MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

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1 NORMATIVIDAD Y CULTURA IMPRENTA NACIONAL D E C O L O M B I A República de Colombia Fundado el 30 de abril de 1864 Libertad y Orden Año CXLIV No Edición de 24 páginas Bogotá, D. C., martes 13 de octubre de 2009 I S S N MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO L I C I T A C I O N E S El RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO 2836 DE 2009 (octubre 13) por la cual se autoriza a la Nación para emitir, suscribir y colocar títulos de deuda pública externa en los mercados internacionales de capitales, hasta por la suma de mil millones de dólares (USD $ ) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas y se dictan otras disposiciones. La Viceministra General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de las Funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus Conpes, y el concepto de la Comisión Interparlamentaria de Crédito Público si se trata co por unanimidad emitió concepto único a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Vea Indice de Licitaciones en la última página - Otros gastos y comisiones: Los propios del mercado para esta clase de operaciones. Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. - Diario, requisito que se entiende cumplido con la orden impartida por el Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, según La Viceministra General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, encargada de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Gloría Inés Cortés Arango. MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS RESOLUCIONES DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES RESOLUCION NUMERO DE 2009 por la cual se señalan algunas reglas para el periodo de transición del actual administrador del cctld.co al nuevo administrador designado mediante la licitación 002 de 2009.

2 2 Fundado el 30 de abril de 1864 Por el Presidente Manuel Murillo Toro Tarifa postal reducida No. 56 DIRECTORA: MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA IMPRENTA NACIONAL DE COLOMBIA MARÍA ISABEL RESTREPO CORREA Gerente General Carrera 66 N o (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia Conmutador: PBX correspondencia@imprenta.gov.co - Que el Comité Asesor Gubernamental -GAC de ICANN considera que los registros Que el GAC considera que ningún derecho de propiedad intelectual, o de otro tipo, Que El Comité Asesor Gubernamental GAC de la ICANN3 en su interés de aclarar - y de ICANN (documento Principios para la delegación y administración de dominios - - Dominio y Direcciones de Internet destaca que el papel de los gobiernos es establecer un que puedan interfuncionar las redes mundiales de información y estas sean ampliamente Que también de acuerdo con la citada resolución, la gestión futura del registro y atribución - encargadas de la atribución de recursos Internet, y Que el gestor o administrador de cada cctld ha de cooperar con el Gobierno o pública (documento Principios para la delegación y administración de dominios territoriales - como a la comunidad mundial de Internet (documento Principios para la delegación y Objeto- - el desarrollo de sus funciones como administrador del dominio cctld.co. mentales la aprobación por parte de las autoridades internacionales competentes: Internet Assigned Number Authority (IANA), e Internet Corporation For Assigned Names And domains/root/delegation-guide/ Etapa 1. Primera etapa. El periodo temporal comprendido entre el principio del proceso de transición hasta la redelegación, entendida esta como el cambio de registro de entidad pa- Información Información y las Comunicaciones, con destino a co Internet S.A.S., la información necesaria para que co internet S.A.S. pueda: - entregada.. Durante el proceso de transición, y redelegación y en Contactos Vigencia. La presente resolución rige desde la fecha de su publicación. María del Rosario Guerra de la Espriella. RESOLUCION NUMERO DE 2009 por la cual se aprueba una emisión postal.

3 3 que permitan la aprobación de la programación anual de emisiones postales. - - Daniel Enrique Medina Velandia. RESOLUCION NUMERO DE 2009 por la cual se aprueba una emisión postal - que permitan la aprobación de la programación anual de emisiones postales. - - Daniel Enrique Medina Velandia. RESOLUCIONES MINISTERIO DE CULTURA RESOLUCION NUMERO 2046 DE 2009 por la cual se liquida unilateralmente el contrato de prestación de servicios profesionales número suscrito entre el Ministerio de Cultura y Rafael Calixto Escalona Martínez. El Secretario General del Ministerio de Cultura, en uso de sus facultades legales otorgadas n apoyar al Ministerio de Cultura en el Desarrollo de Políticas encaminadas a la investigación y creación musical que contribuye al fortalecimiento y difusión del patrimonio Histórico Musical a liberar por parte del Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de Cultura. Que no siendo posible la liquidación de mutuo acuerdo, se hace necesario dar aplicación Segundo. Ordénese al Grupo de Gestión Financiera y Contable del Ministerio de, en los Quinto. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición dentro de los El Secretario General Ministerio de Cultura, Enzo Rafael Ariza Ayala. SUPERINTENDENCIAS Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO SSPD DE 2009 por la cual se amplía el plazo de la liquidación de la Empresa de Servicios Públicos de Oriente ESPO S.A. E.S.P.

4 4 - - Teniendo en cuenta que la anterior solicitud se encuentra debidamente sustentada y que - Evamaría Uribe Tobón RESOLUCION NUMERO SSPD DE 2009 por la cual se acepta una renuncia y se designa liquidador para la Empresa de Servicios Públicos del Oriente ESPO S.A. E.S.P. en liquidación. - ESPO S.A. E.S.P. los términos de ley. principal de la empresa. Evamaría Uribe UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES Comisión de Regulación de Energía y Gas RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO 133 DE 2009 chadas centralmente. el inicio del cronograma para la asignación de las OEF de que trata esta resolución. Vigencia. Esta resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el. El Presidente, Hernán Martínez Torres, Hernán Molina Valencia. ANEXO CRONOGRAMA PARA LA ASIGNACION DE OBLIGACIONES DE ENERGIA FIRME Tipo Descripción Responsable Fecha tros tros Declaración de EN- FICC Declaración de contratos Plantas No Despachadas Centralmente - haciendo uso de los formatos - ca hasta la última aprobación CNO. Cambios en contratos de combustible. Solicitud de aclaración de pa- Publicación del documento La declaración de ENFICC quienes la declaren por prime- formidad con lo establecido en Agentes con plantas o uni- - su ENFICC de Agentes con plantas o uni- tentes. CREG CREG Agentes con plantas o uni- tentes. Los agentes que no declaren ENFICC - Declaración suscrita por el Agentes con plantas o uni- representante legal del agente generador que representa Plantas No Despachadas Centralmente, con la que informa si tiene contratos en los que asignar. CND-CREG aclaraciones a la declaración de ENFICC. Asignación de Obliga- Asignación de las Obliga- ASIC -

