ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 2357 25 DE FEBRERO DE 2015. Presentado por el representante Torres Ramírez



Documentos relacionados
(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (3 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (23 DE ENERO DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (16 DE ABRIL DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE SEPTIEMBRE DE Presentado por el representante Natal Albelo

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (22 DE SEPTIEMBRE DE 2014) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C de abril de Presentado por el representante Perelló Borrás

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de mayo de Presentado por el señor Ortiz Ortiz

TEXTO APROBADO EN VOTACION FINAL POR EL SENADO (11 DE MAYO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1177

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 619

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE FEBRERO DE Presentado por el representante Matos García

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de agosto de Presentado por el señor Rivera Schatz

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MARZO DE Presentado por el representante Peña Ramírez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 238

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (29 DE SEPTIEMBRE DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

Política Nacional en Discapacidad (PONADIS)

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE MAYO DE Presentado por el representante Bulerín Ramos

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 114

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2095

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de enero de Presentado por el señor Arango Vinent

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE 2014

TEXTO APROBADO EN VOTACIÓN FINAL POR EL SENADO (19 DE FEBRERO DE 2015) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S.

En esta investigación, se llegó a ciertos principios que fueron dándose a lo largo de mi investigación:

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ABRIL DE Presentado por el representante Torres Calderón

UNIVERSIDAD : COMPROMISO SOCIAL Y VOLUNTARIADO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE JUNIO DE 2015

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de enero de Presentado por la señora Arce Ferrer

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ENERO DE Presentado por el representante Rivera Ortega

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S de enero de Presentado por el señora Vázquez Nieves

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 149

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1489

TRABAJADORES AUTÓNOMOS. COORDINACIÓN DE ACTIVIDADES PREVENTIVAS

SEMILLAS DE SEGURIDAD

Estado Libre Asociado de Puerto Rico Oficina de la Procuradora de las Mujeres División de Prevención y Educación

EL ENFOQUE DE DERECHOS EN LAS ESTRATEGIAS LOCALES DIRIGIDAS A LA INFANCIA LA INICIATIVA CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 1061

ESTRATEGIA DE LA AUTORIDAD DE SALUD Y SEGURIDAD

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE SEPTIEMBRE DE Presentado por la representante Méndez Silva

Ley Núm. 341 del año 2000

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (24 DE JUNIO DE 2012) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C.

Qué son los Beneficios de Salud Esenciales o Essential Health Benefits?

Las medidas las agruparía en cuatro grupos:

Dra. Gilda Aguirre Médico Patólogo Clínico

PARTICIPACIÓN DE LOS PADRES/TUTORES 91300

22 de julio de Lcda. Liz Arroyo Santoni Directora de Asuntos Legales y Legislativos Cámara de Comercio de Puerto Rico. P. de la C.

Plataforma de Acceso a la Cultura Recomendaciones Políticas


LEY NUM. 5 3 DE ENERO DE 2014

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ENERO DE Presentado por el representante Rivera Ortega

(TEXTO DE APROBACION FINAL POR LA CAMARA) (4 DE JUNIO DE 2012) GOBIERNO DE PUERTO RICO CAMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C. 3609

La licencia de agente no podrá expedirse ni existir en cuanto a ninguna persona que no reúna los siguientes requisitos:

Principios Éticos del Trabajador Social

III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS

DÍA 20 DE NOVIEMBRE DÍA INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA. Mucha gente pequeña, en lugares. pequeños, haciendo cosas pequeñas,

Teorías de la Información y la Comunicación (TIC) en Educación Primaria

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ENERO DE Presentado por el representante Matos García

Kirshia T. Burgos Martínez Joshua Amaro Gago Yarelis Cruz Hernández Ernesto Santiago Jiménez

BLOQUE DE DIPUTADOS JUSTICIALISTAS

En ese sentido, el artículo 7 de la Ley 15/1999 señala en sus apartados 1 y 2 que,

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ARQUITECTURA

Exposición de motivos

Hay que tener en cuenta que muchos aspectos el autoinforme se ve complementando con la información que aparece en la memoria anual del Título.

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2298

PROGRAMAS DE DIVERSIFICACIÓN CURRICULAR EN LA E.S.O.

CAPITULO III. DERECHOS DE LOS HIJOS NACIDOS FUERA DE MATRIMONIO Y LAS CONVENCIONES INTERNACIONALES.

LOS ABOGADOS Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA*

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 982

ES CD/11/11.3 Original: inglés Para información

Convención sobre los Derechos del Niño (Aprobada mediante Resolución No del 23 de junio de 1991, Gaceta Oficial No. 9805)

Diputada Olivia Garza de los Santos Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO DE MAESTRO EN EDUCACIÓN INFANTIL

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE SEPTIEMBRE DE 2014

Reducir el deterioro medioambiental (que irremediablemente produce cualquier actividad humana), al mínimo posible.

CUESTIONARIO VIOLENCIA

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 316

Propuesta de iniciativa de reforma constitucional para la desvinculación del salario mínimo como unidad, base, medida o referencia económica.

