ACUERDO DE COLABORACIÓN COLECTIVOS
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- Julia Casado Méndez
- hace 7 años
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1 ACUERDO DE COLABORACIÓN COLECTIVOS En Córdoba a 3 de junio de 2015 De una parte, Dª. Maria Mercedes Romero Balsera, mayor de edad, con DNI B, actuando en nombre y representación del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba con CIF Q H y domicilio social en Ronda de los Tejares, 19 portal 7 2º 2 C.P de Córdoba. y de otra parte, D. David Rafael Valero Medina, mayor de edad, con DNI V en representación de las empresas Gas Natural Servicios con CIF A y con domicilio en Plaça del Gas, Barcelona, en adelante GNS Reconociéndose ambas partes capacidad y legitimación para contratar. ACUERDAN: 1. Firmar un acuerdo de colaboración de promoción de servicios en virtud del cual los miembros del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba, obtendrán las ventajas comerciales ofrecidas por GNS especificadas en el Anexo I. 2. El presente acuerdo tiene validez de UN AÑO desde el momento de la firma. Tras el periodo de prueba, se renovará tácitamente por periodos de un año, si no existe renuncia escrita por alguna de las partes con al menos 15 días de antelación a la fecha de término del acuerdo. En caso de que una de las partes decida revocar el acuerdo antes de esa fecha, podrá hacerlo en cualquier momento, con un preaviso a la otra parte de al menos un mes. 3. El Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba comunicará a sus usuarios la existencia y condiciones de la oferta, desarrollándose toda la relación contractual entre el miembro de Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba y GNS de manera exclusiva y quedando el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba completamente al margen de cualquier eventualidad que pudiera acontecer en el curso de la misma. 4. GNS se compromete a respetar las condiciones del acuerdo y ofertar los descuentos acordados a todos aquellos usuarios del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba que se acrediten como tales y que demuestren tener su relación con dicha organización vigente en el momento de solicitar y contratar los servicios de GNS. 5. GNS asumirá el coste de personalizar las comunicaciones que se vayan a divulgar durante la vigencia del contrato (línea creativa, tamaño de la comunicación ) 6. Todos los datos que se intercambien entre las partes en relación a su oferta son completamente confidenciales, quedando prohibida a ambas su comunicación a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la otra parte.
2 7. GNS se compromete a aportar un total de anuales más IVA como contraprestación al desarrollo de las acciones contempladas en la ficha de contraprestaciones, incorporando y referenciando a GNS en los eventos, actos o materiales y productos del programa según las características recogidas en el Anexo II (Contraprestaciones). Si alguna de las acciones no se llevara a cabo se descontaría del importe total el correspondiente a la acción no realizada El referido importe será abonado a 90 días con vencimiento de día 25 según fecha de factura y mediante pagaré nominativo 8. Ambas partes se comprometerán a no dar un uso diferente del previsto en el contrato a las marcas y logotipos de la otra parte. 9. Cada parte quedará comprometida por las obligaciones que le correspondan conforme a la legislación aplicable en materia de protección de datos de carácter personal respecto de los datos entregados por el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba 10. Si el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba cede datos personales a GNS para su tratamiento, el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba se obliga a obtener previamente el consentimiento a la referida cesión por parte de los titulares de los datos. En su caso, junto con los datos personales que sean cedidos a GNS se transmitirá prueba acreditativa del consentimiento de sus titulares. a) Para la prestación de los servicios objeto del contrato GNS podrá tener acceso a datos de carácter personal contenidos en los ficheros titularidad del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba que se detallarán a continuación: GNS únicamente tendrá acceso a aquellos datos que el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba considere necesarios para llevar a cabo la prestación de los servicios objeto del contrato b) En este sentido, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD ), GNS tendrá la condición a todos los efectos, de Encargada del Tratamiento de dichos datos. En consecuencia, el suministro de datos de carácter personal que el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba realice a favor de GNS, o a los que GNS acceda con el único objeto de llevar a cabo los servicios, no tendrán en ningún caso la consideración de comunicación de datos de