Ley de Mediación n de Seguros y Reaseguros Privados Número: 26/2006 Publicada en BOE: 18 de Julio de 2006 En vigor desde: 19 de Julio de 2006
PRIMERA PARTE
Objeto Condiciones Regula las condiciones en las que deben ordenarse y desarrollarse las actividades mercantiles de mediación de seguros y reaseguros privados. Normas Establece las normas sobre el acceso y ejercicio por parte de las personas físicas y jurídicas que las realicen. Regímenes Régimen de supervisión. Régimen de disciplina administrativa.
Mediación de Seguros Fase Previa Contratación Gestión Compañías Presentación, propuesta o realización de trabajos a la celebración de un contrato de seguro Celebración del contrato de seguro Asistencia en la gestión y ejecución del contrato de seguro Asistencia en caso de siniestro Clientes MEDIACION DE SEGUROS Mercantil Remunerada
Clasificación Qué asesor elijo para contratar mis seguros? Agentes de Seguros Corredores de Seguros Exclusivos Vinculados Operador banca-seguros exclusivo vinculado
Corredor de Seguros MEDIACION DE SEGUROS Compañías Actividad Clientes Sin mantener vínculos contractuales Análisis Objetivo
Corredor de Seguros Información veraz y suficiente Informar sobre las condiciones del contrato que a su juicio conviene suscribir. Ofrecer la cobertura que, de acuerdo con su criterio profesional, mejor se adapte a las necesidades del cliente. Velar por la concurrencia de los requisitos que ha de reunir la póliza de seguro para su eficacia y plenitud de efectos. Obligaciones Durante la vigencia del contrato de seguro en que hayan intervenido a facilitar al: Tomador Asegurado Beneficiarios Contrato: Información sobre cualquiera de las cláusulas. Siniestros: prestarles su asistencia y asesoramiento.
Solicitud de autorización Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Comunidad Autónoma (con transferencias) Domicilio Social: España Ámbito Operaciones: + de una CCAA Domicilio Social: CC AA Ámbito Operaciones: CC AA
Solicitud de autorización Resolución 6 meses Silencio = no autorizado Solicitud DGSFP / CCAA Inscripción en el Registro Inicia la actividad
Corredores de Seguros CORREDOR DE SEGUROS PERSONA FISICA PERSONA JURIDICA Tipo Entidad Capital Social Objeto social Administradores Dirección Órgano Técnico CAPACIDAD FINANCIERA RC PROFESIONAL EXPANSIÓN SERVICIO ATENCION CLIENTE PROTECCION DE DATOS CARÁCTER PERSONAL PROGRAMA FORMACIÓN Auxiliares Externos Internacional
Corredor de Seguros PERSONA FÍSICA Tener capacidad legal para ejercer el comercio No tener, por disposición general o especial, prohibido el ejercicio del comercio Requisitos para ejercer como Corredor de Seguros (I) Tener honorabilidad comercial y profesional Trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros. No tener antecedentes penales por delitos de: Falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Malversación de caudales públicos. Cualquier otro delito contra la propiedad.
Corredor de Seguros PERSONA FÍSICA Requisitos para ejercer como Corredor de Seguros (II) No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en: Entidades financieras. Entidades aseguradoras. Entidades reaseguradoras. Entidades de mediación de seguros. Entidades de mediación de reaseguros. No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación No estar inhabilitado conforme a lo dispuesto en la Ley Concursal, mientras no haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. No estar incursos en incapacidad o prohibición conforme a la legislación vigente.
Corredor de Seguros PERSONA FÍSICA Incompatibilidades Quien por razón de su cargo o función pueda tener limitada su capacidad para ofrecer un asesoramiento objetivo respecto a las entidades aseguradoras que concurren en el mercado y a los distintos tipos de pólizas, coberturas y precios ofrecidos por aquéllas a los mandantes. Requisitos para ejercer como Corredor de Seguros (III) Administradores Apoderados Generales Delegados Directores Empleados Gerentes Quienes bajo cualquier titulo lleven la dirección Entidades Aseguradoras Entidades Reaseguradoras Agencia de Seguros Exclusiva Agencia de Seguros Vinculada Auxiliares Externos de agentes y sociedades de agencia. (exclusivos o vinculados) Operadores de banca-seguros Bancos Cajas de Ahorro Entidades de crédito y financieras.
