Formato Literal i) Art. 7 LOTAIP CONTRATOS G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN SALCEDO

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "Formato Literal i) Art. 7 LOTAIP CONTRATOS G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN SALCEDO"

Transcripción

1 Formato Literal i) Art. 7 LOTAIP CONTRATOS G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN SALCEDO CONTRATO DE CONSULTORÍA PARA REALIZAR EL SOFTWARE O PROGRAMA QUE PERMITA EL FUNCIONAMIENTO DE LA TERMINAL TERRESTRE DE LA CIUDAD DE SALCEDO Contratista: Comercializadora Infocomer Cía. Ltda. Código: CDC-GADMCS COMPARECIENTES: Intervienen en la celebración del presente contrato de consultoría para realizar el "El Software o Programa que permita el funcionamiento de la Terminal Terrestre de la Ciudad de Salcedo", por una parte, el G.A.D. Municipal del Cantón Salcedo, legalmente representado por el señor Rodrigo Mata Cepeda, en calidad de Alcalde y Representante Legal; y, por otra Comercializadora Infocomer Cía. Ltda., mediante escritura celebrada el 23 de Septiembre del 2010, ante la Notaría Séptima del Cantón Ambato, legalmente representada por el Ing. Renán Oswaldo Ortiz Toapanta, los mismos que para efectos del presente contrato se denominarán la CONTRATANTE y la CONSULTORA, respectivamente, al tenor de las siguientes cláusulas: PRIMERA.- ANTECEDENTES: 1.1. El señor Alcalde del G.A.D. Municipal del Cantón Salcedo, mediante Resolución No. 219-GADMCS-2012, de fecha 15 de Agosto de 2012, aprobó los pliegos y demás documentos del proceso La invitación para participar en el proceso de consultoría para realizar el "El Software o Programa que permita el funcionamiento de la Terminal Terrestre de la Ciudad de Salcedo", publicada en el Portal el día 15 de Agosto de El acta de negociación suscrita el 21 de Agosto del año 2012, entre la CONTRATANTE y la CONSULTORA El Director Financiero del G.A.D. Municipal del Cantón Salcedo, con fecha 13 de Julio de 2012, emite Certificación Presupuestaria No , con cargo a la partida presupuestaria No , denominada "equipos, sistemas, y paquetes informaticos", certificando la disponibilidad actual y futura de los recursos económicos para el financiamiento de este contrato La Resolución de adjudicación realizada por el señor Alcalde del G.A.D. Municipal del Cantón Salcedo, de fecha 22 de Agosto del año 2012, publicada y notificada en el Portal SEGUNDA.- DOCUMENTOS DEL CONTRATO: Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: 1

2 a) El Acta de Negociación de la oferta técnico-económica. b) Copia certificada de la Escritura Pública de Constitución de Compañía. c) Copia certificada del Poder o nombramiento de representante legal. d) Certificado actualizado de Cumplimiento de Obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, persona jurídica. e) Certificado de habilitación del RUP. f) Los Pliegos, preguntas, respuestas, aclaraciones y anexos. g) La oferta presentada por la CONSULTORA; h) Los demás documentos de la oferta del adjudicatario; i) La Resolución de aprobación de pliegos e inicio del proceso de consultoría j) La Resolución de adjudicación; y, k) Las certificación Presupuestaria, con la que se demuestra la existencia de recursos con carga presupuestaria y disponibilidad para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato. l) Certificado del Consejo Nacional del Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas "CONSEP", que acredite que el proveedor no registra antecedentes por la comisión de infracciones a la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. m) Certificado de un Buró de Crédito en el que se señale que la CONSULTORA no está castigado con la calificación de riesgo "E". n) Certificado del Banco Nacional de Fomento, en el que se indique que la CONSULTORA no es deudor moroso de dicha entidad. o) Declaración Juramentada del Consultor, en el que conste que no se encuentra inmerso en las prohibiciones de Ley para contratar con el Estado. p) La certificación de no adeudar al G.A.D. Municipal del cantón Salcedo. q) El comprobante de pago por el costo de los pliegos, una vez que la CONSULTORA sea adjudicada para el contrato. TERCERA.- INTERPRETACIÓN Y DEFINICIÓN DE TERMINOS: Los términos del Contrato deben interpretarse en un sentido literal y obvio, en el contexto del mismo, y cuyo objeto revele claramente la intención de la contratante. En todo caso su interpretación sigue las siguientes normas: 3.1 Cuando los términos están definidos y son claros, se atenderá su tenor literal. 3.2 Si no están definidos se estará a lo dispuesto en el contrato en su sentido natural y obvio, de conformidad con el objeto contractual y la intención de los contratantes. 3.3 En su falta o insuficiencia se aplicarán las normas contenidas en el Título XIII del Libro IV de la codificación del Código Civil, De la Interpretación de los Contratos. 2

3 3.4 De existir contradicciones entre el Contrato y los documentos del mismo, prevalecerán las normas del Contrato. De existir contradicciones entre los documentos del Contrato, será el G.A.D. Municipal del cantón Salcedo, el que determine la prevalencia de un texto, de conformidad con el objeto contractual. CUARTA.- OBJETO DEL CONTRATO: La CONSULTORA, se obliga para con el G.A.D. Municipal del cantón Salcedo a prestar sus servicios especializados de consultoría para realizar el "El Software o Programa que permita el funcionamiento de la Terminal Terrestre de la Ciudad de Salcedo". Los trabajos se realizarán bajo la supervisión y coordinación del Administrador del Contrato y de acuerdo a los términos en referencia establecidos en los pliegos. QUINTA.- OBLIGACIONES DEL CONSULTOR: En virtud de la celebración del contrato, la CONSULTORA se obliga para con la CONTRATANTE, a prestar los servicios de consultoría para realizar el " El Software o Programa que permita el funcionamiento de la Terminal Terrestre de la Ciudad de Salcedo", y todo aquello que fuere necesario para la total ejecución del objeto de la Consultoría, de conformidad con la oferta negociada, los términos de referencia, las condiciones generales y especiales y los demás documentos contractuales. 5.1 Personal asignado al proyecto: Para el cumplimiento de los servicios de Consultoría, la CONSULTORA ocupará durante la vigencia del contrato, al personal indicado en su oferta negociada, conforme al cronograma de actividades aprobado. 5.2 Sustitución del personal: Dicho personal no podrá ser sustituido sin la previa autorización por escrito del Administrador del Contrato. En caso de cambio de personal, los nombres, calificación y tiempo de servicio de los profesionales que la CONSULTORA asigne al proyecto, serán sometidos previamente a la aprobación y aceptación de la CONTRATANTE. En todo caso su calificación no podrá ser menor a la que corresponde al personal a sustituirse. 5.3 Sustitución obligatoria del personal: A solicitud de la CONTRATANTE, fundamentada en la ineficiencia comprobada del personal, la CONSULTORA, a su costo, deberá cambiar uno o más de los profesionales asignados al proyecto, o de sus empleados o trabajadores. 5.4 Personal adicional: En caso de que el necesite personal adicional al indicado en su oferta técnico-económica, solicitará a la CONTRATANTE su aprobación. Igualmente para efectuar cualquier cambio en la estructura del cuadro del personal, la CONSULTORA deberá solicitar previamente autorización del Administrador del Contrato. SEXTA: ALCANCE DE LOS TRABAJOS En cumplimiento del objeto del presente contrato, la CONSULTORA se compromete a prestar a la CONTRATANTE, todos los servicios que sean 3

4 necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican. La CONSULTORA se obliga por tanto a: prestar los servicios de consultoría para el SOFTWARE O PROGRAMA QUE PERMITA EL FUNCIONAMIENTO DE LA TERMINAL TERRESTRTE DE LA CIUDAD DE SALCEDO, de conformidad con los términos de referencia establecidos en los pliegos y que constan a continuación. TÉRMINOS DE REFERENCIA CONSULTORIA PARA OBTENER EL SISTEMA INFORMATICO PROGRAMA DE FUNCIONAMIENTO DE LA TERMINAL TERRESTRE DE LA CIUDAD DE SALCEDO DESCRIPCION DE LA PROBLEMATICA.- La Ciudad de San Miguel de Salcedo, en las últimas dos décadas ha experimentado un sustancial crecimiento y desarrollo tanto físico como demográfico; en la actualidad cuenta con alrededor de habitantes y una población flotante de de personas de diferentes sectores del país que ingresan a la ciudad los días jueves, sábados y domingos para realizar actividades comerciales. La ciudad de Salcedo, por su ubicación geográfica en el centro del país, ha sido paso vehicular obligado de aproximadamente vehículos diarios, buses interprovinciales y parroquiales, vehículos livianos, camiones de transportación pesada, es decir las calles de la ciudad de Salcedo son actualmente la vía Panamericana que une el centro del país. En base a estos parámetros, es necesario, imprescindible y urgente la dotación de equipamiento urbano y particularmente en el ordenamiento de la movilidad vehicular y peatonal de la ciudad, implementando una Terminal Terrestre, es decir, satisfacer la necesidad de ordenamiento del tránsito y transporte, dentro y fuera de la ciudad, a fin de que su funcionamiento sea el más adecuado, logrando de esta manera el objetivo principal que la ciudadanía cuente con un servicio movilidad ordenado y seguro. Es importante señalar que la Terminal Terrestre, solucionará entre otros problemas; que las cooperativas de transporte no conviertan las calles como estacionamiento, parada y bajada de pasajeros, en general caos en el tráfico vehicular y peatonal, focos de inseguridad e insalubridad. El gobierno nacional a través del Banco del Estado una ves que el municipio presento el proyecto fue aprobado y la Agencia Nacional de Tránsito solicitó al Municipio el software de operación de la Terminal para luego emitir la licencia de funcionamiento. DESCRIPCION DE LOS PROCESOS PARA OBTENER RECURSOS PARA LA CONSTRUCCION DE LA TERMINAL.- 4

