Transcripción:

VIVIENDA DE APOYO A LA REINSERCIÓN 1.- INTRODUCCIÓN: La Vivienda de Apoyo a la Reinserción Social, recurso social dependiente de la Asociación Estuario, es una unidad de alojamiento y convivencia, ubicada en las zonas de viviendas normalizadas, destinada a consumidores/adictos durante su proceso terapéutico y supervisada por profesionales. Posibilita una alternativa adecuada a la situación personal del paciente para ayudarle a que alcance su proceso de incorporación social y de normalización, bajo la supervisión del Equipo Terapéutico (médicos, psicólogos, trabajadores sociales y monitores) del Centro de Tratamiento Ambulatorio, donde finalizaría su rehabilitación como paciente externo con la ayuda de la familia y los profesionales. La Vivienda de Apoyo a la Reinserción nace para dar respuestas a necesidades que veníamos observando en nuestro trabajo desde hace años. Por un lado, la de atender a personas que previamente han logrado una estabilización en su proceso terapéutico, necesitando de este recurso para su Incorporación Social y Normalización, además de dar cobertura a las necesidades básicas (techo, alimentación, medicinas, asistencia sanitaria... etc.). Por otro lado, está la necesidad de aquellas personas que, aun teniendo soporte familiar y recursos sociales suficientes precisan de apoyo, orientación e intervenciones psicoterapéuticas para ayudarles a cambiar pautas, conductas y valores que mejoren su Estilo de Vida. En cualquiera de los casos, la Vivienda de Apoyo a la Reinserción se convierte así en una forma alternativa de tratamiento que ofrece, no sólo un programa de rehabilitación, sino también la posibilidad de formar parte de un grupo de personas con las que convivir,, compartir tanto dificultades como inquietudes y proyectos, y un lugar de acogida en el que poder vivir y no sólo sobrevivir. La buena convivencia es una ardua tarea, algo que sólo podemos alcanzar con la colaboración de todos. No se trata de un hotel, ni de una residencia, ni de un hospital, pretende ser una Casa-Hogar, y en ella lograr un clima positivo y agradable va a depender de la colaboración de todos los que forman parte de la misma Toda convivencia precisa de unas normas que permitan el buen funcionamiento global de la Casa, una estructura con límites que posibiliten el respeto y apoyo mutuos. Es requisito imprescindible para ingresar en la Casa, presentar al Equipo Terapéutico Análisis de Sangre completo de menos de tres meses, que descarte el riesgo de contagio de enfermedades infecto-contagiosas en fase aguda, además de encontrarse desintoxicado y en ausencia de psicopatología que impida la normal convivencia. A continuación describimos los Derechos y Deberes que se deben conocer y asumir en el caso de ingresar en la Casa de Apoyo a la Reinserción.

2.- DERECHOS: El paciente tiene derecho: 1. Al respeto a su personalidad, dignidad humana e intimidad terapéutica, además de su integridad física, psicológica y espiritual por parte de los compañeros, Equipo Terapéutico o Responsables de la Asociación. 2. A que no se le discrimine por razón de sexo, raza o condición socio-económica. 3. A la confidencialidad relacionada con su estancia en la Casa, salvo requerimiento judicial. 4. A que se le proporcione una asistencia sanitaria adecuada a los medios Profesionales disponibles, y con los mínimos riesgos, dolor y molestias tanto físicas como psíquicas. 5. A recibir información de todo lo relativo a su Proceso de Rehabilitación. 6. A conocer las cauces formales para presentar quejas y sugerencias y en general para comunicarse con la Administración, la Presidencia o la Dirección Terapéutica de la Asociación Estuario. 7. A disponer de un buzón de sugerencias y Hojas de Reclamaciones. 8. A interrumpir su permanencia en la Casa, debiendo para ello solicitar el alta voluntaria, firmando el documento correspondiente. 9. A continuar recibiendo tratamiento en el Centro de Atención Ambulatoria como paciente externo en caso de abandono voluntario o expulsión de la Vivienda de Apoyo a la Reinserción con las limitaciones que el Equipo Terapéutico estime oportunos. 10. A ingresar de nuevo en la Vivienda si abandona voluntariamente o es expulsado, en el momento que el Equipo Terapéutico lo considere adecuado. 11. A incorporarse al mundo laboral siempre que se den las condiciones favorables de salud y el Equipo terapéutico lo vea aconsejable, transcurridos entre 1-3 meses de estancia en la VAR y que el trabajo sea compatible con el tratamiento. 3.- DEBERES: El paciente tiene el deber: 1. De permanecer siempre en la casa o terreno perteneciente a la misma, sin salir de la finca salvo por condiciones de trabajo, búsqueda de empleo y cursos a realizar con el previo consentimiento del Equipo Terapéutico.

