CRITERIOS PSIQUIÁTRICOS JURÍDICOS DE INTERNACIÓN

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1 CRITERIOS PSIQUIÁTRICOS JURÍDICOS DE INTERNACIÓN Conferencia pronunciada por el Dr. Javier Cabello en la Academia Nacional de Ciencias de Buenos Aires, acto organizado por el Centro Interdisciplinario de Investigaciones Forenses el 12 de septiembre de 2006

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3 I) Efectos civiles de la enfermedad mental El poder Judicial tiene como objetivo la protección de la persona mentalmente enferma ante la posible: 1) Pérdida de su libertad personal Internación psiquiátrica (Art. 482 del CC. Ley , Ley 448 del Gobierno de la Ciudad, Ley 8265 de la Provincia de Buenos Aires). 2) Privación de la capacidad para ejercer sus derechos Incapacidad absoluta y relativa (Arts. 141 y 152 bis del CC). 3) Anulación de sus actos jurídicos Testamento (Arts y 3616 del CC). II) Internación del enfermo mental Criterios jurídicos que legitimizan la internación El poder judicial siempre ha velado por la defensa de los derechos de la persona y entre ellos como figura privilegiada el de la libertad, porque es el primario: la persona es persona porque es libre (Arts. 14,18 y 19 de la Constitución Nacional). Naturalmente este derecho, como todos los demás, puede ser limitado cuando existen razones superiores de interés público que obliguen a ello. Así sucede cuando un enfermo mental haciendo uso de su libertad realice actos que impliquen peligro para sí y terceros (valoración psiquiátrica-psicológica). En el caso de existir peligrosidad la internación del enfermo mental se encuentra reglamentada por medio del Art. 482 del CC. Para la Corte Suprema y su doctrina la limitación de los derechos constitucionales, y de suyo el de la libertad, solo es legítima, cuando no es: 491

4 1) Arbitraria y carente de fundamento: deben existir fundados criterios médicos-psicológicos de internación 2) Desproporcionada: la internación es admisible si es el único medio disponible para lograr el objetivo terapéutico deseado; pudiendo existir otros que logren el mismo fin sería desproporcionada. 3) Destructiva del derecho: la internación, si es posible, debe restaurar por medio de la externación el derecho a la libertad. 4) Igualitaria: el paciente internado debe tener los mismos derechos que aquellos que disponen de su libertad. La internación para ser jurídicamente procedente, debe orientarse al tratamiento, es decir, sometido a un programa de curación que normalice en la medida de lo posible el ejercicio de sus facultades mentales. Artículo 482 del CC. 1 er. Párrafo: El demente no será privado de su libertad personal sino en los casos en que sea de temer que, usando de ella, se dañe a sí mismo o dañe los otros. No podrá ser trasladado a una casa de dementes sin autorización judicial. 2 o. Párrafo: Las autoridades policiales podrán disponer la internación, dando inmediata cuenta al Juez, de las personas que por padecer enfermedades mentales o ser alcoholistas crónicos o toxicómanos pudieran dañar su salud o la de terceros o afectaren la tranquilidad pública. Dicha internación solo podrá ordenarse previo dictamen del médico oficial. 3 er. Párrafo: A pedido de las personas enumeradas en el Art.144 del CC el Juez podrá, previa información sumaria, disponer la internación de quienes se encuentren afectados de enfermedades mentales aunque no justifiquen la declaración de demencia, alcoholistas crónicos y toxicómanos, que requieran asistencia en establecimientos adecuados, debiendo asignar un defensor especial para asegurar que la internación no se prolongue más de lo indispensable. Tipos legales de internación La ley distingue cuatro tipos de internación: 1) Por orden judicial (art. 482 párrafo 1 o. y 3 o. ) 2) A pedido del propio interesado o su representante legal (art. 2 o. de la ley ). 492

