EL SISTEMA DE BONIFICACIONES
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- Víctor Manuel Córdoba Pinto
- hace 7 años
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1 EL SISTEMA DE BONIFICACIONES Tienes un crédito para tu formación 132 / / SGS
2 La Formación de Demanda Esquema de trabajo Normativa Iniciativas de la Formación para el Empleo Acciones formativas de las empresas Permisos individuales de formación Calidad y Evaluación; Actuaciones de Seguimiento y Control 1
3 N o r m a t i v a AÑO 2003 Decreto 1046/2003, subsistema de Formación Continua BOE AÑO 2007 Decreto 395/2007, subsistema de Formación para el Empleo BOE
4 N o r m a t i v a Decreto 395/2007 (BOE ), subsistema de Formación para el Empleo Aplicación: Ámbito Estatal Orden TAS/2307/2007 (BOE ) Formación de Demanda Bonificaciones + diversas Resoluciones 3
5 I n i c i a t i v a s d e formación Iniciativas de formación Formación de oferta. Acciones de apoyo y acompañamiento a la formación. Formación en alternancia con el empleo. Formación de Demanda. Acciones Formativas en las empresas Permisos Individuales de formación 4
6 Crédito de formación para cada año natural. Se hace efectivo mediante bonificaciones en las cotizaciones de Seguridad Social. La bonificación se aplica como límite en el boletín de diciembre que se presenta en enero. La gestión se hace a través de sistema telemático 5
7 Cómo calcular el crédito? A la cuantía ingresada por la empresa en el año anterior por cuota de formación profesional, aplicar el % que se establece en la LPGE. El % se determina según el tamaño de la empresa PARA EMPRESAS DE 1 A 5 TRABAJADORES Se garantiza un crédito mínimo 420 /año Las empresas de nueva creación o la apertura de nuevos centros de trabajo tienen un crédito de 65 por cada trabajador de nueva incorporación. 6
8 Porcentaje de bonificación establecido anualmente en función del tamaño de empresa Menor tamaño, mayor porcentaje Plantilla Empresa Crédito de formación según cuota de formación profesional De 6 a 9 trabajadores 100% De 10 a 49 trabajadores 75% De 50 a 249 trabajadores 60% De 250 ó más trabajadores 50% 7
9 Beneficiarios: empresas con centro de trabajo en territorio estatal y que coticen por formación profesional Trabajadores que pueden participar: Asalariados que prestan sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación de las Administraciones Públicas. Fijos discontinuos en periodos de no ocupación Los que accedan al desempleo en el periodo formativo Los acogidos a regulación de empleo en periodos de suspensión de empleo, por expediente autorizado 8
10 Requisitos para que una AAFF sea bonificable Guardar relación con la actividad empresarial General: formación transferible a otras empresas o ámbitos laborales Especifica: aplicable directamente al puesto de trabajo, no transferible Niveles de formación Básico: desarrolla competencias y cualificaciones básicas Superior: incorpora materias que impliquen especialización o capacite para desarrollar competencias de programación o dirección Máximo diario 8 horas 9
11 Requisitos para que una AAFF sea bonificable Mínimo 6 horas lectivas por AAFF. Prioritarias: módulos de 4 a 6 horas No se incluyen acciones de índole informativa o divulgativa jornadas, ferias, simposios y congresos. Modalidades presencial, a distancia convencional, teleformación y mixta. Por grupos Presencial: máximo 25 participantes. Distancia Teleformación 1 tutor/80 participantes. 10
12 Exigencia de Cofinanciación sobre el coste total de la formación no sobre cada curso Empresas de 10 a 49 trabajadores = 10% Empresas de 50 a 249 trabajadores = 20% Empresas de 250 o más trabajadores = 40% Colectivos Prioritarios Se pueden hacer otros cursos que no se bonifican Se excepcionan a las de menos de 10 trabajadores Trabajadores de Pequeñas y medianas empresas Mujeres Mayores de 45 Personas con discapacidad Trabajadores con baja cualificación Afectados de victimas terrorismo y de la violencia de género 11
13 EJECUCIÓN Las empresas podrán organizar y gestionar la formación Por sí mismas Contratar su ejecución con centros o entidades especializadas Éstas no podrán delegar ni contratar con terceros la coordinación Podrán agruparse voluntariamente. Mediante un acuerdo por escrito Designando una entidad organizadora 12
14 ENTIDAD ORGANIZADORA Puede ser Cualquier empresa de la agrupación Centro o entidad: con actividad de impartición de formación Entidades o empresas que se hubieran constituido como tales al amparo del Decreto 1046/2003 (Disp. Adic. 3ª) Funciones Comunicar inicio y finalización a través del sistema telemático Custodiar la documentación Colaborar con la Administración y órganos de control 13
