Ley del Régimen Prestacional de Empleo
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- Germán Olivera Navarrete
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1 Ley del Régimen Prestacional de Empleo
2 Antecedentes 1. Gaceta Oficial N del 27/09/ Decreto sobre Paro Forzoso, derogado el 30/12/ Es una ley de los subsistemas de Seguridad Social.
3 Objeto de la ley, Art. 1 Asegurar atención integral a los desempleados y subempleados Asegurar una prestación dineraria Sujetos de ley, Art Trabajadores y empleadores formales 2. Trabajadores independientes 3. Trabajadores asociativos o de cooperativas 4. Aprendices 5. Desempleados
4 Componentes del Sistema 1) Red de servicios de atención al desempleado 2) Red de Observatorios Laborales 3) Comités Comunitarios de Activación Socio Productiva 4) Asambleas de Comités Ente Rector: Ministerio del Trabajo
5 Instituto Nacional de Empleo Funciones, Art. 13: Solicitar a la TSS la liquidación de las prestaciones dinerarias. Capacitar y reinsertar a discapacitados por enfermedad o accidente de trabajo Coordinar todo el Subsistema
6 Servicio de Migraciones Laborales, Art Canalizará las solicitudes de requerimientos de trabajadores extranjeros realizadas por los empleadores, y autorizará el ingreso para cubrir áreas prioritarias para el desarrollo del país. 2. El Reglamento establecerá los requisitos.
7 Red de Observatorios, Art. 24 Articularán mecanismos de alerta temprana de pérdida del empleo, por cierre o transformación de empresas. Funcionarán local y nacionalmente.
8 Deber de Afiliación, Art. 29 Todo empleador, incluso ETT e Intermediarios, con Aprendices y Trabajadores bajo relación laboral o contrato, debe afiliarlos dentro de los 3 días siguientes al inicio de la relación o contrato. El empleador deberá comunicar a la TSS, todos los datos de la empresa y sus representantes, cada vez que se produzca un cambio.
9 Cotización, Art. 45 al 47 Se causará por meses vencidos La base de cálculo es el salario del mes inmediatamente anterior. La cotización será del 2.50% del salario normal El 80% estará a cargo del empleador; y el 20% será aportado por el trabajador. Deberá enterarse en los primeros 5 días hábiles de cada mes. No podrá hacerlo después
10 Límite de la Cotización Sentencia del TSJ 2/3/05 Artículo 132. Artículo Hasta tanto se aprueben las leyes de los regímenes prestacionales, el cálculo de las cotizaciones del S S O se hará tomando como referencia los ingresos mensuales que devengue el afiliado, hasta un máximo equivalente a 5 salarios mínimos urbanos vigentes, unidad de medida que se aplicará a las cotizaciones establecidas en la Ley del Seguro Social.
11 Prestaciones al Cesante Art % del monto de su salario promedio para las cotizaciones de los últimos 12 meses. 2. Capacitación Laboral
12 Requisitos para el derecho Art Tener 12 Cotizaciones, en los últimos 24 meses. 2. Estar afiliado al SSS 3. Haber caído en Cesantía por: Despido Injustificado; Sustitución de patrono no aceptada Cese de actividades de la empresa Terminación del Contrato
13 Notificación de la Cesantía 1. El empleador notificará a la Tesorería de Seguridad Social y al INEM, dentro de los 3 días siguientes. 2. Entregará al trabajador -en formato del INEM- una planilla de cesantía, dentro de los 3 días siguientes. 3. El incumplimiento será sancionado.
14 Procedimientos de Estabilidad Laboral, Art El INEM llevará un registro de todos los procedimientos judiciales. 2. Las autoridades judiciales deberán informar al INEM,, el comienzo de estos procedimientos. 3. El INEM,, informará a los Tribunales e Inspectorías de los pagos hechos al trabajador
15 Estabilidad Laboral, Art. 38 Si el procedimiento es declarado Con Lugar, deberá deducirse lo pagado por el INEM. Si concluye por Transacción, el Juez o Inspector ordenará la deducción de lo pagado. En ambos casos, el patrono deberá enterar el monto deducido a la TSS. Hasta tanto no se efectúe el pago, no se homologará la Transacción.
16 Responsabilidad del Patrono Art Si no afilió al trabajador, o a la empresa, o no enteró las cotizaciones, deberá pagar todas las prestaciones y beneficios.
