RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N OS/CD

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1 Lima, 22 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, la Ley N creó el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusión Social Energético (FISE), estableciendo en su Artículo 3 un esquema de compensación social y servicio universal para los sectores más vulnerables de la población, que comprende, entre otros, una compensación para promover el acceso al GLP de dicha población, mediante un descuento en la compra mensual de un balón de GLP de hasta 10 kg; Que, las Empresas de Distribución Eléctrica, de conformidad con los Artículos 7.3 y 7.6 de la Ley N 29852, así como el Artículo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N EM, participan en la implementación del mecanismo de descuento; y los costos administrativos y operativos aprobados y establecidos por OSINERGMIN en que incurran dichas Empresas deben ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resoluciones OSINERGMIN N OS/CD y OS/CD, se aprobaron las Normas Procedimiento, Plazos, Formatos y Disposiciones Aplicables para la Implementación y Ejecución del Fondo de Inclusión Social Energético aplicable al descuento en la compra del balón de gas, (en adelante Norma FISE ), y Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas (en adelante Norma Costos FISE ), respectivamente. Esta última norma, dispone la aprobación mensual de costos administrativos y operativos del FISE e incluye los formatos en que se reporta la información pertinente; Que, al amparo de estas normas, durante el año 2013, desde junio de 2013, fueron emitidas y publicadas las Resoluciones del Consejo Directivo de OSINERGMIN N 122, 158, 177, 197, 218, 244 y OSCD, mediante las que se aprobaron los costos administrativos y operativos de las empresas distribuidoras en la implementación del FISE; Que, con fecha 20 de diciembre de 2013 se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución OSINERGMIN N OS/CD, mediante la cual se modificó la Norma "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las empresas de distribución eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas", transfiriéndose la competencia de aprobar los referidos costos administrativos y operativos del FISE a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria. Es en virtud de esta transferencia de competencias, mediante las Resolución OSINERGMIN N 001, 003, 008 y OS/GART, la mencionada gerencia aprobó los costos administrativos y operativos del FISE de las empresas de distribución eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas durante los meses del año 2014;

2 Que, durante el tiempo que lleva en funcionamiento el Programa FISE, se ha identificado que las empresas de distribución de energía eléctrica encargadas de su operatividad mantienen dificultades en cumplir con la presentación de la información mes a mes y en su debida oportunidad, lo cual les dificulta recuperar, en los plazos establecidos, los importes que han desembolsado durante la operatividad del sistema; Que, estas dificultades principalmente se centran en el llenado de los Formatos FISE 12 A y FISE 12 B, en los cuales se exige cumplir con anotar, por cada desembolso que se realice realicen en adquisición de bienes y/o servicios, los datos respecto a la Boleta y/o Factura que sustenta el gasto realizado sin que dichos gastos sean agrupados por conceptos; Que, luego de haberse desarrollado la implementación del FISE, se ha visto por conveniente realizar cambios en la Norma Costos FISE con la finalidad de mejorar su aplicación en el reconocimiento de los costos operativos y administrativos en que incurren las empresas, mediante el establecimiento de costos estándares y una liquidación sobre la base de costos unitarios por actividad, de tal modo que se facilite a las empresas de distribución eléctrica la presentación oportuna de la información sobre sus costos. Asimismo, se requiere establecer las pautas relacionadas con el denominado vale digital ; Que, en virtud de las razones expuestas en los considerandos anteriores, mediante Resolución OSINERGMIN N OS/CD, publicada el 10 de junio de 2014, se dispuso la publicación en la página web de OSINERGMIN del proyecto de resolución que aprueba la nueva norma Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 14 del Decreto Supremo N JUS y el Artículo 25 del Reglamento General del OSINERGMIN aprobado por Decreto Supremo N PCM; Que, como consecuencia de la publicación del proyecto normativo, se recibieron comentarios y sugerencias de FONAFE y la empresa Electro Oriente S.A., las mismas que fueron analizadas en el Informe Técnico - Legal N GART, habiéndose acogido aquellas que contribuyen al logro de los objetivos de la norma; Que, se ha emitido el Informe Técnico - Legal N GART elaborado conjuntamente por la Coordinación Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN y la División de Distribución Eléctrica, el cual complementa la motivación que sustenta la decisión de OSINERGMIN, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3 de la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley N 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N PCM; en el Reglamento General de OSINERGMIN, aprobado mediante Decreto Supremo N PCM; en la Ley N 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N EM; y en la Ley N 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; así como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas; Página 2

3 Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesión N SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribución Eléctrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balón de gas, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- La presente resolución y el texto de la norma aprobada en el Artículo 1 serán publicados en el Diario Oficial El Peruano y consignados en la página web del OSINERGMIN: www2.osinerg.gob.pe., conjuntamente con el Informe Técnico - Legal N GART de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria y los cuadros y formatos que constituyen Anexos de la mencionada norma. Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano. Página 3

4 NORMA PROCEDIMIENTO PARA EL RECONOCIMIENTO DE COSTOS ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS DEL FISE DE LAS DISTRIBUIDORAS ELÉCTRICAS EN SUS ACTIVIDADES VINCULADAS CON EL DESCUENTO EN LA COMPRA DEL BALÓN DE GAS CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1.- Objeto La presente norma tiene por objeto definir las actividades y criterios a considerar para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Distribuidoras Eléctricas en sus actividades vinculadas con el descuento a la compra del balón de gas. Artículo 2.- Ámbito Están comprendidas dentro del alcance de la presente norma las Distribuidoras Eléctricas y aquellas entidades que se encuentran incluidas en las disposiciones de la Ley N y su Reglamento. Artículo 3.- Definiciones Para efectos del procedimiento serán aplicables las definiciones previstas en el Artículo 3 del Reglamento aprobado con Decreto Supremo N EM, las introducidas en el Artículo 2 de la norma aprobada por Resolución OSINERGMIN N OS/CD y las consideradas en el Artículo 5 de la norma aprobada con la Resolución OSINERGMIN N OS/CD. Cualquier mención a artículos, anexos o formatos sin señalar la norma a que correspondan, se debe entender referida al presente procedimiento. Artículo 4.- Beneficiarios Atendidos por las Distribuidoras Eléctricas La Distribuidora Eléctrica proporcionará el Vale de Descuento FISE al beneficiario empadronado localizado dentro o fuera de su concesión. De acuerdo a ello, los beneficiarios se clasifican en: a) Usuarios de la Distribuidora Eléctrica; b) Usuarios atendidos por un suministro colectivo de la Distribuidora Eléctrica; y c) Aquellos que no cuentan con suministro eléctrico y que pueden ubicarse dentro o fuera de la concesión de la Distribuidora Eléctrica. Artículo 5.- Definición de Zonas de Atención FISE Los beneficiarios del programa FISE se clasifican en tres zonas, las cuales se encuentran determinadas según las características de los Sectores de Distribución Típicos a los que pertenecen, de conformidad con lo establecido en la Resolución Directoral EM/DGE o la que la sustituya: Página 4