Evaluación de las Necesidades del Autismo de Pensilvania

Declaración de los Derechos del Niño

I. La comunicación es un derecho humano fundamental, reconocido y protegido a nivel nacional e internacional.

CARRERA DE RELACIONES LABORALES Facultad de Derecho Universidad de la República

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN CRIMINOLOGÍA Y SEGURIDAD. Facultad de Ciencias

GOBIERNO DE PUERTO RICO SENADO DE PUERTO RICO. P. del S. 2115

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO DE MAESTRO EN EDUCACIÓN INFANTIL. Facultad de Ciencias

Revisión de las Directrices de Naciones Unidas para la Protección del Consumidor

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN FISIOTERAPIA

CONGRESO DEL ESTADO INDEPENDIENTE, LIBRE Y SOBERANO DE COAHUILA DE ZARAGOZA

LEY NUM DE MAYO DE 2006

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ODONTOLOGÍA. Facultad de Ciencias de la Salud UAX

BOLSA DE SANTIAGO-COMUNICACIÓN CON LOS GRUPOS DE INTERÉS

UNIVERSIDAD DE QUINTANA ROO

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO CÁMARA DE REPRESENTANTES. P. de la C DE ABRIL DE Presentado por la representante Gándara Menéndez

4. Difusión, implantación, seguimiento y evaluación

PLAN DE ACTUACIÓN EMPLEO JOVEN

CENTROS INTEGRADOS DE FORMACIÓN PROFESIONAL

Informe Positivo al P. del S. 708

Comparece Tania Rosario Méndez, Coordinadora de Educación y. Asistencia Técnica de la Coordinadora Paz para la Mujer, ante la comisión que

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN ENFERMERÍA. Facultad de Ciencias de la Salud UAX

POLÍTICA DE VOLUNTARIADO DE OXFAM INTERMÓN

SECUENCIA DIDACTICA ADAPTADA

PORTUGAL. Legislación vigente (principios rectores) Dependencia administrativa. Objetivos

Transcripción:

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO 7ma. Asamblea Legislativa 5ta. Sesión Ordinaria CÁMARA DE REPRESENTANTES P. de la C. 57 5 DE FEBRERO DE 05 Presentado por el representante Torres Ramírez Referido a la Comisión de Educación, Para el Fomento de las Artes y la Cultura LEY Para añadir un nuevo inciso (hh) al Artículo 6.0 de la Ley 9 del 5 de julio de 999, según enmendada, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico a los fines de incluir entre las facultades y deberes del Secretario el establecer dentro del currículo de las escuelas públicas un programa compulsorio ajustado para los niveles elemental, intermedio y superior sobre cuido, responsabilidad y protección de animales, el cual incluirá, sin que se entienda como una limitación, el orientar al estudiantado sobre el marco legal vigente sobre este importante asunto, de manera particular la Ley 5-008, según enmendada, conocida como Ley para el Bienestar y Protección de los Animales ; la autoridad para concertar acuerdos colaborativos específicos con el Gobierno Federal o Estatal, departamentos, agencias, municipios, entidades y organizaciones privadas, comunitarias o profesionales, entre otras; el ordenar se desarrolle una Campaña de Información y Divulgación sobre este programa, y otros fines relacionados. EXPOSICIÓN DE MOTIVOS Nuestra Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, consagra como derecho a la ciudadanía el establecimiento de un Sistema de Educación Pública que propenda al pleno desarrollo de la personalidad y el fortalecimiento y respeto de los derechos del hombre y de las libertades fundamentales. Un mandato, que se instrumenta a través del Departamento de Educación de Puerto Rico, cuyo Secretario

tiene el deber ministerial de proveer las herramientas y recursos necesarios a dichos altos fines. Precisamente, al aprobarse la Ley 9 de 5 de julio de 999, según enmendada, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico, se estableció como principio que el estudiante es la razón de ser del sistema y el maestro su recurso principal, así como que la escuela es la unidad funcional del mismo. Además, dispone a través del Artículo.0, entre otros requisitos, que los programas de estudio deben ser pertinentes a la realidad social, cultural y geográfica del alumno y que incluyan valores universales como la confiabilidad, el respeto, la responsabilidad, la justicia, la bondad y el civismo. Esto, con el fin de lograr una educación integrada y el desarrollo de los atributos positivos del carácter y las destrezas sociales y emocionales, fundamentales para la vida en comunidad. En síntesis, la vital responsabilidad de capacitar y formar a los ciudadanos productivos y comprometidos con el Bien Común que requiere Puerto Rico para enfrentar los múltiples retos de este Siglo XXI. Para esto, el Artículo 6.0 de dicha Ley 9, supra, determina las facultades y obligaciones del Secretario en su función de Director Académico del sistema, entre las que destacan de forma general: el organizar los programas de estudio del sistema, establecer un currículo básico con márgenes de flexibilidad para que las escuelas lo puedan adaptar a sus necesidades y el prescribir el plan de estudios correspondiente a cada grado y nivel. Así mismo, se le delega específicamente el desarrollar programas de orientación y actividades sobre diversas temáticas sociales. Cónsono a éste marco de acción académica, resulta necesario reconocer que nuestro Sistema de Educación Pública al presente no incorpora la enseñanza de la política pública vigente sobre el fortalecimiento del trato digno y los derechos de los animales. Como muy bien expresa en su parte pertinente la Exposición de Motivos de la Ley 5-008, según enmendada, Ley para el Bienestar y la Protección de los Animales : Durante los últimos años, la visión mundial sobre los animales ha cambiado dramáticamente; éstos se han convertido en una parte fundamental de nuestras vidas y, por ende, de la sociedad. Se ha reconocido que los animales son entes sensitivos y dignos de un trato humanitario. Desde 977, cuando la Liga Internacional de los Derechos del Animal adoptó una declaración, que fue posteriormente aprobada por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO, por sus siglas en inglés) y por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas, en la que se parte de la premisa de que todo animal posee derechos y, en particular, derecho a la existencia, al respeto, a la atención, a los cuidados y a la protección por parte del ser humano, los países de vanguardia han adoptado estatutos a favor de los animales. Otros han actualizado su legislación; todos recogiendo los principios de respeto, defensa y protección Por este motivo, es de vital importancia proteger y cuidar de los animales a fin de que se desarrollen en un ambiente saludable que propenda en beneficio de la familia puertorriqueña y que nos

