Evaluación del primer ciclo de planificación

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1 Observatorio de las Políticas del Agua (OPPA) Evaluación del primer ciclo de planificación Octubre de 2014 DEMARCACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TINTO, ODIEL Y PIEDRAS Joan Corominas Índice de Contenido 1. Adaptación del Derecho interno a la Directiva marco del agua (art. 24 DMA) Designación de las demarcaciones y las autoridades competentes (art. 3.7) Análisis de la cuenca, impacto ambiental de la actividad humana y análisis económicos (art. 5) Establecimiento de los objetivos ambientales (art. 4 DMA) Registro de las zonas protegidas (art. 6) Designación de las aguas utilizadas para la captación de agua potable (art. 7) Establecimiento y operatividad de los Programas de medidas (art. 11.7) Tarificación adecuada al principio quien contamina paga y tendencia a la plena recuperación de los costes (art. 9) Participación pública en la elaboración de los planes de cuenca (art. 14) Programas de seguimiento del estado de las aguas y zonas protegidas (art. 8.2) Evaluación ambiental estratégica Otros aspectos relevantes... 8

2 Página 2 de 8 1. Adaptación del Derecho interno a la Directiva marco del agua (art. 24 DMA) En la redacción del PH del TOP ha seguido casi totalmente el guión de la Instrucción de Planificación Hidrológica, con el consiguiente sesgo que de ella se trasluce en relación a los objetivos de la DMA. En el tratamiento de los diversos temas que afectan al estado de las masas de agua y a la gestión de los recursos, se da prioridad, más allá de las generalidades de referirse permanentemente a los objetivos de la DMA, a esta última frente a la primera. Ejemplos: La mayor parte de los recursos de la demarcación provienen del trasvase del Chanza (Cuenca del Guadiana), sin que se incluya el estado de esta masa de agua determinada en el PH del Guadiana, para determinar la compatibilidad de mantener el uso en el TOP. Únicamente un pequeño porcentaje de usos actuales dispone de concesión (lo habitual es el uso a precario ), pero se considera inamovible el mantenimiento de los mismos. Se pretende la construcción de los embalses de Alcolea, la Coronada y Pedro Arco, a ubicar en masas de agua superficial en estado peor que bueno, sin evaluar el impacto que puedan tener en la no consecución del buen estado ecológico, basándose en que están declaradas de Interés general y que existen demandas crecientes abastecimiento a la población en la Demarcación, aunque realmente son las agrarias e industriales las fundamentales. 2. Designación de las demarcaciones y las autoridades competentes (art. 3.7) La elaboración del PH de la demarcación del TOP se ha realizado, en su mayor parte, con anterioridad a la delimitación del ámbito de la demarcación (aunque no era conflictiva) y se ha sometido a información pública y a aprobación inicial antes de que se creara la Comisión de Autoridades competentes: DECRETO 357/2009, de 20 de octubre, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas de las cuencas intracomunitarias situadas en Andalucía. RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2010, de la Dirección General de Planificación y Participación de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se anuncia la apertura del período de consulta pública de los documentos «Propuesta de Proyecto de Plan Hidrológico» e «Informe de Sostenibilidad Ambiental» del proceso de planificación hidrológica correspondiente a las demarcaciones hidrográficas de las cuencas intracomunitarias situadas en Andalucía. ACUERDO de 2 de noviembre de 2011, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba inicialmente el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica de de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras. DECRETO 14/2012, de 31 de enero, por el que se crea la Comisión de Autoridades Competentes de las demarcaciones hidrográficas de las cuencas intracomunitarias situadas en Andalucía y se regula su organización, funcionamiento y atribuciones.

