INDUCCIÓN AL ISSSTE DOCUMENTOS HISTÓRICOS Y ABROGADOS NORMATECA ELECTRÓNICA INSTITUCIONAL. Normateca Electrónica Institucional

Tamaño: px
Comenzar la demostración a partir de la página:

Download "INDUCCIÓN AL ISSSTE DOCUMENTOS HISTÓRICOS Y ABROGADOS NORMATECA ELECTRÓNICA INSTITUCIONAL. Normateca Electrónica Institucional"

Transcripción

1 DOCUMENTOS HISTÓRICOS Y ABROGADOS Normateca Electrónica Institucional NORMATECA ELECTRÓNICA INSTITUCIONAL INDUCCIÓN AL ISSSTE INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN

2 Denominación: Inducción al ISSSTE FICHA TÉCNICA JURISSSTE Elaboró: Autorización: Dr. Coordinación General de Administración. Documento elaborado por la Subdirección de Personal de la Coordinación General de Administración y aprobado por el Fernando Viveros Castañeda, Subdirector General Jurídico. Fecha de expedición: 11 de octubre de Fecha de entrada en vigor: 11 de octubre de NOTA: Este Documento fue Abrogado por Acuerdo de la Dirección General del Instituto, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de octubre de 2010, por lo que en términos de lo dispuesto en el Artículo Primero Transitorio de dicho Acuerdo, dejan de surtir sus efectos legales a partir del 19 de octubre de 2010

3

4 INDUCCIÓN AL ISSSTE Transformar al ISSSTE es tarea de equipo

5 ÍNDICE I. INTRODUCCIÓN BIENVENIDA 1 Página II. BREVE HISTORIA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO 4 III. VISIÓN, MISIÓN Y ESTRATEGIAS 7 IV. ESTRUCTURA BÁSICA DEL INSTITUTO Órganos superiores del ISSSTE Órgano Interno de Control Unidades Administrativas Centrales Unidades Administrativas Desconcentradas Sindicato Nacional de los Trabajadores del ISSSTE 8 V. CONDICIONES DE TRABAJO 17 VI. VII. Marco jurídico Aspectos básicos de integración Sistema de cobro (tarjeta o cheque) Horario Uso de tarjeta o lista para registro de asistencia, Sistema Biomagnético Puntual Equipo y medidas de seguridad Acceso a las instalaciones Normas de comportamiento SEGUROS, PRESTACIONES Y SERVICIOS QUE OTORGA EL INSTITUTO Prestaciones Económicas y en Especie Las 21 Prestaciones Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE Fondo de la Vivienda del ISSSTE Sistema Integral de Tiendas y Farmacias Escuela de Dietética y Nutrición Servicio Médico Servicio de Trámites al Personal PLANES Y BENEFICIOS Capacitación Ascensos de Personal Beneficios Económicos Beneficios Sociales Beneficios Deportivos, Culturales y Recreativos Préstamos Económicos VIII. QUÉ SE ESPERA DEL SERVIDOR PÚBLICO DEL ISSSTE? 38 IX. DIRECTORIO DE LA ESTRUCTURA BÁSICA 40 I.- INTRODUCCIÓN 1

6 El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) contribuye al cumplimiento de los objetivos y metas que, en materia de Desarrollo Social y Humano, la Presidencia de la República se ha propuesto alcanzar como parte del Plan Nacional de Desarrollo De ahí la importancia, del Programa Institucional , que tiene como principal objetivo lograr la transformación integral del Instituto, y responder a las nuevas realidades del país. El Programa Institucional, se conforma por 8 estrategias generales, 41 líneas de acción y 82 proyectos que cubren la totalidad de sus áreas centrales y desconcentradas. Estrategia 1. Estrategia 2. Estrategia 3. Estrategia 4. Estrategia 5. Estrategia 6. Mejorar la cobertura y calidad de los servicios de salud de acuerdo a las necesidades de los derechohabientes. Garantizar el pago oportuno y de calidad de los seguros pensionarios y otras prestaciones económicas afines con la actualización de los esquemas de gestión, financiamiento y pago, y el fomento de la cultura de prevención de riesgos y enfermedades laborales. Contribuir al desarrollo humano de la derechohabiencia al proporcionar una amplia gama de servicios sociales, culturales, recreativos y deportivos. Incrementar la oferta de créditos para vivienda, otorgarlos de manera transparente y equitativa, asegurar su recuperación oportuna y mantener el valor real de las aportaciones de los trabajadores para un retiro digno. Coadyuvar a que el ingreso económico de los derechohabientes y público en general tenga un mayor poder adquisitivo. Contribuir al esparcimiento y convivencia familiar, ofreciendo servicios turísticos a precios preferenciales a los derechohabientes con una sana operación financiera. 1

7 INDUCCIÓN AL ISSSTE Transformar al ISSSTE es tarea de equipo Estrategia 7. Efectuar una reforma organizacional del Instituto, para mejorar la oportunidad en el otorgamiento de prestaciones. Estrategia 8. Aumentar el nivel de satisfacción de los derechohabientes otorgándoles servicios institucionales de mejor calidad y oportunidad. El presente documento se sustenta en la Estrategia 7, orientada a Efectuar una reforma organizacional del Instituto para mejorar la oportunidad en el otorgamiento de las prestaciones y en la línea de acción 7.8 que se refiere al Sistema de administración de personal para asegurar el mejor aprovechamiento de los recursos humanos; garantizar la mejor operación de los servicios y el desarrollo laboral de los trabajadores. Por tanto, el Instituto ha elaborado el presente documento Inducción al ISSSTE con la finalidad de que el trabajador y personal de nuevo ingreso, cuente de manera sencilla y ágil con la información general que le permita conocer los antecedentes de la Institución en la que labora o va a laborar, la visión, misión y estrategias; su organización; los servicios y prestaciones que otorga; su estructura básica; planes, beneficios, condiciones de trabajo y las expectativas que se tienen del servidor público del ISSSTE. Así como, comprender la naturaleza e importancia del trabajo que va a desarrollar ya que los servidores públicos que laboramos en el ISSSTE somos individuos que prestamos nuestros servicios a los derechohabientes de los Poderes Federales, Estatales o Municipales y de los Organismos Paraestatales, por lo que constituimos un factor relevante de la Administración Pública. Los trabajadores del ISSSTE, estamos convencidos de que nuestro desarrollo personal e institucional se logra cuando atendemos bien a aquellos que son la razón de ser y justifican la existencia del Instituto. Tenemos la gran responsabilidad, de brindar servicios y prestaciones que permitan al trabajador y sus familiares preservar la buena salud, de proporcionar los bienes y servicios asistenciales que contribuyan en la economía del servidor público y el disfrute de las actividades culturales y recreativas para alcanzar su bienestar. No debemos olvidar que derechohabientes somos todos los que tenemos derecho a los servicios y prestaciones que nos otorga el Instituto: es decir, quienes nos encontramos actualmente trabajando en alguna de las instituciones públicas y nuestros familiares, así como quienes, con justicia, disfrutan de su pensión. 2

8 INDUCCIÓN AL ISSSTE Transformar al ISSSTE es tarea de equipo BIENVENIDA El Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado les brinda una cordial bienvenida, con el franco propósito de gestar en ustedes un grato sentido de pertenencia. El presente documento Inducción al ISSSTE, tiene como finalidad proporcionarles una visión integral de los aspectos institucionales de mayor relevancia para quienes prestamos nuestros servicios en este organismo y entender cómo colaboramos en el cumplimiento de nuestra misión. Es importante proporcionarles herramientas conceptuales para que conozcan la esencia del quehacer del Instituto y, se propicie una identificación favorable entre su proyecto de vida y el sentido de nuestra existencia como institución de servicio. Así lograremos que nuestra función se realice con calidad y calidez humana. En las áreas de nuestra Institución, donde serán ubicados para colaborar en ella, se les proporcionarán las directrices generales de trabajo y el apoyo necesario que propicie su desarrollo personal y profesional. Esperamos el desempeño máximo de su potencial, así como un ejercicio entusiasta en las funciones que les serán asignadas, deseando que su ingreso a nuestro equipo de trabajo les sea satisfactorio. 3

9 II.- BREVE HISTORIA DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO México fue el primer país que dio naturaleza constitucional a la seguridad social, con la formulación de la Constitución de 1917, en su artículo 123, dando garantía jurídica a los aspectos económicos, políticos y sociales del trabajo, otorgando rango constitucional a los derechos de los trabajadores. En la década de los 20 s, el avance acelerado de la economía, la consolidación del Estado y la necesidad de atender los mandatos constitucionales, gestó cierta preocupación gubernamental por unificar prestaciones y servicios, así como garantizar el acceso a los mismos a todos los Trabajadores del Estado. Ello derivó, en la promulgación de la Ley General de Pensiones Civiles y de Retiro, cuya finalidad era estructurar un sistema en virtud del cual, el propio trabajador con la ayuda del Estado contribuyera a la formación de un fondo sobre el cual gravitaría el otorgamiento de pensiones y préstamos hipotecarios. Fue así como nace el 12 de agosto de 1925, la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro, predecesora del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, con personalidad jurídica propia y atribución pública, creada por la Ley del mismo nombre. Posteriormente, en 1946, el cambio de la Administración Pública Federal produjo en la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro, cambios sustanciales encomendándole un vasto programa de inversión de beneficio social. Como consecuencia, se formuló el proyecto de la nueva Ley de Pensiones Civiles y de Retiro, misma que fue aprobada por el Congreso Federal y expedida con carácter de Ley el 31 de diciembre de 1947, misma que extendió la magnitud de las prestaciones, mejoró el funcionamiento de las ya existentes e incorporó al régimen de Seguridad Social a un mayor número de trabajadores y organismos públicos. En el año de 1959, el Presidente Adolfo López Mateos presentó al Congreso de la Unión la iniciativa de Ley para la creación del ISSSTE. Su aprobación fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de diciembre del mismo año. Por lo que, aprobada la Ley se transformó a la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, y en enero de 1960 la nueva institución comenzó sus actividades como un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, para administrar los seguros, prestaciones y servicios de los empleados públicos. 4

