INDICE ORGANIGRAMA DEL MVCS. CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS. BASE LEGAL. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS.
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- Pilar Navarrete Soto
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1 INSTRUMENTOS DE GESTIÓN AMBIENTAL Evaluación de Impacto Ambiental Junio, 2009 ORGANIGRAMA DEL MVCS. INDICE CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS.. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS. PROPUESTA DE REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS EN LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO.. DISPOSICION FINAL DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS (LODOS) DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO. ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL CASOS PRACTICOS DE EVALUACIÓN DE EIA ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS 1
2 Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Decreto Supremo Nº VIVIENDA. Resolución Ministerial N VIVIENDA (Regulación de los Órganos de menor Nivel Jerárquico del ROF de VIVIENDA). Resolución Ministerial N VIVIENDA (Política Ambiental Sectorial). Resolución Ministerial N VIVIENDA (Plan de Gestión Ambiental Sectorial ). Ley N Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su modificatoria Decreto Legislativo N Ley N Ley General del Ambiente y su modificatoria Decreto Legislativo N Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Decreto Supremo Nº VIVIENDA. Artículo 4 ; establece que el Ministerio es ente rector en asuntos de Vivienda, urbanismo, desarrollo Urbano, construcción de infraestructura y saneamiento, para el cual formula, aprueba, dirige, evalúa, regula, norma, supervisa y en su caso ejecuta las políticas nacionales en esta materias. En el artículo 33º.- Oficina del Medio Ambiente: La Oficina del Medio Ambiente es el órgano de asesoría especializada y de coordinación de VIVIENDA, encargado de formular y proponer la aplicación de políticas y normas, supervisión y control del impacto ambiental de las actividades del Sector. Resolución Ministerial N VIVIENDA (Regulación de los Órganos de menor Nivel Jerárquico del ROF de VIVIENDA). Donde la Unidad de Políticas, Estrategias y Normas de la Oficina de Medio Ambiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; tiene las funciones de: Coordinar el seguimiento y la fiscalización del cumplimiento de la normativa ambiental y de los instrumentos de control de impacto ambiental para los proyectos del sector en coordinación con las autoridades competentes. Coordinar el proceso de evaluación del impacto ambiental de las actividades del sector. Coordinar la evaluación, aprobación, fiscalización y auditoria de los estudios de Impacto Ambiental con la Oficina del Medio Ambiente, quien a su vez lo hará con las diferentes Direcciones Nacionales. Resolución Ministerial N VIVIENDA. (Política Ambiental Sectorial). La Política Ambiental del Sector Vivienda, Construcción y Saneamiento se desagrega en 5 políticas y 10 lineamientos de política que se sustentan en los principios ambientales dictados por la autoridad Ambiental Nacional. Están formulados a partir de los lineamientos de la Política de Estado sobre Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, además de lo señalado en la Ley General del Ambiente y la Política Ambiental Nacional. Los objetivos que se persiguen para implementar los lineamientos de la Política Ambiental del Sector, son: Objetivo 1: Sostenibilidad de la política ambiental Objetivo 2: Concientización y sensibilización ambiental Objetivo 3: Fortalecimiento de capacidades Objetivo 4: Competitividad empresarial Objetivo 5: Participación ciudadana Objetivo 6: Seguimiento y monitoreo Objetivo 7: Aseguramiento de la calidad ambiental urbana Resolución Ministerial N VIVIENDA. (Plan de Gestión Ambiental Sectorial ). Objetivo : Buscar el desarrollo sostenible de las actividades sectoriales y preservar la calidad ambiental urbana y rural. Contar con el Marco Normativo Ambiental Sectorial. Implementar el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Sectorial. Fortalecimiento de Capacidades y Sensibilización Ambiental Sectorial. Promover la Normalización de Tecnologías Alternativas aplicadas a las actividades sectoriales. Campañas de Sensibilización para el uso racional del Agua para consumo humano. Contar con Información Ambiental Sectorial actualizada. Implementación de Programas de Gestión Ambiental Urbana y Rural. Contar con ámbitos urbanos y periurbanos menos contaminados. Ley N Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su modificatoria Decreto Legislativo N Artículo 4.