Índice Introducción Cumplimiento de Contratos en México Fijación de la Litis Audiencia Preliminar... 3

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3 Índice... 0 Introducción... 1 Cumplimiento de Contratos en México... 2 Fijación de la Litis... 3 Audiencia Preliminar... 3 Audiencia de Juicio... 4 Ejecución de la Sentencia... 5 Réplica... 6 Presentación de la Demanda y notificación... 7 Juicio y Sentencia... 9 Ejecución de la Sentencia Demandante contrata a un Abogado *Demandante presenta demanda en la Oficialía de Partes Común Registro del caso por la Oficialía de Partes Común *Asignación del caso a un Juzgado (a través de un sistema automático aleatorio) Escrutinio judicial de la demanda. El Juez revisa la demanda *El Juez admite la demanda Intento de emplazamiento. Es realizado un primer intento de emplazamiento personal El Demandado presenta una respuesta a la demanda ingresada. El demandado ingresa por escrito un alegato Fecha límite para que el Demandante desahogue la vista a la contestación del Demandado El demandante responde a la contestación del Demandado Audiencia Preliminar *Audiencia Preliminar *Admisibilidad de Pruebas *Cierre de periodo de presentación de evidencia

4 *Fijación de Fecha de Audiencia de Juicio Audiencia Juicio *Orden para la entrega de argumentos finales * Argumentos finales * Día de la sentencia Escrito de la Sentencia Registro de Sentencia Notificación de la Sentencia en el Juzgado (Continuación de Audiencia de Juicio) *Demandante recibe una copia de la sentencia (Continuación de Audiencia de Juicio) *Juzgado notifica la disposición de la sentencia (Continuación de Audiencia de Juicio) *Demandado formalmente notificado de la sentencia (Continuación de Audiencia de Juicio) *El demandante contrata a un abogado (Ejecución de la Sentencia) Demandante solicita orden de ejecución Autorización para ejecutar la sentencia *Entrega orden de ejecutar la sentencia Orden del Juez del Embargo Físico Solicitud al demandado para cumplir voluntariamente la sentencia *El demandante señala los bienes del demandado para el embargo * Identificación de los bienes del demandado por el Secretario Actuario para propósitos del embargo *Réplica de los bienes embargados identificados para la venta *Embargo *Reporte de la Ejecución de Embargo Avaluó de los bienes embargados Publicación de la subasta pública Venta a través de la Subasta Pública Juez decide sobre las pujas... 80

5 21. Pago Anexos Fichas de información Reportes de visitas a juzgados Estadísticas Fundamentos Jurídicos Publicaciones Glosario

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7 El Diagnóstico de Cumplimiento de Contratos del Distrito Federal fue realizado bajo el liderazgo de Ildefonso Guajardo Villareal, Secretario de Economía del Gobierno Federal y Edgar Elías Azar, Magistrado Presidente del H. Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF). El estudio fue coordinado por Virgilio Andrade Martínez, Director General de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), Rocío Ruíz Chávez, Subsecretaria de Normatividad y Competitividad de la Secretaría de Economía y Ángel Humberto Montiel Trujano, Magistrado Ponencia 2 de la Décima Sala Civil del H. TSJDF. La dirección de este proyecto estuvo a cargo de David Ricardo Samadi Castilla y José Daniel Jimenez Ibañez por parte de COFEMER, y Alejandro Faya Rodríguez y Flor de Luz Guadalupe Hernández Barrios, por parte de la Secretaría de Economía. El documento fue elaborado por Cynthia Larissa Reynoso Cereceda, Arturo Castro Sandoval, María Elena Castellanos Serrano y Eréndira Valdivia Carrillo de COFEMER, y Alín Martínez Morales y Ana Lilia Martínez Valdés de la Secretaría de Economía, con el apoyo del equipo de Proyectos Especiales de COFEMER: Eric Gonzalez Tico y Mauricio Escalera Franco. Asimismo, el estudio se elaboró mediante el apoyo de la Dirección de Estadística de la Presidencia del TSJDF: Angélica Rocío Mondragón Pérez y Beatriz Vargas Rojas, y el Instituto de Estudios Judiciales del TSJDF: Ángela Quiroga Quiroga y José Francisco De Villa Soto. Agradecemos la distintiva colaboración de los Jueces de los Juzgados del Proceso Oral del TSJDF: María Esperanza Hernández Valero, Jaime Guillen Palma, Francisco Neri Rosales, Eliseo Juan Hernández Villaverde, Minerva Tania Martínez Cisneros, Hirám Arturo Cervantes García y Fernando Serrano García; y María del Carmen Carcaño Cortez, Directora de Oficialía de Partes Común Civil-Familiar y Sección Salas. Un especial agradecimiento a Alberto Fabián Mondragón Pedrero, Presidente del Colegio de Profesores de Derecho Procesal Civil de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México, A.C. De igual forma, reconocemos y agradecemos el apoyo de la Barra Mexicana Colegio de Abogados a cargo de Gabriel Ortiz Gómez, así como a los coordinadores Luis Monterrubio Alcántara y Luis Manuel C. Méjan Carrer y la participación de Enrique Antonio Hernández Villegas. 0

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9 El diagnóstico de cumplimiento de contratos es un esfuerzo de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), la Secretaría de Economía (SE) y el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) que tiene como objetivo documentar el proceso de Juicios Orales Mercantiles en el Distrito Federal para mejorar la posición de México en el indicador Doing Business del Banco Mundial. El estudio permitirá difundir las prácticas relacionadas a la resolución de controversias comerciales a nivel nacional y contribuir en la aplicación de reglas que garanticen la seguridad de las inversiones y el desarrollo de un mercado competitivo en el país. Con base a los supuestos del indicador de Cumplimento de Contratos Doing Business y la realización de Juicios Orales Mercantiles en el Distrito Federal, se identificaron un total de 21 procedimientos, que son resueltos en un plazo de 270 días y con un costo total del 32% del valor de la demanda. Lo anterior representa una reducción de 17 procedimientos y 130 días en relación a los resultados de Doing Business Fuente: Elaborado por COFEMER. 1 El indicador de Cumplimiento de Contratos 2015 contempló cambios con relación a los señalados en Los supuestos actuales dejan de considerar el embargo como medida precautoria, dando como resultado una variación en los procedimientos; mismos que se desarrollan en tres etapas: Presentación y notificación, Juicio y sentencia y Ejecución de la sentencia. En el presente estudio se tomaron en cuenta los nuevos supuestos de Doing Business 2015.