5 a) Zona Rural: Conformado por beneficiarios ubicados en distritos pertenecientes a los Sectores de Distribución Típicos: S4, S5, S6 y SER. b) Zona Urbano Provincias: Conformado por beneficiarios ubicados en distritos pertenecientes a los Sectores de Distribución Típicos: S2, S3 y Especial. c) Zona Urbano Lima: Conformado por beneficiarios ubicados en distritos de Lima Metropolitana y Callao pertenecientes al Sector de Distribución Típico 1. Si el distrito al que pertenece el beneficiario no cuenta con calificación de Sector de Distribución Típico, se le asignará el del Sector de Distribución Típico más cercano con características geográficas, demográficas y económicas similares. Si un distrito cuenta con una localidad perteneciente a dos o más Sectores de Distribución Típicos, para su clasificación en la zona correspondiente se considerará el Sector de Distribución Típico que cuenta con mayor número de beneficiarios potenciales. CAPÍTULO SEGUNDO ACTIVIDADES DEL PROGRAMA FISE Artículo 6.- Clasificación de las actividades del Programa FISE Las actividades de las Distribuidoras Eléctricas para la operatividad del FISE son las establecidas en la Ley N 29852, su Reglamento y normas complementarias. Se clasifican en Actividades de Implementación y Actividades Operativas. 6.1 Actividades de Implementación: Comprenden las actividades que se realizan al inicio del programa al incorporase nuevos beneficiarios. Incluye las actividades de difusión del programa, notificación de esquelas informativas, empadronamiento, elaboración del Padrón de Beneficiarios FISE, verificación de la información mediante visita a los beneficiarios y formalización de los convenios con los Agentes Autorizados, implementación de la publicidad en los locales de atención de los Agentes Autorizados y supervisión del programa en general. 6.2 Actividades Operativas: Actividades ordinarias mensuales, tales como impresión y reparto de vales de descuento, liquidación de vales de descuento redimidos, atención de solicitudes, consultas y reclamos, difusión, gestión administrativa y gastos de personal para el desarrollo del programa. Artículo 7.- Actividades de implementación relativas a la difusión del programa y empadronamiento Estas actividades consisten en difundir el Programa FISE e incorporar en el Padrón de Beneficiarios FISE a los beneficiarios potenciales de una localidad. 7.1 Difusión del Programa FISE Son consideradas acciones relativas a la difusión del Programa FISE las siguientes: a) Impresión de volantes y afiches referidos al programa FISE; b) Impresión y reparto de folletos en forma masiva a los potenciales beneficiarios; c) Publicidad y promoción a través de spots en radio y televisión. Página 5

6 7.2 Actividades de Empadronamiento Son las acciones destinadas a incorporar en el Padrón de Beneficiarios FISE a los beneficiarios empadronados, siendo estas las siguientes: a) Impresión y reparto de esquelas de invitación junto con el recibo por consumo energía eléctrica del beneficiario; b) Verificación efectiva de la información del potencial beneficiario incluyendo visita domiciliaria y atención en oficinas de las Distribuidoras Eléctricas; y c) Procesamiento del Padrón de Beneficiarios FISE incluyendo las actividades de organización de archivos y digitalización de expedientes. Artículo 8.- Actividades de Implementación relativas a la gestión de la red de Agentes Autorizados Comprende todas las tareas de publicidad e incorporación de nuevos Agentes Autorizados al Programa FISE, se consideran las siguientes: a) Promoción de convenios con Agentes Autorizados incluyendo la impresión de listados de control; b) Registro y firma de convenios con Agentes Autorizados; y c) Impresión y entrega de banderolas y/o banners. Artículo 9.- Actividades Operativas relativas al Vale de Descuento FISE Son actividades mensuales referidas a la operatividad del Vale de Descuento FISE las siguientes: a) La inclusión del código del Vale de Descuento FISE en el recibo cuando este es digital y está destinado a los beneficiarios usuarios de las Distribuidoras Eléctricas. b) La impresión y reparto de la esquela de comunicación del código del Vale de Descuento FISE, cuando este es digital y está destinado a los beneficiarios con uso colectivo. c) La entrega de los Vales de Descuento FISE sean digitales o físicos a los beneficiarios no usuarios del suministro eléctrico. d) La impresión de listados y reportes de control de los Vales de Descuento FISE. Hasta que se implemente un formato distinto a los vales físicos, la impresión, reparto y/o entrega de estos será considerada una actividad operativa. 9.1 Reparto de los Vales de Descuento FISE Los Vales de Descuento FISE son repartidos en el domicilio del beneficiario conjuntamente con el recibo cuando estos son físicos y destinados a beneficiarios usuarios de las Distribuidoras Eléctricas. No se considera una actividad operativa sujeta a reconocimiento de costos el reparto de Vales de Descuento FISE digitales destinados a beneficiarios usuarios de Distribuidoras Eléctricas. Para el caso de beneficiarios de suministros colectivos se reconocerán los costos asociados al reparto de esquelas a que se refiere el inciso c) del Artículo 9 precedente. En el caso de la entrega de los Vales de Descuento FISE a los beneficiarios no usuarios del suministro eléctrico, estos acudirán a las oficinas o centros autorizados de la Distribuidora Eléctrica más cercana a su domicilio, luego de que aquellos hayan sido incluidos en el Padrón Página 6