carácter personal en los términos previstos en el artículo 11 LOPD. Como entidad Encargada del tratamiento de los datos, GNS deberá: Tratar con estricta confidencialidad cualesquiera datos e información de carácter personal que le sean proporcionados por el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba o a los que GNS tenga acceso directamente, con motivo de la ejecución del presente Contrato. En este sentido, GNS y el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba se obligan a cumplir adecuadamente y en todo momento las disposiciones contenidas en la LOPD, así como en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre (RD 1720/2007), en especial en lo referente a las medidas de seguridad aplicables a los ficheros que contengan datos de carácter personal, y en cualesquiera otras normas vigentes o que en el futuro puedan promulgarse sobre la materia. Tratar los datos de carácter personal propiedad del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba conforme a las instrucciones de éste, no aplicarlos ni utilizarlos con fin distinto al de la presentación de los servicios objeto del presente Contrato, y no comunicarlos, ni siquiera para su conservación a terceros, salvo que la ejecución de los Servicios así lo requiera y lo previsto a continuación. En el caso de que GNS tuviera que subcontratar a un tercero la prestación de parte de los servicios y éstos compartieran el tratamiento de datos de carácter personal propiedad del Colegio Territorial de
3 Administradores de Fincas de Córdoba por dicho tercero, GNS actuará, a estos efectos, en nombre y por cuenta del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba informando previamente por escrito a éste de la empresa subcontratista que llevará a cabo la prestación de los Servicios. El Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba podrá no autorizar la subcontratación de los Servicios. Una vez finalizada la prestación de los Servicios, y conforme a las instrucciones recibidas del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o restituidos al Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba junto con todos los soportes y/o documentos en los que constaran tales datos. La referida restitución al Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba se llevará a cabo, en su caso, en el formato y en los soportes utilizados en ese momento por GNS para almacenar dichos datos. GNS manifiesta que tiene implantadas las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garantizan la seguridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento y/o acceso no autorizado, habida cuenta de la naturaleza de los datos que trata y los riesgos a los que dichos datos puedan estar expuestos, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el RD 1720/2007. Dichas medidas se refieren a los ficheros, centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y personas que intervengan en el tratamiento En particular atendiendo a los datos de carácter personal que serán objeto de tratamiento por parte de GNS, ésta deberá tener implementadas las medidas de seguridad de nivel medio. c) el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba, en su condición de responsable de los datos de carácter personal que serán tratados por GNI, será el único responsable de dirigirse a los destinatarios en todo aquello relativo a protección de datos de carácter personal, conforme a lo previsto en el artículo 5 LOPD d) Las partes se comprometen a mantenerse recíprocamente indemnes, facultándose para repercutirse el monto de todo tipo de indemnizaciones, sanciones y gastos derivados de reclamaciones de las personas afectadas, o promovidas de oficio por la autoridad competente, por negligencia y/o falta de confidencialidad, uso, tratamiento o comunicación indebidos 11. El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente Contrato y sus respectivos anexos, facultará a la parte perjudicada para exigir el cumplimiento exacto a la parte que hubiera incumplido o, en su caso, a instar la resolución, reclamando la correspondiente indemnización por daños y perjuicios ocasionados, en ambos casos. 12. Para todo lo no previsto en el presente Contrato, las partes se regirán por el Derecho Español y, en concreto, serán de aplicación las disposiciones del Código de Comercio, leyes especiales, usos mercantiles y Código Civil. 13. Cualquier conflicto o discrepancia relativos tanto a la interpretación como a la ejecución de las cláusulas contenidas en el mismo, y que no pudiera solventarse de mutuo acuerdo entre las partes, se someterá (con renuncia expresa de ambas partes) para cuantas controversias puedan suscitarse en relación con el presente contrato a los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Barcelona. Y en prueba de conformidad con cuanto antecede se firma el presente Contrato y sus anexos por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha ut supra.
