TEST DE COMPATIBILIDAD DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE GESTIÓN PROCESAL
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- Lourdes Palma Caballero
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1 TEST DE COMPATIBILIDAD DE LOS SISTEMAS INFORMÁTICOS DE GESTIÓN PROCESAL Guía de interoperabilidad y seguridad Versión 1.0 Octubre de 2.011
2 CONTENIDO 0. INTRODUCCIÓN OBJETO ÁMBITO DE APLICACIÓN COMPONENTES DE LA CAPA TÉCNICA NIG COMPONENTES DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO COMPONENTES DE LA PIEZA METADATOS INTERCAMBIO DE EXPEDIENTES JUDICIALES ELECTRÓNICOS REPRODUCCIÓN DE EXPEDIENTES DIGITALES ELECTRÓNICOS GESTIÓN Y CONSERVACIÓN DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO ANEXO I METADATOS DEL EXPEDIENTE JUDICIAL ELECTRÓNICO ANEXO II ESQUEMAS XML PARA INTERCAMBIO DE EXP. JUDICIALES ELECTRÓNICOS Octubre de Página 2 de 57
3 CONTROL DE CAMBIOS DEL DOCUMENTO Fecha Versión que Descripción de cambios cambios modifica Octubre 2011 Versión 1.0 Octubre de Página 3 de 57
4 0. Introducción. La Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia, establece en su artículo 51 el desarrollo del marco normativo técnico para el mejor cumplimiento del Esquema judicial de interoperabilidad y seguridad, a través de Guías en materia de interoperabilidad y seguridad de las tecnologías de la información y las comunicaciones, dentro del ámbito de la Administración judicial electrónica. La Disposición adicional octava de dicha norma legal establece que los criterios de interoperabilidad para las relaciones entre la Administración de Justicia y las Administraciones Públicas, en lo que no disponga la presente Ley, se regirán por lo contemplado en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico a los Servicios Públicos. En este sentido, el Esquema Nacional de Interoperabilidad se establece en el apartado 1 del artículo 42 de la Ley 11/2007. Su finalidad es la creación de las condiciones necesarias para garantizar el adecuado nivel de interoperabilidad técnica, semántica y organizativa de los sistemas y aplicaciones empleados por las Administraciones públicas, que permitan el ejercicio de derechos y el cumplimiento de deberes a través del acceso electrónico a los servicios públicos, a la vez que redunda en beneficio de la eficacia y la eficiencia. Las Guías de interoperabilidad y seguridad desarrollan aspectos concretos de diversas cuestiones, tales como: documento judicial electrónico, digitalización, expediente judicial electrónico, copiado auténtico y conversión, política de firma, estándares, intermediación de datos, modelos de datos, gestión de documentos judiciales electrónicos, Octubre de Página 4 de 57
5 conexión a las redes de comunicaciones de las Administración de Justicia española y declaración de conformidad; todos ellos necesarios para asegurar los aspectos más prácticos y operativos de la interoperabilidad entre la Administración judicial electrónica. Estas Guías de interoperabilidad se desarrollarán y perfeccionarán a lo largo del tiempo, en paralelo al progreso de los servicios de Administración Judicial Electrónica, de las infraestructuras que los apoyan y de la evolución tecnológica, para dar cumplimiento al mandato del artículo 51 y 52 de la Ley 18/2011. Dentro de este conjunto de Guías de interoperabilidad y seguridad, las relativas al documento judicial electrónico, al expediente judicial electrónico, a la digitalización judicial de documentos, a los procedimientos de copiado auténtico y conversión y a la política de gestión de documentos electrónicos responden a lo previsto en la citada Ley 18/2011, sobre interoperabilidad, recuperación y conservación del documento judicial electrónico, a la luz de la necesidad de garantizar todos estos aspectos para el documento judicial electrónico a lo largo del tiempo. De acuerdo, con lo que establece el artículo 26 de la Ley 18/2011, se hace necesario establecer los requisitos técnicos necesarios para expediente judicial electrónico. Octubre de Página 5 de 57
6 Para una mejor comprensión de la especificación del expediente judicial electrónico, a continuación se muestra un esquema de sus componentes: NIG Índice NIG IndiceContenido FechaIndiceElectrónico Expedientes (1:N) Firma Metadatos NIG Visualización índice NIG Procedimiento expediente Índice Procedimiento expediente IndiceContenido FechaIndiceExpediente DocumentoIndizado (1:N) ExpedienteIndizado (0:N) Pieza (0:N) Firmas Metadatos Procedimientoexpediente Visualización índice Procedimientoexpediente Pieza Índice Pieza IndiceContenido FechaIndiceExpediente DocumentoIndizado (1:N) Firmas Metadatos Pieza Octubre de Página 6 de 57