5 3) Por disposición de la autoridad policial (párrafo 2 o. del art. 482 del CC). 4) En caso de urgencia, a pedido de las personas enumeradas en el Art. 144 del CC. (art. 4 o. de la ley ). Quien indica la internación es el profesional de la Salud Mental pero quien la dispone es el poder judicial mediante sus magistrados. III) Criterios psiquiátricos de internación Vale tanto para la internación voluntaria como involuntaria, puesto que en la primera no solo el paciente debe firmar su solicitud, sino que se acompaña por un certificado de internación donde debe constar opinión fundada sobre su necesidad. Ante la situación profesional de estar ante un enfermo e indicar su internación, sería conveniente preguntarnos: 1) Si el enfermo en su medio habitual podría restablecer su sanidad mental sin que constituya un peligro para sí mismo o para otros. 2) Cuento con suficientes argumentos para fundamentar mi decisión cuando sea requerido por terceras personas. Si bien en la internación involuntaria se dispone de una persona a la cual se la sustrae de su casa y de su trabajo sin su consentimiento, y se lo incluye en un ambiente distinto al habitual, donde se le impone un programa de curación que generalmente cree no precisar y se administra psicofármacos que generalmente no desea ingerir, la misma se realiza en su propio beneficio y con una finalidad estrictamente terapeútica. Fórmula mixta (psiquiátrica socio ambiental) Los criterios de internación se orientan fundamentalmente a restablecer la salud del enfermo mental, cumpliendo además con la exigencia del Código Civil en legitimar la privación de la libertad mediante su peligrosidad Cuando debemos evaluar la posible internación de un enfermo mental, tendremos que analizar, entre otros, no solo la enfermedad que lo afecta, sino también la actitud vivencial que asume ante la enfermedad, el contexto sociofamiliar en que se encuentra, su estado económico y el tipo de establecimiento asistencial donde podría ingresar. 493

6 Enfermedad que lo afecta Realizar, en tanto y en cuanto las circunstancias que rodean al examen lo permitan, un pormenorizado estudio psiquiátrico/psicológico del paciente mediante un corte transversal y longitudinal de su patología, evaluando como unidad diagnóstica tanto sus antecedentes patobiográficos como el funcionalismo psíquico actual. Una vez realizado el diagnóstico de enfermedad, analizar sus vínculos con el medio y sus proyecciones patológicas, como así también su modo de vivenciarla, tratando de no estigmatizar al individuo como peligroso por el simple hecho de ser portador de una enfermedad considerada como tal. Evaluar el período evolutivo de la enfermedad y sus diferentes formas clínicas Actitud del paciente ante la enfermedad Averiguar antecedentes relacionados a la cantidad de recaídas producto del abandono de tratamientos psiquiátricos anteriores, ya sean ambulatorios o bajo régimen de internación. Evaluar la colaboración prestada por el paciente para realizar algún tipo de tratamiento opcional al de la internación. Si acepta la toma de psicofármacos por vía oral o en su defecto la inyectable. Si dilata el pedido de iniciar el tratamiento ambulatorio y esto significa mayor deterioro de su salud. Contexto sociofamiliar Criterio de suma importancia terapéutica, puesto que la salud mental de una persona no depende exclusivamente del accionar médico o jurídico, sino fundamentalmente del compromiso que asuma la familia o el entorno sustituto si lo tuviera. Habría que estimar la calidad, solidez, continencia y aptitud asistencial de la red socio familiar que sustenta al enfermo, la predisposición a asumir el cuidado del paciente y de la administración de los medicamentos prescriptos. La cantidad de personas que conforman la red familiar y los responsables de la misma. Qué rol juega el enfermo dentro de la dinámica familiar. 494

7 La unidad habitacional que lo aloja, ya sean casas de familia, hoteles o pensiones. Estado socioeconómico Junto con la ausencia de continencia familiar, social u hospitalaria, es uno de los factores que se incluyen en la denominada patología social, donde la enfermedad adquiere un rango secundario, consagrándose sin duda alguna un estado de indefensión social que generalmente motiva su rápida protección institucional Tipo de establecimiento asistencial Una vez realizado el diagnóstico y evaluada la posibilidad de internación, deberá estimarse la institución más adecuada para su tratamiento o en que condiciones sanitarias se encuentran, tanto las públicas como las privadas. En el caso de no existir opciones, si se cuenta con una aceptable continencia sociofamiliar, se podría implementar la internación domiciliaria hasta que las condiciones sean las adecuadas. El esquema terapéutico a implementar En algunas ocasiones al enfermo hay que tratarlo con psicofármacos especiales o tratamientos biológicos, que por sus efectos colaterales o por la complejidad de su aplicación precisan un control clínico y farmacológico bajo régimen de internación. IV. Conclusiones No se interna un diagnóstico sino a una persona mentalmente enferma inmersa en un complejo tramado sociofamiliar, que haciendo uso de su libertad individual pueda realizar actos que sean de temer e impliquen peligro para sí y/o terceros. La multiplicidad de variables, tanto médicas, sociales, familiares, asistenciales y terapéuticas que influyen sobre la toma de decisión, deben valorarse en su justo equilibrio en cada caso concreto, dando preferencia a unas sobre otras, y en su dinámica internacional optar por aquellas que conforme a nuestra ciencia y arte favorezcan con fundamentadas razones al bienestar presente y futuro del enfermo mental. 495

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