La problemática técnico jurídica a la hora de trabajar como coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución
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- Martín Gutiérrez Ríos
- hace 7 años
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1 La problemática técnico jurídica a la hora de trabajar como coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución D. Jesús Esteban Gabriel Colegio Oficial de Aparejadores, Arquitectos Técnicos e Ingenieros de Edificación de Madrid Vocal Junta de Gobierno - Área de Seguridad y Salud del COAATM.
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3 índice Problemas en las interacciones con los distintos agentes intervinientes Sentencias en materia de coordinación de seguridad. Aspectos de interés
4 índice Problemas en las interacciones con los distintos agentes intervinientes Sentencias en materia de coordinación de seguridad. Aspectos de interés
5 Promotor (Privados y Administración) Proyectistas Dirección Facultativa (Director de Obra y Director de Ejecución) Empresas de Gestión de Proyectos y Construcción Contratista Subcontratista Trabajador Autónomo Técnicos de los Institutos Regionales de Seguridad Inspección de Trabajo y Seguridad Social Policía Judicial Sindicatos Trabajador Fiscales Jueces Coordinador de seguridad y salud (empresas, colegios, seguros, )
6 Promotor (Privados y Administración) Desconocimiento generalizado de las responsabilidades preventivas como promotor y de las funciones del coordinador de seguridad y salud Falta de interlocutor técnico por parte del promotor Comunicaciones de inicio, paralizaciones y reanudaciones de las obras; Comunicación de nuevas empresas contratistas, trabajadores autónomos, trabajos con medios propios, etc Falta de información para presupuestar los trabajos de coordinación Consideran que el Coordinador tiene que pedir TODA la documentación de los trabajadores, maquinaria, equipos,
7 Promotor (Privados y Administración) Concepto de considerar que hay que vigilar (a los trabajadores, subcontratación, documentación, ) Sanciones al Promotor por parte de la Inspección de Trabajo repercutidas (impago de facturas, ajuste de honorarios, ) al coordinador de seguridad. Producción vs. Prevención (plazos, ) Sigue habiendo administraciones que obligan al contratista a pagar los honorarios del coordinador de seguridad.
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9 Proyectistas Desconexión entre la integración de la prevención en la fase de proyecto con la ejecución de la obra. Falta de formación preventiva. Salvo cuando el proyectista es Director de Obra, no suele tener mucha presencia durante la ejecución. Suelen estar poco implicados en la prevención efectiva en la fase de ejecución de la obra. Las modificaciones del proyecto que entrañan problemas en la ejecución posterior no llegan a ser conocidas por el coordinador de seguridad.
10 Proyectistas Informe Pierre Lorent Impacto de la proposición de Directiva «obras temporales o móviles» sobre la formación en Seguridad. Fundación Dublín (...) En total el 63% de los accidentes mortales tienen su origen en decisiones que se toman antes de iniciar la obra 37% de los accidentes mortales debido a as propias condiciones de trabajo.
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12 Dirección Facultativa (Director de Obra y Director de Ejecución) Consideran generalmente al coordinador de seguridad un vigilante. Una vez designado al coordinador de seguridad, creen, generalmente, que los temas de seguridad no es de su alcance Decisiones sobre el proceso constructivo no comunicadas al coordinador de seguridad falta de comunicación También pueden escribir en el Libro de Incidencias.(se considera de forma universal que el coordinador es el único que puede escribir.)
13 Empresas de Gestión (Proyecto y Construcción) No tiene marco legal que regule sus funciones. Sus funciones están recogidas por contrato entre Promotor y Empresa de Gestión Figuras que aparecen Gestor de proyectos desde el concepto hasta el comienzo de obra Gestor de construcción coordinan técnica y económicamente a las empresas contratistas suele llevar a confusión a la inspección de trabajo respecto a quien coordina a las empresas Gestor de contratos ejecuta la totalidad de la obra ante el promotor contratista único ( llave en mano ) Facility Manager gestión operativa patrimonial durante la vida útil del edificio
14 Contratista Problemas con empresas pequeñas y medianas. Falta de cultura preventiva, poca colaboración (reuniones, cumplimiento del PSS, ), desconocimiento legal, falta de medios, etc La alianza Promotor + Contratista es más fuerte que la de Promotor + Coordinador en los casos de problemas preventivos en obra. (o de otro tipo que repercuten de igual forma económicos, plazos,.) Empresas extranjeras (idioma, documentación, ) También pueden escribir en el Libro de Incidencias.