17 Sanciones Pecuniarias Art. 55 Multa de 25 a 100 UT Infracciones leves, graves y muy graves 2 años Prescripción, Art. 39:
18 Régimen Transitorio La ley entra en vigencia, a partir de su publicación en la GO. Hasta tanto se cree el INEM y la Tesorería de Seguridad Social, el IVSS continuará administrando las Cotizaciones y la prestación dineraria
19 Ley Orgánica de Prevención, n, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo
20 Cuerpo Normativo 1.- LOPCYMAT (26 de julio de 2005). 2.- Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social (30/12/02). 3.- Reglamento de las Condiciones de Higiene y Seguridad (1973)
21 Articulación con otras leyes Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Ley del Seguro Social Obligatorio Ley Orgánica del Trabajo Ley del Régimen de Seguridad y Salud Ley Penal del Ambiente
22 Órganos Rectores Ministerio del Trabajo Ministerio de Salud y Desarrollo Social Ministerio de Turismo Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales INPSASEL (Ente de Gestión)
23 INPSASEL Aportantes: Patronos Beneficiarios: Trabajadores Formales Trabajadores Informales Conserjes Trabajadores a Domicilio Servicio Doméstico Cooperativas
24 Sector FORMAL INFORMAL TOTALES 40,40 60,60
25 Sector PRIVADO PUBLICO TOTALES 16,00 84,00
26 INPSASEL 1. Inspección de las condiciones de seguridad y salud 2. Aplicar las sanciones 3. Calificar el grado de peligrosidad de las empresas 4. Investigar los accidentes y enfermedades 5. Calificar su origen ocupacional 6. Determinar el grado de discapacidad 7. Registrar y acreditar los Comités de Seguridad y Salud 8. Tramitar el pago de las Prestaciones por causa de Accidente o Enfermedad
27 LOPCYMAT: 1. Deber de Registro, Afiliación y Cotización. 2. Deberes y Derechos de Empleadores y Trabajadores 3. Normas de Seguridad. 4. Accidente de Trabajo 5. Enfermedad Ocupacional 6. Tiempo Libre.
28 LOPCYMAT: 7.- Facultades de INPSASEL. 8.- Empresas Contratistas, Intermediarias y ETT. 9.- Contratos a Tiempo Determinado y Obra Determinada 10.- Sanciones Penales y Administrativas 11.- Disposiciones de Orden Público
29 Deber de Afiliación 1.- Dentro de los 3 primeros días del inicio de la relación laboral. 2.- Cotización del 1% al 10% del salario. 3.- Ampara a trabajadores formales, informales, a domicilio, domésticos, conserjes y cooperativistas.
30 Prescripción 1. 5 años ante la Tesorería de Seguridad Social contados a partir de la fecha de certificación del origen ocupacional del accidente o de la enfermedad por parte de la unidad técnico- administrativa del INPSASEL correspondiente.
31 Prescripción 5 años a Empleadores, contados a partir de la fecha de la terminación de la relación laboral, o de la certificación del origen ocupacional del accidente o de la enfermedad por parte del INPSASEL, lo que ocurra de último.
32 Condición de las ETT Derogados los Arts.. 23 al 28 del RLOT. Son consideradas Intermediarios. Art. 54 de la LOT. Los trabajadores deberán designar Delegados, bien para conformar su propio Comité o incorporarse al Comité existente en la empresa beneficiaria.
33 Deberes de la Empresa Beneficiaria Observar toda la normativa de HyS Deber de Notificación de Riesgos Deber de Inducción No se pueden asignar tareas distintas Informar al Comité, al Servicio de Seguridad y Salud y al Sindicato, en los 5 primeros días Solidariamente responsable por los Accidentes y Enfermedades
34 Condición de las ETT y Contratistas El beneficiario de la labor es solidariamente responsable. Los trabajadores contratados gozarán de los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores contratados directamente por el patrono beneficiario.
35 Sentencia del TSJ Sala Constitucional, 18/10/ Suspendió la aplicación de la Disposición Derogatoria Tercera de la LOPCYMAT. 2.- Declaró la Nulidad Parcial Temporal del Art. 57, párrafos 1 y 5
36 Del Comité de Seguridad y Salud Laboral 1. Órgano paritario conformado por los delegados de los trabajadores, y los representantes del empleador. 2. Debe registrarse y presentar informes periódicos de sus actividades ante INPSASEL
37 Del Comité de Seguridad y Salud Laboral Programa de Seguridad y Salud en el Trabajo y Talleres de Formación. Planificación del trabajo y nuevas tecnologías. Prevención y control de accidentes y enfermedades. Recreación y tiempo libre Reunirse periódicamente y llevar los registros correspondientes.
38 Delegados de Higiene y Seguridad Hasta 10 trabajadores: 1. De 11 a 50 trabajadores: 2 De 51 a 250 trabajadores 3 De 251 en adelante: 1 delegado adicional por cada 500 trabajadores, o fracción.