10 De gran trascendencia fue para la consolidación de la Institución y para los trabajadores al servicio del Estado la adición en 1961 del Apartado B en el Artículo 123 Constitucional, pero sobre todo su reglamentación en 1963, mediante la aprobación y publicación de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. El ISSSTE de acuerdo con su Ley, amplió las áreas de sus servicios, cubriendo tanto prestaciones relativas de salud, como prestaciones sociales, culturales y económicas, y extendió estos beneficios a los familiares de los trabajadores y pensionistas. Sin embargo, fue hasta el 27 de diciembre de 1983, con la publicación de la Ley vigente y con las reformas subsecuentes, cuando se lograron diversificar los seguros, prestaciones y servicios, por lo que hubo avances muy importantes, tales como: Reducción de los tiempos y condiciones para las pensiones. Atribución al ISSSTE para promover y supervisar Comités Mixtos de Seguridad e Higiene. Pensión por cesantía en edad avanzada. Topes máximos de porcentaje salarial del tiempo trabajando para tener derecho a créditos. Posibilidad de acceder al financiamiento para vivienda. Además, la Ley introdujo la opción de que el trabajador que deje de prestar sus servicios y no tenga la calidad de pensionado, habiendo cotizado cuando menos cinco años, podrá solicitar la continuación voluntaria en el régimen obligatorio del seguro de enfermedades, maternidad y medicina preventiva. También, permitió la incorporación gradual de tiendas y farmacias, agencias turísticas y estancias de desarrollo infantil, entre otros servicios. En las últimas décadas, el ISSSTE y la Ley que lo rige, han venido adecuándose a los nuevos retos. De singular importancia, fueron, por ejemplo, las reformas con las que fue posible en 1972 la creación del Fondo de la Vivienda y su Comisión Ejecutiva, y en 1993 el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). 5

11 Los Directores Generales del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado de 1960 a la fecha han sido: LIC. NICOLÁS PIZARRO SUÁREZ Del 1º de enero de 1960 al 9 de diciembre de 1964 LIC. RÓMULO SÁNCHEZ MIRELES Del 9 de diciembre de 1964 al 7 de diciembre de 1970 PROFR. EDGAR ROBLEDO SANTIAGO Del 7 de diciembre de 1970 al 8 de septiembre de 1975 C.P. SALVADOR SÁNCHEZ VÁZQUEZ Del 8 de septiembre de 1975 al 6 de diciembre de 1976 PROFR. CARLOS JONGUITUD BARRIOS Del 6 de diciembre de 1976 al 12 de febrero de 1979 LIC. CARLOS SANSORES PÉREZ Del 12 de febrero de 1979 al 28 de noviembre de 1979 DR. CARLOS RIVA PALACIO VELASCO Del 28 de noviembre de 1979 al 30 de noviembre de 1982 DR. ALEJANDRO CARRILLO CASTRO Del 2 de diciembre de 1982 al 1º de diciembre de 1988 LIC. EMILIO LOZOYA THALMANN Del 1º de diciembre de 1988 al 4 de enero de 1993 ING. GONZALO MARTÍNEZ CORBALÁ Del 4 de enero de 1993 al 2 de diciembre de 1994 LIC. MANUEL AGUILERA GÓMEZ Del 2 de diciembre de 1994 al 5 de abril de 1997 LIC. JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ FERNÁNDEZ Del 5 de abril de 1997 al 13 de mayo de 1998 LIC. SOCORRO DÍAZ PALACIOS Del 13 de mayo de 1998 al 2 de diciembre de 2000 LIC. BENJAMÍN GONZÁLEZ ROARO Desde el 2 de diciembre de

12 III.- VISIÓN, MISIÓN Y ESTRATEGIAS VISIÓN Nuestra derechohabiencia deberá contar con servicios acordes a sus necesidades y expectativas, normados bajo códigos de calidad y calidez que permitan generar valores y prácticas para la mejora sostenida de bienestar y calidad de vida, en las áreas económica, de salud, vivienda, formación y actualización; así como una diversificación de las actividades en materia de deporte, cultura y recreación. MISIÓN Contribuir al mejoramiento de los niveles de bienestar integral de los trabajadores al servicio del Estado, pensionados, jubilados y sus familiares derechohabientes, mediante el oportuno y eficiente otorgamiento de los servicios: Médicos Prestaciones económicas, sociales y culturales Vivienda Tiendas y Farmacias Servicios Turísticos ESTRATEGIAS Para el cumplimiento de los objetivos nacionales de desarrollo social y humano, crecimiento con calidad, orden y respeto, el Instituto formulo su Programa Institucional que se conforma por 8 estrategias, 41 líneas de acción y 82 proyectos que cubren la totalidad de sus áreas centrales y desconcentradas. Las 8 estrategias que sustentan el quehacer institucional se encuentran descritas en la introducción de este documento. 7

13 IV.- ESTRUCTURA BÁSICA DEL INSTITUTO * H. Junta Directiva: Órgano Máximo de Gobierno * H. Comisión de Vigilancia: Asegura el Cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias 308-A.2.0.0/ INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ESTRUCTURA DICTAMINADA POR LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y LA SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA VIGENCIA: 1 DE ABRIL DE 2004 IB1 DIRECCIÓN GENERAL KB2 SECRETARÍA DE LA JUNTA DIRECTIVA KC2 ÓRGANO INTERNO DE CONTROL EN EL ISSSTE SUBDIRECCIÓN GENERAL MÉDICA KC2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y CULTURALES KC2 SUBDIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA KC2 SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS KC2 COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN KB2 KB2 COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL COORDINACIÓN GENERAL DE DESARROLLO DELEGACIONAL KB2 KB1 COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN Y EVALUACIÓN LA3 SUBDIRECCIÓN DE PENSIONES LA3 SUBDIRECCIÓN DE LO CONTENCIOSO LA3 SUBDIRECCIÓN DE PLANEACIÓN FINANCIERA Y EVALUACIÓN INSTITUCIONAL LA2 SUBDIRECCIÓN DE ALMACENES LA2 SUBDIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y CALIDAD LA2 LA2 LA3 LA2 LA3 LA2 LA3 SUBDIRECCIÓN DE REGULACIÓN DE ATENCIÓN A LA SALUD SUBDIRECCIÓN DE OTORGAMIENTO DE CRÉDITO SUBDIRECCIÓN DE LO CONSULTIVO SUBDIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO SUBDIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS SUBDIRECCIÓN DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN LA2 LA2 LA2 LA3 LA3 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD SUBDIRECCIÓN DE RECUPERACIÓN DE CRÉDITO SUBDIRECCIÓN DE NOTARIADO Y BIENES INMUEBLES TESORERÍA GENERAL SUBDIRECCIÓN DE PERSONAL LA3 LA2 LA2 LA2 LA2 SUBDIRECCIÓN DE INFRAESTRUCTURA SUBDIRECCIÓN DE AFILIACIÓN Y VIGENCIA UNIDAD DE COORDINACIÓN DE PROYECTOS SUBDIRECCIÓN DE CONTADURÍA SUBDIRECCIÓN DE OBRAS Y CONTRATACIÓN LA2 LA2 LA3 LA3 SUBDIRECCIÓN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO SUBDIRECCIÓN DE SERVICIOS SOCIALES Y CULTURALES SUBDIRECCIÓN DE ATENCIÓN AL DERECHOHABIENTE SUBDIRECCIÓN DE ASEGURAMIENTO DE LA SALUD LA3 LA2 SUBDIRECCIÓN DE ABASTO DE INSUMOS MÉDICOS SUBDIRECCIÓN DE CAPACITACIÓN Y SERVICIOS EDUCATIVOS CENTRO MÉDICO NACIONAL 20 DE NOVIEMBRE HOSPITALES REGIONALES ESCUELA DE DIETÉTICA Y NUTRICIÓN FONDO DE LA VIVIENDA (FOVISSSTE) DELEGACIONES SISTEMA INTEGRAL DE TIENDAS Y FARMACIAS Y SUS GERENCIAS REGIONALES SISTEMA DE AGENCIAS TURÍSTICAS TURISSSTE *Total de Trabajadores del ISSSTE distribuidos de la siguiente forma: Trabajadores Confianza 9,051 Sindicalizados 62,376 Servidores Públicos de Mando 2,618 Honorarios 767 Becarios 1,533 Residentes 1,487 Total de trabajadores a nivel nacional a marzo de ,832 *Por permanecer en vigente proceso de actualización, esta información podrá ser consultada en la página web del Instituto 8

14 ÓRGANOS SUPERIORES DEL ISSSTE JUNTA DIRECTIVA Es el órgano máximo de Gobierno y tiene a su cargo la planeación estratégica del Instituto, la supervisión de la marcha del mismo y el control de sus actividades, para lo cual deberá definir en el Programa Institucional y en los Programas Operativos Anuales, los objetivos, metas, prioridades y estrategias del Instituto, así como, garantizar la conexión del proceso de programación con los de presupuestación, evaluación y control. La Junta, se integrará de once miembros, cuatro serán los respectivos titulares de las Secretarías siguientes: Hacienda y Crédito Público, Desarrollo Social, Salud, Trabajo y Prevención Social, uno más nombrado por el Secretario de Hacienda y Crédito Público; El Director General que al efecto designe el Presidente de la República y cinco designados por la Federación. El Presidente de la República designará de entre los miembros de la Junta, representantes del Gobierno Federal, a quien deba presidirla. DIRECCIÓN GENERAL El Director General tiene a su cargo la conducción y ejecución de las acciones operativas del Instituto, conforme a la Ley, al Estatuto Orgánico y a las demás disposiciones aplicables, así como las obligaciones y facultades que señala el Artículo 21 del Estatuto Orgánico. Será auxiliado por los Subdirectores Generales, Coordinadores Generales, el Vocal Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva, Delegados, Directores de Unidades Administrativas desconcentradas y demás servidores públicos de primer nivel que, a propuesta del mismo, nombre la Junta. COMISIÓN EJECUTIVA Es el órgano del Instituto que opera el Fondo de la Vivienda. Propone a la Junta Directiva las reglas para el otorgamiento de créditos para vivienda, define los mecanismos de control y seguimiento, para verificar que los créditos se apliquen a los fines autorizados. 9