5 La señora Gerente General del Banco del Estado, mediante Decisión No GGE-091, de 23 de abril de 2012, aprobó una asignación no reembolsable a favor del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Salcedo, hasta por US $ ,00 destinado a financiar: Construcción de la Terminal Terrestre de Salcedo, para la transportación pública de pasajeros que permita mejorar la circulación y transporte de pasajeros interparroquiales, intra e interprovincial en la ciudad de Salcedo. OBJETIVO DE ESTA CONSULTORIA.- Contar con un sistema informático, es decir un programa o software con licencia propia del municipio, para que a través de este, controle el funcionamiento de la Terminal Terrestre, de acuerdo a los requerimientos de la Agencia Nacional de Tránsito. La Agencia nacional de tránsito, para emitir la viabilidad técnica de funcionamiento de la terminal terrestre solicita como requerimiento Básico que cada terminal terrestre cuente con un software de programación y funcionamiento que controle entre otras cosas el ingreso y salida así como la comunicación con los diferentes terminales terrestres de cada uno de los transportes, buses, que mantienen frecuencia con los diferentes sitios del Ecuador ALCANCE Y CONTENIDOS GENERALES QUE LA CONSULTORIA DEBE ESTUDIAR Y PRESENTAR.- Información General del Proyecto: Localización georeferenciada Superficie de la terminal. Cuantificación y valoración de los equipos y periféricos a implantarse Población actual u futura de la ciudad de Salcedo y del cantón Tasa de crecimiento poblacional. Características físicas, geográficas, ambientales, sociales, económicas del proyecto. Servicios públicos en el área de influencia de la Terminal. Posibles beneficios y desventajas para los habitantes del sector. Cronogramas de visitas para la supervisión de la obra civil relacionada con la colocación de tuberías e infraestructura necesaria para el proyecto de automatización. Estudio de los planos 5

6 El municipio entregará planos de implantación general, plano arquitectónico, plano eléctrico, en base a los cuales se debe presentar: Informe sobre el diseño de la terminal y su funcionamiento Indicar el No de dársenas Indicar el No y nombre de Cooperativas de Salcedo que ocuparán los locales y proponer su ubicación en un plano. Indicar el No y nombre de Cooperativas que no sean de Salcedo y que ocuparán los locales y proponer su ubicación en un plano Indicar el No y nombre de Cooperativas que solo ingresen y estén de paso. Indicar el número de locales comerciales. Indicar el No de bodegas y proponer el uso coordinado por las cooperativas. Indicar el No de locales de venta de comida. Indicar el No de dársenas para la expansión o ocupación de otras cooperativas Indicar el No de parqueaderos particulares, de buses y camionetas. ALCANCE Y CONTENIDOS DEL SOFTWARE QUE LA CONSULTORIA DEBE ESTUDIAR Y PRESENTAR.- Módulo de configuración básica Módulo de seguridades Módulo de alarmas Módulo de frecuencias Módulo de tasa usuario Módulo para utilización cámaras de video Módulo Plan de Negocios control recuperación de valores, determinando VAN y TIRE PRODUCTOS ESPECIFICOS QUE DEBEN ENTREGARSE.- Memoria Técnica y Manuales de funcionamiento Paquete físico Software Documento que indique la Propiedad y Licencia del software en beneficio del Municipio de Salcedo. Descripción con datos y fichas técnicas de cada uno de los periféricos a operar en el sistema. Planos de implantación del sistema. PRESENTAR UN RESUMEN DE RESULTADOS DE LOS ESTUDIOS QUE REALIZARA LA CONSULTORIA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LA TERMINAL 6

7 Indicar cuál es el alcance tecnológico del software y su conexión con el sistema nacional de terminales terrestres. Indicar que el software es compatible con las exigencias de la Agencia Nacional de Tránsito. Indicar el procedimiento que se seguirá para que los técnicos del municipio conozcan el funcionamiento del software. Indicar cuál será la garantía de funcionamiento del software. Indicar que el estudio realizado es único para la Terminal de Salcedo. Al ser el Terminal Terrestre un proyecto productivo, se solicita presentar un ejemplo de un Plan de Negocios con un posible cálculo tarifario, se determine los precios de los arriendos de locales, parqueaderos y dársenas de acuerdo a las frecuencias, además un cálculo del flujo del proyecto considerando los ingresos determinados en las tarifas, los costos fijos y variables de operación y mantenimiento para obtener en VAN y TIRE financiero, proceso fundamental para realizar correcciones en la administración y operación de la terminal. LA CONSULTORIA DEBE INDICAR LISTADO DE LOS EQUIPOS QUE DEBE ADQUIRIR EL MUNICIPIO. Es importante indicar que la consultoría deberá indicar con gran detalle los equipos; computadoras, sensores, cables, plumas contadoras etc. etc. para que el software funcione y que por lo tanto se obtenga de la Agencia Nacional de Tránsito el PERMISO DE OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO de la Terminal Terrestre de Salcedo. Este trabajo el consultor debe coordinar con la fiscalización y constructor, a fin de que se realice un trabajo coordinado, realizando por lo menos una visita mensual a la obra en su etapa de construcción y para la instalación de los equipos. EQUIPO DE LA CONSULTORIA Detallar la composición, experiencia y calificaciones de los integrantes de su personal técnico. Presentará las certificaciones que acrediten lo aseverado en las respectivas hojas de vida. PLAZO, CONDICIONES Y FORMA DE PAGO El plazo para la ejecución de esta consultoría es de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha en que se deposite el anticipo en la cuenta de la empresa consultora, la forma de pago del estudio será una vez producida la entrega de todos los productos e informe final de los administradores del contrato, acorde a lo establecido en el convenio de asignación firmado entre la entidad seccional y el Banco del Estado. El pago de los servicios de consultoría se realizará con fondos propios, provenientes del presupuesto de la entidad contratante, con cargo a la Partida Presupuestaria No , denominada Equipos, sistemas y paquetes 7

8 informáticos, según consta en la Certificación Presupuestaria No de 13 de Julio de 2012, emitida por la Directora financies (e) de la Municipalidad. La Municipalidad entregará el setenta (70%) por ciento del valor total de este contrato, en calidad de anticipo, el mismo que se devengará del pago, hasta su total amortización El pago de este contrato de consultoría, será CONTRA ENTREGA, una vez que la Municipalidad haya recibido todos los productos objeto de esta consultoría, a plena satisfacción, conjuntamente con un informe final, el mismo que deberá ser aprobado por el Área requirente y el Departamento de Sistemas de la Municipalidad, (Administradores del Contrato), luego de la suscripción del Acta de entrega recepción y la entrega de la factura correspondiente CONDICION DE ASESORAMIENTO La consultoría deberá incluir en su oferta el valor por realizar un seguimiento técnico mensual, de la obra y coordinar con la fiscalización y constructor de la obra, sobre la colocación de TUBERIA PVC, y TIPO DE CONDUCTORES, cajas de revisión para realizar las conexiones eléctricas, especificaciones técnicas de los materiales y equipos que se deben implantar, para el funcionamiento del software en la terminal SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA CONTRATANTE Son obligaciones de la entidad contratante, aparte de las establecidas en otras cláusulas del contrato y sus anexos, las siguientes: 1. Cumplir con las obligaciones establecidas en el contrato, y en los documentos del mismo, en forma ágil y oportuna. 2. Dar solución a los problemas que se presenten en la ejecución del contrato, en forma oportuna. 3. De ser necesario, tramitar los contratos complementarios que sean del caso. 4. Las demás, propias de cada contrato. OCTAVA: PLAZO La CONSULTORA deberá entregar el Software, materia del presente contrato de servicios de consultoría con un Informe Final, aprobado por los Administradores del Contrato, en el plazo de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha en que se deposite el anticipo en la cuenta de la empresa consultora, NOVENA.- PRÓRROGA DE PLAZO: La CONTRATANTE podrá extender el plazo de vigencia del presente contrato solo en los casos que se indican a continuación, a solicitud de la 8

