Senado presenta presupuesto que refleja un aumento para el próximo año fiscal.

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1 OFICINA DE COMUNICACIONES Y PRENSA COMUNICADO DE PRENSA Senado presenta presupuesto que refleja un aumento para el próximo año fiscal. (SAN JUAN martes, 24 de junio de 2014) El estimado de ingresos netos al Fondo General para el año fiscal es de $9,565 millones, lo que representa un aumento de solo $40 millones más en relación al estimado del año fiscal presente, , que fue de $9,525 millones. El estimado base de ingresos que partió el Departamento de Hacienda para el año fiscal se calculó reduciendo del estimado de ingresos vigente de $9,525 millones por $688 millones, los cuales incluyen ingresos no recurrentes, aumento en la reserva de reintegros, retenida a no residentes y otros, para llegar a un total de $8,837 millones. A esta cantidad se le añadió $282 millones que contempla una cantidad correspondiente al estimado de recaudos adicionales al cobrar el IVU en los muelles, el efecto sobre una base anual de la legislación ya aprobada sobre el aumento en el cover over del ron por aumento en la producción y la tendencia de los recaudos de ciertas partidas. Así se obtiene un total de $9,119 millones. Partiendo de esta base de ingresos se le incluye el efecto adicional de las medidas de recaudo que se estiman en $446 millones (luego de ser evaluadas en proceso legislativo). El total de estimado de recaudos de contribución sobre ingresos para el año fiscal asciende a $5,313 millones, lo cual representa el 55% del total de recaudos proyectados del Fondo General. Para el año fiscal el Departamento de Hacienda ha estimado que la contribución sobre ingresos de individuos deba alcanzar los $2,291 millones, un aumento de $287 millones, o un 14.3% con respecto al estimado de ingreso vigente. Los pagos no recurrentes de la contribución no recurrentes de la contribución sobre ingresos de corporaciones para el año corriente, se estimó que en el año fiscal el Fondo General recibirá $2,130 millones, lo que refleja una disminución de $383 millones menos en relación al estimado del año fiscal Para el próximo año fiscal, el estimado total de recaudos por concepto de arbitrios es $2,876 millones, lo que representa el 30% del total de los recaudos. Los recaudos sobre el arbitrio impuesto a las corporaciones foráneas se estiman para el año fiscal se estima en unos $1,800 millones, lo que representa una reducción de $48 millones. De otro lado, la Resolución Conjunta de la Cámara 544, asigna $4,917 millones para proveer las asignaciones para los gastos ordinarios de funcionamiento para el año fiscal , con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal, de las diferentes agencias e instrumentalidades gubernamentales de la Rama Ejecutiva, Rama Legislativa y Rama Judicial. En tanto, la Resolución Conjunta de la Cámara 545, asigna a las agencias e instrumentalidades públicas la cantidad de $3.9 millones, con cargo al Fondo General. Proyecto del Senado 1087, crea el Fondo para la Promoción de Empleos y Actividad Económica y el Fondo de Empresarismo; disponer los mecanismos para nutrir dichos fondos; establecer sus usos; y para otros fines relacionados. La Resolución Conjunta de la Cámara 546 propone fijar el presupuesto de gastos de las dependencias, divisiones y subdivisiones del Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico no cubiertas en la Resolución Conjunta del Presupuesto General para el año fiscal ; y para autorizar al Secretario de Hacienda a pagar de los Fondos Especiales correspondientes.