- Categorización de proyectos de acuerdo al riesgo ambiental 4.1 Toda acción comprendida en el listado de inclusión que establezca el Reglamento, según lo previsto en el Artículo 2 de la presente Ley, respecto de la cual se solicite su certificación ambiental, deberá ser clasificada en una de las siguientes categorías: a) Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental.- Incluye aquellos proyectos cuya ejecución no origina impactos ambientales negativos de carácter significativo. b) Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado.- Incluye los proyectos cuya ejecución puede originar impactos ambientales moderados y cuyos efectos negativos pueden ser eliminados o minimizados mediante la adopción de medidas fácilmente aplicables. Los proyectos clasificados en esta categoría requerirán un Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd). c) Categoría III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado.- Incluye aquellos proyectos cuyas características, envergadura y/o localización, pueden producir impactos ambientales negativos significativos, cuantitativa o cualitativamente, requiriendo un análisis profundo para revisar sus impactos y proponer la estrategia de manejo ambiental correspondiente. Los proyectos de esta categoría requerirán de un Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d ). 4.2 Esta clasificación deberá efectuarse siguiendo los criterios de protección ambiental establecidos en el articulo 5 de la presente Ley. La autoridad competente podrá establecer criterios complementarias adicionales. ( ) 2
3 Ley N Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su modificatoria Decreto Legislativo N Artículo 5.- Criterios de protección ambiental Para los efectos de la clasificación de los proyectos de inversión que queden comprendidos dentro del SEIA, la autoridad competente deberá ceñirse a los siguientes criterios: a) La protección de la salud de las personas; b) La protección de la calidad ambiental, tanto del aire, del agua, del suelo, como la incidencia que puedan producir el ruido y los residuos sólidos, líquidos y emisiones gaseosas y radiactivas; c) La protección de los recursos naturales, especialmente las aguas, el suelo, la flora y la fauna; d) La protección de las áreas naturales protegidas; e) La protección de la diversidad biológica y sus componentes ecosistemas, especies y genes, así como los bienes y servicios ambientales y bellezas escénicas, áreas que son centros de origen y diversificación genética por su importancia para la vida natural. f) La protección de los sistemas y estilos de vida de las comunidades; g) La protección de los espacios urbanos; h) La protección del patrimonio arqueológico, histórico, arquitectónicos y monumentos nacionales; i) Los demás que surjan de la política nacional ambiental. Ley N Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental y su modificatoria Decreto Legislativo N DISPOSICIÓN TRANSITORIA Artículo 3.- (Decreto Legislativo N 1078) En tanto se expida el reglamento de la presente Ley, se aplicaran las normas sectoriales correspondientes en lo que se opongan. Las funciones establecidas en el numeral 10.4 de la presente Ley serán asumidas por las autoridades sectoriales competentes hasta tanto se implemente el registro único. Las disposiciones sectoriales se adecuaran a lo dispuesto a la Ley N modificada por el presente Decreto Legislativo. Ley N Ley General del Ambiente y su modificatoria Decreto Legislativo N Artículo 26.