7 de Beneficiarios. La entrega de los Vales de Descuento FISE en estas oficinas o centros autorizados está sujeta a reconocimiento de costos. 9.2 Liquidación del canje de los Vales de Descuento digitales La liquidación del canje de los Vales de Descuento digitales comprende el envío de información a la entidad financiera, el costo de procesamiento en línea y el procesamiento de la liquidación realizado entre los Agentes Autorizados y las Distribuidoras Eléctricas, reconociéndose un único costo por canje ejecutado. Artículo 10.- Actividades Operativas de Atención al Público Comprende la atención de solicitudes, consultas y reclamos del público en general, relacionadas al Programa FISE. Artículo 11.- Actividades Operativas relativas a la gestión del programa FISE Comprende todas las actividades relacionadas con la administración del Programa tales como planeamiento, ejecución y supervisión, se consideran las siguientes: a) Liquidación de Vales de Descuento FISE físicos; b) Programación de actividades; c) Supervisión del Programa; d) La adquisición de útiles de oficina para realizar cualquiera de las actividades correspondiente al programa FISE; y e) Administración y capacitación de los Agentes Autorizados. Artículo 12.- Actividades relativas al Desplazamiento de Personal Los gastos necesarios para la operatividad del FISE por desplazamiento del personal a localidades diferentes a su sede trabajo serán reconocidos. Para tal efecto se deberán indicar las actividades desarrolladas. Artículo 13.- Actividades extraordinarias Las actividades extraordinarias son las que se realizan por única vez o de manera esporádica, en concordancia con los objetivos, metas y directivas del Programa. Pueden ser consideradas actividades extraordinarias las que se realicen en la implementación y operación del Programa FISE. Se considerará como actividad extraordinaria las acciones de difusión y comunicación del programa FISE de acuerdo al plan de comunicación aprobado por el Jefe del Proyecto FISE. Para la ejecución de actividades extraordinarias se requiere previa aprobación de las directivas del Jefe del Proyecto FISE o las comunicaciones que dicho funcionario remita a las Distribuidoras Eléctricas. Página 7

8 CAPITULO TERCERO APROBACIÓN DE LOS COSTOS ESTÁNDARES UNITARIOS Artículo 14.- Costos Estándares Unitarios 14.1 Aprobación de los costos estándares unitarios Para el reconocimiento de las actividades señaladas en el Capítulo Segundo de la presente norma, con excepción de Desplazamiento de Personal y Actividades Extraordinarias, OSINERGMIN aprobará con una periodicidad de dos años costos estándares unitarios para cada zona a que se refiere el artículo 5, aplicable a cada Distribuidora Eléctrica. Los costos estándares unitarios considerarán las diferentes condiciones que las empresas desarrollan en sus actividades relacionadas con el Programa FISE y se estructurarán como costos eficientes que se reconocerán para cada una de dichas actividades Actividades incluidas en la aprobación de los costos estándares unitarios Las actividades para las cuales se calcularán los costos estándares de cada Distribuidora Eléctrica son las siguientes: FRECUENCIA Implementación Mensual ACTIVIDAD Empadronamiento Red Agentes Autorizados GLP Impresión de Vales Reparto de Vales a Domicilio Entrega de Vales en la Empresa Distribuidora Liquidación de Vales Fisicos Liquidación de Vales Digitales Atención de Consultas y Reclamos Gestión TIPO DE COSTO Costo Unitario por Empadronado Costo Unitario por Incorporar un nuevo Agente Autorizado Costo Unitario por Vale Emitido Costo Unitario por Vale Repartido Costo Unitario por Entrega de vales en la Empresa Distribuidora Costo Unitario por Vale Fisico Canjeado Costo Unitario por Vale Digital Canjeado Costo Unitario por Atención Costo mensual por Gestión Administrativa Se aprobarán costos estándares unitarios para cada Distribuidora Eléctrica, de acuerdo con cada una de las actividades señaladas en el cuadro, según las zonas a la que pertenecen los beneficiarios. En el caso de la actividad Liquidación de Vales Digitales se aprobará un costo único aplicable a todas las Empresas Distribuidoras. Página 8

9 Artículo 15.- Presentación de la propuesta de costos estándares unitarios 15.1 Para la aprobación de los costos estándares unitarios, las Distribuidoras Eléctricas presentarán a OSINERGMIN, cada dos años y a más tardar el último día hábil del mes de enero, su propuesta de costos estándar. Esta propuesta deberá contener: a) La clasificación de las localidades según la Zona a la que pertenecen los beneficiarios; b) Los valores unitarios para cada uno de los costos estándares unitarios establecidos en el Artículo La no presentación de la propuesta de costos estándares unitarios es sancionada de acuerdo con lo establecido en la Escala de Multas y Sanciones, y otorga a OSINERGMIN la facultad para definir a su criterio aquellos costos que serán aprobados De manera excepcional las Distribuidoras Eléctricas podrán presentar su propuesta de clasificación de Zonas de beneficiarios para nuevas localidades no consideradas, en el período en que estas se incorporen al Programa Los costos estándares unitarios se determinarán con un criterio de eficiencia y calidad, debiendo corresponder al mínimo costo posible en condiciones aceptables de calidad, por lo que las propuestas de las Distribuidoras Eléctricas se sustentarán en contratos vigentes, información histórica, información contable, la experiencia adquirida y las condiciones que requiere cada actividad para la ejecución del Programa FISE, y en su defecto, con facturas, boletas y órdenes de servicio La información de sustento a presentarse corresponderá a la más reciente que se cuente hasta la última fijación de costos estándares unitarios Las Distribuidoras Eléctricas presentarán su propuesta de costos estándares unitarios de acuerdo con el siguiente detalle y a los formatos establecidos en el Anexo 2. Presentación Propuesta de Zonas de Beneficiarios FISE Formatos a utilizar (*) FISE-13A Descripción Detalle de Localidades por Zonas de Beneficiarios FISE Propuesta Costos Estándar FISE-14A Costos Estándar por Actividad de Implementación Propuesta Costos Estándar FISE-14B Costos Estándar por Actividad Operativa mensual Propuesta Costos Estándar FISE-14C Costos de Gestión (*) Los Formatos se incluyen en el Anexo 2. Artículo 16.- Aprobación de los costos estándares unitarios 16.1 Los costos estándares unitarios deberán reflejar las mejores prácticas del sector, por lo que OSINERGMIN podrá tomar en cuenta para su aprobación, además de la propuesta de una determinada Distribuidora Eléctrica, el proceso más eficiente en cada actividad de las Distribuidoras Eléctricas con características similares, de acuerdo con la información presentada por aquellas. Página 9

