SESIÓN ORDINARIA Nº 11 CONCEJO MUNICIPAL. Resumen Ejecutivo

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1 SECRETARIA MUNICIPAL Concejo Municipal SESIÓN ORDINARIA Nº 11 CONCEJO MUNICIPAL Resumen Ejecutivo Fecha: 15 de Marzo del 2011 Hora : 10:30. Lugar : Sala de Sesiones Sesión : Ordinaria Asistencia Presidente Señor Alcalde de la Comuna, don Isaías Zavala Torres Secretario Municipal y Ministro de Fe Sr. Raúl Espejo Paredes. Concejal Sr. Héctor Zamora García Concejal Sr. Mario Araya Rojas, Se excusa por razones médicas Concejal Sr. Eliécer Gaytán Pizarro. Concejal Sr. Alonso Guerra Rivera. Concejal Sr. Egidio Masías Herrera Concejal Sra. María Torrejón Rojas TEMARIO 1.- Cuenta del señor Alcalde 2.- Aprobación de Acta Nº 8 del 03 de Febrero del Tema Ley Nº Plan de Retiro Voluntario Docente Expone: Abogada Sra. Soledad Monteros Invitados: Rector del Liceo Manuel Magalhaes Medling, señor Luis Barros Soto Director de la Escuela Aliro Lamas Castillo, señor Juan Arce Riquelme Directora de la Escuela Sara Cortés Cortés, señora Ana María Martínez Jefa del DAEM (S), señora Leontina Tapia Osorio 4.- Correspondencia 5.- Incidentes 1

2 Desarrollo de la Sesión 1.- Cuenta del señor Alcalde a) Se refiere a la celebración del Día Internacional de la Mujer, efectuado en la comuna el día jueves 10 con la presencia del cantante nacional Fernando Ubiergo b) Informa sobre reunión que sostuvo con la Seremi de Obras Publicas donde se abordaron los siguientes temas: - Construcción Puente Diego de Almagro, luminarias de ingreso a la comuna, Disco Pare - Mirador y By Pass en Inca de Oro - Inauguración de ruta Diego de Almagro Inca de Oro, para el día 13 de abril del 2011 c) Informa sobre reunión que sostuvo en la ciudad de Chañaral, cuyo tema central fue: Ley Nº Plan de Retiro Voluntario Docente. 2.- Aprobación de Actas Señor Presidente Somete a aprobación del Honorable Concejo Municipal, el Acta, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº 8 del día 03 de febrero del Acuerdo En atención a la Aprobación del Acta Nº 8 correspondiente a la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, efectuada con fecha 03 de febrero del 2011, el Honorable Concejo Municipal acordó. 1.- Aprobar el Acta Nº 8 que corresponde a la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 03 de febrero del 2011 Votación: Señor Presidente: Aprueba. Señor. Concejal Héctor Zamora García: Aprueba Señora Concejala Maria Torrejón Rojas: Aprueba Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Aprueba. Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Aprueba.. Señor Concejal Egidio Masias Herrera: Aprueba 3.- Tema Ley Nº Plan de Retiro Voluntario Docente Expone: Abogada Sra. Soledad Monteros. Artículos Bonificación Retiro Voluntario Declaración de Vacancia del Cargo Indica que el día 26 de Febrero del 2011, salió publicada la Ley de la calidad y la equidad de la Educación, dentro de esta Ley esta el Plan de Retiro, en los artículos transitorio de la Ley, contempla Bonificación Retiro Voluntario de Profesores y Declaración de Vacancia del Cargo, entonces esta Ley contempla una Bonificación por el retiro de los Docentes durante el año 2011, que se desempeñan en la municipalidad ya sea directamente o a través de una Corporación Municipal. Requisitos al 31 de Diciembre del 2012, deben tener 60 años si son mujeres 65 si son hombres renunciar a la totalidad de horas que sirven y el plazo límite para la presentación de esta renuncia voluntaria es al 01 de Diciembre del Montos de Bonificación: Retiro Voluntario con un 100% de Bonificación, esto es un tope de hasta 20 millones de pesos, son aquellos que presentan su renuncia voluntaria desde la entrada en vigencia de esta Ley, es decir el 26 de febrero del 2011, hasta el 31 de julio del 2012, un segundo retiro voluntario que contempla hasta un 80% de la bonificación es decir 16 millones de pesos, es para los profesores que reuniendo los requisitos presentan su renuncia desde el 01 de agosto del 2012 y hasta el 01 de Diciembre del