10 El Diagnóstico de cumplimiento de contratos se elaboró mediante el estudio de tres etapas del proceso judicial: Presentación y notificación, Juicio y sentencia y Ejecución de la sentencia. La primera inicia cuando el Demandante consulta con un Abogado para dar resolución del caso por la vía judicial y termina al momento en que el Demandado es emplazado por el personal adscrito al Juzgado en turno; por su parte, la etapa de Juicio y sentencia, continúa hasta el momento en que el Juez dicta sentencia del caso; por último la ejecución de la sentencia finaliza al momento en que se entrega el pago al Demandante. A partir de que entró en vigor la reforma al Código de Comercio el 27 de enero del 2012, en la que se adicionó el título especial Del Juicio Oral Mercantil, la implementación de Juicios Orales Mercantiles ha dado lugar a la disminución de procedimientos, tiempo y costos para la resolución de un conflicto. De tal forma, que: Tiempo Total 2014 Diagnóstico Fuente: Elaborado por COFEMER. Ejecución de la sentencia Juicio y sentencia Presentación y notificación En la etapa de Presentación y Notificación existe una disminución de seis días, mientras que en la etapa de Juicio y sentencia hay una reducción de 93 días, por otra parte la Ejecución de la sentencia presenta una mejora de 31 días. Lo cual representa una disminución del 48% del tiempo total presentado en En relación con el número de procedimientos, en la etapa de Presentación y notificación existe una reducción de 4 procedimientos, en la Ejecución de la sentencia una mejora en 8 procedimientos, mientras que en la etapa de Juicio y sentencia hay una disminución de 9 procedimientos. Lo cual representa una disminución del 45% de los procedimientos totales presentados en Procedimientos 2014 Diagnóstico Ejecución de la sentencia Juicio y sentencia Presentación y notificación Fuente: Elaborado por COFEMER.

11 Costo Total Diagnóstico Costos de ejecución Costo del Juicio Honorarios del Abogado Se ha identificado que los costos por concepto de honorarios del Abogado representan el 23% del valor total de la demanda, los costos del juicio simbolizan el 5% del valor total de la demanda y los costos de ejecución son del 4% sobre el valor de la demanda. Fuente: Elaborado por COFEMER. Con base al estudio se comprobó la disminución del 48% de días, posicionando a México por encima del promedio de la OCDE y América Latina. Asimismo, el número de procedimientos también representa un punto de avance importante al disminuir 17 procedimientos lo que representa un 45% menos, y 10 procedimientos por debajo del promedio de América Latina y el Caribe. Tiempo (días naturales) Costo (% del valor de la demanda) Ejecución Honorarios Costo Número de Presentación y Juicio y de la Tiempo del del Costos de Costo Procedimientos Notificación Sentencia Sentencia Total Abogado Juicio ejecución Total % 5% 6% 31% Diagnóstico % 5% 4% 32% Fuente: Elaborado por COFEMER. 2 Ver página 15.

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13 El diagnóstico de cumplimiento de contratos en el Distrito Federal representa un esfuerzo de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (COFEMER), la Secretaría de Economía (SE) y el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal (TSJDF) para documentar el proceso judicial en la resolución de cumplimiento de contratos en materia mercantil de cuantía menor en el Distrito Federal. El diagnóstico tiene como objetivo mejorar la evaluación del reporte Doing Business del Banco Mundial mediante un análisis jurídico, económico, estadístico y procesal de los tiempos, costos y procedimientos en el cumplimiento de contratos, así como la identificación de mejores prácticas y áreas de oportunidad que permitan garantizar la seguridad de las inversiones en el Distrito Federal. Para el caso de estudio, en el Distrito Federal corresponde a los Juzgados especializados denominados Civiles de Proceso Oral asegurar la impartición de la justicia en materia mercantil en casos donde la cuantía sea inferior a $539, Esto mediante Juicios Orales Mercantiles en los que se dicta sentencia con base a la evidencia y los argumentos aportados de forma predominantemente oral y en los que se cumplen las principios de: oralidad, publicidad, igualdad, inmediación, contradicción, continuidad y concentración 4. La implementación de juicios orales mercantiles en el Distrito Federal es resultado de la evolución del sistema procesal judicial como un medio para hacer más rápida y certera la impartición de justicia. Esto con base a las reformas al Código de Comercio en donde se introdujo el Título Especial Del Juicio Oral Mercantil que se creó el 27 de enero de 2011, y entró en vigor el 27 de enero de Dicha reforma definió la estructura del juicio oral mercantil en tres etapas: 1) la fijación de la Litis, 2) la Audiencia Preliminar y 3) la Audiencia de Juicio y Sentencia 5 ; así como el papel de las partes, del Secretario de Acuerdos y del Juez. Cabe destacar, que en el proceso oral se promueve la conciliación y/o mediación de las partes como eje central de resolución a las controversias en cuestión. En este sentido, en el Distrito Federal entró en vigor a partir del primero de enero de 2013, conforme a la Declaratoria de vigencia publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha el 26 de octubre de De esta forma, en el presente documento se sientan las bases informativas que documentan la evolución del proceso judicial en materia mercantil, utilizando como base los supuestos determinados por el Banco Mundial en el indicador de Cumplimiento de Contratos del estudio Doing Business Global. Para ello el estudio realiza una recopilación de información que incluye: información estadística de los expedientes que han sido resueltos por ésta vía; información estadística por parte de abogados litigantes que han participado en el proceso; información acerca de la preparación del personal de los juzgados y de los abogados para el desarrollo del proceso oral en materia mercantil; reuniones informativas con los Juzgados Civiles de Proceso Oral; análisis del alcance normativo y de costos; así como definición de términos y herramientas administrativas que se usan para agilizar el proceso oral mercantil. 3 De acuerdo al artículo 1390 Bis haciendo referencia al artículo 1339 del Código de Comercio. 4 De acuerdo al artículo 1390 Bis 2. Ver definiciones en Glosario. 5 Ver página 3. 1

