La primera actualización de la renta se efectuará en el mes de junio del año y así periodo tras periodo hasta la finalización del contrato.
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- Yolanda Flores San Segundo
- hace 8 años
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1 PLIEGO DE CONDICIONES JURIDICO-ECONOMICO-ADMINISTRATIVAS QUE REGIRAN LA ADJUDICACION DE LA EXPLOTACION DEl BAR ARTAPE PROPIEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE MENDATA 1.- OBJETO. Es objeto del presente pliego regular las condiciones bajo las que se adjudicará por el Ayuntamiento de Mendata, mediante concurso la explotación del bar sito en el Barrio Elexalde, número 7 del término municipal de Mendata y que gira bajo el nombre de Artape. La industria situada en la planta baja, lado derecho, del Centro Socio-Cultural Artape, comprende de bar, cocina, comedor y servicios anejos. La industria dispone de diversos enseres, relacionándose los mismos en el Inventario adjunto a este Pliego de Condiciones, constituyendo una unidad patrimonial con vida propia. 2.- PRECIO El precio del arrendamiento, que se constituye como tipo mínimo de licitación, será sobre la base mínima de 300,00.- Euros mensuales (I.V.A incluido). Las mejoras sobre el tipo de licitación serán al alza. El precio se abonará mensualmente, siendo el primer mes una vez notificada la adjudicación y sucesivamente el día 1 de cada mes, en el lugar o entidad bancaria que designe el Ayuntamiento de Mendata. El precio se modificará anualmente conforme a la variación experimentada por el Índice de Precios al Consumo (I.P.C.), según los índices publicados por el Instituto Nacional de Estadística u organismo equiparable que lo sustituya. La primera actualización de la renta se efectuará en el mes de junio del año y así periodo tras periodo hasta la finalización del contrato. 3.- FIANZA Dentro de los diez días siguientes a la adjudicación definitiva, el adjudicatario habrá de prestar fianza o garantía definitiva por valor de 1.200,00 euros, en cualquiera de las formas que establece la legislación vigente. Si el adjudicatario no hubiera constituido la fianza definitiva dentro del plazo marcado, quedará sujeto a las responsabilidades que establece el artículo 97 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales.
2 Una vez constituida la fianza definitiva, el adjudicatario habrá de suscribir en la fecha que se le señale, el documento en que conste el contrato convenido entre ambas partes, que se entenderá siempre celebrado a riesgo y ventura del adjudicatario. Si el interesado no suscribiese el documento de formalización del contrato, perderá la fianza definitiva y quedará sujeto también a las responsabilidades que establece el artículo 97 del Reglamento de Contratación de las Corporaciones Locales. 4.- DURACION DEL CONTRATO La duración del arrendamiento será de CINCO AÑOS, a partir del día siguiente de la firma del contrato. 5.- PROHIBICION DE SUBARRIENDO, CESIONES O TRASPASOS El rematante no podrá ceder, subarrendar ni traspasar el derecho que nazca del contrato. Únicamente en caso de muerte, si los herederos ofrecen llevarlo a cabo bajo las mismas condiciones estipuladas en el presente Pliego y, el Ayuntamiento acepta, podrán los herederos subrogarse en el contrato, bien entendido que, de ser desechado el ofrecimiento, no tendrán derecho a indemnización alguna, con pérdida de la fianza definitiva. 6.- USO Y CONSERVACION DEL LOCAL Y ENSERES La industria a arrendar se encuentra en perfecto estado de uso y conservación, por lo que en el momento de la extinción del arrendamiento y reversión al Ayuntamiento de la instalación, está deberá encontrarse en debidas condiciones de uso, siendo comprobado por el propio arrendatario y una persona designada por el Ayuntamiento. Si de la inspección y comprobación se desprendiese la existencia de un deterioro superior al que corresponde por el transcurso del tiempo, el Ayuntamiento se resarcirá con la fianza hasta donde ésta alcance, sin perjuicio de exigir el importe restante de los daños, por cualquier medio legal. El arrendatario no podrá realizar obras sin la autorización previa del Ayuntamiento de Mendata. Tanto al inicio del arrendamiento como en el momento de su extinción se levantará acta de las condiciones en que se encuentra el local y todos los aparatos existentes en aquél. 2
