SUGERENCIAS AL AVANCE DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA Y MONUMENTAL DEL PASEO DEL MALECON DE MURCIA

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Transcripción:

SUGERENCIAS AL AVANCE DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA Y MONUMENTAL DEL PASEO DEL MALECON DE MURCIA LA PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA. ENTRE EL PAISAJE RURAL Y URBANIZADO Se considera el paisaje como unidad estética, geográfica y cultural, reflejo de la acción del hombre sobre el medio y su entorno, y de su relación con la naturaleza. El paseo del Malecón, como ejemplo histórico de coexistencia del paisaje urbano y el agrícola y natural en la ciudad de Murcia, y cuyo objetivo primigenio fue defender al núcleo urbano de la incidencia de las avenidas del Río Segura, ha pasado de ser un elemento estratégico con ese fin, a convertirse en un espacio de ocio y disfrute ciudadano, a la vez que de identidad, en el que su principal característica es la de relacionar de manera singular el núcleo urbano con su entorno de huerta de manera reciproca, y en el que el elemento articulador principal es el PAISAJE. Las acciones que se acometan para la defensa y protección de este paseo y su entorno, deben estar encaminadas a tal fin, y cumplimentar los requisitos exigidos por su condición de Bien de Interés Cultural (B.I.C.), que además de la protección del monumento, han de tener entre sus objetivos: -Recuperar la conexión entre la Ciudad y la Huerta, fomentando la conexión entre la gente y su paisaje. -La búsqueda de fórmulas reales y sostenibles a largo plazo de gestión y financiación para la actividad agrícola, que garantizará para las nuevas generaciones, la permanencia de una tradición milenaria de cultivo. Se han planteado actividades de información, sensibilidad y de participación pública; hace falta definir las modalidades y las herramientas de gestión comprometidas en la valoración del paisaje, preservando los espacios abiertos y las visuales, también sensibilizando a la parte interesada hacia formas de tutela activa y de reconocimiento constante de los lugares. Si bien hoy el paseo se encuentra alejado del río por obras de infraestructuras de contención de avenidas, es preciso conservar su memoria y vocación. Es por eso que se debe contemplar en el Plan Especial las zonas del río que conforman el entorno del paisaje del Paseo del Malecón.

AVANCE DEL PLAN ESPECIAL DE PROTECCIÓN PAISAJÍSTICA Y MONUMENTAL INTRODUCCIÓN Ante la necesidad, actualmente ya generalmente reconocida, de impulsar y desarrollar intervenciones de rehabilitación y renovación urbana, por el importante y decisivo papel que en estos procesos desempeña la iniciativa pública, y ante el significado y uso colectivo que este espacio de paseo representa para la ciudad y el Municipio, se considera totalmente oportuno y necesario el desarrollo de este Plan Especial, ya previsto por el Plan General en su aprobación definitiva de 2.001, programado para su desarrollo en el plazo de un año Los objetivos y medidas contempladas en el Avance del Plan Especial, se consideran en general adecuadas y en su mayor parte necesarias para el objeto del Plan, pudiendo en determinados casos resultar insuficientes y limitadas especialmente en cuanto al ámbito delimitado, que debería extenderse a la totalidad del entorno del paseo, corrigiendo las determinaciones del Plan General, ya que el primer tramo, de carácter urbano, se considera que no está suficientemente protegido, especialmente en el margen izquierdo, entre el paseo y el cauce del río El siguiente análisis y las sugerencias que se presentan tienen por objeto ampliar y profundizar en las medidas de protección y adecuación contempladas en el Avance, de manera que también puedan considerarse criterios aplicables a un ámbito mayor de influencia, y a otras áreas de interés para su renovación urbana, y en especial a las áreas periurbanas en relación con la huerta tradicional, cuyo valor ambiental y cultural ha de ser objeto de protección ANTECEDENTES Declaración de Monumento Histórico Artístico Nacional por R.D 1398/1982 Catalogado en Grado1 por el Plan Especial del Centro Histórico de Murcia, el espacio libre del jardín del Malecón y Paseo, incluido el tramo de la Arboleja, Ámbito de protección delimitado por el Plan General, con aprobación definitiva 2001, a desarrollar mediante Plan Especial de protección Paisajística y Monumental; clasificación del suelo del ámbito como No Urbanizable protegido NR-Aj, y clasificación del área adyacente exterior al ámbito como Suelo No Urbanizable Modificación parcial de la clasificación de suelo en el ámbito del Plan Especial, por adaptación del Plan General a la LSRM, con aprobación definitiva 2006, clasificado como suelo urbano especial de huerta - US- el entorno a los caminos de agrupación lineal, y como a suelo urbanizable especial de huerta -SH-, áreas adyacentes exteriores al ámbito