3 Declaración de Vacancia del Cargo, que se recibe hasta un 70% de bonificación es decir 14 millones de pesos, son las personas que reuniendo los requisitos por edad no presenten su carta de renuncia en los plazos antes señalados, y la declaración de vacancia la declara unilateralmente el empleador y tiene plazo desde el 02 de Diciembre del 2012, al 31 de Diciembre del La determinación de la Bonificación de retiro voluntario se va a determinar, conforme a las horas servidas al 01 de Diciembre del año 2010, y los años de servicio que se contemple en la educación municipal Señala también que la Declaración de Vacancia se diferencia porque, es una atribución que tiene el empleador, agrega que el término de la relación laboral se va a producir cuando el sostenedor pague la totalidad de la bonificación correspondiente al profesor, en todo caso no podrá ser anterior al cumplimiento de la edad de jubilar del trabajador de la educación. Incompatibilidades de la Ley Las Bonificaciones señaladas no van a constituir renta, por lo tanto no van a ser imponibles Las Bonificaciones van a ser incompatible con toda indemnización bonificación o pago por concepto de año de servicio. Son incompatible con los recursos obtenidos a través de otro proceso de indemnización de retiro, en particular a lo establecido en la Ley , a la Ley 19504, a la Ley 19715, a la Ley , Estas bonificaciones no serán aplicables para los que tengan funciones en calidad de funcionarios públicos. Los Docentes acogidos a esta Ley de Retiro no podrán formar parte de la Dotación Municipal, durante los cinco años siguiente a al término de la relación laboral. Procedimiento para solicitar el Recurso Financiamiento de la Bonificación: Todos los antecedentes de los profesionales de la educación, acogidos a retiro deben ser presentados al Ministerio de Educación, para cursar los pagos correspondientes. La Bonificación por retiro va a tener dos componentes de financiamiento. Una que es de cargo del sostenedor municipal, y la otra que esta constituida por un aporte Fiscal extraordinario, que contempla el monto para alcanzar la totalidad de la Bonificación que corresponda, considerando las horas y la cantidad de años de servicio a la institución a la que se renuncie. La Bonificación con cargo al sostenedor municipal: El pago de Bonificación a los profesionales de la educación será cargo de la Corporación Municipal, hasta un monto equivalente al total de las remuneraciones devengadas en el último mes, por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, en la dotación municipal que renuncie o se les he declarada la vacancia. Aporte Fiscal Extraordinario: La diferencia de lo que corresponde pagar al sostenedor municipal, y los montos de la bonificación por retiro señalado, se financiara a través del aporte fiscal extraordinario, equivalente a dicha diferencia. La Reducción Proporcional de la Bonificación de cargo del Sostenedor: En los casos en que la bonificación se halla reducido en un 20% en el caso que se presente la renuncia voluntaria, en un segundo periodo o en un 30% en el caso de que se le halla declarado la vacancia del cargo el pago con cargo al sostenedor municipal también se va a reducir en las mismas proporciones. Medios de Financiamiento de la Bonificación, con cargo al Sostenedor Municipal, la Ley en su artículo 9º, 8º y 18º transitorio, contempla los fondos o asigna los recursos a los Sostenedores para que paguen las bonificaciones de retiro a los profesores, el artículo 9º de la Ley, contempla un fondo de millones de pesos, este fondo se va a distribuir en todos los Municipios y Corporaciones Municipales, durante el año 2011, se van a transferir millones de pesos, y el 2012, se van a transferir millones de pesos, y se va a establecer los siguientes criterios para poder transferir estos fondos, 20% se va a distribuir en partes iguales a todos los municipios, 50% va a ser distribuido en función directa a la matrícula que tengan las respectivas municipalidades al año escolar 2010, y 30% se va a establecer de acuerdo al índice de vulnerabilidad escolar de los Establecimientos Educacionales Municipales de cada comuna y va a ser esto determinado por la JUNAEB, segundo método de financiamiento es el que establece el artículo 11 de la Ley , este es un anticipo de la subvención con un límite de 3 % estos recursos otorgados en virtud del inciso 1º del artículo 9 de la Ley , cuando estos no sean suficientes para financiar el Plan de Retiro, se podrá utilizar el mecanismo señalado en este artículo, solicitando el anticipo de la subvención con un tope de 3%, un segundo fondo de financiamiento es el artículo 12 transitorio de la Ley , que es un segundo fondo de millones de pesos, y se va a utilizar en el caso de que se 3