15 Subcontratista Poca relación con el coordinador de seguridad por el mero hecho de la situación en la cadena jerárquica de la obra. Falta de cultura preventiva, poca colaboración (reuniones, cumplimiento del PSS, ), desconocimiento legal, falta de medios, etc Empresas extranjeras (idioma, documentación, ) También pueden escribir en el Libro de Incidencias.Muchos de ellos desconocen la existencia del mismo
16 Trabajador Autónomo La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos no les aplica convierte en deudor de la seguridad del TA a quien le contrata Trabajadores autónomos contratados por promotor = CONTRATISTA Trabajadores autónomos con personal contratado = EMPRESA (contratista o subcontratista) qué certeza tiene que tener el coordinador de las relaciones contractuales anteriores? También pueden escribir en el Libro de Incidencias.(se considera de forma universal que el coordinador es el único que puede escribir.). Muchos de ellos desconocen la existencia del mismo
17 Técnicos de los Institutos Regionales de Seguridad Falta generalizada (ámbito nacional) de unificación de criterios. En los casos de accidentes: Convocan reuniones con los técnicos (analizan declaraciones verbales, documentos presentados, etc ) Elaboración del análisis técnico dentro del informe de investigación de Instituto + Inspección Suelen ser, generalmente, más colaboradores con el coordinador, jefe de obra,. que la Inspección de Trabajo También pueden escribir en el Libro de Incidencias.
18 Inspección de Trabajo y Seguridad Social Falta generalizada (ámbito nacional y local) de unificación de criterios. Sanciones a los Promotores (por falta de colaboración, implicación, ) alegando falta de coordinación - repercusiones (ya comentado) EXCLUSIVAMENTE sanciones al Promotor, por no uso del Libro de Incidencias por el coordinador. No se valora la gestión técnica global del trabajo (ya comentado) Se obliga por requerimiento que el coordinador informe de la subsanación de deficiencias encontradas en la obra al Contratista indicando las medidas tomadas. Generalmente el papel es más punitivo que pro-activo y de asesoramiento
19 Inspección de Trabajo y Seguridad Social Posible traducción: 4 En virtud del artículo de la Ley 42/1997, se requiere para que el coordinador o dirección facultativa garantice la estabilidad de la utilización de la barandilla de hierro en andamio de encofrado como punto de anclaje de arnés
20 Inspección de Trabajo y Seguridad Social Interposición normalmente del Delito de Riesgo Art. 316 CP por el Ministerio Fiscal a petición de la Inspección y Sindicatos Cuando se compruebe que una situación de incumplimiento está implicando, o ha implicado un riesgo importante para la vida de los trabajadores, se podrá en conocimiento del Fiscal, a los efectos de una posible imputación por delito contra la seguridad y salud en el trabajo, tipificado en Código Penal (arts )
21 Inspección de Trabajo y Seguridad Social En los casos de accidentes: Convocan reuniones con los técnicos (se toma declaración) Se piden Informe de Investigación del accidente a los coordinadores desconociendo muchas veces estos el uso final del documento Elaboración del informe de investigación (gran peso en el futuro proceso judicial conjuntamente con su defensa) En las actas de infracción a las empresas contratistas puede quedar recogida una mala actuación del coordinador de seguridad También pueden escribir en el Libro de Incidencias.
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23 Policía Judicial Desconocimiento generalizado del proceso constructivo. Desconocimiento generalizado de las obligaciones y funciones de los agentes intervinientes en el proceso Falta de formación técnica y preventiva Toma declaración a los implicados y/o los que están presente en el momento del accidente Elaboración de Informe
24 Sindicatos El coordinador de seguridad ES UN TRABAJADOR IGUAL QUE EL RESTO (Encargados, oficiales, peones, etc ), ya sea profesional liberal o asalariado Puede personarse como acusación popular en un proceso judicial. Recomendación: que los técnicos, encargados (que no lo estén ya, ) se afilien a un sindicato con el fin de ser defendidos y asesorados de igual forma que el resto de los trabajadores
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26 Trabajador Poca relación con el coordinador de seguridad por el mero hecho de la situación en la cadena jerárquica de la obra. Dificultad, algunas veces, de comunicación cuando llega el caso (idiomas y dialectos) Percepción del peligro; costumbre; etc Cualificación profesional ( el que no vale para otra cosa a la obra ) pobre percepción social. Nos centramos en la formación en PRL y no en la cualificación Relación empresa trabajador falta de motivación Malos hábitos en algunos casos ( )
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28 Jueces, Fiscales Desconocimiento generalizado de las obligaciones, funciones, aspectos técnicos e interacciones de los distintos agentes intervinientes en un proceso constructivo Demoras en los procesos judiciales - pena de banquillo Desconocimiento generalizado por parte de los técnicos, trabajadores, de la maquinaria procesal y sus posibles repercusiones Lenguaje jurídico falta de confianza generalizada en el proceso