2 De otra parte, la Resolución Conjunta de la Cámara 547 propone asignar bajo la custodia del Departamento de Hacienda la cantidad de $775 millones, con cargo al Fondo General del Tesoro Estatal , para el servicio de la deuda. Proyecto de la Cámara 1891, enmienda la Ley , a los fines de suspender la efectividad de los Artículos 2 y 4 de dicha Ley que aumentan la cantidad de los recaudos del impuesto sobre ventas y uso que se depositan en el Fondo de Interés Apremiante hasta el comienzo del año fiscal siguiente a la fecha en que la Corporación del Fondo de Interés Apremiante de Puerto Rico emita cualquier bono o evidencia de deuda cuya fuente de repago dependa de dicho aumento. Proyecto de la Cámara 1910, crea el Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial, enmienda la Ley , a los fines de proveer que un 4% del total de los ingresos brutos generados por concepto de las primas cobradas el año económico anterior por la Administración de Compensaciones por Accidentes de Automóviles, serán destinadas para nutrir el Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial; enmendar la Ley , a los fines de proveer que un 5% del total de los ingresos brutos generados por concepto de las primas cobradas el año económico anterior por la Corporación del Fondo del Seguro del Estado, serán destinados para nutrir el Fondo de Servicios y Terapias a Estudiantes de Educación Especial. Proyecto de la Cámara 1913, enmienda la Ley , a los fines de ampliar el uso que se le puede brindar al Fondo de Infraestructura para las Ciencias y Tecnología creado a través del mismo; modificar la distribución de las asignaciones allí incluidas. Proyecto de la Cámara 1914, enmienda la Ley , conocida como Ley de la Administración de Servicios Médicos de Puerto Rico, a los fines de modificar el plazo para el pago de la obligación; ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y al Banco Gubernamental de Fomento a otorgar los documentos o contratos que sean necesarios para modificar el número de años de repago de la línea previamente autorizada. Proyecto de la Cámara 1915, enmienda la Ley , conocida como la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico, a los fines de modificar el plazo para el pago de la obligación; ordenar a la Oficina de Gerencia y Presupuesto y al Banco Gubernamental de Fomento a otorgar los documentos o contratos que sean necesarios para modificar el número de años de repago de la línea previamente autorizada. Proyecto de la Cámara 1916, enmienda la Ley , conocida como la Ley para la Reforma Fiscal 2006, para proveer que las asignaciones especiales que se incluirán anualmente en cada presupuesto se determinarán de acuerdo a la situación fiscal existente, por lo que cualquier ley previa que disponga una cantidad distinta se entenderá sobreseída para ese año fiscal, y no existirá deuda u obligación alguna por la diferencia resultante. Proyecto de la Cámara 1919, crea la Ley de Ajustes al Sistema Contributivo; enmendar la Ley de Incentivos Económicos para el Desarrollo de Puerto Rico; enmendar la Ley de Incentivos de Energía Verde de Puerto Rico, enmendar la Ley , Código de Rentas Internas de Puerto Rico, a los fines de iniciar el proceso de ajuste y re-calibración del sistema contributivo en antelación al Proyecto de Reforma Contributiva encomendando al Departamento de Hacienda, continuar atendiendo de forma responsable la crisis fiscal que atraviesa el Gobierno, cumplir con el compromiso de esta Administración de cerrar la brecha presupuestaria en cumplimiento del mandato constitucional y proveer los fondos necesarios al Fondo General para que pueda servir como agente catalítico para el desarrollo económico; otorgarle nuevas facultades a la Compañía de Turismo; enmendar la Ley para Autorizar el Sistema de Lotería Adicional, a los fines de modernizar, flexibilizar y brindar nuevas oportunidades respecto a los tipos y clases de juegos permitidos en la Lotería Adicional con el fin de maximizar los recaudos. Proyecto de la Cámara 1923, enmienda la Ley Orgánica de la Oficina de Gerencia y Presupuesto y la Ley para la Reforma Fiscal del Gobierno, para proveer que los recursos contenidos en el Fondo Presupuestario