RESOLUCIÓN EXENTA N J

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1 Servicio Salud Bio Bio Ministerio de Salud ^ww955-' RESOLUCIÓN EXENTA N J LOS ANGELES, Q 9 MAR VISTOS: Estos antecedentes el MEMO N 75 del 07 de Febrero 2011 de la Jefe Dpto. Subdirección de RR.HH. de este Servicio de Salud donde se adjunta Flujo y Manual de Procedimiento Interno para acoger, investigar y sancionar el Acoso Laboral y /o Sexual del Servicio de Salud Bíobío, el ORD. C34N 709 del del Sr. Subsecretario de Redes Asistenciales del Servicio de Salud, la Resolución N 1600 del 2008 de la Contralona General de la República; los Arts. 20, 21,22 y 23 del D.L. N 2763/79; cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL N 01/2005 del Ministerio de Salud; modificado por la Ley N /2007, el Art. 8o del D.S. N 140/2004 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Servicios de Salud, el D.S N 069 de fecha 27/05/2010 del Ministerio de Salud que me designó en el cargo de DirectorSuplente de este Servicio de Salud, dicto la siguiente: RESOLUCIÓN 1.- Aprueba, Flujo y Manual de Procedimiento Interno para acoger, investigar y sancionar el Acoso Laboral y/o sexual, que se acompaña y que se entiende forma parte integrante de esta Resolución, para su conocimiento, aplicación y distribución. ANÓTESE Y COMUNIQÚESE ERNANDO VERC DIRECTOR (S) SERVICIO SALUD Bl< / URCUTIA DISTRIBUCIÓN: Sr. Director S.S.B.B. Sres. Directores: Hospital Sta. Bárbaro, Nacimiento, Laja, Mulchén, Yumbel y Huepil Dpto. Subdirección de RR.HH. Of. Partes D.S.S. Archivo Dpto. Calidad de Vida.

2 Gobierno de Chile /gss.- W jjt' MEMORANDUM N 75 REF.: Adjunto Flujo y Manual de Procedimiento Interno para acoger, investigar y sancionar el Acoso Laboral y/o Sexual. LOS ANGELES, 0 7 FEB DE: JEFE DPTO. SUBDIRECCIÓN RR.HH. SERVICIO SALUD BIOBIO A: SEGÚN DISTRIBUCIÓN 1.- Junto con saludarle, envío a usted flujo procedimiento a implementar ante una denuncia de acoso laboral y/o sexual quese presente en su establecimiento. 2.- Reenvío nuevamente a usted manual completo de procedimiento interno para acoger, investigar y sancionar el acoso laboral y/o sexual, que incorpora formato acta de denuncia de acoso y formato para relato descriptivo de la situación quese denuncia. 3.- Se le solicita adoptar medidas para la ímplementacion de estos procedimientos definidos desde esta dirección de salud. 4.- Finalmente, es necesario que nombre dos o tres personas idóneas para que cumplan la función de constituir un equipo de acogida de denuncias de acoso laboral y/o sexual en su establecimiento, sugiriendo que sean preferentemente profesionales del área psicosocial, lo que debe ser informado formalm>g*snf8rfca*subd rección. Saluda Atte. a Ud. A NIrjIO IR'eCGION RR.HH. ALUD BIOBIO DISTRIBUCIÓN Directores Hospitales Santa Bárbara, Nacimiento, Laja, Mulchén, Yumbel y Huepil - Dpto. Subdirección RR.HH. SS.BB. Oficina Partes Opto. Calidad de Vida.

3 Flujo proceso denuncia e investigación acoso laboral y/o Sexual CO o '5> 8 < (Presento Funcionario ^ Situación Acosa J E5 ^ Receptor de Denuncia Instancia Acogida Apoyo Psicosooial Director SSBB 1 Investigador o Fiscal 5 eo 'o Decide Denunciar Formalmente a> o a> o c o D i CO f No denunciar J o O 'o CO.o» «5 a> Investigación Sumarla O Sumario Mcxmg O 'o O en a> oc Sobreseimiento (Sanciones ^ Adminis^ativas^

4 Procedimiento Interno para acoger, investigar y sancionar el Acoso Laboral y/o Sexual Servicio de Salud Bio Bio Los Angeles 2010