5 5 Tipo Descripción Responsable Fecha Entrega de Contratos y Aquellos agentes que no hayan remitido la copia de los contratos de suministro de combustibles y transporte de gas natural. Agentes con plantas o uni- tentes Solicitud de aclaración ASIC Reasignación de Obli- Reasignación por parte del ASIC ASIC conforme a la regula- Firme de asignación de Obli- ASIC ASIC de conformidad con la Firme. El Presidente, Aeronáutica Civil RESOLUCIONES Hernán Martínez Torres, Hernán Molina Valencia. RESOLUCION NUMERO DE 2009 por la cual se actualizan las tarifas por Derechos de Pista para vuelos nacionales e internacionales en el Aeropuerto El Dorado de Bogotá. S.A. o el Concesionario ) para la construcción de la segunda pista del Aeropuerto El Dorado y obras complementarias, incluyendo el suministro, instalación y prueba de equipos, y por el cumplimiento de las obligaciones que este asume como tal, la cesión por parte de 3. Que mediante Resolución iguales, en términos constantes, durante toda la etapa de Mantenimiento, para lo cual estas América y en Colombia). 102, ,693 nacionales e internacionales, que se realicen en el Aeropuerto El Dorado, para el segundo OPERACIONES NACIONALES Grupo Rangos P.B.M.O. Peso Bruto Máximo Operación Componente Pesos Col. $ 1n 3n 31,31 Componente Dólares Americanos US$ Grupo Rangos P.B.M.O. Peso Bruto Máximo Operación Componente Pesos Col. $ Componente Dólares Americanos US$ en pesos colombianos por derechos de pista, los anteriores componentes a la Tasa Repre- OPERACIONES INTERNACIONALES Grupo Rangos P.B.M.O. Peso Bruto Máximo Operación Componente Pesos Col. $ Componente Dólares Americanos US$ 1i 31,18 3i - (TRM) de la fecha de pago. correspondientes al semestre inmediatamente anterior. CODAD S.A El Director General, (Fdo.) Fernando Sanclemente Alzate. ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS Instituto Geográfico Agustín Codazzi Dirección Territorial Cesar RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO DE 2009 por medio de la cual se ordena la Actualización del Catastro Jurídico Fiscal del Municipio de Curumaní, parte Urbana, Rural y Corregimientos, la parte Rural y Corregimientos de los Municipios de Chimichagua y Chiriguaná.

6 6 - Que por lo enunciado, - para efectos de la publicación en el EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía ACUERDOS ACUERDO NUMERO 06 DE 2009 por el cual se deroga el Acuerdo 14 de 2005 y se establecen políticas y directrices para el manejo de las cesantías por parte de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía. - - conformidad con lo dispuesto por el Gobierno Nacional. cual se establecieron normas sobre el régimen prestacional de los empleados públicos, los - - Políticas y directrices generales para el manejo de cesantías. El presente -. De conformidad con lo dispuesto en Ambito de aplicación - Cuenta individual de cesantías - Extractos Transferencia de las cesantías - Mora en la transferencia de las cesantías. De conformidad con las normas - Clases de retiros de cesantías - Errores en la información -

7 7 Rentabilidad de las cesantías Supervisión y vigilancia de los aportes desembolsados. En desarrollo de - Campañas de promoción Vigencia - Doctor Luis Manuel Neira Núñez. Abogada María Teresa Russell García. ACUERDO NUMERO 07 DE de Solidaridad. - CATEGORIA VIGENCIA 2007 VIGENCIA 2008 VIGENCIA 2009 Valor de la vivienda a adjudicar CATEGORIA VIGENCIA 2010 OFICIAL AGENTE SOLDADO PROFESIONAL en cuenta las normas contempladas en los estatutos de carrera o aquellas que las susti- Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación Fondo de Solidaridad. Doctor Luis Manuel Neira Núñez. Abogada María Teresa Russell García. V A R I O S Fondo Nacional de Vivienda Fonvivienda RESOLUCIONES RESOLUCION NUMERO 751 DE 2009 por la cual se adopta el formulario de postulación al Subsidio Familiar de Vivienda y poseedores regulares. para población afectada por atentados terroristas. presente resolución. - Luz Angela Martínez Bravo.