Incoación del procedimiento para modificación de B.I.C. para establecimiento del Entorno de protección del Monumento, por Resolución del 18-3-2014 de la Consejería de Cultura OBJETO DEL PLAN ESPECIAL El documento de Avance especifica que el Plan tiene por objeto: Definir el contenido de los documentos necesarios para establecer la protección paisajística y monumental del entorno del paseo del Malecón de alto interés ambiental y paisajístico, tal y como establece el art 7.3.1 de las normas del PGMOU. La protección del paisaje agrícola como entorno natural del monumento, es la base del presente documento. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN El Avance del Plan Especial define y justifica el ÁMBITO DE ACTUACIÓN considerando: El ámbito de estudio definido en el Plan General es el entorno inmediato objeto de las condiciones de protección Se considera que el ámbito de actuación del Plan especial debe abarcar todo el ámbito delimitado en el año 2001 como NR-Aj, entendiéndose que los caminos declarados US forman parte de la delimitación del Plan especial de protección Junto al paseo del Malecón, en su lado norte, están ubicados los viveros municipales con calificación EE: equipamiento estructurante, que se incorpora al ámbito de actuación por estar afectado por la franja de 15 m a cada eje de la red de sendas verdes del PGOU (art 3.7.5.d) y por su colindancia con el paseo. De este modo el ámbito del Plan Especial de protección paisajística y monumental del Malecón coincide con la delimitación del suelo NR-Aj del año 2001 incluyendo los viveros municipales. En esta delimitación está incluido el nuevo nudo de la autovía A-7 realizado por el Ministerio de Fomento situado al este del ámbito de actuación. La posible modificación del ámbito de actuación definido por el PGOU para la exclusión de dicho nudo se estará a lo dispuesto por los organismos competentes. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO DE ACTUACIÓN Estado actual del paseo del Malecón: descripción física del paseo.

Viario: Relación de los viales existentes. Línea 7 Latbus: La Albatalía-Murcia. Edificaciones y usos: Existencia de viviendas, almacén de leña y centro educativo AYS (interés público 2002). Viveros municipales. Uso agrícola. Estructura de la propiedad: Parcelario característico de la huerta central del municipio. Análisis ambiental: Se remite al informe elaborado por el Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento, así como al preceptivo Estudio del Paisaje. Análisis de elementos distorsionantes: Viveros municipales. Colegio AYS. Vallas publicitarias. Líneas eléctricas. Actividades económicas (almacén de leña y restaurante). Eucaliptos. Cruce de calzadas rodadas (Cuatro Piedras y final del paseo). Mobiliario urbano. Acabados. En la MEMORIA DE ORDENACIÓN se presentan tres propuestas o ALTERNATIVAS de ordenación, consideradas en función del nivel de protección y dotación de espacios públicos, que comparten las mismas medidas comunes de protección Las PROPUESTAS realizadas en el AVANCE parten de la siguiente reflexión: La protección del paisaje agrícola es en si misma una medida de difícil definición y mantenimiento, toda vez que, por definición propia, el paisaje agrícola es cambiante, en función de los cultivos que se implantan, pero cuya variedad es asimismo una característica paisajística intrínseca. Por este motivo se plantean alternativas de gestión de los terrenos que posibiliten el mantenimiento y continuidad de los cultivos. La Huerta de Murcia se caracteriza también por la superposición de pequeñas construcciones residenciales dispersas entre el suelo agrícola al cual se encuentran inseparablemente unidas, motivo por el cual también han de incluirse normas que, por una parte impida la ocupación (de) por la edificación de los entornos inmediatos, y que a la vez fijen condiciones estéticas y volumétricas de los edificios y construcciones tradicionales existentes y sus eventuales sustituciones. MEDIDAS COMUNES DE PROTECCIÓN propuestas: 1. Protección de los elementos del Paseo del Malecón: Prolongación del viario existente en su lado norte-este afectando a los vallados y suelo ocupado por los viveros municipales y del colegio AYS, definiendo una sección constante adosada a este lado del paseo: 2,5 metros de talud (arbolado y creación de línea de sombra) y 5 metros de viario peatonal y rodado restringido en el que implantar el carril bici y el acceso peatonal al colegio (segregación de uso peatonal / paseo principal y ciclista / camino contiguo). 2. Comunicación con el Río: Conexiones peatonales y visuales, de fuerte componente vegetal y arbolada, con el río en dos puntos en los que el cauce discurre próximo al muro. Estas conexiones reforzarán la comprensión del monumento como muro de defensa y reforzarán la utilización ciudadana conjunta del Río y paseo, al estar prevista la implantación de actividades lúdicas, deportivas y culturales en el cauce del Segura