15 La Comisión, se integrará por nueve miembros: uno designado por la Junta, a propuesta del Director General, quien hará las veces de Vocal Ejecutivo de la Comisión; dos vocales nombrados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; un vocal nombrado por la Secretaría de Desarrollo Social; un vocal nombrado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; y cuatro vocales que serán nombrados a propuesta de la Federación. COMISIÓN DE VIGILANCIA Vigila el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al Instituto, cuida que las inversiones y los recursos se destinen a los fines previstos en los presupuestos y programas aprobados. Para el desempeño de sus funciones podrá procurarse la información que requiera de las áreas del Instituto, debiendo éstas proporcionar la documentación e informes correspondientes. Asimismo, contará con el apoyo de los órganos de control interno en el Instituto. La Comisión, se compondrá de siete miembros: uno de la Secretaría de la Contraloría y Desarrollo Administrativo, que será el Comisario designado por la misma; dos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, uno del Instituto, designado por el Director General, con derecho a voz pero sin voto y que actuará como Secretario Técnico; y tres designados por la Federación. La Junta Directiva, designará cada seis meses de entre los miembros de la Comisión de Vigilancia representantes del Estado a quien deba presidirla. La Presidencia será rotativa y nunca recaerá en el representante del Instituto. ÓRGANO INTERNO DE CONTROL Objetivo Apoyar a la función directiva del ISSSTE, a través de la fiscalización de la gestión administrativa; la vigilancia sobre el cumplimiento de las obligaciones y el apego a la legalidad de los servidores públicos en el desempeño de sus funciones; el control, seguimiento y evaluación de los compromisos establecidos en los programas de trabajo; a fin de promover el mejoramiento de la gestión de la misma, coadyuvando a la elevación de sus niveles de eficiencia, eficacia y productividad. 10

16 UNIDADES ADMINISTRATIVAS CENTRALES El Director General para el eficaz cumplimiento de sus obligaciones y ejercicio de sus facultades se auxiliará por los siguientes órganos que le dependerán en forma directa. SUBDIRECCIÓN GENERAL MÉDICA Objetivo Establecer y conducir con base en las políticas sectoriales e institucionales en materia de salud, la planeación, el desarrollo y evaluación del Sistema Institucional de servicios de salud, que garanticen el otorgamiento de los seguros, prestaciones y servicios médicos, establecidos en la Ley en beneficio de su población derechohabiente. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PRESTACIONES ECONÓMICAS, SOCIALES Y CULTURALES Objetivo Contribuir a mejorar el nivel de vida de los trabajadores al servicio del Estado y su núcleo familiar, proporcionando en forma ágil y oportuna los seguros, prestaciones económicas, servicios sociales y culturales, deportivos y recreativos a que tienen derecho, de acuerdo a lo establecido en la Ley del ISSSTE. SUBDIRECCIÓN GENERAL JURÍDICA Objetivo Establecer y coordinar un sistema de apoyo jurídico a nivel Central y Delegacional, que permita asesorar a los Órganos de Gobierno y Unidades Administrativas del Instituto; proponer los criterios de interpretación administrativa de las disposiciones jurídicas que integran el Marco Jurídico Institucional que norman su funcionamiento; actualizar permanentemente las Bases Normativas y de Contratación, representar al Instituto y en su caso defender los intereses y patrimonio del mismo. SUBDIRECCIÓN GENERAL DE FINANZAS Objetivo Establecer y consolidar el Sistema de Planeación Institucional y administrar los recursos financieros 11

17 del ISSSTE, a través de la operación y regulación del presupuesto, los registros contables e información financiera, estadística y la evaluación institucional; así como, captar los ingresos y control de los recursos financieros con estricto apego a prioridades y criterios de racionalidad, austeridad y disciplina presupuestal. COORDINACIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Objetivo Apoyar el cumplimiento de los Programas Institucionales, garantizando el abastecimiento suficiente y oportuno de insumos y equipo a las diferentes áreas y centros de trabajo en las mejores condiciones de calidad y precio, de tal forma que se optimicen los recursos existentes y se racionalicen las adquisiciones, así como establecer la normatividad, control y evaluación para la prestación de los servicios generales en el Instituto. Proponer políticas en materia de personal en los términos de las disposiciones legales aplicables, intervenir en su selección, nombramiento, ubicación y reubicación, así como intervenir en todas las cuestiones relacionadas con la administración del personal. COORDINACIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN SOCIAL Objetivo Propiciar, a través de los medios de comunicación el conocimiento y la comprensión de las políticas, programas y acciones del ISSSTE, para establecer una relación más constructiva entre el Instituto y los derechohabientes de sus servicios. Proponer, concertar, integrar y/o ejecutar las acciones de comunicación social del Instituto para orientar e informar a los trabajadores, pensionados, derechohabientes y público en general sobre los seguros, servicios y prestaciones del ISSSTE. COORDINACIÓN GENERAL DE DESARROLLO DELEGACIONAL Objetivo Apoyar al Director General en la planeación, coordinación, supervisión y evaluación de la operación desconcentrada del Instituto y en la implantación de políticas, estrategias, líneas de 12

18 acción, mecanismos e instrumentos emitidos por las unidades administrativas del nivel central para su aplicación por las delegaciones, a fin de coadyuvar al logro de los objetivos y metas institucionales. COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSFORMACIÓN Y DESARROLLO INSTITUCIONAL Objetivo Impulsar la transformación del Instituto mediante el desarrollo de acciones de innovación en materia de procesos, sistemas, tecnología de la información, organización y la mejora de la calidad en el otorgamiento de los servicios, conforme a la estrategia de reforma y modernización del propio Instituto. UNIDADES ADMINISTRATIVAS DESCONCENTRADAS FONDO DE LA VIVIENDA Objetivo La administración del Fondo de la Vivienda, como órgano desconcentrado del Instituto, tiene por objeto establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores incorporados al régimen de la Ley obtener, por una sola vez, crédito barato y suficiente mediante préstamos con garantía hipotecaria sobre inmuebles urbanos, para adquirir, construir, reparar y ampliar o mejorar su vivienda, para el pago del enganche, gastos de escrituración y en su caso la construcción de un fideicomiso de apoyo cuando tenga por objeto la adquisición de viviendas de interés social, amortizar pasivos adquiridos por dichos conceptos, así como coordinar y financiar programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los trabajadores, mediante créditos que otorgue el Instituto directamente o con la participación de entidades públicas y/o privadas 13

19 DELEGACIONES* Objetivo Para la atención de los asuntos de su competencia, el Instituto contará con Delegaciones las cuales como unidades administrativas desconcentradas, estarán jerárquicamente subordinadas a la administración central y tendrán facultades específicas para resolver sobre la materia y la competencia territorial que se determine en cada caso. Las Delegaciones serán unidades administrativas desconcentradas del Instituto, establecidas en cada una de las Entidades Federativas del país con el objeto de otorgar y promover la difusión de los seguros, prestaciones y servicios a los derechohabientes de acuerdo a las atribuciones que les confieren la Ley y los Reglamentos respectivos, a fin de que las solicitudes, trámites y gestiones correspondientes se desahoguen oportunamente dentro de su respectiva jurisdicción. * 31 Delegaciones Estatales y 4 Regionales en el Distrito Federal. CENTRO MÉDICO NACIONAL 20 DE NOVIEMBRE Y LOS HOSPITALES REGIONALES Objetivo El Centro Médico Nacional 20 de Noviembre tiene como objeto, otorgar atención médica integral de alta especialidad, y los Hospitales Regionales, atención médica del tercer nivel a los trabajadores y derechohabientes del Instituto, para cuyo efecto contarán con los recursos técnicos y científicos más avanzados acorde a su nivel, que permitan otorgar servicios médicos de excelencia con eficiencia y calidad. SISTEMA INTEGRAL DE TIENDAS Y FARMACIAS Y DE LAS GERENCIAS REGIONALES Objetivo El Sistema Integral de Tiendas y Farmacias, como unidad administrativa desconcentrada del Instituto, tiene por objeto planear, dirigir y normar las acciones de protección del poder adquisitivo del salario de los trabajadores al servicio del estado, mediante la venta de productos básicos y de consumo para el hogar, medicamentos y material de curación, a precios económicos, así como 14

20 garantizar el abasto oportuno de bienes y servicios de comercialización a los derechohabientes, para lo cual contará con autonomía técnica y operativa, así como los recursos humanos, materiales y financieros que determine el presupuesto, que le permitan otorgar estas prestaciones sociales a cargo del Instituto, con eficiencia, oportunidad y calidad. Para la eficaz coordinación, evaluación y control, así como el eficiente despacho de los asuntos de su competencia, el Sistema Integral de Tiendas y Farmacias contará con órganos administrativos desconcentrados que se denominarán Gerencias Regionales, las que estarán jerárquicamente subordinadas al Sistema, y tendrán las facultades específicas que les señala esta Estatuto para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine. ESCUELA DE DIETÉTICA Y NUTRICIÓN Objetivo La Escuela de Dietética y Nutrición, como unidad administrativa desconcentrada del Instituto, tiene por objeto planear, normar, controlar y llevar a cabo las actividades relacionadas con la formación, capacitación y actualización de recursos humanos para la salud en materia de alimentación, dietética y nutrición, conforme a los lineamientos establecidos por las autoridades sanitarias y educativas competentes, para lo cual contará con autonomía técnica y operativa, así como con el personal y los recursos, materiales y financieros que determine el presupuesto, que le permitan realizar sus funciones con eficiencia, oportunidad y calidad. SISTEMA DE AGENCIAS TURÍSTICAS TURISSSTE Objetivo El Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, como unidad administrativa desconcentrada del Instituto, tiene por objeto planear, normar, controlar y llevar a cabo las actividades que promueva a través de sus agencias turísticas, conforme a los lineamientos establecidos por las autoridades competentes, para lo cual contará con autonomía técnica y operativa, así como con el personal y los recursos materiales y financieros que determine el presupuesto, que le permitan realizar sus funciones con eficiencia, oportunidad y calidad. 15

21 SINDICATO NACIONAL DE LOS TRABAJADORES DEL ISSSTE (SNTISSSTE) El SNTISSSTE es una organización sindical, constituida en sus orígenes por agrupaciones de trabajadores provenientes de la extinta Dirección de Pensiones Civiles y de Retiro, y de otras entidades del Sector Público. Aprobada la Ley que transformó a la Dirección General de Pensiones Civiles y de Retiro en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, el 2 de enero de 1960, el entonces Secretario General C. Carlos Villamil Castillo, solicitó el cambio de registro ante el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, quedando así formalmente constituido el SNTISSSTE, integrado por todos los trabajadores sindicalizados que prestan sus servicios en las dependencias del ISSSTE. El SNTISSSTE es miembro de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicios de Estado, con las obligaciones y derechos que le corresponden de acuerdo con el pacto federal. El objeto del Sindicato es el estudio, mejoramiento y defensa de los intereses comunes de sus miembros. Para la mejor atención de las solicitudes de los trabajadores que prestan sus servicios en los diferentes centros de trabajo del Instituto, el Sindicato está integrado por 17 secciones en el Distrito Federal y una en cada Estado de la República, El lema del Sindicato es: Por la Seguridad Social de los Trabajadores al Servicio del Estado Ubicación del Sindicato Nacional de los Trabajadores del ISSSTE: Sor Juana Inés de la Cruz No. 93 Col. Miguel Hidalgo C. P Delegación Tlalpan Tel. dir