10 16.2 La sumatoria de los costos estándares unitarios de administración y operación de vales FISE obtenidos, no deben ser mayores al cargo fijo para usuarios BT5B del Sector de Distribución Típico 6. Atendiendo a que los cargos fijos para usuarios BT5B del Sector de Distribución Típico 6 no incluyen IGV, para efectos de la comparación de los costos unitarios FISE, no se considerará el IGV de estos últimos OSINERGMIN, en un plazo no mayor a treinta días hábiles, revisará la propuesta y publicará el proyecto de resolución Los interesados, dentro de un plazo máximo de diez días hábiles posteriores a la publicación del proyecto de resolución, podrán presentar sus comentarios y sugerencias sobre el mismo. La Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN aprobará los costos estándares unitarios a ser aplicados, dentro de los veinte días hábiles siguientes al vencimiento del plazo de presentación de comentarios y sugerencias de los interesados. La resolución de aprobación será publicada en el diario oficial y en la página web de OSINERGMIN y tendrá una vigencia de dos años. CAPITULO CUARTO PRESENTACIÓN DE LA LIQUIDACIÓN MENSUAL DE COSTOS Artículo 17.- Presentación de los formatos de liquidación de gastos FISE 17.1 Una vez aprobados los costos estándares unitarios, dentro de cada uno de los meses de la vigencia de dichos costos, las Distribuidoras Eléctricas presentarán a OSINERGMIN el detalle de los gastos efectuados de acuerdo con cada una de las actividades que son materia de reconocimiento, indicando si estos son operativos o de implementación, de acuerdo con el siguiente cuadro: Presentación Mensual Frecuencia de Actualización Nuevas localidades y/o nuevos beneficiarios cuando existan Altas en Beneficiarios o Agentes GLP Formatos a utilizar (*) FISE-12A Nombre Remisión de Gastos de Operativos- Implementación Mensual Mensual FISE-12B Remisión de Gastos Operativos - Mensual Mensual Mensual FISE-12C Detalle de Gastos de Desplazamiento de Personal Mensual Mensual FISE-12D Detalle de Gastos por Actividades Extraordinarias (*) Los Formatos se incluyen en el Anexo Para el reconocimiento de los costos incurridos por las Distribuidoras Eléctricas estas deberán informar las actividades ejecutadas con el respectivo costo estándar unitario aprobado por OSINERGMIN. No se reconocerán costos mayores a los costos estándares unitarios aprobados. Página 10

11 17.3. El representante autorizado de la Distribuidora Eléctrica firmará los formatos indicados en los Anexos 01 y 02, los cuales tienen carácter de declaración jurada y podrán ser revisados posteriormente. La firma del representante autorizado en los formatos indicados constituye un requisito de admisibilidad Los costos de las Actividades Extraordinarias se reconocen de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 13 de la presente Norma. Para su reconocimiento se requiere que la Distribuidora Eléctrica presente el formato FISE-12D a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, además de la documentación que sustenta los gastos realizados Los costos de Desplazamiento de Personal se reconocen de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 12 de la presente Norma. Para su reconocimiento se requiere que la Distribuidora Eléctrica presente a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN el formato FISE-12C. Artículo 18.- Remisión de la información Las Distribuidoras Eléctricas remitirán su información mensual dentro de los primeros 20 días calendario del mes siguiente a la realización de las actividades FISE. La información se remitirá en los formatos FISE-12A, FISE-12B, FISE-12C y FISE-12D, que corresponde al resultado económico de la gestión mensual. Los costos devengados solo serán reconocidos hasta cuatro meses anteriores al mes en el que se declaran los gastos. CAPITULO QUINTO EVALUACIÓN Y RECONOCIMIENTO DE LOS GASTOS EFECTUADOS Artículo 19.- Aprobación de los Gastos y Transferencia del Reembolso 19.1 La Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN revisará los formatos presentados por las Distribuidoras Eléctricas y, de ser el caso, remitirá un informe de observaciones con los gastos no aprobados, dando un plazo máximo de diez días hábiles para la presentación del descargo correspondiente y la remisión de información adicional que pudiera requerirse. Los descargos, serán presentados por la Distribuidora Eléctrica con los nuevos formatos FISE-12A, FISE-12B, FISE-12C y FISE-12D. Dentro de los diez días hábiles siguientes contados desde el vencimiento del referido plazo para descargos, la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN expedirá la resolución mediante la cual se aprueban los costos administrativos y operativos del FISE Para efectos del rembolso de los gastos reconocidos a la Distribuidora Eléctrica, esta deberá emitir el comprobante de pago a nombre del Administrador FISE por el monto consignado en la mencionada resolución El Jefe del Proyecto FISE deberá remitir la orden de pago al fiduciario a más tardar dentro de los tres días hábiles de recibido el comprobante de pago previsto en el numeral Página 11

12 19.4 En los casos en que una Distribuidora Eléctrica impugne la resolución a que se refiere el numeral 19.2, no se suspenderán los efectos de dicha resolución. La empresa impugnante podrá elegir entre solicitar el rembolso aprobado en la resolución impugnada o esperar el pronunciamiento de la autoridad que resuelve la impugnación Cuando la impugnante haya elegido solicitar el rembolso indicado en el párrafo anterior, ésta deberá entregar al Administrador FISE el comprobante de pago por el monto aprobado en la resolución impugnada y se procederá conforme al numeral Si la resolución impugnada fuera modificada por resolución administrativa o judicial, a favor del impugnante, el Jefe del Proyecto FISE emitirá la orden de pago al fiduciario por el monto diferencial En caso de que la resolución modificatoria determine una reducción del monto reconocido por los costos administrativos y operativos del FISE, el OSINERGMIN efectuará el respectivo ajuste en la siguiente liquidación En caso que la empresa impugnante haya elegido esperar el pronunciamiento de la autoridad que resuelve la impugnación, si es que dicha resolución modifica la resolución recurrida, el rembolso se efectuará previa presentación de la empresa al Administrador FISE del comprobante de pago por el monto aprobado en la resolución que resuelve la impugnación. En caso de declararse inadmisible, improcedente o infundada la impugnación, el comprobante de pago deberá emitirse según lo dispuesto en el numeral Artículo 20.- Fiscalización OSINERGMIN podrá realizar acciones complementarias de supervisión con la finalidad de evaluar la consistencia de los gastos incurridos que fueron aprobados y el cumplimiento de los criterios establecidos en la presente norma, para lo cual las Distribuidoras Eléctricas remitirán toda la información sobre sus gastos vinculados al FISE que le sea solicitada. En caso que de la revisión se verificaran inconsistencias de gastos reconocidos, estas serán notificadas a las Distribuidoras Eléctricas mediante un informe, siguiendo el proceso señalado en el Artículo 19. De confirmarse dichas inconsistencias, se procederá a descontar el total de estos gastos en la siguiente liquidación, previa notificación a la Distribuidora Eléctrica. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.-Actualización de Anexos Los Anexos señalados en el presente procedimiento, podrán ser modificados o actualizados por la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN, la cual, mediante oficio, remitirá oportunamente a las Empresas de Distribución Eléctricas los formatos que éstas deben utilizar. La referida Gerencia publicará los Anexos actualizados en la página web institucional. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS Primera.- Presentación de la Propuesta de Costos Estándares Unitarios Las Distribuidoras Eléctricas presentarán su propuesta de costos estándares unitarios de acuerdo a lo señalado en la presente Norma a más tardar sesenta (60) días calendario después de la publicación de la presente norma. Página 12

