La gestión Responsable de los recursos Humanos Quiénes somos Resultado de la Responsabilidad Social asumida por la empresa multinacional de Recursos Humanos Adecco Qué hacemos Trabajamos por la Integración Laboral de las personas que se encuentran con grandes dificultades para acceder a un empleo. Constituida en 1999 y clasificada como Benéfica de Asistencia social por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, es una entidad sin ánimo de lucro. Dónde estamos 1
Reclutamiento Orientación Formación CEE Empleo Ordinario Intermediación Laboral Integración laboral Seguimiento de la contratación Prospección Antena de empleo Empleo con apoyo Diseño del Plan de Integración en la empresa Estudio Organizacional Análisis de perfiles y puestos Evalúa. Informe de integración Plan de acción Acciones Transversales Voluntariado Corporativo 1 2 3 4 5 I+D+i Plan Familia Adaptación y Accesibilidad Sensibilización y Concienciación 2
19/06/12 - Tetraplejia - Parálisis cerebral - Espina bífida - Amputaciones - Agenesias - Paraplejia - Hemiplejia - Depresión mayor - Trastorno de pánico - Esquizofrenia - Trastorno bipolar Afectación órganos internos: - Sordera - Ceguera - Riñón - Corazón - Enfermedades respiratorias - Reumáticas - Trastornos de la Comunicación - Funcionamiento intelectual inferior a la media - Afectación en las habilidades adaptativas - Enfermedades congénitas - Accidentes de tráfico - Accidentes y enfermedades laborales - Consumo de alcohol - Consumo de drogas - Uso de determinados productos químicos - Polución ambiental (aire o agua) - Experimentos científicos - Guerras, catástrofes - Accidentes deportivos - Malnutrición - Enfermedades de la civilización (cardiovasculares) - Enfermedades metabólicas 3
19/06/12 Estereotipo (RAE): imagen o idea aceptada comúnmente por un grupo o sociedad con carácter inmutable 1. LISMI: Ley de Integración Social del Minusválido. Ley 13/1982, de 7 de Abril. Principio General: Obligación de las empresas de 50 o más empleados a realizar una cuota de reserva del 2% de su plantilla a favor de trabajadores discapacitados. 2. Ley 23/2001 de Presupuestos Generales del Estado. Disposición Adicional Decimoséptima....igualmente se entenderá que estarán incluidas en dicho cómputo los trabajadores minusválidos que se encuentran en cada momento prestando servicio en las empresas públicas o privadas, en virtud de los contratos de puesta a disposición que las mismas hayan celebrado con empresas de Trabajo Temporal. 3. R.D. 27/2000 (de Medidas Alternativas) l Ante la imposibilidad de cumplir la cuota del 2% proporciona, de forma excepcional, herramientas que sustituyen a dicha obligación. l Estas Medidas Alternativas son opciones que excepcionalmente otorga la norma para cumplir con el compromiso social obligatorio de las empresas. 4. Orden Ministerial de 24 de Julio de 2000 l Se regula el procedimiento administrativo para la obtención de la situación de excepcionalidad. 5. RD 364/2005 de 20 de Abril l Modifica el RD 27/2000 y la OM que regula el procedimiento administrativo. l Los cambios afectan a plazos, procedimiento y competencias. 4
Ley 51/2003, Ley de Igualdad de Oportunidades, Accesibildad Universal y No Discriminación de las personas con discapacidad (LIONDAU). concepto de accesibilidad universal igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad lucha contra la discriminación adopción de medidas de acción positiva Concepto de ajustes razonables. Ley 31/1995, Art. 25: Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados trabajos. 5