que convierten al inseparable conjunto en una pieza urbana de especial significación identitaria, histórica y funcional. 3. Condiciones estéticas y ambientales: Introducción de ordenanzas y normas reguladoras de usos y actividades, de condiciones estéticas (más restrictivas). Soterramiento de las dos líneas eléctricas aéreas existentes. Prohibición de vallas publicitarias. 4. Carril de las Cuatro Piedras: Priorizar el tráfico peatonal sobre el rodado tanto en este cruce como en la conexión final del Paseo hacia La Ñora a través de la calle de la Mota conectando con la Senda de En medio. 5. Colegio AYS: Integración y mejora del entorno de la piscina cubierta y el aparcamiento principal mediante la implantación de arbolado que reduzca el impacto paisajístico de las construcciones. Reducción del nivel de iluminación y altura de sus luminarias. 6. Viveros municipales: Acondicionamiento del recinto eliminando el vallado existente y las construcciones innecesarias priorizando los espacios abiertos y de plantación sobre los construidos. Instalaciones visitables con clara función pedagógica. 7. Almacén de leñas: Supresión. 8. Retirada de cableados y torres. 9. Retirada de carteles: Supresión de vallas publicitarias y adecuación de los rótulos existentes. 10. Edificaciones tradicionales: Conservación de las edificaciones tradicionales existentes con preservación tipológica, con medidas y condiciones estéticas en caso de sustitución. 11. Mantenimiento de la actividad agrícola: Obligatoriedad de cultivar las parcelas incluidas en el ámbito delimitado no ocupadas por la edificación. 12. Vegetación: Preservación de las constantes vegetales propias de la zona. 13. Eucaliptos: Conservación y estudio de su afección al muro de contención. ALTERNATIVAS DE ORDENACIÓN propuestas: ALTERNATIVA 1 Se proponen las siguientes actuaciones específicas: Homogeneidad de la sección viaria de la calle Gaspar de la Peña mediante la introducción de una norma que obligue la cesión de 7 m a eje de camino en el suelo NR-Aj colindante con dicha calle. Condiciones de uso y edificación: Máximas restricciones al suelo no urbanizable NR-Aj e introducción de condicionantes al suelo urbano especial, US. ALTERNATIVA 2 Supone una variante de la Alternativa 1, al introducir una conexión del paseo con el río frente a los viveros municipales y calificar como huertos urbanos parte de los suelos NR-Aj y US.