8 PARENTESCO CONDICION ESPECIAL ESTADO CIVIL SEXO OCUPACIÓN 8 REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN PARA POSTULANTES DAMNIFICADOS ATENTADOS TERRORISTAS VIVIENDA NUEVA, USADA, REPARACIÓN, RECONSTRUCCIÓN, ARRENDAMIENTO Aprobado mediante Resolución No. del de septiembre de del Fondo Nacional de Vivienda FORMULARIO No. 1. CONFORMACIÓN Y CONDICIÓN SOCIO ECONOMICA DEL HOGAR (CONSULTAR GUÍA) FECHA DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD APELLIDOS NOMBRES FIRMA NACIMIENTO AÑO MES DIA (TD) NUMERO 1.1. CABEZA DE HOGAR 1.2. MIEMBROS DEL HOGAR F5 8. PRESUPUESTO DE OBRA(Consultar Guía) No. DESCRIPCION UN. CANT. VR. UNIT. VR. PARCIAL OBSERVACIONES 1 Cimentación Excavaciones Concreto Ciclópeo Viga de cimentación 2 Estructura Columnas Vigas 3 Mampostería Muros en bloque Muros en ladrillo 4 Cubierta Estructura Tejas (zinc o A.C.) 1.3. CONDICION ESPECIAL : Afrocolombiano Indígena Madre Comunitaria ICBF 2. INFORMACIÓN DE LA POSTULACIÓN Dirección de la Vivienda Afectada Departamento Municipio Postulación Individual Postulación Grupal Condición del Inscripción Nueva Hogar Propietario Ocupante Poseedor Fecha del Atentado: Falleció el Jefe del Hogar: SI NO Damnificado Actualización Nombre del Plan de Vivienda:(Consultar Guía) Número de Elegibilidad del Proyecto: Fecha de Vencimiento de la Elegibilidad: 3. DATOS DEL HOGAR POSTULANTE Dirección Domicilio Actual: Dirección para Correspondencia: Departamento Municipio Teléfono 1 Teléfono 2 4. MODALIDAD DE LA SOLUCION DE VIVIENDA A LA QUE ASPIRA Adquisicón de Vivienda Nueva FECHA REGISTRO DE ESCRITURAS DEL INMUEBLE AFECTADO SI LA MODALIDAD ES ADQUISICIÓN DE VIVIENDA, INDIQUE SI Adquisición de Vivienda Usada PERDIÓ SU VIVIENDA POR IMPOSIBILIDAD DE PAGO? Reparación de la Vivienda Reconstrucción de la Vivienda NÚMERO DE MATRÍCULA INMOBILIARIA DEL INMUEBLE AFECTADO SI NO Arrendamiento 5. LOCALIZACIÓN SOLUCION DE VIVIENDA 6. VALOR SUBSIDIO SOLICITADO Para reparación o Valor Presupuesto $ Departamento Reconstrucción de la vivienda Valor Total Subsidio Solicitado $ Municipio Valor Subsidio solicitado (Para Adquisición de Vivienda Nueva o $ Usada, arrendamiento) 7. DECLARAMOS BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO QUE: Toda la información aquí suministrada es verídica y se entenderá presentada bajo la gravedad de juramento con su suscripción. Cumplimos con las condiciones para ser beneficiarios del subsidio familiar de vivienda y no estamos incursos en las imposibilidades para solicitarlo Autorizamos para que por cualquier medio se verifiquen los datos aquí contenidos y en caso de falsedad, se apliquen las sanciones contempladas en la Ley 3 de 1991: "La persona que presente documentos o información falsos, con el objeto de que le sea adjudicado un subsidio familiar de vivienda, quedará inhabilitada por el término de diez (10) años para volver a solicitarlo". NOTA: El subsidio familiar de vivienda establecido para vícitmas de atentados terroristas será el valor establecido en la normatividad vigente. En caso de que el valor de los daños ocasionados en la vivienda del solicitante, determinado en el presupuesto de obra elaborado con base en la evaluación de los mismos resultare inferior a la cuantía máxima de subsidio establecida en la normatividad vigente, éste se limitará al valor presupuestado de los daños NOMBRE JEFE DEL HOGAR NOMBRE CONYUGE O COMPAÑERO(A) FIRMA JEFE DEL HOGAR C.C FIRMA DEL CONYUGE O COMPAÑERO (A) C.C MIEMBROS HOGAR MAYORES DE EDAD NOMBRE FIRMA C. C. INFORMACIÓN DE RECEPCIÓN DE FORMULARIO DE POSTULACIÓN NOMBRE FUNCIONARIO QUE RECIBE: ENTIDAD QUE RECIBE: Nº Folios Anexos Fecha de Recibo: MUNICIPIO AÑO MES DIA DESPRENDIBLE DE RECEPCIÓN DE FORMULARIO DE POSTULACIÓN NOMBRE FUNCIONARIO QUE RECIBE: ENTIDAD QUE RECIBE: Nº Folios Anexos Fecha de Recibo: NOMBRE DEL POSTULANTE: CEDULA DEL POSTULANTE MUNICIPIO AÑO MES DIA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR: FORMULARIO No. LA PRESENTACIÓN DEL FORMULARIO NO OTORGA EL DERECHO AL SUBSIDIO EL DESPRENDIBLE DE RADICACIÓN NO GARANTIZA QUE EL HOGAR CUMPLE CON LOS REQUISITOS DE POSTULACIÓN ESTE FORMULARIO ES GRATUITO Y PUEDE SER FOTOCOPIADO PARA SU DISTRIBUCIÓN. 5 Instalaciones hidráulicas Puntos hidráulicos Tubería 6 Instalaciones eléctricas Puntos eléctricos 7 Carpintería Puertas Ventanas 8 Pisos Piso en concreto 9 Aparatos Sanitario Lavamanos Ducha Mesón Lavaplatos Otros TOTAL OFERENTE DE ASISTENCIA TECNICA ARQUITECTO INGENIERO O TECNOLOGO ENTIDAD O INSTITUCIÓN: Nombre: Nombre : Firma Firma : No. Matricula Nombre: Firma: Cargo: JEFE DE PLANEACION ALCALDE ANEXOS (Ver Guía) El suscrito Presidente Comité Local de El suscrito Comandante de Policía, Desastres o Personero Municipal, certifica que en el acto terrorista o toma Ejercito o Personero Municipal, certifica que en el Municipio de guerrillera perpetrado el día del mes de del año, en el el día del mes de del Municipio de, fue afectada la vivienda del año, fue objeto de un acto terrorista o toma guerrillera. hogar postulante. Firma y Cédula de quien expide la certificación V B MUNICIPIO CERTIFICACIONES Firma y Cédula de quien expide la nuestros Guía para el diligenciamiento del formulario de inscripción para postulantes al sub- NOTAS IMPORTANTES: de cada una de las casillas correspondientes, no se aceptan tachaduras, enmendaduras o -