9 CONSULTORA en un término de hasta dos (2) días de suscitado el evento o cuando de los hechos se evidencie tal necesidad: a) Por caso fortuito o fuerza mayor aceptado por la CONTRATANTE, en los términos establecidos en el artículo 30 del Código Civil. b) Cuando se suspendan los trabajos o se cambien las actividades previstas en el cronograma por orden de la CONTRATANTE y que no se deban a causas imputables al CONSULTOR. Al aceptar la prórroga, la CONTRATANTE definirá su duración y la incorporación de un nuevo cronograma que sustituirá al original o precedente, que deberá ser suscrito por las partes, y tendrá el mismo valor contractual del sustituido. DECIMA.- VALOR TOTAL DEL CONTRATO y FORMA DE PAGO: El monto total de los servicios de consultoría objeto del presente contrato es de (cuarenta y cinco mil, con 00/100) dólares de los Estados Unidos de América (USD 45,000.00) más el 12% del IVA. El valor estipulado en el numeral anterior será pagado por la CONTRATANTE a la CONSULTORA de la siguiente forma: La municipalidad entregará el (70%) por ciento del valor total de éste contrato, en calidad de anticipo, el mismo que se devengará del pago, hasta su total amortización. El pago de éste contrato de consultoría, será CONTRA ENTREGA, una vez que la Municipalidad haya recibido todos los productos objeto de ésta consultoría, a plena satisfacción, conjuntamente con un informe final, el mismo que deberá ser aprobado por el área requirente y el Departamento de Sistema de la Municipalidad, luego de la suscripción del Acta de entrega recepción de la factura correspondiente. Será responsabilidad de la CONTRATANTE efectuar las retenciones a que hubiere lugar y emitir los comprobantes correspondientes. DÉCIMA PRIMERA.- REAJUSTE DE PRECIOS: De conformidad a lo establecido en el artículo 131, inciso segundo del Reglamento General de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, en este contrato, se renuncia al reajuste. DÉCIMA SEGUNDA.- MULTAS: Por cada día de retardo en la entrega del " El Software o Programa que permita el funcionamiento de la Terminal Terrestre de la Ciudad de Salcedo", la CONSULTORA, se obliga a pagar la cantidad del 2 x l.ooo (dos por mil) del valor total del contrato reajustado, de multa por cada día de retraso. DÉCIMA TERCERA.- ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DEL CONTRATO: 9

10 De conformidad al numeral 3.14 de los pliegos, la CONTRATANTE designa como "Administradora del Contrato" al Directora de Planificación y al Jefe de Sistemas del G.A.D. Municipal del cantón Salcedo, persona con quien la CONSULTORA, deberá canalizar y coordinar todas y cada una de las obligaciones contractuales aquí convenidas. La Administradora de este Contrato, queda autorizada para realizar las gestiones inherentes a su ejecución, incluyendo aquello que se relaciona con la aceptación o no de los pedidos de prórroga que puede hacer la CONSULTORA, así como velará por la vigencia de las garantías previstas en el presente instrumento. La Administradora será la encargada de velar por el cumplimiento de las normas legales y compromisos contractuales por parte de la CONSULTORA, y la administración de las garantías, durante todo el periodo de vigencia del contrato. Respecto de su gestión reportará al señor Alcalde del G.A.D. Municipal del cantón Salcedo, debiendo comunicar todos los aspectos operativos, técnicos, económicos y de cualquier naturaleza que pudieren afectar al cumplimiento del objeto del contrato. Tendrá bajo su responsabilidad la aprobación de los informes que emita la CONSULTORA y suscribirá las actas que para tales efectos se elaboren. DÉCIMA CUARTA.- GARANTÍAS: En este contrato se deberán presentar las garantías previstas en los artículos 74, 75 y 76 de la LOSNCP: La garantía de fiel cumplimiento del contrato, que se rendirá por el valor igual al 5% del monto total del contrato. La garantía del anticipo que respalde el 100% del valor recibido por este concepto. La garantía técnica emitida por el Consultor, que garantice el funcionamiento del software. Las garantías entregadas se devolverán de acuerdo a lo establecido en el artículo 118 del Reglamento General de la LOSNCP. Entre tanto, deberán mantenerse vigentes, lo que será vigilado y exigido por la CONTRATANTE, a través del Administrador del contrato Ejecución de las garantías: Las garantías contractuales podrán ser ejecutadas por la CONTRATANTE en los siguientes casos: 1) La de fiel cumplimiento del contrato.- Cuando la CONTRATANTE declare anticipada y unilateralmente terminado el contrato por causas imputables a la CONSULTORA. Si la CONSULTORA no la renovare cinco días antes de su vencimiento. 2) La del anticipo.- Si la CONSULTORA no la renovare cinco días antes de su vencimiento; y, En caso de terminación unilateral del contrato y que el CONTRATISTA no pague a la CONSULTORA el saldo adeudado del anticipo, después de diez días de notificado con la liquidación del contrato. 10

11 La técnica.- Cuando se incumpla con el objeto de ésta garantía de acuerdo con lo establecido en los pliegos y éste contrato. DECIMO QUINTA.- CONTRATOS COMPLEMENTARIOS: Si por causas imprevistas o técnicas, debidamente justificadas fuere necesario ampliar, modificar o complementar el alcance de este contrato, la CONTRATANTE podrá celebrar los contratos complementarios que se requieran siempre que la suma total de los valores de los contratos complementarios no exceda del 70 % del valor actualizado o reajustado del contrato principal a la fecha en que la CONTRATANTE resuelva la realización del contrato complementario. Esta actualización se hará aplicando la fórmula de reajuste de precios que consten en los respectivos contratos principales. La CONSULTORA deberá rendir garantías adicionales de conformidad con la ley. DECIMA SEXTA.- ACTA DE ENTREGA- RECEPCION: La entidad contratante podrá, dentro del término de 10 días contados a partir de la solicitud de recepción de la CONSULTORA, negarse a recibir el software o programa que permita el funcionamiento de la terminal terrestre de la ciudad de Salcedo", por razones justificadas, relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones contractuales asumidas por el contratista. La negativa se notificará por escrito a la CONSULTORA y se dejará constancia de que la misma fue practicada. Vencido el término previsto en el párrafo anterior sin que la entidad contratante objetare la solicitud de recepción ni formulare observaciones al cumplimiento del contrato, operará, sin más trámite, la recepción de pleno derecho, para lo cual la CONSULTORA notificará por intermedio de un Juez de lo Civil o un Notario público. Una vez que se hayan terminado todos los trabajos previstos en el contrato, la CONSULTORA entregará a la entidad contratante el informe final provisional; cuya fecha de entrega servirá para el cómputo y control del plazo contractual. La entidad contratante dispondrá del término de (15) días para la emisión de observaciones y la CONSULTORA de (15) días, adicionales para absolver dichas observaciones y presentar el informe final definitivo. El acta de recepción definitiva será suscrita por las partes, en el plazo previsto en el contrato, siempre que no existan observaciones pendientes en relación con los trabajos de consultoría y el informe final definitivo del estudio o proyecto de conformidad con el artículo 123 inciso tercero del Reglamento General. DECIMO SEPTIMA.- LABORAL: La CONSULTORA asume de forma exclusiva la responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones patronales, y tributarias establecidas en el Código del Trabajo, la Ley de Seguridad Social y Reglamentos que rigen al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social - IESS, la Ley Orgánica del Régimen Tributario Interno y su Reglamento, y demás leyes conexas. En consecuencia, la CONTRATANTE está exenta de toda obligación respecto del personal de la CONSULTORA. Sin perjuicio de lo cual, la CONTRATANTE ejercerá el 11

12 derecho de repetición que le asiste en el caso de ser obligada al pago de cualquier obligación, ordenado por autoridad competente. DECIMO OCTAVA.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El presente contrato termina por las siguientes causales: l. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales; 2. Por mutuo acuerdo de las partes; 3. Por sentencia o laudo ejecutoriados que declaren la nulidad del contrato o la resolución del mismo a pedido de la CONSULTORA; 4. Por declaración unilateral del contratante, en caso de incumplimiento de la CONSULTORA; y, 5. Por disolución de la persona jurídica CONSULTORA que no se origine en decisión interna voluntaria de los órganos competentes de tal persona jurídica Terminación por mutuo acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible o conveniente para los intereses de las partes, ejecutar total o parcialmente el contrato, las partes podrán, por mutuo acuerdo, convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren. La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechos causados o adquiridos en favor de la Entidad Contratante o de la CONSULTORA. Dicha entidad no podrá celebrar contrato posterior sobre el mismo objeto con el mismo contratista Terminación unilateral del contrato.- La Entidad Contratante podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el presente contrato a que se refiere esta Ley, en los siguientes casos: l. Por incumplimiento de la CONSULTORA; 2. Por quiebra o insolvencia de la CONSULTORA; 3. Si el valor de las multas supera el monto de la garantía de fiel cumplimiento del contrato; 4. Por suspensión de los trabajos, por decisión de la CONSULTORA, por más de sesenta (60) días, sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; 5. Por haberse celebrado contratos contra expresa prohibición de esta Ley; 6. En los demás casos estipulados en el contrato, de acuerdo con su naturaleza; y, 12