5 Aspectos Generales El siguiente manual tiene por finalidad entregar orientaciones y especificaciones técnicas, propias de un proceso de denuncia, investigación y posterior sanción de una conducta tipificada como Acoso Laboral y/o Sexual Ámbito de Aplicación a) Éste procedimiento es aplicable a todas las personas que trabajan en y para el Servicio de Salud Bio Bio, independiente de su modalidad de contratación (personal planta, contrata y honorarios). Se usará cuando cualquier funcionario(a) se encuentre, desde la perspectiva del Código de Buenas Prácticas Laborales, en la necesidad de que se acoja, investigue y sancione una figura de Acoso Laboral y/o Sexual. b) Será incorporado como parte del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad del Servicio de Salud Bio Bio. c) Será informado, difundido y publicado en la red para el debido conocimiento de todo el personal. d) Definiciones Para efectos del presente manual se entenderá: Por el/la Denunciante: Funcionario(a) a que efectúa una denuncia por acoso laboral. Por el/la Denunciado(a): Funcionario(a) respecto de quien se ha presentado una(s) denuncia(s) por Acoso Laboral y/o Sexual. Por Denuncia: La relación de hechos que constituyen el acoso laboral y/o Sexual, debidamente registrada en el Formato Tipo de Denuncia de Acoso Laboral y/o Sexual. Por Funcionario(a) Receptor de Denuncia: Los receptores(as) elegidos para tal efecto. Por Acoso Laboral: Cualquier manifestación de una conducta abusiva, especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos y escritos, que puedan atentar contra la personalidad, dignidad o integridad física o psíquica de un funcionario, que pone en peligro su trabajo o que degrada su clima laboral, ejercidas de manera permanente, a lo menos durante dos meses.

6 Por Acoso Sexual: Se considera acoso sexual "el que una persona realice en forma indebida por cualquier medio requerimientos de carácter sexual, no consentido por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral o sus oportunidades en el empleo" (Ley N Procedimiento de Denuncia e Investigación Acogida: Se establece en este manual de procedimiento que toda persona que se acerca a realizar una denuncia por Acoso Laboral y/o Sexual tenga una instancia de acogida, donde se ofrezca al o la denunciante/víctima, un primer contacto con un receptor(a) con competencias para escuchar, contener, revisar datos y hechos descritos conduciendo a una reflexión diagnóstica que permita apoyar en la elaboración de la denuncia formal, cuando la víctima así lo demande, y guardar total confidenciabilidad del proceso. Denuncia La denuncia propiamente tal deberá constar por escrito, utilizando el formato de Acta de Denuncia por Acoso Laboral y/o Sexual que figura como anexo N 1 y anexo N 2 del presente documento. Quién efectúa la denuncia Conforme el formato de Acta de Denuncia por Acoso Laboral y/o Sexual, el/la denunciante deberá identificarse con su nombre completo, cargo, dependencia donde trabaja. Cédula Nacional de Identidad e indicar la fecha en que formaliza la denuncia. Deberá efectuar una relación clara y precisa de los hechos que motivan su denuncia, proporcionando la mayor cantidad de información posible acerca de los mismos, en especial indicando la fecha, hora y lugar en que éstos se produjeron, individualizando a testigos, si los hubiere, evitando emitir todo juicio de valor o calificación acerca de los mismos. Deberá identificar a la persona o personas contra quienes se dirige su denuncia y los medios de prueba que dispone para corroborarla. La falta de uno o más de los requisitos explicitados deberá ser ponderada por quien recibe la denuncia.

7 Víctima La víctima es el funcionarios (as) sobre quien recae la acción de acoso Laboral y/o Sexual. Quién recibe la denuncia Todo funcionario que desee hacer una denuncia por Acoso Laboral y/o Sexual podrá escoger ante quien efectuarla conforme lo siguiente: Existen dos tipos de receptores de denuncia de Acoso Laboral y/o Sexual. Ambas categorías de receptor de denuncia por acoso laboral y/o sexual deberán ceñir su accionar conforme al presente procedimiento. 1. Funcionarios elegidos como Receptores de Denuncia de Acoso Laboral y/os La subdirectora de Recursos Humanos designará a funcionarios(as), para que cumplan con lo señalado respecto a la función de receptor de denuncias considerando la perspectiva de género. Además, en cada establecimiento existirá un funcionario designado como ser receptor de denuncias, todas estas personas deben ser identificadas y dadas a conocer a todos los funcionarios del Servicio de Salud Bio Bio. 2. El Director del Servicio y/o los Directores de cada establecimiento podrán ser Receptores de denuncias por Acoso Laboral y/o Sexual. Ellos deben seguir el procedimiento señalado en este documento. Etapas del Procedimiento de Investigación: 1. El/la Receptor(a) de la Denuncia escuchará al o la Denunciante. Con posterioridad orientará con relación a la procedencia de las conductas que se describen como Acoso Laboral y/o Sexual y le advertirá de las consecuencias de una falsa denuncia. 2. Una vez acogida la denuncia, el Receptor(a) debe brindar el apoyo que la situación de crisis requiera, dar orientación respecto a los pasos a seguir. 3. El/la Receptor(a) deberá entregar a la Subdirectora de Recursos Humanos, el Acta de Denuncia en un plazo no superior a tres días La Subdirectora de Recursos Humanos remitirá de inmediato, o al día siguiente hábil, todos los antecedentes al Director del Servicio de Salud, quien examinará y calificará la procedencia de ordenar la instrucción de una Investigación Sumaria o Sumario Administrativo, el que tendrá por objeto verificar la existencia de los hechos, individualizar a los responsables, determinar su participación y si la hubiere, aplicar las sanciones