13 Segunda.- Presentación de liquidaciones hasta la emisión de la primera Resolución de aprobación de Costos Estándares Unitarios Las Distribuidoras Eléctricas presentarán sus liquidaciones según lo establecido en la norma aprobada por Resolución OSINERGMIN OS/CD hasta que se emita la primera resolución que apruebe los costos estándares unitarios de cada empresa. Tercera.- Consideración de ADINELSA Se aplican a ADINELSA las disposiciones contenidas en esta norma. Cuarta.- Vigencia de la primera aprobación de costos estándares unitarios La primera resolución que apruebe los costos estándares unitarios será vigente hasta el 15 de mayo del año DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Y DEROGATORIAS Primera.- Modificación del Formato FISE 12 previsto en la Resolución OSINERGMIN N OS/CD Sustitúyase el Formato FISE 12 previsto en el Anexo 2 de la Norma Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementación y ejecución del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas, aprobada por Resolución OSINERGMIN N OS/CD, por los Formatos indicados en el anexo 1 de la presente Norma. Segunda.- Derogación del Artículo 12 de la norma aprobada por OSINERGMIN N OS/CD Deróguese el artículo 12 de la Norma Procedimiento, Plazos, Formatos y disposiciones aplicables para la implementación y ejecución del FISE aplicable al descuento en la compra del balón de gas, aprobada por Resolución OSINERGMIN N OS/CD. Tercera.- Derogación de la norma aprobada por OSINERGMIN N OS/CD En la fecha de publicación de la primera resolución de aprobación de costos estándares unitarios a que se refiere el Artículo 16.4, quedará sin efecto la Resolución OSINERGMIN N OS/CD. Página 13

14 ANEXOS ANEXO 1 FORMATOS MENSUALES FORMATO FISE-12A: Remisión de Gastos Operativos- Implementación Distribuidora Eléctrica: Año / Mes : Rubro: Frecuencia: Inicio del programa / Incorporación nueva localidad Implementación Grupo de Beneficiarios según Zona Actividades Rural Urbano Urbano 1. Empadronamiento 1.1 Número de Empadronados N 1.2 Costo Estándar Unitario S/. 1.3 Costo Total Empadronamiento (1.1) x (1.2) S/. 2. Gestión de Red de Agentes GLP 2.1 Número de Agentes Autorizados GLP N 2.2 Costo Estándar Unitario S/. 2.3 Costo Total Gestión de Red de Agentes GLP (2.1) x (2.2) S/. 3. Desplazamiento de Personal * S/. 4. Actividades Extraordinarias ** S/. Provincias Lima 5. Importe a reconocer a la Distribuidora Eléctrica Total Por Empadronamiento (1.3) S/. Por Gestión de Red de Agentes GLP (2.3) S/. Por Desplazamiento de Personal * (3) S/. Por Actividades Extraordinarias ** (4) S/. 6. Total General a Reconocer (1.3) + (2.3) + (3) + (4) S/. (*) Este importe debe ser sustentado mediante la declaración de gastos de Desplazamiento de Personal en el formato FISE-12C (**) Este importe debe ser sustentado mediante la declaración de gastos de Actividades Extraordinarias en el formato FISE-12D Nombre y Firma del Representante Legal de la Empresa Página 14

15 FORMATO FISE-12B: Remisión Gastos Operativos- Mensual Distribuidora Eléctrica: Año / Mes : Rubro: Frecuencia: Gastos Operativos Mensual Grupo de Beneficiarios según Zona Actividades Rural Urbano Urbano 1. Impresión de Vales 1.1 Número de Vales Impresos N 1.2 Costo Estándar Unitario S/. 1.3 Costo Total Impresión de Vales (1.1) x (1.2) S/. 2. Reparto de Vales a domicilio 2.1 Número de Vales repartidos a domicilio (*) N 2.2 Costo Estándar Unitario S/. 2.3 Costo Total Reparto de Vales a domicilio (2.1) x (2.2) S/. 3. Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica 3.1 Número de Vales entregados en la Distribuidora Eléctrica N 3.2 Costo Estándar Unitario S/. 3.3 Costo Total Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica (3.1) x (3.2) S/. 4. Canje y Liquidación de Vales Físicos 4.1 Número Vales Físicos Canjeados N 4.2 Costo Estándar Unitario S/. 4.3 Costo Total Canje y Liquidación de Vales Físicos (4.1) x (4.2) S/. 5. Canje y Liquidación de Vales Digitales 5.1 Número Vales Digitales Canjeados N 5.2 Costo Estándar Unitario S/. 5.3 Costo Total Canje y Liquidación de Vales Digitales (5.1) x (5.2) S/. 6. Atención de Solicitudes, Consultas y Reclamos 6.1 Número de Atenciones N 6.2 Costo Estándar Unitario S/. 6.3 Costo Total Atención de Consultas y Reclamos (6.1) x (6.2) S/. 7. Gestión Administrativa S/. 8. Desplazamiento de Personal ** S/. 9. Actividades Extraordinarias *** S/. Provincias Lima 10. Importe a reconocer a la Distribuidora Eléctrica Total Por Impresión de Vales (1.3) S/. Por Reparto de Vales a domicilio (2.3) Por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica (3.3) Por Canje y Liquidación de Vales Físicos (4.3) Por Canje y Liquidación de Vales Digitales (5.3) Por Atención de Solicitudes, Consultas y Reclamos (6.3) Por Gestión Administrativa (7) Por Desplazamiento de Personal ** (8) Por Actividades Extraordinarias *** (9) S/. 11. Total General a Reconocer (1.3) + (2.3) + (3.3) + (4.3) + (5.3) + (6.3) + (7) + (8) + (9) S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. S/. (*) No incluye los vales puestos a disposición del beneficiario en las oficinas de la Empresa de Distribución Eléctrica. (**) Este importe debe ser sustentado mediante la declaración de gastos de Desplazamiento de Personal en el formato FISE-12C (***) Este importe debe ser sustentado mediante la declaración de gastos de Actividades Extraordinarias en el formato FISE-12D Nombre y Firma del Representante Legal de la Empresa Página 15

16 FORMATO FISE-12C: Detalle de Gastos de Desplazamiento de Personal Distribuidora Eléctrica: Año / Mes* : Año Mes Código Localidad Código Localidad Código Zona Cuenta Tipo de RUC Empresa Serie de Nº Documento de Número Ejecución Ejecución Ítem Ubigeo Origen Ubigeo Destino Beneficiario Contable de la Descripción de la Actividad Documento de emite Documento Documento de Referencia de de Alimentación Alojamiento Movilidad Total Gasto Gasto Origen Destino FISE ** Empresa Referencia *** de Referencia Referencia sustento del gasto Días 1. Desplazamiento de Personal Implementación Monto S/. 2. Desplazamiento de Personal Mensual Sub Total Desplazamiento de Personal Implementación: TOTAL FISE-12C Sub Total Desplazamiento de Personal Mensual: Nombre y Firma Representante Legal Empresa Distribuidora Nota: Año/Mes* = Año y Mes de la Presentación Código Zona Beneficiario FISE **: 1=Rural, 2=Urbano Provincias, 3=Urbano Lima Tipo de Documento de Referencia ***: F=Factura, BV=Boleta Venta, RH=Recibo por Honorarios, RHE=Recibo por Honorarios Electrónico, BP=Boleta de Pago Los Gastos de Desplazamiento deberán corresponder a gastos de personal acreditado por el programa FISE. Página 16