13 7. La Entidad Contratante también podrá declarar terminado anticipada y unilateralmente el contrato cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la CONSULTORA no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En este caso, no se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato ni se inscribirá a la CONSULTORA como incumplido. En este último caso, la CONSULTORA tiene la obligación de devolver el monto del anticipo no amortizado en el término de treinta (30) días de haberse notificado la terminación unilateral del contrato en la que constará la liquidación del anticipo, y en caso de no hacerlo en el término señalado, la entidad procederá a la ejecución de la garantía de Buen Uso del Anticipo por el monto no devengado. El no pago de la liquidación en el término señalado, dará lugar al pago de intereses desde la fecha de notificación; intereses que se imputará a la garantía de fiel cumplimiento del contrato sin perjuicio de acudir al procedimiento coactivo para su cobro. El procedimiento a seguirse para la terminación unilateral del contrato será el previsto en el Artículo 95 de la LOSNCP Terminación por causas imputables a la entidad contratante.- La CONSULTORA podrá demandar la resolución del contrato, por las siguientes causas imputables a la Entidad Contratante: l. Por incumplimiento de las obligaciones contractuales por más de sesenta (60) días; 2. Por la suspensión de los trabajos por más de sesenta (60) días, dispuestos por la entidad sin que medie fuerza mayor o caso fortuito; 3. Cuando, ante circunstancias técnicas o económicas imprevistas o de caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobadas, la Entidad Contratante no hubiere accedido a terminar de mutuo acuerdo el contrato. En ningún caso se considerará que las Entidades Contratantes se hallan en mora del pago, Si el anticipo entregado no ha sido devengado en su totalidad. DECIMO NOVENA.- CONFIDENCIALIDAD: La CONTRATANTE y la CONSULTORA convienen en que toda la información que llegue a su conocimiento de la otra parte, en razón de la ejecución del presente contrato será considerada confidencial o no divulgable. Por lo tanto, estará prohibida su utilización en beneficio propio o de terceros o en contra de la dueña de tal información. El incumplimiento de esta obligación será causal para dar por terminado este contrato, y quedará a criterio de la parte afectada el iniciar las acciones correspondientes por daños y perjuicios. La CONSULTORA y/o cualquiera de sus colaboradores quedan expresamente prohibidos de reproducir o publicar la información del proyecto materia del contrato, incluyendo coloquios, exposiciones, conferencias o actos académicos, salvo autorización por escrito de la CONTRATANTE 13

14 VIGESIMA.- RESPONSABILIDAD: La CONSULTORA es legal y económicamente responsable de la validez científica y técnica de los servicios contratados y su aplicabilidad en conformidad con lo previsto en el artículo 100 de la Ley, obligándose a ejecutarlos de acuerdo con los criterios técnicos y las prácticas más adecuadas en la materia aplicable en el Ecuador. VIGESIMA PRIMERA.- PROHIBICIÓN DE CEDER EL CONTRATO: La CONSULTORA está prohibida de ceder en forma alguna, ni la totalidad ni parte de este contrato. VIGESIMA SEGUNDA.- DE LA SUBCONTRATACIÓN: La CONSULTORA únicamente podrá subcontratar, conforme a lo establecido en el artículo 79 de la LOSNCP. La subcontratación de servicios de apoyo previstos en la negociación, podrán subcontratarse en los términos del artículo 35 del Reglamento General. VIGESIMA TERCERA.- DIVERGENCIAS Y CONTROVERSIAS: (SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN CONVENCIONAL, SE UTILIZARÁN LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS) Si se suscitaren divergencias o controversias en la interpretación o ejecución del presente contrato, cuando las partes no llegaren a un acuerdo amigable directo, podrán utilizar los métodos alternativos para la solución de controversias en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de la Comercio de Quito. Para que proceda el arbitraje en derecho, debe existir previamente el pronunciamiento favorable del Procurador General del Estado, conforme el artículo 190 de la Constitución de la República del Ecuador. Convenio Arbitral: Las partes acuerdan someter las controversias relativas a este contrato, su ejecución, liquidación e interpretación a arbitraje y mediación y se conviene en lo siguiente: Mediación: Toda controversia o diferencia relativa a este contrato, a su ejecución, liquidación e interpretación, será resuelta con la asistencia de un mediador del Centro de Mediación del Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de la Comercio de Quito, en el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este procedimiento, las partes se someten al Arbitraje de conformidad con las siguientes reglas: Arbitraje: 1. El arbitraje será en Derecho; 2. Las partes se someten al Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de la Comercio de Quito. 14

15 3. Serán aplicables las disposiciones de la Ley de Arbitraje y Mediación, y las del reglamento del Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de la Comercio de Quito; 4. El Tribunal Arbitral se conformará por un árbitro único o de un número impar según acuerden las partes. Si las partes no logran un acuerdo, el Tribunal se constituirá con tres árbitros. El procedimiento de selección y constitución del Tribunal será el previsto en la Ley y el Reglamento del Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de la Comercio de Quito; 5. Los árbitros serán abogados y preferiblemente con experiencia en el tema que motiva la controversia. Los árbitros nombrados podrán no pertenecer a la lista de árbitros del Centro; 6. Los asuntos resueltos mediante el laudo arbitral tendrán el mismo valor de las sentencias de última instancia dictadas por la justicia ordinaria; 7. La legislación ecuatoriana es aplicable a este Contrato y a su interpretación, ejecución y liquidación; 8. La sede del arbitraje es la ciudad de Quito; y, 9. El idioma del arbitraje será el Castellano (SI SE OPTA POR LA JURISDICCIÓN CONTENCIOSA, SE UTILIZARÁ LA SIGUIENTE CLÁUSULA). Si respecto de la divergencia o divergencias existentes no existiere acuerdo, las partes deciden someterlas al procedimiento establecido en la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; en este caso, será competente para conocer la controversia el Tribunal Distrital de lo Contencioso Administrativo que ejerce jurisdicción en el domicilio de la Entidad del sector público; y, respecto de las entidades de derecho privado estas recurrirán ante la justicia ordinaria. (Para este numeral, los pliegos se ajustarán dependiendo de la condición jurídica de la entidad contratante) La legislación aplicable a este Contrato es la ecuatoriana. En consecuencia, el Contratista renuncia a utilizar la vía diplomática para todo reclamo relacionado con este Contrato. Si el Contratista incumpliere este compromiso, la Contratante podrá dar por terminado unilateralmente el contrato y hacer efectiva las garantías. VIGÉSIMA CUARTA.- DERECHOS Y GASTOS NOTARIALES: La CONTRATANTE retendrá de cada pago que haga la CONSULTORA el porcentaje correspondiente al impuesto a la renta. VIGÉSIMA QUINTA.- LUGAR DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS: Los servicios que son objeto del presente Contrato, se los ejecutará en la ciudad de San Miguel de Salcedo. 15

16 La CONSULTORA deberá mantener una oficina en la ciudad de Salcedo y que permita la coordinación con CONTRATANTE. VIGÉSIMA SEXTA.- ESTIPULACIONES GENERALES: 26.1 El presente contrato es intransferible y no podrá cederse a terceras personas ni total ni parcialmente, en conformidad con lo que disponen los artículos 78 de la LOSNCP. La subcontratación podrá efectuarse de conformidad con lo previsto en el inciso segundo del Artículo 79 de la Ley ibídem y 120 del Reglamento General Será de responsabilidad de la CONSULTORA todo pago que deba hacer a terceros subcontratados en la ejecución parcial del contrato o en la elaboración de servicios especializados o trabajos técnicos, según lo previsto en los Términos de Referencia La propiedad material de todos los informes que se produzcan durante la ejecución de los servicios de consultoría objeto de este Contrato serán de la CONTRATANTE. La CONSULTORA podrá referirse a ellos o citarlos como antecedentes de su actividad técnica y profesional, o para publicaciones científicas Los resultados de la ejecución de los servicios de consultoría no podrán ser utilizados por la CONTRATANTE o cualquier institución que tome a su cargo la prosecución o ejecución del proyecto sobre el cual versan los servicios, mientras no se haya suscrito el Acta de Entrega recepción única de los servicios y no se haya pagado a la CONSULTORA la totalidad del valor estipulado en el presente contrato; sin embargo, la CONTRATANTE sí podrá utilizar la información parcial que hubiese recibido y por la cual hubiese pagado su valor Todos los informes y cualquier otra información anterior o que se genere como resultado de la ejecución del presente contrato serán de propiedad exclusiva de la CONTRATANTE, en los términos previstos en la Ley de Propiedad Intelectual. VIGESIMA SEPTIMA.- DOMICILIO, JURISDICCIÓN Y PROCEDIMIENTO: Para todos los efectos de este contrato, las partes convienen en señalar su domicilio en la ciudad de Salcedo: Las controversias deben tramitarse de conformidad con la Cláusula Vigésima Tercera de este contrato. Para efectos de comunicación o notificaciones, las partes señalan como su dirección, las siguientes: La CONTRATANTE: Calle: Bolívar y Sucre Edificio de la Municipalidad de la Ciudad de Salcedo, frente al Parque Central. Teléfonos: ; El CONTRATISTA: Calle: Río Cutzatahua No. 024, de la Ciudad de Ambato. Teléfonos:

17 VIGÉSIMA OCTAVA.- ACEPTACIÓN DE LAS PARTES: Libre y voluntariamente, las partes expresamente declaran su aceptación a todo lo convenido en el presente contrato y se someten a sus estipulaciones, en la Parroquia San Miguel del Cantón Salcedo, a los Sr. Rodrigo Mata Cepeda ALCALDE DEL G.A.D. MUNICIPAL DEL CANTÓN SALCEDO Ing. Renán Oswaldo Ortiz Toapanta CONTRATISTA REPRESENTANTE LEGAL Fecha de actualización de la Información 01 de Marzo del 2013 Unidad Poseedora de la información. Literal i) Responsable de la Unidad Poseedora de la información. Literal i) Correo electrónico del o la responsable de la unidad poseedora de la información Número telefónico del o la responsable de la unidad poseedora de la información Número de hojas: 17 PROCURADURIA SINDICA Dra. Patricia Jiménez pjimenez@salcedo.gob.ec Ext

GOBIERNO AUTÓNOMO DESENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL SAN ISIDRO DE PATULU CANTÓN GUANO TELEFAX: 03 2904-727 hernanlayedragadpsanisidro@yahoo.