3 7.- GASTOS Todos los gastos que se originen con motivo de las obras de conservación y reparaciones necesarias serán de cuenta exclusiva e integra del arrendatario. Serán igualmente de cuenta exclusiva e integra del arrendatario el abono de los gastos originados por el consumo de agua, electricidad, gas, así como los derivados del alcantarillado, recogida de basuras, adquisición y uso de menaje, vajilla, utensilios de bar y productos de consumo. También correrán por cuenta del adjudicatario los gastos de toda clase que ocasione el concurso y formalización del correspondiente contrato. 8.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Además de las obligaciones legales genéricas legales derivadas de la aplicación del presente pliego de condiciones y demás normas de aplicación al caso, constituyen deberes específicos del arrendatario los siguientes: a) Conservar la taberna en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias y destinarlas de modo exclusivo al uso pactado. b) Devolver la taberna, al término de la duración del contrato o de su resolución o rescisión, en su caso, en el mismo estado en que se recibieron. c) Abstenerse de realizar mejoras o modificaciones en el inmueble arrendado sin la previa autorización expresa del Ayuntamiento. Las obras o mejoras de cualquier clase realizadas por el arrendatario quedarán integradas en el inmueble y pasarán a ser propiedad del Ayuntamiento al extinguirse el contrato de arrendamiento sin que éste tenga que abonar cantidad alguna. d) Mantener abierto y a disposición del público el servicio de barra de la taberna arrendada, durante trescientos cincuenta días al año, y el servicio de restauración, como mínimo, durante trescientos treinta y cinco días al año; en todo caso, los periodos de cierre no podrán superar quince días consecutivos. Asimismo deberá cumplir la normativa vigente en materia de horarios, actividades molestas, higiene y sanidad. e) Deberá obtener y mantener al día cuantas licencias, autorizaciones o permisos se precisen de los Organismos competentes en materia de sanidad, trabajo y hacienda o cualesquiera otros que se precisen para el desarrollo de la actividad pretendida. f) Estar dado de alta en el correspondiente epígrafe de la licencia fiscal, siendo su obligación estar al corriente en el pago de todos los impuestos de orden local, territorial, estatal o de cualquier otra naturaleza que graven la explotación de taberna así como estar al corriente en el pago de los seguros sociales del personal de servicio. 3
4 g) Pagar todos los gastos previstos en el punto 7. de este pliego. h) A todos los efectos legales, en especial por lo que afecta a obligaciones o responsabilidades en que pudiera incurrir, el adjudicatario figurará y actuará como titular único y exclusivo de la explotación de la taberna, viniendo obligado a destacar tal carácter y total separación jurídica del Ayuntamiento de Mendata, que en ningún caso podrá quedar obligado por actos de aquel. Por tanto, todos los empleados, dependientes o contratados por el adjudicatario para la explotación de la taberna será a su cuenta y cargo, y, en ningún momento podrán ser considerados empleados del Ayuntamiento. i) Será, además, de la exclusiva cuenta y responsabilidad del adjudicatario el pago de los débitos con proveedores, y en general, responsabilidades de todo orden (sanciones, responsabilidad por culpa extracontractual, etc.,) sin que por ningún concepto derivado de la explotación del negocio pueda exigirse responsabilidad alguna directa o indirecta al Ayuntamiento de Mendata. j) Pagar mensualmente el arrendamiento en la forma establecida en el punto 2. de este pliego. k) El arrendatario se hace directa y exclusivamente responsable de todo tipo de daños, y por cualquier motivo, que pueden causar a los bienes de los que dispondrá con motivo de la adjudicación, así como de cuantos daños o accidentes de cualquier clase que puedan ocasionarse a terceras personas o cosas como consecuencia directa o indirecta del funcionamiento del negocio, eximiendo de toda responsabilidad al Ayuntamiento de Mendata. En consecuencia, el adjudicatario está obligado a suscribir la oportuna póliza de seguros, con entidad autorizada, que cubra los riesgos que se puedan producir durante la vigencia del arrendamiento y presentarla ante el Ayuntamiento de Mendata. 9.- RIESGO Y VENTURA Los derechos dimanantes de la adjudicación a que se refiere este pliego se otorgan a riesgo y ventura del adjudicatario CAUSAS DE RESOLUCION Las causas de resolución del contrato serán las siguientes: a) Termino del plazo para el que se otorgó el arrendamiento. 4
5 b) El fallecimiento del adjudicatario, en cuyo caso el Ayuntamiento se reserva el derecho de autorizar a los herederos la continuación del arrendamiento hasta la terminación del contrato. c) Por incumplimiento de las obligaciones contenidas en este pliego, y en especial a las que se hacen referencia en la base octava. El incumplimiento de las obligaciones dará lugar a la resolución, inmediata del contrato, con pérdida de la fianza definitiva, sin perjuicio de la exigencia del importe de los débitos al arrendatario. d) Mutuo acuerdo de las partes. e) Suspensión de pagos del arrendatario. f) Abandono o renuncia por el arrendatario que dará lugar a la resolución inmediata del contrato, con pérdida de la fianza definitiva, sin perjuicio de la exigencia del importe de los débitos al arrendatario. g) Descuido o negligencia grave del arrendatario en el normal funcionamiento de las instalaciones CAPACIDAD