7 1. Objeto La Guía de Interoperabilidad y Seguridad del expediente judicial electrónico tiene por objeto establecer la estructura y formato técnicos del expediente judicial electrónico, así como las especificaciones de los servicios de remisión y puesta a disposición. El expediente judicial electrónico se define como el conjunto de documentos electrónicos asociados a un procedimiento judicial. Con la finalidad de poder englobar los expedientes judiciales electrónicos de un mismo NIG se define una capa técnica que agrupa dichos expedientes judiciales electrónicos. Octubre de Página 7 de 57
8 2. Ámbito de aplicación 1. Esta guía será de aplicación a los expedientes judiciales electrónicos en el ámbito establecido en el artículo 2 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia. 2. Las condiciones establecidas en esta guía se podrán aplicar a otros conjuntos de documentos electrónicos que, habiendo sido creados al margen de un procedimiento reglado, se han formado mediante agregación, como resultado de una secuencia de actuaciones coherentes que conducen a un resultado específico. Octubre de Página 8 de 57
9 3. Componentes de la capa técnica NIG 1. Los componentes de la capa técnica NIG son: a. Procedimientos/expedientes judiciales electrónicos, que tendrán la estructura definida en el Anexo I. b. Índice electrónico que garantizará su integridad. c. Recogerá el conjunto de procedimientos/expedientes judiciales electrónicos asociados a un NIG. d. Firma del índice electrónico mediante sello del órgano judicial actuante que se realizará mediante el sistema de firma previsto en el artículo 20 de la Ley 18/2011. e. Metadatos de la capa técnica NIG. Octubre de Página 9 de 57
10 4. Componentes del expediente judicial electrónico 1. Los componentes de un expediente judicial electrónico son: a. El conjunto de documentos judiciales electrónicos correspondientes a un procedimiento judicial, que cumplirán con las características de estructura y formato establecidos en la Guía de Interoperabilidad y Seguridad del documento judicial electrónico. Los documentos electrónicos podrán incluirse en el expediente judicial electrónico, bien directamente como elementos independientes o bien como parte de otro expediente anidado en el primero o como parte de una pieza. b. Índice electrónico, que según lo establecido en el artículo 26.3 de la Ley 18/2011, garantizará la integridad del expediente judicial electrónico y permitirá su recuperación siempre que sea preciso. c. Recogerá el conjunto de documentos judiciales electrónicos asociados al expediente en un momento dado y, si es el caso, su disposición en expedientes anidados o en piezas. d. Firma del índice electrónico mediante sello del órgano judicial actuante que se realizará mediante el sistema de firma previsto en el artículo 20 de la Ley 18/2011. e. Metadatos del expediente judicial electrónico. Octubre de Página 10 de 57
11 2. La incorporación de un expediente judicial electrónico a un sistema de gestión documental atenderá a lo dispuesto en las Guías de Interoperabilidad y seguridad del documento judicial electrónico y de política de gestión de documentos judiciales electrónicos. Octubre de Página 11 de 57
12 5. Componentes de la pieza La pieza se creará dentro de un expediente judicial electrónico. Los componentes de la pieza serán los mismos que los del expediente judicial electrónico excepto la posibilidad de incluir expedientes judiciales electrónicos anidados o piezas. Octubre de Página 12 de 57
13 6. Metadatos 1. Los metadatos mínimos obligatorios de la capa técnica NIG, del expediente judicial electrónico y de la pieza: a. Serán los definidos en el anexo I. b. Se asociarán en cada caso para su remisión o puesta a disposición. c. Durante la tramitación procesal del expediente judicial electrónico o pieza, los metadatos no serán modificados salvo en supuestos de error material, omisión, aclaración o rectificación de datos o resoluciones o cuando obedezca al contenido de resolución judicial o del Secretario Judicial. Se exceptúan aquellos metadatos que, por su propio contenido o definición, son susceptibles de actualización conforme se tramita el procedimiento. Deberá garantizarse el debido acceso a dichas modificaciones, control de su realización, momento y registro del cambio. 2. Se podrán asignar metadatos complementarios para atender a necesidades de descripción específicas. Estos metadatos complementarios se aplicarán, en su caso, de acuerdo con la Guía de Interoperabilidad y Seguridad de política de gestión de documentos judiciales electrónicos. Octubre de Página 13 de 57
