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1 SEGUROS DE VEHICULOS

2 RIESGO VEHICULAR PERSONAL O EMPRESARIAL Tiene una naturaleza muy especial, teniendo en cuenta que en la ocurrencia puede participar el mismo asegurado, siendo éste el causante, por un hecho meramente accidental (riesgo cubierto) o también por negligencia o imprudencia (riesgo no cubierto) También su origen puede estar en factores externos (otras personas, la naturaleza, vías de circulación, etc.) lo cual da lugar a tratar el riesgo vehicular mediante coberturas especiales.

3 INTERES ASEGURABLE Puede ser a nivel personal o empresarial, considerando el derecho, responsabilidad o propiedad del vehículo. ANALISIS Y ADMINISTRACION DEL RIESGO VEHICULAR 1. Identificación. De circunstancias en que se pueden originar siniestros vehiculares. 2. Evaluación. De la magnitud (severidad) de los daños (pérdida total o parcial) y con que periodicidad (frecuencia). 3. Selección. Clasificación o selección de los posibles daños que se producirán. 4. Implementación. Es adoptar algunas medidas de prevención. 5. Transferencia. Transferir el riesgo vehicular a una aseguradora.

4 OBJETIVOS DEL SEGURO DE VEHÍCULOS Salvaguarda del patrimonio Resarcimiento de pérdidas Económicas Estabilidad económica Preservar la continuidad de las actividades Afrontar daños consecuenciales Tranquilidad emocional

5 INSPECCION DE VEHICULOS Las Compañías Aseguradoras proceden a inspeccionar los vehículos con el objeto de definir sus características y establecer la tasa y prima correspondiente. Dicha inspección se realiza en algún local de la Aseguradora o mediante el uso de un inspector a domicilio, quien tomará nota de las especificaciones y condiciones del vehículo, comprobando principalmente: La pre existencia del bien (vehículo) Características del vehículo (Marca, Tipo, Modelo, Color) Números, registros y especificaciones particulares (Placa, chasis, etc.). Verificación de accesorios y equipos especiales (Radios, parlantes, etc.) Condiciones y estado.

6 CLAUSULAS DE GARANTIA La Compañía de Seguros evaluará la información contenida en el informe de inspección, para emitir la póliza y otorgar la cobertura correspondiente. Sin embargo el informe de inspección puede generar condicionamientos, por lo tanto según su política de suscripción, la Compañía de seguros puede: Rechazar el riesgo. No dar cobertura Aceptar el riesgo. Dar Cobertura Aceptar el riesgo. Condicionándolo a una Cláusula de Garantía.

7 COBERTURAS DEL SEGURO DE VEHÍCULOS A. COBERTURA DE DAÑO PROPIO la Compañía de Seguros asumirá el costo de los daños que sufran, el o los vehículos asegurados, a consecuencia de: Accidentes, incendios, robo y/o Asalto y rotura accidental de Para efectos de esta cobertura, se deberá tener en cuenta los siguientes conceptos: Colisión o choque Volcaduras Accidente Incendio Robo con fractura y/o asalto Rotura accidental de lunas Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC

8 B. COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL Mediante esta cobertura, se garantiza al asegurado asumir los gastos por daños personales y/o materiales causados por el vehículo asegurado a terceras personas, no ocupantes del mismo. Esta cobertura ampara la responsabilidad civil extracontractual, en que pudiere incurrir el asegurado frente a terceros. La garantía de esta cobertura solo está restringida por los términos, limites asegurados y condiciones del presente contrato. La responsabilidad máxima de la Compañía, respecto de todas las sumas pagaderas a favor de uno o de varios reclamantes como consecuencia de un solo evento, no podrá en ningún caso y bajo ningún concepto exceder del límite nominal de la suma asegurada.

9 C. COBERTURAS ADICIONALES Previa aceptación, solicitud y pago del asegurado, de extra primas correspondientes; se podrá otorgar coberturas adicionales en la póliza de vehículos. Entre las principales coberturas, tenemos las siguientes: Accidentes de ocupantes del vehículo asegurado. Responsabilidad civil frente a ocupantes Reajuste automático dela suma asegurada para daño propio Seguro de brevete Perdida total Ausencia de control Riesgos políticos y de la naturaleza Participación de utilidades y Burning Cost.

10 D. BENEFICIOS ESPECIALES Las compañías de seguros, suelen incluir en sus pólizas de vehículos; beneficios especiales relacionados con servicios, por lo general gratuitos. Entre los cuales tenemos: Auxilio mecánico Vehículo de reemplazo Asistencia de procuradores Asistencia médica asistida Ambulancia. Servicio de grúa Servicio de conductores Asistencia en viajes Otros

11 INFORMACION O DATOS PARA LA TARIFACION Para efectos de la emisión de una póliza de vehículos, el asegurado deberá proporcionar a la Compañía de Seguros, determinada información, con la cual se procederá a establecer la prima (tarifación), y a emitir la póliza respectiva. Estos datos básicos son: Clase de vehículo Marca Modelo Año Valor comercial timón invertido y/u original Tipo de uso

12 ALTERNATIVAS DE CONTRATACION Las alternativas o modalidades de coberturas más conocidas en el mercado son las siguientes: ALTERNATIVA COBERTURAS Observación DAÑO PROPIO Daño propio, cubre las RESPONSABILIDAD pérdidas parciales y totales. 1) TODO RIESGO CIVIL. Res. Civil, cubre daños a COBERT. ESPECIALES terceros. BENEFICIOS ADICIONALES Cob. Espec., cubre Acc. y RC de Ocup. y otros DAÑO PROPIO SOLO La cobertura de daño POR PERDIDA TOTAL. propio solo ampara 1) PERDIDA TOTAL RESPONSABILIDAD CIVIL pérdidas totales COBERT. ESPECIALES (daños > de 75% del valor Asegurado) RESPONSABILIDAD CIVIL R.C. Solo ampara daños a 1) RESPONSABILIDAD terceros materiales y CIVIL personales

13 EXCLUSIONES DE LA PÓLIZA DE VEHÍCULOS La compañía no cube los siniestros debido a: Deficiencias en el mantenimiento y el uso de vehículos. La depreciación por razones de accidente, desgaste y/o deterioro. Las quemaduras por artefactos eléctricos, fósforos, cenizas, etc. Actos intencionales o negligentes del asegurado y/o del conductor. El robo o hurto no denunciado.

