PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY MINISTERIO DE OBRAS P;úBLICAS Y COMUNICACIONES ~._,~::. - DECRETO N -'"''-" -'--"~'--...
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- José Luis San Segundo Cordero
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1 MINISTERIO DE OBRAS P;úBLICAS Y COMUNICACIONES ~._,~::. - DECRETO N -'"''-" -'--"~' ~-- MATRÍCULA No LOS-5363, CUENTA CORRIENTE CATASTRAL No , CON LA LEY N 5389/2015. Asunción, 2~ de ~ t!!a/t ~1! de 2015 VISTO: La presentación radicada por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, mediante la cual solicita se homologuen las mediciones de afectación y las tasaciones practicadas al inmueble individualizado con Matrícula N L , Cuenta Corriente Catastral No , del Distrito de Luque, Departamento Central, propiedad del señor Francisco César Cáceres Carballo, afectado al proyecto "Construcción y pavimentación del Acceso Este a la ciudad de Asuncion (Avda. Laguna Grande)" de conformidad con la Ley N 5389/2015; y CONSIDERANDO: Que la Ley No , "Que establece el procedimiento para la expropiación e indemnización de inmuebles comprendidos en las áreas destinadas a la franja de dominio público de obras de infraestructura a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) y declara de utilidad pública y expropia a favor del Estado Paraguayo (Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones) varios inmuebles afectados por dicha condición", en el artículo ] 0 establece: "La expropiación de inmuebles comprendidos en las áreas destinadas a la franja de dominio público de obras de infraestructura a cargo del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), y el pago de las indemnizaciones correspondientes, se someterán al procedimiento establecido en la presente Ley. Para el efecto, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), procederá a la elaboración de un plano catastral de toda la franja de dominio correspondiente al Proyecto Ejecutivo de la Obra, resaltando los inmuebles afectados a lo largo de todos los tramos, debidamente georreferenciados y constituirá un expediente por cada inmueble afectado por la expropiación incluido el valor de
2 MINISTERIO DE OBRAS P,úBLICAS Y C0MUNICACIONES DECRETO N l. fí-.6~. - CON LA LEY N 5389/ la indemnización justa, que será remitido al Poder Ejecutivo, con el objeto de identificar por Decreto los inmuebles o fracciones con sus respectivos deslindes y medidas a ser afectados por los Proyectos de Obras Viales y de Infraestructura detallados en la Ley de expropiación ". Que el Artículo 15, de la Ley No 5389/2015, manifiesta: "La determinación del monto de la indemnización correspondiente al inmueble o fracción del mismo y mejoras afoctadas, será responsabilidad del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), y este se expedirá a través de una Resolución Ministerial, previa aprobación para cada caso del área afectada y las mejoras existentes en ellas, según la tasación practicada. El expediente de tasación deberá. contener como mínimo los siguientes antecedentes: a) El Decreto del Poder Ejecutivo que individualice el inmueble afoctado, las referencias del plano catastral, antecedentes dominiales, deslindes y medidas; b) La notificación al afectado, con la correspondiente determinación del área afectada por la expropiación, junto con el informe pericial, la planilla de cálculo de la superficie y el plano del fraccionamiento del inmueble afectado y el detalle de las mejoras afectadas; y, e) El informe pericial que indica la superficie o área restante no afectada por la franja de dominio a ser expropiada... " Que el Artículo 17 de la Ley No dicta: "El Departamento de Avalúo procederá a practicar el justiprecio
3 MINISTERIO DE OBRAS P;úBLICAS Y COMUNICACIONES DECRETO N ~v'f5 - MATRÍCULA N' LOS-5363, CUENTA CORRIENTE CATASTRAL No , CON LA LEY N 5389/ tanto de las mejoras como de los inmuebles o fracción de inmuebles afectados por la expropiación, dando intervención al o los propietarios afectados. Realizada la valuación, dicho Departamento notificará al propietario afectado y este dispondrá de 5 (cinco) dias hábiles para que manifieste su coriformidad o disconformidad con el resultado de la tasación. " Que el Articulo 18, de la Ley No 5389/2015, expresa: "Cuando el propietario afectado manifieste su coriformidad con el monto de la avaluación practicada por el Departamento de Avalúo, o con la reconsideración resuelta por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), el precio total se incrementará en un 10% (diez por ciento) del valor indemnizatorio fijado ". Que el Articulo 19, de la Ley No 5 389/2015, dice: "Cumplido el procedimiento establecido, y en su caso, resuelta la reconsideración planteada, el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), dictará la Resolución Ministerial con la cual se tendrá por concluido el procedimiento y aprobado el justiprecio y la tasación del inmueble afectado, que incluirá la individualización del inmueble y el área afectada por la ejecución de la obra de irifraestructura pública, el valor de lo edificado y plantado en cada caso asi como la imputación del objeto del gasto. A partir de la fecha de la Resolución del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) dictada conforme con las disposiciones de esta sección, se procederá a la anotación