PARA CONCURSAR Podrán tomar parte en este procedimiento de concurso, las personas naturales o jurídicas que se hallen en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar y no estén incursas en ninguna de las prohibiciones para contratar establecidas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas CRITERIOS OBJETIVOS DEL CONCURSO Conforme a lo previsto en el artículo 87 de la Ley 18/1995 de 18 de mayo de Contratos de las Administraciones Públicas, se establecen los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación, que son los siguientes: Criterios Puntuación a) Importe del precio ofertado, incluido el I.V.A. 30 b) Proyecto de Negocio, que tendrá que detallar los siguientes puntos: - Experiencia acreditada como titular de establecimientos similares - Descripción de los servicios a prestar en la taberna - Colaboraciones con la comunidad de Mendata - Calendario de horarios y días de apertura y cierre 40 c) Entrevista personal para la defensa del Proyecto de Negocio presentado 30 5
6 13.- PROPOSICIONES, DOCUMENTACION Y PLAZO DE PRESENTACION El expediente de contratación, así como el resto de la documentación, podrá ser examinado en las oficinas del Ayuntamiento de Mendata en horario de 10 a 13:30 horas. Las proposiciones se presentarán en el mismo lugar y horario indicados, dentro del siguiente plazo: Durante los 15 días naturales contados a partir del siguiente a aquel en que aparezca publicado en el B.O.B. el anuncio de licitación. Las proposiciones presentadas con posterioridad no serán admitidas aunque conste que se entregaron en Correos antes de la finalización del plazo, salvo que se remita al órgano de contratación por telegrama o fax, la justificación de la fecha de remisión de la oferta en el mismo día que se envió por correos. Los licitadores deberán presentar dos sobres cerrados (A y B) en cada uno de los cuales figurará la inscripción PROPOSICION PARA TOMAR PARTE EN LA CONTRATACION POR CONCURSO ABIERTO PARA LA EXPLOTACION POR ARRENDAMIENTO DE LA INDUSTRIA DE BAR DENOMINADO ARTAPE. En cada sobre se indicará la denominación de la empresa, nombre y apellidos de quien firme la proposición y el carácter con que lo hace, debiendo estar ambos sobres también firmados. * Sobre A, se subtitulará CAPACIDAD Y SOLVENCIA PARA CONTRATAR y contendrá los siguientes documentos: a) Documento nacional de identidad si el licitador actúa en nombre propio. En el caso de que actúe en representación de otra persona o entidad, poder bastanteado y legalizado. b) Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil y número de identificación fiscal. c) Declaración expresa de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones de contratar enumeradas en el artículo 20 de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. d) Acreditación de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, mediante certificaciones expedidas por las correspondientes instituciones. e) Documento acreditativo de constitución de la garantía provisional. 6
7 * El sobre B se subtitulará PROPOSICION ECONOMICA Y CRITERIOS DE ADJUDICACION y contendrá los siguiente documentos: a) Proposición económica ajustada al siguiente modelo Anexo I b) El Proyecto de Negocio, que acredite el cumplimiento de los criterios de adjudicación señalados en la cláusula 12 de este pliego CALIFICACION DE LOS DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES Vencido el plazo de presentación de proposiciones, la Mesa procederá a la calificación de la documentación recibida en tiempo y forma (sobre A ), concediéndose, si observase defectos materiales en la misma, un plazo de tres días hábiles para que el licitador subsane el error. Las ofertas presentadas (sobre B ) serán abiertas en acto público el siguiente día hábil (excluido sábado) al de la finalización del plazo de presentación de proposiciones a las 13 horas, salvo en el caso de envío por correo en que se estará a los dispuesto en el Reglamento General de Contratación del Estado. Los ofertantes recibirán una comunicación donde se señalarán, el día, la hora y el lugar para la entrevista personal. Posteriormente y previos los informes técnicos oportunos, en su caso, la Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del contrato al órgano de contratación que haya de efectuar la misma ADJUDICACION Y FORMALIZACION La adjudicación se realizará en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente al de la apertura de proposiciones. Dentro de los diez días siguientes a la constitución de la fianza definitiva, se comprobará y firmará por duplicado el Inventario General del mobiliario, maquinaria y enseres propiedad del Ayuntamiento, existentes en la industria de bar Artape. La entrega del inmueble, con indicación de todas las dependencias que comprenda, se formalizará en documento suscrito por el Alcalde, Secretario y adjudicatario, consignándose las circunstancias, condiciones y estado en que se cede la industria y sus instalaciones. 7