- De los Programas de Adecuación y Manejo Ambiental 26.1 La autoridad ambiental competente puede establecer y aprobar Programas de Adecuación y Manejo Ambiental PAMA, para facilitar la adecuación de una actividad económica a obligaciones ambientales nuevas, debiendo asegurar su debido cumplimiento en plazos que establezcan las respectivas normas, a través de objetivos de desempeño ambiental explícitos, metas y un cronograma de avance de cumplimiento, así como las medidas de prevención, control, mitigación, recuperación y eventual compensación que corresponda. Los informes sustentatorios de la definición de plazos y medidas de adecuación, los informes de seguimiento y avances en el cumplimiento del PAMA, tienen carácter público y deben estar a disposición de cualquier persona interesada El incumplimiento de las acciones definidas en los PAMA, sea durante su vigencia o al final de éste, se sanciona administrativamente, independientemente de las sanciones civiles o penales a que haya lugar. Ley General de Residuos Sólidos - Ley N y su modificatoria Decreto Legislativo N Artículo 22º.- Definición de residuos sólidos peligrosos 22.1 Son residuos sólidos peligrosos aquéllos que por sus características o el manejo al que son o van a ser sometidos representan un riesgo significativo para la salud o el ambiente Sin perjuicio de lo establecido en las normas internacionales vigentes para el país o las reglamentaciones nacionales específicas, se considerarán peligrosos los que presenten por lo menos una de las siguientes características: autocombustibilidad, explosividad, corrosividad, reactividad, toxicidad, radiactividad o patogenicidad. Artículo 49º.-Competencias para supervisar, fiscalizar y sancionar, menciona: Son competentes para ejercer funciones de supervisión, fiscalización y sanción en materia de residuos sólidos: La autoridad a cargo del sector Vivienda, Construcción y Saneamiento, ejerce las funciones de supervisión, respecto de los residuos de la construcción, de instalaciones de saneamiento y otros en el ámbito de su competencia. Decreto Supremo N PCM, aprueba el Reglamento de la Ley General de Residuos Sólidos. Artículo 27.- Calificación de residuo peligroso La calificación de residuo peligroso se realizará de acuerdo a los Anexos 4 y 5 del presente reglamento. El Ministerio de Salud, en coordinación con el sector competente, y mediante resolución ministerial, puede declarar como peligroso a otros residuos, cuando presenten alguna de las características establecidas en el artículo 22 de la Ley o en el Anexo 6 de este Reglamento, o en su defecto declararlo no peligroso, cuando el residuo no represente mayor riesgo para la salud y el ambiente; y, La DIGESA establecerá los criterios, metodologías y guías técnicas para la clasificación de los residuos peligrosos cuando no esté determinado en la norma indicada en el numeral anterior. Se consideran también, como residuos peligrosos; los Iodos de los sistemas de tratamiento de agua para consumo humano o de aguas residuales; u otros que tengan las condiciones establecidas en el artículo anterior, salvo que el generador demuestre lo contrario con los respectivos estudios técnicos que lo sustenten. CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS 3
4 CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS Componentes del Proyecto (instalaciones, procesos constructivos y operativos del proyecto, materiales, equipos y maquinarias a utilizar). Código SNIP del Proyecto. Costos de ejecución del proyecto. Efectos dinámicos entre el proyecto y las características del ambiente (clima, biodiversidad, geomorfología, fenómenos geodinámicos, riesgos de la población). Efectos de las actividades del proyecto sobre el ambiente (material partículado o gases, emisión de olores, proliferación de insectos, niveles de ruido, desbroce de áreas verdes, vertimientos, efluentes, cuerpo receptor, residuos sólidos, residuos peligrosos). CRITERIOS PARA LA CLASIFICACIÓN AMBIENTAL DE PROYECTOS Uso del espacio físico (urbano o rural, límites, o zona de amortiguamiento de una Área Natural Protegida correspondiente al SINANPE; Área de Interés Ambiental, de nivel Local o Regional; zona de interés monumental o arqueológico; conflicto con propietarios particulares). Tipo de actividades económicas predominantes (actividades económicas; conflictos existen en cuanto a los recursos; afectación de la ejecución y operación del proyecto). Población que involucra (población involucrada, población beneficiaria, población