14 Cumplimiento de Contratos en el estudio de Doing Business del Banco Mundial es un indicador que mide la eficiencia de los procesos judiciales de un país para resolver una disputa mercantil. La información se construye siguiendo la evolución de la disputa y el proceso que sigue en el tribunal, hasta el pago de la suerte principal a través de una subasta. El indicador mide la eficiencia bajo varios supuestos: El proveedor y el cliente son compañías nacionales localizadas en la Ciudad de México. Un proveedor demanda a un cliente por incumplir el pago de una mercancía. El valor de la suerte principal de la demanda es de $255,849 pesos. El juzgado competente se encuentra en la Ciudad de México y su competencia sobrepasa el valor de la suerte principal de la demanda. El cliente se opone a la demanda argumentando que la mercancía no cumple con la calidad pactada. El cliente se niega a pagar la cantidad demanda y es necesaria la presentación de una prueba pericial, debido a que la evidencia documental no es suficiente para reconocer la calidad de la mercancía. Durante el juicio cada parte asigna a un perito que reportará la calidad de la mercancía. El juicio es a favor del proveedor y el cliente debe pagar el precio acordado. El cliente no apela el juicio y el proveedor empieza las acciones pertinentes después del tiempo de apelación para ejecutar la sentencia. El cliente no cuenta con liquidez para pagar la deuda, por lo que se realiza un embargo de mobiliario de oficina y vehículos. Las prestaciones reclamadas en cantidad líquida se recuperan a través de una subasta pública de los bienes embargados del demandado, con el cual es realizado el pago al proveedor. Bajo los supuestos mencionados, la vía para resolver el caso de estudio en México es a través del Procedimiento Oral Mercantil. Esto debido a que tal como lo señala el artículo 1390 Bis del Código de Comercio todas las contiendas cuya suerte principal sea inferior a $539, procederán bajo la jurisdicción de los Juzgados especializados en los juicios en cuestión 6. El Juicio Oral Mercantil, es regulado por el título especial del Código de Comercio Del Juicio Oral Mercantil, el cual se creó 27 de enero del 2011, entro en vigor el 01 de enero del 2012 y establece los procedimientos para llevar a cabo este tipo de juicios, desde el momento de la presentación de la demanda hasta el dictado de la sentencia. Dichos procedimientos dividen al proceso en tres etapas: 1) Fijación de la Litis, 2) Audiencia Preliminar y 3) la Audiencia de Juicio 7 ; donde la primera corresponde a la presentación y notificación, mientras las otras dos al juicio y sentencia. Por su parte, la ejecución de la sentencia sigue las normas señaladas en el capítulo XXVII De la Ejecución de las Sentencias del Código de Comercio. 6 Actualmente en el Distrito Federal existen 20 Juzgados de Oralidad, denominados Civiles de Proceso Oral. 7 Ver página 3. 2

15 En esta etapa se presenta la demanda por la parte actora en la Oficialía de Partes Común, una vez ingresada es asignada de manera aleatoria a un juzgado y enviada al mismo. Al ser recibido el caso en la Oficialía de Partes del Juzgado correspondiente, el Secretario de Acuerdos le da cuenta al Juez, quien procede a la revisión y estudio y en su caso- decide aceptar la demanda cuando ésta cumple con los lineamientos señalados en la normatividad vigente. Siendo aceptada la demanda y publicada en el boletín judicial, se realiza el emplazamiento, el cual es la única notificación que procede de manera personal en el proceso y recae bajo la responsabilidad del Secretario Actuario. Es importante destacar, que una vez que el demandado haya sido notificado formalmente por el Secretario Actuario, los procedimientos del Juicio Oral Mercantil continúan y se desarrollan aun estando ausente el impulso procesal de las partes interesadas, porque así lo establece el Código de Comercio. El tiempo promedio transcurrido desde el ingreso de la demanda hasta el emplazamiento es de 30 días naturales 8. Después de que el demandado ha sido emplazado tiene un periodo de nueve días para ingresar la contestación de la demanda; a su vez, el demandante puede realizar el desahogo de la vista de la contestación de la demanda dentro de los tres días subsecuentes a su ingreso. Después de que se ha desahogado la vista a la contestación de la demanda o en su defecto, el plazo para ello se haya agotado, el Juez determinará la fecha para la audiencia preliminar dentro de los 10 días siguientes y con ello llega a su fin la etapa de la fijación de la Litis. Durante esta etapa los costos en los que el demandado tendrá que incurrir son $2, pesos por las copias certificadas que se entregan en la presentación de la demanda. Además, en esta etapa se lleva a cabo la única erogación que hace la parte actora, ya que los honorarios del abogado se liquidan hasta tener la sentencia dictada o en su defecto una vez ejecutada la misma. En cuanto al juicio como tal, la impartición de la justicia es gratuita como lo establece el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por lo que no se incurre en ningún gasto para el desarrollo del mismo. El objetivo de la Audiencia Preliminar es el realizar la depuración del proceso, para lo cual el Juez marcará el inicio y el final de las etapas que proceden: depuración del proceso, conciliación y/o mediación de las partes, fijación de hechos no controvertidos, acuerdos probatorios, admisibilidad de pruebas y citación para la Audiencia de Juicio 10. De tal forma que en la Audiencia Preliminar se busca que las partes lleguen a un acuerdo, con lo cual se pone fin a la disputa judicial o en su defecto, se simplifica la controversia de acuerdo a lo que las partes reconozcan y va a repercutir en la resolución del asunto. Al dar inicio a la Audiencia Preliminar en la fecha señalada por el Juez, el Secretario de Acuerdos hace mención de los asistentes, en caso que alguna de las partes no asista, se continuará con el proceso estipulado. Durante la primera etapa, la depuración del procedimiento, el Juez analizará la legitimación procesal de las partes. En caso de que no haya oposición de excepciones procesales de alguna de las 8 Ver Anexo Estadístico, tabla 3 variable #8. 9 Ver Anexo Estadístico, tabla 31, variable #3. 10 El objetivo de la Audiencia Preliminar es señalado en al Art BIS 32 del Código de Comercio. 3