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30 Coordinadores de Seguridad (empresas, seguros, colegios, ) Carga de trabajo asignada al coordinador (en el caso de contratados por empresas); experiencia, conflicto de intereses, Existencia de servicios de asesoramiento especializado a los colegiados en caso de accidente (servicio SAGA COAATIEM). Necesidad de un seguimiento más personalizado desde el momento que ocurre el accidente hasta la ejecución de la sentencia Vínculo técnico abogado (confianza mutua, profesionalización, ) ( )
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33 índice Problemas en las interacciones con los distintos agentes intervinientes Sentencias en materia de coordinación de seguridad. Aspectos de interés
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35 Coordinador de Seguridad y Salud Juzgado de lo Penal nº 2 de A Coruña de 18 de octubre de 2007 No es la indemnización la función principal del ámbito penal. su trabajo no consiste en permanecer de forma constante en la obra, cuidando de que las medidas de seguridad se respeten, sino en coordinar con los responsables de la obra la aplicación del Plan. es imposible que pueda estar constantemente en obra, cuando en cada obra en concreto, la vigilancia para que se respeten las normas de seguridad se ha de realizar, bien por los trabajadores designados como responsables del servicio de prevención, o bien mediante la contratación de un servicio externo al respecto. como los propios técnicos de trabajo depusieron en Plenario, la Coordinación de Seguridad y salud no es sujeto pasivo de la ley de Prevención de Riesgos Laborales.
36 Coordinador de Seguridad y Salud Audiencia Provincial de Álava 17 julio de 2007 respecto al coordinador su designación era necesaria pues intervenían en la edificación varias empresas pero buena parte de sus funciones, cuando no es exigible el nombramiento de este profesional corresponde a la dirección facultativa lo que nos revela que no es un operador encargado de vigilar la ejecución de los trabajos al pie de obra y cada día. no cabe achacar el incidente a una falta de coordinación porque entonces sólo trabajaban operarios de una única empresa. Estaba fuera de su capacidad de control que se decidiera encofrar y desencofrar...no se hallaba obligado a supervisar personalmente de que manera se hacían.
37 Coordinador de Seguridad y Salud Audiencia Provincial de Pontevedra 8 de enero de 2008 La resolución revoca la condena dictada en instancia a dos arquitectos técnicos que asumían la dirección de ejecución de obra por los delitos contra los derechos de los trabajadores y de lesiones por imprudencia grave. La Audiencia confirma, en cambio, la condena contra el administrador único de la empresa constructora y contra el responsable de seguridad. Curiosamente, en el proceso nunca se imputó delito alguno a los arquitectos técnicos que desempeñaban las funciones de coordinador de seguridad y salud en fase de ejecución.
38 Coordinador de Seguridad y Salud Audiencia Provincial de Badajoz 3 de junio de 2008 es el contratista quien ha de elaborar el Plan de Seguridad y Salud en el trabajo, ( ) y el art.11. (del citado Real Decreto) obliga al contratista, y no a otro, a cuidar del control periódico de las instalaciones y dispositivos de prevención de riesgos laborales, y a cumplir y a hacer cumplir a su personal lo establecido en el Plan de Seguridad,.
39 Coordinador de Seguridad y Salud Audiencia Provincial de Álava 23 de diciembre de 2008 En realidad, el plan de seguridad no lo redacta el coordinador, sólo lo aprueba (art. 9 del Real Decreto 1627/1997) y la tarea de este técnico es, precisamente, la de coordinar, no la de vigilar, función que corresponde a otros responsables (encargado de la obra, recurso preventivo, etc.). Como decíamos en nuestro reciente auto de 16 de diciembre de 2008, con cita de otros anteriores, el coordinador de seguridad no es un operador encargado de vigilar la ejecución de los trabajos a pie de obra y cada día (...) No es tarea del coordinador la diaria y constante vigilancia de la efectiva aplicación de las medidas de prevención de riesgos y las obligaciones profesionales legalmente establecidas no pueden interpretarse de manera extensiva para responsabilizarle de cualquier fallo de la seguridad, pues cada uno de los operadores de la obra con deberes sobre esta materia tiene sus propias obligaciones y responsabilidades, a veces claramente discernibles.
40 Coordinador de Seguridad y Salud Audiencia Provincial de Valencia 26 de marzo de 2009 ( significando en cuanto al coordinador de seguridad que no le corresponde la vigilancia y control diario de que los trabajadores utilicen las medidas de protección colectivas e individuales, no teniendo obligación de permanecer permanentemente en la obra, )
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