ANÁLISIS DE LA NEGOCIACIÓN DEL NUEVO ACUERDO-CONVENIO

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1 ANÁLISIS DE LA NEGOCIACIÓN DEL NUEVO ACUERDO-CONVENIO Sección Sindical U.G.T. del Ayuntamiento de San Sebastian de los Reyes. Avda. Baunatal 18 2ª planta S.S. de los Reyes (Madrid) ÁMBITO DEL CONVENIO No se incluyen los organismos autónomos Se incluyen todos los organismos autónomos. Actuales y futuros UNIFICACIÓN DE MESAS TÉCNICAS Y REPRESENTATIVIDAD Mesas técnicas separadas de laborales y Mesas únicas de todos los trabajadores funcionarios 2 representantes sindicales en cada mesa firmantes del convenio EXTRANET Y PORTAL DEL EMPLEADO CONCURSO DE TRASLADOS JUBILACIONES PARCIALES PROMOCIÓN INTERNA Declaración de intenciones EVOLUCIÓN DEL COMPLEMENTO DE DESTINO PROMOCIÓN CRUZADA PROMOCIÓN INTERNA Declaración de intenciones FUNCIONARIZACIÓN Se realiza una en el anterior convenio JORNADA Y CALENDARIO 1505 horas, pero desde el año 2012 se establece una jornada de representante de cada sindicato firmante del convenio con representación en la Mesa General de Negociación El Ayuntamiento se compromete a habilitar el portal del empleado y una extranet para acceder desde fuera de la red municipal. Para las vacantes del turno de mañana, primero se ofertarán a los trabajadores del turno de tarde de esa misma delegación. Los funcionarios o laborales que cumplan los requisitos de acceso podrán acceder a puestos de jubilaciones parciales quedando con en excedencia con reserva de plaza Se garantiza que toda plaza nueva se ofertará en promoción interna antes de salir a oferta pública de empleo Cada dos años se podrá subir un nivel del CD mediante la realización de unas horas de formación. Esta formación se garantiza por convenio para todos los trabajadores. A la policía local no se les aplica. Por primera vez se realizarán procesos de promoción cruzada para acceder laborales a puestos de funcionario Apuesta firme por la promoción interna, saliendo todas las vacantes a promoción antes de una OEP. Se convalidan las pruebas de conocimientos ya acreditados anteriormente. Se realizará un proceso al año siguiente de la firma del convenio Se deja abierto a la negociación del calendario anual. Actualmente se viene realizando, a través de la negociación, horas de las cuales 72 son mediante formación on-line (total 1523)

2 Jornada de verano compensable con 5 días de libre disposición (en realidad esto no estaba en el convenio anterior, fue fruto de la negociación posterior) Pausa desayuno de 20 minutos, aunque en negociación posterior se aumentó a 30 Jornada de verano compensable con 6 días y con 7 colectivos especiales (conserjes, ordenanzas, escuelas infantiles, protección civil y policía local) Todo horario especial o de algún servicio en particular, jornada, etc. se negociará en comisión paritaria Pausa desayuno de 30 minutos La jornada nocturna será voluntario para los trabajadores mayores de 55 años 15 minutos de flexibilidad horaria 45 minutos de flexibilidad horaria. Los trabajadores con familiares a su cargo de personas con discapacidad tienen 2 horas de flexibilidad horaria. Por motivos de conciliación de la vida personal, familiar y laborar y en los casos de familias monoparentales se puede modificar el horario en un máximo de dos horas. COMPENSACIÓN HORARIA POR TRABAJOS EN SÁBADOS, DOMINGOS Y FESTIVOS Sólo se hace referencia a domingos y festivos Se añaden los sábados también Se compensa en 150% Se compensa en 200% Se compensa en 150% el trabajo realizado fuera del sábados, domingos y festivos VACACIONES Se pueden dividir en dos periodos pero nunca inferior a 10 días PERMISOS RETRIBUIDOS Se hacía distinción a hechos en la misma localidad y en distinta. Todas se hacían en distinta porque no había hospital en Sanse, hasta la aparición del Infanta enfermedad grave familiar 1er grado. 3 días y 5 días según el lugar enfermedad grave familiar 2º grado. 2 días y 4 días según el lugar No se limitan las divisiones, y se permiten los periodos inferiores a 5 días. Se distingue entre hechos producidos en la Comunidad de Madrid y fuera enfermedad grave familiar 1er grado. 4 días y 6 días según el lugar enfermedad grave familiar 2º grado. 3 días y 5 días según el lugar Se puede fraccionar el permiso para hacer uso de forma inmediata o dividirse en dos y usarse antes de los dos meses siguientes siempre que se siga produciendo el hecho causante. Reducción de la jornada al 50% con el 100% de las retribuciones para el cuidado de cónyuge o familiares de 1er. grado Permiso por cuidado de hijo menos afectado de cáncer o enfermedad grave (RD 1148/2011). El 50% de la jornada con el 100% de las retribuciones siempre que sea necesario el cuidado continua durante el tiempo que sea necesario. Trámites previos al matrimonio, separación o divorcio. 1 día hábil. Reuniones convocados por los centros escolares. El tiempo indispensable