PROGRAMA DE FOMENTO DE EMPLEO (BONIFICACIONES EMPRESARIALES A LA CONTRATACIÓN LABORAL): mantenidas tras RDLEY 3/2012 COLECTIVO DESCRIPCIÓN CUANTÍA EUROS ANUAL/MENSUAL DURACIÓN BONIFICACIONES A LA CONTRATACIÓN INDEFINIDA Víctimas de Violencia de género 1500 euros / 125 euros 4 años Trabajadores en situación de exclusión social 600 euros / 150 euros 4 años Víctimas de Violencia Doméstica 850 euros / 70,83 euros 4 años En general 4.500 euros / 375 euros DISCAPACITADOS Mujeres con discapacidad 5.350 euros / 445,83 euros Mayores de 45 años con discapacidad 5.700 euros / 475 euros PERSONAS CON DISCAPACIDAD En general 5.100 euros / 425 euros SEVERA Mujeres con discapacidad 5.950 euros / 495,83 euros Mayores de 45 años con discapacidad 6.300 euros / 525 euros BONIFICACIONES EN SUPUESTOS EXCEPCIONALES DE CONTRATACIÓN TEMPORAL PERSONAS CON DISCAPACIDAD Varones menores de 45 años 3.500 euros / 291,67 euros contratadas mediante el contrato Mujeres menores de 45 años y varones 4.100 euros / 341,67 euros temporal de fomento del empleo mayores de 45 años con discapacidad Mujeres mayores de 45 años 4.700 euros / 391,67 euros PERSONAS CON DISCAPACIDAD Varones menores de 45 años 4.100 euros / 341,67 euros SEVERA contratadas mediante el Mujeres menores de 45 años y varones 4.700 euros / 391,67 euros contrato temporal de fomento del mayores de 45 años con discapacidad empleo Mujeres mayores de 45 años 5.300 euros / 441,67 euros Víctimas de violencia de género o doméstica 600euros / 50 euros Personas en situación de exclusión social 500 euros / 41,67 euros Desempleados inscritos en el SPE, mayores de 52 años beneficiarios de 50 % de las C. C. Máximo 12 meses cualquiera de los subsidios del art. 215 LGSS con contrato a tiempo completo y de más de 3 meses BONIFICACIONES/REDUCCIONES DE CUOTA PARA EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO Contratos de carácter indefinido de trabajadores 50 % de la aportación empresarial por C. C. salvo incapacidad temporal, 60 o más años con una antigüedad en la empresa incrementándose anualmente un 10 % hasta llegar al 100 % de 5 o más años Contratos de carácter indefinido de trabajadores 40 % de la aportación empresarial por C. C. salvo incapacidad temporal 1 año 59 o más años con una antigüedad en la empresa de 4 o más años Cambio de puesto de trabajo por riesgo en el 40 % de la aportación empresarial por C. C. salvo incapacidad temporal Durante el tiempo de permanencia en el embarazo, lactancia natural o enfermedad prof. nuevo puesto BENEFICIARIOS DE ESTE PROGRAMA DE FOMENTO DEL EMPLEO Empresas, trabajadores autónomos, las cooperativas o sociedades laborales a las que se incorporen desempleados como socios trabajadores o de trabajo, siempre que la entidad haya optado por un régimen de SS propio de trabajadores por cuenta ajena. REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS -Hallarse al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la SS, tanto en la fecha de alta de los trabajadores como durante la percepción de las bonificaciones. La falta de ingreso en el plazo reglamentario de dichas obligaciones dará lugar a la pérdida automática de las bonificaciones, respecto de las cuotas correspondientes a periodos no ingresados en dicho plazo, teniéndose en cuenta dicho periodo como consumido para el cómputo del tiempo máximo de bonificación. - No haber sido excluidos del acceso a los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas. 6
1.Valores. 2.Gestión de la diversidad. 3.Aprovechar las oportunidades grupos de interés. 1. Conocer los tipos de discapacidad. 2. Conocer limitaciones y necesidades de cada persona. 3. Confidencialidad. 4. Control riesgos laborales especificos y adaptaciones. 5. Actuar de manera natural: ni sobreproteger ni ignorar. 6. Busqueda de complicidad con el entorno. 7. Mejorar clima de trabajo Superación limitaciones propias. 8. Información contra el miedo/prejuicios. 7
Aunque las circunstancias influyen mucho sobre nuestro carácter, la voluntad puede modificar en nuestra favor tales circunstancias. Las leyes no se mejorarían nunca si no existieran numerosas personas cuyos sentimientos morales son mejores que las leyes vigentes JOHN STUART MILL (1806-1873) 8