Responsabilidad. Profesional. Dra. Laura Rodriguez Agosto 2006
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- Juan Luis Hernández Rey
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1 Responsabilidad Profesional Dra. Laura Rodriguez Agosto 2006
2 Responsabilidad Civil de los Profesionales Normas Jcas. Deber Sanción
3 Deber Científico Acto Médico Deber Jurídico
4 Responsabilidad Profesional Es aquella en la que incurre un individuo que ejerce una profesión, al faltar a los deberes especiales que esta le impone, es una infracción típica concerniente a ciertos deberes propios de la actividad.
5 La conducta de todo profesional debe ser un actuar con pericia, diligencia y prudencia, en el cuidado de la salud del paciente
6 Los Presupuestos de la Responsabilidad Civil
7 Antijuridicidad Imputabilidad Relación de Causalidad Daño
8 Antijuridicidad La conducta del profesional debe ser violatoria de un deber jurídico preexistente
9 Ningún acto voluntario tendrá el carácter de ilícito si no fuera expresamente prohibido por las leyes ordinarias, municipales o reglamentos de policía; y a ningún acto ilícito se le podrá aplicar pena o sanción de este código, sino hubiere una disposición de ley que lo hubiere impuesto Art Código Civil
10 Toda persona que por cualquier omisión Hubiese ocasionado un perjuicio a otra, Será responsable solamente cuando Una disposición de la ley que impusiere La obligación de cumplir el hecho omitido Art Código Civil
11 Imputabilidad Que esa conducta pueda atribuirse al profesional.
12 Dolo: Obra con dolo el que al momento de la acción se representa un resultado criminoso como cierto, probable o posible, que quiere y acepta, pues su producción no le detiene en su obrar tiene dos aspectos: COGNOCITIVO y VOLITIVO. No hay dolo sin que exista, a lo menos, representación y asentimiento Culpa: la falta de previsión de un resultado tipicamente antijurídica que pudo y debió haberse previsto al obrar. La imprudencia, la negligencia, la impericia en un arte o profesión y la inobservancia de los reglamentos las ordenanzas o los deberes del cargo.
13 Negligencia: Implica una conducta omisiva contraria a las normas que imponen un determinado comportamiento Imprudencia: Es una conducta positiva, consiste en una acción que se ha realizado de manera inadecuada, precipitada o prematura. Impericia: Consiste en la incapacidad técnica para el ejercicio de una función determinada, profesión o arte.
14 Relación de Causalidad Entre el daño y el autor debe existir una relación de causalidad, el daño por cuya razón se acciona debe estar en relación causal adecuado con el hecho de la persona, o de la cosa por la cual debe responder.
15 Daño Para que exista responsabilidad profesional es necesaria la presencia de un daño, sin daño no hay víctima y por lo tanto se torna irrelevante el reclamo jurídico. Debe acreditarse la existencia de ese daño.
16 Es necesario que el daño sea cierto y actual, ó cierto y futuro.
17 Daño Moral: Lesión en los sentimientos que determina un dolor o sufrimiento físico, un agravio a las afecciones legítimas, y a toda clase de afecciones susceptibles de apreciación pecuniaria.
18 Daño Patrimonial: menoscabo económico, un detrimento en el patrimonio, que comprende tanto al daño emergente, como al lucro cesante.
19 El paciente debe probar la culpa del médico
20 EL CONSENTIMIENTO INFORMADO CONCEPTO: Es un proceso gradual y verbal en el seno de la relación médico-paciente, en virtud del cual el paciente acepta o no, someterse a un procedimiento terapéutico, después de que el médico le haya informado en calidad y cantidad suficiente sobre la naturaleza, los riesgos y beneficios que el mismo conlleva así como las posiblesalternativas.
21 Ley art. 19 inc. 3 Los profesionales que ejerzan la medicina están obligados a respetar la voluntad del paciente en cuanto sea negativa a tratarse o internarse, salvo los casos de inconsciencia, alineación mental, tentativas de suicidio o de delitos.
22 El médico debe respetar la autonomía o la autodeterminación del paciente. Caso contrario, el médico que realizare el acto médico sin el consentimiento del paciente, incurre en una ilicitud civil y penal Que el titular del derecho a prestar o rechazar el consentimiento a que se le efectúe determinado tratamiento es el propio paciente, actuando por sí o a través de su representante legal. Una vez dado el consentimiento, el paciente puede arrepentirse.
23 EL CONSENTIMIENTO INFORMADO PRESUPUESTOS: 1) SUJETOS INTERVINIENTES: -PACIENTE FAMILIAR ALLEGADO REPRESENTANTES LEGALES - EL MEDICO AUTORIZACION JUDICIAL
24 EL CONSENTIMIENTO INFORMADO CARACTERISTICAS: 1) PUEDE SER ORAL O ESCRITO. 2) INFORMACION PREVIA, COMPRENSIBLE Y SUFICIENTE. 3) CON ANTELACION SUFICIENTE.