39 Atribuciones de los Delegados Constituir y participar en el Comité de Seguridad y Salud Laboral Recibir las denuncias relativas a las condiciones y medio ambiente Está obligado a guardar sigilo profesional Inamovilidad desde su elección y hasta tres (3) meses después de vencido el término Durará 2 años en sus funciones
40 Derechos de los Trabajadores A ser informados, antes del inicio de su actividad, de las condiciones en que se va a desarrollar su labor A recibir formación teórica y práctica, para la ejecución de sus funciones Inamovilidad, desde que notifiquen al Inspector del Trabajo la voluntad de elegir los delegados de prevención La elección debe realizarse dentro de los siguientes 30 días
41 Inducción y Notificación Por escrito y dejar constancia Al ingresar al trabajo. Cuando se produzcan cambios en las funciones que desempeñe Cuando se introduzcan nuevas tecnologías o cambios en los equipos de trabajo.
42 Derecho a rehusarse a trabajar Cuando tenga motivos razonables para creer que existe un peligro inminente para su salud o vida. No se considera abandono del trabajo. Lo comunicará al Delegado y al Supervisor inmediato. Se reanudará la actividad cuando el Comité lo determine.
43 Otros derechos de los Trabajadores 1. Contar con equipos de protección adecuados 2. exámenes de salud preventivos 3. A ser protegidos del despido 4. A ser afiliados por sus empleadores al Régimen Prestacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. 5. A ser reubicados de sus puestos de trabajo
44 Deberes de los Empleadores Abstenerse de realizar conductas ofensivas, maliciosas, intimidatorias y de cualquier acto que perjudique psicológica o moralmente a los trabajadores y prevenir toda situación de acoso por medio de la degradación de las condiciones y ambiente de trabajo, violencia física o psicológica, aislamiento o por no proveer una ocupación razonable al trabajador de acuerdo a sus capacidades y antecedentes y evitar la aplicación de sanciones no claramente justificadas o desproporcionadas y una sistemática e injustificada crítica contra el trabajador, o su labor.
45 Deberes de los Empleadores Evitar acoso sexual; discriminación contra los aspirantes a obtener trabajo. Garantizar el auxilio inmediato al trabajador lesionado o enfermo Adecuar los métodos de trabajo, las máquinas, herramientas y útiles, a las características psicológicas, cognitivas, culturales y antropométricas de los trabajadores Deberes documentales
46 Deberes de los Empleadores Asumir las mismas obligaciones con los trabajadores de las Contratistas, Intermediarias, ETT, Trabajadores por Tiempo y Obra Determinada. Es solidariamente responsable con éstas, en el deber de reintegrar las prestaciones en caso de enfermedades y accidentes de trabajo, a la Tesorería de S S por el incumplimiento del deber de afiliar y cotizar
47 Accidente de Trabajo - Todo suceso que produzca una lesión o la muerte, resultante de una acción en el curso, por el hecho o con ocasión del trabajo. -La lesión producto de la exposición a agentes físicos, mecánicos, químicos, biológicos, psicosociales, condiciones metereológicas. -Los accidentes que sufra el trabajador en el trayecto hacia y desde su centro de trabajo
48 Declaración del Accidente El empleador debe informarlo dentro de las 24 horas siguientes ante el INPSASEL, el Comité de Seguridad y Salud Laboral y el Sindicato. El trabajador, sus familiares, el Comité de Seguridad y Salud Laboral, otro trabajador, o el Sindicato.
49 Enfermedad Ocupacional Estados patológicos contraídos o agravados con ocasión del trabajo o exposición al medio, tales como la acción de agentes físicos y mecánicos, condiciones disergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental, temporales o permanentes
50 Clasificación de las Discapacidades Discapacidad Temporal: Prestación dineraria = 100% del salario Se contará a partir del 4º día El empleador pagará el salario, incluyendo todos los beneficios socioeconómicos como si hubiese laborado la jornada correspondiente a los tres primeros días Si amerita que reciba la atención de otra persona, la indemnización diaria se incrementa hasta 50% adicional
51 Discapacidad Temporal Nace con el diagnóstico del médico. Deberá ser validado por el INPSASEL Puede permanecer hasta por 12 meses continuos. Agotado este lapso, el trabajador deberá ser evaluado por el INPSASEL Podrá estar discapacitado hasta por 12 meses adicionales
52 Clasificación de las Discapacidades Discapacidad parcial permanente: Disminución parcial y definitiva menor del 67% de su capacidad Discapacidad total permanente para el trabajo habitual Disminución mayor o igual al 67% de su capacidad para su labor habitual
53 Clasificación de las Discapacidades Discapacidad absoluta permanente para cualquier tipo de actividad laboral: Disminución total y definitiva mayor o igual al 67% de su capacidad, para cualquier trabajo Gran discapacidad: Obliga al trabajador a auxiliarse de otras personas para realizar los actos elementales de la vida diaria
54 Efectos de la Discapacidad Obligación de reingresar o reubicar al trabajador. En el cargo que desempeñaba, o Reubicarlo en un puesto compatible con sus capacidades residuales Se efectuarán los traslados de personal que sean necesarios. El empleador informará de las medidas tomadas al INPSASEL
55 Efectos de la Discapacidad El trabajador, gozará de inamovilidad por un 1 año, desde la fecha de su reincorporación. La antigüedad comprenderá, el tiempo que dure la discapacidad temporal.