4 haya agotado el primer fondo, se solicitó un anticipo de subvención hasta un tope del 3% este fondo tendrá que ser solicitado por los sostenedores municipales, antele Subsecretario de Educación, van a tener que demostrar que los fondos otorgados bajo el artículo noveno transitorio, han sido ocupados que ya hicieron uso del anticipo de subvención no obstante a ello no fueron suficientes esos fondos por lo tanto necesitan más recursos, para financiar el Plan de Retiro, el Subsecretario de Educación, mediante una Resolución Exenta, va a determinar, la forma en que se vana distribuir estos recursos, la que va a ser proporcional a los recursos faltantes de los municipios para financiar el Plan de Retiro. Un cuarto método de financiamiento es el que contempla el artículo 8 transitorio de la Ley 20501, que son los convenios de anticipo de subvención, el Ministerio de Educación, va a poder suscribir en forma excepcional con las municipalidades hasta el 31 de diciembre del 2011, convenios para aumentar los anticipos de subvención, señalados en el artículo 11 de la Ley , estos montos de anticipo van a estar determinados por el Ministerio de Educación, pero para obtener estos recursos los sostenedores van a tener que acreditar que han hecho, o utilizado los tres fondos anteriores, y que le han sido insuficientes, las Municipalidades y las Corporaciones que deseen obtener estos anticipos, de subvención excepcional deben demostrar la viabilidad financiera del Plan de Retiro que desean financiar de acuerdo a estos recursos, comprometiéndose a disminuir sus gastos en el trimestre posterior a la obtención del recurso de la subvención, los sostenedores municipales se obligan a no incrementar el gasto total de las remuneraciones, del mes de diciembre del 2010, durante los 60 meses siguientes a la recepción del anticipo de la subvención, con la sola excepción de que incremente un futuro incremento de remuneraciones asociados a incrementos de matrícula o a incrementos de subvención. Plazos Primera solicitud, desde el 26 de febrero del 2011, hasta el 30 de julio del 2011, este periodo deben incluir a los docentes que cumplen la edad al 30 de septiembre del La Segunda solicitud, entre el 31 de agosto y el 30 de septiembre del 2011, en este periodo se incluye a los docentes que cumplen la edad hasta el 30 de noviembre del La Tercera solicitud desde el 01 de diciembre del 2011, y hasta el 31 de enero del 2012, se incluyen los docentes que cumplen la edad hasta marzo del Proceso para solicitar los Recursos. Para realizar esta solicitud durante el año escolar 2011, los municipalidades deberán enviar a la Subsecretaría un oficio, de solicitud del alcalde, es necesario consignar en este documento, fidelidad de datos, pertenencia de los docentes a la dotación municipal 2011, y el uso exclusivo de los recursos al pago de bonificaciones, este documento se dirige al Subsecretario. La ficha de Solicitud de Recursos para la Ley , incluye los recursos requeridos para el pago con cargo municipal, el aporte fiscal extraordinario para complementar el pago de la Bonificación, un original de esta ficha debe ir firmado debidamente por el alcalde, al momento del envió de esta solicitud por conducto formal, se deberá remitir esta misma ficha en formato excel, a la siguiente dirección planderetiro@mineduc.cl, solamente cuando se solicita un anticipo de subvención, se va a requerir del envío de un certificado del Acuerdo del Concejo Municipal, que aprueba este requerimiento, Certificado del Secretario Municipal que respalde fecha de entrega de la renuncia de los docentes, que se