identifique como una sociedad de vanguardia y mentalmente saludable (Énfasis nuestro) Por otro lado, no podemos ignorar las noticias lamentables que se han publicado recientemente en Puerto Rico sobre casos extremos de maltratos de animales que evidencian una crueldad e insensibilidad muy lesiva. Imágenes de perros, gatos, caballos, aves y otros animales torturados, mutilados y maniatados de diferentes formas que incluyen el uso de agentes químicos, sometidos a peleas callejeras, arrastrados por vehículos, quemados, abandonados, dejados a la intemperie, sin comida, agua, amarrados o encadenados sin suficiente espacio, entre otras muchas barbaries. Conductas, que según estudios realizados, pudieran ser el reflejo de patrones de violencia o abuso aún dentro del entorno familiar o comunitario. Así también, que apuntan a que en un futuro estas personas que maltratan animales, son cuatro veces más propensas a cometer actos violentos contra seres humanos. Así, que la puesta en marcha de esfuerzos concertados a temprana edad para la prevención de estas conductas tan funestas es fundamental para su necesaria erradicación. Por todo lo anterior, esta Asamblea Legislativa entiende que es de suma importancia el enmendar el marco de ley actual, expresamente el Artículo 6.0 de la Ley 9 del 5 de julio de 999, según enmendada, conocida como Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico a los fines de incluir entre las facultades y deberes del Secretario el establecer dentro del currículo de las escuelas públicas un programa compulsorio ajustado para los niveles elemental, intermedio y superior sobre cuido, responsabilidad y protección de animales. Además, el autorizar para que concrete aquellos acuerdos colaborativos específicos con el Gobierno Federal o Estatal, departamentos, agencias, municipios, entidades y organizaciones privadas, comunitarias o profesionales, entre otras, así como el realizar una Campaña de Información Pública de divulgación del nuevo programa. Un enfoque urgente e integral, que redundará en una sociedad más justa y consciente de su responsabilidad colectiva a través de la poderosa herramienta de la educación que capacita para bien al ser humano y lo transforma en un ciudadano útil y comprometido con su entorno. DECRÉTASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO: Artículo.-Se añade un nuevo inciso (hh) al Artículo 6.0 de la Ley 9 del 5 de julio de 999, según enmendada, para que lea como sigue: Artículo 6.0 Facultades y Obligaciones del Secretario en el Ámbito Académico-

5 6 En su funcióde Director Académico del Sistema de Educacuión Pública de Puerto Rico, el Secretario: a) b) c) 7 8 9 0 5 6 7 (hh) Establecerá dentro del currículo de las escuelas públicas un programa compulsorio ajustado para los niveles elemental, intermedio y superior sobre cuido, responsabilidad y protección de animales, el cual incluirá, sin que se entienda como una limitación, el orientar al estudiantado sobre el marco legal vigente sobre este importante asunto, de manera particular en cuanto a la Ley 5-008, según enmendada, conocida como Ley para el Bienestar y Protección de los Animales. El Secretario, en el marco de esta responsabilidad tendrá la autoridad para concertar acuerdos colaborativos específicos con el Gobierno Federal o Estatal, departamentos, agencias, municipios, entidades y organizaciones privadas, comunitarias o profesionales, entre otras, a estos fines. 8 9 0 Artículo.-El Secretario del Departamento de Educación tomará todas las medidas necesarias para la implantación de esta Ley, incluyendo el promulgar todas las normas y reglamentos que entienda pertinente a estos fines, no más tarde de ciento ochenta (80) días de la aprobación de la misma. Así también, desarrollará una

5 Campaña de Información y Divulgación Pública dirigida a comunicar la integración y puesta en marcha del programa aquí dispuesto. Artículo.-Esta Ley comenzará a regir inmediatamente después de su aprobación.