3 CANOSOS En libre disposición estaban los del EBEP. En convenio teníamos la ampliación de vacaciones en 1 día al cumplir los 15, 20, 25 y 30 de servicio. Esto se eliminó en 2012 CONCILIACIÓN DE LA VIDA PERSONAL, LABORAL Y FAMILIAR Acompañar a padres menores de 65 años cuando las circunstancias físicas o psíquicas así lo requieran o por cuando la trascendencia de la enfermedad lo aconsejen. El tiempo indispensable Acompañar a cónyuge al médico, pruebas o tratamientos hospitalarios cuyas especiales características así lo aconsejen. El tiempo indispensable A cambio de las 8 jornadas de formación puntual: 2 jornadas de libre disposición por a partir del sexto trienio y de 1 día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. Asimismo, tendrán derecho a una jornada adicional al cumplir 15 años de servicio, añadiéndose otra más al cumplir los 20, 25 y 30 años de servicio respectivamente. El tiempo necesario para someterse a tratamiento de fecundación asistida En las adopciones internacionales hasta 2 meses para el desplazamiento del país de origen con las retribuciones básicas Adopción o acogimiento. Se limita a los menos de No se limita. 12 años o mayores con discapacidad PERMISOS CON SUELDO, SIN SUELDO, REDUCCIONES DE JORNADA, EXCEDENCIAS Y SERVICIOS ESPECIALES Licencia sin sueldo por cuidado de menor de 12 Licencia sin sueldo por cuidado de menor de 12 años, mayor o persona con discapacidad. Hasta la años, mayor o persona con discapacidad. Sin mitad de la jornada con la disminución proporcional limite de jornada con la disminución de la retribuciones. proporcional de la retribuciones, pudiendo FORMACIÓN No se permite. acumularse en jornadas completas. Reducción de la jornada a mayores de 60 años hasta la mitad de la misma con la reducción proporcional de sus retribuciones Se permite la excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público con reserva del puesta mientras dure la situación. Se permite la formación on-line a los trabajadores con menos de 1 año. Se hace especial garantía a la formación para la evolución del CD. Se permiten acciones formativas de interés propio cuyo desarrollo coincida o se solape parcialmente con su jornada (enseñanzas regladas por el MEC, CAM y UNED) 1% de la masa salarial de presupuesto 0,5% de la masa salarial del presupuesto. Nunca se ha llegado a gastar el 0,5% siempre ha sido menor. El otro 0,5% se ha pasado al FAS Se perdía el sobrante del presupuesto. El sobrante de formación se destina a complementar los fondos del FAS