3 Página 3 de 8 Real Decreto 1329/2012, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras. Por tanto, queda claro que no ha existido participación de la comisión de Autoridades competentes en la elaboración del Plan Hidrológico. La Comisión de autoridades competentes está formada por 6 miembros de la Junta de Andalucía, 2 de la Administración Central y 3 de la Administración Local. Las reuniones sectoriales con representantes de las diversas administraciones han sido bilaterales en su mayor parte y han tenido un carácter más informativo de la elaboración del PH, y no ha conseguido implicarlas en la consecución de los objetivos que a ellas les concernían. No existen actas de estas reuniones informales. Sobre todo, por la gran implicación de los recursos del trasvase del Chanza, la coordinación con la Confederación Hidrográfica del Guadiana ha sido escasa. 3. Publicación de los Planes hidrológicos de cuenca (art. 13.6) Durante la elaboración del borrador de PH del TOP se identificó que el 39% de las masas de agua no cumplirían en el H 2015 los objetivos ambientales. Se establecían prorrogas hasta el H 2027 para la gran mayoría de masas que no cumplían el buen estado (cumplimiento del 61% actual, 66% en H 2015, 79% en H 2021 y 100% en H 2027). El borrador de programa de medidas contemplaba una inversión de 1194 millones de euros, de los que 132 se dedicaban al cumplimiento de los objetivos ambientales. El PH del TOP definitivamente aprobado mantiene prácticamente las mismas prórrogas hasta el H 2027, aumentando las inversiones del programa de medidas hasta 1377 millones de euros, de los que 249 se dedicarán al cumplimiento de los objetivos ambientales. Las actuaciones realizadas en los últimos años encaminadas a mejorar los objetivos ambientales han sido muy escasas, probablemente motivado por la crisis económica, por lo que puede suponerse que la mejora del estado de las masas de agua al H 2015 no alcanzará el escaso 5% previsto en el PH, comprometiendo asimismo los objetivos en los sucesivos plazos de prórroga. En el PH del TOP no se justifica el retraso en la elaboración y aprobación de la planificación hidrológica. 4. Análisis de la cuenca, impacto ambiental de la actividad humana y análisis económicos (art. 5) Los estudios previstos en el artículo 5 de la DMA han adolecido de una carencia importante de información, lo que debilita la valoración del estado actual de las masas de agua que se determina en el Estudio general de la Demarcación del TOP: El conocimiento de las presiones de la actividad humana es alto en las masas de agua superficial y menor en las de aguas subterráneas. No se realiza ningún análisis de la evolución de las mismas y las perspectivas en los próximos años. Solamente se ha podido evaluar el impacto sobre las masas de agua en el 11% de las superficiales y el 17% de las subterráneas.

4 Página 4 de 8 Todo ello ha conducido a que en la evaluación del riesgo de no cumplir los objetivos ambientales el 73% de las masas de agua estén en estudio. Se relacionan para cada masa de agua todas las zonas protegidas, pero no se priorizan los objetivos ambientales para las diversas masas en función de las zonas protegidas que están afectadas. El establecimiento de las redes de control ha sido muy tardío (a finales del 2008), por lo que la información disponible proviene de otras fuentes no especificadas en el PH del TOP, ni su fecha de obtención, continuidad de las series y evolución de los indicadores. En cuanto a los análisis del estado de la recuperación de costes se ha seguido la metodología diseñada por el Ministerio de Medioambiente en el documento Precios y costes de los servicios de agua en España (2007).Ello conduce a valorar de manera conjunta, e intencionadamente, los costes de los servicios relacionados con el agua públicos y privados, lo que aumente el porcentaje de recuperación de costes. Para los costes públicos se utilizan las exacciones previstas en la ley de Aguas, para aumentar significativamente la aplicación del principio de recuperación de costes; no se consideran los costes que no se repercuten, sin justificación normativa, tales como inversiones consideradas como laminación de avenidas, prescripciones administrativas de exacciones no cobradas y condonaciones de pagos por situaciones catastróficas de sequías o inundaciones. Se citan la obligación de incluir los costes ambientales y del recurso, e incluso los criterios para su determinación, señalándose las dificultades para su determinación, quedando en esta nebulosa cualquier avance en su cuantificación. Entre las excepciones a la recuperación de costes se citan los servicios que benefician al conjunto de la sociedad (laminación de avenidas, prevención de inundaciones, actuaciones de restauración hidrológica, ) y las que por motivos sociales (sin citar colectivos afectados) las administraciones así lo decidan, como las actuaciones de modernización de regadíos. 5. Establecimiento de los objetivos ambientales (art. 4 DMA) Excepción de nuevas modificaciones: se incluyen 4 presas (Alcolea, La Coronada, Tariquejo y Pedro Arco) basándose en que están declaradas de Interés General (no interés público superior, según la DMA) y que son necesarias para el futuro abastecimiento urbano de la demarcación (cuando la finalidad básica es el regadío y el abastecimiento industrial; incluso la calidad del agua no es adecuada para el regadío y mucho menos para el abastecimiento urbano). Costes desproporcionados: se presuponen sin justificación en muchos casos, o tergiversando los costes; ejemplo: masa Arroyo Tariquejo, y masas de aguas subterráneas Niebla y Condado, en que se presupone que para alcanzar el buen estado en el H 2015 exigiría devolver todos los regadíos a secano. No se han utilizado todos los elementos de calidad establecidos en la DMA, y en ningún caso indicadores de peces. Dado que en el 73% de las masas de agua no se ha podido evaluar el riesgo, y que las redes de control se han establecido al final de la elaboración de la planificación, no existen para muchas masas valores