22 V.- CONDICIONES DE TRABAJO MARCO JURÍDICO Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En el Artículo 123 establece que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil. Este artículo tiene dos apartados, el Apartado A, el cual rige a los obreros, jornaleros, empleados, domésticos, artesanos, quienes se encuentran en el sector privado y el Apartado B, el cual sienta las bases de la relación laboral entre el Estado y sus trabajadores, las cuales se encuentran desarrolladas en la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Ley Federal del Trabajo Es de observancia para toda la República y rige las relaciones de trabajo. Establece los principios generales, relaciones individuales de trabajo, condiciones de trabajo, derechos y obligaciones de los trabajadores y los patrones, trabajo de las mujeres, de menores, especiales, relaciones colectivas de trabajo, huelgas, riesgos de trabajo, prescripción, autoridades de trabajo y servicios sociales. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Es de observancia general para los titulares y trabajadores de las dependencias de los Poderes de la Unión, del Gobierno del Distrito Federal y de las Instituciones que refiere el Artículo 1. Esta Ley divide a los trabajadores en dos grupos: Confianza y Sindicalizados. Quedan excluidos de esta Ley los trabajadores de confianza que refiere el Artículo 5º. Establece que los trabajadores de base, deberán ser de nacionalidad mexicana y sólo podrán ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio. En el título segundo de esta Ley se encuentran contenidos los derechos y obligaciones de los trabajadores y de los titulares. 17

23 Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado Es de orden público, de interés social y de observancia en toda la República. Se aplica a todos los servidores públicos. Establece con carácter obligatorio las 21 prestaciones que otorga el Instituto. Todo trabajador incorporado al régimen de este ordenamiento, deberá cubrir al Instituto una cuota fija del 8% de su sueldo básico de la siguiente forma: Servicio médico. Fondos Cubrir los seguros de medicina preventiva, enfermedades, maternidad y los servicios de rehabilitación física y mental. Cuota 2.75% Préstamos personales. Para cubrir las prestaciones relativas a préstamos a mediano y corto plazo. 0.5% Prestaciones Sociales. Para cubrir los servicios de atención para el bienestar y desarrollo infantil; integrales de retiro a jubilados y pensionistas; servicios turísticos; promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y de recreación y servicios funerarios. 0.5% Pensionados, jubilados e indemnizaciones globales. Para la prima que se establezca anualmente, conforme a las valuaciones actuariales, así como para integrar las reservas correspondientes conforme a lo dispuesto en el artículo 182 de esta Ley; 3.50% El porcentaje restante se aplicará para cubrir los gastos generales de administración del Instituto exceptuando los correspondientes al Fondo de Vivienda. Condiciones Generales de Trabajo Su observancia es obligatoria para los trabajadores de base y el Titular, Director General del Instituto. La representación sindical acreditada tratará con el Instituto los asuntos individuales o colectivos derivados de la relación laboral, sin detrimento de la facultad que todo trabajador tiene para ejercer por sí sus derechos. En el Capítulo III se encuentran las obligaciones del Titular y los derechos, obligaciones y prohibiciones de los trabajadores. 18

24 Divide a los trabajadores del Instituto en: Base A. Los comprendidos en el artículo 5º de la Ley y los que se clasifiquen con apego al artículo 20 de la misma; B. Los que ocupen plazas vacantes definitivas de acuerdo con lo dispuesto por el Reglamento de Escalafón; y C. Los trabajadores de nuevo ingreso, en plazas vacantes definitivas de pie de rama, únicas o escalafonarias desiertas, previo dictamen de la Comisión Nacional Mixta o de la Subcomisión Mixta de Bolsa de Trabajo, serán de base después de seis meses de servicio ininterrumpido, siempre que no exista nota desfavorable en su expediente; Provisionales Los trabajadores de base que, de acuerdo con el sistema escalafonario, ocupen plazas vacantes originadas por licencias mayores de seis meses y los que ocupen vacantes reclamadas ante el Tribunal, éstos gozarán de los derechos y prestaciones inherentes a la plaza; Confianza Los que se enumeran en el artículo 5º de la Ley, así como los considerados en el artículo 20 de la misma y que se clasifiquen con tal carácter en el Catálogo de Puestos; Interinos Los nombrados para cubrir plazas que se consideren vacantes temporales, por un período de tiempo de hasta seis meses; A obra determinada Los que realizan tareas directamente ligadas a una obra o programa, que por su naturaleza no es permanente; y A tiempo fijo Los nombrados con fecha precisa de inicio y terminación de su nombramiento. 19

25 ASPECTOS BÁSICOS DE INTEGRACIÓN Sistema de cobro El trabajador quincenalmente percibe el salario que le corresponde por el desempeño de sus labores ordinarias, extraordinarias y turno opcional de acuerdo al puesto que ocupa, a través de depósito bancario, o por cheque del Instituto. Horario Será definido conforme a las necesidades de servicio del área en la que quede adscrito el trabajador, deberá asistir con puntualidad al desempeño de sus labores conforme a lo dispuesto en las Condiciones Generales de Trabajo. Se concederá al trabajador una tolerancia de diez minutos después de la hora fijada para presentarse a sus labores. La tolerancia anterior se incrementará en treinta minutos a las madres trabajadoras que tengan hijos en alguna estancia de bienestar y desarrollo infantil, siempre y cuando la hora de entrada o salida de sus labores sea la misma de la estancia. Uso de tarjeta o lista para registro de asistencia, (Sistema Biomagnético Puntual ) El trabajador deberá registrar la asistencia a sus labores en el Sistema Biomagnético Puntual establecido para tal fin; o en su caso firmar las listas o tarjetas de asistencia que se le asignen. Asimismo, queda prohibido permitir que su asistencia sea registrada por otra persona, así como alterar o modificar listas o tarjetas de control de asistencia, con el propósito de cubrir retardos o faltas injustificadas. Equipo y medidas de seguridad Con la finalidad de integrarnos al Sistema Nacional de Protección Civil, que por decreto presidencial se debe llevar a efecto en las dependencias e institutos del Gobierno Federal, el ISSSTE por medio del departamento de Protección Civil, ha dado las directrices para realizar las acciones necesarias para constituir la Unidad Interna de Protección Civil en cada inmueble del Instituto. Dichas acciones contemplan las actividades relativas a la protección de la integridad física de la población residente (empleado) y flotante (usuarios), así como las instalaciones y equipo. 20

26 Acceso a las instalaciones Para tener acceso a las instalaciones el trabajador deberá portar durante la jornada de trabajo el gafete de identificación expedido por el Instituto. Asimismo, queda prohibido permanecer en las oficinas y áreas de trabajo del Instituto, después de su horario de trabajo, sin autorización. NORMAS DE COMPORTAMIENTO El Instituto proporciona oportunamente a los trabajadores, para el adecuado desempeño de sus funciones, los útiles, instrumentos, materiales y uniformes que necesiten. El área en la que quede adscrito el trabajador establecerá los lineamientos para el adecuado uso de los equipos y sistemas de cómputo así como de la información que contienen, y verificará la observancia de los trabajadores por el buen o mal uso de los bienes del Instituto. La asistencia, puntualidad y permanencia en el trabajo, serán factores que invariablemente deberán ser considerados en las evaluaciones del personal para premios, estímulos y recompensas. El personal sindicalizado que tenga asignada plaza de base con turno opcional, deberá laborar tres horas adicionales a su jornada, de las cuales dos horas treinta minutos será de servicio efectivo y treinta minutos para tomar alimentos en su lugar de trabajo. Así mismo, queda prohibido dentro de la jornada laboral, realizar labores ajenas a su trabajo, usar el equipo para asuntos particulares, sustraer del establecimiento u oficina, útiles de trabajo, herramientas, materias primas o elaboradas, alimentos o medicamentos sin autorización escrita de sus superiores. 21

27 VI.- * SEGUROS, PRESTACIONES Y SERVICIOS QUE OTORGA EL INSTITUTO PRESTACIONES ECONÓMICAS Y EN ESPECIE La ley del ISSSTE en su Artículo 3º establece con carácter obligatorio las 21 prestaciones que otorga a sus trabajadores de base, confianza, jubilados, pensionados y sus familiares derechohabientes, y se dividen principalmente en dos rubros: ECONÓMICAS Se otorgan por Ley exclusivamente al personal en activo, a los jubilados y pensionados, tomando como referencia el nivel del salario del trabajador. El Instituto a través de las Subdelegaciones de Prestaciones de las 31 Delegaciones Estatales y de las 4 Delegaciones Regionales otorga pensiones por jubilación, edad y tiempo de servicios, cesantía en edad avanzada, invalidez, viudez y orfandad, pensiones por riesgo de trabajo, indemnizaciones globales y gastos de funeral, además de otorgar préstamos a corto, mediano plazo y complementarios. Por conducto del FOVISSSTE, el Instituto otorga financiamiento a los trabajadores para la adquisición, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de su vivienda. EN ESPECIE Benefician tanto al trabajador en activo, a sus familiares derechohabientes sin distingo de nivel salarial o antigüedad, a jubilados y pensionados. Para otorgar servicios sociales y culturales el ISSSTE cuenta con la siguiente infraestructura: Infraestructura Tiendas 265 Farmacias 116 Estancias para el Bienestar y Desarrollo Infantil 137 Centros Culturales 74 Teatros 2 Bibliotecas 61 Hoteles y Balnearios 2 Velatorios 7 Talleres para jubilados 98 Foro 1 Panteón 1 Comedores 11 Centros de Capacitación 38 Agencias turísticas 38 Centro Geriátrico 1 Centro de convivencia para jubilados y pensionados 1 Centros Deportivos 9 *Por permanecer en vigente proceso de actualización, esta información podrá ser consultada en la página web del Instituto 22