8 correspondientes, siguiendo las normas del Estatuto Administrativo referentes a la Investigación Sumaria o Sumario Administrativo. 4. La información contenida en el Acta de Denuncia y la información que proporcione a la Subdirectora de RRHH le servirá de orientación para el Director del Servicio y proveerá la información necesaria o suficiente para discernir, si procede una Investigación Sumaria o sumario administrativo, pudiendo instruir estas medidas administrativas. 5. Todos los antecedentes serán tratados con suma reserva, donde tomarán conocimiento de los datos el/la receptor(a) de la denuncia, la Subdirectora de RRHH, el Director del Servicio y el asesor jurídico de la institución. Posterior a la tramitación de investigación sumaria o sumario administrativo, si lo hubiere, tomará conocimiento de los antecedentes el fiscal y actuario respectivo que asuma el proceso. Medidas precautorias: El presente Manual contempla que de estimarse necesario, considerando la gravedad de los hechos denunciados, se contemple una serie de acciones o medidas precautorias que no impliquen menoscabo o pérdida de derechos para los involucrados. Dentro de las medidas se contempla: - La separación física de los involucrados. - La redistribución de tiempos de la jornada laboral La redestinación de una de las partes involucradas. Una vez realizada la investigación o sumario respectivo, el fiscal podrá considerara además las medidas preventivas señaladas en el Estatuto Administrativo, Ley N , artículo N 130.

9 Anexo N 1 FORMATO ACTA DE DENUNCIA DE ACOSO LABORAL Y/O SEXUAL SERVICIO DE SALUD BIO BIO CLAUSULA DE CONFIDENCIALIDAD El siguiente documento tiene por finalidad denunciar, a través de la formalización de esta por parte de un funcionario o funcionaría afectado(a) hechos o conductas que puedan ser constitutivas de Acoso Laboral y/o Sexual. Los antecedentes recopilados en el siguiente formato tienen un carácter de ESTRICTAMENTE RESERVADO, y serán resguardados por el Receptor de la Denuncia quien canalizará el Documento con total CONFIDENCIALIDAD. Las personas que pueden tomar acceso a esta información además del receptor de la Denuncia serán a la Subdirectora de RRHH, el Director del Servicio de Salud y el asesorjurídico del SSBB. Nota: Cualquier filtración de información contenida en el presente Documento, realizada por En Los Angeles, a Funcionario(a) del mes de _de 20 el Sr(a) _como referente del Servicio de Salud del Bio Bio, ha recepcionado la siguiente denuncia: I. Antecedentes Individuales del Denunciante Denunciante Afectado(a) Tercero(a) Nombre Completo Rut Fecha de Nacimiento Cargo Unidad Establecimiento Teléfono/Anexo Correo Electrónico Fecha Recepción

10 Lugar Derivación Fecha Derivación Entrega Anexos Sí No II. Denuncia Tipo de Denuncia Acoso Laboral Acoso Sexual I. Persona o personas a quien se les realiza la denuncia y Relación jerárquica respecto al denunciante (señalar con una X) NOMBRE Inferior Nivel Inferior Nivel Inferior Nivel Igual Nivel Igual Nivel Igual Nivel Superior Nivel Superior Nivel Superior Nivel IV. El / la Denunciante trabaja directamente con el / la Denunciado (señalar con una X): S V. El / la Denunciante ha puesto en conocimiento de su superior jerárquico Inmediato la situación que lo / la aflige: Si VI. El / la Denunciante declara haber sido victima del Acoso Laboral y/o Sexual desde hace (agregar número): Días Semanas Meses Años Vil. Detalle las acciones que considera Acoso Labora (ANEXO 1 ) VIII. Para acreditar lo anterior se cuenta con (señalar con X): Ningún antecedente específico Antecedentes documentales de respaldo Testigos Otros: No No

11 Señalar Tipos de medios de prueba que tiene. Detallar nómina de testigos: IX. Acciones propias realizadas por el Afectado(a) en torno a dar solución al problema Acción(es) Fecha Responsable / Involucrado Resultado obtenido Todo lo cual ratifica con su firma. Firma Denunciante Firma Funcionario Receptor de Denuncia

12 Nombre Completo Rut ANEXO N 2: RELATO DESCRIPTIVO DE LA SITUACIÓN QUE DENUNCIA Fecha relato descripción de denuncia Cargo Unidad Establecimiento Descripción de los Hechos Acontecidos (relatar de manera detallada las situaciones acontecidas desde el inicio y su desarrollo, señalando y considerando todos los aspectos relevantes) FIRMA DEL DENUNCIANTE

13 Pag. 2: Contiuaclón relato descriptivo de denuncia. FECHA.

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