RESMED INC CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA EMPRESARIAL

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1 RESMED INC CÓDIGO DE CONDUCTA Y ÉTICA EMPRESARIAL ResMed Inc Código de Conducta y Ética Comercial - Página 2 de 11 - Última Revisión: 13 de mayo de 2005

2 CARTA DEL DIRECTOR EJECUTIVO 1º de octubre de 2004 Estimado(a) empleado(a) de ResMed: ResMed está dedicada a realizar sus negocios de acuerdo con los más altos niveles de la ética empresarial. Tenemos la obligación hacia nuestros empleados, accionistas, clientes, proveedores, representantes de la comunidad y demás contactos comerciales de ser honestos, justos y directos en todas nuestras actividades comerciales. En carácter de empleado(a) de ResMed, usted se enfrenta cotidianamente a un número de decisiones comerciales que debe tomar. Tiene la responsabilidad personal de mantener los altos niveles de ética empresarial de la Compañía en todas y cada una de esas situaciones. Es imposible que en nuestro Código de Conducta y Ética Empresarial puedan contemplarse todas las situaciones posibles a las que se pueda enfrentar. Si hace uso de su buen criterio y experiencia comercial, probablemente sus decisiones comerciales no harán surgir cuestiones éticas. Cada vez que se enfrente a una cuestión de ética, esperamos que este Código le sirva como guía para ayudarle a efectuar la elección correcta. Le instamos a aprovechar esta oportunidad para analizar nuestras políticas y comentar toda duda que tenga con su supervisor o con el Departamento de Asuntos Jurídicos directamente. Nuestros directores, funcionarios y empleados deberán acatar las pautas establecidas en este Código en todos los niveles de esta organización. Confiamos en usted para mantener en alto los valores esenciales y la conducta de nuestra actividad con honestidad, equidad e integridad. Sinceramente, Peter Farrell, Director Ejecutivo

3 INTRODUCCIÓN Propósito El presente Código de Conducta y Ética Empresarial contiene pautas generales para llevar a cabo las actividades de la Compañía, de manera consistente con los más altos niveles de la ética empresarial. Este Código es de aplicación en ResMed Inc y en cada una de nuestras empresas subsidiarias. Se aplica a todos nuestros directores, funcionarios y empleados. Nos referimos a todas las personas cubiertas por este Código como a empleados de la Compañía o empleados. También hacemos referencia a nuestro Director Ejecutivo y a nuestro Vicepresidente Financiero Senior y Director Financiero como a nuestros principales funcionarios financieros. Búsqueda de ayuda e información Este Código no ha sido diseñado como un manual exhaustivo que contemple todas las situaciones a las que usted pueda tener que enfrentarse alguna vez. Si no se siente cómodo(a) ante una situación o tiene alguna duda acerca de si es o no consistente con las normas de ética de la Compañía, procure obtener ayuda. Le instamos a comunicarse primero con su supervisor para buscar asistencia. Si él no puede responder su pregunta o si usted no se siente cómodo(a) con su supervisor, póngase en contacto con el Departamento de Asuntos Jurídicos para hablar con el Sr. David Pendarvis, nuestro Asesor General y Funcionario de Cumplimiento de Ética, al + 1 (858) , o envíe un mensaje por correo electrónico a EthicsOffice@ResMed.com. Cómo informar acerca de infracciones al código Todos los empleados tienen la obligación de informar acerca de toda infracción conocida o supuesta a este Código, tal cual se haría para cualquier infracción de leyes, normas, reglamentaciones o políticas aplicables a la Compañía. Si usted tiene conocimiento o sospecha de una infracción a lo dispuesto en este Código, informe de inmediato la conducta a su supervisor, quien se comunicará con un representante del Departamento de Asuntos Jurídicos. Dicho representante trabajará en conjunto con usted y su supervisor en la investigación de su inquietud. Si usted no se siente cómodo(a) informando la conducta a su supervisor, o si no obtiene una respuesta satisfactoria, puede ponerse en contacto directamente con el Departamento de Asuntos Jurídicos. Todos los informes de infracciones reales o supuestas a este Código se manejarán delicadamente y con discreción. Su supervisor, el Departamento de Asuntos Jurídicos y la Compañía protegerán su confidencialidad en la medida de lo posible, en consistencia con la legislación aplicable y la necesidad de la Compañía de investigar su inquietud.