podrán ser utilizados para atender situaciones imprevistas en los servicios públicos que afectan las necesidades y los servicios públicos a que son acreedores los ciudadanos y enmendar la Ley de Contabilidad del Gobierno, para proveer la transferencia al Fondo Presupuestario de los saldos no obligados de asignaciones con año económico al cierre del cierre del año fiscal. Resolución Conjunta de la Cámara 543, que extiende la línea de crédito establecida en el Banco Gubernamental de Fomento en virtud de la Resolución Conjunta , a los fines de aumentarle $108 millones adicionales; disponer que la mencionada línea de crédito establecida para sufragar el Programa de Incentivos, Retiro y Readiestramiento creado en virtud de la Ley , conocida como Ley del Programa Incentivado de Retiro y Readiestramiento y el pago de liquidaciones a los empleados acogidos a retiro al amparo de la Ley , también podrá ser utilizada para el pago de la liquidación de

3 empleados públicos del Departamento de Educación que se acojan a cualquier sistema de retiro en virtud de cualquier otra disposición legal. Proyectos vistos en la sesión de hoy, no relacionados con el presupuesto: Proyecto del Senado 1113, de la delegación del PPD, que enmienda el Código Político de Puerto Rico de 1902, establecer el Día de los Próceres Puertorriqueños, enmendar la Ley , a los fines de denominar el día 19 de noviembre como el Día del Descubrimiento de Puerto Rico y la Cultura Puertorriqueña; crear la Comisión de Reconocimiento Cultural; derogar la Ley , derogar la Ley , derogar la Ley , derogar la Ley , derogar la Resolución Conjunta , a los fines de precisar y modificar los días feriados que se observarán en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y para otros fines relacionados. Esta legislación consolida en un solo día la conmemoración de los grandes próceres puertorriqueños, entre ellos, Eugenio María de Hostos, José De Diego, Luis Muñoz Rivera, José Celso Barbosa, Ramón Emeterio Betances, Román Baldorioty de Castro, Luis Muñoz Marín, Ernesto Ramos Antonini y Luis A. Ferré. Los días de fiesta son los domingos, el 1ro. de enero, el 6 de enero, el tercer lunes de enero (Martin Luther King), el tercer lunes de febrero (Día de los Próceres Puertorriqueños), el 22 de marzo (Abolición de la Esclavitud), el Viernes Santo, el último lunes de mayo (Día de la Recordación), el 4 de julio, 25 de julio, 1er. Lunes de septiembre (Día del Trabajo), 11 de noviembre (Día del Veterano), 19 de noviembre, 4to. Jueves de noviembre (Acción de Gracias), el 25 de diciembre, los días en que se celebren las elecciones generales y cada día fijado por el Gobernador o por la Asamblea Legislativa. Siempre que cualquiera de dichos días ocurriere en domingo, será día de fiesta el lunes siguiente. Proyecto del Senado 383, de la autoría de los senadores Ángel Chayanne Martínez Santiago e Itzamar Peña Ramírez, enmienda la Ley Orgánica del Departamento de Educación, a los fines de especificar la obligación al Departamento de Educación de incluir un módulo de prevención de violencia en el noviazgo en el currículo dirigido a promover la equidad por género y la prevención de violencia de género. Proyecto del Senado 680, de la autoría de la portavoz del PIP, María de Lourdes Santiago Negrón, que propone crear la Ley para el Acceso a la Información de Estadísticas de Cesáreas. Proyecto del Senado 828, de la autoría del vicepresidente del Alto Cuerpo, José Luis Dalmau Santiago, que enmienda la Ley de Farmacia de Puerto Rico, con el fin de incluir el concepto inspector y exponer los requisitos académicos que debe poseer el mismo, con el fin de ampliar el número de profesionales para ejercer dichas funciones. Proyecto del Senado 1118, de la autoría del senador José Luis Dalmau Santiago, que enmienda la Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES), a los fines de aclarar el alcance de la cubierta uniforme en las pólizas médico hospitalarias públicas y privadas para los pacientes que requieren por prescripción médica algún equipo tecnológico cuyo uso sea necesario para que el usuario pueda mantenerse con vida para que se continúe con el beneficio de servicio a pacientes, luego de cumplir 