56 Tipos de responsabilidad del Empleador Administrativas: Leves = 25 UT p/trabajador Graves = 26 a 75 U.T Muy graves = 76 a 100 U.T Penales y Civiles Infracciones en seguridad y salud en el trabajo = 100 UT El doble si hay reincidencia.
57 Responsabilidad del Empleador Si existiere violación a la normativa en caso de accidente o enfermedad, el empleador tendrá responsabilidad penal, y deberá pagar además de las prestaciones a cargo de la SS, una indemnización adicional, más el Daño Material y el Daño Moral, de conformidad con el Código Civil.
58 Responsabilidad Penal Los Representantes del Patrono. Cuando hay violación a la LOPCYMAT: Muerte Datos Falsos Quien no informe = 8 a 10 años = 1 a 2 años = 1 a 2 años Discapacidad total permanente con imposibilidad para realizar los actos elementales de la vida diaria = 5 a 9 años Discapacidad total permanente para cualquier tipo de actividad, = 5 a 8 años Discapacidad total permanente para el trabajo habitual, = 4 a 7 años
59 Responsabilidad Penal Discapacidad parcial permanente = de 2 a 4 años Discapacidad temporal, = 2 meses a 2 años Discapacidad temporal con imposibilidad para realizar los actos elementales de la vida diaria: = de 2 a 4 años Los delitos de esta Ley son de acción pública
60 Botiquín de Primeros Auxilios para el manejo fácil de la LOPCYMAT
61 Articulación con otras leyes Ley Orgánica del Sistema de Seguridad Social Ley del Seguro Social Obligatorio Ley Orgánica del Trabajo Ley del Régimen de Seguridad y Salud Ley Penal del Ambiente Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas
62 Recomendaciones Comprensión de la función de INPSASEL Cambio de cultura Asignación de Recursos Designación de un Órgano de H y S Planificación Selección de Asesores calificados multidisciplinarios Caracterización de la empresa
63 Recomendaciones En paralelo: Constitución del Comité. Reporte de investigación de Infortunios Exámenes Médicos Auditoría de Higiene y Seguridad: Médicos Ocupacionales Técnicos en Higiene y Seguridad Especialistas en Ambiente Psicólogos Industriales Abogados Laborales
64 Comité de Salud y Seguridad Inducción de los Delegados Compromiso de trabajo (30%) Compromiso de Confidencialidad Elaboración del Reglamento Preliminar Programación de los Talleres Básicos: Control de Emergencias Prevención de Incendios Primeros Auxilios Prevención de Accidentes
65 Auditoría de Higiene y Seguridad 1. Detección de necesidades 2. Análisis de Riesgos: a)patrimoniales b)trabajador c) Ambiente 3. Calificación de los Riesgos 4. Diagnóstico 5. Establecer prioridades en el Plan 6.Formular y aprobar el Programa de H y S 7. Asignar recursos
66 Adecuación a la ley Elaboración de la Notificación de Riesgos. Instrumentación de las otras Obligaciones Documentales. Implementación de los Programas: Inducción y Formación Motivación Planificación Prevención
67 Articulación de los Programas Programa de Higiene y Seguridad Programa de Salud Ocupacional Programa de Recreación y Turismo Programa Anti Drogas Programa de Preservación del Ambiente
68 Adecuación a la ley Regularización de Vacaciones Adecuación de las Horas Extras Regularización de la inscripción y Cotización en el IVSS Verificación de Contratistas y ETT Actualización de los expedientes de los trabajadores. Mantenimiento de archivos por 5 años. Monitoreo
69 Calle Hans Neumann, Edificio Corimón, P.B. Los Cortijos de Lourdes, Caracas-Venezuela Tlf: (58) (212) Fax: (58) (212)
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