9 9 - postulación. del formulario. 1. Conformación y Condición Socioeconómica del Hogar Las casillas a diligenciar para cada uno de los integrantes del hogar corresponden a: Apellidos: Escriba los apellidos. Nombres: Escriba el nombre o los nombres. Documento de Identidad: numeración: D: Miembro hogar Discapacitado S: Soltero(a) C: Casado(a) o unión marital de hecho. SP: Separado, Viudo F: Femenino M: Masculino H: Hogar ES: Estudiante. EM: Empleado I: Independiente. P: Pensionado D: Desempleado. este formulario. Afrocolombiano: Miembro hogar perteneciente a una comunidad afrocolombiana. 2. Información de la postulación - cuentra ubicada. No se deben diligenciar los campos que atienden a elegibilidad de proyectos. 3. Datos del Hogar Postulante Escriba la dirección del domicilio actual, dirección para correspondencia, teléfonos, departamento y municipio, donde el hogar reside actualmente. inmobiliaria del bien inmueble afectado. - - cualquiera de los planes elegibles por las entidades designadas para estos efectos. - cocina, un salón y una habitación, construidas en concordancia con el código de sismorre- que se encargue de otorgar las licencias o permisos de construcción. De conformidad con 5. Localización Solución de Vivienda Departamento y Municipio: Escriba el nombre del departamento y municipio donde desea Valor Subsidio Solicitado Nota: Todos los miembros del hogar mayores de edad deben Firmar el Formulario de Postulación. Información de Recepción de Formulario de Postulación Las casillas del nombre de quien recibe, entidad que recibe, fecha de recepción, número

10 10 8. Presupuesto de Obra - personero municipal, el municipio y la fecha del acto terrorista o toma guerrillera del cual - El formulario debe presentarse debidamente diligenciado y suscrito por los miembros que conforman el hogar. miembros del hogar, cuando fuere el caso. ICBF, cuando fuere el caso. - occiso. otorgar las licencias o permisos de construcción. - Anexo para postulación a reparación o reconstrucción de vivienda para ocupantes de Bienes Fiscales o Poseedores Regulares regulares (si aplica y de acuerdo a su condición), con el nombre del solicitante, el cual conoce). - SOLICITADOS EN LOS MISMOS. REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL SISTEMA NACIONAL DE INFORMACION DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA ANEXO PARA POSTULACION A REPARACION O RECONSTRUCCION DE VIVIENDA PARA OCUPANTES DE BIENES FISCALES O POSEEDORES REGULARES Aprobado mediante Resolución No. del de septiembre de 2009 del Fondo Nacional de Vivienda 1. HOGARES OCUPANTES O POSEEDORES 1.1. IDENTIFICACION DEL SOLICITANTE Departamento Municipio 2. UBICACIÓN E IDENTIFICACION DEL PREDIO Departamento Municipio Dirección del predio Identificación por sus Linderos ( si los conoce) PARA OCUPANTES DE BIENES FISCALES: Nombre de la Entidad Propietaria del Predio (si lo conoce) PARA POSEEDORES REGULARES: Nombre del propietario del inmueble del cual es poseedor (si lo conoce) RECIBO DE NOTIFICACIONES Dirección Para Recibo de Notificaciones Teléfono APELLIDOS Dirección Para Recibo de Notificaciones MANIFESTACION DE OCUPACION DE UN BIEN FISCAL MANIFESTACION DE POSESION DE UN BIEN Teléfono 7. DECLARAMOS BAJO LA GRAVEDAD DEL JURAMENTO QUE: No matricula Inmobiliaria El predio forma parte de otro de mayor extensión SI En caso afirmativo, identifique el predio con su matricula inmobiliaria Yo, identificado con C.C. No manifiesto: que ocupo el bien fiscal desde el de de. (en todo caso antes del 30 de noviembre de 2001). Yo, identificado con C.C. No manifiesto que he poseido el bien inmueble en donde aplicaré el subsidio familiar de vivienda, de buena fe y de manera quieta, pública, pacífica e ininterrumpida, durante los últimos tres (3) años. DECLARACION DE DOS (2) TESTIGOS Los testigos abajo firmantes, manifiestan que el solicitante viene ejerciendo de manera tranquila, pacifica e ininterrumpida la posesión del inmueble durante los ultimos tres años. yo, identificado con C.C. No declaro que conozco al señor, identificado con C.C. No, y manifiesto que viene ejerciendo de manera quieta, publica, pacifica e ininterrumpida la posesión regular del inmueble en donde aplicará el subsidio familiar de vivienda para mejoramiento, durante los ultimos tres años. FIRMA DEL TESTIGO No 1 FIRMA DEL TESTIGO No 2 NOMBRE DEL SOLICITANTE yo, identificado con C.C. No declaro que conozco al señor, identificado con C.C. No, y manifiesto que viene ejerciendo de manera quieta, publica, pacifica e ininterrumpida la posesión regular del inmueble en donde aplicará el subsidio familiar de vivienda para mejoramiento, durante los ultimos tres años. Dirección Para Recibo de Notificaciones En el evento de encontrarse que la información presentada en este anexo y en su formulario o en los documentos presentados por el solicitante de conformidad con lo establecido en la Resolución No 959 de 2007, no coincide con la realidad, el Fondo Nacional de Vivienda o quien haga sus veces deberá dar por terminado el proceso de asignación del subsidio, sin el beneficio correspondiente. En caso de haber sido ya asignado y desembolsado, el Fondo Nacional de Vivienda adelantará los tramites correspondientes para la revocatoria del subsidio, quedando el beneficiario en la obligación de restituir el valor del subsidio familiar de vivienda, sin prejuicio de los demás efectos penales generados por dicha falsedad. FIRMA SOLICTANTE NOMBRES Teléfono 1 Teléfono 2 CEDULA DE CIUDADANIA DOCUMENTO DE IDENTIDAD MIEMBROS HOGAR MAYORES DE EDAD NOMBRE FIRMA C. C. Procuraduría General de la Nación RESOLUCIONES (T. D.) NUMERO NO RESOLUCION NUMERO 321 DE 2009 Agentes Ejercer vigilancia elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar las investigaciones correspondientes, e imponer las respectivas sanciones conforme a la ley, e intervenir en los procesos y ante las autoridades judiciales o administrativas, cuando sea necesario en defensa orden jurídico, del patrimonio público, o de los derechos y garantías fundamentales. -