17 FORMATO FISE-12D: Detalle de Gastos por Actividades Extraordinarias Distribuidora Eléctrica: Año/Mes *: Año Mes Código Cuenta Tipo de RUC Empresa Serie de Nº Documento de Fecha Ejecución Ejecución Ítem Código Localidad Zona Contable de la Descripción del Gasto Tipo de Documento de emite Documento de Referencia de Autorización Nº Documento Cantidad Costo Total Gasto Gasto Gasto Ubigeo Beneficiario Empresa Gasto *** Referencia Documento Referencia sustento del gasto Gasto Autoriza Gasto Unitario S/. S/. FISE ** **** de Referencia 1. Actividades Extraordinarias de Implementación 2. Actividades Extraordinarias Operativas Sub Total Actividades Extraordinarias de Implementación: TOTAL FISE-12D Sub Total Actividades Extraordinarias Operativas: Nombre y Firma Representante Legal Empresa Distribuidara Nota: Año/Mes* = Año y Mes de la Presentación Código Zona Beneficiario FISE **: 1=Rural, 2=Urbano Provincias, 3=Urbano Lima Tipo de Gasto ***: Compra, Alquiler, Servicios de Terceros Tipo de Documento de Referencia ****: F=Factura, BV=Boleta Venta, RH=Recibo por Honorarios, RHE=Recibo por Honorarios Electrónico, BP=Boleta de Pago Página 17

18 ANEXO 2 FORMATOS BIENALES FORMATO FISE-13A: Detalle de Localidades por Zonas de Beneficiarios FISE Distribuidora Eléctrica: Año / Mes : Rubro: Frecuencia: Costo Estándar Bienal Beneficiarios Potenciales Año/Mes Código Zona de Sede que de Alta Ubigeo Localidad ST - 1 ST -2 ST -3 ST -4 ST -5 ST -6 ST -SER Especial Total Beneficiarios atiende (*) (**) Total Nota: (*) 1=Rural, 2=Urbano Provincias, 3=Urbano Lima (**) Nombre de la sede Nombre y Firma del Representante Legal de la Empresa Página 18

19 FORMATO FISE-14A: Costos Estándares de Implementación Distribuidora Eléctrica: Año / Mes: Rubro: Frecuencia: Costos Estándar Bienal Grupo de Beneficiarios según Zona Actividades Rural Urbano Urbano 1 Costo de Empadronamiento 1.1 Empadronamiento (1.1.1) + (1.1.2) S/ Empadronamiento: S/ Impresión de Esquela de Invitación; S/ Impresión de Declaraciones Juradas; S/ Impresión de Fichas de Verificación; S/ Reparto de esquela de invitación, en forma conjunta con el recibo de luz del Potencial Beneficiario; S/ Verificación de la información; S/ Elaboración del archivo del beneficiario; S/ Digitación de Fichas de Beneficiarios; S/ Difusión de Inicio del Programa FISE: S/ Impresión de Volantes; S/ Impresión de Afiches; S/ Reparto de folletos a los Potenciales Beneficiarios, con el recibo de luz del beneficiario; S/ Spot Publicitario en TV; S/ Spot Publicitario en Radio; S/. 1.2 Numero de Beneficiarios empadronados en el mes de diciembre Nº 1.3 Costo Unitario por Empadronamiento (1.1) / (1.2) S/. 2 Costo de Gestión de Red de Agentes GLP 2.1 Costo de la Gestión de Red de Agentes GLP S/ Promoción de convenios con Agentes Autorizados de GLP; S/ Registro y Firma de convenios con Agentes Autorizados de GLP; S/ Impresión y entrega de banderola y/o banner; S/. 2.2 Número de Agentes Nº 2.3 Costo Unitario por Agente GLP (2.1) / (2.2) S/. Provincias Lima Los costos propuestos deben ser sutentado ampliamente en anexos adjuntos al informe. Nombre y Firma del Representante Legal de la Empresa Página 19

20 FORMATO FISE-14B: Costos Estándares Operativos - Mensual Distribuidora Eléctrica: Año / Mes: Rubro: Frecuencia: Costos Estándar Bienal Grupo de Beneficiarios según Zona Actividades Rural Urbano Urbano 1 Impresión de Vales 1.1 Impresión vales de descuento de clientes de la Distribuidora Eléctrica; S/. 1.2 Impresión vales de descuento de clientes no pertenecen a la Distribuidora Eléctrica; S/. 1.3 Costo Total Impresión (1.1) + (1.2) S/. 1.4 Numero de Vales Impresos; Nº 1.5 Costo Unitario por Impresión de Vales (1.3) / (1.4) S/. 2 Reparto de Vales a domicilio 2.1 Costo Total Reparto de vales de descuento a clientes de la Distribuidora Eléctrica; S/. 2.2 Número de Vales Repartidos; Nº 2.3 Costo Unitario por Reparto de Vales a Domicilio (2.1) / (2.2) S/. 3 Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica 3.1 Costo Total Reparto de vales en Oficinas de la Distribuidora Eléctrica o Centros Autorizados; S/. 3.2 Número de Vales Entregados; Nº 3.3 Costo Unitario por Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica (3.1) / (3.2) S/. 4 Canje y Liquidación de Vales Físicos 4.1 Costo por Enviar padrón de Vales para canje a los Centros Autorizados de Canje; S/. 4.2 Número de Vales Físicos Emitidos; Nº 4.3 Costo Unitario por Canje y Liquidación de Vales Físicos (4.1) / (4.2) S/. 5 Canje y Liquidación de Vales Digitales 5.1 Costo Unitario por Canje de Vales Digitales mediante Banca Celular S/. 6 Atención de Solicitudes, Consultas y Reclamos 6.1 Costo por Atención de Solicitudes; S/. 6.2 Costo por Atención de Consultas y Reclamos; S/. 6.3 Costo Total de Atenciones (6.1) + (6.2) S/. 6.4 Número Total de Atenciones Nº 6.5 Costo Unitario por Atención (6.3) / (6.4) S/. 7 Gestión Administrativa 7.1 Costo Total por Gestión de Personal (según formato FISE-14C); S/. 7.2 Costo por capacitación de los Agentes Autorizados de GLP; S/. 7.3 Costo por útiles y materiales de oficina (según formato FISE-14C); S/. 7.4 Costo Total por Gestión Administrativa (7.1) + (7.2) + (7.3) S/. Provincias Lima Los costos propuestos deben ser sutentado ampliamente en anexos adjuntos al informe. Nombre y Firma del Representante Legal de la Empresa Página 20