4 La política de la Compañía es que todo empleado que infrinja este Código quedará sujeto a la correspondiente medida disciplinaria, que puede incluir la finalización de la relación laboral. Esta determinación estará basada en los hechos y las circunstancias de cada situación en particular. Los empleados que infrinjan la ley o este Código pueden quedar expuestos a sustanciales daños y perjuicios civiles, multas penales y períodos en prisión. La Compañía también puede tener que enfrentar sustanciales multas y sanciones y dañar su reputación y la posición que ostenta en la comunidad. Su conducta como representante de la Compañía, si no cumple con la ley o con lo dispuesto en este Código, puede tener graves consecuencias tanto para usted como para la Compañía. Política contra represalias La Compañía prohíbe tomar represalias contra un empleado que, de buena fe, procura obtener ayuda o informa acerca de infracciones reales o supuestas. Toda venganza o represalia en contra de un empleado porque él, de buena fe, procuró obtener ayuda o presentó un informe quedará sujeta a acción disciplinaria, incluida la potencial finalización de la relación laboral. Renuncias del Código Sólo un funcionario ejecutivo de la Compañía puede efectuar renuncias a este Código para empleados. Toda renuncia de este Código para nuestros directores, funcionarios ejecutivos u otros funcionarios financieros puede ser realizada exclusivamente por nuestra Junta de Directores o por la comisión correspondiente de nuestra Junta de Directores y será divulgada al público en nuestro sitio web, dentro de los cinco días laborables o según lo requerido por la ley o las reglas de la Bolsa de Valores de Nueva York (New York Stock Exchange). CONFLICTOS DE INTERESES Identificación de potenciales conflictos de intereses Puede ocurrir un conflicto de intereses cuando el interés privado de un empleado interfiere o parece interferir razonablemente con los intereses de la Compañía en su totalidad. Usted deberá evitar todo interés privado que pueda influir en su capacidad para actuar en los intereses de la compañía o que dificulte realizar sus tareas de manera objetiva y eficaz. La identificación de potenciales conflictos de intereses puede no siempre estar bien definida. Las siguientes situaciones son ejemplos de conflictos de intereses: Empleo externo. Ningún empleado deberá ser empleado, desempeñarse como director ni prestar servicios en una empresa que sea cliente, proveedor o competidor de la Compañía.

5 Beneficios personales indebidos. Ningún empleado deberá obtener beneficio alguno personal material ni favores en razón del puesto que ocupa en la Compañía. Intereses financieros. Ningún empleado deberá tener interés financiero alguno (de titularidad o de otro tipo) en ninguna compañía que sea cliente, proveedor o competidor de la Compañía. Por interés financiero significativo se entiende (i) Titularidad superior al 10% de las acciones de un cliente, proveedor o competidor o (ii) Una inversión en un cliente, proveedor o competidor que represente más del 10% del total de activos del empleado. Préstamos u otras transacciones financieras. Ningún empleado deberá obtener préstamos ni garantías de obligaciones personales, ni ingresar en ninguna otra transacción financiera personal con toda empresa que sea cliente, proveedor o competidor de la Compañía. Esta pauta no prohíbe la realización de transacciones prudentes con bancos, firmas de corretaje u otras instituciones financieras. Servicio en juntas y comisiones. Ningún empleado se desempeñará en una junta de directores o síndicos ni en una comisión de entidad alguna (con o sin fines de lucro) cuyos intereses pudieran razonablemente entrar en conflicto con los de la Compañía. Acciones de miembros de la familia. Las acciones de miembros de la familia fuera del lugar de trabajo también pueden originar los conflictos de intereses descritos anteriormente, pues pueden influenciar en la objetividad de un empleado para tomar decisiones en nombre de la Compañía. A los efectos de este código, por miembros de la familia se entiende su cónyuge o pareja, hermanos, hermanas, padres, parientes políticos e hijos, independientemente de que dicha relación sea por sangre o adopción. Si usted no está seguro(a) de que una empresa en particular es cliente, proveedor o competidor, comuníquese con el Departamento de Asuntos Jurídicos para obtener asistencia. Divulgación de conflictos de intereses La Compañía exige la divulgación, por parte de los empleados, de toda situación que pudiera razonablemente originar un conflicto de intereses. Si usted sospecha que está ante un conflicto de intereses o ante lo que otros podrían razonablemente percibir como un conflicto de intereses, deberá informarlo a su supervisor o al Departamento de Asuntos Jurídicos. Su supervisor y el Departamento de Asuntos Jurídicos trabajarán con usted para determinar si existe un conflicto de intereses y, de ser así, la mejor manera de manejarlo. Si bien los conflictos de intereses no están automáticamente prohibidos, son indeseables y sólo se puede renunciar a ellos según lo descrito precedentemente en el punto Renuncias del Código.