11 11 - asignadas al despacho del Viceprocurador General de la Nación con relación al Grupo Procurador General de la Nación. - General para la asignación, distribución y delegación de funciones constitucionales y legales permitidas.. El Grupo Disciplinario de Asesores en Prevención e Investigación del Presupuesto Público, Manejo de las Regalías y de Recursos con destino al Sector de la Salud, estará adscrito al Despacho del Procurador General de la Nación y actuará subsidiariamente bajo la orientación del Procurador Delegado para la Descentralización y las Entidades Territoriales. a las funciones asignadas al despacho del Viceprocurador General de la Nación con Salud del despacho del Procurador General de la Nación, para en su lugar otorgar las Territoriales. El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado. RESOLUCION NUMERO 322 DE 2009 por la cual se reglamentan los procedimientos de baja de bienes y enajenación de bienes muebles e inmuebles de propiedad de la Procuraduría General de la Nación. - que hagan parte de cualquiera de las Ramas del Poder Público, así como de los órganos autónomos e independientes, que no tengan vocación para la construcción de vivienda de interés social, y además que no los requieran para el desarrollo de sus funciones, y no se encuentren dentro de los planes de enajenación onerosa que deberán tener las entidades, deben ser transferidos a título gratuito a otras entidades públicas conforme a sus necesidades, de acuerdo con el reglamento que expida el Gobierno Nacional, con excepción de aquellos ocupados ilegalmente antes del 28 de julio de 1988 con vivienda de interés social, los cuales deberán ser cedidos a sus ocupantes, en virtud de lo establecido en el artículo 58 de la Ley 9 a de (...). para el desarrollo de sus funciones y de los que se incorporen dentro de los planes de muebles e inmuebles del Estado por las entidades públicas sometidas al Estatuto General - - del Secretario General. normas en la entidad. Que por lo anterior, por su desgaste, deterioro u obsolescencia no sean susceptibles de reparación o adaptación, requieran un mantenimiento que resulte antieconómico para la Entidad, o no sean útiles o especiales. Baja de bienes servibles no utilizables - LICITACION PUBLICA NUMERO 003 DE 2009 Superintendencia del Subsidio Familiar Objeto: - Prepliegos de condiciones: a - Fecha de apertura de la licitación: ción a los pliegos de condiciones: Cierre de la licitación: (CF-1I ).

12 12 cumplido con la función principal para la cual fueron adquiridos o que han perdido utilidad para la entidad, siendo susceptibles únicamente de traspaso o traslado a otra entidad, apro- * Son por la entidad para su funcionamiento. * Son aquellos elementos que, aunque se encuentran en * Son aquellos elementos que ya no * Son, aquellos elementos que han quedado Baja de bienes inservibles de las siguientes circunstancias: * En este grupo se consideran aquellos elementos * Son aquellos bienes que ya han cumplido su * estado en que se encuentran no los hace aptos para el uso o consumo y atentan contra la De la baja de bienes inmuebles 1. Informe de bienes que no se requieren para el cumplimiento de las funciones elaboración de un informe con destino a la Secretaria General, en el que se indique el y el estado de impuestos, tasas y contribuciones que recaigan sobre los bienes inmuebles. los bienes: b) No han sido solicitados por otras entidades para programas contemplados en el Plan Nacional de Desarrollo. - - meses para concluirla. - calendario, contados a partir de esta fecha, las entidades interesadas soliciten por escrito Públicos correspondiente. Para efecto de los derechos de registro, tales actos, se consi- De la baja de bienes muebles deterioro u obsolescencia, no sean susceptibles de reparación o adaptación, requieran un mantenimiento que resulte antieconómico para la Entidad, o no sean utiles o adecuados -

13 13 del Despacho. - en la entidad. o el Procurador Regional, según el caso. 1. Informe del estado de bienes muebles de la entidad de la entidad. - - bienes. - su interés. calendario, contados a partir de la suscripción del acta de entrega. adicionen o sustituyan. - precedente. - la destrucción de los mismos. Facúltese al Secretario General y al Procurador Regional, en cada caso, para proferir - El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado. Haga sus solicitudes vía prof_mventas@imprenta.gov.co

14 14 RESOLUCION NUMERO DE 323 DE 2009 por medio de la cual se crea un grupo de trabajo para el fortalecimiento de la actividad conciliatoria en el interior de la Procuraduría General de la Nación. 1 adoptó la conciliación como requisito de procedibilidad antes de poder acudir ante las dis- conciliación: (i) (ii) en el uso de un - (iii) en la protección de los derechos humanos de quienes resulten afectados por la y (iv) FortalEsDer tiene Que para dicho propósito el proyecto FortalEsDer - se encaminan a: 1. Asesorar al Instituto de Estudios del Ministerio Público - IEMP en la construcción de un plan de estudios a partir de un diagnóstico de necesidades de capacitación para los - Cooperación Alemana - GTZ, Proyecto FortalEsDer, y descritas en el considerando anterior, como la totalidad de las acciones institucionales presente resolución. dinador. a 1 Publicada en el conciliación e impulsar la implementación de los proyectos aprobados. de los agentes del Ministerio Público encargados de adelantar las audiencias de conciliación, Adolescencia y la Familia con las funciones asignadas. - Agencia de Cooperación. cumplimiento a lo dispuesto en la presente resolución. El Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado. Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio Oficina de Prestaciones Sociales de Bogotá EDICTOS El Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio AVISA: La Coordinadora Fondo Prestaciones del Magisterio, Alexandra Viloria Cárdenas.