2. De no consumir, introducir o tener en la casa y/o finca cualquier sustancia psicoactiva (heroína, cocaína, anfetaminas, alucinógenos, cannabis, alcohol...), en definitiva estimulantes o depresores del Sistema Nervioso Central, Drogas legales o ilegales, exceptuando el tabaco y los fármacos prescritos por el médico, que guardará el personal responsable. 3. De respetar la integridad física, psicológica y espiritual de compañeros y personal responsable (profesionales, voluntarios, monitores... etc) evitando la más mínima expresión de violencia física, psicológica o verbal (insultos, gritos, motes, desprecios, bromas, etc.) que quedaría, por lo tanto, terminantemente prohibida. Del mismo modo no esta permitido mantener algún tipo de relación sexual entre los usuarios de la Vivienda de Apoyo a la Reinserción ya sea fuera o dentro de la misma y mientras dure el tratamiento. 4. De respetar la casa, la finca y todos los objetos incluidos en la misma, evitando el deterioro por negligencia, desinterés o conducta hostil. 5. De colaborar o participar en las tareas, reuniones, grupos de psicoterapia, o actividades cotidianas tanto de la casa (mantenimiento, limpieza, comidas, etc.) como las labores, talleres o actividades que se determinen por el Equipo Terapéutico en la Casa, la finca o fuera de la misma (actividades socio-culturales) como parte del Programa de Rehabilitación. 6. De respetar los espacios libres de tabaco y humos (toda la casa: dormitorios, cocina, cuartos de baño, salones). Sólo está permitido fumar fuera de la casa y en el patio exterior. El número máximo de cigarrillos que deberá consumirse al día será de veinte (1 paquete). No se permite compartir cigarrillos, ni darlos ni aceptarlos ni cambiarlos. El residente mantendrá limpios de colillas los espacios reservados para fumar, por lo que queda terminantemente prohibido tirar colillas al suelo, al W.C., o al campo. 7. De haber realizado su higiene personal y tener organizado y limpio el dormitorio (cama, ropa, etc.) diariamente y antes de sentarse a desayunar para poder comenzar las tareas y actividades después de haber recogido el desayuno. 8. De acostarse vestido (pijama de verano o invierno), y por lo tanto, queda totalmente prohibido el desnudo en la cama, fuera de ella (en la casa) y en el resto de la finca. 9. De respetar los días y las horas señaladas para las comunicaciones o entrevistas con familias, amigos o Equipo Terapéutico. 10. De hacerse los controles toxicológicos cuando sean solicitados por la familia o Equipo Terapéutico. La negativa a realizarlo presupone haber consumido sustancia psicoactiva y la expulsión automática de la Casa de Apoyo a la Reinserción, no pudiendo reingresar a la misma hasta decisión del Equipo Terapéutico. Asimismo cuando el control toxicológico realizado tuviera resultado positivo también podrá llevar a la expulsión de la Casa por el tiempo que se considere oportuno. En caso de que el residente o familiar incumpla algunos de los deberes comprometidos con la firma del contrato, el Equipo Terapéutico se reserva el derecho de imponer la sanción adecuada que podrá ir desde la realización de alguna tarea específica a la expulsión de la Vivienda, siendo siempre la sanción proporcional al incumplimiento.

4.- COMUNICACIÓN CON EL EXTERIOR Y REGIMEN DE VISITAS 1. La estancia en la Vivienda de Apoyo a la Reinserción con carácter general será de entre seis y nueve meses, salvo que excepcionalmente el Equipo Terapéutico considere otra opción. 2. Los pacientes podrán recibir llamadas telefónicas y por carta, pero no recibirán visitas en la vivienda (durante las 3 primeras semanas) hasta que el Equipo Terapéutico lo considere oportuno ya que pretendemos que al principio se integren en el programa y cómo no, con sus compañeros. Los familiares siempre podrán informarse de la evolución del residente contactando con el Centro de Atención Ambulatoria a través del Director del Equipo Terapéutico: Antonio Rodríguez Estapia, bien telefónicamente de 12:30 a 14:00 y de 17:00 a 18:00, de Lunes a Viernes llamando al 959251002, o Sábado y Domingo llamando al 654560099. También puede solicitarse entrevista personal con el Director Terapéutico acudiendo personalmente al Centro de Atención Ambulatoria que se encuentra ubicada en C/ Ciudad de Aracena nº6 1º Izqda. de Huelva capital. 3. A partir de las tres primeras semanas el paciente residente podrá recibir visitas domiciliarias de familiares o amigos no consumidores. El horario para recibir llamadas telefónicas será en los siguientes días y horas: De lunes a jueves: Los Viernes: De 15:30 17:20 Llamadas de familiares no más de 5 minutos. De 13:00 15:00 Para confirmar visitas de familiares. De 15:00 18:00 Llamadas de familiares, no más de 10 minutos. Los Sábados y Domingos: De 12:00 14:00 Llamadas de familiares, no más de 15 minutos De 16:00 20:00 Para concertar visitas de los familiares a la Casa o recoger al paciente residente para pasar fin de semana deberá solicitarse permiso, a ser posible por escrito, al Director Terapéutico de Lunes a Jueves. Por lo que no se concederán permisos de visitas o salidas después del Jueves de cada semana. El Director dará, si procede, autorización por escrito. Transcurridas las tres primeras semanas, en caso de que el residente tenga que realizar visita médica, hospitalaria, jurídica u otras y el Centro no pudiera hacerse responsable de las mismas, se llamará a la familia para que recoja, acompañe y regrese al paciente a la Vivienda de Apoyo a la Reinserción.