6 OPORTUNIDADES CORPORATIVAS En su carácter de empleado de la Compañía, usted tiene la obligación de promover los intereses de la Compañía cuando surja la oportunidad de hacerlo. Si usted descubre o se le presenta una oportunidad comercial a través del uso de bienes e información corporativa o por el puesto que usted ocupa en la Compañía, primero deberá presentar la oportunidad comercial ante la Compañía antes de procurar obtenerla en su capacidad individual. Ningún empleado podrá utilizar bienes e información corporativa o el puesto que ocupa en la Compañía para obtener ganancias personales, ni tampoco deberá competir con la Compañía. Usted deberá revelar a su supervisor los términos y condiciones de cada oportunidad comercial cubierta por este Código y que desee conseguir. Su supervisor se comunicará con el Departamento de Asuntos Jurídicos y el personal de la dirección correspondiente para determinar si la Compañía desea perseguir la oportunidad comercial en los mismos términos y condiciones originalmente propuestos y en consistencia con las demás pautas éticas estipuladas en este Código. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Los empleados tienen acceso a una variedad de información confidencial mientras están empleados en la Compañía. La información confidencial incluye toda la información no pública que pudiere ser de uso a los competidores o que, si fuere divulgada, podría perjudicar a la Compañía o a sus clientes. Los empleados tienen la obligación de salvaguardar toda la información confidencial de la compañía o de los terceros con quienes ésta realiza negocios, excepto cuando la divulgación está autorizada u ordenada legalmente. La obligación de un empleado de proteger la información confidencial persiste aún después de que abandone la Compañía. La divulgación no autorizada de información confidencial podría causar daño competitivo a la compañía o a sus clientes y resultar en responsabilidad legal para usted y para la Compañía. Toda pregunta o inquietud acerca de si la divulgación de información de la Compañía es o no legalmente obligatoria deberá ser referida de inmediato al Departamento de Asuntos Jurídicos. COMPETENCIA Y TRATO JUSTO Todos los empleados deberán esforzarse por tratar con equidad a sus compañeros y a los clientes, proveedores y competidores de la Compañía. Los empleados no deberán aprovecharse injustamente de nadie mediante la manipulación, el encubrimiento, el abuso de información privilegiada, la tergiversación de hechos materiales o cualquier otra práctica de negocios injusta.

7 Relaciones con los clientes Nuestro éxito comercial depende de su capacidad para promover relaciones duraderas con los clientes. La Compañía ha asumido el compromiso de tratar a los clientes de manera justa, honesta e íntegra. Específicamente, usted deberá tener en cuenta las siguientes pautas en su tratamiento con los clientes: La información provista por nosotros a los clientes deberá ser precisa, completa hasta nuestro leal saber y entender y en observancia de los requisitos de las reglamentaciones aplicables. Los empleados no deberán tergiversar deliberadamente información a los clientes. Los empleados no deberán negarse a vender, prestar servicios ni efectuar el mantenimiento a productos producidos por la Compañía simplemente porque un cliente compra productos a otro proveedor. Los agasajos a los clientes no deberán exceder la práctica comercial razonable y usual. Los empleados no deberán brindar agasajos ni otros beneficios que pudieran ser vistos como incentivo o premio para las decisiones de compras que tienen que tomar los clientes. Toda información que recibamos de los clientes en relación con el cuidado médico de los pacientes deberá mantenerse en carácter confidencial y protegerse del acceso o la divulgación no autorizados. Relaciones con los proveedores La Compañía se desempeña con equidad y honestidad con sus proveedores; lo cual significa que nuestras relaciones con los proveedores están basadas en el precio, la calidad, el servicio y la reputación, entre otros factores. Los empleados que tratan con proveedores deberán conservar cuidadosamente su objetividad. Específicamente, ningún empleado deberá aceptar ni solicitar beneficio personal alguno de un proveedor o potencial proveedor que pudiera comprometer o pareciera comprometer su evaluación objetiva de los productos y precios del proveedor. Los empleados podrán dar o aceptar elementos promocionales de valor nominal o agasajos moderados dentro de los límites de la práctica comercial responsable y usual. Relaciones con los competidores La Compañía ha asumido el compromiso de respetar la competencia libre y abierta en el mercado. Los empleados deberán evitar acciones contrarias a las leyes que rigen las prácticas competitivas en el mercado, incluidas las leyes antimonopolio federales y estatales. Dichas acciones incluyen: malversación y/o mal uso de la información confidencial de un competidor o declaraciones falsas acerca de los negocios y las prácticas comerciales del competidor.