incluyen en la solicitud, para cada uno de los profesionales incluidos en la solicitud de recursos, se debe adjuntar los siguientes antecedentes: Certificado de Nacimiento original de cada docente integrado a la ficha de solicitud, la carta de renuncia voluntaria en original o copia autentificada con timbre de recepción del sostenedor municipal respectivo, copia de los contratos, resoluciones y decretos según corresponda, su nombramiento y la carga horaria vigente, al 01 de diciembre del 2010, incluidos en la ficha, los documentos además deben acreditar que los docentes se encuentran prestando servicio durante el año escolar Tramitación de los Recursos. Una vez ingresada esta solicitud al Ministerio de Educación, con el detalle del aporte que efectuara el municipio, y el porte fiscal extraordinario requerido, se seguirán los siguientes pasos, se verifican y chequean datos y loa montos solicitados por la DEPLAN, se elabora el acto administrativo correspondiente, es decir una resolución por la División Jurídica del MINEDUC, se visa la resolución por el Ministerio de Hacienda cuando corresponda anticipo de subvención, pago del MINEDUC a los Municipios y Corporaciones Municipales, el anticipo de subvención cuando sea requerido, el aporte fiscal extraordinario se pagarán una vez que la correspondiente resolución del MINEDUC, haya sido totalmente tramitada, y dicho pago se realizara a través de la Coordinación Nacional de Subvenciones, los otros recursos asignados 4

5 por la Ley , asociados a fondos especiales, con la finalidad de financiar el Plan de Retiro, van a ser distribuidos en concordancia con la normativa, establecida para cada uno de estos, el MINEDUC, establecerá un proceso de rendición de cuentas que permitirá, verificar el uso en los términos definidos por la referida Ley. El pago de Bonificación a los Docentes. Luego que los sostenedores municipales hayan recibidos los montos correspondientes a los anticipos de subvención, en el caso que corresponda, la municipalidad y las corporaciones municipales, van a proceder al pago de la Bonificación, a los docentes que hayan presentado su renuncia, o se les haya declarado la vacancia, en ningún caso el pago al docente procederá antes que haya cumplido la edad exigida por la Ley, no se van a aceptar pagos parciales a los docentes beneficiados por esta Ley. Rendición de Cuentas. Una vez realizado el pago de las Bonificaciones comprometidas, se deberá informar sobre el destino de estos recursos a través de la ficha de rendiciones de cuentas por aplicación de la Ley , esta rendición deberá ser presentada en la Secretaría Regional, de la Seremi correspondiente, antes de treinta días corridos desde la fecha de transferencias de los recursos, adjuntando los siguientes documentos Oficio conductor de rendición de cuentas que entrega la Ley Ficha de la Rendición de Cuentas de la Ley Copia de los antecedentes que permitan verificar el pago de la Bonificación por retiro al Docente Se debe enviar copia de estos primeros antecedentes a la Secretaría Regional de Educación. El Ministerio de Educación va a fiscalizar el uso de estos recursos, por lo que se solicita mantener copia de estos antecedentes en la municipalidad. Los reintegros por los anticipos de subvención son otorgados por el Ministerio de Educación, en caso de que se haya solicitado anticipo de subvención, estos fondos deberán ser reintegrados, y se van a reintegrar en cuotas iguales, mensuales y sucesivas las que se van a descontar de la subvención de escolaridad, con todo los descuentos que se hagan a esta subvención, por esta Ley o otras no podrán exceder n su conjunto en una misma municipalidad o corporación municipal el 3 % del monto de subvención que tendrá derecho a recibir en el mes de febrero del año en que se recibió el anticipo. Señor Presidente Consulta por la situación de una profesora, que estuvo en el concejo en el mes de enero, la profesora ya había presentado su renuncia, pero la Ley todavía no se aprobaba y ella quería integrarse a la nueva Ley, lo que queda claro es que hay millones de pesos a repartir entre los municipios. Señor Juan Arce Riquelme. Señala se dice en la Ley, que el Ministerio va a aportar la diferencia, eso significa entonces que igual el municipio tendrá que disponer de fondos para pagar finiquitos, sí o sí el municipio tiene que hacerse cargo de los once millones y el resto lo va a aportar el Ministerio. : Dice que obviamente el municipio tiene que informar cual va a ser el aporte que va a realizar para el pago de la bonificación, hay un fondo que es claramente de cargo del sostenedor. Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Consulta de estos millones hay un 20% que se reparte en partes iguales, ese dinero es exclusivamente para pagar la bonificación de retiro. : Exactamente, se enfatiza de parte del Ministerio que los fondos que se solicitan son exclusivamente para el pago de las bonificaciones. Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro. Consulta si estos recursos son para los profesores que están por jubilar : Es para todos los profesores que están en edad de jubilar y que no han presentado su renuncia, tienen que presentar la renuncia de acuerdo a como lo señala la Ley Señor Concejal Héctor Zamora García Pregunta por el caso de los docentes que ya presentaron su renuncia. Tienen que seguir el tramite de acuerdo a la Ley a la que se acogieron 5

6 Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Dice que se hay una presentación respecto a los docentes que renunciaron antes que se aprobará la Ley y que quieren acogerse a esta Dice que hay una presentación en la Contraloría respecto a docentes que presentaron la renuncia acogiéndose a una Ley anterior y que todavía no se les ha hecho efectivo el pago, señala que ese pronunciamiento esta pendiente en la Contraloría. Señora Leontina Tapia Osorio Dice que el DAEM, solicito el anticipo de subvención, para dos profesores y se les habría señalado que la señora Dorís Reinoso, debía acogerse a la nueva Ley, eso nos respondieron pero la duda que nosotros tenemos, es por que la profesora no se evaluó, que pasa con eso. Señala que en ese caso la situación cambia, por que la Ley, establece claramente que no esta contemplada bonificación para docentes que no se hayan evaluado. Señor Juan Arce Riquelme. Explica que la situación se debe a que la profesora argumento para no presentarse a la evaluación era de que ella tenía más de 60 años, ya cumplidos y por lo tanto no requería evaluarse, entiende que eso se argumento para que la profesora se acogiera a la nueva Ley. Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Comenta que, para acogerse a la anterior Ley, no era necesario evaluarse. Manifiesta que para esta Ley sí es necesario evaluarse, que de hecho una de las incompatibilidades, con el bono de retiro es que no tenga evaluación. Señor Presidente: Comenta que en ese caso van a tener problemas todos nuestros profesores porque ellos decían bueno estamos por cumplir la edad para que nos vamos a evaluar. Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Comenta caso de su hermano que es profesor, que pretende jubilarse y que le habrían señalado que dada su edad no era necesario evaluarse. Señor Juan Arce Riquelme. Consulta si existe la posibilidad de que se evalúe a los profesores, durante el año 2011, para que puedan acogerse a esta Ley. Señala que va a realizar las respectivas consultas, porque hay varios profesores que se encuentran en esta situación. Agrega que tiene reunión en Santiago y va a preguntar si es posible evaluar a los profesores durante este año, para que puedan acogerse a esta Ley. Señor Concejal Héctor Zamora García. Señala que el trasfondo del asunto es como profesores con tantos años de servicio, hoy día no puedan mejorar sus condiciones de retiro de acuerdo a esta situación puntual estipulada en la Ley, señala que es importante verlo desde esa perspectiva. Señor Concejal Egidio Masias Herrera Consulta si el Colegio de Profesores tuvo participación en la discusión de la Ley. Dice que sí, y se opuso bastante. Señor Concejal Egidio Masias Herrera Señala que sucediendo lo mismo que en la Dictadura, cuando al trabajador se le despojaba de sus derechos, donde se perdió la cantidad de