GOBIERNO AUTÓNOMO DESENTRALIZADO PARROQUIAL RURAL SAN ISIDRO DE PATULU CANTÓN GUANO TELEFAX: 03 2904-727 hernanlayedragadpsanisidro@yahoo. CONTRATACIÓN DEL DISEÑO DE LA PAGINA WEB PARA EL GAD. PARROQUIAL SAN ISIDRO COMPARECIENTES: Intervienen en la celebración del presente contrato para EL DISEÑO DE LA PAGINA WEB PARA EL GAD. PARROQUIAL SAN

Más detalles

1.4 Se realizó la respectiva invitación el 04 de Noviembre de 2014, a través del Portal Institucional.

1.4 Se realizó la respectiva invitación el 04 de Noviembre de 2014, a través del Portal Institucional. CONTRATACIÓN CON CB VISIÓN TELEVISIÓN POR CABLE, CANAL 3, PARA LA TRANSMISIÓN EN TELEVISIÓN DE SPOTS U OTROS MATERIALES INFORMATIVOS EN SU PROGRAMACIÓN REGULAR SOBRE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZA EL GOBIERNO

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PUBLICACION DE LAS OBRAS Y ESTUDIOS QUE EJECUTARA EL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PELILEO

CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PUBLICACION DE LAS OBRAS Y ESTUDIOS QUE EJECUTARA EL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PELILEO CONTRATO DE SERVICIOS PARA LA PUBLICACION DE LAS OBRAS Y ESTUDIOS QUE EJECUTARA EL GOBIERNO MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE PELILEO COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente Contrato, por una parte,

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA INTERNACIONAL DE MERCADERÍAS E INSTRUCTIVO Contrato de compraventa que celebran por un parte la empresa (1) representada en este acto por (2) y por la otra la empresa

Más detalles

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES.

CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. CONTRATO DE MANDATO PRIMERA.- PARTES. El presente contrato de mandato se regirá por las siguientes cláusulas, y en lo no previsto en ellas, por las disposiciones del Código Civil y Código de Comercio,

Más detalles

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS

LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS LA MEDIACIÓN EN ASUNTOS CIVILES Y MERCANTILES EN OCHO PREGUNTAS 1. Qué es la mediación? la mediación es aquel medio de solución de controversias, cualquiera que sea su denominación, en EL que dos o más

Más detalles

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS

CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS CONTRATO DE COMPRA - VENTA DE PRODUCTOS Y/O SERVICIOS Conste por el presente documento, el Contrato de Compra Venta que celebran de una parte (((NOMBRE DE LA VENDEDOR))), empresa constituida bajo las leyes

Más detalles

RESOLUCIÓN INCP No. 004-08

RESOLUCIÓN INCP No. 004-08 RESOLUCIÓN INCP No. 004-08 Se resuelve expedir un procedimiento para la administración del Registro de contratistas incumplidos y adjudicatarios fallidos dentro del Registro Único de Proveedores. Fecha

Más detalles

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR

CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR CONVENIO DE CRÉDITO PROVEEDOR COMPRADOR Entre BANCOLOMBIA S.A., establecimiento bancario legalmente constituido con domicilio principal en Medellín, representado en este acto por, identificado con la cédula

Más detalles

SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. TÍTULO: Manual de Contratación Pública para la Gestión del Proceso de la Fase Contractual

SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. TÍTULO: Manual de Contratación Pública para la Gestión del Proceso de la Fase Contractual 2011 SECRETARÍA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA b Manual de Contratación Pública para Gestión del Proceso de la Fase METODOLOGÍA PARA ADMINISTRACIÓN DE PROCESOS EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS (Identificación,

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET

CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE ACCESO A INTERNET Los que suscribimos libre y voluntariamente, convenimos en celebrar el presente contrato de acuerdo con los términos y condiciones que más adelante

Más detalles

TÉRMINOS DE REFERENCIA

TÉRMINOS DE REFERENCIA TÉRMINOS DE REFERENCIA CONTRATACIÓN DE ESTUDIO DE ABOGADOS PARA RESOLUCIÓN DE CASOS EN MATERIAS DE ACCESO AL SERVICIO CIVIL, TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO Y EVALUACIÓN Y PROGRESIÓN EN LA CARRERA

Más detalles

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN. Curso de Capacitación para Operador de Calderas

BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN. Curso de Capacitación para Operador de Calderas BASES ADMINISTRATIVAS DE LICITACIÓN Curso de Capacitación para Operador de Calderas PRESENTACIÓN La Il. Municipalidad de Laguna Blanca, en adelante e indistintamente como La Municipalidad, llama a licitación

Más detalles

CONTRATO AHORRO PROGRAMADO

CONTRATO AHORRO PROGRAMADO CONTRATO AHORRO PROGRAMADO Conste por el presente documento un contrato de Ahorro Programado No, el mismo que se celebra al tenor de las siguientes cláusulas: 1.- COMPARECIENTES.- Comparecen, por una parte,

Más detalles

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A.

MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A. Entre, MERINVEST SOCIEDAD DE CORRETAJE DE VALORES, C.A., RIF J003003840, sociedad mercantil de este domicilio e inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal

Más detalles

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES

CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES CONTRATO DE TERMINOS Y CONDICIONES La política de términos y condiciones de UXI SOFTWARE SAPI DE CV (en lo sucesivo e indistintamente "UXI SOFTWARE") tiene por objetivo dar a conocer a los clientes las

Más detalles

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil: Página 1 de 5 Garantía y Mandato Fecha del Contrato: Nº de referencia del Contrato: I. DATOS DEL ALUMNO: Nombre Completo: Número de Cédula de Identidad: Domicilio:, número, Nacionalidad: Estado Civil:

Más detalles

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO

BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO BASES REGULADORAS DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 1.ª Objeto y finalidad. El objeto de las presentes bases es regular la concesión de subvenciones del Ayuntamiento

Más detalles

RESOLUCIÓN No. I-68 2003

RESOLUCIÓN No. I-68 2003 RESOLUCIÓN No. I-68 2003 POR CUANTO: El Decreto Ley No. 147 de 1994, modificó la integración de los organismos de la Administración central del estado y en su Artículo 4 estableció la creación de la Oficina

Más detalles

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011

JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN JM-120-2011 JUNTA MONETARIA RESOLUCIÓN Inserta en el Punto Cuarto del Acta 39-2011, correspondiente a la sesión celebrada por la Junta Monetaria el 5 de octubre de 2011. PUNTO CUARTO: Superintendencia de Bancos eleva

Más detalles

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para:

Texto actualizado: Circular N 3.511 Bancos Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO. Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) BANCOS. Para: Hoja 1 TEXTO ACTUALIZADO Disposición: CIRCULAR N 3.511 (de 04.11.2010) Para: Materia: BANCOS Instrucciones relativas a las políticas y procedimientos para el pago anticipado de créditos o su refinanciamiento.

Más detalles

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales )

CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) CONVENIO PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDIANTE CANALES DE AUTOSERVICIO ( Personas Naturales ) En..., a......, entre CORP BANCA, Rol Unico Tributario Nº 97.023.000-9, representado por don..., cédula nacional

Más detalles

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.)

Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Condiciones Generales de los Servicios DSS EADTRUST (European Agency of Digital Trust, S.L.) Miembro de Histórico de versiones Versión Fecha Documentos sustituidos Descripción / Detalles 1 14/09/09 Cambios

Más detalles

ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA ADQUISICION DE DOS CERTIFICADOS DIGITALES DE SITIO SEGURO SSL.

ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA ADQUISICION DE DOS CERTIFICADOS DIGITALES DE SITIO SEGURO SSL. ESTUDIOS PREVIOS PARA CONTRATAR LA ADQUISICION DE DOS CERTIFICADOS DIGITALES DE SITIO SEGURO SSL. La Superintendencia requiere contratar la adquisición de dos certificados digitales de sitio seguro con

Más detalles

CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL LPI-INFOTEP-10-2010. ADQUISICIÓN DE 10 AULAS MOVILES CON SUS EQUIPOS Y HERRAMIENYAS.

CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL LPI-INFOTEP-10-2010. ADQUISICIÓN DE 10 AULAS MOVILES CON SUS EQUIPOS Y HERRAMIENYAS. CONDICIONES GENERALES DE LA LICITACION PÚBLICA INTERNACIONAL LPI-INFOTEP-10-2010. ADQUISICIÓN DE 10 AULAS MOVILES CON SUS EQUIPOS Y HERRAMIENYAS. 1) DERECHO A LICITAR: Convocatoria a firmas internacionales

Más detalles

Minuta de contrato de fiducia mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de anticipo, celebrado entre y

Minuta de contrato de fiducia mercantil irrevocable para la administración y pago de los recursos recibidos a título de anticipo, celebrado entre y Colombia Compra Eficiente tiene como función diseñar e implementar documentos estandarizados y especializados por tipo de obra o servicio que se requieran por los partícipes del sistema de compras y contratación

Más detalles

1.03 El 16 de Junio de 2009 se procedió a realizar la Convocatoria Electrónica a través del Portal COMPRAS PÚBLICAS.

1.03 El 16 de Junio de 2009 se procedió a realizar la Convocatoria Electrónica a través del Portal COMPRAS PÚBLICAS. CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LIMPIEZA QUE CELEBRA EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA, ACUACULTURA Y PESCA MAGAP ; Y LA COMPAÑÍA MERSCLIN CÍA. LTDA : Intervienen por una parte el Econ. Walter

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES No.. (numerar en orden ascendente)

CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES No.. (numerar en orden ascendente) CONTRATO DE SERVICIOS OCASIONALES No.. (numerar en orden ascendente) Comparecen libre y voluntariamente para la celebración del presente contrato de Servicios Ocasionales, por una parte el Sr.(a), en calidad

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO CANTV TELEFONÍA IP

TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO CANTV TELEFONÍA IP TÉRMINOS Y CONDICIONES PARTICULARES DEL SERVICIO CANTV TELEFONÍA IP PRIMERO: PARTE GENERAL 1.1 Mediante las presentes Condiciones Particulares se establecen los términos y condiciones bajo las cuales la

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ACCESO A DATOS ART. 12 LOPD REUNIDOS De una parte, la parte contratante del servicio online E-conomic como EL RESPONSABLE DEL FICHERO. De otra parte, E-conomic Online

Más detalles

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA.

Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS. Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. Anexo 01 ESTUDIOS PREVIOS Contratar las pólizas - seguros de vida grupo deudores - que cubra a los beneficiarios del Fondo Emprender del SENA. OFERTA PÚBLICA DE CONTRATO OPC 086-2011 BOGOTÁ D.C., DICIEMBRE

Más detalles

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo

Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Compendio de Normas del Sistema de Pensiones 1 Libro II, Título IV Regulación conjunta de los Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario Colectivo Capítulo III. Contrato de Ahorro Previsional Voluntario

Más detalles

REGLAMENTO PARA CONTRATACION DE SEGUROS, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y SUS ENTIDADES ADSCRITAS

REGLAMENTO PARA CONTRATACION DE SEGUROS, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Y SUS ENTIDADES ADSCRITAS Acuerdo Ministerial 299, Registro Oficial 904 de 30 de Marzo de 1992. GONZALO ORTIZ CRESPO Secretario General de la Administración Pública, Considerando: Que según el artículo 32 de la Ley de Regulación

Más detalles

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de

En el proceso de obtención de apoyo ciudadano para el registro como candidato (a) independiente al cargo de [formula de diputado (a) o planilla de MODELO ÚNICO DE ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN CIVIL QUE DEBERÁN CONSTITUIR LAS Y LOS CIUDADANOS INTERESADOS EN POSTULARSE COMO CANDIDATOS INDEPENDIENTES A LOS CARGOS DE DIPUTADOS POR EL PRINCIPIO DE MAYORÍA

Más detalles

CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA

CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA CONVENIO SOBRE OTORGAMIENTO DE GARANTIA BANCARIA Conste el presente documento, un Convenio para emisión de Garantía Bancaria, contenido al tenor de las siguientes cláusulas y estipulaciones: PRIMERA: COMPARECIENTES.-

Más detalles

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA

CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL U OFICINA CONTRATO DE ARRENDAMIENTO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO LEGAL EN LO SUCESIVO EL ARRENDADOR Y POR LA OTRA,,

Más detalles

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario

Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Ley 19.083 (1) Establece normas sobre Reprogramación de deudas del Crédito Fiscal Universitario Artículo 1.- Los beneficiarios del crédito fiscal universitario establecido en el decreto con fuerza de ley

Más detalles

CONTRATO MAG Nº /2012

CONTRATO MAG Nº /2012 CONTRATO MAG Nº /2012 El MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, en adelante EL CONTRATANTE con domicilio en Yegros Nº 437 entre 25 de Mayo y Cerro Corá de la Ciudad de Asunción, Capital de la República

Más detalles

TÉRMINOS Y CONDICIONES

TÉRMINOS Y CONDICIONES Uso del canal de comunicación mediante mensaje de texto TÉRMINOS Y CONDICIONES 1) Partes intervinientes Las partes intervinientes son: Energía de Entre Ríos S.A., con domicilio en calle Buenos Aires 87

Más detalles

ESTE PLIEGO DEBE SER PRESENTADO DEBIDAMENTE FIRMADO EN TODAS SUS HOJAS, POR REPRESENTANTE LEGAL, AGREGANDO PODER DEL CARÁCTER INVOCADO.

ESTE PLIEGO DEBE SER PRESENTADO DEBIDAMENTE FIRMADO EN TODAS SUS HOJAS, POR REPRESENTANTE LEGAL, AGREGANDO PODER DEL CARÁCTER INVOCADO. C O N C U R S O D E P R E C I O S Nº 01/2015 Provisión de Licencia de Antivirus PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba Córdoba, diciembre de 2014 Página

Más detalles

EL MERCADO SECUNDARIO

EL MERCADO SECUNDARIO EL MERCADO SECUNDARIO 1. Propósito y visión general Este capítulo describe cómo los préstamos se venden en el mercado secundario y la forma en la que la garantía entra en juego en caso de incumplimiento

Más detalles

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica:

LEY Nº 29355. Artículo 2.- Definiciones A efectos de la presente ley, los siguientes términos tienen el significado que se indica: Ley de creación del registro nacional de información de contratos de seguros de vida y de accidentes personales con cobertura de fallecimiento o de muerte accidental LEY Nº 29355 EL PRESIDENTE DEL CONGRESO

Más detalles

Empresa Distribuidora del Pacifico S.A. E.S.P.

Empresa Distribuidora del Pacifico S.A. E.S.P. Solicitud Pública de Ofertas SPO-002-2015 RESPUESTA A INQUIETUDES PLANTEADAS POR LOS OFERENTES 1. Solicitamos nos confirmen la aplicación de impuestos a la oferta y nos suministren las Ordenanzas, acuerdos

Más detalles

Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial)

Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial) Acuerdo para la adquisición de equipos con condiciones especiales 12 o 18 meses (Residencial) Conste por el presente documento El Acuerdo para la adquisición de Equipos con Condiciones Especiales celebrado

Más detalles

Cada cheque tendrá un código identificatorio, y se le asociarán los siguientes datos:

Cada cheque tendrá un código identificatorio, y se le asociarán los siguientes datos: Reglamento para la Negociación de Cheques de Pago Diferido VISTO: La posibilidad de negociar en las Bolsas de Comercio cheques de pago diferido, conforme lo previsto por el Decreto del Poder Ejecutivo

Más detalles

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM

CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE SIGNOS DISTINTIVOS DE LA OTC- UAEM CONTRATO DE LICENCIA DE USO DE SIGNOS DISTINTIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE SUJETO A REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SUJETO C A QUIEN EN LO SUCESIVO

Más detalles

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS

REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS REPÚBLICA DE PANAMÁ SUPERINTENDENCIA DE BANCOS ACUERDO No. 7-2003 (de 16 de octubre de 2003) LA JUNTA DIRECTIVA En uso de sus facultades legales; y CONSIDERANDO: Que de conformidad con los numerales 1

Más detalles

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores

SMV. Superintendencia del Mercado de Valores DIRECTIVA PARA ESTABLECER CRITERIOS Y LINEAMIENTOS PARA DETERMINAR ESPECIFICACIONES TÉCNICAS PARA LA ADQUISICION DE BIENES I. FINALIDAD Precisar y uniformizar los criterios que deberán seguir los órganos

Más detalles

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO

I. GENERALIDADES II. ENTIDADES AUTORIZADAS PARA EMITIR U OPERAR SISTEMAS DE TARJETAS DE CREDITO COMPENDIO DE NORMAS FINACIERAS DEL BANCO CENTRAL CAPITULO III.J.1-1. NORMAS FINANCIERAS. ACUERDO Nº 363-04-940721 ( Circular Nº 3013-204) SOBRE EMISION U OPERACION DE TARJETAS DE CREDITO I. GENERALIDADES

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSFERENCIAS VÍA SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSMISIONES A TRAVÉS DE LA INTERNET El BANCO DE LA NACIÓN (EL BANCO) y

CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSFERENCIAS VÍA SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSMISIONES A TRAVÉS DE LA INTERNET El BANCO DE LA NACIÓN (EL BANCO) y CONTRATO DE SERVICIO DE TRANSFERENCIAS VÍA SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN DE TRANSMISIONES A TRAVÉS DE LA INTERNET El BANCO DE LA NACIÓN () y (CLIENTE), ambos denominados LAS PARTES, cuyos datos de identificación

Más detalles

REGLAMENTO DE PASAJES Y VIÁTICOS

REGLAMENTO DE PASAJES Y VIÁTICOS REGLAMENTO DE PASAJES Y VIÁTICOS CAPITULO I ASPECTOS GENERALES Artículo 1. Objeto El objeto del presente Reglamento es normar el proceso de asignación de pasajes y viáticos a los servidores públicos de

Más detalles

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE CERTIFICACIÓN DE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL ORGANISMO CERTIFICADOR DENOMINADO BAS INTERNATIONAL CERTIFICATION CO., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ BASICCO,

Más detalles

CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES

CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM DECLARACIONES CONTRATO DE COTITULARIDAD DE INVENCION OTC UAEM CONTRATO DE COTITULARIDAD Y REGLAS DE USO DE LOS DERECHOS SOBRE INVENCIÓN Y/O PATENTE QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL SUJETO A A QUIEN EN LO SUCESIVO DE LE

Más detalles

CONTRATO DE CONSULTORIA

CONTRATO DE CONSULTORIA CONTRATO DE CONSULTORIA COMPARECIENTES Intervienen en la celebración del presente contrato, por una parte el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón San Pedro de Pelileo, legalmente representada

Más detalles

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana.

