INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
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- Héctor Martin Díaz
- hace 8 años
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1 INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA [1] Requisitos Generales del local/oficina de: comercio, industria, empresa de servicio a habilitar (características y elementos mínimos exigibles a los locales a habilitar) Superficie mínima del local: 16 m2 (dieciséis metros cuadrados). La superficie mínima puede variar según la actividad y la cantidad de rubros a desarrollar. Poseer un matafuegos de 5 kg tipo ABC, cada 100 m2 cubiertos. Contar con botiquín de primeros auxilios conforme se establece en la ordenanza 1703/64. Servicios mínimo de salubridad ( según la ord. 4975/90 sección 3.11 o normativa específica, según la actividad a desarrollar). En las instalaciones de salubridad para el personal se mantendrá un servicio de higiene constante, consistente en papel higiénico, jabón, toallas de papel y un cesto en el cual se arrojen los elementos utilizados, debiendo ser el mismo de material plástico o de acero inoxidable y que no permita la caída y/o derrame de desechos. Asimismo podrán usarse equipos eléctricos de secado que se encuentren debidamente aprobados. Cuando por la naturaleza de la actividad se requiera para uso del público de servicios de salubridad separados para cada sexo, se deberá contar, además, en planta baja con, por lo menos, un baño o servicio sanitario de uso indistinto para ambos sexos, para ser utilizado por personas que sufran cualquier tipo de discapacidad, mayores (edad avanzada) y madres y padres "con hijos menores de ocho (8) años".( Ordenanza 6501/97). Las características del baño para discapacitados se encuentran determinadas en la Ordenanza 7273/01.. Deberán extremarse las medidas necesarias para el perfecto funcionamiento y aseo de los mismos, todo ello a los fines de la prevención de enfermedades infectocontagiosas. Se debe garantizar la accesibilidad al local para personas con movilidad reducida. Luces de emergencia estratégicamente ubicadas y conectadas al suministro de energía para su carga. A fin de determinar si es exigible un medio de escape alternativo( salida de emergencia), es de aplicación la ordenanza 8336/08 y su decreto reglamentario N 1166/09. De la señalización: Todos las vías y medios de escape alternativos, escaleras, cambios de direcciones y elementos de protección contra 1/7
2 incendios, deberán estar correctamente señalizados mediante carteles o flechas indicadoras colocadas a dos metros del piso. [2] De la instalaciones eléctricas: La instalación eléctrica se hallará protegida desde el tablero general por llaves termo magnéticas de corte automático e interruptor diferencial. Los conductores de cada ramal correrán en forma embutida a las paredes o techos o en bandejas portacables o cañerías externas de hierro. Las cajas eléctricas contaran con sus respectivas tapas de seguridad. Los tableros deben estar señalizados. Todos los locales deben contar con instalación de puesta a tierra. Toda instalación deberá estar ejecutada conforme a la Normativa vigente (Asociación Electrotécnica Argentina A.E.A. v. 2006) [3] De los materiales combustibles: Siempre que se empleen materiales combustibles utilizados en estructuras, decoraciones revestimientos (maderas, cartones, etc.) y los mismos fueran aprobados por la inspección técnica, deberán tener todas sus superficies totalmente cubiertas con una película de algún producto ignífugo retardante de la combustión de calidad y eficacia comprobada. [4] Protección activa contra incendios: Todos los locales deberán contar con extintores a base de polvo químico seco, tri-clase ABC, con presión incorporada fabricados bajo normas IRAM, que estarán colocados en lugares prácticos y accesibles y con carga vigente. Se aceptarán otras clases de extintores acordes al tipo de fuego. En las cocinas y/o zonas de elaboración de alimentos se recomienda un extintor clase K. De acuerdo al rubro específico a habilitar, a las características edilicias del inmueble, y al resultado del Informe del Cuerpo de Bomberos, se podrán requerir condiciones de seguridad adicionales. Consulte en la Oficina de Habilitación del Centro Municipal con el personal técnico correspondiente. [5] Requisitos documentales específicos exigibles cuando la naturaleza o la normativa específica de la actividad así lo requiera: a) Informe de la Agrupación de Bomberos Zapadores,(Sección Técnica):en lo relativo a la protección contra incendios, (para locales de más de 100 m2 de superficie, o actividades que por su características, complejidad, seguridad y afluencia masiva de público así lo requiera), para esto debe concurrir al cuerpo de bomberos (Bomberos Zapadores- Sección técnica, calle Córdoba 2833), con el formulario de solicitud de informe suscrito por personal de la oficina de habilitación. La vigencia del 2/7