15 15 Dirección de Pensiones de la Secretaría de Hacienda del Departamento de Cundinamarca AVISOS La Directora de Pensiones (C) de Cundinamarca, HACE SABER: quien derecho, quienes deben manifestarlo mediante escrito radicado en esta Dependencia, dentro La Directora de Pensiones, (C) Ana Francisca Linares Gómez. Cundinamarca, HACE SABER: quienes deben manifestarlo mediante escrito radicado en esta dependencia, dentro de los Segundo Aviso Ana Francisca Linares Gómez. AVISOS JUDICIALES EMPLAZA: al parecer, del terminal de transportes de ese municipio. y condiciones precarias de subsistencia, se presume que se encuentra muerto. La Secretaria, Milena Toro Gómez. dinamarca), EMPLAZA: - de la sentencia. Perdomo. de La Plata (Huila), teniendo por lo mismo la calidad de esposos. Pacho. su desaparecimiento. alta que se trataba de un secuestro. noticia de él. parte de la autoridad competente no se ha podido obtener información sobre el paradero de propiedad. Perdomo. - para incoar esta acción.

16 16 publicación en la prensa dominical (El Tiempo o El Espectador), en una radiodifusora de la localidad y en el El Secretario, Luis Enrique Rodríguez Bohórquez. por medio del presente, - - El Espacio, en el como en un periódico y radiodifusora local. La Secretaria, Piedad del Rosario Penagos Rodríguez. MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA RESOLUCIONES EJECUTIVAS RESOLUCION EJECUTIVA NUMERO 301 DE 2009 (octubre 13) por la cual se decide sobre una solicitud de extradición. - En la mencionada Nota se informa:... De conformidad, Nelson Salazar Murillo es ahora el sujeto de la Segunda Acusación la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, mediante la cual se le acusa de: -- Cargo Uno: Concierto para importar una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos, lo cual es en contra del Título 21, Sección 952 (a) del Código de (B) del Código de los Estados Unidos; -- Cargo Dos: Concierto para distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), con la intención de importar ilegalmente a los Estados Unidos dicha sustancia controlada, lo cual es en contra del Título 21, Sección -- Cargo Tres: Concierto para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), lo cual es en contra Título 21, Sección 841 (a) (1) del Código de los Estados Unidos, en violación del Título 21, -- Cargo Cuatro: Distribución de una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína) con la intención de que dicha sustancia controlada fuera importada ilegalmente a los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito, en violación del Título 21, Sección 2 del Código de los Estados Unidos; -- Cargos Siete y Nueve: Importación a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos, de una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína), y ayuda y del Código de los Estados Unidos, y del Título 18, Sección 2 del Código de los Estados Unidos; y -- Cargos Ocho y Diez: Intento de posesión con intención de distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína), y ayuda y facilitación de dicho delito, lo cual es en contra del Título 21, Sección 841 (a) (1) del Código de los Estados Unidos, en viola- y del Título 18, Sección 2 del Código de los Estados Unidos. ( ) Un nuevo auto de detención contra Salazar Murillo por estos cargos fue dictado el 4 de noviembre de 2008, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable. ( ) Todas las acciones adelantadas por el acusado en este caso fueron realizadas con... que por no existir Convenio aplicable al caso es procedente obrar de conformidad con el ordenamiento procesal penal colombiano.... Sobre el particular la honorable Corporación manifestó: 8. Ahora: como el Procurador Segundo Delegado para la Casación Penal también delitos de carácter político, la Sala conceptuará A FAVOR de la extradición solicitada. 8.1 Como quiera que según las transcripciones de las normas penales del Código de los Estados Unidos, relevantes para este asunto, la pena máxima para las conductas por las cuales se acusa a Nelson Salazar Murillo, es la cadena perpetua y ella en Colombia está prohibida (artículo 34 Constitucional), el Gobierno Nacional está en la obligación de condicionar la entrega de la persona solicitada, en el evento de que acceda a la extradición, a que dicha pena no sea impuesta. Y también a que el requerido no puede ser en ningún caso juzgado por un hecho anterior ni distinto a los que motivan la extradición, ni sometido, en caso de condena, a penas crueles, inhumanas, degradantes o la pena de muerte. 8.2 Del mismo modo, en orden a salvaguardar los derechos fundamentales del reclamado, deberá imponer al Estado requirente la obligación de facilitar los medios necesarios para garantizar su repatriación en condiciones de dignidad y respeto por la persona humana, en caso de llegar a ser sobreseído, absuelto, declarado no culpable, o su situación jurídica ridad a su liberación una vez cumpla la pena allí impuesta por sentencia condenatoria originada en los cargos que motivaron la extradición. 8.3 Adicionalmente, el Gobierno Nacional debe advertir a su homólogo del Estado requirente, que la persona solicitada en extradición ha permanecido privada de la libertad, en detención preventiva, por razón de este trámite. 8.4 Así mismo, debe condicionar la entrega de Nelson Salazar Murillo, a que se le respeten -como a cualquier otro nacional en las mismas condiciones- todas las garantías debidas a su condición de justiciable, en particular, a que tenga acceso a un proceso público a que tenga un defensor designado por él o por el Estado, a que se le conceda el tiempo y los medios adecuados para que prepare la defensa, a presentar pruebas y controvertir las que se aduzcan en contra, a que su situación de privación de la libertad se desarrolle en condiciones dignas, a que la eventual pena que se le imponga no trascienda de su persona, a que la sentencia pueda ser apelada ante un Tribunal Superior, a que la pena privativa de (c) (d) (e) (j) (g) (h).3.4.5, 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos; 9-2.3, , , 5, y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Igualmente, el Gobierno debe condicionar la entrega a que el país reclamante, conforme a sus políticas internas sobre la materia, le ofrezca posibilidades racionales y reales para que el extraditado pueda tener contacto regular con sus familiares más cercanos, habida cuenta de que la Constitución de 1991, en su artículo 42, reconoce a la familia como núcleo esencial de la sociedad, garantiza su protección y reconoce su honra, dignidad e intimidad, lo cual se refuerza con la protección adicional que a ese núcleo le otorgan la Convención Civiles y Políticos (artículo 23).