D E C L A R A C I O N E S. 1ª.- Ser una sociedad legalmente constituida bajo las Leyes de la República Mexicana. CONTRATO PRIVADO DE PRESTACION DE SERVICIO DE REPARACION Y MANTENIMIENTO DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA SOCIEDAD SUPERAUTOS UNIVERSIDAD, S.A. DE C.V., A TRAVES DE SU APODERADO LEGAL,

Más detalles

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL

REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL REGLAMENTO DE LA CAJA PROVINCIAL DE COOPERACIÓN LOCAL Artículo 1. Creación de la Caja Provincial de Cooperación Local De conformidad con lo dispuesto en el apartado 6.f) del artículo 30 del Real Decreto

Más detalles

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS

CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CODIFICACION DE REGULACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR LIBRO I POLITICA MONETARIA - CREDITICIA TÍTULO OCTAVO: SISTEMA NACIONAL DE PAGOS CAPÍTULO IX. DEL SISTEMA DE COBROS INTERBANCARIOS Sección I Definición

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS

CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS CONTRATO DE SERVICIOS DE ACCESO A INTERNET Y ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS Conste por el presente documento el Contrato de Servicios de Acceso a Internet y Arrendamiento de Equipos que celebran de una parte,

Más detalles

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO

GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO GUÍA DE NORMAS DE RETENCIONES DEL ITBMS CONTENIDAS A NIVEL DE DECRETO EJECUTIVO I. TEXTO DEL ARTÍCULO 19 DEL DECRETO EJECUTIVO NO. 84 DE 26 DE AGOSTO DE 2005, CON TODAS SUS MODIFICACIONES REGLAMENTARIAS

Más detalles

CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO SISTEMA DE ALARMA Y ANTIINCENDIOS DE LA SEDE DE EPRINSA EXPEDIENTE BG/12 PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS.

CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO SISTEMA DE ALARMA Y ANTIINCENDIOS DE LA SEDE DE EPRINSA EXPEDIENTE BG/12 PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS. CONTRATACIÓN DEL MANTENIMIENTO SISTEMA DE ALARMA Y ANTIINCENDIOS DE LA SEDE DE EPRINSA EXPEDIENTE BG/12 PLIEGO DE CLÁUSULAS ECONÓMICO-ADMINISTRATIVAS. 1.- OBJETO. El contrato a que se refiere el presente

Más detalles

MINUTA EJECUTIVA LICITACION PÚBLICA Nº TR31041805 PROGRAMA DE SEGUROS ACCIDENTES PERSONALES, VIDA E INCENDIO PARA EL GRUPO DE EMPRESAS ENAP

MINUTA EJECUTIVA LICITACION PÚBLICA Nº TR31041805 PROGRAMA DE SEGUROS ACCIDENTES PERSONALES, VIDA E INCENDIO PARA EL GRUPO DE EMPRESAS ENAP MINUTA EJECUTIVA LICITACION PÚBLICA Nº TR31041805 PROGRAMA DE SEGUROS ACCIDENTES PERSONALES, VIDA E INCENDIO PARA EL GRUPO DE EMPRESAS ENAP 1.1 INTRODUCCION La EMPRESA NACIONAL DEL PETROLEO, para sí y

Más detalles

OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD

OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD OFERTA DE SERVICIOS PRODUCTO CUENTA DISTRIBUCIÓN BOD El BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL, C.A, Sociedad Mercantil domiciliada en Maracaibo, Estado Zulia, cuyas últimas modificaciones del

Más detalles

CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET

CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET CONVENIO DE SERVICIOS VÍA INTERNET En, a de 201 entre la empresa en adelante, indistintamente la Empresa Adherente, RUT -, representada, según se acreditará, por don, Cédula Nacional de Identidad N -,

Más detalles

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010)

Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Supervisión de Operaciones de Crédito de Dinero (Ley 18.010) Santiago de Chile, julio 2014 Este documento contiene una serie de consultas y respuestas relacionadas con el proceso de implementación de la

Más detalles

CONDICIONES PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE VIGILANCIA MEDIANTE MONITOREO DE ALARMAS

CONDICIONES PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE VIGILANCIA MEDIANTE MONITOREO DE ALARMAS MODALIDAD: CONVOCATORIA PÚBLICA No.01 DE CONDICIONES PARA PRESTACIÓN DE SERVICIO DE VIGILANCIA MEDIANTE MONITOREO DE ALARMAS BOGOTÁ D.C, 28 de Febrero de Carrera 12 No. 96-23 oficina 504. PBX: 6353511

Más detalles

LICITACIÓN PÚBLICA SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA PENSIONADOS Y TRABAJADORES AFILIADOS A LOS HÉROES CCAF

LICITACIÓN PÚBLICA SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA PENSIONADOS Y TRABAJADORES AFILIADOS A LOS HÉROES CCAF LICITACIÓN PÚBLICA SEGUROS ASOCIADOS A CRÉDITOS HIPOTECARIOS SEGURO DE DESGRAVAMEN PARA PENSIONADOS Y TRABAJADORES AFILIADOS A LOS HÉROES CCAF BASES ADMINISTRATIVAS MODIFICADAS Compras Corporativas y Proveedores

Más detalles

Contratación de actividades de ciencia, tecnología e innovación

Contratación de actividades de ciencia, tecnología e innovación Circular Externa No. 6 de 27 de septiembre de 2013 Para: Asunto: Entidades Estatales Contratación de actividades de ciencia, tecnología e innovación La Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia

Más detalles

CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013

CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 CONTRATO ESTATAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIO DE APOYO LOGÍSTICO Nº MMO-CD-PS- AG- 10-2013 OBJETO: PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE APOYO LOGISTIVO PARA LLEVAR A CABO LA REALIZACION DE LA SEMANA DE LA JUVENTUD

Más detalles

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA

REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA REGLAS DE DESARROLLO PARA EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS DE REPRESENTACIÓN Y VOTO A DISTANCIA Los derechos de los accionistas a hacerse representar por medio de otra persona y a ejercer su derecho al voto

Más detalles

El libro deberá contar con los apartados siguientes:

El libro deberá contar con los apartados siguientes: LA COMISION NACIONAL DE ENERGIA ELECTRICA APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LOS ARTICULOS 11 Y 22 DEL REGLAMENTO PARA LA ATENCIÓN DE RECLAMOS Y QUEJAS DE LOS USUARIOS DEL SERVICIO DE ENERGIA ELECTRICA. RESOLUCIÓN

Más detalles

CONTRATO DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE UNA PÁGINA WEB

CONTRATO DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE UNA PÁGINA WEB CONTRATO DE DESARROLLO Y MANTENIMIENTO DE UNA PÁGINA WEB Conste por el presente documento el contrato de desarrollo y mantenimiento de una página web(1), que celebran de una parte AAA, identificada con

Más detalles

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08

RP-CSG-027.00. Fecha de aprobación 2012-03-08 Reglamento Particular para la Auditoría Reglamentaria de Prevención de Riesgos Laborales según el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) RP-CSG-027.00 Fecha de aprobación 2012-03-08 ÍNDICE

Más detalles

CONTRATO DE ADQUISICION Y RENOVACION DE LICENCIAS ANTIVIRUS PARA EL GOBIERNO MUNICIPAL

CONTRATO DE ADQUISICION Y RENOVACION DE LICENCIAS ANTIVIRUS PARA EL GOBIERNO MUNICIPAL CONTRATO DE ADQUISICION Y RENOVACION DE LICENCIAS ANTIVIRUS PARA EL GOBIERNO MUNICIPAL COMPARECIENTES Comparecen a la celebración del presente Contrato, por una parte, el Gobierno Autónomo Descentralizado

Más detalles

CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN

CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN CONTRATO DE SERVICIOS DE DISEÑO GRÁFICO INTERVIENEN De una parte mayor de edad, con N.I.F. y con domicilio en calle REAL 40 ESC1 BJA 28500 Arganda del Rey (Madrid) representando el grupo freelance pixel

Más detalles

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ]

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009. Señores [ ] Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de 2009 Señores [ ] Ref.: Otorgamiento de un préstamo con garantía de los Títulos de Deuda a ser emitidos por la Provincia de Córdoba por hasta V/N U$S 150.000.000 bajo el