21 FORMATO FISE-14C: Costos de Gestión Distribuidora Eléctrica: Año / Mes: Rubro: Frecuencia: Costos Estándar Bienal Zona Rural Zona Urbano Provincias Zona Urbano Lima Total Costo Costo Costo Costo Costo Costo Costo Costo Costo Actividades Directo Indirecto Total Directo Indirecto Total Directo Indirecto Total Cantidad S/. S/. Rual Cantidad S/. S/. Urbano Cantidad S/. S/. Urbano Cantidad Costos S/. (1) (2) S/. (1) (2) Provincia S/. (1) (2) Lima S/. 1 Datos Generales 1.1 Nombre de la Sede; 1.2 Número Total Beneficiarios Empadronados a Diciembre del período anterior 2 Costo por Gestión de Personal 2.1 Costo de Coordinador; (3) 2.2 Costo de Supervisor; 2.3 Costo de Gestor; 2.4 Costo de Asistente y/o Auxiliar; 2.5 Costo Total por Gestión de Personal (2.1) + (2.2) + (2.3) + (2.4) 3 Costo promedio mensual por útiles y materiales de oficina (1) Corresponde a personal contratado directamente por la empresa (2) Corresponde a personal por Servicio de Terceros (3) Corresponde a un coordinador por empresa Los costos de personal son referidos a la organización del personal y deben sustentarse teniendo en cuenta las áreas de servicio, el número de beneficiarios, actividades asignadas, entre otros. Nombre y Firma del Representante Legal de la Empresa Página 21

22 ANEXO 3 ESTRUCTURA DE TABLAS POR FORMATO Tabla: FISE-12A: Gastos Operativos- Implementación Un registro por cada mes de ejecución de gasto y Zona de Beneficiario FISE Campo Tipo de Campo Ancho Total Decimales Descripción 1 CARÁCTER 4 Código de empresa 2 NUMÉRICO 4 0 Año Presentación 3 NUMÉRICO 2 0 Mes Presentación 4 NUMÉRICO 4 0 Año Ejecución Gasto 5 NUMÉRICO 2 0 Mes Ejecución Gasto 6 NUMÉRICO 1 0 Código Zona de Beneficiario FISE 7 NUMÉRICO 10 0 Número de Empadronados 8 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Empadronamiento S/. 9 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Empadronamiento S/. 10 NUMÉRICO 6 0 Número de Agentes Autorizados GLP 11 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Agente Autorizado GLP S/. 12 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Gestión de Red de Agentes GLP S/. 13 NUMÉRICO 18 2 Total Desplazamiento de Personal S/. (*) 14 NUMÉRICO 18 2 Total Actividades Extraordinarias S/. (**) 15 NUMÉRICO 18 2 Total a reconocer S/. (*) Debe coincidir con el Total declarado en el Formato FISE-12C en la etapa de implementación (**) Debe coincidir con el Total declarado en el Formato FISE-12D en la etapa de implementación Tabla: FISE-12B: Gastos Operativos- Mensual Un registro por cada mes de ejecución de gasto y Zona de Beneficiario FISE Campo Tipo de Campo Ancho Total Decimales Descripción 1 CARÁCTER 4 Código de empresa 2 NUMÉRICO 4 0 Año Presentación 3 NUMÉRICO 2 0 Mes Presentación 4 NUMÉRICO 4 0 Año Ejecución Gasto 5 NUMÉRICO 2 0 Mes Ejecución Gasto 6 NUMÉRICO 1 0 Código Zona de Beneficiario FISE 7 NUMÉRICO 10 0 Número de Vales Impresos 8 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Vale Impreso S/. 9 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Impresión de Vales S/. 10 NUMÉRICO 10 0 Número de Vales repartidos a domicilio 11 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Vale Repartido a domicilio S/. 12 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Reparto de Vales a domicilio S/. 13 NUMÉRICO 10 0 Número de Vales entregados en la Distribuidora Eléctrica 14 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Vale entregado en la Distribuidora Eléctrica S/. 15 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Entrega de Vales en la Distribuidora Eléctrica S/. 16 NUMÉRICO 10 0 Número Vales Físicos Canjeados 17 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Vale Físico Canjeado S/. 18 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Canje y Liquidación de Vales Físicos S/. 19 NUMÉRICO 10 0 Número Vales Digitales Canjeados 20 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Vale Digital Canjeado S/. 21 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Canje y Liquidación de Vales Digitales S/. 22 NUMÉRICO 10 0 Número de Atenciones 23 NUMÉRICO 18 2 Costo Estándar Unitario de Atención S/. 24 NUMÉRICO 18 2 Costo Total Atención de Consultas y/o Reclamos S/. 25 NUMÉRICO 18 2 Total Gestión Administrativa S/. 26 NUMÉRICO 18 2 Total Desplazamiento de Personal S/. (*) 27 NUMÉRICO 18 2 Total Actividades Extraordinarias S/. (**) 28 NUMÉRICO 18 2 Total a reconocer S/. (*) Debe coincidir con el Total declarado en el Formato FISE-12C en la etapa operativa (**) Debe coincidir con el Total declarado en el Formato FISE-12D en la etapa operativa Página 22