17 17 En cumplimiento de su deber de protección a las garantías y derechos del nacional colombiano entregado en extradición, es misión del Estado, por medio del ámbito de competencias de los órganos respectivos, vigilar que en el país reclamante se respeten las del Pueblo (artículo 282 ibídem), de lo cual, además, habrá de darse informes periódicos a la Corte, en virtud del principio de colaboración armónica entre los diferentes Poderes el tema tengan elementos de juicio que les permitan sopesar la conveniencia de privilegiar jurisdicciones foráneas frente a la interna. 8.5 La Sala considera oportuno destacar que en virtud de lo dispuesto en el artículo en su condición de Jefe de Estado y Director de la política exterior y de las relaciones internacionales, realizar el respectivo seguimiento a los condicionamientos que se impongan a la concesión de la extradición y la determinación de las consecuencias que se deriven de su eventual incumplimiento. Así las cosas, la Sala es del criterio que el Gobierno colombiano puede extraditar al ciudadano colombiano Nelson Salazar Murillo, por razón de los ocho (8) cargos contenidos en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida conforme lo solicita el Gobierno de los Estados Unidos, pues como viene de demostrarse, se satisfacen los requisitos establecidos por la ley procesal colombiana. A mérito de lo expuesto, la, emite a la solicitud de extradición del ciudadano colombiano Nelson Sa- vía diplomática por el Gobierno de los Estados Unidos, en relación con los cargos uno Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida En consecuencia, atendiendo lo manifestado por la Sala de Casación Penal de la hono- Uno (Concierto para importar una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos), Dos (Concierto para distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), con la intención de importar ilegalmente a los Estados Unidos dicha sustancia controlada), Tres (Concierto para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína)), Cuatro (Distribución de una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína) con la intención de que dicha sustancia controlada fuera importada ilegalmente a los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito), (Importación a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos, de una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína), y ayuda y facilitación de dicho delito), y (Intento de posesión con intención de distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína), y ayuda y facilitación de dicho delito), referidos en la Segunda Acusación - sanciones distintas de las que se le hubieren impuesto en la condena, según lo prescribe el - ni a tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, ni a las penas de destierro, prisión - General de Nación por ser la entidad competente para esos efectos. - por los cargos Uno (Concierto para importar una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos), Dos (Concierto para distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína), con la intención de importar ilegalmente a los Estados Unidos dicha sustancia controlada), Tres (Concierto para poseer con la intención de distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína y 500 gramos o más de cocaína)), Cuatro (Distribución de una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína) con la intención de que dicha sustancia controlada fuera importada ilegalmente a los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito), Siete (Importación a los Estados Unidos, desde un lugar fuera de los Estados Unidos, de una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína), y ayuda y facilitación de dicho delito), y (Intento de posesión con intención de distribuir una sustancia controlada (un kilogramo o más de heroína), y ayuda y facilitación de dicho delito), Distrito Sur de Florida. - de conformidad con lo dispuesto por las normas constitucionales y legales, en particular, - para lo de sus competencias. FABIO VALENCIA COSSIO Fabio Valencia Cossio. MINISTERIO DE AGRICULTURA DECRETOS Y DESARROLLO RURAL DECRETO NUMERO 3950 DE 2009 (octubre 13) - - -