21 años y que recibieron o reciben servicios de asistencia clínica en el hogar, y para que dicha cubierta aplique a niños con traqueotomía para respirar, que requieren servicio por el riesgo de obstrucción de la vía aérea que no se les está dando servicio en el hogar. Proyecto de la Cámara 369, que crea el Programa Ruta Turística Tradicional Navideña, el cual estará adscrito a la Compañía de Turismo de Puerto Rico y que servirá como instrumento legal para integrar en un esfuerzo específico a dicha compañía, a los municipios del país y al Instituto de Cultura Puertorriqueña, entre otras instrumentalidades públicas, así como a las organizaciones comunitarias y culturales del país, para el establecimiento y celebración de diferentes actividades anuales a través de todo Puerto Rico para proporcionarnos como destino turístico de importancia en la época especial de las festividades navideñas. Proyecto de la Cámara 1273, que enmienda la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, a los fines de aumentar la penalidad a todo conductor involucrado en un accidente de tránsito que no detenga su vehículo en el lugar del accidente o tan cerca del mismo como fuese posible y para otros fines relacionados. Proyecto de la Cámara 1635, de la delegación del PPD, crea el Bosque Modelo de Puerto Rico; reconoce el valor ecológico de la zona y el rol de los ciudadanos en la conservación del paisaje; establece la política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico declarando el Bosque Modelo como un área prioritaria para la planificación y el desarrollo sustentable; promueve criterios de manejo y conservación, turismo sostenible, educación, agricultura en la implementación de programas regionales en el Bosque Modelo; asigna las responsabilidades de las agencias que tendrán participación en la promoción de los objetivos de esta Ley; describe los límites geográficos del Bosque Modelo; reconoce una entidad multisectorial voluntaria y permanente, con representación del gobierno, academia, comunidades, entidades no gubernamentales y empresas privadas, que considere, adopte y promulgue planes estratégicos en los que las

4 actividades económicas nuevas y existentes armonicen con la protección del ambiente natural, a la vez que fomenten la calidad de vida de las comunidades; crea la Oficina del Bosque Modelo, fija sus objetivos, deberes y responsabilidades y su término de duración y dispone una asignación de fondos para su funcionamiento y el cumplimiento de sus deberes y responsabilidades, crea un Fideicomiso permanente que fungirá como depositario y custodio de fondos públicos y privados que se asignen o se reciban para beneficio y desarrollo del Bosque Modelo; instruye a las personas y corporaciones públicas a que colaboren en la implementación de la política pública aquí establecida y para otros fines relacionados. Proyecto de la Cámara 1056, de la delegación del PPD, enmienda la Ley para Regular los Negocios de Servicios Monetarios, a los fines de imponer un cargo especial de 4% a todo Negocio de Transferencias Monetarias, por cada transferencia de dinero, tramitada o contemplada por medios electrónicos, cheque, giro, fax, transporte aéreo o por otros medios, desde la jurisdicción de Puerto Rico, incluyendo cualquiera de sus municipios, hacia alguna entidad, persona o empresa en el extranjero, incluyendo la jurisdicción de los Estados Unidos; destinar los ingresos correspondientes a este cargo al Fondo Especial adscrito a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda, en virtud de la Ley , según enmendada, destinado a sufragar y proveer aportaciones de gastos de cierre y pronto pago, para la compra de unidades de vivienda a familias de recursos bajos o moderados; al Fondo para el Programa de Subsidio de Arrendamiento y Mejoras para Viviendas a Personas de Mayor Edad con Ingresos Bajos, establecido en virtud de la Ley , según enmendada; y al Fondo General. Proyecto de la Cámara 1892, de la delegación del PPD, crear la Ley del Programa para el Manejo Sostenible de Residuos Sólidos, establecer el Programa para el Manejo Sostenible de Residuos Sólidos en la Compañía de Fomento Industrial; establecer sus deberes, facultades