perjudicada). Efectos del proyecto en la población (distancia a las viviendas, efectos en la ejecución y operación del proyecto). Percepción de la población circundante respecto al proyecto (nivel de aprobación o rechazo; acuerdo con la población). ESTUDIOS DE IMPACTO AMBIENTAL Y LOS PROCEDIMIENTOS INSTITUCIONALES ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL Qué es un Estudio de Impacto Ambiental? Instrumento que permite identificar los impactos ambientales, generadas por las actividades de vivienda, construcción, habilitación urbana, saneamiento y similares CATEGORIAS DE EIA (Ley y su modif. DL 1078) Categoría I Declaración de Impacto Ambiental Categoría II Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado Quiénes presentan un Estudio de Impacto Ambiental? Los titulares o promotores de los proyectos de las distintas actividades del Sector. Categoría III Estudio de Impacto Ambiental Detallado Quiénes elaboran los Estudios de Impacto Ambiental? Lo realizan las empresas que se encuentran en el Registro de empresas autorizadas para elaborar EIA para el Sector. 4
5 CASOS PRACTICOS DE EVALUACIÓN DE UN EIA CONTENIDO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO RESUMEN EJECUTIVO No debe exceder de treinta (30) páginas. Dicho resumen debe ser un instrumento útil para permitir a los interesados formarse una idea clara, integral y exacta del proyecto o actividad que se va a ejecutar. Asimismo, incluirá la tabla de contenido o índice del EsIA completo. Debe tenerse en cuenta que la información incluida debe ser comprensible por personas no expertas en materias técnicas. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Antecedentes generales Objetivos Localización geográfica Otras alternativas consideradas Área de Influencia Materias primas y sus volúmenes Descripción de las etapas: inicial, construcción, operación y cierre Marco legal y administrativo CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL O LÍNEA BASE Descripción de la diversidad biológica Descripción del medio físico Descripción y caracterización social, cultural y antropológica, uso de suelo Identificación de peligros naturales De ser el caso, su ubicación en un área natural protegida o en zona de amortiguamiento PLAN DE CONSULTA PÚBLICA DE PARTE DEL MISMO PROPONENTE Detallar acciones y mecanismos dirigidos al involucramiento informado de la población en la diferentes etapas Debe Contener las observaciones de la población y sus respuestas Acciones del proponente y sus efectos ANÁLISIS COSTO BENEFICIO AMBIENTAL DEL PROYECTO Una breve descripción de aquellos efectos, características o circunstancias que dieron origen a la necesidad de efectuar el EsIA sobre la base de criterios de protección ambiental 5
6 La cuantificación de los impactos deben realizarse mediante el uso de métodos de evaluación velando: La situación ambiental previa en comparación con las transformaciones Prevean los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos y los riesgos inducidos Enfaticen la pertinencia de las metodologías usadas en función de: la naturaleza de acción emprendida, las variables ambientales afectadas y las características ambientales del área de influencia La cuantificación de los impactos deben realizarse mediante el uso de métodos de evaluación velando: Utilicen variables ambientales representativas para identificar los impactos ambientales, justificando la escala, nivel de resolución y el volumen de los datos Consideren las normas ambientales nacionales o en su ausencia, las existentes en otros países o las sugeridas por organizaciones internacionales o el cumplimiento de los Términos de Referencia del EIA La identificación de los impactos y la evaluación de riesgo se debe realizar sobre: Medio físico Medio biótico Medio Socioeconómico Inserción en algún Plan de Ordenamiento Territorial o un área bajo protección oficial La identificación de los impactos y la evaluación de riesgo se debe realizar sobre: El medio construido; infraestructura vial, férrea, aeroportuaria, áreas de recreación y los espacios urbanos Uso de suelo y su capacidad de uso potencial Patrimonio paisajístico y turístico o unidades de singularidad o de especial valor La impactos