14 7. Intercambio de expedientes judiciales electrónicos 1. El intercambio de expedientes judiciales electrónicos, a los efectos de remisión y puesta a disposición, se realizará mediante el envío en primer lugar de todo o parte de la estructura definida en el Anexo II, sin perjuicio de la aplicación de otras, reguladas por su normativa específica. Tras este intercambio, se enviarán cada uno de los documentos judiciales electrónicos que componen el todo o parte del expediente que se remite, en el orden indicado en el índice y atendiendo a lo establecido en la Guía de Interoperabilidad y Seguridad del documento judicial electrónico. 2. Cuando la naturaleza o la extensión de los documentos o elementos que forman parte del expediente judicial no permitan o dificulten notablemente su inclusión en una de las estructuras establecidas, se incorporará al expediente judicial electrónico un documento judicial electrónico en el que se especifique cuáles son estos documentos o elementos. 3. El índice electrónico de la capa técnica NIG objeto de intercambio reflejará, al menos: a. La fecha de generación del índice. b. Los procedimientos/expedientes judiciales electrónicos de los que se compone. Octubre de Página 14 de 57
15 4. El índice electrónico de los expedientes judiciales electrónicos objeto de intercambio reflejará, al menos: a. La fecha de generación del índice. b. Para cada documento judicial electrónico, su identificador, su huella digital, la función resumen utilizada para su obtención, que atenderá a lo establecido en la Norma Técnica de Interoperabilidad de catálogo de estándares, la fecha de incorporación al expediente judicial electrónico y el orden del documento dentro del mismo. Para cada documento judicial electrónico, su identificador, su huella digital, la función resumen utilizada para su obtención, que atenderá a lo establecido en la Norma Técnica de Interoperabilidad de catálogo de estándares, la fecha de incorporación al expediente judicial electrónico, el orden del documento dentro del mismo y la tipología respecto del carácter electrónico o digitalización del documento. c. Si es el caso, la disposición de los documentos en expedientes judiciales electrónicos anidados y/o piezas. 5. En caso de remisión o puesta a disposición de los expedientes judiciales electrónicos, la verificación de la autenticidad e integridad de un expediente judicial electrónico se llevará a cabo bajo la responsabilidad del órgano judicial transferidor en el momento en que ésta se produzca. Tras dicha transferencia, el órgano judicial que recibe el expediente judicial electrónico será el Octubre de Página 15 de 57
16 encargado de la conservación de la autenticidad e integridad del expediente judicial electrónico. Octubre de Página 16 de 57
17 8. Reproducción de expedientes digitales electrónicos La reproducción de expedientes judiciales electrónicos se llevará a cabo según lo establecido en la Guía de Interoperabilidad y Seguridad de procedimientos de copiado auténtico y conversión entre documentos judiciales electrónicos en lo referente a la reproducción de documentos judiciales electrónicos. Octubre de Página 17 de 57
18 9. Gestión y conservación del expediente judicial electrónico La gestión y conservación tanto de los expedientes judiciales electrónicos, como de los documentos judiciales electrónicos que lo forman, se realizará de acuerdo con lo establecido en la Guía de Interoperabilidad y Seguridad de política de gestión de documentos judiciales electrónicos. Octubre de Página 18 de 57
19 ANEXO I Metadatos del expediente judicial electrónico Índice del NIG Octubre de Página 19 de 57
20 Metadatos mínimos del NIG Octubre de Página 20 de 57
21 Índice del procedimiento/expediente judicial electrónico Octubre de Página 21 de 57
22 Metadatos mínimos del procedimiento/expediente judicial electrónico Octubre de Página 22 de 57
23 Octubre de Página 23 de 57
24 Índice de la pieza Octubre de Página 24 de 57
25 Metadatos mínimos de la pieza Octubre de Página 25 de 57
26 Octubre de Página 26 de 57
27 ANEXO II Esquemas xml para intercambio de exp. judiciales electrónicos 1. XSD NIG Octubre de Página 27 de 57
28 Octubre de Página 28 de 57
29 2. XSD Índice del NIG Octubre de Página 29 de 57
30 3. XSD Contenido del índice del NIG Octubre de Página 30 de 57
31 Octubre de Página 31 de 57
32 4. XSD Metadatos del NIG Octubre de Página 32 de 57
33 Octubre de Página 33 de 57
34 Octubre de Página 34 de 57
35 5. XSD Procedimiento/Expediente Octubre de Página 35 de 57
36 6. XSD Índice electrónico del Procedimiento/Expediente Octubre de Página 36 de 57
37 7. XSD Contenido del índice del Procedimiento/Expediente Octubre de Página 37 de 57
38 Octubre de Página 38 de 57
39 Octubre de Página 39 de 57
40 8. XSD Metadatos del Procedimiento/Expediente Octubre de Página 40 de 57
41 Octubre de Página 41 de 57
42 Octubre de Página 42 de 57
43 Octubre de Página 43 de 57
44 Octubre de Página 44 de 57
45 9. XSD Pieza Octubre de Página 45 de 57
46 10. XSD Índice de la pieza Octubre de Página 46 de 57
47 11. XSD Contenido del índice de la pieza Octubre de Página 47 de 57
48 Octubre de Página 48 de 57
49 Octubre de Página 49 de 57
50 12. XSD Metadatos de la pieza Octubre de Página 50 de 57
51 Octubre de Página 51 de 57
52 Octubre de Página 52 de 57
53 Octubre de Página 53 de 57
54 Octubre de Página 54 de 57
55 13. XSD Firmas Octubre de Página 55 de 57
56 Octubre de Página 56 de 57
57 Octubre de Página 57 de 57
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