25 EL CONSENTIMIENTO INFORMADO CONTENIDO: a) Datos del enfermo y del médico que brinda la información. b) Datos suficientes sobre la enfermedad que padece el paciente. c) Detalle de los riesgos que puedan presentarse. d) Procedimientos alternativos existentes para tratar la enfermedad. e) Detallar los beneficios y los efectos esperados. f) Consecuencias de la no realización del procedimiento. g) Posibilidad de revocar el consentimiento en cualquier momento. h) Declaración del paciente expresando su consentimiento y satisfacción con la información que se le brinda.
26 EL CONSENTIMIENTO INFORMADO EXCEPCIONES Y LIMITES: a) EXISTA URGENCIA O EMERGENCIA. b) MANIFESTACION EXPRESA DEL PACIENTE DE SU DESEO DE NO SER INFORMADO. c) EL PACIENTE NO ESTA EN CONDICIONES PARA CONOCER LA GRAVEDAD DEL CASO (ESTADO MENTAL).
27 El Consentimiento implica un Verdadero acto de autodeterminación. Legitima el acto médico. El profesional sólo será responsable por la falta de diligencia y pericia en la ejecución de la prestación.
28 HISTORIA CLINICA CONCEPTO: La Historia Clínica en la relación ordenada y detallada de todos los datos y conocimientos, tanto anteriores personales y familiares, como actuales, relativos a un enfermo, que sirve de base para el juicio acabado de la responsabilidad actual. (Diccionario Terminológico de Ciencias Médicas, Editorial Salvat)
29 Contenido de la HISTORIA CLINICA: 1) Ficha de amnesis. 2) Estudios ordenados y realizados. 3) El diagnóstico médico. 4) La terapia o el tratamiento a aplicar 5) La evolución del paciente y los resultados logrados (incluso los datos normales). 6) La medicación suministrada. 7) En caso de cirugía, el protocolo quirúrgico, con datos del equipo. 8) El parte anestésico. 9) El consentimiento informado. 10) Los datos completos del personal médico y paramédico.
30 La HISTORIA CLINICA es un documento en el cual se asientan cronológicamente todos y cada uno de los pormenores derivados de la relación entre el profesional y el paciente, incluidos entre esos datos, tanto las contingencias y manifestaciones positivas de la enfermedad del paciente como aquellos que revelen estabilidad en su estado de salud.
31 Características esenciales: a) CONFIDENCIALIDAD b) UNIDAD c) LEGIBLE d) COMPLETA e) IDENTIFICACION DE TODOS LOS PROFESIONALES f) DE PUÑO Y LETRA
32 PLAZO DE CONSERVACION: 15 AÑOS (Resolución Nº648/86 Secretaría de Salud del Ministerio y Acción Social de la Nación ) ACTUALMENTE: 10 AÑOS (Plazos de prescripción)
33 TITULAR DE LA HISTORIA CLINICA: MEDICO O INSTITUCION MEDICA PACIENTE LIBRE ACCESO OPCIONES: - SECUESTRO DE HISTORIA CLINICA - ENTREGA CON EL ALTA MEDICA (España: Informe de Alta Médica )
34 Caso Práctico - Hechos Paciente que ingresa a quirófano para realizarse una Laparoscopia Diagnóstica.- Extirpación de un ovario que contenía un Quiste benigno.- Ausencia de Consentimiento Informado.-
35 Primera Instancia: Condena al médico y a la Institución por la extirpación de un Ovario sin el consentimiento de la paciente. Segunda Instancia: Confirma el fallo. Se elevó El monto de la condena.
36 Análisis de Fallos de la Corte Suprema de Justicia de La Nación En más del 70% de los casos las conclusiones toman como objeto de prueba o indicio de presunción a la Historia Clínica, otorgándole un valor significativo al momento de establecer la relación Causa Efecto
37 MONTOS RECLAMADOS EN EL SECTOR PUBLICO G.C.B.A. DEMANDAS EN TRAMITE 471 TOTAL RECLAMADO AÑO 2002 $
38 MONTOS RECLAMADOS EN EL SECTOR PRIVADO SINIESTROS RECLAMADOS PROMEDIO DE DEMANDA TOTAL RECLAMADO AÑO 2002 $ $
39 DISTRIBUCION GEOGRAFICA DE LA LITIGIOSIDAD EN EL SECTOR PRIVADO 29% 35% 25% 11% Capital Federal Prov. Bs.As. Conurbano Resto País
40 GRANDES COSTOS Expresado en Miles MALA PRAXIS MEDICA (u$s) (u$s) (u$s) ($) Monto promedio de condena judicial Monto total de las sentencias condenatorias Monto total de las conciliaciones Honorarios y Costas de juicios ganados por médicos Total de Década Fuente: Fecliba Fundación Isalud
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