4 MINISTERIO DE OBRAS P úblicas Y C0MUNICACIONES DECRETO N J,t,:t-5-1 CIUDAD DE ASUNCIÓN (A VDA. LAGUNA GRANDE)" DE CONFORMIDAD CON LA LEY N preventiva en el Registro Público de la restricción de dominio que pesa sobre el inmueble a expropiarse. Que el Artículo 23, de la Ley N 5389/2015, dice: "Cuando el propietario manifieste su conformidad con el monto de la indemnización aprobado por Resolución Ministerial, conforme con la sección anterior, se iniciarán los trámites para la suscripción de la Escritura Pública de transferencia de dominio a favor del Ministerio de Obras. Públicas y Comunicaciones (MOPC)". Que la Ley No , en el Artículo 43, dispone que se declare de utilidad pública y se expropie a favor del Estado Paraguayo - Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), los inmuebles afectados a la franja de dominio de las obras de infraestructura a ser ejecutadas por el MOPC, de conformidad con los Tramos y especificaciones técnicas que se detallan en los Anexos de la presente Ley. Asimismo, el anexo referido identifica en el punto 2 el Tramo "Construcción y Pavimentación del Acceso Este a la ciudad de Asunción (Avda. Laguna Grande), de longitud aproximada 6,14 km. Que conforme con los antecedentes agregados se observa que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), en focha 9 de diciembre de 2014, procedió a la Notificación de Afectación, por la que se comunicó al señor Franciso César Cáceres Carballo, que el Ministerio estaba iniciando los trámites
5 MINISTERIO DE OBRAS P úblicas Y COMUNICACIONES DECRETO N it~}/5 - CON LA LEY N y solicita el correspondiente permiso para los trabajos de catastro de propiedades y mejoras /rentistas afectados a la franja de dominio del Proyecto, a efectos de determinar y cuantificar las eventuales qfectaciones sujetas a indemnización. Que por Ficha del Acta de Reunión llevada a cabo,en fecha 11 de diciembre de 2014, en presencia de funcionarios de la Unidad Social del MOPC, personal de la Empresa Consultora Guaraní y miembros de la familia Cáceres Carbal! o, se solicitó el acceso a la propiedad para realizar las mediciones catastrales pertinentes, y en contrapartida la familia Cáceres plantea una propuesta con relación al trazado, proponiendo una alternativa a ser estudiada. Que se agrega al expediente copia de la Escritura Pública de Anticipo de Herencia otorgado por el señor Crispín Cáceres a favor de su hijo Franciso César Cáceres Carballo, respecto al inmueble individualizado como Finca N 5363 actualmente Matrícula No L , Cuenta Corriente Catastral No Asimismo, se adjunta copia de la cédula de identidad del afectado. Que la Consultora Guaraní S.A. y la Unidad de Bienes Inmobiliarios (UBJ) del MOPC, a través del Informe Pericial agregado al expediente, informó cuanto sigue: Matrícula Cta.Cte.Ctral. N' Distrito Su e tcie LOS Luque 418m cm 2
6 MINISTERIO DE OBRAS P;úBLICAS Y COMUNICACIONES DECRETO N 4~ - f CIUDAD DE ASUNCIÓN (AJI1)A. LAGUNA GRANDE)" DE CONFORMIDAD CON LA LEY N 5389/ Que la Consultora Guaraní S.A. a través de su Informe de Avaluación indica cuanto sigue: Nombre del Afectado Matricula Cta. Cte. Ctral No Distrito Monto A valuado Francisco César Cáceres L Luque G Carbal/o Incluye mejoras y gastos de transferencia Que de coriformidad con el Artículo 17, de la Ley No , el Departamento de Avalúo Oficial (DAO), dependiente del MOPC, en fecha 28 de julio de 2015, procedió a realizar la Notificación de Avaluación del terreno y mejoras qfectados por el proyecto "Acceso Este a la Ciudad de Asunción - Laguna Grande", y señala que el plazo legal para la presentación de la coriformidad o discoriformidad con el resultado de la tasación es de cinco (5) días. Que en fecha 3 de agosto de 2015, el señor Francisco César Cáceres Carballo, a través del expediente MEU N , solicitó la reconsideración de la avaluación realizada al inmueble y sus mejoras qfectadas por el Proyecto "Acceso Este a la Ciudad de Asunción - Laguna Grande", presenta, a tal efecto, una tasación particular realizada por la empresa Tasaciones Inmobiliarias a fin de que la misma sea tomada en cuenta.