8 Finalizado el arrendamiento, se efectuará la recepción de la industria y sus enseres, relacionados en el Inventario anexo. Si de la comprobación resultara algún elemento desaparecido, inservible o deteriorado, este será repuesto por el adjudicatario. Todos los demás enseres para el buen servicio de la industria de bar vendrá obligado a adquirirlos por su cuenta el adjudicatario, previo examen de muestras y conformidad del Alcalde OPCION DE VIVIENDA El adjudicatario podrá disponer en arrendamiento de la vivienda municipal sita en el nº 1, planta 2, Izq. de Elexalde auzoa, siempre y cuando la vivienda se encuentre desocupada. La renta y demás condiciones del arrendamiento de la vivienda estarán sujetas al Pliego de Claúsulas Administrativas Particulares aprobadas por el Pleno de la Corporación el día 13 de mayo de El arrendamiento de la vivienda estará vinculado con la explotación del bar, de tal manera que el cese en dicha explotación conllevara el desalojo de la vivienda FIN DEL CONTRATO a) Al finalizar el contrato por cualquier motivo, se extenderá acta, donde se harán constar las circunstancias y condiciones en que el adjudicatario devuelve al Ayuntamiento el inmueble, instalaciones, mobiliario, enseres, etc., y se fijarán las diferencias con el Inventario, a efecto del pago por aquel de las indemnizaciones que procedan, quedando sujeto al pago; y si no lo cumplimentase en el plazo de quince días siguientes a su firma, será retenida la fianza y subsidiariamente todos los bienes del deudor hasta cubrir la deuda. Dicha acta será suscrita por el Alcalde, Secretario de la Corporación y adjudicatario, expresándose también en ella las causas de la rescisión. Si el adjudicatario no compareciese el día señalado por el Alcalde para extender el acta final, el documento redactado por los representantes de la Corporación será válido y exigible. b) En caso de incumplimiento por parte del adjudicatario de cualquiera de sus obligaciones, la Corporación podrá rescindir el contrato con las penalidades establecidas en la Ley de Contratos de la Administración Pública, y automáticamente el cese en el servicio de la industria de bar Artape, de todo el personal que tuviere, cuyo vínculo jurídico queda reducido a la esfera del arrendatario-adjudicatario y su negocio, y no puede afectar al establecimiento. c) El acuerdo de rescisión se adoptará por el Pleno Corporativo y el adjudicatario devolverá la industria de bar Artape y su contenido en la forma en que lo recibió, dentro de los 15 días siguientes a la fecha de la notificación, retirando todo lo que sea de su propiedad. 8
9 18. RESCATE La Corporación Municipal se reserva el derecho de dejar sin efecto el arrendamiento antes del vencimiento, si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante indemnización al arrendatario de los años que se causen, o sin ella cuando no procediese. Dicha indemnización quedará concretada en la cantidad de 3 anualidades, si el arrendatario no excede en el tiempo transcurrido de 3 años, y 4 anualidades, en el caso de que exceda los 3 años FUERO COMPETENTE El adjudicatario y sus herederos, en su caso, quedarán sometidos para cuanto se relacione con sus derechos y obligaciones, a las Autoridades, Juzgados y Tribunales de este Partido Judicial, con renuncia expresa de todo fuero o privilegio REGULACION DEL CONTRATO En todo lo no previsto en este Pliego de Condiciones será de aplicación lo dispuesto en la Legislación local de contratación, Ley de Contratos de la Administración Pública y demás Reglamentos, y cuantas normas sean de aplicación, tanto de carácter directo como subsidiario, a las que expresamente se somete el adjudicatario. En Mendata, a 27 de abril de Anexo I 9
10 D... con domicilio en... CP..., D.N.I. nº..., teléfono... en plena posesión de su capacidad jurídica y de obrar, en nombre propio (o en representación de..., con domicilio en... CP..., teléfono..., y D.N.I. o C.I.F.(según se trate de persona física o jurídica) nº...), enterado del concurso convocado por el Ayuntamiento de Mendata para la contratación por arrendamiento de la industria de bar denominado Artape sita en el término municipal de Mendata y propiedad del éste Ayuntamiento, declaro: 1º) Que me comprometo a arrendar la industria de bar denominada Artape en el precio de... euros, más... euros, correspondientes al...% de I.V.A., y en el plazo determinado en el Pliego de Condiciones Particulares de la Contratación. 2º) Que conozco en su contenido el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad. 3º) Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para su apertura, instalación y funcionamiento. 4º) Que no estoy incurso en ninguna de las causas de incapacidad e incompatibilidad previstas en las disposiciones vigentes que regulan directa o subsidiariamente la contratación en el ámbito de la administración pública. En..., a...de...de Firma 10
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