La comunicación física con el residente se producirá de la siguiente manera: Etapa 1. Pasada 1 semana: Etapa 2. A las 3 semanas: Etapa 3. Al mes: Sólo contacto telefónico o por carta. Visita de la familia a la casa para pasar con el residente el Sábado o el Domingo por la tarde y con el permiso solicitado y la autorización dada por el Director Terapéutico. Podrá pasar el residente el día del Sábado o Domingo con la familia fuera del recinto o finca. Etapa 4. Al mes y medio: Podrá pasar el residente el primer fin de semana (sólo la noche del sábado) con la familia. Etapa 5. Entre el 2º y 3º mes: Cada fin de semana podrá pasarlo el residente en casa con su familia según estime el Equipo Terapéutico. En todas las salidas los fines de semana a casa de la familia se aconseja la compañía del residente para evitar riesgos y el no consumo de cualquier sustancia psicoactiva (drogas legales: alcohol y psicofármacos y no legales) excepto el tabaco y la medicación prescrita por el médico del Centro. Tras cada salida y regreso a la Vivienda de Apoyo a la Reinserción se deberá proceder a los registros oportunos del residente y sus pertenencias, además de los controles toxicológicos de rutina. Estas 5 etapas son evolutivas y pueden estar sujetas a modificaciones por el Equipo Terapéutico, siempre buscando la mejora del Proceso de Rehabilitación de paciente y familia.

5.- ASPECTOS ECONÓMICOS: 1.- La familia o tutor del paciente conocen que el coste que supone la estancia en la Vivienda de Apoyo a la Reinserción es de Euros/mes y el coste del tratamiento es de Euros/mes; por lo que la suma mensual es de Euros /mes, excepto el primer mes que son Euros. 2.- El coste económico mensual que supone este Contrato Terapéutico está sujeto anualmente al incremento del IPC. 3.- El pago inicial de Euros se efectuará por adelantado al día del ingreso del paciente en la casa y se abonará en efectivo a la firma del contrato. 4.- Al cumplirse un mes (30 días) del pago inicial se abonará el siguiente mes: Euros, y así sucesivamente todos los meses. Los pagos se realizarán en la cuenta de la Asociación: 2098 0092 48 0372010030 y constará el nombre y apellidos del paciente. 5.- Todo ingreso no efectuado en las fechas previstas, sin que haya existido contacto previo con la Administración de la Asociación, supondrá la rescisión automática del Contrato de Internamiento. 6.- El gasto económico que suponga el tratamiento para la desintoxicación y otros correrá a cargo del paciente o familia. De igual modo, el paciente o la familia abonarán los Controles Toxicológicos que se realice en el Centro para determinar si ha existido consumo de sustancias psicoactivas. Además, los billetes de transporte que ocasione la asistencia del paciente al Centro de Tratamiento Ambulatorio en Huelva serán por cuenta de la familia. 7.- El gasto que suponga al mes el consumo de tabaco por parte del paciente será por cuenta de éste o su familia que proveerá al inicio de cada mes de las cajetillas de tabaco que el paciente fume mensualmente y que no podrá superar 20 cigarrillos diarios. 8.- No habrá devolución económica si el paciente decide abandonar voluntariamente la Casa a lo largo del mes o es expulsado por incumplimiento de las Normas y/o Deberes. 9.- El residente podrá contar con una pequeña cantidad de dinero mensual, que manejará el Responsable de la Casa, para gastos en las salidas (refrescos; cine; visita cultural; asistencia a celebración deportiva, etc). 10.- La familia se responsabilizará del traslado del paciente los fines de semana, tanto la ida como la vuelta. Excepcionalmente, y en etapas más avanzadas, con el visto bueno del Equipo Terapéutico el paciente podrá viajar solo y a cargo de la familia.