Esta propuesta se justifica en base a hacer compatible el mantenimiento de la Huerta con la posible edificación de algunas zonas con características edilicias controlables, toda vez que esa mezcla de edificación y huerta es una de las constantes paisajísticas tradicionales. La propuesta plantea la calificación como zona verde desde el eje del carril de la Esparza hasta el río, que junto al sistema general VE colindante, crearía una nueva zona de estancia que aumentaría la relación del paseo con el río y el Parque de Poniente en la orilla sur. La superficie total de zonas verdes sería de 10.056 m² y de huertos 14.076 m². ALTERNATIVA 3 Supone una variante de la Alternativa 2, al ampliar la zona en la que se propone el cambio de calificación urbanística de US a Aj-H, Huertos Urbanos, en el tramo final del paseo. Esta calificación crearía una red de huertos a lo largo del paseo del Malecón, de carácter privado en los suelos NR-Aj al norte del paseo y de carácter público-privado, en el caso de solicitud por los propietarios, al sur del paseo. Referida a esta alternativa seleccionada, se expone Aún no siendo objeto de este Plan Especial se encuentra en estudio la prolongación del recorrido peatonal del paseo del Malecón hasta el cercano Molino del Amor, que potenciaría y reforzaría el papel del Paseo del Malecón como recorrido de integración en la Huerta, complementando y enriqueciendo las propuestas del presente documento. RESUMEN Y CONCLUSIONES. JUSTIFICACIÓN El objeto del Plan Especial no debería ser la definición del contenido de los documentos necesarios, sino la definición de las medidas y determinaciones necesarias para establecer la protección paisajística y monumental del entorno del paseo del Malecón. Por tratarse de un documento de Avance de planeamiento, la información urbanística resulta insuficiente en datos, tanto para la comprensión de la importancia del Paseo del Malecón en la ciudad, como para la elaboración de unas propuestas de protección suficientes del ámbito objeto del Plan Especial y áreas relacionadas y de influencia En gran medida la ausencia de datos necesarios deriva de haber limitado estrictamente el ámbito del Plan a la delimitación establecida por el Plan General, limitando las propuestas de condiciones de protección al entorno inmediato del monumento

La limitación del ámbito de estudio supone obviar los diferentes niveles y grados de percepción de un paisaje, así como las incidencias de las actuaciones que se puedan realizar en su entorno próximo, por ejemplo entre la autovía A-7, la calle/ carril de los Torres y el ámbito del Plan Especial delimitado. La falta de profundización en el análisis del ámbito y su área de influencia, supone carecer de una base sólida con la que abordar la definición de las medidas de protección que se consideren necesarias. En la MEMORIA INFORMATIVA Y JUSTIFICATIVA del Avance, y en relación a: Reseña histórica: No se aporta documentación gráfica que permita ver la evolución histórica del Paseo del Malecón y su entorno, comprender la necesidad de su protección y mostrar su potencial como eje vertebrador de los paisajes urbano, natural y agrícola de la ciudad. En relación al análisis del ESTADO ACTUAL del ÁMBITO de actuación: Viario: No se aporta documentación gráfica que permita entender la función arterial de la red viaria que se menciona, ni datos sobre sus características físicas, o sobre la densidad de tráfico y focos de atracción del mismo. El Informe de Tráfico se limita a una escueta frase No se hace referencia, en la documentación del proyecto a la vía pecuaria Colada de Molina mencionada en el informe ambiental documento de evaluación ambiental estratégica Edificaciones y usos: No se contabiliza el número de viviendas existentes, ni se hace referencia a sus datos básicos (altura, edad, estado de conservación) ni tipológicos o de ordenación. Estructura de la propiedad: No se especifica el número de parcelas y ni sus dimensiones medias. Análisis de elementos distorsionantes La limitación del ámbito de estudio al estrictamente delimitado por el PGMOU impide identificar otros elementos distorsionantes del entorno próximo. Determinaciones del Plan General:

No hay referencias a la evolución superficial que, dentro del ámbito, ha sufrido la clasificación y calificación del suelo a partir de la aprobación del PG de 1975, en el que se introducía la normativa relativa a la edificación tolerada alineada con frente a los caminos de huerta señalados en los planos. Se obvian las incidencias de la clasificación del suelo colindante: PA: Plan Especial de mejora del núcleo rural (suelo urbano) SH: Suelo Urbanizable Especial en zona de huerta tradicional. Respecto a la MEMORIA DE ORDENACIÓN, cabría distinguir entre propuestas relacionadas con elementos tales como vallas publicitarias, tendidos, y señalar las medidas de protección que se propone referidas a las Condiciones estéticas y edificaciones tradicionales: La inclusión de normas de edificación que fijen condiciones estéticas y volumétricas de los edificios y construcciones tradicionales existentes y sus eventuales sustituciones así como la regulación del tratamiento de las edificaciones y vallado Para establecer estas condiciones, se considera necesario haber identificado previamente, en la Memoria de información, las construcciones tradicionales y valorado sus características. Delimitación del ámbito: No se aporta documentación que permita entender la evolución del planeamiento referida al ámbito objeto del Plan Especial, ni se indica cual es la superficie del ámbito delimitado Para una mejor comprensión del Monumento como pieza única estructurante en el territorio, que aporta en su continuidad formal y espacial un claro significado a la ciudad, el objeto de protección paisajística que el Avance contempla para una parte Monumento y su entorno, ha de extenderse a su totalidad La normativa urbanística contempla la posibilidad de, justificadamente, establecer modificaciones o delimitación de nuevos ámbitos de planeamiento especial respecto a los ya definidos por el Plan General, por lo que considerando también, el entorno protegido del Monumento delimitado por Incoación del expediente de modificación de B.I.C. de la Consejería de Cultura, se ha de prever actualizar y, en su caso, corregir, las determinaciones establecidas por el Plan General y el PECHA, como la insuficiente protección del entorno del Monumento en el tramo de carácter urbano Se considera por ello necesario la ampliación del ámbito del Plan Especial al tramo urbano del Paseo, justificado por la necesidad de prever actuaciones coherentes en la totalidad del Monumento y su entorno, ya que por su configuración y su carácter urbano estructural, en la mayoría de los casos, dichas actuaciones han de estar necesariamente interrelacionadas