años de servicio. Dice que la actual Ley es un crimen a la dignidad del Profesor. Agrega que falta complementar la Ley, con una jubilación digna, para los Profesores, tampoco queda amarrada la salud para los profesores. Destaca el Plan de Retiro de los trabajadores del cobre. Señor Juan Arce Riquelme. Dice que efectivamente el Colegio de Profesores, participo del inicio del proceso, y que naturalmente lo que sale, no obedece a la voluntad de los trabajadores Manifiesta su preocupación por que no se puede incrementar las remuneraciones en caso de firmar un convenio de anticipo de subvención, pero que pasa con los colegios que han cambiado su realidad de acuerdo al PADEM a partir del

7 Señor Presidente Dice que este concejo en forma simbólica rechazo la Ley, estábamos en la misma posición del Colegio de Profesores y lamentablemente el Colegio de Profesores participo y todo pero sus planteamientos no fueron tomados en cuenta, agrega que la Ley, ya esta aprobado y hay que sentarse a conversas respecto a las situaciones que se van a presentar. Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro. Comenta situación de los profesores con más años de servicio, en la comuna Reitera que presentará los antecedentes en una reunión en Santiago. Señor Concejal Héctor Zamora García: Comparte la preocupación en relación a lo señalado por el señor Juan Arce, respecto a las prohibiciones relacionada con la solicitud de anticipo de subvención. Coincide con lo que ha expresado el señor Concejal Egidio Masías Herrera, respecto a la jubilación de los Docentes. Señor Concejal Alonso Guerra Rivera. Consulta que pasa con aquellos profesores que ya se retiraron, y ya se jubilaron que la Ley contempla una cierta cantidad de dinero adicional para su jubilación, y a quienes tienen que acudir para solicitar y hacer su tramitación Señala que es un tema de reglamento se supone que se va a beneficiar a profesores que tienen una renta inferior a pesos, se va a repartir y determinar un monto a esos profesores, pero eso es materia de reglamento, que va arreglar todos los temas y la municipalidad va a tener que determinar que profesores existen en esas condiciones. 4.- Correspondencia a) Lectura al Consolidado de Informes Sociales, emanados desde la DIDECO. Señora Concejala María Torrejón. Esta de acuerdo, pero solicita ver la posibilidad de que se incremente el monto que se esta solicitando. Señor Concejal Héctor Zamora García: Esta de acuerdo, pero solicita se incremente el monto del aporte a la afectada, Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro. Esta de acuerdo y en ese tenor tiene la misma opinión que los Concejales Héctor Zamora y María Torrejón. Señor Concejal Alonso Guerra Rivera. Esta de acuerdo más aún si se aumenta el monto del aporte indicado por finanzas. Señor Presidente: Sugiere no aprobar nada en la próxima sesión, porque en las dos pasadas nos hemos pasado dijo, para que en vez de aportar , le aportemos más dinero. Solicita tomar acuerdo. Acuerdo Nº 34 En atención a los Informes Sociales emanados desde la Dirección de Desarrollo Comunitario, el Honorable Concejo Municipal acordó lo siguiente. El Honorable Concejo Municipal conforme al Informe Social Nº Acordó entregar un aporte de $ a la señora Sara Díaz Pizarro Para cancelación de deuda por concepto de consumo de Agua Potable. 2.- Por razones de disponibilidad financiera acordó: Solicitar a la Dirección de Finanzas Municipales, y a la Dirección de Desarrollo Comunitario, abstenerse de enviar Informes Sociales, para la próxima sesión de concejo, por aumentar el monto entregado a la señora Sara Díaz Pizarro. Votación Sr. Presidente: Aprueba Sr Concejal Héctor Zamora García: aprueba Sr. Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Aprueba Sr. Concejal Alonso Guerra Rivera: Aprueba Sra. Concejal María Torrejón Rojas: Aprueba Sr. Concejal Egidio Masias Herrera: Aprueba 7