16 partes o si estas son infundadas, se continuará y se dará por concluida la misma. Posteriormente, el Juez abrirá la etapa de mediación y/o conciliación, durante ésta el Juez fungirá como mediador y agotará los medios alternativos de solución de controversias. En caso de llegar a algún acuerdo, éste se elevará a la categoría de sentencia ejecutoria; en caso contrario, la audiencia seguirá su curso quedando vigente la posibilidad de lograr un convenio. Esto con la finalidad de poder llegar a un arreglo entre las partes, sobre la secuela del juicio. Cabe hacer mención de que las sugerencias propuestas en la etapa de conciliación o mediación, no se considerarán para dictar sentencia, en el caso de que las partes no realicen la conciliación y mediación. La tercera etapa, en la que se hará la fijación de acuerdos sobre hechos no controvertidos, las partes determinarán cuales son los hechos en los que ya no existe disputa, según las menciones realizadas en la fijación de la Litis. Es decir, un arreglo sobre los hechos en los que litigará durante el juicio, esto para que este se enfoque sólo en los aspectos contenciosos. Una vez concluida la etapa anterior, el Juez abrirá la etapa de fijación de acuerdos probatorios, en ella las partes acordarán excluir las pruebas que consideren innecesarias para resolver los hechos en controversia. El Juez también podrá proponer a las partes que excluyan pruebas que consideren innecesarias al procedimiento, una vez que las partes lleguen a un acuerdo o éste sea fijado por el Juez se concluirá esta fase. En la última etapa, el juez realizará la calificación de admisión de pruebas, donde señalará oralmente el acuerdo donde se admiten o desechan las pruebas de las partes, ordenará la preparación de las mismas y emitirá los citatorios pertinentes y notificaciones 11 en caso de ser necesario, para pruebas testimoniales o periciales-. Por último, el Juez señalará la fecha de la Audiencia de Juicio que debe celebrarse entre los diez y cuarenta días posteriores. Concluida la Audiencia Preliminar, es elaborada un acta circunstanciada de la misma que será firmada por el Juez y el Secretario de Acuerdos. La duración de la audiencia preliminar es de menos de un día y en ella la parte actora no tiene que incurrir en ningún costo, ya que en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que la impartición de justicia es gratuita. Al dar inicio a la Audiencia de Juicio, se hacen constar los antecedentes del asunto, la fecha, hora, lugar, asistentes y el medio donde se registra la audiencia. El Juez comenzará con la etapa de desahogo de las pruebas. Durante esta etapa se recibirán las pruebas documentales, testimoniales, periciales, confesionales, inspecciones u otros elementos de convicción admitidos a las partes, en el orden que el Juez determine pertinente. Una vez que se han desahogado todas las pruebas, las partes harán uso de la palabra una sola vez para dar a conocer sus alegatos finales. Concluidos los últimos, el juez cerrará la fase, declarará visto el asunto y señalará la fecha en la que dictará la sentencia dentro de los 10 días siguientes (continuación de la audiencia de juicio). Llegada la fecha señalada para dictar sentencia, el Secretario de Acuerdos hará constar los antecedentes, lugar, fecha, hora y el medio electrónico en el que se grabó. Si una o ambas partes se presentan, el Juez explicará las razones de hecho y de derecho que sustentan la sentencia, dará la lectura de sus puntos resolutivos y entregará copia de la misma a quien se encuentre presente. En caso de que las partes, asistan o no, se tendrán por notificadas. Concluida la Audiencia en que se 11 Código de Comercio, Art bis 10: En el juicio oral únicamente será notificado personalmente el emplazamiento. ( ) 4

17 dicta sentencia, se levantará el Acta correspondiente que será firmada por el Juez y el Secretario de Acuerdos. Con la implementación de los Juicios Orales Mercantiles es posible que el plazo que transcurre desde que es presentada la demanda hasta el dictado de sentencia sea de 112 días 12. Durante la audiencia de juicio, la parte actora sólo desembolsará los honorarios del perito $11, pesos. No realizará ningún desembolso al juzgado, ya que en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que la impartición de justicia es gratuita. Posterior a la sentencia, la parte actora realizará la solicitud de ejecución de la misma, el Juez otorgará un plazo de 5 días para que el demandado cumpla voluntariamente. Transcurrido dicho término, el actor podrá solicitar la ejecución forzosa de la Sentencia y el embargo de bienes suficientes para garantizar el pago de los conceptos condenados 14. El Secretario Actuario acompañado por la parte actora, se dirige al domicilio del emplazado a realizar el embargo. En primera instancia se le requiere al demandado para cumplir con la sentencia, en caso que se niegue, se le invita a señalar los bienes a embargar, si se negará, el derecho de seleccionar los bienes pasa al actor. El Secretario Actuario levantará un acta en la que hace constar los bienes embargados del cual entregará copia a las partes y al juzgado. En caso que no existiera algún acuerdo de las partes sobre el valor de los bienes embargados, se realizará una valuación por cada una de las partes y en caso de haber una diferencia de más del 20% del valor de los bienes, se asignará un perito valuador tercero. Con la valuación de este último, se determinará el valor de los bienes y el Juez señalará la fecha de la almoneda pública, de la cual se deberá realizar publicación mediante edictos en algún diario de amplia circulación. Al haber sido realizado el remate, el Juez determinará si las pujas son legales; en caso de serlo, se realizará la transacción correspondiente y ordenará el pago a la parte actora. En ésta última etapa se tienen identificados el pago de los honorarios del abogado en un 23% del valor de la suerte principal $58, pesos, además del pago correspondiente a los peritos valuadores de $5, pesos y la publicación de los edictos en algún diario de $5, pesos. 12 Ver Anexo Estadístico, tabla 3, variable #7. 13 Ver Anexo Estadístico, tabla La ejecución de la Sentencia puede suspenderse si concurren las siguientes causas: 1) que el demandado no presente Amparo, 2) que en el Juicio de Garantías se solicite la suspensión del auto reclamado, 3) que el Tribunal Federal que conozca del amparo otorgue dicha suspensión y 4) que el demandado otorgue garantía para evitar posibles daños y perjuicios al tercero perjudicado (actor) en caso de que el amparo no se conceda. Cabe aclarar que el actor podría otorgar contrafianza para ejecutar la Sentencia y proceder al embargo de bienes. 15 Ver Anexo Estadístico, tabla 36, variable #2. 16 Ver Anexo Estadístico, tabla Sol de México 5