3 mismo es de 6 meses. b) Plano de Edificación conforme a obra y con final de obra: certificado por la Dirección General de Obras Particulares para todo local con superficie mayor a 100m2 o cuando la reglamentación específica de la actividad a desarrollar lo exija expresamente. Se solicita en el archivo de la mencionada Dirección General, ubicado en calle Urquiza 902 (edificio ex Aduana), planta baja, oficina n 25 en el horario de 7 a 11 hs. c) Plano de instalación de fuerza motriz ( cuando la potencia instalada sea igual o superior a 5 h.p) deberá contener plano de relevamiento de instalación eléctrica con ubicación de maquinas referenciadas( denominación y potencia)en caso de ser necesario se podrá pedir un informe de simultaneidad. Deberá estar visado por el Colegio Profesional correspondiente. d) Plano de instalación de gas (cuando la normativa específica lo exija) confeccionado por gasista matriculado bajo la categoría 1era y 2da. Se deberá presentar constancia de matricula emitida por la empresa Litoral Gas S.A. e) Plano de instalación eléctrica ( cuando la normativa específica lo exija ) deberá contener : tableros, circuitos, pat, bocas y efectos, tomacorrientes, etc. Deberá estar visado por el colegio profesional correspondiente. f) Informe de medición de la resistencia de puesta a tierra.( Posee una validez de 1 año ). Para las actividades reguladas por la Ordenanza 7218/01(espectáculos públicos), geriátricos, Holepam, establecimientos de salud, actividades industriales, talleres y cualquier otra que por su complejidad, riesgo, o afluencia de público lo amerite. Deberá estar visado por el Colegio Profesional correspondiente y tendrá que contener : 1. Valores de mediciones realizadas del sistema interconectado y en forma individual de los electrodos. 2. Croquis de ubicación de los electrodos. 3. Copia autenticada del certificado de calibración del equipo utilizado. Detallar si el equipo cumple con los parámetros establecidos referido a calibración en la normativa vigente. g) Informe de verificación de la instalación eléctrica en funcionamiento. Para bar, restaurant, bar americano, actividades reguladas por la Ordenanza 7218/01 geriátrico, holepam, centro de día, jardín de infantes, pinturera, autoservicio, supermercado, hotel, alojamiento turístico temporario, hostel, hospedaje/pensión, albergue por hora, sala de ensayos, lavadero de ropa, 3/7
4 tintorería, sala velatoria, venta de autos y/o motos, centro de estética/centro de belleza/spa, cama solar, playa de estacionamiento, cochera, garaje, Industrias en general, depósitos en general, armerías, establecimientos privados de enseñanza. (*) Puntos mínimos que debe poseer : 1. Descripción a) Tipo de servicio eléctrico. b) Destino de la misma. c) Tipo de canalizaciones, tableros y conductores. d) Estado general. 2. Esquema unifilar. 3. Detalle de tipo y calibre de las protecciones contra sobrecarga y cortocircuitos y sección de conductores. Verificar operación mecánica correcta de los aparatos de maniobra y protección. 4. Verificación de disparo de los interruptores diferenciales, por medio de dispositivo aprobado, en distintos puntos de la instalación (tomacorrientes). 5. Verificación de continuidad en la instalación del conductor de protección (descarga de puesta a tierra). Posee una validez de 1 año. Deberá estar visado por el Colegio Profesional Corresp. h) Informe de correcto funcionamiento de la instalación de gas. (posee una validez de 1año)confeccionado por gasista matriculado. la matricula debe ser de primera o segunda categoría, según corresponda.presentar constancia de matricula expedida por la empresa litoral gas S.A. Para bar, restaurant, bar americano, actividades reguladas por la Ordenanza 7218/01 geriátrico, holepam, centro de día, jardín de infantes, pinturera, autoservicio, supermercado, hoteles, alojamiento turístico temporario, hostels, hospedajes/pensión, albergues por hora, sala de ensayos, lavadero de ropa, tintorería, salas velatorias, venta de autos y/o motos, centro de estética/centro de belleza/spa, cama solar, playa de estacionamiento, cochera, garaje, Industrias en general, depósitos en general y establecimientos privados de enseñanza. Contenido mínimo del informe de la instalación de gas: 1.Domicilio del local. Tipo de instalación: comercial o industrial. 2.Instalador: n matrícula, categoría, domicilio y teléfono. 3.Fecha de informe. 4.Detalle del servicio: gas natural o envasado. 5.Capacidad de la instalación (m3/h). 6.Detalle de artefactos y consumos individuales (Kcal/h). 4/7