Corredor de Seguros PERSONA FÍSICA Incompatibilidades Agente de seguros exclusivo Agente de seguros vinculado Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros exclusivo Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros vinculado Requisitos para ejercer como Corredor de Seguros ( y IV) Perito de seguros, comisario de averías y liquidador de averías, a no ser que limiten su actividad como tales a prestar servicios a la clientela asegurada Formación - Curso de Formación en materias financieras y de seguros privados. (500 H.) - Superar prueba de aptitud en materias financieras y de seguros privados. - Tener Diploma: Mediador de Seguros Titulado.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Órgano Técnico Tipo de Entidad Directivos ORGANIZACIÓN Capital Social Administradores Objeto Social
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Tipo de Entidad Persona Jurídica Sociedad Mercantil Cooperativa - Regular colectiva. - Comanditaria (simple o por acciones) - Anónima. - Responsabilidad limitada. Inscrita en el Registro Mercantil (previa a la solicitud de autorización).
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Capital Social Cuando la sociedad sea por acciones, estas habrán de ser nominativa. Capital Social Vínculo estrecho. Participación significativa.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Objeto social (No exclusivo): La realización de actividades de correduría de seguros Objeto Social Incompatiblidades - Actividad aseguradora. - Actividad reaseguradora. - Agencia de suscripción. - Agente de seguros (exclusivo o vinculado). - Operador de banca-seguros. - Peritación de seguros, comisario de averías o liquidación de averías, salvo que estas actividades se desarrollen en exclusiva para asesoramiento de tomadores del seguro, asegurados o beneficiarios del seguro. - Actividades que exijan objeto social exclusivo.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Tener honorabilidad comercial y profesional Trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros. Administradores No tener antecedentes penales por delitos de: Falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Malversación de caudales públicos. Cualquier otro delito contra la propiedad. No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en: Entidades financieras. Entidades aseguradoras. Entidades reaseguradoras. Entidades de mediación de seguros. Entidades de mediación en reaseguros.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación. Administradores No estar inhabilitado conforme a lo dispuesto en la Ley Concursal, mientras no haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. No estar incursos en incapacidad o prohibición conforme a la legislación vigente. No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Incompatibilidades Quien por razón de su cargo o función pueda tener limitada su capacidad para ofrecer un asesoramiento objetivo respecto a las entidades aseguradoras que concurren en el mercado y a los distintos tipos de pólizas, coberturas y precios ofrecidos por aquéllas a los mandantes. Administradores Administradores Apoderados Generales Delegados Directores Empleados Gerentes Quienes bajo cualquier titulo lleven la dirección Entidades Aseguradoras Entidades Reaseguradoras Agencia de Seguros Exclusiva Agencia de Seguros Vinculada Auxiliares Externos de agentes y sociedades de agencia. (exclusivos o vinculados) Operadores de banca-seguros Bancos Cajas de Ahorro Entidades de crédito y financieras.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Incompatibilidades Agente de seguros exclusivo Agente de seguros vinculado Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros exclusivo Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros vinculado Administradores Perito de seguros, comisario de averías y liquidador de averías, a no ser que limiten su actividad como tales a prestar servicios a la clientela asegurada Experiencia adecuada (al menos el 50% - de los Administradores) Poseen experiencia quienes hayan desempeñado, durante un plazo no inferior a dos años: - Funciones de administración, dirección, control y asesoramiento en entidades públicas o privadas de dimensión análoga al proyecto empresarial para ejercer la actividad de correduría de seguros. - Funciones de similar responsabilidad como empresario individual.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Tener honorabilidad comercial y profesional Trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros. Directivos No tener antecedentes penales por delitos de: Falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Malversación de caudales públicos. Cualquier otro delito contra la propiedad. No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en: Entidades financieras. Entidades aseguradoras. Entidades reaseguradoras. Entidades de mediación de seguros. Entidades de mediación en reaseguros.