14 DEBERES Y/O CARGAS DEL ASEGURADO Bajo pena de perder todo derecho a indemnización de la póliza contratada, el Asegurado debe cumplir las siguientes cargas: Mantener las condiciones del riesgo existente al inicio del seguro o de su renovación. Informar inmediatamente a la Cía. cualquier modificación en el estado del vehículo. Denunciar a la autoridad policial y Cía. todo daño o pérdida sufrida. No hacer abandono y contribuir al salvamento de la unidad asegurada en caso de siniestro, sin autorización de la Cía. Otros

15 PROCEDIMIENTOS Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO Denunciar ante la autoridad Policial de la jurisdicción, el accidente o evento materia de reclamo inmediatamente de producido. Someterse el conductor a Dosaje etílico también de inmediato. Comunicar el siniestro de inmediato a la Compañía de Seguros. Tomar las precauciones para evitar mayores daños o en el vehículo. En caso de atropello, buscar atención médica inmediata y avisar a la Cía. Impedir que se hagan reparaciones o cambios de partes sin autorización de la Cía. de seguros.

16 En caso de robo de equipos musicales con máscara desmontable, entregar a la Cía. la correspondiente máscara. Remitir a la Cía. de seguros (dentro de las 24 horas de ocurrido el siniestro) la declaración del siniestro, por carta o por formulario de la Cía. y todo reclamo, notificación o citación judicial por escrito. Obtener y entregar a la Cía. una copia del parte policial correspondiente, peritaje de daños y resultado del dopaje etílico. Rechazar cualquier reclamo o responsabilidad que comprometan a la Cía. de Seguros, abstenerse de pagar u ofrecer pagos sin conocimiento de la Cía. Concurrir a todas las diligencias que solicita la autoridad.

17 NORMAS DE LIQUIDACION A. INDEMNIZACION DE LA COBERTURA DE DAÑO PROPIO. La Compañía en caso de que el vehículo este afectado por la cobertura de Daño Propio, podrá optar, por una de las tres alternativas siguientes: Reparar: El vehículo asegurado o sus partes, en el taller que se designe. Reponer o reemplazar: El vehículo con otro de la misma clase, año, modelo, marca, estado y condiciones similares. Indemnizar o pagar: El importe de los daños o pérdidas, como también el valor comercial (en robo o pérdida total) del vehículo hasta un límite que no exceda la suma asegurada.

18 B. INDEMNIZACION DE COBERTURA DE RESPONSABILIDAD CIVIL La Compañía en caso de que el vehículo este afectado por la cobertura de Responsabilidad Civil, podrá: Realizar mediante una Gestión de trato directo un arreglo transaccional con el tercer afectado. Asumir la defensa judicial del asegurado ante una demanda por responsabilidad civil.

19 POLIZA DESPUES DE UN SINIESTRO Después de ocurrido un siniestro el asegurado adquiere obligaciones y derechos que debe cumplir. Las mismas, se detallan a continuación: Pago de deducible o franquicia. Subrogación de derecho de reclamo a terceros Prescripción liberatoria Reducción de la suma asegurada Fuente: Escuela de Seguros SEGURTEC

20 ANULACION O RESOLUCION DE LA PÓLIZA Según lo establecido en las Condiciones Generales y Particulares de la Póliza, está podrá ser considerada nula y la Compañía exenta de responsabilidad si: El asegurado contrato otro seguro sobre los mismos riesgos. El asegurado ha actuado con mala fe probada, al celebrarse el contrato o durante su vigencia. El asegurado rindió declaración inexacta, aun hecha de buena fe, pero que pueda haber influido en la estimación o aceptación del riesgo.

21 Asimismo, la póliza puede ser rescindida (anulada), durante la vigencia de la misma; en caso de que: El vehículo amparado por la póliza deja de pertenecer al asegurado. El vehículo sufre alteraciones en su estructura. Se realicen modificaciones en el mecanismo del vehículo, que alteren el riesgo contratado. Se realicen cambios en las condiciones normales de uso del vehículo, de tal forma que se vea agravado el riesgo inicialmente contratado. En tal sentido, previa comunicación, la Compañía liquidará la póliza, devolviendo primas a prorrata si es el caso, por el tiempo que falte al vencimiento.

22 RECLAMACION FRAUDULENTA La Compañía queda relevada de toda responsabilidad, y el asegurado pierde todo derecho a indemnización, procediéndose a la resolución automática de la póliza, en caso de que la pérdida, daño o destrucción del vehículo asegurado haya sido causado intencionalmente por el Asegurado o bajo complicidad de este. CONVENIO DE GOLPE POR GOLPE Las aseguradoras renuncian a su derecho de subrogación, cuando el vehículo de su asegurado ha sufrido daños causados por otro vehículo cubierto también contra los tres riesgos básicos por otra Compañía. La finalidad del convenio, es evitar que surjan diferencias entre las Compañías.

23 MUCHAS GRACIAS

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