5 Página 5 de 8 objetivos de los indicadores. Para las que se tiene información adecuada, las menos, si se han establecido objetivos concretos. No se han determinado objetivos específicos para masas de aguas que incluyen zonas de protección; ejemplo masa de transición Marismas del Odiel, con protecciones de Humedal RAMSAR, de moluscos, con espacios incluidos en la Red Natura 2000 y zona sensible: se prorrogan los objetivos ambientales al H 2027 manifestando únicamente que no pueden alcanzarse antes, sin ninguna justificación detallada. 6. Registro de las zonas protegidas (art. 6) En la actualidad no existe un acceso web al registro de Zonas protegidas de la demarcación del TOP. En el PH del TOP se acompaña un Registro de las Zonas Protegidas, catalogado en función de los diversos tipos de protección y asociadas a las correspondientes masas de agua. Pero no existe ninguna información que ligue los objetivos de protección con las características ambientales que deben alcanzar las masas de agua necesarias para aquellos. Se incorporan 2 reservas naturales fluviales elegidas a partir del Inventario de Espacios fluviales sobresalientes de Andalucía elaborado por la Agencia Andaluza del Agua. Se han recogido todas las zonas con diversos objetivos de protección que afectan a las aguas costeras y de transición. 7. Designación de las aguas utilizadas para la captación de agua potable (art. 7) Se han establecido perímetros de protección de las zonas de captación de aguas para abastecimiento humano, generalmente bien ajustadas a los requerimientos de vulnerabilidad del medio y a la importancia estratégica del uso del agua. Hay que hacer notar que gran parte de la población de la demarcación utiliza para su abastecimiento aguas procedentes del trasvase del Chanza (cuenca del Guadiana). No consta en el PH del TOP que se haya previsto la información al público de la existencia de estas zonas protegidas, su delimitación y las medidas de protección asociadas 8. Establecimiento y operatividad de los Programas de medidas (art. 11.7) En el PH del TOP no existe ninguna vinculación entre el régimen de caudales ecológicos y el estado de las masas de agua. Las medidas específicas que pueden asociarse a masas concretas no señalan el objetivo ambiental que pretenden mejorar, ni el incremento de los indicadores del mismo que se pretende conseguir con la medida, en los supuestos de considerar prórrogas para alcanzar el buen estado/potencial ecológico. El presupuesto de las medidas básicas es de 201 millones de euros y las complementarias de 1176 millones de euros. La financiación pública del programa de medidas se prevé del 93%. Es muy probable que en la situación de crisis presupuestaria actual no se desarrolle ni la mitad del programa de medidas.

6 Página 6 de 8 Muchas medidas adolecen de indicadores de eficacia y no se señala el resultado del análisis costeeficacia, aunque se manifiesta que están ordenadas en función de este parámetro. No queda clara la prioridad de las diversas medidas del programa. No se justifica, y hay muchas dudas al respecto, que el programa de medidas estaba operativo al Tarificación adecuada al principio quien contamina paga y tendencia a la plena recuperación de los costes (art. 9) Como en las demás demarcaciones hidrográficas españolas en la del TOP se ha seguido la metodología diseñada por el Ministerio de Medioambiente en el documento Precios y costes de los servicios de agua en España (2007), lo que conduce a incluir los costes financieros, olvidándose totalmente de los costes ambientales y del recurso. En cuanto a los costes financieros se utiliza el criterio de mezclar los costes públicos y privados de los servicios del agua, con lo que se enmascara la muy baja recuperación de los costes públicos, que son a los que hace referencia la DMA. En los costes financieros públicos se utilizan los criterios de exacciones previstos en la ley de Aguas, no contabilizando ni las subvenciones implícitas previstas para la recuperación de inversiones, ni la minusvaloración de gran parte de los costes de mantenimiento y conservación. No consta la parte de las inversiones no contabilizadas por considerarse servicios generales (laminación de avenidas, restauración ambiental, limpieza de ríos, modernización de regadíos, abastecimiento y depuración, actuaciones en sequías o inundaciones, así como la no imputación de inversiones financiadas por fondos comunitarios. Además, la debilidad de la gobernanza permite que prescriban muchas exacciones. La recuperación en alta se estima en un 55% de los costes, porcentaje que a tenor de la comparación con el de la mayoría de cuencas españolas es de los más elevados, utilizando la misma deficiente metodología. Como excepciones a la recuperación de costes se admiten, sin cuantificar, la minusvaloración de inversiones que benefician a colectivos no identificables o la sociedad general y que las administraciones, por motivos sociales, no pretenden recuperar todos los costes, citándose como ejemplo la modernización de regadíos. Como nueva medida de recuperación de costes se citan las nuevas figuras impositivas recogidas en la ley 9/2010 de Aguas de Andalucía: el canon de mejora y el canon de servicios generales, el primero destinado a la financiación de inversiones ligadas al ciclo urbano del agua y el segundo como una exacción adicional a pagar por todos los usuarios de Andalucía que se detraería de los actuales cánones y tarifas, con lo que se trataría de una mera distribución de exacciones entre usuarios y no una medida tendente a la plena recuperación de costes. 10. Participación pública en la elaboración de los planes de cuenca (art. 14) El modelo de elaboración del PH del TOP, como la mayoría, se ha basado en la acumulación de información técnica, muy especializada, y sin la necesaria síntesis y jerarquía que permita identificar fácilmente los retos ambientales y de gestión del recurso compatible con aquellos, y ordenar las medidas