23 Tabla: FISE-12C: Detalle de Gastos de Desplazamiento de Personal Un registro por cada gasto Campo Tipo de Campo Ancho Total Decimales Descripción 1 CARACTER 4 Código de empresa 2 NUMÉRICO 4 0 Año Presentación 3 NUMÉRICO 2 0 Mes Presentación 4 NUMÉRICO 4 0 Año Ejecución Gasto 5 NUMÉRICO 2 0 Mes Ejecución Gasto 6 NUMÉRICO 1 0 Código de Etapa (1=Implementación, 2=Operativa) 7 NUMÉRICO 4 0 Número de Ítem según Etapa (1,2,3,..n) 8 CARACTER 10 Código de ubicación geográfica de origen (ver w w w.inei.gob.pe) 9 CARACTER 50 Descripción de la Localidad de origen 10 CARACTER 10 Código de ubicación geográfica de destino (ver w w w.inei.gob.pe) 11 CARACTER 50 Descripción de la Localidad de destino 12 NUMÉRICO 1 0 Código Zona de Beneficiario FISE 13 CARACTER 30 Código de la cuenta contable de la Empresa de Distribución Eléctrica 14 CARACTER 250 Descripción de la Actividad 15 CARACTER 3 Código de Tipo de Documento de Referencia 16 CARACTER 11 RUC de la Empresa que emite el Documento de Referencia 17 CARACTER 6 Serie del Documento de Referencia 18 CARACTER 20 Número del Documento de Referencia 19 NUMÉRICO 3 0 Número de Días 20 NUMÉRICO 18 2 Monto de Alimentación S/. 21 NUMÉRICO 18 2 Monto de Alojamiento S/. 22 NUMÉRICO 18 2 Monto de Movilidad S/. 23 NUMÉRICO 18 2 Total por Desplazamiento realizado (Alimentación + Alojamiento + Movilidad) S/. 24 NUMÉRICO 18 2 Sub Total por Etapa S/. 25 NUMÉRICO 18 2 Total general S/. Tabla: FISE-12D: Detalle de Gastos por Actividades Extraordinarias Un registro por cada gasto Campo Tipo de Campo Ancho Total Decimales Descripción 1 CARACTER 4 Código de empresa 2 NUMÉRICO 4 0 Año Presentación 3 NUMÉRICO 2 0 Mes Presentación 4 NUMÉRICO 4 0 Año Ejecución Gasto 5 NUMÉRICO 2 0 Mes Ejecución Gasto 6 NUMÉRICO 1 0 Código de Etapa (1=Implementación, 2=Operativa) 7 NUMÉRICO 4 0 Número de Ítem según Etapa (1,2,3,..n) 8 CARACTER 10 Código de ubicación geográfica (ver w w w.inei.gob.pe) 9 CARACTER 50 Descripción de la Localidad 10 NUMÉRICO 1 0 Código Zona de Beneficiario FISE 11 CARACTER 30 Código de la cuenta contable de la Empresa de Distribución Eléctrica 12 CARACTER 250 Descripción del gasto 13 CARACTER 2 Código Tipo de Gasto (C=Compra, A=Alquiler, ST=Servicios de Terceros) 14 CARACTER 3 Código de Tipo de Documento de Referencia 15 CARACTER 11 RUC de la Empresa que emite el Documento de Referencia 16 CARACTER 6 Serie del Documento de Referencia 17 CARACTER 20 Número del Documento de Referencia de sustento del gasto 18 FECHA 10 Fecha Autorización Gasto (dd/mm/yyyy) 19 CARACTER 100 Número Documento Autoriza Gasto 20 NUMÉRICO 6 0 Cantidad 21 NUMÉRICO 18 4 Costo Unitario S/. 22 NUMÉRICO 18 2 Total Gasto (Cantidad x Costo Unitario) S/. 23 NUMÉRICO 18 2 Sub Total por Etapa S/. 24 NUMÉRICO 18 2 Total general S/. Página 23

24 Tabla: FISE-13A: Detalle de Localidades por Zonas de Beneficiarios FISE Un registro por cada Localidad, Sector Típico, Zona de Beneficiario FISE y Sede Campo Tipo de Campo Ancho Total Decimales Descripción 1 CARÁCTER 4 Código de empresa 2 NUMÉRICO 4 0 Año Presentación 3 NUMÉRICO 2 0 Mes Presentación 4 NUMÉRICO 4 0 Año de Alta 5 NUMÉRICO 2 0 Mes de Alta 6 NUMÉRICO 4 0 Año Inicio Vigencia 7 NUMÉRICO 4 0 Año Fin Vigencia 8 CARÁCTER 10 Código de ubicación geográfica (ver w w w.inei.gob.pe) 9 CARÁCTER 50 Descripción de la Localidad 10 CARÁCTER 3 Código Sector Típico 11 NUMÉRICO 1 0 Código Zona de Beneficiario FISE 12 CARÁCTER 60 Nombre de Sede Atiende 13 NUMÉRICO 10 0 Número de Beneficiarios potenciales por Sector Típico 14 NUMÉRICO 10 0 Número Total de Beneficiarios potenciales por Localidad, Sector Típico, Zona y Sede 15 NUMÉRICO 10 0 Número Total de Beneficiarios potenciales Tabla: FISE-14A: Costos Estándares de Implementación Un registro por cada Zona de Beneficiario FISE Campo Tipo de Campo Ancho Total Decimales Descripción 1 CARÁCTER 4 Código de empresa 2 NUMÉRICO 4 0 Año Presentación 3 NUMÉRICO 2 0 Mes Presentación 4 NUMÉRICO 4 0 Año Inicio Vigencia 5 NUMÉRICO 4 0 Año Fin Vigencia 6 NUMÉRICO 1 0 Código Zona de Beneficiario FISE 7 NUMÉRICO 18 2 Impresión de Esquela de Invitación S/. 8 NUMÉRICO 18 2 Impresión de Declaraciones Juradas S/. 9 NUMÉRICO 18 2 Impresión de Fichas de Verificación S/. 10 NUMÉRICO NUMÉRICO 18 2 Verificación de la información Reparto de esquela de invitación, en forma conjunta con el recibo de luz del Potencial Beneficiario S/. 12 NUMÉRICO 18 2 Elaboración del archivo del beneficiario S/. 13 NUMÉRICO 18 2 Digitación de Fichas de Beneficiarios S/. 14 NUMÉRICO 18 2 Total por Empadronamiento S/. 15 NUMÉRICO 18 2 Impresión de Volantes S/. 16 NUMÉRICO 18 2 Impresión de Afiches S/. 17 NUMÉRICO NUMÉRICO 18 2 Spot Publicitario en TV S/. 19 NUMÉRICO 18 2 Spot Publicitario en Radio S/. Reparto de folletos a los Potenciales Beneficiarios, con el recibo de luz del beneficiario S/. 20 NUMÉRICO 18 2 Total por Difusión de Inicio del Programa FISE S/. 21 NUMÉRICO 10 0 Numero de Beneficiarios empadronados en el mes de diciembre 22 NUMÉRICO 18 2 Costo Unitario por Empadronamiento S/. 23 NUMÉRICO 18 2 Promoción de convenios con Agentes Autorizados de GLP S/. 24 NUMÉRICO 18 2 Registro y Firma de convenios con Agentes Autorizados de GLP S/. 25 NUMÉRICO 18 2 Impresión y entrega de banderola y/o banner S/. 26 NUMÉRICO 18 2 Total Costo de la Gestión de Red de Agentes GLP S/. 27 NUMÉRICO 10 0 Número de Agentes 28 NUMÉRICO 18 2 Costo Unitario por Agente GLP S/. Página 24

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