28 LAS 21 PRESTACIONES Tipo de Prestación I. Medicina preventiva (Especie) Garantiza, cuida y preserva la salud de los trabajadores y sus familiares, así como de los pensionados. Usuario de la prestación Trabajador Jubilado Pensionado Familiares Dh II. Seguro de enfermedades y maternidad (Especie) Brinda atención médica de diagnóstico, quirúrgica y hospitalaria, así como farmacéutica y de rehabilitación que sea necesaria, desde el comienzo de la enfermedad o embarazo de los trabajadores, familiares y pensionados. III. Servicio de rehabilitación física y mental (Especie) Otorga atención a pacientes con algún tipo de enfermedad o discapacidad que afecte al sistema locomotor, así como a pacientes con afección o deficiencia mental. IV. Seguro de riesgo de trabajo (Económica) Cubre el seguro cuando ocurren accidentes y enfermedades a las están expuestos los trabajadores en el ejercicio de su actividad cotidiana. V. Seguro de jubilación (Económica) Garantiza el pago de pensiones a todos los trabajadores que cumplan 30 años o más de servicio y a las trabajadoras con 28 años o más. NO NO NO NO NO NO VI. Seguro de retiro por edad y tiempo de servicio (Económica) Pensiona a aquellos trabajadores que cumplan 55 años de edad y que tengan 15 años de servicio como mínimo e igual tiempo de cotización al Instituto. NO NO NO VII. Seguro de invalidez (Económica) Otorga este seguro a aquellos trabajadores que se inhabiliten física o mentalmente por causas ajenas al desempeño de su empleo, siempre y cuando haya cotizando al Instituto cuando menos durante 15 años. NO NO NO VIII. Seguro por causa de muerte (Económica) Cubre este seguro en caso de deceso por motivos ajenos al servicio, siempre y cuando el trabajador haya cotizado al Instituto más de 15 años, o fallecido después de los 60 años de edad con un mínimo de diez años de cotización. NO IX. Seguro de cesantía en edad avanzada (Económica) Brinda protección al trabajador que decida retirarse voluntariamente del servicio o quede privado de trabajo remunerado después de los 60 años de edad y haya cotizado al Instituto cuando menos 15 años. X. Indemnización global (Económica) Indemniza aquellos trabajadores que sin tener derecho a ningún tipo de pensión se separen definitivamente del servicio. NO NO NO NO NO NO 23

29 XI. XII. Tipo de Prestación Servicio de atención para el Bienestar y Desarrollo Infantil (Especie) Procura el desarrollo armónico e integral de los hijos de las trabajadoras del Estado en las Estancias de Bienestar y Desarrollo Infantil. Servicios Integrales de retiro a Jubilados y Pensionados (Mixta) Garantiza los servicios médicos y prestaciones económicas y en especie a los trabajadores del Estado en retiro. Usuario de la prestación Trabajador Jubilado Pensionado Familiares Dh NO NO NO NO XIII y XIV. Vivienda y arrendamiento (Económica) Brinda la oportunidad de obtener vivienda digna mediante el arrendamiento o venta de habitaciones económicas pertenecientes al Instituto, además de préstamos hipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisición de casashabitación, construcción, reparación, ampliación o mejoramiento a las mismas; así como para el pago de pasivos adquiridos por este concepto. NO NO XV. Préstamos a mediano plazo (Económica) Apoya la economía familiar a través de financiamiento de préstamos para la adquisición de bienes de uso duradero. XVI. Préstamos a corto plazo (Económica) Otorga préstamos en efectivo a los trabajadores que por algún motivo requieran de liquidez. NO NO XVII. Servicios que contribuyen a mejorar la calidad de vida del servidor público y familiares (Especie) Contribuye a mejorar la calidad de vida del servidor público y familiares derechohabientes a través de tiendas y farmacias que cuenten con productos de calidad a precios competitivos. XVIII. Servicios turísticos (Especie) Ofrece precios accesibles e instalaciones adecuadas para la recreación. XIX. Actividades culturales, deportivas y recreativas (Especie) Atiende las necesidades básicas de los trabajadores y sus familiares como son promociones culturales, de preparación técnica, fomento deportivo y recreación. XX. Servicios funerarios (Mixta) Proporciona servicios funerarios a precios accesibles. XXI. Sistema de ahorro para el retiro SAR (Económica) Aumenta los recursos a disposición del trabajador al momento de su retiro. NO NO NO 24

30 SISTEMA DE AGENCIAS TURÍSTICAS TURISSSTE El ISSSTE determinó que entre las prestaciones básicas para los servidores públicos deberían considerarse la recreación y el esparcimiento, con la convicción de los evidentes beneficios que conlleva para los trabajadores y sus familias, por construir a su sano desarrollo y una mayor integración. En la actualidad el ISSSTE cuenta con un organismo encargado de promover el turismo social entre los trabajadores al servicio del Estado, que con una política de crecimiento ambiciosa mantiene en los últimos años una firme tendencia de incremento en su volumen de ventas. Los servicios del Sistema de Agencias Turísticas TURISSSTE, permiten a los trabajadores, pensionados, jubilados y sus familiares, disfrutar sus vacaciones en los mejores destinos turísticos del país con atractivos paquetes y ahorros que incluyen descuentos en hospedaje, transportación aérea y terrestre. Asimismo, proporciona servicios de calidad que permiten satisfacer con calidez las necesidades de esparcimiento, diversión, recreación y descanso, que contribuyen a optimizar el poder adquisitivo de los trabajadores y pensionados, en un afán de incrementar el turismo social, incrementar la productividad y eficiencia del sistema. Unidades de gestión: Como Unidad de Gestión para tramitar el acceso a la prestación existe una agencia TURISSSTE en cada Estado de la República, siete en el Distrito Federal y una Central Nacional de reservaciones. Ubicación de la Central Nacional: Paseo de la Reforma No. 19 Col. Tabacalera C. P Delegación Cuauhtémoc TURISSSTEL Ext

31 FONDO DE LA VIVIENDA DEL ISSSTE (FOVISSSTE) El Fondo de la Vivienda del ISSSTE (FOVISSSTE), es el encargado de administrar las aportaciones realizadas por las dependencias y entidades afiliadas al ISSSTE, constituidas para otorgarles créditos hipotecarios para la adquisición de viviendas. Su objetivo es establecer y operar un sistema de financiamiento que permita a los trabajadores incorporados al régimen de la ley obtener, por una sola vez, crédito barato y suficiente mediante préstamos con garantía hipotecaria sobre inmuebles urbanos, para adquirir, construir, reparar y ampliar o mejorar su vivienda, para el pago del enganche, gastos de escrituración y en su caso de la constitución de un fideicomiso de apoyo cuando tenga por objeto la adquisición de viviendas de interés social. Otra de las prestaciones de gran importancia que otorga el FOVISSSTE, a través de los Departamentos de Vivienda, es la devolución de depósitos del 5% constituidos a favor de los trabajadores, en el periodo comprendido del 1 de septiembre de 1972 al 31 de diciembre de 1992, en los casos de jubilación, incapacidad total y permanente, separación del sector público y en el caso de defunción a los beneficiarios. Para solicitar un crédito de vivienda es necesario: No haber sido beneficiario de un crédito del FOVISSSTE Ser trabajador derechohabiente del Fondo en activo. Contar con una antigüedad mínima de 18 meses de aportación a la subcuenta de vivienda del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR). El trabajador que durante su vida laboral no fue beneficiado con un préstamo hipotecario, tendrá derecho a que la Institución de crédito que lleve su cuenta individual del S.A.R., le entregue por cuenta del Instituto, los fondos de la misma. Como Unidad de Gestión para tramitar el acceso a la prestación: El trabajador con plaza de base podrá acudir a la organización sindical correspondiente, así mismo al igual que el trabajador de confianza, a las áreas de recursos humanos de su dependencia, Departamento de Vivienda de las Subdelegaciones de Prestaciones Económicas de las 31 Delegaciones Estatales y de las 4 Delegaciones Regionales, y en ventanillas que instale el FOVISSSTE. Ubicación del Fondo de la Vivienda del ISSSTE Miguel Noreña No. 28, 3er. Piso, Col. San José Insurgentes, Delegación Benito Juárez, C.P , México, D.F. 26

Facultades, Fundamento Jurídico. Fecha de Publicación, Periódico Oficial del Estado de Hidalgo: 21 de octubre 2013

Facultades, Fundamento Jurídico. Fecha de Publicación, Periódico Oficial del Estado de Hidalgo: 21 de octubre 2013 Tipo: Reglamento Interior Facultades, Fundamento Jurídico Emisor: H. Ayuntamiento Pachuca de Soto Fecha de Publicación, Periódico Oficial del Estado de Hidalgo: 21 de octubre 2013 HONORABLE AYUNTAMIENTO

Más detalles

ANTECEDENTES. 1 Velásquez Cabrera Eduardo Antonio. El Régimen de la Seguridad Social en Guatemala. 1997. Pág. 3

ANTECEDENTES. 1 Velásquez Cabrera Eduardo Antonio. El Régimen de la Seguridad Social en Guatemala. 1997. Pág. 3 II. AUTORIZACIÓN III. ANTECEDENTES En la Revolución de Octubre, se inician cambios sociales en el país. La Junta Revolucionaria de Gobierno emite el decreto No. 47 el 27 de diciembre de 1944, llamada Ley

Más detalles

5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto.

5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto. 5. INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES (INFONAVIT) 5.1. Funcionamiento del instituto. Para tener una idea del funcionamiento del Instituto habría que comenzar por comentar

Más detalles

LECTURA 5: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL.

LECTURA 5: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. LECTURA 5: INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL. "La Misión del Instituto Mexicano del Seguro Social es otorgar a los trabajadores mexicanos y a sus familias la protección suficiente y oportuna ante contingencias

Más detalles

DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DOF 08/04/2014 SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DECRETO por el que se otorgan estímulos para promover la incorporación a la seguridad social. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice:

Más detalles

ARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal:

ARTÍCULO 104.- Son facultades y obligaciones del Contralor Municipal: DE LEY ARTÍCULO 101.- La Contraloría Municipal es la dependencia encargada del control interno, vigilancia, fiscalización, supervisión y evaluación de los elementos de la cuenta pública, para que la gestión

Más detalles

Administración Pública Estatal, que debe rendir anualmente el Gobernador del Estado;

Administración Pública Estatal, que debe rendir anualmente el Gobernador del Estado; CAPÍTULO V DE LAS ATRIBUCIONES GENÉRICAS DE LAS DIRECCIONES GENERALES, UNIDAD DE SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN OPERATIVA, COORDINACIÓN GENERAL DEL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACIÓN Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

Más detalles

Texto vigente Propuesta Iniciativa Propuesta Sindical Artículo 42, Facultades indelegables del Consejo Directivo.