7 Página 7 de 8 más eficientes para alcanzar el buen estado de las masas de agua, y en su caso justificar las prórrogas que sean necesarias: un modelo solo inteligible por un reducido grupo de expertos y que desalienta la participación activa de los interesados. Se ha seguido bastante fielmente lo establecido en el Proyecto de Participación Pública, pero los resultados no son muy halagüeños: En las 4 Jornadas de información sobre los documentos de elaboración del PH se han invitado entre 275 y 1800 personas, siendo la asistencia entre 40 y 100 interesados. Se ha reunido 4 veces la Comisión del Agua. En los procesos de consulta pública de los documentos intermedios se han presentado pocas alegaciones, correspondiendo estas a administraciones públicas, sindicatos y empresarios, organizaciones agrarias y regantes y únicamente como representación de la sociedad civil a Ecologistas en Acción. La participación en 4 talleres participativos también fue escasa: se invitó entre 50 y 100 personas asistiendo entre 9 y 13 interesados. Las reuniones bilaterales con colectivos interesados se han realizado únicamente con regantes y agentes económicos y sociales; se dice en la documentación que se ofrecieron a todos los colectivos, pero no consta a cuales. Para la concertación de los caudales ecológicos se invitó a representantes de usuarios y organizaciones agrarias, Ecologistas en Acción y FNCA: no consta quienes asistieron. Se ha contado con expertos de diversas Universidades y del CENTA. En todo este proceso de participación no se señala claramente, salvo respuestas genéricas a muchas alegaciones, que se hayan recogido y analizado las diversas percepciones de los actores en este proceso: probablemente la eficacia de la participación habrá sido mucho más alta para los actores tradicionales (usuarios y algunas administraciones). 11. Programas de seguimiento del estado de las aguas y zonas protegidas (art. 8.2) Las redes de control se especifican en los anexos del P del TOP, pero no así la frecuencia e muestreo y los indicadores a medir; no existe tampoco en la página web del Organismo de cuenca (Dirección General de Planificación y Gestión del Dominio Público Hidráulico Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio) ninguna información de los resultados de los programas de seguimiento del PH del TOP. Por informaciones diversas, parece que los recortes presupuestarios han reducido los programas de control, habiéndose producido lagunas de información en determinados períodos.

8 Página 8 de Evaluación ambiental estratégica El Informe de Sostenibilidad Ambiental, elaborado por el Organismo de cuenca, ha sido validado, con solo algunas modificaciones menores como resultado de las alegaciones en el proceso de consulta, en la Memoria Ambiental aprobada. Únicamente se ha planteado dos alternativas: la 0, que consiste en cumplir estrictamente con las Directivas que afectan a las masas de agua, y la 1, que recoge todo el programa de medidas del PH del TOP. Se elige la alternativa 1 en bloque porque se argumenta que ayuda a cumplir mejor los objetivos ambientales, económicos, sociales, culturales y paisajísticos. No se han contrastado diferentes medidas alternativas reales para alcanzar el buen estado de las masas de agua, lo que produce un sesgo metodológico, que anula, en la práctica, la validez de la evaluación ambiental estratégica. 13. Otros aspectos relevantes La cuenca del TOP es la cuenca española con mayor dependencia externa para sus recursos disponibles: de los 287 hm3 disponibles, 225 hm3 proceden del trasvase del Chanza (cuenca del Guadiana), lo que representa el 79% del total. Ante esta realidad habría sido muy necesario hacer una remisión sintética al estado, objetivos ambientales, y medidas propuestas en el PH del Guadiana para las masas de agua de las que se captan los recursos trasvasados. Y con más motivo porqué el Chanza es un río transfronterizo con Portugal. Así se podría comprobar la sostenibilidad del trasvase, o los cambios en la cuantía del mismo o en el modelo de gestión que fuera conveniente introducir.

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