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación. Directivos No estar inhabilitado conforme a lo dispuesto en la Ley Concursal, mientras no haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso. No estar incursos en incapacidad o prohibición conforme a la legislación vigente. No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Incompatibilidades Quien por razón de su cargo o función pueda tener limitada su capacidad para ofrecer un asesoramiento objetivo respecto a las entidades aseguradoras que concurren en el mercado y a los distintos tipos de pólizas, coberturas y precios ofrecidos por aquéllas a los mandantes. Directivos Administradores Apoderados Generales Delegados Directores Empleados Gerentes Quienes bajo cualquier titulo lleven la dirección Entidades Aseguradoras Entidades Reaseguradoras Agencia de Seguros Exclusiva Agencia de Seguros Vinculada Auxiliares Externos de agentes y sociedades de agencia. (exclusivos o vinculados) Operadores de banca-seguros Bancos Cajas de Ahorro Entidades de crédito y financieras.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Incompatibilidades Agente de seguros exclusivo Agente de seguros vinculado Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros exclusivo Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros vinculado Directivos Perito de seguros, comisario de averías y liquidador de averías, a no ser que limiten su actividad como tales a prestar servicios a la clientela asegurada
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Órgano de dirección n responsable de la mediación n de seguros Formación adecuada (al menos el 50% - de las personas que lo forman) - Curso de Formación en materias financieras y de seguros privados. (500 H.) - Superar prueba de aptitud en materias financieras y de seguros privados. - Tener Diploma: Mediador de Seguros Titulado. Órgano Técnico Tener honorabilidad comercial y profesional Trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros. No tener antecedentes penales por delitos de: Falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Malversación de caudales públicos. Cualquier otro delito contra la propiedad.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Órgano de dirección n responsable de la mediación n de seguros No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en: Entidades financieras. Entidades aseguradoras. Entidades reaseguradoras. Entidades de mediación de seguros. Entidades de mediación en reaseguros. Órgano Técnico No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación. No estar inhabilitado conforme a lo dispuesto en la Ley Concursal, mientras no haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Órgano de dirección n responsable de la mediación n de seguros No estar incursos en incapacidad o prohibición conforme a la legislación vigente. Órgano Técnico No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación. Incompatibilidades Agente de seguros exclusivo Agente de seguros vinculado Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros exclusivo Auxiliar Externo de agente y agencia de seguros vinculado Perito de seguros, comisario de averías y liquidador de averías, a no ser que limiten su actividad como tales a prestar servicios a la clientela asegurada
Correduría de Seguros PERSONA JURÍDICA Incompatibilidades Quien por razón de su cargo o función pueda tener limitada su capacidad para ofrecer un asesoramiento objetivo respecto a las entidades aseguradoras que concurren en el mercado y a los distintos tipos de pólizas, coberturas y precios ofrecidos por aquéllas a los mandantes. Órgano Técnico Administradores Apoderados Generales Delegados Directores Empleados Gerentes Quienes bajo cualquier titulo lleven la dirección Entidades Aseguradoras Entidades Reaseguradoras Agencia de Seguros Exclusiva Agencia de Seguros Vinculada Auxiliares Externos de agentes y sociedades de agencia. (exclusivos o vinculados) Operadores de banca-seguros Bancos Cajas de Ahorro Entidades de crédito y financieras.
Recursos Humanos Que realicen funciones de asesoramiento y asistencia a los clientes y participen directamente en la mediación de los seguros Formación adecuada RRHH - Mediación - Curso de Formación en materias financieras y de seguros privados. (200 H.) - Curso de Formación Continua: 60 Horas (Máximo 3 años). Tener honorabilidad comercial y profesional Trayectoria personal de respeto a las leyes mercantiles u otras que regulen la actividad económica y la vida de los negocios, así como a las buenas prácticas comerciales, financieras y de seguros. No tener antecedentes penales por delitos de: Falsedad, violación de secretos, descubrimiento y revelación de secretos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social. Malversación de caudales públicos. Cualquier otro delito contra la propiedad.