8 PROTECCIÓN Y USO DE LOS BIENES DE LA COMPAÑÍA Los empleados deberán proteger los bienes de la Compañía y garantizar el uso eficiente de estos sólo a los legítimos propósitos comerciales. El hurto, el descuido y el desperdicio tienen un impacto directo en la rentabilidad de la Compañía. Está prohibido el uso de los fondos o bienes de la Compañía, independientemente de que sean o no para ganancia personal, para cualquier propósito ilícito o indebido. A los efectos de garantizar la protección y el uso debido de los bienes de la Compañía, cada empleado deberá haber lo siguiente: Ejercer el cuidado razonable para evitar el hurto, daño o mal uso de los bienes de la Compañía Informar a un supervisor el robo, daño o mal uso, real o supuesto, de los bienes de la Compañía Usar el sistema telefónico, otros servicios electrónicos de comunicación, material escrito y demás bienes de la Compañía principalmente para propósitos relacionados con los negocios Salvaguardar todos los programas electrónicos, datos, comunicaciones y material escrito del acceso inadvertido de los demás Usar los bienes de la Compañía sólo para propósitos comerciales legítimos, según lo autorizado en relación con sus responsabilidades laborales. Los empleados deben ser conscientes de que los bienes de la Compañía incluyen todos los datos y comunicaciones transmitidas, recibidas o contenidas en los sistemas electrónicos o telefónicos de la Compañía. Los bienes de la Compañía también abarcan todas las comunicaciones escritas. A los empleados y demás usuarios de esos bienes no les cabe albergar ninguna expectativa de privacidad y/o respeto de dichas comunicaciones y datos. La Compañía tiene la capacidad y se reserva el derecho de supervisar toda comunicación electrónica y telefónica hasta el grado permitido por la ley. Dichas comunicaciones también pueden estar sujetas a divulgación a funcionarios de ejecución de leyes o del gobierno. REGISTROS DE LA COMPAÑÍA Los registros precisos y confiables resultan de crucial importancia para nuestros negocios. Nuestros registros son la base de nuestras declaraciones de ingresos, informes financieros y demás declaraciones al público y una guía para la toma de nuestras decisiones comerciales y planificación estratégica. Los registros de la Compañía incluyen información contable, nóminas de personal, fichas de horario, informes de viajes y gastos, mensajes de correo electrónico, datos contables y financieros, registros de mediciones y ejecución de funciones, archivos de datos electrónicos y demás registros mantenidos durante el curso normal de los negocios. Todos los registros de la Compañía deben ser completos, precisos y confiables en todo aspecto material. Los fondos, pagos o recibos no divulgados o no registrados carecen de consistencia con nuestras prácticas comerciales y están prohibidos. Usted