18 En el estudio de Doing Business 2014 del Banco Mundial, México ocupa el lugar 71 del ranking a nivel global. En este estudio se tienen identificados 38 procedimientos que se desarrollan en un total de 400 días naturales y con un costo del proceso del 31% del valor de la demanda. En este sentido, el indicador muestra un sesgo al dejar a un lado las reformas que se han efectuado desde el año 2011 en el Código de Comercio y las practicas que se realizan desde la implementación de los Juicios Orales Mercantiles en México. Tomando en cuenta las adiciones y modificaciones que se han realizado al Código de Comercio y las nuevas prácticas que se realizan con la implementación de los Juzgados del Proceso Oral en el Distrito Federal, se han reducido los procedimientos de 38 a 21, así como los días en 130, al pasar de 400 a

19 Fuente: Elaborado por COFEMER. 7

20 En esta etapa existe una reducción de seis procedimientos de los cuales tres se realizaban de manera simultánea en el caso anterior. El primero en verse afectado es el número cuatro, en el cual se establecía que una vez que el demandado solicitaba la orden de emplazamiento, el juez lo ordenaba. En la actualidad este procedimiento se realiza sin requerir la intervención del interesado, de acuerdo a lo establecido en artículo 1390 Bis 14 del Código de Comercio. El segundo procedimiento reducido es el simultáneo con el cuatro, el cual menciona que el demandado toma las medidas necesarias para realizar el emplazamiento al demandado. No es práctica común que la parte actora acompañe al Secretario Actuario a realizar el emplazamiento. Por su parte el segundo intento de emplazamiento personal no es siempre realizado, ya que en el 68% de los casos el primer intento de emplazamiento es exitoso 18. Los siguientes cuatro en verse afectados son los relacionados con el embargo precautorio, los simultáneos con el seis y los procedimientos siete y ocho. En este caso, el ajuste de estos procedimientos es fundamentado de acuerdo a los supuestos utilizados en el estudio Doing Business 2015, en donde ya no se contempla esta situación y que en este tipo de procedimientos el embargo precautorio no es práctica común. De igual forma podemos observar que no es una práctica común al no realizarse el embargo como medida precautorio en ninguno de los casos entregados por parte del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 19 Tomando en cuenta estas disminuciones en la primera etapa de presentación y notificación, el número de procedimientos se vería reducido a cinco procedimientos. Al hacer esta reducción, también es lógico que exista una disminución en el número de días, pasando de 42 a días, desde la consulta del abogado hasta el emplazamiento del demandado. Dentro de esta etapa, el único costo incurrido es el que realiza la parte actora por las copias certificadas para acreditar la personalidad y las que son de documentos fundatorios de la acción, las cuales en su totalidad cuestan en promedio $2, pesos. 18 Ver Anexo Estadístico, tabla Ver Anexo Estadístico, tabla Ver página 18, tabla Tiempo Total. 21 Ver Anexo Estadístico, tabla 31, variable #3. 8

21 Fuente: Elaborado por COFEMER. 9

22 Fuente: Elaborado por COFEMER. En esta etapa, al contrario de la anterior, existe un aumento del número de procedimientos tomados en cuenta, esto debido a la naturaleza de los Juicios Orales Mercantiles. Los procedimientos simultáneos al número ocho del proceso Doing Business son relacionados a objeciones por parte del demandado con respecto a la jurisdicción y el número nueve es sobre la resolución del juez sobre las mismas. Estos procedimientos pueden ser descartados, ya que desde antes de aceptar la demanda, ésta es revisada por el juez y en caso que exista alguna irregularidad o no sea clara en cierto punto, no será aceptada hasta que se subsane. En los Juicios Orales Mercantiles no son práctica común este tipo de prácticas dilatorias. En el estudio anterior no se tenían contemplados las etapas de la audiencia preliminar (fase de conciliación y/o mediación), audiencia preliminar (fijación de hechos no controvertidos), la admisibilidad de pruebas y la fijación de fecha de audiencia de juicio. Estos procedimientos son 10