4 Necesidad constante de las firmas e informes de las jefaturas y concejalías que retrasan el procedimiento e incluso provocan que no dé tiempo a tramitar las solicitudes. CONDICIONES ECONÓMICAS Se garantizan los trienios de la antigua 15ª paga. Productividad especial policía. Este complemento ya aparecía en el anterior convenio y lo están cobrando todos los policías Complemento de superior categoría. No de regula Horas y servicios extraordinarios. No se regula un máximo Horas y servicios extraordinarios. Se puede pagar el 50% en tiempo en función de los servicios. Actualmente casi todas las horas se compensan o en tiempo al 100% o en tiempo al 50%. Horas y servicios extraordinarios. Los importes han sufrido las congelaciones desde años y la reducción del 5% en Horas y servicios extraordinarios. No se hace referencia Actualización Salarial. Se actualizará a fecha 1 de Enero de cada año Revisión salarial. Se garantiza. Premio 25 años. Incentivo. Se garantiza el trámite de las solicitudes, y será la mesa técnica quien requiera o informe a las distintas concejalías y jefaturas en caso de duda. Se siguen garantizando a pesar de las restricciones En la siguiente RPT a la firma del acuerdoconvenio se incorporarán al CE los elementos de especial dificultad, dedicación, responsabilidad, incompatibilidad, peligrosidad, penosidad, toxicidad, etc. Esto se analizará en comisión paritaria. Al mes siguiente de la firma se creará una comisión de valoración y los trabajos se tendrán que hacerse durante el año Se incorpora el complemento específico. La cantidad no se modifica, es igual a la actual Se regula para que todos los trabajos de superior categoría se cobren y los trabajadores tengan todas las garantías Horas y servicios extraordinarios. Se establece un máximo de 80 horas anuales. Horas y servicios extraordinarios. Se pagan todos al 100% Horas y servicios extraordinarios. Se actualizan al diferencial del IPC desde el año Alrededor del 21% de subida recuperando las congelaciones y las reducciones. Horas y servicios extraordinarios. Se da la posibilidad de participar todos los trabajadores en la realización de las horas. Actualización Salarial. Se actualizará a fecha 1 de Enero de cada año Revisión salarial. Se garantiza siempre y cuando lo permita los presupuestos generales del estado. Además se incrementará en un 2% la revisión salarial hasta el 5% que nos quitaron en 2010 Premio 25 años. Se añaden 2 días libre disposición en el año de cumplir 25 años de sevicio. Incentivo. En 2015 se repartirá por igual la cantidad de (el equivalente al 1% de productividad). La policía que realiza festivos y noches está excluida. Los siguientes años ese importe se utiliza para la evolución del CD

5 Policia local. Noches y fines de semana. No se hace referencia Policia local. Turnicidad especial. No se hace referencia. Policia local. Complemento a policías sin factor de compensación. Policia local. Fiestas. Importe fijo según la categoría. Los trabajadores que realicen de forma efectiva la totalidad de la jornada en noche, fines de semana o festivos recibirán 10 por noche y 18 por fin de semana o festivo. Si el trabajador lo prefiere se le compensa en tiempo al 1,1. Se abonará por su efectiva realización la cantidad de 70 a Cabos, 90 a Sargentos y 110 a Suboficial y Oficial Los policías que no hagan ni turnos de noche o fines de semana o festivos, se les aplicará un complemento equivalente a la evolución del CD. Se dividen distintos importes en función de la categoría y del turno que realizan. Se limita a 9 jornadas máximas el servicio especial de fiestas FAS 3% de la masa salarial 3,5% de la masa salarial. Beneficiarios, hijos menores de 25 años que no Además de se incluyen las menores en acogida tengan renta bruta superior al salario mínimo. permanente.. Los trabajadores con hijos con discapacidad superior al 33% recibirán anuales. Operaciones de vista. 85% del importe de la Hasta el 50% del importe del la factura con un factura. máximo de 500 Odontología. Implantes hasta 155. Se permitía En implantología hasta el 85% de la factura. dividir el implante de la cirugía para permitir un importe más real. Homeopatía y medicina alternativa. 60% de la factura Material escolar. Se precisa certificado escolaridad siempre. RECONOCIMIENTO MÉDICO. PREMIO JUBILACIÓN. ESTABILIDAD EN EL EMPLEO Se garantiza la elección de los trabajadores laborales fijos despedidos por improcedente elegir entre readmisión o indemnización IGUALDAD ACUERDO MARCO REGIONAL Se elimina No es necesario el certificado para los hijos que estén en edad obligatoria de escolaridad. Se incluye las pruebas diagnósticas para la detección de cáncer de mama, útero y próstata. So podrán jubilar anticipadamente los trabajadores que reúnan los requisitos por la seguridad social y se les incentivará con las siguientes cantidades: 5 meses de salarios a los 62 años. 4 meses de salarios a los 63 años. 3 meses de salarios a los 64 años. Se mantiene esta cláusula Se deberá hacer una plan de igualdad durante la vigencia del acuerdo-convenio Se somete a los acuerdos del Acuerdo Marco Regional

6 CONTRATACIONES POR CONSORCIOS O CONVENIOS Se crea la posibilidad de convertir en empleo estable y por tanto en oferta publica de empleo los contratos por convenios con la Comunidad de Madrid u otras administraciones. Se acogerán a este convenio-acuerdo mientras dure el convenio.

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