9 es responsable de comprender y acatar toda política de mantenimiento de registros adoptada por la Compañía. Si tiene alguna pregunta, consulte con su supervisor. PRECISIÓN DE LOS INFORMES FINANCIEROS Y DEMÁS COMUNICACIONES PÚBLICAS Como empresa pública, estamos sujetos a diversas leyes, reglamentaciones y obligaciones de información de valores. Tanto la legislación federal como nuestras políticas requieren de la divulgación de información precisa y completa en relación con los negocios, la condición financiera y los resultados de las operaciones de la Compañía. La información imprecisa, incompleta o inoportuna no será tolerada y puede dañar gravemente a la Compañía y resultar en responsabilidad legal. Los principales funcionarios financieros y demás empleados de la Compañía que trabajan en el Departamento Financiero tienen una responsabilidad especial de garantizar que toda la información financiera divulgada por nosotros sea completa, justa, precisa, oportuna y comprensible. Estos empleados deben comprender y acatar estrictamente principios contables generalmente aceptados y todas las normas, leyes y reglamentaciones de contabilidad e información financiera de transacciones, estimaciones y pronósticos. CUMPLIMIENTO CON LEYES Y REGLAMENTACIONES Además de las pautas estipuladas en este Código, cada empleado tiene la obligación de cumplir con todas las leyes, normas y reglamentaciones de aplicación a la Compañía, que incluyen legislación acerca del soborno, fabricación, distribución y venta de dispositivos médicos, fraude y abuso, incentivos, derechos de propiedad intelectual, marcas comerciales y secretos comerciales, privacidad de la información, tráfico de información confidencial (que se recoge en más detalle a continuación), contribuciones políticas ilegales, prohibiciones antimonopolio, prácticas corruptas extranjeras, oferta o recepción de regalos, riesgos ambientales, discriminación o acoso en el empleo, salud y seguridad ocupacional, información financiera falsa o tergiversada o mal uso de los bienes corporativos. La Compañía espera que usted comprenda y cumpla con todas las leyes, reglas y reglamentaciones de aplicación en su puesto laboral. En caso de dudas acerca de la legalidad de un curso de acción, solicite asesoramiento a su supervisor o al Departamento de Asuntos Jurídicos. CUMPLIMIENTO CON LAS LEYES CONTRA EL TRÁFICO DE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL Queda prohibido a los empleados de la Compañía negociar acciones, bienes convertibles u otros valores de ResMed Inc mientras se encuentran en posesión de información material y no pública de la Compañía. Asimismo, los empleados de la Compañía no están autorizados a recomendar, brindar información privativa sobre acciones o sugerir a alguien que compre o venda acciones u otros valores de la Compañía

10 basado en información material y no pública. Los empleados de la Compañía que obtengan información material y no pública acerca de otra empresa durante el curso de su empleo deberán abstenerse de negociar acciones o valores de la otra empresa mientras se encuentren en posesión de dicha información, como así tampoco de brindar información privativa de acciones a terceros que comercien sobre la base de dicha información. La infracción a las leyes de tráfico de información confidencial puede resultar en graves multas y sanciones penales, como así también en acciones disciplinarias por parte de la Compañía hasta e inclusive la finalización de la relación laboral. La información es no pública si no se ha puesto generalmente a disposición del público por medio de un comunicado de prensa u otro medio de distribución extensiva. La información es material si un inversor razonable pudiera considerarla importante en una decisión de compra, retención o venta de acciones u otros valores. Como regla práctica, toda información que pudiera afectar el valor de las acciones u otros títulos deberá considerarse material. Entre los ejemplos de información generalmente considerada material, se incluyen los siguientes: Resultados o pronósticos financieros, o cualquier información que indique que los resultados financieros de una empresa puede exceder o no alcanzar los pronósticos o expectativas; Productos o servicios nuevos de importancia Adquisiciones o disposiciones pendientes o contempladas, incluidas fusiones, ofertas de licitaciones o propuestas de sociedades colectivas Posibles cambios de dirección o de control Ventas públicas o privadas pendientes o contempladas de deuda o acciones beneficiarias Adquisición o pérdida de un cliente o contrato significativo Bajas significativas Inicio o resolución de litigios importantes Cambios en los auditores de la Compañía o una notificación de dichos auditores de que la Compañía ya no confía en el informe del auditor. Las leyes contra el tráfico de información confidencial son específicas y complejas. Toda pregunta acerca de la información que usted pueda poseer o acerca del comercio con valores de la Compañía debe ser elevada de inmediato a la atención del Departamento de Asuntos Jurídicos. Además de las pautas estipuladas en este Código, son de aplicación otros procedimientos más detallados a miembros de la junta de directores, funcionarios ejecutivos y ciertos individuos designados de la Compañía. Estos procedimientos se comunican por vía separada a las personas afectadas. Si tiene alguna pregunta acerca de estos otros procedimientos, comuníquese con el Departamento de Asuntos Jurídicos discando para comunicarse con David Pendarvis, + 1 (858) , o envíe un mensaje por correo electrónico a EthicsOffice@ResMed.com.

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