23 simultáneos, ya que suceden dentro de la llamada audiencia preliminar y se encuentran descritos dentro del título especial de los Juicios Orales Mercantiles 22. El Código de Comercio en el artículo 1255, establece que en caso que los dictámenes rendidos resulten substancialmente contradictorios de tal modo que el juez considere que no es posible encontrar conclusiones que le aporten elementos de convicción, podrá designar un perito tercero en discordia. Podemos ver que la participación del perito tercero queda a disposición del juez y en la práctica, de los 358 expedientes que conforman la muestra generada por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal sólo el 1.12% nombra a un perito tercero dentro de sus procedimientos. 23 Por lo que se considera estadísticamente no significativo y por lo tanto una práctica poco común. El cierre de periodo de presentación de evidencia es simultáneo a la audiencia de juicio, ya que es en ésta donde se presentan las pruebas y no es posible presentar ninguna adicional, una vez que se haya cerrado la etapa. Esto está establecido en el Código de Comercio 1390 Bis 38. La orden para la entrega de argumentos finales también puede ser considerada como simultánea a la audiencia o de juicio, ya que es en esta donde el juez señala el plazo donde se tienen que realizar los argumentos finales. Esto está establecido en el Código de Comercio 1390 Bis 38. El día de la sentencia, es considerado como un procedimiento simultaneo con la entrega del reporte del peritaje, ya que una vez que se hayan presentado todas las pruebas, el juez podrá señalar la fecha en la que dictará la sentencia. Esto está establecido en el Código de Comercio 1390 Bis 38. De igual forma, no se contemplaban las etapas donde el demandante recibe una copia de la sentencia, el juzgado notifica la disposición de la sentencia escrita y el demandado es formalmente notificado de la sentencia. Estas tres etapas sí son consideradas en el diagnóstico actual, ya que se realizan dentro de la llamada continuación de audiencia de juicio, en la cual se dicta la sentencia y se realizan las acciones descritas anteriormente. Estos procedimientos se encuentran descritos en el Código de Comercio en los artículos 1390 BIS 22 y 39. El periodo de apelación ya no es considerado, debido a que los Juicios Orales Mercantiles sólo llevan disputas de suerte principal menor a la estipulada en el artículo 1339 del Código de Comercio y todas los juicios mercantiles menores a esta cantidad no pueden ser apelables según el artículo 1340 del mismo ordenamiento. Con la disminución y adición de procedimientos según los establecidos por el Banco Mundial, el tiempo desde el emplazamiento hasta el dictado de la sentencia es de días. Es decir, una disminución de 93 días conforme al estudio anterior. Durante esta fase la parte actora sólo tendrá que cubrir los costos del perito que contrate los cuales en promedio ascienden a $11, pesos. 22 Código de Comercio, artículo 1390 Bis Ver capítulo 10 Audiencia de Juicio y Anexo Estadístico, tabla Ver Anexo Estadístico, tabla 3, variable #9. 25 Ver Anexo Estadístico, tabla

24 Fuente: Elaborado por COFEMER. 12

25 Fuente: Elaborado por COFEMER. El procedimiento número veintidós, el cual señala que el demandante reserva a un agente para ejecutar la sentencia, no sucede así en la práctica común, ya que el demandante no tiene que reservar a un Secretario Actuario para ejecutar la demanda. Con la solicitud al juez sobre la ejecución de la sentencia, se puede proceder al embargo según lo señalado en artículo 1347 del Código de Comercio. De igual forma, la publicación de la sentencia en el boletín no se realiza, ya que lo único que se publica en estos es el estado del caso. Asimismo, el procedimiento relacionado al demandante se anticipa al pago de la ejecución, en la práctica el demandante no tiene que realizar desembolso alguno para realizar el embargo sólo los gastos inherentes a este únicamente en caso de ser necesarios- y que no son por anticipado. El procedimiento simultáneo con el número 25, que se refiere a que el demandado solicita el uso de la fuerza física, tampoco puede ser considerado. Esto debido a que el responsable de requerir el uso de la fuerza pública es el Secretario Actuario. Según el artículo 112 del Código de Comercio, 13

26 las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias e incluso podrán solicitar a los Órganos competentes, medidas cautelares para asegurar la eficacia de la resolución que se dicte. Los procedimientos 27 al 32 en la práctica se realizan de manera simultánea ya que son realizados en una misma interacción, según lo señalado en el artículo 1394 del Código de Comercio sobre el proceder de los embargos. Por último, las disputas de la ejecución antes del juzgado no se realizan, ya que la ejecución antes del juicio no es parte de los supuestos del estudio Doing Business Durante esta última etapa considerada por el Banco Mundial, el tiempo promedio de resolución es de 152 días hasta el pago correspondiente a la parte actora. Mientras que los gastos en los que se tiene que incurrir, son los honorarios del perito valuador de la parte que asciende a $5, pesos y la publicación de los edictos en algún diario como el Sol de México que tiene un costo de$5, pesos. Mientras que los honorarios del abogado se sitúan alrededor $58, pesos. Con la implementación de los Juicios Orales Mercantiles en México, el número de procedimientos se ve reducido a 21 y el tiempo de llevar un asunto a juicio se reduce a 270 días naturales, con un costo del 32% de la demanda para la parte actora. Tiempo (días) Costo (% del valor de la demanda) Número de Procedimientos Presentación y Notificación Juicio y Sentencia Ejecución de la Sentencia Tiempo Total Honorarios del Abogado Costo del Juicio Costos de ejecución Costo Total % 5% 6% 31% Diagnóstico % 5% 4% 32% Esto equivale a una reducción de un 48% del tiempo, en específico el tiempo del juicio y sentencia se ve disminuido en más del 53%. El número de procedimientos también representa un punto de avance importante, con una reducción de 17, lo cual representa un 45% menos de lo que se contabilizaba previamente. 26 Ver Anexo Estadístico, tabla Ver Anexo Estadístico, tabla 36, variable #2. 14