Recursos Humanos Que realicen funciones de asesoramiento y asistencia a los clientes y participen directamente en la mediación de los seguros No estar inhabilitado para ejercer cargos públicos o de administración o dirección en: Entidades financieras. Entidades aseguradoras. Entidades reaseguradoras. Entidades de mediación de seguros. Entidades de mediación en reaseguros. RRHH - Mediación No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación. No estar inhabilitado conforme a lo dispuesto en la Ley Concursal, mientras no haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.
Recursos Humanos Que realicen funciones de asesoramiento y asistencia a los clientes y participen directamente en la mediación de los seguros RRHH - Mediación No estar incursos en incapacidad o prohibición conforme a la legislación vigente. No estar suspendido por sanción firme para el ejercicio de la actividad de mediación.
Recursos Humanos Que realicen funciones auxiliares de captación de clientes o de tramitación administrativa, sin prestar asesoramiento ni asistencia a los clientes en la gestión, ejecución o formalización de los contratos o en caso de siniestro. RRHH - Mediación Formación adecuada - Curso de Formación en materias financieras y de seguros privados. (50 H.) - Curso de Formación Continua: 30 Horas (Máximo tres años).
Análisis Objetivo Contrato de seguro individualizado Ofertas de tres entidades que operan en el mercado en los riesgos objeto de cobertura. Contrato de seguro diseñado por el corredor Negociación con, al menos, de tres entidades que operan en el mercado en los riesgos objeto de cobertura. Excluidos Grandes Riesgos
Gestión Económica Depositario de cantidades: - De sus clientes, para pago de las primas de seguro - De entidades aseguradoras, para indemnizaciones y reembolsos destinados a clientes Prohibido añadir recargos a los recibos de prima emitidos por las entidades aseguradoras. El pago de la prima efectuado por el tomador al corredor no se entenderá realizado a la entidad aseguradora, salvo que se le entregue al tomador el recibo de prima de la entidad. Actividad de Mediación. Retribución económica Actividad ajena a la Mediación.
Gestión Económica INTERMEDIACION DEL CONTRATO COMISION: Retribución de la entidad aseguradora. HONORARIOS PROFESIONALES: Retribución del Cliente. (Acuerdo por escrito) Retribución económica Actividad de mediación Si la retribución es mixta (Comisión + Honorarios Profesionales), y parte se satisface con ocasión del pago de la prima a la entidad aseguradora. Indicar en el recibo de prima el importe de la comisión y el nombre del corredor a quien corresponde. Facturación exenta de IVA. OTROS SERVICIOS (Asesoramiento e informes) Retribución del Cliente = Honorarios Profesionales.
Gestión Económica Retribución económica Actividad ajena a la mediación Otros servicios, asesoramiento e informes Retribución del Cliente = Honorarios Profesionales. Facturación con IVA.
Gestión Económica Capacidad Financiera Objetivo: Proteger a los clientes frente a la incapacidad financiera: Para transferir la prima a la entidad aseguradora. Para transferir la cantidad de la indemnización o el reembolso de la prima al asegurado. Acreditación: Seguro de Caución. Aval emitido por una entidad financiera. 4% de la primas anuales percibidas (Mínimo 15.000 ) Importe: Revisión IEPC (15 de Enero) Inicio Revisiones cada 5 años 2003 2008 2013 2018 2023
Gestión Económica Capacidad Financiera EXCEPCION: Que contractualmente se haya pactado de forma expresa con las entidades A Que los importes abonados por la clientela se realizarán directamente a través de domiciliación bancaria en cuentas a nombre de las entidades aseguradoras Que las cantidades abonadas en concepto de indemnizaciones se entregarán directamente por las entidades asegurados a los tomadores de seguros, asegurados o beneficiarios B Que el corredor de seguros ofrezca al tomador una cobertura inmediata entregando el recibo emitido por la entidad aseguradora Que las cantidades abonadas en concepto de indemnizaciones se entregarán directamente por las entidades asegurados a los tomadores de seguros, asegurados o beneficiarios
RC Profesional Cobertura: Las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional. Ámbito territorial: Espacio Económico Europeo. (EEE) RC Profesional Garantía: Seguro de Responsabilidad Civil Profesional Cualquier otra garantía financiera. 1.000.000 x siniestro // 1.500.000 x año Suma Asegurada: (cuantías mínimas) Revisión IEPC (15 de Enero) Inicio Revisiones cada 5 años 2003 2008 2013 2018 2023 En vigor desde: El 19 de Julio de 2006. Acreditación: Hasta el 19 de julio de 2007.