Texto vigente Propuesta Iniciativa Propuesta Sindical Artículo 42, Facultades indelegables del Consejo Directivo. LEY REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XIII BIS DEL APARTADO B, DEL ARTÍCULO 123 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 3, tercer párrafo. Las remuneraciones, jubilaciones, pensiones,

Más detalles

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana.

Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. Reglamento para la Prestación del Servicio Social de los Estudiantes de las Instituciones de Educación Superior en la República Mexicana. D.O.F. 30 de marzo de 1981 Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE NEGOCIOS CON GOBIERNOS Y ORGANISMOS

MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE NEGOCIOS CON GOBIERNOS Y ORGANISMOS MANUAL DE ORGANIZACIÓN DIRECCIÓN DE NEGOCIOS CON GOBIERNOS Y ORGANISMOS Dirección General Propiedad del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. Av. Javier Barros Sierra No. 515, 6 Piso, Col.

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISION PARA EL DESARROLLO TURISTICO DEL VALLE DE TEOTIHUACAN, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 7 FRACCION III DEL DECRETO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE

LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE LINEAMIENTOS DEL MANEJO, CONTROL Y REGISTRO DE LOS FONDOS DE RESERVA PARA CONTINGENCIAS DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE 1 LA JUNTA DE GOBIERNO DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DEL PONIENTE, CON

Más detalles

Estimado solicitante, respecto del folio 0002700047115, mediante el cual se solicita lo siguiente:

Estimado solicitante, respecto del folio 0002700047115, mediante el cual se solicita lo siguiente: Unidad de Enlace Estimado solicitante, respecto del folio 0002700047115, mediante el cual se solicita lo siguiente: De la colonia América en la delegación Miguel Hidalgo C.P.53040 Población, índice de

Más detalles

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco

Ley de Fomento al Deporte del Estado de Tabasco LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto contribuir en la formación

Más detalles

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. 2013 GERENCIA CENTRAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS CORPORACIÓN PERUANA DE AEROPUERTOS Y AVIACIÓN COMERCIAL S.A. GERENCIA CENTRAL DE ADMINISTRACIÓN

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO INTERNO DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE TIJUANA, BAJA CALIFORNIA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- EI presente reglamento tiene por objeto establecer la organización

Más detalles

LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES

LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES LEY PARA EL FOMENTO DEL DEPORTE EN EL ESTADO DE TABASCO DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 1.- Las normas de esta Ley son de orden público e interés social y tiene por objeto contribuir en la formación y

Más detalles

NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES GENERALES PARA LA PLANEACIÓN, IMPLANTACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DE SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES.

NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES GENERALES PARA LA PLANEACIÓN, IMPLANTACIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DE SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES. SERVICIOS MÉDICOS INTEGRALES. ÍNDICE Página 1 Objetivo 3 2 Ámbito de aplicación 3 3 Sujetos de la Norma 3 4 Responsables de la Aplicación de la Norma 3 5 Definiciones 3 6 Documentos de Referencia 5 7 Disposiciones

Más detalles

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México

OFICINA DEL ABOGADO GENERAL. Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México Reglamento del Servicio Social de la Universidad Autónoma del Estado de México CAPÍTULO PRIMERO LAS DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la prestación del

Más detalles

Manual Específico de Organización. Coordinación de Fondos Mixtos

Manual Específico de Organización. Coordinación de Fondos Mixtos La Paz Baja California Sur; Septiembre del 2010 Vo. Bo. ELABORÓ PRESENTÓ APROBÓ Coordinadora de Fondos Mixtos Directora General del Instituto Sudcaliforniano de Cultura Aprobado de acuerdo a lo establecido

Más detalles

Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La

Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La Nuevo Reglamento de Pensiones por Jubilación, Vejez e Incapacidad, para los Trabajadores contratados a partir del 15 de diciembre de 2000, de La Universidad Autónoma de San Luis Potosí TÍTULO PRIMERO

Más detalles

PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACION SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Armenia, 2015.

PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACION SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. Armenia, 2015. PLAN INSTITUCIONAL DE CAPACITACION SUBDIRECCION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA Armenia, 2015. INTRODUCCIÓN Al iniciar un nuevo año es preciso estructurar y planear adecuadamente el Plan de capacitación, para

Más detalles

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL

REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL REGLAMENTO DEL INSTITUTO DE FORMACION PROFESIONAL DE LA PROCURADURIA GENERAL DE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE MARZO DE 1994 (Texto original publicado DOF 10/03/1994) Al margen

Más detalles

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN PÚBLICA REGLAMENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE PENSIONES DE LOS TRABAJADORES SUJETOS AL RÉGIMEN R DEL ARTÍCULO DÉCIMO D TRANSITORIO DEL DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EGRESOS Y RECURSOS FINANCIEROS DEL MUNICIPAL DE LOS CABOS BAJA CALIFORNIA SUR.

REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EGRESOS Y RECURSOS FINANCIEROS DEL MUNICIPAL DE LOS CABOS BAJA CALIFORNIA SUR. REGLAMENTO INTERNO DE LA DIRECCION MUNICIPAL DE EGRESOS Y RECURSOS FINANCIEROS DEL MUNICIPAL DE LOS CABOS BAJA CALIFORNIA SUR. TITULO PRIMERO Disposiciones Generales Articulo 1.-El presente reglamento

Más detalles

PROYECTO DE LEY INTEGRAL PARA LA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PERIODISTAS Y COMUNICADORES DEL ESTADO DE MÉXICO

PROYECTO DE LEY INTEGRAL PARA LA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PERIODISTAS Y COMUNICADORES DEL ESTADO DE MÉXICO PROYECTO DE LEY INTEGRAL PARA LA PROTECCIÓN Y SEGURIDAD SOCIAL DE LOS PERIODISTAS Y COMUNICADORES DEL ESTADO DE MÉXICO CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- La presente Ley es de orden público

Más detalles

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O

GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO C O N S I D E R A N D O 1 GOBIERNO DEL ESTADO DE HIDALGO PODER EJECUTIVO MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIEREN LOS ARTÍCULOS

Más detalles

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997

Publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 4 de agosto de 1997 Lineamientos que Deberán Observar las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal en los Procedimientos de Contratación de Seguros de Bienes Patrimoniales y de Personas. Publicado en

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores. MANUAL DE PERCEPCIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE MANDO. D. O. F. 25 de febrero de 2005. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Cámara de Senadores. MANUAL DE

Más detalles

PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES

PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES PODER LEGISLATIVO CAMARA DE SENADORES MANUAL de Percepciones de los Servidores Públicos de Mando. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Senado de la República.-

Más detalles

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO Lunes 31 de agosto de 2009 DIARIO OFICIAL (Primera Sección) INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO ACUERDO 36.1318.2009 de la Junta Directiva por el que se aprueba el

Más detalles

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS

MANUAL DE PERCEPCIONES PARA LOS SERVIDORES PÚBLICOS DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS SOBRE LAS PERCEPCIONES DE LOS DIPUTADOS FEDERALES Y SERVIDORES PÚBLICOS QUE PRESTAN SUS SERVICIOS PARA LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN. En cumplimiento a lo establecido por el artículo

Más detalles

RED DE ATENCIÓN MÉDICA. Rodolfo Díaz Martínez María Eugenia Sánchez Flores

RED DE ATENCIÓN MÉDICA. Rodolfo Díaz Martínez María Eugenia Sánchez Flores RED DE ATENCIÓN MÉDICA Rodolfo Díaz Martínez María Eugenia Sánchez Flores Ficha de la Institución: Lugar y año de creación del INM: El 19 de octubre de 1993, fue creado el Instituto Nacional de Migración,

Más detalles

Criterios del IMSS C.P.C. José Sergio Ledezma Martínez

Criterios del IMSS C.P.C. José Sergio Ledezma Martínez Criterios del IMSS C.P.C. José Sergio Ledezma Martínez sergio@ledezma-martinez.com 442 2483658 4422483659 Artículo 27. El salario base de cotización se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota

Más detalles

TABLA DE CONTENIDO. I. Introducción... 3. II. Antecedentes... 4. III. Marco normativo... 5. IV. Fines... 6. V. Objetivos del manual...

TABLA DE CONTENIDO. I. Introducción... 3. II. Antecedentes... 4. III. Marco normativo... 5. IV. Fines... 6. V. Objetivos del manual... ÁREA DE RECURSOS HUMANOS Aprobado por la Junta de Coordinación el 14 de diciembre de 2009 TABLA DE CONTENIDO I. Introducción... 3 II. Antecedentes... 4 III. Marco normativo... 5 IV. Fines... 6 V. Objetivos

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL CAPITULO I GENERALIDADES

REGLAMENTO INTERIOR DE DESARROLLO SOCIAL MUNICIPAL CAPITULO I GENERALIDADES Publicado en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 24 de agosto de 2001 CAPITULO I GENERALIDADES ARTÍCULO 1.- El presente ordenamiento tiene como objetivo reglamentar la estructura administrativa

Más detalles

Programa Anual de Evaluación 2013

Programa Anual de Evaluación 2013 1. Antecedentes. Que el Plan Estatal de Desarrollo Chiapas 2013-2018, en el Eje Rector Gobierno Cercano a la Gente, Tema Gobierno Eficiente y Transparente establece la Política Pública, 1.2.4 Fiscalización,

Más detalles

FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL

FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL FIDEICOMISO PARA LA CINETECA NACIONAL MANUAL DE INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL 1 de 12 26 de enero de 2011 ÍNDICE INTRODUCCIÓN CAPÍTULO I CAPÍTULO II CAPÍTULO III CAPÍTULO IV CAPÍTULO V CAPÍTULO VI CAPÍTULO

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO OFICIO mediante el cual se revoca la autorización otorgada a Banco del Atlántico, S.A., Institución de Banca Múltiple. Al margen un sello con el Escudo Nacional,

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LICENCIADO ENRIQUE PEÑA NIETO, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE ME CONFIERE EL ARTÍCULO 77 FRACCIONES II, IV, XXVIII, XXXVIII Y XLV DE LA CONSTITUCIÓN