27 En la tabla siguiente se pueden ver los costos desagregados: Rubro % del valor de la demanda Costo Total Concepto Cantidad Honorarios del Honorarios del 23% $58, Abogado Abogado 28 Copias Certificadas 29 $2, Costo del Juicio 5% Perito 30 $11, Ejecución de la Perito Valuador $5, % sentencia Edictos 31 $5, Fuente: Elaborado por COFEMER. En la tabla siguiente se pueden ver los tiempos desagregados: Tiempo Total Rubro Días Naturales Concepto Días Naturales Tiempo preparación de la demanda 32 6 Presentación y notificación 36 Tiempo entre Presentación de la Demanda y Emplazamiento Juicio y sentencia 82 Tiempo entre Presentación de la Demanda y Emplazamiento Ejecución de la sentencia 152 Tiempo de ejecución de la sentencia 35 Fuente: Elaborado por COFEMER Ver anexo, Estadísticas. Tabla 36, variable #2. 29 Ver anexo, Estadísticas. Tabla 31, variable #3. 30 Ver anexo, Estadísticas. Tabla 42, variable #3. 31 Ver anexo, Estadísticas. Tabla 32. Sol de México $5, pesos, $928 por publicación. 32 Ver anexo, Estadísticas. Tabla 38, variable #9. 33 Ver anexo, Estadísticas. Tabla 3, variable # Ver anexo, Estadísticas. Tabla 3, variable #9. 35 Ver anexo, Estadísticas. Tabla 38, variable #12. 15

28 A causa de incumplimiento en la obligación de pago de un comprador, la empresa Vendedora consulta a un Abogado para dar solución del problema por la Vía Judicial. El Abogado preparará la demanda a partir de la documentación y pruebas que le entregue la Empresa Vendedora. Abogado de la Empresa Vendedora Empresa Vendedora Costo Doing Business Tiempo Doing Business Recibe a la Empresa Vendedora y analiza el caso Consulta a Abogado para enfrentar por la vía judicial el incumplimiento de pago de un comprador Copias certificadas para acreditar la personalidad y fundatorios de la acción $2, Recibe documentación y pruebas Contrata a Abogado y recaba documentación y pruebas que le entregará Demanda se elabora en un promedio de 6 días. Elabora demanda Total: $2, Total. 6 días Costos Tiempo $2, días naturales Copias certificadas para acreditar la personalidad y fundatorios de la acción: $2, El tiempo promedio de preparación de la demanda es de 6 días 37. Fundamento Jurídico 38 : Momento a partir del cual puede ser presentada una demanda por incumplimiento de contrato: Código de Comercio, Art 83 y Ver Anexo Estadístico, tabla 31, variable #3. 37 Ver Anexo Estadístico, tabla Anexo Fundamento jurídico. 16

29 Herramientas de Implementación: Instituto de Estudios Judiciales. Para contribuir con la adecuada participación de los abogados en los procesos de juicio oral mercantil en favor de los justiciables, ha establecido como oferta educativa permanente el Taller de Juicio Oral Civil-Mercantil para abogados postulantes. 39 Estadísticas 40 Gráfica 1. Tiempo (en días) de preparación de la demanda A B C D E F G H I J Fuente: Elaborado por COFEMER. En una encuesta realizada a Abogados litigantes, se encontró la relación entre las sujeto A al sujeto J del tiempo que tardan en preparar una demanda, cuyo promedio es de 6 días. Gráfica 2. Costo (en pesos) de copias certificadas $8, $6, $4, $2, $- A B C D E F G H I J Fuente: Elaborado por COFEMER. En una encuesta realizada a Abogados litigantes, se encontró la relación entre las sujeto A al sujeto J del costo de copias certificadas utilizadas para acreditar personalidad y fundatorios de la acción, cuyo promedio es de $2, días. 39 Mag. Edgar Elías Azar, Sexto Informe de Labores, Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. 40 Ver Anexo de Estadísticas 17

30 Con base en la documentación y evidencia que proporcione la Empresa Vendedora, el Abogado preparará la demanda por escrito y la presentará en la Oficialía de Partes Común del Poder Judicial del Distrito Federal. Abogado de la Empresa Vendedora Oficialía de Partes (Común) Costo Doing Business Tiempo Doing Business Ingresa la demanda por escrito CCom. Art Bis 11 Recibe la demanda LOTSJDF Art. 171 Total: $0.00 El ingreso de la demanda tarda de 30 a 45 minutos 45 minutos Costos Tiempo $ minutos Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. La Oficialía de Partes Común recibe demanda y señala los documentos anexos. Fundamento Jurídico 41 : Acceso a la justicia de manera gratuita: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 17 Responsable de recibir casos: Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Art Anexo Fundamento jurídico. 18

31 Contenido de la demanda ingresada: Código de Comercio, Art BIS 11 Herramientas de Implementación: Sello de cuadro de anexos. 19

32 Una vez ingresada la demanda, pasa el área de captura y la persona encargada ingresa la información del caso al sistema SIEMP (Sistema de Información Estadística de la Materia Penal): nombre del demandante y demandado, número de anexos y datos generales. Una vez completa la información en el Sistema, éste imprime un número de folio y asignación de Juzgado de manera aleatoria. Todos los casos ingresados en un día son entregados al Juzgado correspondiente al siguiente día de 8:00 a 9:00 hrs. Abogado de la Empresa Vendedora Oficialía de Partes (Común) Costo Doing Business Tiempo Doing Business Ingresa la demanda por escrito CCom. Art Bis 11 Recibe la demanda LOTSJDF Art. 171 Total: $0.00 El ingreso de la demanda tarda de 30 a 45 minutos 45 minutosa Costos Tiempo $ minutos Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. En el Área de Captura ingresan la información del caso al sistema, y éste asigna un número de folio y Juzgado. 20

33 Fundamento Jurídico 42 : Acceso a la justicia de manera gratuita: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 17 Responsable de recibir casos: Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Art. 171 Herramientas de Implementación: SIEMP Horario de Oficialía de Partes Común: 9:00 a 24:00 hrs. Lunes a Viernes 42 Anexo Fundamento jurídico. 21