y funciones; disponer las responsabilidades del Director Ejecutivo de la Compañía de Fomento Industrial con respecto al Programa; enmendar la Ley de la Compañía de Fomento Industrial de Puerto Rico y derogar la Ley de la Autoridad de Desperdicios Sólidos en Puerto Rico y para otros fines relacionados. Proyecto de la Cámara 1896, de la delegación del PPD, para crear la Ley del Programa de la Industria de Ciegos y Personas con Impedimentos Físicos, Mentales y del Desarrollo; crear el Programa para la Industria de Ciegos y Personas con Impedimentos Físicos, Mentales y del Desarrollo, adscrito a la Administración de Rehabilitación Vocacional y proveer su funcionamiento así como crear un fondo especial para el mismo; enmendar la Ley de Rehabilitación Vocacional de Puerto Rico; enmendar la Ley , a los fines de eliminar las referencias a la Corporación de Industrias de Ciegos, Personas Mentalmente Retardadas y Otras Personas Incapacitadas y derogar la Ley para la Rehabilitación Social y Económica de Personas Ciegas, Personas Mentalmente Retardadas o con otros impedimentos físicos o mentales que constituyan obstáculos a la capacidad ocupacional del individuo; derogar el inciso del Arículo 10 del Plan de Reorganización Núm Proyecto de la Cámara 1920, de Administración, para crear el Fondo de Responsabilidad Legal, bajo la custodia de la Oficina de Gerencia y Presupuesto; autorizar que este Fondo se pueda nutrir de asignaciones legislativas, municipales, federales o privadas y permitir el pareo o combinación de las referidas asignaciones; para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $16 millones provenientes del Fondo para la Investigación y Examen de Instituciones Financieras; enmendar la Ley de Incentivos de Energía Verde de Puerto Rico, para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $4.5 millones provenientes del Fondo de Energía Verde; enmendar la Ley Uniforme de Valores, para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $4.8 millones provenientes del Fondo para la Educación del Inversionista y del Consumidor en su relación con el Sistema Financiero y Adiestramiento del Personal de la Oficina del Comisionado de Instituciones Financieras; enmendar la Ley para la Reforma del Proceso de Permisos de Puerto Rico, para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $4.8 millones provenientes del Fondo Especial de la Oficina dispuesto en dicha Ley; enmendar la Ley de Vehículos y Tránsito de Puerto Rico, para proveer que los recursos recolectados a través de uno de sus Artículos, se transferirán $500 mil al Fondo de Responsabilidad Legal y, además, transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $7 millones; enmendar la Ley para el Manejo Adecuado de Neumáticos en Puerto Rico, para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $5 millones provenientes del Fondo allí creado; enmendar la Ley de armas, para transferir un millón de dólares al Fondo de Responsabilidad Legal; enmendar la Ley para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $800 mil, provenientes del Fondo Especial de la Oficina de Inspección de Mercadeos; enmendar la Ley de Reforma Integral de los Servicios de Salud de Puerto Rico, para transferir al Fondo de Responsabilidad Legal la cantidad de $700 mil. La medida transfiere otros $122 millones al Fondo de Responsabilidad Legal mediante enmiendas a otras leyes. Resolución Conjunta del Senado 438, de la delegación del PPD, reasigna $8 millones del balance sin distribuir de la Resolución Conjunta , provenientes del Fondo 301 (sobrantes de años anteriores del Fondo de Mejoras Públicas) para obras y mejoras permanentes; asignar $15 millones del balance sin distribuir, provenientes de la Resolución Conjunta , según enmendada, por la Resolución Conjunta del Fondo de Mejoras Públicas 2013 aprobado por la Ley para llevar a cabo las obras y mejoras permanentes; para autorizar el anticipo de fondos; para permitir la aceptación de donativos; para

5 autorizar la contratación de tales obras; para autorizar el traspaso de fondos; para autorizar el pareo de los fondos asignados. El Senado continúa reunido esta noche. ###

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