Más detalles

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026

ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 ANEXO DE INVERSIÓN A PÓLIZA DE SEGURO DE VIDA INDIVIDUAL Registro No. 01032011-1413-A-37-VIANVIIR 026 METLIFE COLOMBIA SEGUROS DE VIDA S.A., QUE PARA EFECTOS DE ESTA PÓLIZA SE DENOMINA LA COMPAÑÍA, CON

Más detalles

MONITOREO REMOTO DE ALARMAS Y SISTEMA ELECTRÓNICO DE SEGURIDAD

MONITOREO REMOTO DE ALARMAS Y SISTEMA ELECTRÓNICO DE SEGURIDAD REGLAMENTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE MONITOREO REMOTO DE ALARMAS Y SISTEMA ELECTRÓNICO DE SEGURIDAD El Concejo Municipal del Cantón Central de San José, con fundamento en los artículos 50, 169

Más detalles

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES

ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES 1. Tipo de residuos permitidos ANEXO I TÉRMINOS Y CONDICIONES El Generador podrá disponer finalmente de los residuos sólidos que genere en virtud de su actividad. Se entiende por residuo sólido toda sustancia,

Más detalles

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO

Proyecto de Ley FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO FONDO DE GARANTÍAS PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS CAPÍTULO I NATURALEZA JURÍDICA Y OBJETO Artículo 1. Créase un "Fondo de Garantías para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas", denominado,

Más detalles

ACUERDO SUGESE 05-13

ACUERDO SUGESE 05-13 CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN DEL SISTEMA FINANCIERO CONASSIF ACUERDO SUGESE 05-13 REGLAMENTO SOBRE SEGUROS COLECTIVOS Actualizado al 1 de diciembre de 2014. APROBADO POR EL CONSEJO NACIONAL DE SUPERVISIÓN

Más detalles

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes.

Se aplicará la base de la Orden de Compra acordada expresamente por las partes contratantes. Página 1 de 7 Condiciones Generales de Compra 1. Partes contratantes Este contrato (en adelante denominado Orden de Compra) se acuerda entre el proveedor (referido en adelante como "PROVEEDOR") y la empresa

Más detalles

4. Honorarios y gastos

4. Honorarios y gastos CONDICIONES GENERALES 1. Relación profesional Reg. Merc. De Madrid, Libro de Sociedades Hoja M-349746 Folio 44 Tomo 19.852 Sección 8. C.I.F. B-83933481 Todos los encargos profesionales relativos a Abogados

Más detalles

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR:

CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CONDICIONES DEL CONTRATO DE FINANCIAMIENTO: MONTO A FINANCIAR: CLÁUSULA PRIMERA: EL PRESTATARIO que suscribe declara que ha recibido en este acto de MERCANTIL FINANCIADORA DE PRIMAS, C. A., en lo sucesivo

Más detalles

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014

CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 CAMPAÑA DE PLANES DE PENSIONES APORTACIONES PERIÓDICAS 2014 Bankia va a llevar a cabo una acción comercial específica con la finalidad de conseguir aportaciones periódicas en planes de pensiones, o incrementar

Más detalles

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA BANCO CENTRAL DE COSTA RICA REGLAMENTO PARA EL TRÁMITE DE COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS POR CAJA CHICA DEL BANCO CENTRAL DE COSTA RICA Y ÓRGANOS DE DESCONCENTRACIÓN MÁXIMA APROBADO POR LA JUNTA DIRECTIVA

Más detalles

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA OTORGAR EL CONTRATO DE LICENCIA PARA LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL LOTE 192 COMUNICADO N 02

LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA OTORGAR EL CONTRATO DE LICENCIA PARA LA EXPLOTACIÓN DE HIDROCARBUROS EN EL LOTE 192 COMUNICADO N 02 "DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ" "AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN" LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL PARA OTORGAR EL CONTRATO DE LICENCIA

Más detalles

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION

INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION INSTRUCTIVO CAMARA DE COMPENSACION Y LIQUIDACION OBJETIVO GENERAL Organizar un mercado eficiente, asegurando el cumplimiento por parte de los Puestos de Bolsa, de los compromisos que hayan adquirido en

Más detalles

CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS REUNIDOS:

CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS REUNIDOS: CONTRATO DE AUXILIAR DE CORREDURÍA DE SEGUROS En Madrid, a 1 de octubre de 2.014. REUNIDOS: De una parte " " (en adelante el Auxiliar) a través de su representante legal D., con NIF, con domicilio en la,

Más detalles

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS

MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD REUNIDOS MODELO DE CONTRATO DE AGENTE DE PUBLICIDAD Murcia, a.. de de 2013 REUNIDOS De una parte, D. Diego Pedro García García, Director General, actuando en nombre y representación de la Empresa Pública Regional

Más detalles

PLIEGO DE CONDICIONES PATICULARES LICITACIÓN ABREVIADA Nº 60523

PLIEGO DE CONDICIONES PATICULARES LICITACIÓN ABREVIADA Nº 60523 PLIEGO DE CONDICIONES PATICULARES LICITACIÓN ABREVIADA Nº 60523 Artículo 1 - OBJETO La Intendencia de Paysandú llama a firmas interesadas a cotizar arrendamiento de camión para transporte de asfalto solicitados

Más detalles

Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de:

Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Pasos para abrir una empresa en Panamá Para operar un negocio en Panamá, usted puede realizar sus actividades a través de: Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización

Más detalles

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Centro PyME-ADENEU

PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Centro PyME-ADENEU PLIEGO ÚNICO DE BASES Y CONDICIONES MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL EXPEDIENTE Nº 4380-000712/2013 Alc. 015 CLÁUSULAS GENERALES PRIMERA: Llámase a CONCURSO DE PRECIOS N 007/2013 para la Provisión

Más detalles

BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARA ASESORAMIENTO JURÍDICO INTEGRAL

BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARA ASESORAMIENTO JURÍDICO INTEGRAL BASES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS PARA ASESORAMIENTO JURÍDICO INTEGRAL INTRODUCCIÓN El Ilustre Colegio de Procuradores de los Tribunales de Barcelona se ha propuesto disponer de un servicio de asesoramiento

Más detalles

INVITACIÓN PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA IP 104-2010 OBJETO

INVITACIÓN PÚBLICA TÉRMINOS DE REFERENCIA IP 104-2010 OBJETO TÉRMINOS DE REFERENCIA IP 104-2010 OBJETO COMPRA DE FIBRA OPTICA MULTIMODO DE 12 HILOS, CON CONECTORIZACION PIG TAIL Y CERTIFICACION DE FIBRA, SEIS (6) PATCHCORD DE FIBRA LC/LC DE 2 mt C/U Y SEIS (6) MINIGIBICS

Más detalles

REGLAMENTO DEL REGIMEN ESPECIAL DE SEGUROS DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA

REGLAMENTO DEL REGIMEN ESPECIAL DE SEGUROS DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA REGLAMENTO DEL REGIMEN ESPECIAL DE SEGUROS DE COMERCIALIZACIÓN MASIVA Artículo 1.- ( Ámbito de Aplicación) Las disposiciones contenidas en el presente reglamento se aplican a las Entidades Aseguradoras,

Más detalles

CONVENIO DE ASOCIACIÓN No 225 CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO Y LA FUNDACION SOCIAL SER QUILICHAO

CONVENIO DE ASOCIACIÓN No 225 CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO Y LA FUNDACION SOCIAL SER QUILICHAO CONVENIO DE ASOCIACIÓN No 225 CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE SANTANDER DE QUILICHAO Y LA FUNDACION SOCIAL SER QUILICHAO Entre los suscritos a saber, JUAN JOSE FERNÁNDEZ MERA, mayor de edad, identificado

Más detalles

CONTRATO DE SUMINISTRO No. 001. 22 de Mazo de 2013 PERSONERIA MUNICIPAL DE SAN MARTÍN (CESAR) CENTRO DE ALTA TECNOLOGIAS Y O JOVIER PINTO SAN JUAN

CONTRATO DE SUMINISTRO No. 001. 22 de Mazo de 2013 PERSONERIA MUNICIPAL DE SAN MARTÍN (CESAR) CENTRO DE ALTA TECNOLOGIAS Y O JOVIER PINTO SAN JUAN CONTRATO DE SUMINISTRO No. 001 1 22 de Mazo de 2013 CONTRATANTE: CONTRATISTA: PERSONERIA MUNICIPAL DE SAN MARTÍN (CESAR) CENTRO DE ALTA TECNOLOGIAS Y O JOVIER PINTO SAN JUAN CC: 1.065.863.342 DIRECCIÓN:

Más detalles

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA):

Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Reglamento del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid (CEMICAVA): Artículo 1 El Instituto de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Valladolid, tiene por objeto organizar

Más detalles

MODELO DE AUDITORIA INFORMÁTICA

MODELO DE AUDITORIA INFORMÁTICA MODELO DE AUDITORIA INFORMÁTICA En ( ), a ( ) de ( ) de ( ) REUNIDOS DE UNA PARTE, ( ) mayor de edad, con D.N.I. número ( ) y en nombre y representación de ( ), en adelante, el CLIENTE, domiciliada en

Más detalles

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas

Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Amparo Adicional de Asistencia para Mascotas Apreciado Asegurado: Para su conocimiento, agradecemos leer en forma detenida, la información contenida en este clausulado. Gracias por su confianza. Condiciones

Más detalles