8 b) Señor Secretario Municipal hace entrega al Honorable Concejo Municipal, de la normativa de Participación Ciudadana, para conocimiento y pronunciamiento del Concejo Municipal, en este mismo tenor el Secretario Municipal, señor Raúl Espejo Paredes, declara que el Honorable Concejo Municipal, tiene como plazo veinte días hábiles para pronunciarse. c) Lectura al Oficio Nº 09 de fecha 14 de marzo del 2011, emitido por el Encargado de Rentas Municipales Acuerdo Nº 35 En atención al Ordinario Nº 09 de fecha 14 de marzo del 2011, emitido por el Departamento de Rentas Municipales, el Honorable Concejo Municipal, acordó: 1.- Autoriza el cambio de Domicilio de la Patente de Alcohol, Rol: , Minimercado de Alcohol letra H-1 a nombre de la Sra. Carmen Rosa Pavez Araya, Rut: , con domicilio Comercial en Calle Amolana Nº 2529, Población Torreblanca, Unidad Vecinal Torreblanca de la comuna de Diego de Almagro, a la Calle Caracoles Nº 918, Población Torreblanca, Unidad Vecinal Torreblanca, comuna de Diego de Almagro. Votación: Señor Presidente: Aprueba Señor Concejal Héctor Zamora García: Aprueba Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Aprueba Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Aprueba, Señor Concejal Egidio Masías Herrera: Aprueba Señora Concejal María Torrejón Rojas: Aprueba, d) En atención al Ordinario Nº 010 de fecha 14 de marzo del 2011, emitido por el Encargado de Rentas Municipales, don Freddy Rubina Navea. Acuerdo Nº 36 En atención al Ordinario Nº 010 de fecha 14 de marzo del 2011, emitido por el Encargado de Rentas Municipales, don Freddy Rubina Navea, mediante el cual entrega antecedentes legales respecto a la solicitud del contribuyente señor Ruperto Olivares Castillo, en relación al pago de la Patente de Alcohol, fuera del plazo establecido legalmente, el Honorable Concejo Municipal, acordó: 1.- Autorizar al contribuyente, señor Ruperto Olivares Castillo, Rut Nº , cancelar fuera del plazo, el valor correspondiente a las Patentes: Patente de Alcohol Minimercado comercial Rol: , Minimercado de Alcohol Rol: , según lo estipulado en el Art. 5to. (Inciso 1ero, 3ero) Ley Nº Ley Sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. Votación: Señor Presidente: Aprueba Señor Concejal Héctor Zamora García: Aprueba Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Aprueba Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Aprueba, Señor Concejal Egidio Masías Herrera: Aprueba Señora Concejal María Torrejón Rojas: Aprueba, e) Lectura al Memorandum Nº 22, de fecha 015 de marzo del 2011, del Secretario de Planificación Comunal, don Marcos Parada Escobar Acuerdo Nº 37 En atención al Memorandum Nº 22, de fecha 015 de marzo del 2011, del Secretario de Planificación Comunal, don Marcos Parada Escobar, el Honorable Concejo Municipal, acordó: 8

9 1.- Autorizar la ejecución del proyecto Mejoramiento y Equipamiento Plaza Salvador Allende G bajo la modalidad de Trato Directo; Lo anterior considerando que la apertura de la Licitación Privada realizada con fecha 07 de marzo del 2011, se declaro desierta, por error en el Presupuesto ofertado por el Contratista. Votación: Señor Presidente: Aprueba Señor Concejal Héctor Zamora García: Aprueba Señor Concejal Alonso Guerra Rivera: Aprueba Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Aprueba, Señor Concejal Egidio Masías Herrera: Aprueba Señora Concejal María Torrejón Rojas: Aprueba, f) Lectura al Oficio Nº 199 del DAEM, a través del cual se informa de la situación de la Señora María Echeverría. Señor Presidente: Solicita oficiar a la Dirección de Finanzas, si es posible entregar un aporte a la señora María Echeverría. g) Da lectura a la invitación para la inauguración de la Escuela Aliro Lamas Castillo, el día 25 de marzo del Incidentes Señor Concejal Eliécer Gaytán Pizarro: Consulta por la situación del alumbrado, de la población los Heroes. Solicita el retiro de un disco pare que fue guardado por el vecino Antonio León Señor Presidente: Dice que don Amadiel, esta haciendo un catastro de las luminarias faltantes Señor Concejal Héctor Zamora García: Manifiesta su preocupación por la problemática de la falta de alumbrados en algunos sectores Señor Presidente Da por terminada la Sesión RAUL ESPEJO PAREDES SECRETARIO MUNICIPAL MINISTRO DE FE ISAIAS ZAVALA TORRES ALCALDE 9

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