Por lo anteriormente expuesto, se PRESENTAN las siguientes SUGERENCIAS: SUGERENCIAS al Avance de Plan Especial de Protección Paisajística y Monumental del Paseo del Malecón, referidas a las determinaciones siguientes: 1. OBJETO DEL PLAN ESPECIAL Ampliación del objeto del Plan Especial considerando: -La protección del paisaje urbano y agrícola en su transición hacia el paisaje y entorno natural del Monumento, -Determinaciones y criterios para la adecuación arquitectónica, urbanística y ambiental del Monumento y su entorno, mejora de la calidad urbana y ambiental de los espacios libres y de conexión entre el núcleo urbano y espacios de huerta, así como del patrimonio edificado 2- AMPLIACIÓN DEL ÁMBITO DELIMITADO AMPLIACIÓN del ámbito del Plan Especial a la totalidad del Monumento y su entorno: INCLUSIÓN en el ámbito del Plan Especial del área correspondiente al tramo urbano del Monumento y hasta el Molino del Amor; estableciendo con carácter general como límites del ámbito, elementos territoriales y culturales estructurantes del territorio y en especial, los relacionados con el origen del Monumento: el cauce del río Segura, Acequia mayor Aljufía, caminos tradicionales de huerta, molinos y otros IDENTIFICACIÓN de un entorno territorial más amplio al propio ámbito del Plan Especial, en base a elementos territoriales y/o culturales significativos, y a las áreas necesarias por su inclusión en las cuencas visuales desde el espacio-paseo del Malecón, considerando un área de influencia afectada para la consecución del objeto que el propio Plan Especial propone: la preservación de la calidad paisajística desde el Monumento ; prever dicha área de influencia como espacio de referencia para la evaluación de actuaciones, correcciones necesarias, y delimitación de futuros planes de Paisaje Cultural de valor etnográfico En todo caso, siendo la estructura del Malecón una pieza única, y siendo objeto del Plan la preservación del paisaje de transición a huerta, se considera necesario que en el ámbito del Plan Especial quede incluida la superficie delimitada inicialmente como entorno de B.I.C., por Resolución de la Consejería de Cultura,o la que definitivamente quede establecida como entorno de protección por su valor patrimonial. 3- ESTADO ACTUAL. INFORMACION URBANÍSTICA