Expansión Acuerdo Corredores Auxiliar Externo EEE
Expansión En el caso de que el corredor de seguros ejerza su actividad en determinados productos bajo la dirección n de otro corredor que asuma la total responsabilidad de los actos de aquel, deberá informar previamente por escrito de ello a su clientela Acuerdo Corredores
Expansión Auxiliar Externo Físico Jurídico Vinculación: Actuación: Tareas: Excluidos: Formación: Contrato mercantil. Por cuenta de corredor. Captación de la clientela. Funciones auxiliares de tramitación administrativa, sin asunción de obligaciones. No puede hacer: Asumir funciones reservadas a los mediadores. Prestar asistencia en la gestión, ejecución y formalización de los contratos de seguro, ni tampoco en caso de siniestro. Agente de seguros exclusivo (Físicas o jurídicas) Agente de seguros vinculado (Físicas o jurídicas) Operador banca-seguros exclusivo Operador banca-seguros vinculado - Inicial: Curso de 50 Horas. - Continua: Curso de 30 Horas (Máximo tres años) Registrarlo en el libro registro del corredor
Expansión Estados miembros del Espacio Económico Europeo Actividades: -Régimen de derecho de establecimiento -Régimen de Libre Prestación de Servicios EEE Procedimiento: -Información previa a la DGSFP. - La DGSFP informa al Estado de acogida. (UN MES) - La DGSFP informa al Corredor (Un mes después inicia la actividad).
Carta de Condiciones Se consignará por escrito. Carácter mercantil. Contenido libre. Sin vínculos contractuales que supongan afección con las compañías. Acuerdos entre las entidades aseguradoras y el Corredor de Seguros Retribución económica: Comisiones. Indicar si la retribución es mixta. Legislación supletoria CÓDIGO DE COMERCIO (comisión mercantil)
Contrato de Servicios Identidad Dirección Contrato con el cliente Registro en el que esta inscripto (DGSFP CC.AA) modo para comprobarlo Seguro de Responsabilidad Civil Garantía Financiera. Si posee una participación directa o indirecta superior al 10% en el capital social o en los derechos de voto de una entidad aseguradora Si una entidad aseguradora o una empresa matriz de una entidad posee una participación directa o indirecta superior al 10% de los derechos de voto o del capital social Retribución económica - Honorarios Profesionales Procedimientos para atender y resolver quejas y reclamaciones Protección de Datos de Carácter Personal Análisis Objetivo Colaboración con otro corredor Consentimiento para nuevos contratos, modificaciones o rescisiones
Generalidades PUBLICIDAD / DOCUMENTACION MERCANTIL - Corredor de Seguros - Correduría de Seguros - Registro Número de Clave - Seguro de Responsabilidad Civil PUBLICIDAD - Capacidad Financiera (si procede)
Régimen sancionador Tipo de mediador Agente de seguros vinculado Operador de banca-seguros vinculado Corredor de seguros Persona física o jurídica Cancelación autorización Leve Grave Muy grave --- --- Suspensión actividad --- Máxima 1 año Máxima 10 años Publicidad --- Sí Sí Multa Hasta 6.000 Entre 6.001 y 15.000 Entre 15.001 y 30.00 Amonestación Privada Pública Sí
Régimen sancionador Tipo de mediador Sociedades de agencia de seguros vinculada Operador de banca-seguros vinculado Sociedades de Correduría de seguros Personas que ejerzan cargos de administración y dirección Grave Muy grave Separación e inhabilitación --- Máximo 10 años Suspensión temporal Hasta 1 año Entre 1 y 5 años Multa Hasta 30.000 De 30.001 a 60.000 Amonestación Pública / Privada ---
Régimen sancionador Prescripción n de infracciones y sanciones Leve Grave Muy grave Infracciones 2 años 3 años 5 añosa Sanciones 2 años 3 años 5 años Competencias administrativas Leve Grave Muy grave Instrucción DGSFP / CC.AA. DGSFP / CC.AA. DGSFP / CC.AA.