5 7.Estado de la instalación. 8.Sugerencias y/o recomendaciones en caso de corresponder. i) Informe de seguridad, se solicitará en función de la complejidad de la actividad a habilitar, las características del inmueble, o en locales con afluencia masiva de público, y en todo establecimiento que posea elementos en cualquier carácter, que por su calidad, cantidad y/o incompatibilidad puedan calificarse como riesgosos, o cuando la normativa específica lo requiera. Deberá ser realizado por profesional matriculado con incumbencia en la materia. Se deberá presentar constancia de visado del Colegio Profesional correspondiente. Requisitos mínimos que debe contemplar el informe: Se debe realizar de acuerdo al Reglamento de Edificación de Rosario, y debe contener: Cálculo de carga de fuego. Potencial extintor requerido. Condiciones de situación, construcción y extinción acordes al art del Reglamento de Edificación. Detallar si el establecimiento cumple, según el uso, con las condiciones de prevención. Especificar en que rubro fue encuadrado. Cálculo de capacidad y medios de evacuación. (Según Ordenanza 8336/2008 y Dto 1166/2009) Sistema de luces de emergencias. Plan de evacuación (con designación de roles) / Plano de evacuación. j) Contratación de un servicio de transporte especial de residuos. Ordenanzas 7007/2000 y modificatorias, Decreto 1105/2001, Ordenanza 7600/2003 y mod. ORDENANZA 8858/2011 art.3. - Decretos 3055/2004, 96/2007 y 2212/2012. Para todo gran generador como generador especial, es decir aquellos generadores que pertenecen a los sectores comerciales, institucionales e industriales que producen residuos sólidos urbanos domiciliarios y compatibles en una cantidad, calidad o en condiciones tales que, a juicio de la autoridad de aplicación, requieren de la implementación de programas específicos de gestión, deberán contratar a su cargo un Servicio de Transporte Especial de Residuos. k) Certificación técnica de los equipos de elevación (ascensores, montacargas, rampas móviles, montacoches, escaleras mecánicas, 5/7
6 etc.). La solicitud se realiza en la Dirección General de Alumbrado Publico -Departamento de Equipos de Elevación y Medidores de Energía, de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Rosario, ubicado en Pellegrini 2850 P.B, TE al 48, interno 105. (normativa de aplicación Ordenanzas Nº 6035/95, Nº 6081/95, Nº 6345/97, Nº 6575/98, Nº 6631/98, Nº 6742/99, Nº 7277/01 y 12333/96) l) Equipos sometidos a presión (calderas, compresores, etc). Inscripción ante la Empresa Provincial de la Energía ( Inspección de calderas y Equipos sometidos a presión -Gerencia de infraestructura).bv Oroño do piso Tel: Todas las actividades que cuenten con calderas, generadores y motores a vapor, maquinarias, autoclave, aparatos, depósitos o recipientes sometidos a presión que puedan ser sometidos a una presión efectiva mayor que 1 kg/cm2 y el volumen sea superior a 5 litros. ley provincial 1373 y Dto Pcial.640/92. De acuerdo al rubro específico a habilitar, podrá serle requerida alguna otra documentación para ser presentada. Consulte los instructivos específicos en la Oficina Habilitación del Centro Municipal de Distrito correspondiente. REPARTICIONES MUNICIPALES COMPETENTES Otras áreas que pueden intervenir al momento de tramitar la habilitación, modificación y/o renovaciones de la misma. Dirección General de Tramitación y Fiscalización Urbanística(Secretaria de Planeamiento). Edificio ex Aduana Urquiza piso Oficina 335 TE Para la habilitación de todo tipo de emprendimiento comercial, industrial o de servicios se requerirá como primer requisito el informe de Licencia de Uso y Libre Afectación (verificación de si se encuentra permitida en la zona de enclavamiento la actividad a desarrollar o si la zona se encuentra afectada a expropiaciones y/o retiros). El mismo tiene una validez de 90 días hábiles. Instituto del Alimento - Secretaría de Salud Pública Lima Te /7 Se requerirá la intervención y aprobación previa de ésta área municipal, cuando la actividad que se pretende desarrollar involucre la elaboración, fraccionamiento y/o manipulación de alimentos. 6/7
7 Dirección General de Innovación y Calidad Ambiental(Secretaria de Servicios Públicos y Medio Ambiente) Ov.Lagos TE Correo electrónico:cambiental@rosario.gov.ar Se requerirá la intervención y aprobación previa de esta área cuando como consecuencia de la actividad industrial y/o comercial y/o de servicios se produzcan y viertan efluentes a cuerpo receptor (conducto cloacal o a conducto pluvial abierto o cerrado,ejemplo: río, arroyo, etc ), cuando se generen emisiones a la atmósfera de tipo gaseoso y/o particulado o que generen olores, cuando se produzcan residuos peligrosos y/o asimilables a domiciliarios y/o residuos patogénicos. También cuando posean maquinarias y/o equipos que generen vibraciones o ruidos que puedan trascender los límites del local. Otras áreas, que conforme a la actividad que se pretenda desarrollar, tienen intervención al momento de evaluar la solicitud de habilitación: Dirección General de Hidráulica. Dirección General de Tránsito. Dirección General de Gestión y Control de Concesiones. Dirección General de Diseño de la Vía Pública y del Equipamiento Comunitario Dirección General de Infancias y Familias. Dirección General de Recreación y Deporte Comunitario. Dirección para La Inclusión De Personas Con Discapacidad. Dirección General de Ingeniería de Tránsito. Dirección General de Higiene Urbana. Dirección General de Obras Particulares. Dirección General del Tribunal de Faltas. 7/7
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