ambientales que se identifiquen se deben valorar según: Su carácter positivo, negativo o neutro Su grado importante, regular o escaso de perturbación Su importancia alta, media o baja Su riesgo de ocurrencia muy probable o poco probable Su extensión regional, local o puntual La impactos ambientales que se identifiquen se deben valorar según: Su duración permanente, media o corta a lo largo del tiempo Su reversibilidad para volver a las condiciones iniciales indicando si es con o sin ayuda humana Indicar las oportunidades para realzar la diversidad biológica por medio de la restauración, rehabilitación de los hábitat naturales a fin de obtener el beneficio óptimo 6
7 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Plan de gestión de los residuos sólidos Plan de monitoreo ambiental Plan de contingencias y prevención de riesgos Plan de compensación Plan de seguimiento, vigilancia y control Plan de abandono o de cierre Plan de participación ciudadana y otros OTROS QUE DETERMINE LA AUTORIDAD COMPETENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN ANEXOS Cronograma de ejecución Cuadros resumen Planos, mapas temáticos, fotografías, cartografía, resultados de análisis de laboratorios Lista de profesionales CONTENIDO DEL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SEMI DETALLADO RESUMEN EJECUTIVO No debe exceder de treinta (15) páginas. Dicho resumen debe ser un instrumento útil para permitir a los interesados formarse una idea clara, integral y exacta del proyecto o actividad que se va a ejecutar. Asimismo, incluirá la tabla de contenido o índice del EsIA completo. Debe tenerse en cuenta que la información incluida debe ser comprensible por personas no expertas en materias técnicas. CONTENIDO DEL EIA SEMI - DETALLADO DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Antecedentes generales Objetivos Localización geográfica Otras alternativas consideradas Área de influencia Materias primas y sus volúmenes Descripción de las etapas: inicial, construcción, operación y cierre Marco legal y administrativo CONTENIDO DEL EIA SEMI DETALLADO CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL O LÍNEA BASE Descripción de la diversidad biológica Descripción del medio físico Descripción y caracterización social, cultural y antropológica, uso de suelo Identificación de peligros naturales De ser el caso, su ubicación en un área natural protegida o en zona de amortiguamiento CONTENIDO DEL EIA SEMI - DETALLADO La cuantificación de los impactos deben realizarse mediante el uso de métodos de evaluación velando: Prevean los impactos directos, indirectos, acumulativos y sinérgicos y los riesgos inducidos Utilicen variables ambientales representativas para identificar los impactos ambientales, justificando la escala, nivel de resolución y el volumen de los datos Consideren las normas ambientales nacionales o en su ausencia, las existentes en otros países o las sugeridas por organizaciones internacionales o el cumplimiento de los Términos de Referencia del EIA 7
8 CONTENIDO DEL EIA SEMI - DETALLADO La identificación de los impactos y la evaluación de riesgo se debe realizar sobre: Medio físico Medio biótico Medio Socioeconómico Inserción en algún Plan de Ordenamiento Territorial o un área bajo protección oficial CONTENIDO DEL EIA SEMI - DETALLADO La identificación de los impactos y la evaluación de riesgo se debe realizar sobre: El medio construido; infraestructura vial, férrea, aeroportuaria, áreas de recreación y los espacios urbanos Uso de suelo y su capacidad de uso potencial Patrimonio paisajístico y turístico o unidades de singularidad o de especial valor CONTENIDO DEL EIA SEMI DETALLADO PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Plan de gestión de residuos sólidos Plan de monitoreo Plan de contingencias y prevención de riesgos Plan de compensación Plan de seguimiento, vigilancia y control Plan de participación ciudadana Plan de abandono o de cierre CONTENIDO DEL EIA SEMI - DETALLADO OTROS QUE DETERMINE LA AUTORIDAD COMPETENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN ANEXOS Cronograma de ejecución Cuadros resumen Planos, mapas temáticos, fotografías, cartografía, resultados de análisis de laboratorios Lista de