4 Por GAS NATURAL SERVICIOS
5 Anexo I VENTAJAS USUARIOS DEL Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba EN GNS Por ser miembro del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba disfruta del 30% de descuento en el término variable de la electricidad 30% de descuento para las tarifas 2.1A, 2.1 DHA, 3.0A y 3.1A, a aplicar sobre el término variable de la electricidad durante los 12 primeros meses del contrato. Oferta válida para clientes que contraten la electricidad con Gas Natural Servicios con las tarifas referidas antes del 30/06/2015. Gas 10TV Dual: La campaña Gas 10TV, ofrece el 10% de descuento para tarifas 3.3 y 3.4, a aplicar en el término variable del gas natural durante los 12 primeros meses del contrato. Oferta válida para clientes que contraten la electricidad y el gas natural con Gas Natural Servicios antes del 30/06/2015. Consulte resto de condiciones de la oferta en Si es miembro del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba podrá disfrutar también de las mejores ofertas para tarifas domésticas: Si tiene gas natural, puede disfrutar de hasta 60 de descuento 1 en su primera factura de gas y 20 de descuento 1 en su primera factura de electricidad y 5% de descuento en el término de energía 2 de la luz durante un año, si con al menos una nueva contratación tiene contratado con GNS el gas, la electricidad y dos servicios de valor añadido (Servigas y Servielectric, en cualquiera de sus modalidades, o Servihogar). Si solo tiene electricidad, puede disfrutar del 40 de descuento 1 en su primera factura de electricidad y 5% de descuento en el término de energía 2 de la luz durante un año, si con al menos una nueva contratación tiene contratada la electricidad y un servicios de valor añadido (Servielectric, en cualquiera de sus modalidades o Servihogar) con GNS. 1 Los descuentos se aplicarán sobre el total facturado por la energía consumida (termino fijo + termino variable) de las primeras facturas del gas y de la luz, siempre antes del IVA. Si el total facturado fuese inferior al total del descuento, la diferencia se aplicará en la siguiente factura (hasta un máximo de 12 meses). Oferta válida para contrataciones con Gas Natural Servicios SDG, S.A. hasta el 30/06/2015, para clientes con potencia eléctrica contratada <= 10 kw y sin Bono Social, y para la tarifa doméstica Gas Básica o Gas Óptima, y luz con tarifas de acceso 2.0A, 2.0DHA, y sin Bono Social. Consultar los precios vigentes del gas natural, de la luz y de los servicios en 2 Descuento anual aplicable sólo para contrataciones de luz con las tarifas: tarifas óptima luz y óptima nocturna luz, que se incluye en cada factura, durante el primer año, y que es acumulable a cualquier otra oferta o promoción que estuviera recibiendo. Un mes antes de la renovación del contrato, se informará de las nuevas condiciones de precio y de descuento para la siguiente anualidad para estas tarifas eléctricas. 2. PERIODO DE LA OFERTA La vigencia de la oferta es hasta el 30/06/2015. Transcurrido el periodo de la oferta inicial, GNF ofertará a los miembros del Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba la oferta que se encuentre vigente en cada momento. GNF comunicará al Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba las modificaciones relevantes que puedan producirse por motivos regulatorios u otros, para que el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba lo comunique a sus miembros Igualmente al final de cada trimestre, GNF comunicara la nueva oferta vigente para el trimestre que se inicia. 3. ÁMBITO: Nacional FIRMADO Por GAS NATURAL SERVICIOS
6 Anexo II CONTRAPRESTACIONES Para la actividad interna para el colegio durante el año 2015: Banner en Web: 600,00 Acciones Formativas, Mailing y circular (Redes Sociales): Agenda 2016: 250,00 FIRMADO Por GAS NATURAL SERVICIOS
7 Anexo III OFERTA SOLUCIONES ENERGÉTICAS GNS pone a disposición de el Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Córdoba y sus asociados SOLUCIONES ENERGÉTICAS destinadas a mejorar la eficiencia energética de sus clientes con la tecnología más avanzada y la mejor gestión. Por ello ofrece a los asociados, Gasconfort, un servicio para la renovación y/o transformación de salas de calderas centralizadas para calefacción y ACS, de gasoil/glp a gas natural, pudiendo asumir GNS total o parcialmente la inversión necesaria o facilitando la financiación para la misma, con un servicio integral que incluiría: Ingeniería y Legalizaciones Gastos de Mantenimiento Preventivo y correctivo (averías) Gestión Integral de la explotación de las instalaciones Rendimiento y eficiencia de las instalaciones Atención 24 horas días Facturando por la energía primaria o útil consumida, abonando el cliente un término variable por dicho consumo y un término fijo en concepto de disponibilidad del servicio y amortización de las inversiones si las hubiera. Asimismo esta colaboración permitirá poner a disposición de los asociados en condiciones ventajosas otras soluciones energéticas entre las que destacan: Opción GNL. Abastecimiento por planta de gas natural licuado, GNL, dirigido a clientes de los sectores terciario e industrial que no tienen acceso a la red de gas canalizado. Climaconfort. Financiación y gestión energética para equipos de climatización mediante Bomba de Calor Eléctrica. Ledplus. Soluciones de Iluminación mediante tecnología led. Terraconfort. Climatización renovable a través de energía geotérmica. FIRMADO Por GAS NATURAL SERVICIOS
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