6.-FINALIZACIÓN DEL CONTRATO: 1.- El presente contrato dejará de tener validez por alguna de las siguientes causas: - Finalización del Programa por indicación del Equipo Terapéutico. - Expulsión por incumplimiento del paciente o familia de las cláusulas anteriores. - Impago de las cuotas correspondientes a la estancia en la Casa. - Por abandono voluntario del paciente. - Consumo de sustancias psicoactivas en la Casa o fuera de ella (todas las drogas legales e ilegales, excepto tabaco) 2.- Si el paciente desea abandonar voluntariamente la Casa durante el trascurso de su Tratamiento y el Equipo Terapéutico considera que su estado no contempla tal posibilidad, el paciente se compromete a respetar un período de reflexión de 7 días durante los cuales podrá meditar su decisión. 3.- Si transcurridos los 7 días el paciente insiste en abandonar voluntariamente la Casa de Apoyo a la Reinserción deberá firmar el Alta Voluntaria. 4.- En caso de Alta Voluntaria o Abandono, el Equipo Terapéutico intentará comunicarse con la familia. Una vez que éste haya firmado el alta voluntaria el centro no se hace responsable desde ese momento del paciente, de sus pertenencias, de sus actos, ni de las consecuencias derivadas de éstos. Únicamente se le facilitará al paciente el billete del medio de transporte (autobús o tren) que vaya a utilizar para la vuelta a su domicilio o lugar de residencia. 5.- Tanto el dinero para gastos del paciente así como sus fármacos se devolverá al familiar responsable en caso de reclamación que no deberá exceder de 15 días. 6.- La finalización del contrato por Abandono Voluntario del paciente cualquier día del mes supone la No Devolución del pago realizado a principio del mismo.

7.- EQUIPO MÍNIMO PARA EL INGRESO. La entrada inicial en la casa exige la revisión por parte del responsable de todos los enseres y material que acompañe al residente. 1.- VESTUARIO: * Mudas de ropa interior. * Pijamas (según temporada). * Pantalones vaqueros o similares. * Ropa cómoda (jerseys, camisetas, chandals, etc.). * Ropa de deporte, bañador y toalla (según temporada). * Ropa de abrigo, según temporada. 2.- MATERIAL DE ASEO: * Cepillo y pasta de dientes. * Maquinilla de afeitar (desechables). * Espuma de afeitar (no spray). * Peine y/o cepillo. * Gel y champú. * Desodorante (no spray). * Aseo íntimo femenino. * Toallas de aseo (2). * Toalla de baño (1). * No se admiten colonias ni lociones que contengan alcohol. 3.- MATERIAL DE ESCRITORIO: 4.- OTROS: NO TRAER: * 1 cuaderno tamaño folio. * 1 carpeta simple. * 1 recambio de folios. * 2 bolígrafos, 1 lápiz y una goma. * 1 Diario. * 2 fotos tamaño carnet. * Fotocopia y original de la cartilla de la Seguridad Social. * Fotocopia y original del D.N.I. * Fotocopia de la tarjeta de desempleo (si procede). * Última analítica. * Tabaco (no más de 20 cigarrillos/día) se hará cargo la familia. * Dinero para gastos personales (no más de 60 Euros./mes) para las salidas y que manejará el responsable del Centro. * Objetos punzantes (tijeras, navaja de afeitar...). * Comidas ni bebidas. * Colonias ni lociones con alcohol.

CONTRATO PARA LA CONVIVENCIA EN LA VIVIENDA DE APOYO A LA REINSERCIÓN En la ciudad de Huelva, a de de 2.00 De una parte el Centro para el Estudio y Tratamiento de las Adicciones en la Familia: C.E.T.A.F., de la Asociación Estuario con C.I.F. G-21195789 y con domicilio en calle Ciudad de Aracena, Nº 6-1º A, Huelva, debidamente Autorizado por la Consejería de Salud y Acreditado por Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, de la Junta de Andalucía. De otra parte: el paciente D. con D.N.I., domicilio en. Y D. como del paciente. Ambas partes se reconocen con pleno derecho y capacidad legal para celebrar el presente contrato. Paciente y familia conocen la metodología y las características de la Casa de Apoyo a la Reinserción y solicitan la intervención del Equipo Terapéutico según el Programa de Rehabilitación de C.E.T.A.F. ESTUARIO. El paciente a partir de la fecha y hasta el final de este contrato, manifiesta que: - Toma en este momento la decisión libre y consciente de ingresar en este centro voluntariamente. - El Equipo Terapéutico se reserva el derecho de interrumpir este proceso, lo que representaría abandonar la Vivienda de Apoyo a la Reinserción, si su comportamiento entrase en conflicto con el reglamento y objetivos de la Casa. - Asimismo manifiesta que se compromete a cumplir y seguir las indicaciones que los Profesionales marquen en cada momento. - La firma del presente Contrato implica conocer, aceptar y cumplir los DERECHOS Y DEBERES, así como las demás condiciones de este documento. DIRECTOR TERAPEUTICO EL PACIENTE EL FAMILIAR C.E.T.A.F. ESTUARIO RESPONSABLE