34 Una vez ingresada la demanda, pasa el área de captura y la persona encargada ingresa la información del caso al sistema: nombre de demandante y demandado, número de anexos y datos generales. Una vez completa la información en el Sistema, éste imprime un número de folio y asignación de Juzgado de manera aleatoria. Abogado de la Empresa Vendedora Oficialía de Partes (Común) Costo Doing Business Tiempo Doing Business Ingresa la demanda por escrito CCom. Art Bis 11 Recibe la demanda LOTSJDF Art. 171 Total: $0.00 El ingreso de la demanda tarda de 30 a 45 minutos 45 minutosa Costos Tiempo $ minutos Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. En el Área de Captura ingresan la información del caso al sistema, y éste asigna un número de folio y Juzgado. Fundamento Jurídico 43 : Acceso a la justicia de manera gratuita: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art Anexo Fundamento jurídico. 22

35 Responsable de recibir casos: Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Art. 171 SIEMP Herramientas de Implementación: 23

36 Una vez ingresada la demanda, asignado el Juzgado de manera aleatoria, el Juez determinado revisa el contenido de la demanda. Secretario de Acuerdos Costo Doing Business Tiempo Doing Business Recibe demanda, hace constar el día y hora en que fue ingresada y da cuenta al Juez. CFPC Art. 62 Total: $0.00 Revisión en 1 día. Costos Tiempo $0.00 Máximo 24 horas Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. Ingresada la demanda en el Juzgado asignado, el Secretario de Acuerdos da cuenta con la demanda al Juez. Fundamento Jurídico 44 : Acceso a la justicia de manera gratuita: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 17 Acción: Código Comercio, Art. 1055, fracción VII. Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Art. 58, fracción II. Herramientas de Implementación: Sistema Integral para Consulta de Resoluciones (SICOR) 44 Anexo Fundamento jurídico. 24

37 Una vez revisada la demanda, en caso de cumplir con los requisitos que exige el código, el Juez ante la fe pública del Secretario de Acuerdos procede a admitirla formalmente. Secretario de Acuerdos Juez Personal del Boletín Judicial Costo Doing Business Tiempo Doing Business Da cuenta al Juez con la demanda Firma admisión Se publica admisión Total: $0.00 Total: 1 día LOTSJDF Art. 163 Costos Tiempo $ día Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. Aceptada la demanda, el Secretario de Acuerdos da cuenta al juez con la demanda. Fundamento Jurídico 45 : Acceso a la justicia de manera gratuita: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Art. 17 SICOR Publicación: Ley Orgánica del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Art. 163 Herramientas de Implementación: 45 Anexo Fundamento jurídico. 25

38 Una vez admitida la demanda, el Secretario Actuario realiza el emplazamiento de forma personal a la Empresa Compradora/Demandado por conducto de su representante legal o persona que se encuentre en el domicilio conforme a las reglas establecidas en el Código de Comercio. Actuario Demandado Costo Tiempo Si Visita a demandado para realizar emplazamiento CCom. Art Bis 15 Encontró al demandado? No (Código de Comercio artículo 1068) El Actuario tiene tres días. Entrega, debidamente cotejada, copia de la demanda y documentos complementarios al demandado Llena cédula de notificación Da cuenta al Juez para que provea lo que corresponda Coteja copia de la demanda y documentos complementarios al demandado Recibe emplazamiento y tiene un plazo de 9 días para dar contestación por escrito CCom. Art Bis 15 Firma cédula de notificación Elabora razón asentada Firma razón asebtada Total: $0.00 Total: hasta 3 días en ley Total: en la práctica 1 días 26

39 Costos Tiempo $ días naturales máximo En el Código de Comercio 1390 bis 15 se hace mención que la parte actora podrá acompañar al actuario, sin embargo se identificó a través de las reuniones en los juzgados que es una práctica poco común. 46 El Código de Comercio en su artículo 1068 establece que el emplazamiento se realizará dentro de los tres días siguientes a partir que sea señalado por el Juez. Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. Fundamento Jurídico 47 : El 27 de enero del 2011 se agregó al Código de Comercio el Título Especial denominado Del Juicio Oral Mercantil. Tiempo: Código de Comercio, Artículo 1068 y Acción: Código de Comercio, Artículo 1390 Bis 10, Bis 14 y Bis 15. Del Secretario Actuario: Código de Comercio, Artículo 58, 61 y 225. Herramientas de Implementación: El Boletín Judicial, SICOR 48, GPS, Cámaras fotográficas, Google, Guía, Mapa del Distrito Federal actualizado 46 Se cita el anexo de las visitas a los Juzgados del proceso civil oral. 47 Anexo Fundamento jurídico. 48 Anexo Glosario de definiciones, 27

40 Estadísticas 49 CUATRO 3% Gráfica 3. Porcentaje de éxito en número de emplazamiento TRES 6% CINCO 1% SIES 1% No especificado 0% DOS 21% UNO 68% Fuente: Elaborado por COFEMER. En una muestra de 258 expedientes, encontramos que el porcentaje de éxito del primer emplazamiento es de casi 70%. 49 Ver Anexo de Estadístico, tabla 9. 28

41 Una vez que el demandado es emplazado, tiene un plazo de nueve días para dar contestación de ella, a partir de que surta efectos dicho emplazamiento. La contestación de la demanda puede ser presentada ante la Oficialía de Partes Común o ante la Oficialía correspondiente al Juzgado en cuestión. Oficialía de Partes (Juzgado en Turno) Abogado de la Empresa Compradora Costo Doing Business Tiempo Doing Business Prepara respuesta de la demanda Recibe contestación y notifica al Secretario de Acuerdos Contestación CCom. Art Bis 14 y 17 Total: $0.00 Total: hasta 9 días en ley Costos Tiempo $ días naturales máximo Debido a que la justicia es gratuita según lo estipulado en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos no existe costo alguno. El Código de Comercio en su artículo 1390 BIS 14 establece que el demandado podrá ingresar la contestación de la demanda en un plazo de 9 días, transcurridos desde que surta efectos el emplazamiento, lo cual es señalado en el artículo 1075 como el día siguiente de realizado el emplazamiento. 29

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