Más detalles

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

2.11.1 CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS NOTAS 1 Cuando en un mismo centro de trabajo desarrollen actividades trabajadores de dos o más empresas, éstas deberán cooperar en la aplicación de la normativa sobre prevención de riesgos laborales. A

Más detalles

Manual de Organización

Manual de Organización Manual de Organización SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN URBANA 1 INDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN 3 MISIÓN Y VISIÓN 4 FUNCIONES DE LA DIRECCIÓN 5 ÁMBITOS DE COMPETENCIA 6 ORGANIGRAMA 7 FUNCIONES Y ATRIBUCIONES 8

Más detalles

NUMERO 40 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY DE PLANEACIÓN

NUMERO 40 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY DE PLANEACIÓN NUMERO 40 EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, DECRETA LA SIGUIENTE LEY DE PLANEACIÓN CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1o.- Las disposiciones de esta Ley

Más detalles

COMITÉ DE VIVIENDA DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION UNIVERSITARIAS ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS NUEVE (9) COMITÉ

COMITÉ DE VIVIENDA DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION UNIVERSITARIAS ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS NUEVE (9) COMITÉ COMITÉ DE VIVIENDA DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES DE LAS INSTITUCIONES DE EDUCACION UNIVERSITARIAS ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS NUEVE (9) COMITÉ 1.- COMITÉ DE COMUNICACIÓN, PROMOCIÓN Y DIFUSION. 1.1. Difundir

Más detalles

GUÍA TÉCNICA 22 EL CONTROL DE GESTIÓN MUNICIPAL

GUÍA TÉCNICA 22 EL CONTROL DE GESTIÓN MUNICIPAL GUÍA TÉCNICA 22 EL CONTROL DE GESTIÓN MUNICIPAL Pág. 1.- LA GESTIÓN MUNICIPAL 2.- EL CONTROL DE GESTIÓN 2.1 Características 2.2 Elementos 2.3 Instrumentos 2.4 Órgano Responsable 3.- EL MARCO JURÍDICO DEL

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTORÍA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTORÍA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACIÓN DE ATENCIÓN CIUDADANA Y GESTORÍA DEL H. CONGRESO DEL ESTADO TEXTO ORIGINAL Publicado en el Periódico Oficial, el martes 01 de junio de 2004, tercera sección, tomo

Más detalles

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ

LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ LINEAMIENTOS DEL PERSONAL ADMINISTRATIVO DE EL COLEGIO DE VERACRUZ CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Para efecto de los presentes lineamientos se entiende por personal administrativo

Más detalles

CAPITULO II: SISTEMA ESTATAL DE PLANEACION DEMOCRATICA

CAPITULO II: SISTEMA ESTATAL DE PLANEACION DEMOCRATICA LEY DE PLANEACION DEL ESTADO DE CHIHUAHUA CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES .- Las disposiciones de esta Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto establecer: I.- Las normas y

Más detalles

C 0 N S I D E R A N D 0

C 0 N S I D E R A N D 0 ARTURO MONTIEL ROJAS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MEXICO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME CONFIERE EL ARTICULO 77 FRACCION IV DE LA CONSTITUCION POLITICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MEXICO,

Más detalles

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES

PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES PROCEDIMIENTO PARA LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ DE INVERSIONES Dirección de Crédito Finanzas y MARZO 2010 Í N D I C E 1. INTRODUCCIÓN... 3 2. OBJETIVO... 3 3. FUNDAMENTO LEGAL.... 3 4. DEFINICIONES....

Más detalles

TITULO I. Disposiciones generales

TITULO I. Disposiciones generales ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL LEY 24.156 Disposiciones generales. Sistemas presupuestario, de crédito público, de tesorería, de contabilidad gubernamental

Más detalles

ÍNDICE TEMÁTICO LEY DEL IPSSET

ÍNDICE TEMÁTICO LEY DEL IPSSET GUÍA BÁSICA ÍNDICE TEMÁTICO LEY DEL IPSSET I.- ANTECEDENTES. 1.1 El Derecho a la Seguridad Social Art. 123 Constitucional. 1.2 Antecedente de la UPYSSET. 1.3 Forma en la que fue concebida la seguridad

Más detalles

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA REFORMA DEL ISSSTE: 2. Los trabajadores van a perder sus derechos adquiridos?

PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA REFORMA DEL ISSSTE: 2. Los trabajadores van a perder sus derechos adquiridos? PREGUNTAS MÁS FRECUENTES SOBRE LA REFORMA DEL ISSSTE: 1. Los servicios del ISSSTE se privatizarán? 2. Los trabajadores van a perder sus derechos adquiridos? 3. El gobierno ya no aportará recursos para

Más detalles

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION ESTATAL PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS

REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION ESTATAL PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS REGLAMENTO INTERIOR DE LA COORDINACION ESTATAL PARA LA ATENCION DE LOS PUEBLOS INDIGENAS TEXTO ORIGINAL. Reglamento publicado en la Edición Extraordinaria del Periódico Oficial del Estado de San Luis Potosí,

Más detalles

III. DE LOS QUE TRABAJAN HORAS EXTRAORDINARIAS 8 IV. DEL PRESUPUESTO PARA PAGO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO 9

III. DE LOS QUE TRABAJAN HORAS EXTRAORDINARIAS 8 IV. DEL PRESUPUESTO PARA PAGO DE TIEMPO EXTRAORDINARIO 9 ÍNDICE PÁGINA INTRODUCCIÓN 2 OBJETIVO Y ALCANCE 3 FUNDAMENTO LEGAL 4 DEFINICIONES Y ABREVIATURAS 5 I. GENERALIDADES DEL TIEMPO EXTRAORDINARIO 6 II. DE LOS QUE AUTORIZAN EL GASTO 7 III. DE LOS QUE TRABAJAN

Más detalles

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03

COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 COOPERATIVA INTEGRAL DE TRABAJADORES DEL HOTEL CARTAGENA HILTON COOTRAHILTON ACUERDO N 03 POR MEDIO DEL CUAL SE REGLAMENTA EL COMITÉ DE RECREACION, DEPORTE Y CULTURA EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE COOTRAHILTON

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0341/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0341/2009 Informe 0341/2009 La consulta plantea si, la comunicación de datos de salud referidos a un trabajador atendido por la Mutua consultante al Servicio de Atención al Usuario dependiente de la Dirección General

Más detalles

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA

SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA SUBSECRETARÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN TECNOLÓGICAS DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN SECUNDARIA TÉCNICA Manual de Organización de la Academia de Maestros de las Escuelas Secundarias Técnicas MAYO, 2000.

Más detalles

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con:

DISPOSICIONES GENERALES. En primer lugar se determina que la UNED contará para realizar sus funciones y competencias con: LA ESTRUCTURA ACADÉMICA DE LA UNED II. INSTITUTOS UNIVERSITARIOS DE INVESTIGACIÓN. CENTRO ADSCRITOS Y SERVICIOS DE ASISTENCIA A LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA. En desarrollo del Capítulo I del Título II de

Más detalles

Noviembre 30, 2001. Oficio Número: LIC. ROBERTO FIGUEROA MARTINEZ Secretario de la H. Junta Directiva Presente

Noviembre 30, 2001. Oficio Número: LIC. ROBERTO FIGUEROA MARTINEZ Secretario de la H. Junta Directiva Presente Noviembre 30, 2001. Oficio Número: LIC. ROBERTO FIGUEROA MARTINEZ Secretario de la H. Junta Directiva Presente Anexo al presente me permito enviar a usted el Programa de Créditos Personales para el Ejercicio

Más detalles

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE SERVICIO SOCIAL Y DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO SOCIAL OBLIGATORIO CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTICULO 1.- La Universidad Autónoma de Querétaro, de conformidad con

Más detalles

ENRIQUE PEÑA NIETO CONSIDERANDO

ENRIQUE PEÑA NIETO CONSIDERANDO ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con

Más detalles

LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE LA PAZ, MÉXICO

LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE LA PAZ, MÉXICO LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y DEPORTE DE LA PAZ, MÉXICO CAPÍTULO PRIMERO DE SU NATURALEZA JURÍDICA Y SUS OBJETIVOS Artículo 1.- Se

Más detalles

SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA

SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA Viernes 6 de agosto de 2004 DIARIO OFICIAL 1 SECRETARIA DE LA FUNCION PÚBLICA LINEAMIENTOS para el otorgamiento a los servidores públicos de la prestación inherente al puesto en materia de vehículos. Al

Más detalles

Indicadores sobre Seguridad Social en México

Indicadores sobre Seguridad Social en México Indicadores sobre Seguridad Social en México iescefp / 015 /2013 15 de abril de 2013 1. La Seguridad Social El Convenio 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), destaca por ser el instrumento

Más detalles

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Educación Pública. 11-10-87 ACUERDO No. 129, por el que se establecen las bases para que la Educación Preescolar que se imparta en los jardines de niños particulares, a menores de entre cuatro y seis años de edad, pueda

Más detalles

NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS

NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS NORMAS Y METODOLOGÍA PARA LA DETERMINACIÓN DE LOS MOMENTOS CONTABLES DE LOS INGRESOS ANTECEDENTES El 31 de diciembre de 2008 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Contabilidad

Más detalles

1.8 TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

1.8 TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Objetivo General: 1.8 TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN Establecer una infraestructura y plataforma tecnológica y de sistemas de información, y definir las políticas, estrategias y directrices para su implantación

Más detalles

sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades".

sin poner en peligro la capacidad de las generaciones futuras para atender sus propias necesidades. H. CONGRESO DEL ESTADO DE YUCATÁN MESA DIRECTIVA PRESENTE. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35 fracción I de la Constitución Política, y para efectos del procedimiento establecido en el Título

Más detalles

Contenido Presentación

Contenido Presentación Contenido Presentación Marco Legal Alineación al Plan Estatal de Desarrollo 2011-2015 Objetivos generales Escenario Actual Perspectiva Acciones Estratégicas Seguimiento y Evaluación del Programa 2 5 6

Más detalles

SECRETARÍA DE SALUD Servicios de Salud Pública del Distrito Federal MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE MODELOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA

SECRETARÍA DE SALUD Servicios de Salud Pública del Distrito Federal MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE MODELOS DE ATENCIÓN DOMICILIARIA MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA SUBDIRECCIÓN DE MODELOS DE Junio de 2009 2 ÍNDICE PÁGINA. INTRODUCCIÓN 3 2. MARCO JURÍDICO 3. OBJETIVO DEL MANUAL 9 4. PROCEDIMIENTOS 4.. Elaboración de los Modelos de Atención

Más detalles

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD.

REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO NACIONAL DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD. (PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE JULIO DE 2004) Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados

Más detalles

C O N S I D E R A N D O

C O N S I D E R A N D O LUIS ARMANDO REYNOSO FEMAT, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 46, fracción I de la Constitución Política

Más detalles

Reglamento para el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la CDI México, febrero 2008

Reglamento para el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la CDI México, febrero 2008 Reglamento para el Programa de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales en la CDI México, febrero 2008 Documento escrito en HOJA DE FIRMAS Autorizó: Visto Bueno: Lic. Luis H. Álvarez Álvarez Director

Más detalles

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN CAYETANO Todos unidos con dignidad

ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN CAYETANO Todos unidos con dignidad ALCALDIA MUNICIPAL DE SAN CAYETANO Todos unidos con dignidad PLAN DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN AÑO: 2014 ELABORADO POR: COMISARIA DE FAMILIA / LÍDER GELT PLAN DE FORMACIÓN Y CAPACITACIÓN ALCALDIA MUNICIPAL

Más detalles

ARTÍCULO 97. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: I...

ARTÍCULO 97. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: I... ARTÍCULO 97. Los salarios mínimos no podrán ser objeto de compensación, descuento o reducción, salvo en los casos siguientes: I.... II. Pago de rentas a que se refiere el artículo 151. Este descuento no

Más detalles

Dirección General de Tesorería

Dirección General de Tesorería Dirección General de Tesorería I. Organigrama II. Misión y visión III. Programa anual de trabajo 2006 IV. Otras actividades relevantes V. Compromisos 2007 Dirección General de Tesorería I. Organigrama

Más detalles

LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:.

LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. LEY No. 128 QUE CREA EL FONDO DE DESARROLLO CAMPESINO EL CONGRESO DE LA NACION PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:. CREACION Y OBJETO Artículo 1o.- Créase el Fondo de Desarrollo Campesino (FDC), en adelante

Más detalles

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO SEGUNDA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO ACUERDO por el que se expiden las normas generales para la desincorporación por fusión, de empresas de participación estatal mayoritaria.

Más detalles

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL DIRECTORIO DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL

LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL DIRECTORIO DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL LINEAMIENTOS PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DEL DIRECTORIO DE SERVIDORES PÚBLICOS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL Artículo 1. Objetivo Capítulo I. Disposiciones Generales Los presentes Lineamientos

Más detalles

FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO

FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO Catálogo de Puestos de Trabajo del Personal de Administración y Servicios Funcionario 13 de Marzo de 2007 I N D I C E FICHAS DE PUESTOS DE TRABAJO Grupo A Grupo B Grupo C Jefe de Servicio 11 Jefe de la

Más detalles

Apuntes CAEF Sistema Financiero Mexicano ORGANIGRAMA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO

Apuntes CAEF Sistema Financiero Mexicano ORGANIGRAMA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO ORGANIGRAMA DEL SISTEMA FINANCIERO MEXICANO 1 SISTEMA FINANCIERO MEXICANO El puede definirse como el conjunto de organismos e instituciones que captan, administran y canalizan a la inversión, el ahorro

Más detalles

Nuevas obligaciones para los patrones, relacionadas con la capacitación, adiestramiento y productividad de sus trabajadores.

Nuevas obligaciones para los patrones, relacionadas con la capacitación, adiestramiento y productividad de sus trabajadores. Nuntium Legalis Nuevas obligaciones para los patrones, relacionadas con la capacitación, adiestramiento y productividad de sus trabajadores. Paseo de la Reforma 2654 piso 9 Col. Lomas Altas, C.P. 11950,

Más detalles

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL NUEVA LEY DEL ISSSTE

SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL NUEVA LEY DEL ISSSTE SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN GENERAL DE PERSONAL NUEVA LEY DEL ISSSTE OCTUBRE 2007 LEY ANTERIOR NUEVA LEY Publicada en el DOF el día 31 de marzo del 2007 Artículos Ordinarios 192 Artículos Ordinarios

Más detalles

DECRETO NÚMERO: 124 D E C R E T A: Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por:

DECRETO NÚMERO: 124 D E C R E T A: Artículo 2. Para los efectos de esta Ley se entenderá por: DECRETO NÚMERO: 124 POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS 2, 34, 57 ÚLTIMO PÁRRAFO, 63 FRACCIÓN IV Y 99 FRACCIÓN II; Y SE ADICIONA EL ARTÍCULO 60 BIS, TODOS DE LA LEY DE PATRIMONIO DEL ESTADO DE QUINTANA

Más detalles

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO

DESCRIPCIÓN DEL PUESTO Director General Administrativo DESCRIPCIÓN DEL PUESTO IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO DENOMINACIÓN DEL PUESTO: CATEGORÍA: UBICACIÓN: PUESTO DE JEFE INMEDIATO: Director General Administrativo Confianza Edificio

Más detalles

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO

SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO 19 de Septiembre de 2011 GACETA OFICIAL DEL DISTRITO FEDERAL 19 ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL SISTEMA DE TRANSPORTE COLECTIVO Ing. Francisco Bojórquez Hernández, Director General del Sistema

Más detalles

SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSÍ DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SUBDIRECCIÓN DE PRIMER NIVEL PROGRAMA DE ACCIDENTES

SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSÍ DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SUBDIRECCIÓN DE PRIMER NIVEL PROGRAMA DE ACCIDENTES SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSÍ DIRECCIÓN DE PROTECCIÓN SOCIAL EN SALUD SUBDIRECCIÓN DE PRIMER NIVEL PROGRAMA DE ACCIDENTES LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICOS DE

Más detalles

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE.

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO ASESOR DE MEDIO AMBIENTE. INDICE CAPITULO I. ORGANIZACIÓN CAPITULO II. MIEMBROS CAPITULO III. PLENO Y GRUPOS DE TRABAJO CAPITULO IV. REUNIONES DEL PLENO Y DE LOS

Más detalles

Régimen Interior. las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo.

Régimen Interior. las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad, así como el personal adscrito al mismo. Régimen Interior Naturaleza y composición Artículo 1. 1. El Servicio de Deportes de la Universidad de La Laguna es único y comprende todas las instalaciones deportivas existentes en dicha universidad,

Más detalles

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO

SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO LINEAMIENTOS para regular el funcionamiento del Registro Público de Organismos Descentralizados. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos

Más detalles

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007

Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 Disposición publicada en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2007 CIRCULAR 16/2007 México, D.F., a 29 de noviembre de 2007. A LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO, SOCIEDADES FINANCIERAS DE

Más detalles

Propuesta de iniciativa de reforma constitucional para la desvinculación del salario mínimo como unidad, base, medida o referencia económica.

Propuesta de iniciativa de reforma constitucional para la desvinculación del salario mínimo como unidad, base, medida o referencia económica. Propuesta de iniciativa de reforma constitucional para la desvinculación del salario mínimo como unidad, base, medida o referencia económica. I. Antecedentes EXPOSICIÓN DE MOTIVOS En México, más de tres

Más detalles

Reglamento de Austeridad y Ahorro del. Instituto Municipal de la Vivienda de Guadalajara

Reglamento de Austeridad y Ahorro del. Instituto Municipal de la Vivienda de Guadalajara La Junta de Gobierno del Instituto Municipal de la Vivienda de Guadalajara, en cumplimiento de lo establecido en el artículo segundo transitorio de la Ley de Austeridad y Ahorro para el Estado de Jalisco

Más detalles

ANEXO R.S. 225558 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES

ANEXO R.S. 225558 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES ANEXO R.S. 225558 NORMAS BASICAS DEL SISTEMA DE PRESUPUESTO TITULO I CONCEPTO DEL SISTEMA Y DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO ÚNICO ASPECTOS GENERALES Artículo 1.- Concepto y Objeto del Sistema de Presupuesto

Más detalles

CONTRALORÍA DEL ESTADO DE JALISCO DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRALORÍA SOCIAL Y VINCULACIÓN INSTITUCIONAL

CONTRALORÍA DEL ESTADO DE JALISCO DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRALORÍA SOCIAL Y VINCULACIÓN INSTITUCIONAL CONTRALORÍA DEL ESTADO DE JALISCO DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRALORÍA SOCIAL Y VINCULACIÓN INSTITUCIONAL I.- CONTROL INTERNO MUNICIPAL 1.1. EL CONTROL INTERNO : ES UNA HERRAMIENTA QUE COADYUVA A LA ADMINISTRACIÓN

Más detalles

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009

Gabinete Jurídico. Informe 0600/2009 Informe 0600/2009 Se plantea en primer lugar, si el consultante, centro médico privado que mantiene un concierto con la Administración de la Comunidad autónoma para asistencia a beneficiarios de la Seguridad

Más detalles

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia

MARCO JURIDICO. Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia MARCO JURIDICO Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia Marco Jurídico 1.- Código de la Niñez y la Adolescencia (título IV). 2.- Reglamento al Consejo Nacional de la Niñez y la Adolescencia (3 de

Más detalles

Consejerías de Hacienda y Sector Público y de Cultura y Deporte. Secretarías Generales Técnicas

Consejerías de Hacienda y Sector Público y de Cultura y Deporte. Secretarías Generales Técnicas Consejerías de Hacienda y Sector Público y de Cultura y Deporte Secretarías Generales Técnicas Propuesta: Decreto /2012, de de, por el que se crea la Junta de Expurgo de Documentos Judiciales del Principado

Más detalles

NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA EXTENSIÓN DE LOS SERVICIOS DE PRESTACIONES SOCIALES INSTITUCIONALES. ÍNDICE

NORMA QUE ESTABLECE LAS DISPOSICIONES PARA LA EXTENSIÓN DE LOS SERVICIOS DE PRESTACIONES SOCIALES INSTITUCIONALES. ÍNDICE ÍNDICE Página 1 Fundamento jurídico 3 2 Objetivo 3 3 Ámbito de aplicación 3 4 Sujetos de la norma 3 5 Responsables de la aplicación de la norma 4 6 Definiciones 4 7 Documentos de referencia 6 8 Disposiciones

Más detalles