18 18 DECRETA: Parágrafo. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural determinará las actividades de reactivación que se enmarcan en el objeto del Programa Nacional de Reactivación Agropecuaria (PRAN). siguiente tenor: el periodo de gracia y plazo de las obligaciones adquiridas por Finagro en desarrollo del presente decreto. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación en el FABIO VALENCIA COSSIO La Viceministra de Hacienda encargada de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, María Cristina Gloria Inés Cortés Arango. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Andrés Fernández Acosta. MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA RESOLUCIONES EJECUTIVAS RESOLUCION EJECUTIVA NUMERO 300 DE 2009 por la cual se declaran de utilidad pública e interés social los predios necesarios para desarrollar el proyecto de generación de energía eléctrica denominado Proyecto Hidroeléctrico río Güejar. El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales - de la Macarena en jurisdicción del municipio de San Juan de Arama, concluyendo a partir de los estudios de hidrología, geología, sismología, medio ambiente y económico, que a 12 km del casco urbano municipal, el sitio Peñas Blancas sobre el río Güejar es la mejor opción para desarrollar un proyecto hidroeléctrico de 20 MW La PCH se proyecta en un extremo del sistema eléctrico de EMSA, localización estratégica que permite la adecuada expansión del servicio de energía en regiones estratégicas del departamento del Meta GENERALIDADES El presente documento describe el proyecto hidroeléctrico en el río Güejar concebido por EMSA con el objeto de garantizar una fuente de suministro de energía de respaldo para el sistema de distribución local y transmisión regional en el sur occidente del depar- los motivos que determinan el sitio de ubicación. (...) 3. JUSTIFICACION DEL PROYECTO 3.1 UBICACION DEL PROYECTO estación Peñas Blancas, altura sobre el nivel del mar cercana a la cota 322 msnm, veredas Peñas Blancas y Puerto Gaitán, jurisdicción del municipio de San Juan de Arama, el cual se encuentra aproximadamente a 15 km. de distancia del casco urbano. Macarena y al sur de la cabecera municipal de San Juan de Arama. Corresponde al Departamento del meta, jurisdicción de la Corporación para el Desarrollo Sostenible de La Macarena - Cormacarena. ( ) 3.3 OPTIMIZACION DEL RECURSO HIDRICO El proyecto planteado permitirá la optimización del recurso hídrico puesto que el caudal utilizado es inmediatamente retornado al cauce, y el embalse tendrá la función de regulador de los caudales naturales del río, evitando las inundaciones en épocas de inverno y los estiajes extremos en épocas de sequías. Como valor agregado del proyecto se puede mencionar la potencialidad de suministrar La implementación del proyecto permitirá acciones de preservación de la cuenca con los recursos que se generarán a partir de las tasas retributivas que debe aportar el proyecto para preservación ambiental, situación que no se tendría sin el proyecto. 3.4 POTENCIAL DE GENERACION Y TRANSMISION DE ENERGIA Tipo de Central que prácticamente utilizan el agua necesaria en las turbinas para su potencia máxima, y que si llega un caudal superior por el río, es necesario botar el agua en exceso; están caracterizadas, fundamentalmente, porque sus embalses sólo permiten regulación del caudal horaria, diaria y en algunos casos, semanal. En consecuencia, se puede concluir que la PCH sobre el río Güejar es una Central a Filo de Agua. De hecho, la hidrología muestra Potencia Instalada y Capacidad Máxima del Desarrollo De acuerdo con el alcance establecido por la EMSA para el proyecto, la Potencia Instalada y la Capacidad Máxima del desarrollo se limita, inicialmente, a 20 MW Energía Firme y Potencia Continua kw y kw, respectivamente. mayorista como planta menor no cobijada al control del Centro Nacional de Despacho, característica que le permite operar de forma independiente, limitada únicamente por las condiciones hidrológicas presentes, optimizando toda su capacidad de producción. El proyecto además de ser por sí mismo la única fuente de respaldo de energía eléctrica con que aspira contar el Departamento del Meta en caso de fallar la única entrada de energía que existe actualmente es la subestación La Reforma ubicada en Villavicencio, se proyecta en una localización estratégica cercana a los sistemas de distribución local y transmisión permite la adecuada expansión del servicio de energía en regiones estratégicas y vulnera- potencial de expansión de cobertura a usuarios que hoy se encuentran sin energía. (...) 3.5 ASPECTOS AMBIENTALES Vale la pena resaltar que el proyecto tiene la característica de productor de energía limpia y renovable, que sustituye fuentes de producción de CO 2 a partir de generación térmica, por lo que se constituye en un Mecanismo de Desarrollo Limpio (MDL) sujeto a participar emisiones de gases de efecto invernadero contemplados en el Protocolo de Kyoto. 4. DESCRIPCION DEL PROYECTO El proyecto hidroeléctrico bajo estudio es una planta generadora de energía eléctrica, que aprovecha el embalsamiento de las aguas del río Güejar. El tamaño del proyecto se estima en 20 megavatios, capacidad de producción que se atendería con dos turbinas de 110 megavatios, la mayor parte de la ruta de evacuación de la energía hasta la red de distribución se prevé a través de corredores de servidumbre existente. El proyecto aprovecha el río Güejar, con un caudal apreciable y a pesar de disponer de un embalse tiene baja capacidad de regulación por lo tanto es del tipo a FILO DE AGUA. La descarga de fondo tiene una capacidad de evacuación de 12m 3 vaciar el embalse en corto tiempo, proporcionando seguridad al sistema en caso de detectar asentamientos, etc. También es posible la excusión de sedimentos para prolongar la vida útil del embalse. ( ). remite en medio digital las coordenadas de las poligonales para la declaratoria de utilidad

19 19 COORDENADAS ZONA DE OBRAS PRESA Y EMBALSE PUNTO X Y COORDENADAS ZONA DE FUENTES DE MATERIALES PUNTO X Y 1 3 COORDENADAS ZONA DE BOTADERO PUNTO X Y siguientes documentos: tenida en los planos. - - Quienes presten servicios públicos el uso del espacio público, para la ocupación temporal de inmuebles, y para promover la constitución de servidumbres o la enajenación forzosa de los bienes que requiera para la prestación del servicio; pero estarán sujetos al control de la jurisdicción en los contencioso administrativo sobre la legalidad de sus actos, y a responsabilidad por acción u omisión en el uso de tales derechos.

20 20 para la construcción y operación del proyecto de generación hidroeléctrica denominado EMSA, entidad propietaria del proyecto. Las coordenadas de las poligonales para la presente declaratoria de utilidad pública son: COORDENADAS ZONA DE OBRAS PRESA Y EMBALSE PUNTO X Y COORDENADAS ZONA DE FUENTES DE MATERIALES PUNTO X Y 1 3 COORDENADAS ZONA DE BOTADERO PUNTO X Y los controles de las autoridades competentes sobre todas las actuaciones inherentes a las facultades conferidas para uso de espacio público, ocupación temporal de inmuebles, cons- - deroga las disposiciones que le sean contrarias. Hernán Martínez Torres. MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL DECRETOS DECRETO NUMERO 3951 DE 2009 (octubre 13) por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 432 de 1998 y se dictan otras disposiciones. - DECRETA: Objeto. Dentro de los programas de crédito que desarrolle el Fondo Nacional

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