7 MINISTERIO DE OBRAS P úblicas Y COMUNICACIONES DECRETO N ltb15- - ' CON LA LEY N Que por Memorándum Área Técnica DAO No 4, de fecha 19 de agosto de 2015, el Departamento de Avalúo Oficial informó respecto a las consideraciones manifestadas por el señor Francisco César Cáceres Carbal/o, que para obtener el valor unitario referencial resultante de f/jim 2 en la avaluación indicada en la notificación de avaluación de terreno, se tomaron en cuenta factores y coeficientes correctivos utilizados en una planilla de homogeneización a través del método comparativo directo con otras fracciones ubicadas en la zona de implantación del terreno vial, además, están los coeficientes de ubicación, de ofertas, esquina, suelo, topografia y forma, en consecuencia, el valor unitario referencial resultante del mencionado más arriba es producto de la avaluación realizada a la fracción. Que mediante Memorándum UBI- DAO A.E. N 37, de fecha 21 de agosto de 2015, las oficinas técnicas de UBI y DAO, remiten a la Dirección de Asuntos Jurídicos las documentaciones correspondientes al expediente del señor Francisco César Cáceres Carbal/o, cuyo terreno y mejoras se encuentran afectados por el Trazado del diseño ejecutivo de la obra "Acceso Este a la Ciudad de Asunción- Laguna Grande", a fin de que la misma dictamine al respecto, y posteriormente se proceda a la promulgación de la Resolución Ministerial. Que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones por Resolución Ministerial No 1471, de fecha 4 de septiembre de 2015,
8 MINISTERIO DE OBRAS P,úSLICAS Y COMUNICACIONES DECRETO N / (,ff}. - 1 MATRÍCULA No L , CUENTA CORRIENTE CATASTRAL No , CON LA LEY N tuvo por concluido el procedimiento de determinación administrativa del valor del inmueble y mejoras afectadas por el proyecto de referencia y aprobó las mediciones de afectación y las tasaciones practicadas al mismo. Que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones por Resolución Ministerial N 1601, de fecha 18 de septiembre de 2015, rectificó parcialmente los Artículos 1 o y JO de la Resolución No 1471, del 4 de septiembre de Que coriforme al Artículo 20, de la Ley No 5389/2015, se procedió a la notificación de la Resolución Ministerial No y de la Resolución Ministerial Rectificatoria No Que por nota de fecha 15 de octubre de 2015, el señor Francisco César Cáceres Carballo, se presentó a manifestar su coriformidad respecto a la tasación practicada por el Departamento de Avalúo Oficial del MOPC, y solicitó, asimismo, la inclusión de la bonificación del 10% establecido en la Ley N 5 389/2015. Que el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones por Resolución Ministerial N 1948, de fecha 29 de octubre de 2015, adicionó el 10% establecido en el Artículo 18, de la Ley No 5389/2015, al valor indemnizatorio aprobado por Resolución Ministerial No , que queda ftjado el monto en la suma de guaraníes trescientos cuarenta y un millones doscientos setenta y seis mil quinientos ochenta y nueve ( ).
9 MINISTERIO DE OBRAS P úblicas Y COMUNICACIONES DECRETO N lt6r CON LA LEY N 5389/ Que de conformidad con el Artículo 20, de la Ley N 5389/2015, se procedió a la notificación de la Resolución Ministerial No , y en consecuencia, el propietario afectado prestó su conformidad con el monto aprobado por la citada Resolución. Que con base en las argumentaciones expuestas en el Considerando del presente Decreto, corresponde homologar las mediciones de afectación y las tasaciones practicas y aprobadas por el MOPC. POR TANTO, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY DECRETA: Art. 1. Homológanse las mediciones de afectación y las tasaciones practicadas y aprobadas por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) al inmueble y las mejoras afectadas a las Obras de Infraestructura del Proyecto: "Acceso Este a la Ciudad de Asunción - Laguna Grande", según las Resoluciones Ministeriales N s , 1601/2015 y 1948/2015, identificado según el siguiente detalle: Nombre del Matrícula A ectado No Francisco L César Cáceres Carbal/o Cta. Cte. Ctral Distrito No Luque Monto Total Avaluado G Detalle Incluye mejoras, gastos de transferencia y el 10% establecido en el artículo 18 de la Ley N 5389/2015
10 MINISTERIO DE OBRAS P úblicas Y COMUNICACIONES DECRETO N J {/tf. - 1 CON LA LEY N Art Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones. Comuniques, publíquese e insértese en el Registro Oficial.
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