profesionales CONTENIDO DE UNA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL RESUMEN EJECUTIVO No debe exceder de treinta (05) páginas. Dicho resumen debe ser un instrumento útil para permitir a los interesados formarse una idea clara, integral y exacta del proyecto o actividad que se va a ejecutar. Asimismo, incluirá la tabla de contenido o índice del EsIA completo. Debe tenerse en cuenta que la información incluida debe ser comprensible por personas no expertas en materias técnicas. CONTENIDO DEL DIA DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD Antecedentes generales Objetivos Área de influencia Materias primas y sus volúmenes Descripción de las etapas: construcción, y operación Marco legal y administrativo 8
9 CONTENIDO DEL DIA CARACTERIZACIÓN AMBIENTAL O LÍNEA BASE Descripción de la diversidad biológica Descripción del medio físico Descripción y caracterización social, cultural, antropológica y uso de suelo Identificación de peligros naturales CONTENIDO DEL DIA DECLARACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES La declaración de los impactos deben mediante formatos adecuados, considerando: Medio físico Medio Biológico Medio socio económico CONTENIDO DEL DIA PLAN DE MANEJO AMBIENTAL Plan de contingencias y prevención de riesgos Plan de gestión de los residuos sólidos CONTENIDO DEL DIA OTROS QUE DETERMINE LA AUTORIDAD COMPETENTE DE ADMINISTRACIÓN Y EJECUCIÓN ANEXOS Cronograma de ejecución Cuadros resumen Planos y fotografías Profesional responsable CASOS PRÁCTICOS DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL AMPLIACIÓN Y REMODELACIÓN DE UN HOTEL RESUMEN EJECUTIVO INTRODUCCIÓN IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS PLAN DE MANEJO AMBIENTAL PROGRAMA DE MONITOREO PLAN DE CONTINGENCIAS PLAN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PLAN DE CAPACITACIÓN PLAN DE CIERRE CASOS PRÁCTICOS ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL SEMI DETALLADO PROYECTO CAMPUS UNIVERSITARIO RESUMEN EJECUTIVO A). INTRODUCCIÓN B). REQUISITOS DE REGULACIÓN C). DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO D). LINEA BASE AMBIENTAL E). IDENTIFICACIÓN DE IMPACTOS Y MEDIDAS DE MITIGACIÓN F). CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES INTRODUCCIÓN 2. REQUISITOS DE REGULACIÓN 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 3.1. ASPECTOS GENERALES 3.2. DESCRIPCIÓN FUNCIONAL 3.3. DESCRIPCIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN 3.4. DESCRIPCIÓN DEL FUNCIONAMIENTO 9
10 CASOS PRÁCTICOS 3. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 3.1. ASPECTOS GENERALES 3.2. DESCRIPCIÓN FUNCIONAL 3.3. DESCRIPCIÓN DE LA CONSTRUCCIÓN 3.4. DESCRIPCIÓN DEL FUNCIONAMIENTO 4. ESTUDIO DE LINEA BASE AMBIENTAL 4.1. ÁREAS DE INFLUENCIA 4.2. AMBIENTE FISICO 4.3. AMBIENTE BIOLOGICO 4.4. MEDIO SOCIO ECONÓMICO 5. IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 5.1. ELEMENTOS AMBIENTALES POTENCIALMENTE AFECTADOS 5.2. ETAPA DE CONSTRUCCIÓN 5.3. ETAPA DE FUNCIONAMIENTO 5.4. RIESGOS CON POTECIAL DE IMPACTO AMBIENTAL 5.5. EVALUACIÓN DE IMPACTOS AMBIENTALES 5.6. VALORIZACIÓN ECONOMICA DE LOS IMPACTOS AMBIENTALES CASOS PRÁCTICOS 6. PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 6.1. MEDIDAS DE PREVENCIÓN, MITIGACIÓN Y CORRECCIÓN 6.2. PLAN DE MONITOREO AMBIENTAL 6.3. PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS 6.4. MEDIDAS DE SEGURIDAD Y CONTRAINCENDIO 6.5. CRONOGRAMA DE IMPLEMENTACION DE MEDIDAS DE MITIGACIÓN 6.6. PLAN DE CIERRE 6.7. PLAN DE CONTINGENCIAS 6.8. PLAN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 7. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ANEXOS ANEXO 1. GUIA PARA ELABORAR UN PLAN DE SEGURIDAD EN DEFENSA CIVIL ANEXO 2. ESPECIFICACIONES DE EQUIPOS ANEXO 3. FICHAS DE MONITOREO ANEXO 4. CERTIFICADOS DE LABORATORIO ANEXO 5. FOTOGRAFIAS CASOS PRÁCTICOS ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL DETALLADO PROYECTO EDIFICIO PARA OFICINAS 1.0 ANTECEDENTES DEL PROYECTO 2.0 LOCALIZACION DEL PROYECTO 3.0 ETAPA DE CONSTRUCCION 4.0 IDENTIFICACION DE IMPACTOS AMBIENTALES 5.0 PLAN DE MANEJO AMBIENTAL 6.0 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ANEXOS GRACIAS 10
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