15 MODULOS ECONÓMICOS MÁXIMOS MODALIDAD DE IMPARTICIÓN NIVEL DE FORMACIÓN Básico Superior Presencial 9,0 13,0 Teleformación 7,5 A distancia convencional 5,5 Mixta Módulos anteriores en función de las horas de formación presencial y a distancia. Empresa de 1 a 9 trabaj.: sin límite módulos máximos Empresa de 10 a 49 trabaj.: superarlos en un 10% Empresa de 50 a 249 trabaj.: superarlos en un 5% 14
16 Costes de Formación 1. Costes directos o de impartición Retribución formadores, internos y externos Gastos amortización equipos didácticos y plataformas tecnológicas Gastos medios didácticos y materiales didácticos Gastos alquileres, arrendamiento financiero o amortización aulas, talleres y otras superficies Seguro de accidentes participantes Gastos transporte, manutención y alojamiento 15
17 Costes de Formación 2. Costes asociados o de organización De organización, personal, instalaciones y equipos de apoyo Luz, agua, calefacción, mensajería, correo, limpieza, vigilancia y otros costes asociados 3. Costes de personal No bonificables, solo a efectos de aportación privada Máximo 25% de los directos Trabajador finalizado: 75% de horas impartidas o controles periódicos 16
18 Permisos Individuales de Formación Permiso autorizado por la empresa a un trabajador, para realizar una acción formativa que este reconocida mediante una acreditación oficial. (Incluidos títulos y certificados de profesionalidad) Máximo de 200 horas laborales por permiso y curso académico o año natural No es necesaria cofinanciación privada de la empresa No es necesaria cofinanciación privada de la empresa Coste del salario más Seguridad Social Las bonificaciones serán el 5% del crédito para formación. Se garantiza un crédito adicional. 17
19 Permisos Individuales de Formación Crédito adicional para cada empresa: 200h. empresas de 1 a 9 trabajadores. 400h. empresas de 10 a 49 trabajadores. 600h. empresas de 50 a 249 trabajadores. 800h. empresas de 250 a 499 trabajadores. Otras 200h. por cada 500 trabajadores más. El límite opera cuando los costes salariales del permiso superen el 5% de su crédito anual. 18
20 Permisos Individuales de Formación Requisitos para que un PIF sea bonificable: Acreditaciones y Titulaciones oficiales Dirigido al desarrollo técnico-profesional o personal Formación No incluida en la formación de la empresa Excluida la que no corresponde con formación presencial (se admite parte presencial en modalidad a distancia) Comunicación previa a la RLT Comunicación telemática: de inicio y finalización Se podrá realizar a través de una entidad organizadora 19
21 La Formación para el Empleo Calidad y Evaluación Cuestionario de Evaluación de la Formación (obligatorio) Actuaciones de Seguimiento y Control En tiempo real, durante la realización de la formación Ex post, una vez finalizada la ejecución Comprobación, de las bonificaciones aplicadas Actuaciones específicas: denuncias, indicios de fraude y/o irregularidades 20
22 Requisitos para aplicar las bonificaciones: 1. Información a la representación legal de los trabajadores. 2. Comunicación telemática de inicio de la formación. 3. Realización de la formación. Control diario de firmas por sesión Comunicación de incidencias, si hubiere, durante el curso (telemático) Comunicación de datos de los participantes Entrega del Diploma/Certificado, en 2 meses Cuestionario de evaluación de la calidad del curso Comunicar los costes (aplicación telemática) 4. Comunicación telemática de finalización de la formación Facturas y pago del curso Aplicar la bonificación en Seguros Sociales Guardar y custodiar la documentación generada 7 días naturales antes 21
23 Obligaciones de las Empresas Fuente: Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. 23
24 Obligaciones de las Empresas Identificar en cuenta separada o epígrafe especifico de su contabilidad los gastos de ejecución y las bonificaciones aplicadas Someterse a actuaciones de seguimiento y control Custodiar la documentación acreditativa de la asistencia diaria Garantizar la gratuidad de las iniciativas Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y ante la Seguridad Social en el momento de aplicarse las bonificaciones Durante al menos 4 años mantener a disposición la documentación justificativa. Si antes de este plazo suspenden la actividad remitir copia a la Administración pública competente. Si se producen transformación, fusiones o escisiones se debe comunicar tal circunstancia Las empresas son directamente responsables de los incumplimientos de estas obligaciones 22
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