AMPLIACIÓN de la información urbanística, con referencia a: Descripción de la evolución del entorno en función de las sucesivas actuaciones, determinaciones y desarrollo de planeamiento, y valoración de su afección al entorno Identificación y valoración de espacios abiertos y de huerta de interés, así como de elementos singulares estructurantes, caminos históricos o elementos de red hidráulica Análisis e identificación de la edificación existente para valoración actual de elementos catalogados y edificios con tipología tradicional o adecuada al entorno Identificación y análisis de los suelos clasificados como urbano y urbanizable especial de huerta, no consolidados por la edificación, cuyas condiciones, calificación, y modos de gestión pueden adecuarse a los objetivos de un Plan especial de adecuación por su situación en relación al Paseo y Monumento 4 -ESPACIOS LIBRES. CLASIFICACIÓN Y USOS DEL SUELO. El Paseo forma parte del Sistema General de Espacios Libres del Municipio y Red de Sendas Verdes regulada por el Plan General para su desarrollo mediante Plan Especial; se propone enmarcar el paseo en este sistema, en un entorno suficientemente amplio para su comprensión y adecuación como elemento estructural Recuperación del suelo de los viveros como Sistema General de Equipamiento de Infraestructura agrícola periurbana, para un uso relacionado con la actividad agrícola del ámbito y su área de influencia, de manera que sirva de impulso a la gestión de la actividad de este entorno, prestando servicio, información y apoyo a la gestión de las actividades agrícolas y económicas relacionadas Regulación de usos que prevea la recuperación del jardín botánico del Malecón para uso como espacio libre y paseo, con previsión de traslado de usos, instalaciones y elementos de actividades feriales y comerciales, para evitar su deterioro Adecuación del espacio destinado actualmente a aparcamiento disuasorio como espacio libre y zona verde Adecuación al uso peatonal de los espacios bajo la autovía El Plan Especial tiene por objeto la adecuación urbanística de las edificaciones y de los espacios libres de titularidad pública o privada. Para el suelo incluido en su ámbito y clasificado como urbano especial -US- se tiene la oportunidad de considerar para su gestión lo establecido por el Plan General para su desarrollo mediante Plan Especial de adecuación, considerando las condiciones paisajísticas, ambientales y de cesión de dotaciones reguladas en el Plan general (art.5.14.2), no siendo de aplicación en este caso condiciones de edificación reguladas como régimen transitorio (art 5.14.3)

Este criterio también puede ser aplicable, en el supuesto de ampliación del ámbito delimitado, o de la consideración de un área de referencia superior al mismo, para áreas limítrofes y próximas clasificadas como suelo urbanizable especial de huerta -SH-, para las que, siendo necesaria su adecuación, no se considere de aplicación el régimen transitorio regulado en el Plan General (art. 6.1.7) 5-ACCESIBILIDAD Y MOVILIDAD. ITINERARIOS Adecuación de accesos desde el Paseo a los espacios públicos y de conexión Estudio de Movilidad y accesibilidad, con objeto de potenciar las zonas de uso preferente peatonal, previendo la aminoración del tráfico rodado en su entorno próximo y viario adyacente y considerando: -Traslado del Aparcamiento disuasorio existente -Propuestas que contemplen la aminoración del tráfico rodado en vial sur adyacente del paseo y el mantenimiento de la sección actual; propuesta de su trazado a nivel inferior del paseo en el cruce de las Cuatro piedras y previsión de carril bici considerando su funcionalidad de conexión con la red de carriles bici existente y prevista -Posibilidad de apertura de nuevo viario de acceso a la zona urbana al sur del cauce, a partir del nudo de la autovía -Consideración de alternativas futuras al tramo actual de la autovía que afecta al Paseo, en base al Proyecto de modificación del trazado actual de la autovía A7, -Trazado del arco norte y arco noroeste-, ya que supondrá en el futuro la conversión de este tramo en viario urbano 6- CONDICIONES DE LA EDIFICACIÓN E INFRAESTRUCTURAS. VEGETACIÓN. MEDIDAS DE PROTECCIÓN Y GESTIÓN Definición de criterios de intervención pública para la adecuación del Monumento como estructura exenta, mejora de accesos, adecuación de iluminación, señalización y mobiliario urbano, así como la gestión de soterramiento de tendido aéreo de la red eléctrica Inclusión en las determinaciones del Plan Especial o en su justificación, de los condicionantes ambientales analizados, y en especial el referido al análisis de cuencas visuales Identificación y valoración, en un entorno más amplio, de los espacios abiertos y de huerta de interés, de elementos singulares culturales y/o estructurantes, caminos históricos, acequias, brazales y su vegetación asociada, y otros elementos de interés Establecer condiciones para el mantenimiento y adecuación de los espacios libres y de la edificación existente, referidos a su valoración ambiental y tipológica; definición de propuestas de incentivos y ayudas para su adecuación y rehabilitación

Compatibilizar la implantación de huertos urbanos con nueva edificación y su gestión privada; definición de cultivos preferentes en especial el tradicional de arbolado Previsión de gestión del sistema de riego tradicional para uso agrícola Definición de un programa de intervención y gestión pública, y colaboración privada, que contribuya al mantenimiento de la actividad agrícola, basado en la generación de valor añadido a la producción agrícola y en nuevas actividades económicas relacionadas, con previsión de programación de ayudas públicas.